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Declaración de Ingresos por Arrendamiento México

Rental Income Declaration Mexico (Declaración de Ingresos por Arrendamiento)

DECLARACIÓN DE INGRESOS POR ARRENDAMIENTO

Conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, Artículos 114 a 118 (Capítulo III, Título IV)

I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE

Nombre del Arrendador: [Taxpayer Name]

RFC (con homoclave): [Taxpayer RFC]

CURP: [Taxpayer CURP]

Domicilio Fiscal: [Fiscal Domicile]

Régimen Fiscal: [Tax Regime]

II. DATOS DEL INMUEBLE ARRENDADO

Domicilio del Inmueble: [Property Address]

Clave Catastral / Cuenta Predial: [Clave Catastral]

Tipo de Inmueble y Régimen IVA: [Property Type]

Arrendatario: [Tenant Name]

RFC del Arrendatario: [Tenant RFC]

El arrendador declara haber emitido CFDI de arrendamiento (versión 4.0) por cada pago de renta recibido durante el período, conforme a los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los CFDIs emitidos constituyen el soporte documental de los ingresos aquí declarados.

III. INGRESOS Y PERÍODO DE LA DECLARACIÓN

Período de Declaración: [Declaration Period]

Mes / Ejercicio Fiscal: [Declaration Month]

Ingresos Brutos por Arrendamiento del Período: [Gross Rental Income]

IVA Cobrado al Arrendatario (inmuebles comerciales — Art. 19 LIVA): [IVA Collected]

IV. DEDUCCIONES AUTORIZADAS (ART. 115 LISR)

Método de Deducción Elegido: [Deduction Method]

Total de Deducciones del Período: [Deduction Amount]

Detalle de Gastos Reales (si aplica): [Real Expenses Detail]

Las deducciones por gastos reales están soportadas por CFDIs de los proveedores correspondientes y los pagos superiores a $2,000.00 MXN fueron realizados mediante transferencia bancaria conforme al Artículo 147 LISR. El método de deducción elegido se aplicará consistentemente durante todo el ejercicio fiscal [Declaration Month] para el inmueble declarado.

V. CÁLCULO DEL IMPUESTO Y PAGO PROVISIONAL

Ingreso Neto Gravable (Ingresos Brutos - Deducciones): [Net Taxable Income]

ISR Provisional Calculado (Tarifa Art. 152 LISR): [ISR Provisional]

Línea de Captura SAT: [Línea de Captura]

Fecha de Pago al SAT: [Payment Date]

El pago provisional se realizó conforme al Artículo 116 LISR, que establece que los arrendadores personas físicas deben efectuar pagos provisionales mensuales a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al período declarado. Los pagos provisionales efectuados durante el ejercicio se acreditarán contra el ISR del ejercicio en la Declaración Anual de Personas Físicas presentada entre el 1 y el 30 de abril del año siguiente.

VI. DECLARACIÓN DEL CONTRIBUYENTE

En [Declaration City], a [Declaration Date].

Bajo protesta de decir verdad, declaro que los datos asentados en la presente Declaración de Ingresos por Arrendamiento son verídicos y están soportados por los comprobantes fiscales digitales (CFDI) correspondientes, conforme a los Artículos 114 a 118 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Nombre del Contribuyente: [Taxpayer Name]

RFC: [Taxpayer RFC]

Firma: _________________________

Landlord / Taxpayer (Arrendador / Contribuyente)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Declaración de Ingresos por Arrendamiento México

La Declaración de Ingresos por Arrendamiento en México es un documento legal conforme a los Artículos 114 a 118 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), para documentar ingresos por renta de bienes inmuebles, deducciones autorizadas, pagos provisionales de ISR y obligaciones ante el SAT de arrendadores personas físicas. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.

El Artículo 114 LISR señala que las personas físicas que perciban ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles situados en México están sujetas al ISR sobre dichos ingresos, independientemente de que el arrendatario sea persona moral o física, de que el pago se realice en efectivo o en especie, y sin importar si existe contrato de arrendamiento formal. La base gravable comprende arrendamiento habitacional (casa habitación, departamento), arrendamiento de local comercial, arrendamiento de nave industrial, arrendamiento vacacional y arrendamiento de oficinas.

La tasa del ISR aplicable a los ingresos por arrendamiento de personas físicas es la tarifa progresiva del Artículo 152 LISR, que va del 1.92% para los ingresos más bajos hasta el 35% para ingresos anuales superiores a $3,498,600.01 MXN. El ISR se calcula sobre el ingreso neto (ingresos brutos menos deducciones autorizadas) y debe pagarse mediante pagos provisionales mensuales (pagos provisionales de ISR) conforme al Artículo 116 LISR a más tardar el día 17 del mes siguiente, y reconciliarse en la declaración anual de personas físicas presentada entre el 1 y el 30 de abril del ejercicio siguiente.

Los arrendadores registrados en el Régimen de Arrendamiento ante el SAT deben emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI de arrendamiento) por cada pago de renta recibido, conforme a los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF). Desde enero de 2022, el CFDI 4.0 es obligatorio para los recibos de arrendamiento, requiriendo el RFC y domicilio fiscal del arrendatario. El CFDI es simultáneamente el comprobante oficial para el arrendatario y el soporte documental del cálculo del pago provisional del arrendador.

El régimen fiscal del arrendamiento en México se vincula también con el Impuesto al Valor Agregado (IVA): el arrendamiento de inmuebles comerciales (locales, naves industriales, oficinas) está sujeto al IVA al 16% conforme al Artículo 19 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), mientras que el arrendamiento habitacional (casa habitación) está exento de IVA conforme al Artículo 20 fracción II LIVA. Esta distinción crea obligaciones administrativas diferenciadas para arrendadores residenciales y comerciales.

La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), publicada anualmente en el DOF por el SAT, contiene reglas específicas para el Régimen de Arrendamiento, incluyendo procedimientos simplificados de declaración para arrendadores con ingresos anuales por debajo del umbral establecido en la Regla Miscelánea aplicable, reglas especiales para arrendadores copropietarios bajo el Artículo 118 LISR, y procedimientos de pago electrónico a través del portal de Declaraciones y Pagos (DyP) del SAT. Los arrendadores que también realizan actividades profesionales o empresariales deben separar cada fuente de ingresos para el tratamiento correcto del ISR e IVA.

Cuándo necesitas Declaración de Ingresos por Arrendamiento México

La Declaración de Ingresos por Arrendamiento México es obligatoria para toda persona física que perciba ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles en México, ya sean residenciales, comerciales, industriales o vacacionales. La declaración se requiere en los siguientes supuestos específicos.

Pagos provisionales mensuales de ISR: Conforme al Artículo 116 LISR, los arrendadores personas físicas deben realizar pagos provisionales de ISR al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente a cada cobro de renta. El pago provisional se calcula sobre el ingreso neto del mes (renta bruta menos deducciones autorizadas) multiplicado por la tarifa del Artículo 152 LISR. Los arrendadores que opten por la deducción opcional del 35% pueden usar este cálculo simplificado. La Declaración de Ingresos por Arrendamiento organiza el cálculo mensual y sirve como respaldo del pago.

Declaración anual del ISR: Todos los arrendadores personas físicas registrados en el Régimen de Arrendamiento deben presentar la declaración anual de ISR entre el 1 y el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal, conciliando los ingresos totales anuales contra las deducciones y los pagos provisionales realizados durante el año. Si los pagos provisionales exceden el ISR anual determinado, el excedente genera un saldo a favor reclamable al SAT a través del buzón tributario. Si el ISR anual supera los provisionales pagados, la diferencia es exigible al momento de la presentación.

Varios inmuebles — declaración consolidada: Cuando una persona física posee múltiples inmuebles arrendados, todos los ingresos deben consolidarse en una sola Declaración de Ingresos por Arrendamiento y en una sola declaración anual de ISR. El SAT pre-llena la declaración anual con datos de los CFDI de arrendamiento emitidos por el contribuyente, lo que facilita la conciliación de múltiples inmuebles.

Primer arrendamiento — registro ante el SAT: Cuando una persona física comienza a arrendar inmuebles por primera vez, debe inscribirse en el Régimen de Arrendamiento ante el SAT antes de emitir el primer CFDI de arrendamiento y realizar el primer pago provisional de ISR. El registro requiere RFC, e.firma y declaración sobre el tipo de inmueble para determinar las obligaciones de IVA.

Arrendamiento vacacional — Plataformas Tecnológicas: Los arrendadores que rentan a través de plataformas digitales (Airbnb, Vrbo, Booking.com) pueden tributar en el Régimen de Plataformas Tecnológicas (Artículos 113-A a 113-C LISR, reforma digital 2020) — donde la plataforma retiene ISR al 10% e IVA y los entera al SAT — u optar por el Régimen de Arrendamiento tradicional. Los arrendadores con ingresos anuales superiores a $300,000 MXN en plataformas deben tributar en el régimen tradicional independientemente de la retención de la plataforma.

Qué incluir en tu Declaración de Ingresos por Arrendamiento México

Una Declaración de Ingresos por Arrendamiento México completa conforme a los Artículos 114 a 118 LISR debe contener los siguientes elementos esenciales para respaldar el cálculo correcto del pago provisional de ISR y la presentación de la declaración anual.

Identificación del contribuyente: RFC con homoclave, nombre completo, CURP, domicilio fiscal y régimen fiscal (Régimen de Arrendamiento — Capítulo III Título IV LISR). El contribuyente debe confirmar su registro en el Padrón del SAT bajo este régimen antes de presentar cualquier declaración de ingresos por arrendamiento.

Descripción del inmueble y datos catastrales: Dirección del inmueble arrendado (calle, número, colonia, municipio, estado, C.P.), clave catastral asignada por el Catastro municipal, superficie (metros cuadrados de terreno y construcción), tipo de inmueble (casa habitación, departamento, local comercial, bodega, oficina, nave industrial, terreno) y RFC del arrendatario para efectos de IVA en arrendamientos comerciales. Debe indicarse si el inmueble califica como casa habitación (IVA exento bajo el Artículo 20 LIVA) o inmueble comercial (IVA 16% bajo el Artículo 19 LIVA).

Ingresos brutos por arrendamiento: Total de rentas cobradas durante el período (mes o año) de cada inmueble — incluyendo renta base, cargos adicionales incorporados a la renta (mantenimiento, predial u otros) y el valor de las prestaciones en especie recibidas bajo el Artículo 114 LISR. Todos los montos deben documentarse con el CFDI de arrendamiento correspondiente emitido al arrendatario por cada pago.

Deducciones autorizadas — Gastos reales o deducción opcional: Los arrendadores pueden deducir (a) gastos reales: predial pagado, gastos de mantenimiento y reparación, intereses hipotecarios, seguros del inmueble, comisiones de agente inmobiliario y depreciación de mejoras al 5% anual bajo el Artículo 115 LISR — todos respaldados por CFDIs; o (b) deducción opcional del 35%: deducción estándar del 35% de los ingresos brutos sin documentación individual, que simplifica el cumplimiento para arrendadores pequeños. El método elegido debe aplicarse consistentemente durante todo el ejercicio fiscal para cada inmueble.

Cálculo del pago provisional de ISR: La base gravable mensual (ingresos brutos menos deducciones); el ISR correspondiente de la tarifa del Artículo 152 LISR aplicada a la base gravable; y el pago provisional mensual resultante. La línea de captura generada en el sistema del SAT, la fecha de pago y el número de confirmación bancaria deben registrarse como comprobante.

Obligaciones de IVA para inmuebles comerciales: Para inmuebles comerciales, industriales y de oficinas, la renta está gravada con IVA al 16% bajo el Artículo 19 LIVA. El arrendador debe incluir el IVA en el CFDI de arrendamiento, cobrarlo al arrendatario y enterarlo en la declaración mensual de IVA. Los arrendatarios personas morales retienen el 10% del IVA bajo el Artículo 1-A fracción I LIVA y lo enteran directamente al SAT.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Declaración de Ingresos por Arrendamiento México para apoyar a los arrendadores personas físicas en la organización de sus ingresos, deducciones y registros de pago para cumplir con el SAT. Los arrendadores con múltiples inmuebles, arrendamientos comerciales o ingresos por plataformas digitales deben consultar a un Contador Público Autorizado (CPA) para determinar el método de deducción óptimo, el tratamiento del IVA y la estrategia de pagos provisionales bajo los Artículos 114 a 118 LISR. La plataforma forms-legal.com permite generar este documento en formato editable, facilitando la personalización de cada cláusula conforme a las necesidades específicas de las partes involucradas en la relación jurídica. Cada cláusula debe redactarse de manera clara y precisa para evitar ambigüedades que pudieran generar conflictos entre las partes en el futuro.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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