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Labor Compensation Lawsuit Mexico (Demanda de Indemnización Laboral)

Labor Compensation Lawsuit Mexico (Demanda de Indemnización Laboral)

DEMANDA LABORAL — INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO

Conforme a los Artículos 872–892 de la Ley Federal del Trabajo

[Filing City], a [Filing Date].

C. JUEZ/A DEL TRIBUNAL LABORAL

[Tribunal Name]

PRESENTE

I. CONSTANCIA DE NO CONCILIACIÓN

[Worker Name], con CURP [Worker CURP], NSS [Worker NSS], domicilio en [Worker Address], acredito haber agotado la etapa de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), según consta en la CONSTANCIA DE NO CONCILIACIÓN número [CFCRL Certificate Number], que se acompaña como Anexo A de la presente demanda, conforme al artículo 684-A de la Ley Federal del Trabajo (reforma 2019).

II. PRESTACIONES RECLAMADAS

Con fundamento en los artículos 48, 50 y 162 de la Ley Federal del Trabajo, demando en la VÍA ORDINARIA LABORAL (procedimiento oral, Arts. 872–892 LFT) a [Employer Name], con RFC [Employer RFC] y domicilio en [Employer Address], las siguientes prestaciones:

1. [Remedy Elected]

2. Indemnización constitucional (3 meses): [Three Months Indemnity]

3. Indemnización por antigüedad (20 días × [Years of Service]): [Seniority Indemnity]

4. Salarios caídos (máx. 12 meses — Art. 48 LFT reformado): [Back Pay Claimed]

5. Partes proporcionales de prestaciones: [Additional Benefits]

6. Cumplimiento de obligaciones ante IMSS e INFONAVIT por el período laborado.

III. HECHOS

7. Con fecha [Hire Date] inicié la prestación de mis servicios personales subordinados para el patrón demandado [Employer Name], desempeñando el puesto de [Job Position], con un salario diario de [Daily Salary].

8. Con fecha [Dismissal Date], sin mediar causa justificada conforme al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, el patrón demandado procedió al siguiente tipo de despido: [Dismissal Type].

9. A la fecha del despido contaba con una antigüedad de [Years of Service] al servicio del patrón demandado, siendo mi salario diario de [Daily Salary], lo que genera derecho a la liquidación completa conforme al artículo 50 LFT.

10. El patrón no pagó la liquidación correspondiente ni cumplió con sus obligaciones ante el IMSS e INFONAVIT durante la relación laboral de manera completa.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Artículos 48, 50 y 162 LFT (indemnización y prima de antigüedad); artículos 76, 80, 87 LFT (vacaciones, prima vacacional, aguinaldo); artículos 117–131 LFT (PTU); artículo 123 Apartado A Constitucional; artículos 872–892 LFT (procedimiento oral laboral); artículos 684-A a 684-E LFT (conciliación previa); artículo 784 LFT (carga de la prueba); artículos 15 y 304-A Ley del Seguro Social (obligaciones IMSS).

V. PRUEBAS

11. DOCUMENTAL: Constancia de no conciliación CFCRL No. [CFCRL Certificate Number] (Anexo A).

12. DOCUMENTAL: Recibos de nómina del período laborado.

13. INFORMATIVA: Al IMSS, para que informe sobre el registro patronal, salario declarado y semanas cotizadas del trabajador durante el período [Hire Date] a [Dismissal Date].

14. Las demás pruebas que se ofrezcan en la audiencia preliminar.

VI. PUNTOS PETITORIOS

PRIMERO: Se admita la presente demanda laboral en el procedimiento oral conforme a los Arts. 872–892 LFT.

SEGUNDO: Se ordene el emplazamiento del patrón demandado [Employer Name].

TERCERO: Previos los trámites de ley, se dicte sentencia condenando al patrón al pago de todas las prestaciones reclamadas.

PROTESTO LO NECESARIO.

[Filing City], a [Filing Date].

FIRMAS

EL/LA TRABAJADOR/A DEMANDANTE:

[Worker Name]

Firma: _________________________

ABOGADO/A O REPRESENTANTE:

[Worker Attorney]

Firma: _________________________

Worker / Plaintiff (Trabajador Demandante)

________________

Signature

Attorney or PROFEDET Representative

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Labor Compensation Lawsuit Mexico (Demanda de Indemnización Laboral)

La Demanda de Indemnización Laboral en México es una reclamación judicial formal que se presenta ante el Tribunal Laboral competente conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT) reformada para buscar una compensación monetaria y prestaciones accesorias de un patrón que ha dado por terminada la relación de trabajo sin causa justificada (rescisión injustificada) o que no ha pagado las prestaciones legalmente exigidas al término. El procedimiento se rige por el marco procesal establecido en los artículos 872 a 892 de la Ley Federal del Trabajo, reestructurado de manera fundamental por el Decreto de reforma laboral publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019, la transformación más significativa del sistema de resolución de controversias laborales de México desde la promulgación de la LFT en 1970.

La reforma laboral de 2019 sustituyó las históricas Juntas de Conciliación y Arbitraje (órganos tripartitos integrados por representantes del patrón, del trabajador y del gobierno) por Tribunales Laborales independientes integrados al Poder Judicial: los Juzgados de Distrito en Materia Laboral federales para las industrias de jurisdicción federal y los Tribunales Laborales Unitarios estatales para el empleo del sector privado. La reforma también creó el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), un órgano constitucionalmente autónomo que administra la conciliación previa obligatoria y atiende el registro de los contratos colectivos de trabajo. Conforme a los artículos 684-A a 684-E reformados de la LFT, TODAS las controversias laborales individuales deben pasar por la conciliación obligatoria ante el CFCRL o el centro de conciliación estatal equivalente antes de presentar una demanda ante el Tribunal Laboral; no completar la fase de conciliación hace improcedente la demanda.

El derecho sustantivo a la indemnización por despido injustificado deriva de la protección constitucional: el artículo 123, Apartado A, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los trabajadores no pueden ser despedidos sin causa justa y que, de ser despedidos sin causa, tienen derecho a elegir entre la reinstalación a su puesto o el pago de tres meses de salario como indemnización constitucional más 20 días de salario por cada año de servicio. El artículo 50 de la LFT implementa este derecho constitucional para los contratos de tiempo determinado, mientras que el artículo 48 de la LFT establece el marco equivalente para el empleo por tiempo indeterminado; la elección clave es entre la reinstalación y la indemnización de tres meses más 20 días. La reforma laboral de 2012 modificó el artículo 48 de la LFT para limitar los salarios vencidos o caídos a 12 meses sin importar la duración del litigio, complementados con la acumulación de un interés mensual del 2% sobre el principal no pagado a partir del mes 13.

Las controversias laborales de jurisdicción federal (las que involucran a las industrias específicamente enumeradas en el artículo 123, Apartado A, fracción XXXI, de la Constitución, incluidas la minería, el petróleo, los ferrocarriles, la aviación, la banca, los seguros y la fabricación textil) son conocidas por los Juzgados de Distrito en Materia Laboral federales conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Todas las demás controversias de empleo del sector privado quedan bajo los Tribunales Laborales estatales.

El procedimiento laboral oral adversarial introducido por la reforma de 2019 sigue una secuencia estructurada: (1) la fase de conciliación obligatoria ante el CFCRL: el trabajador y el patrón asisten a sesiones de conciliación personales ante un conciliador capacitado, que no puede ser abogado, dentro de 45 días naturales; (2) si la conciliación fracasa, el trabajador recibe una constancia de no conciliación que permite presentar la demanda; (3) la audiencia preliminar ante el Tribunal Laboral para la admisibilidad y el ofrecimiento de pruebas; (4) la audiencia de juicio oral, en la que los testigos declaran en audiencia pública y el juez recibe la prueba de manera directa; (5) la sentencia. El procedimiento oral asegura que los casos laborales puedan, en principio, resolverse dentro de 12 a 18 meses, mucho más rápido que el antiguo sistema de las Juntas, que solía tardar de 5 a 10 años.

El CFCRL también administra un registro de organizaciones sindicales y atiende el registro de los contratos colectivos, funciones antes dispersas entre las Juntas y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). La STPS conserva su función de inspección administrativa a través de la Inspección Federal del Trabajo, que investiga las violaciones a los derechos laborales y puede iniciar procedimientos administrativos por separado del proceso laboral judicial.

Cuándo necesitas Labor Compensation Lawsuit Mexico (Demanda de Indemnización Laboral)

La Demanda de Indemnización Laboral en México se requiere cuando un trabajador ha sido despedido sin causa justa (rescisión injustificada) o ha sido despedido de manera indirecta y la conciliación previa obligatoria ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) no ha producido un arreglo dentro del periodo de conciliación de 45 días.

La demanda es necesaria cuando un patrón ha dado por terminada la relación de trabajo, de manera verbal o por escrito, sin citar ninguna de las causas específicas enumeradas en el artículo 47 de la LFT, que incluyen la insubordinación reiterada, el daño a la propiedad, la deshonestidad, la violencia de terceros en el centro de trabajo, la revelación de secretos comerciales y otra mala conducta grave especificada. El despido por cualquier motivo no enlistado de manera expresa en el artículo 47 de la LFT, o enlistado pero no debidamente probado por el patrón, constituye una rescisión injustificada que detona el marco completo de indemnización.

La demanda se necesita cuando un trabajador ha sido forzado a salir de su puesto a través de un despido indirecto conforme al artículo 51 de la LFT: el patrón ha cambiado de manera unilateral y sustancial las condiciones de trabajo (reducción de salario, cambio de lugar de trabajo, degradación del puesto, falta de pago de salarios) y hace que la continuación del empleo sea irrazonablemente onerosa. En este escenario, el trabajador trata el contrato como rescindido por culpa del patrón y reclama la misma indemnización que por despido injustificado directo.

Una Demanda de Indemnización Laboral se requiere cuando el patrón no ha pagado la liquidación completa al término; en concreto, cuando el patrón no ha pagado: (i) los tres meses de salario (indemnización constitucional) conforme al artículo 50 de la LFT; (ii) los 20 días de salario por año de servicio (indemnización por antigüedad) conforme al artículo 50 de la LFT; (iii) la prima de antigüedad de 12 días por año de servicio conforme al artículo 162 de la LFT para los trabajadores con 15 o más años de servicio; (iv) el aguinaldo proporcional conforme al artículo 87 de la LFT; (v) las vacaciones y la prima vacacional proporcionales conforme a los artículos 76 a 80 de la LFT; y (vi) cualquier salario devengado pero no pagado hasta la fecha de terminación.

La acción también es necesaria cuando el patrón no ha registrado al trabajador ante el IMSS o ha subdeclarado el Salario Diario Integrado (SDI), lo que crea un déficit en los derechos de atención médica del IMSS, en el fondo de vivienda del INFONAVIT y en los ahorros para el retiro de la AFORE del trabajador, que la demanda puede buscar rectificar mediante una orden judicial que obligue al patrón a pagar las aportaciones de seguridad social omitidas.

Los trabajadores que enfrentan accidentes de trabajo (riesgos de trabajo) que derivan en incapacidad temporal o permanente pueden presentar una demanda de indemnización laboral de manera concurrente con los procedimientos de prestaciones del IMSS; el IMSS paga las prestaciones por accidente de trabajo conforme a los artículos 58 a 62 de la Ley del Seguro Social, pero el patrón puede enfrentar una responsabilidad civil adicional conforme al artículo 994 de la LFT por las violaciones de seguridad.

Qué incluir en tu Labor Compensation Lawsuit Mexico (Demanda de Indemnización Laboral)

Una Demanda de Indemnización Laboral en México válida conforme a los artículos 872 a 892 de la LFT debe contener los siguientes elementos esenciales para ser admitida por el Tribunal Laboral.

Certificación de la conciliación previa obligatoria: la constancia de no conciliación emitida por el CFCRL o el centro de conciliación estatal que confirme que la fase de conciliación obligatoria se completó sin resolución. Sin este documento, la demanda es improcedente. La constancia debe presentarse como Anexo A conforme al artículo 685 reformado de la LFT.

Identificación de las partes: el nombre completo, la CURP, el RFC, el NSS (Número de Seguridad Social asignado por el IMSS), el domicilio y la ocupación del trabajador demandante. El nombre legal completo, el RFC, el Registro Patronal del IMSS, los datos del Registro Público de Comercio y el domicilio del patrón demandado. Cuando el patrón es persona moral, debe identificarse al representante legal con los datos de su poder notarial.

Hechos de la relación de trabajo: la fecha de ingreso, el puesto desempeñado, el salario base y el Salario Diario Integrado (SDI), el último lugar de trabajo y el tipo de contrato de trabajo (indeterminado, de tiempo fijo o de temporada). Conforme al artículo 784 de la LFT, el patrón tiene la carga de la prueba respecto del salario, la antigüedad, la causa del despido y las condiciones de trabajo; el trabajador solo necesita alegar que la relación existió.

Circunstancias del despido: la fecha y la forma del despido, es decir, si el patrón emitió una rescisión por escrito conforme al artículo 47 de la LFT que cita causas específicas, o si despidió de manera verbal, o si despidió de manera indirecta mediante la conducta del artículo 51 de la LFT. Si el patrón entregó una carta de rescisión por escrito, su contenido y las causas alegadas deben abordarse en el apartado de hechos para que el tribunal pueda evaluar si se acreditó la causa justa.

Cálculo de la indemnización reclamada (liquidación): el cálculo preciso de cada concepto reclamado conforme al artículo 50 y al artículo 162 de la LFT: - Indemnización constitucional: 3 meses × salario diario - Indemnización por antigüedad: 20 días × salario diario × años de servicio - Prima de antigüedad (si tiene 15 o más años): 12 días × salario diario × años de servicio - Salarios caídos: hasta 12 meses conforme al artículo 48 reformado de la LFT, más un 2% de interés mensual a partir del mes 13 - Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales del año en curso - Salarios no pagados hasta la fecha del despido

Reclamaciones de seguridad social: la solicitud de una orden judicial al IMSS para registrar las aportaciones omitidas del trabajador o ajustar el SDI subdeclarado, calculadas conforme a los artículos 15 y 304-A de la Ley del Seguro Social.

Alternativa de reinstalación: los trabajadores despedidos de su puesto pueden, de manera alternativa, solicitar la reinstalación a su empleo conforme al artículo 48 de la LFT; el actor debe elegir un remedio (reinstalación o indemnización), aunque muchas demandas reclaman ambos de manera alternativa, dejando la elección al trabajador después de la sentencia.

Pruebas documentales: el contrato de trabajo (si es escrito); los recibos de nómina que muestren el historial salarial; el reporte del IMSS de las declaraciones salariales del patrón (movimientos del trabajador); la carta de despido (aviso de rescisión) si se emitió; y cualquier prueba escrita de las condiciones de trabajo, la antigüedad y el puesto.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Demanda de Indemnización Laboral en México como un punto de partida práctico para los trabajadores que hacen valer sus derechos conforme a la LFT. Los procedimientos laborales en México implican reglas complejas sobre la carga de la prueba conforme al artículo 784 de la LFT y requieren un abogado laboralista con experiencia y cédula profesional. Los trabajadores también pueden acceder a la asistencia legal gratuita a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que brinda asesoría y representación a los trabajadores sin costo.

Asistencia legal gratuita: los trabajadores sin recursos económicos para contratar a un abogado particular pueden acceder a la representación legal gratuita a través de la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), una dependencia federal de la STPS con oficinas en cada capital estatal y en las principales ciudades industriales, que brinda asesoría, asistencia en la conciliación y representación judicial ante los Tribunales Laborales sin costo. Las Defensorías del Trabajo estatales brindan servicios equivalentes para los trabajadores de jurisdicción estatal. Entre los documentos relacionados están el Convenio de Terminación Laboral (mx-convenio-terminacion-laboral) para la separación consensual, la Solicitud de Conciliación ante el CFCRL (mx-solicitud-conciliacion-cfcrl) para la presentación de la conciliación previa obligatoria y la Carta de Rescisión Injustificada (mx-carta-rescision-injustificada) que documenta la terminación iniciada por el patrón que detona el derecho a la indemnización.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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