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Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México

Working Conditions Modification Agreement Mexico (Acuerdo de Modificación de Condiciones)

CONVENIO DE MODIFICACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO

Celebrado conforme a la Ley Federal del Trabajo, Artículo 57

I. PARTES

EL PATRÓN:

Razón Social: [Employer Name]

RFC: [Employer RFC]

Domicilio: [Employer Address]

Representante Legal: [Employer Representative]

EL/LA TRABAJADOR/A:

Nombre: [Worker Name]

RFC: [Worker RFC]

CURP: [Worker CURP]

NSS: [Worker NSS]

Contrato Original de fecha: [Original Contract Date]

Las partes celebran el presente Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo de manera libre y voluntaria, conforme al Artículo 57 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

II. TIPO DE MODIFICACIÓN

Condición que se modifica: [Modification Type]

III. CONDICIONES ACTUALES (ANTES DE LA MODIFICACIÓN)

Salario Diario Actual: [Current Salary]

Horario Actual: [Current Schedule]

Lugar de Trabajo Actual: [Current Location]

Puesto y Funciones Actuales: [Current Functions]

Prestaciones Actuales a Modificar: [Current Benefits]

IV. NUEVAS CONDICIONES (DESPUÉS DE LA MODIFICACIÓN)

Nuevo Salario Diario: [New Salary]

Nuevo Horario: [New Schedule]

Nuevo Lugar de Trabajo: [New Location]

Nuevas Funciones: [New Functions]

Nuevas Prestaciones: [New Benefits]

Fecha de Entrada en Vigor: [Effective Date]

Todas las condiciones de trabajo no expresamente modificadas por el presente convenio permanecen en plena vigencia conforme al contrato individual de trabajo original celebrado el [Original Contract Date].

V. CONDICIONES DE TELETRABAJO (si aplica)

Equipo Proporcionado por el Patrón (Artículo 330-D LFT): [Equipment Provided]

Reembolso de Gastos de Conectividad y Electricidad (Artículo 330-E LFT): [Expense Reimbursement]

El/la trabajador/a tiene derecho a la desconexión digital fuera de su jornada laboral y en días de descanso (Artículo 330-H LFT). Cualquiera de las partes podrá solicitar la reversión a la modalidad presencial con un aviso previo de 10 días (Artículo 330-I LFT).

VI. VOLUNTARIEDAD Y DERECHOS ADQUIRIDOS

El/la trabajador/a declara que el presente convenio es celebrado de manera libre, voluntaria, con pleno conocimiento de sus términos y sin coacción alguna, conforme al Artículo 57 LFT. Las partes reconocen que toda condición de trabajo establecida en el presente convenio sustituye únicamente las condiciones expresamente señaladas en la Sección III anterior, siendo nulas de pleno derecho cualesquiera cláusulas que impliquen renuncia de derechos adquiridos no señalados, conforme al Artículo 5 LFT.

VII. LEY APLICABLE

El presente convenio se rige por la Ley Federal del Trabajo. Las controversias se someterán a conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) conforme al Artículo 684-A LFT antes de acudir al Tribunal Laboral competente.

FIRMAS

En [Contract City], a [Contract Date].

EL PATRÓN:

[Employer Name]

[Employer Representative]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

EL/LA TRABAJADOR/A:

[Worker Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Declaro que he leído y comprendido el presente convenio, que lo firmo de manera voluntaria, y que he recibido un ejemplar firmado por ambas partes.

Firma del/la Trabajador/a: _________________________ Fecha: _________________________

Employer / Legal Representative (Patrón / Representante Legal)

________________

Signature

Worker (Trabajador/a)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México

El Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México es un documento legal regido por el Artículo 57 de la Ley Federal del Trabajo, que permite al patrón y al trabajador modificar de mutuo acuerdo salario, horario, lugar de trabajo u otras condiciones, protegiendo los derechos adquiridos.

El Artículo 57 de la LFT establece un principio fundamental del derecho laboral mexicano: el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo en perjuicio del trabajador. Cualquier cambio a las condiciones establecidas en un contrato de trabajo — ya sea salario, jornada laboral, lugar de trabajo, funciones del puesto, prestaciones u otros términos acordados — requiere un convenio bilateral escrito firmado por ambas partes. Sin este consentimiento escrito, cualquier modificación unilateral por parte del patrón constituye una violación de la relación laboral que otorga al trabajador el derecho a rescindir el contrato y reclamar la indemnización por despido injustificado bajo el Artículo 51 LFT (rescisión imputable al patrón), incluyendo la indemnización constitucional de tres meses de salario bajo el Artículo 50 LFT más 20 días por año de servicio.

La base constitucional para la estabilidad en las condiciones de trabajo descansa en el Artículo 123, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la doctrina de los derechos adquiridos — una vez que una condición de trabajo es establecida en un contrato de trabajo, en un contrato colectivo de trabajo o incluso por costumbre y práctica, se convierte en un derecho adquirido que no puede ser reducido o eliminado unilateralmente por el patrón. Los tribunales laborales mexicanos han aplicado consistentemente esta doctrina para rechazar los intentos patronales de reestructurar la compensación, reorganizar funciones del puesto o reubicar trabajadores sin su consentimiento escrito.

El Artículo 57 de la LFT prevé una excepción estrecha a la doctrina de los derechos adquiridos: permite al patrón solicitar al Tribunal Laboral competente autorización para modificar las condiciones de trabajo cuando las circunstancias económicas afecten gravemente a la empresa a tal grado que mantener las condiciones existentes amenace la viabilidad del negocio. Este proceso de autorización judicial es distinto del Convenio de Modificación bilateral que es objeto de esta plantilla, el cual cubre modificaciones voluntarias mutuamente acordadas.

El Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo se utiliza más comúnmente en los siguientes escenarios operativos: reestructuración salarial; reubicación laboral (traslado de un trabajador de un establecimiento a otra ciudad, requiriendo su consentimiento escrito bajo el Artículo 25, Fracción V LFT); cambios en las funciones del puesto; cambios de horario; modificación de prestaciones superiores que se hayan convertido en derechos adquiridos; y cambios de modalidad (transición de modalidad presencial a teletrabajo bajo los Artículos 330-A a 330-K LFT).

FormsLegal.com proporciona esta plantilla de Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México como punto de partida práctico para documentar cambios laborales bilaterales. La doctrina de los derechos adquiridos y la protección del Artículo 57 LFT contra modificaciones unilaterales hacen esencial que este documento sea revisado por un licenciado en derecho especializado en derecho individual del trabajo antes de su firma, en particular cuando la modificación involucra alguna reducción en las condiciones actuales del trabajador.

Cuándo necesitas Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México

El Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México resulta necesario cuando el patrón y el trabajador acuerdan cambiar cualquier término de la relación laboral existente. El Artículo 57 de la LFT exige que cualquier modificación de condiciones en perjuicio del trabajador — o cualquier cambio significativo, aunque sea neutral o beneficioso — se documente por escrito para prevenir futuras disputas sobre lo que fue acordado.

El convenio es necesario cuando se propone una reestructuración salarial — por ejemplo, convertir a un trabajador de un salario puramente fijo a un modelo de salario base más variable, reducir un salario base con una estructura de bono compensatorio, o ajustar la moneda o el método de pago del salario. Dado que los componentes salariales recurrentes una vez pagados se convierten en derechos adquiridos bajo la doctrina aplicada por los Tribunales Laborales, incluso una reestructuración que mantiene la compensación total al mismo nivel requiere consentimiento escrito.

El documento es necesario cuando se reubica a un trabajador a una ciudad o establecimiento diferente. El Artículo 25, Fracción V de la LFT exige que el lugar de trabajo esté especificado en el contrato de trabajo — cambiarlo requiere un convenio de modificación escrito. Para reubicaciones que cambian significativamente las circunstancias de vida del trabajador, el patrón debe confirmar que el consentimiento del trabajador sea genuinamente libre y no coaccionado, ya que un convenio de reubicación coaccionado puede impugnarse como despido indirecto ante el proceso de conciliación del CFCRL bajo el Artículo 684-A de la LFT.

Se requiere un Convenio de Modificación cuando un patrón hace la transición de trabajadores a modalidad de teletrabajo bajo los Artículos 330-A a 330-K de la LFT añadidos por la reforma de teletrabajo de 2021. El Artículo 330-C de la LFT requiere específicamente un acuerdo complementario escrito que documente la provisión de equipos, el reembolso de gastos, el apoyo de conectividad, el derecho a la desconexión y las disposiciones de protección de datos bajo la LFPDPPP.

El convenio también es necesario para formalizar cambios a prestaciones superiores a la ley — como reducir un aguinaldo negociado de 30 días a 20 días, cambiar el plan de salud del IMSS, o eliminar un vale de despensa previamente pagado. Las prestaciones superiores, una vez otorgadas y pagadas de manera constante, se convierten en derechos adquiridos. La SCJN ha resuelto consistentemente en casos laborales que el patrón tiene la carga de probar que cualquier reducción de prestaciones fue libremente y conscientemente consentida por el trabajador mediante un convenio escrito.

Qué incluir en tu Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México

El Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México válido bajo el Artículo 57 de la LFT debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutable, demostrar el consentimiento bilateral genuino y resistir el escrutinio de los Tribunales Laborales y la Inspección del Trabajo de la STPS.

Identificación de las Partes y Referencia al Contrato Original: Nombre legal completo, RFC y domicilio del patrón; y nombre legal completo, RFC, CURP, NSS y domicilio del trabajador. Referencia expresa al contrato de trabajo original que se modifica — incluyendo su fecha de celebración, los nombres de las partes tal como aparecen en el original, y cualquier modificación previa — para establecer la continuidad de la relación laboral y las condiciones de referencia de las que parte la modificación.

Descripción de las Condiciones Actuales que se Modifican: Una declaración precisa de las condiciones de trabajo específicas tal como existen actualmente (antes de la modificación), con base en el contrato de trabajo original o cualquier convenio de modificación previo. Esta descripción de referencia reviste importancia para establecer cuáles son los derechos adquiridos del trabajador y qué exactamente se está cambiando.

Descripción de las Condiciones Modificadas: Una declaración precisa de cada condición de trabajo tal como será después de que la modificación entre en vigor — nuevo monto de salario, nuevo horario de trabajo, nueva dirección del lugar de trabajo, nuevas funciones del puesto, nuevos valores de prestaciones u otros términos modificados.

Fecha de Entrada en Vigor de la Modificación: La fecha específica a partir de la cual las condiciones modificadas entran en vigor. Las modificaciones retroactivas requieren especial atención a la recalculación del SDI del IMSS y a las obligaciones de corrección del CFDI de nómina del SAT.

Contraprestación y Voluntariedad: Un reconocimiento expreso del trabajador de que el convenio es celebrado de manera libre, voluntaria y con pleno conocimiento de sus términos y consecuencias. Los tribunales mexicanos examinarán detenidamente la voluntariedad de las modificaciones que parecen beneficiar sólo al patrón.

Confirmación de las Condiciones Mantenidas: Una declaración expresa de que todas las condiciones de trabajo no modificadas por el presente convenio permanecen en plena vigencia conforme al contrato de trabajo original y a cualquier convenio de modificación previo.

Preservación de Derechos Adquiridos: Donde la modificación involucra condiciones que se han convertido en derechos adquiridos por costumbre, práctica o pago previo, el documento debe reconocer el estatus de derecho adquirido y explicar por qué el consentimiento del trabajador constituye una renuncia válida al derecho adquirido.

Para Modificaciones de Teletrabajo — Elementos Adicionales: Cuando la modificación convierte a un trabajador de modalidad presencial a teletrabajo, el convenio complementario debe especificar adicionalmente (conforme a los Artículos 330-C y 330-D de la LFT): la lista completa de equipos y materiales proporcionados por el patrón; el mecanismo de reembolso de gastos de conectividad y electricidad; el derecho a la desconexión del trabajador fuera de la jornada laboral; medidas de prevención de ergonomía y riesgos psicosociales bajo la NOM-035-STPS-2018; y un aviso de privacidad para cualquier herramienta de monitoreo del trabajo desde casa.

FormsLegal.com proporciona esta plantilla de Convenio de Modificación de Condiciones de Trabajo en México como punto de partida práctico. La doctrina de los derechos adquiridos (derechos adquiridos) y la protección del Artículo 57 LFT hacen esencial que este documento sea revisado por un licenciado en derecho especializado en derecho individual del trabajo antes de su firma. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla en formato editable para descarga inmediata en PDF y Word. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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