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Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España)

Advance Directives Spain (Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas)

INSTRUCCIONES PREVIAS / VOLUNTADES ANTICIPADAS

Advance Directives — Living Will

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente — Article 11

Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) — Real Decreto 124/2007

1. IDENTIFICATION OF DECLARANT (IDENTIFICACIÓN DEL OTORGANTE)

Full Name (Nombre y Apellidos): [Declarant Name]

DNI / NIE / Passport: [Declarant DNI]

Date of Birth (Fecha de Nacimiento): [Declarant DOB]

Residential Address (Domicilio): [Declarant Address]

Phone: [Declarant Phone]

Email: [Declarant Email]

Autonomous Community of Residence: [Autonomous Community]

CAPACITY DECLARATION: I, [Declarant Name], declare that I am executing this document with full legal capacity (plena capacidad de obrar), in a state of full mental lucidity and free from any external pressure or coercion. I understand the nature and legal consequences of this document. I am aware that this document is binding on all healthcare professionals and healthcare centres in Spain that attend me, pursuant to Article 11.1 of Ley 41/2002 (LAP).

2. HEALTHCARE REPRESENTATIVE (REPRESENTANTE SANITARIO)

I hereby designate the following person as my healthcare representative (representante sanitario) under Article 11.1 of Ley 41/2002 (LAP), to communicate with the healthcare team on my behalf, access my clinical history (historia clínica), and make healthcare decisions consistent with my expressed values and instructions when I lack legal capacity to do so myself.

PRIMARY REPRESENTATIVE (REPRESENTANTE PRINCIPAL):

Name: [Representative Name]

DNI / NIE: [Representative DNI]

Relationship to Declarant: [Representative Relationship]

Phone: [Representative Phone]

Address: [Representative Address]

SUBSTITUTE REPRESENTATIVE (REPRESENTANTE SUSTITUTO):

Name: [Substitute Representative Name]

DNI / NIE: [Substitute Representative DNI]

The representative may not request treatments that I have explicitly refused in this document, nor actions contrary to my documented values. The representative's role is to act as interpreter and advocate for my expressed wishes, not to substitute their own judgement. The representative cannot override or modify the specific instructions contained in this document.

3. HEALTHCARE VALUES STATEMENT (DECLARACIÓN DE VALORES — HISTORIA DE VALORES)

[Values Statement]

4. SPECIFIC TREATMENT INSTRUCTIONS (INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS SOBRE TRATAMIENTOS)

4.1 Cardiopulmonary Resuscitation (RCP — Reanimación Cardiopulmonar):

[CPR Decision]

4.2 Mechanical Ventilation (Ventilación Mecánica):

[Ventilation Decision]

4.3 Artificial Nutrition and Hydration (ANH — Nutrición e Hidratación Artificiales):

[ANH Decision]

4.4 Palliative Care (Cuidados Paliativos):

[Palliative Care]

4.5 Additional Instructions and Clinical Circumstances:

[Additional Instructions]

These instructions are to be applied by healthcare professionals in the clinical circumstances described. Pursuant to Article 11.3 of Ley 41/2002 (LAP), these instructions shall not be applied if they request treatments contrary to the legal system, contrary to the lex artis médica (current clinical best practice for my condition), or outside the clinical offering of the relevant healthcare centre.

5. ORGAN AND BODY DONATION (DONACIÓN DE ÓRGANOS Y CUERPO)

5.1 Organ Donation (Donación de Órganos y Tejidos post-mortem):

[Organ Donation]

5.2 Body Donation for Medical Science (Donación de Cuerpo a Ciencia Médica):

[Body Donation]

6. REVOCATION CLAUSE (CLÁUSULA DE REVOCACIÓN)

Pursuant to Article 11.4 of Ley 41/2002 (LAP), I may revoke or modify this document at any time while I retain full legal capacity (plena capacidad de obrar), without any special formality. Revocation is effective upon: execution of a new instrucciones previas document; written revocation submitted to the Autonomous Community registry or the Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP); or verbal revocation communicated to attending healthcare professionals (written confirmation recommended). The most recent valid document registered in the RNIP takes precedence over all prior versions.

After execution, I intend to register this document with the competent registry of [Autonomous Community] and the Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) under Real Decreto 124/2007, to ensure access by healthcare professionals throughout the Sistema Nacional de Salud.

7. SIGNATURES AND WITNESSES (FIRMAS Y TESTIGOS)

Executed in [Signature City], on [Signature Date].

Method of Execution: [Execution Method]

DECLARANT (OTORGANTE):

[Declarant Name] — DNI/NIE: [Declarant DNI]

Signature: _________________________ Date: _________________________

HEALTHCARE REPRESENTATIVE — ACCEPTANCE (REPRESENTANTE SANITARIO — ACEPTACIÓN):

I, [Representative Name] (DNI/NIE: [Representative DNI]), accept the designation as healthcare representative (representante sanitario) of [Declarant Name] under Article 11.1 of Ley 41/2002 (LAP) and undertake to act in accordance with the declarant's expressed values and instructions.

Signature: _________________________ Date: _________________________

WITNESSES (TESTIGOS — if execution before three witnesses):

Witness 1: [Witness 1 Name] — DNI/NIE: [Witness 1 DNI]

Signature: _________________________

Witness 2: [Witness 2 Name] — DNI/NIE: [Witness 2 DNI]

Signature: _________________________

Witness 3: [Witness 3 Name] — DNI/NIE: [Witness 3 DNI]

Signature: _________________________

The witnesses declare that [Declarant Name] executed this document with full legal capacity and free from coercion, in their presence, on [Signature Date].

Declarant (Otorgante)

________________

Signature

Healthcare Representative

________________

Signature

Witness 1

________________

Signature

Witness 2

________________

Signature

Witness 3

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España)

Las Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas constituyen, en España, el documento de instrucciones regulado por Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente, art. 11, que orienta la cumplimentación del trámite correspondiente.

La Ley 41/2002 (LAP) es la norma marco nacional sobre derechos del paciente en España, que consagra el principio de autonomía del paciente — el derecho fundamental del paciente a tomar decisiones informadas sobre su propia salud — como principio rector de la relación sanitaria en España. El Artículo 11 LAP regula específicamente las instrucciones previas, disponiendo que cualquier persona adulta con capacidad puede otorgarlas para regir su tratamiento médico futuro cuando sobrevenga la incapacidad. El documento es vinculante para todos los profesionales y centros sanitarios — tanto públicos (Sistema Nacional de Salud) como privados — que atiendan al paciente en cualquier punto de España.

El fundamento constitucional de las instrucciones previas reside en el Artículo 15 de la Constitución Española de 1978 (derecho a la vida y a la integridad física y moral) y en el Artículo 18 CE (derecho a la intimidad personal y a la dignidad). El Tribunal Constitucional reconoció en las STC 120/1990 y STC 11/1991 que el derecho a rechazar tratamientos médicos — incluidos los de soporte vital — forma parte de los derechos fundamentales, sin perjuicio del interés del Estado en proteger la vida. La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia (LORE) añade una nueva dimensión a las instrucciones previas — el documento puede incluir ahora una solicitud de eutanasia (prestación de ayuda para morir) en las condiciones establecidas por los artículos 3–6 LORE, haciendo de España uno de los pocos Estados miembros de la UE que permiten solicitudes de eutanasia mediante instrucciones previas.

Todas las Comunidades Autónomas han aprobado su propia normativa de instrucciones previas, que desarrolla el marco del Artículo 11 LAP. Los registros autonómicos — como el Registro de Voluntades Anticipadas de Cataluña, el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid y el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía — permiten a los ciudadanos inscribir su documento y garantizar su accesibilidad para los profesionales sanitarios. Desde 2021, todos los registros autonómicos están interconectados con el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), gestionado por el Ministerio de Sanidad conforme al Real Decreto 124/2007.

El Artículo 11.2 LAP establece tres exclusiones — las instrucciones previas no pueden solicitar actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico (p. ej. homicidio), contrarias a la lex artis médica (buena práctica clínica actual) o que no se correspondan con el supuesto clínico previsto. La reforma LORE 2021 eliminó la prohibición de solicitar la eutanasia ahora que esta es legal, sujeta a las condiciones de los artículos 3–6 LORE.

Cuándo necesitas Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España)

Las Instrucciones Previas en España deben otorgarse por cualquier residente adulto que desee garantizar que sus preferencias sanitarias sean respetadas si quedara incapacitado para comunicarse — ya sea por accidente, enfermedad progresiva, demencia u otras causas — mientras aún conserve la plena capacidad de obrar para suscribir el documento.

El documento resulta especialmente relevante para personas diagnosticadas de enfermedades neurológicas progresivas — Alzheimer, Parkinson, esclerosis múltiple, ELA — en las que se prevé la incapacidad cognitiva. Los neurólogos, psiquiatras y geriatras de los Servicios de Neurología y unidades hospitalarias del Sistema Nacional de Salud recomiendan habitualmente que los pacientes otorguen instrucciones previas poco después del diagnóstico, cuando su capacidad es incuestionable.

Las instrucciones previas son necesarias cuando una persona desea rechazar determinados tratamientos de soporte vital en situaciones terminales — ventilación mecánica, reanimación cardiopulmonar (RCP), nutrición e hidratación artificiales o hemodiálisis — que no desea que se le apliquen si no existe perspectiva razonable de recuperación. Sin un documento de instrucciones previas, los profesionales sanitarios españoles están obligados legalmente a aplicar todas las medidas de soporte vital disponibles salvo que el paciente las rechace en ese momento.

El documento es necesario cuando una persona desea designar a un representante sanitario concreto para que hable con los médicos en su nombre — el representante designado tiene autoridad de decisión que los familiares — incluidos los cónyuges — no poseen automáticamente conforme al derecho sanitario español. Sin un representante designado, las decisiones sanitarias en situaciones de incapacidad las toma el médico responsable en consulta con la familia, sin que ningún familiar tenga un veto vinculante.

Las instrucciones previas deben otorgarse por residentes españoles de todas las edades que tengan convicciones personales, religiosas o éticas firmes sobre la atención al final de la vida — ya sea a favor de todas las intervenciones posibles o del rechazo de determinados tratamientos. El documento también es el instrumento mediante el que una persona puede expresar sus deseos sobre la donación de cuerpo a ciencia, la donación de órganos (regulada separadamente por el Real Decreto 1723/2012) y el destino de las muestras biológicas tras el fallecimiento.

El documento debe otorgarse antes de que sobrevenga la incapacidad — una vez que la persona carece de capacidad, las instrucciones previas ya no pueden otorgarse ni modificarse válidamente. Los Notarios inscritos en el Colegio Notarial y los funcionarios habilitados por las Comunidades Autónomas acreditan la capacidad en el momento del otorgamiento.

Qué incluir en tu Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España)

Las Instrucciones Previas válidas en España conforme al Artículo 11 de la Ley 41/2002 (LAP) y la normativa autonómica de desarrollo deben contener los siguientes elementos esenciales para ser jurídicamente vinculantes para los profesionales sanitarios e inscribibles en el RNIP.

Identificación del otorgante: Nombre completo, DNI o NIE, fecha de nacimiento, domicilio y teléfono o correo electrónico del otorgante. La declaración de capacidad — declarando que la persona otorga el documento con plena capacidad de obrar y libre de toda coacción — es esencial para la validez. Los testigos, el notario o el funcionario habilitado deben acreditar la capacidad en el momento del otorgamiento, según los requisitos formales de cada Comunidad Autónoma.

Representante sanitario: Nombre, DNI, datos de contacto y relación con el otorgante del representante sanitario designado — la persona autorizada para comunicarse con el equipo asistencial, acceder a la historia clínica y tomar decisiones sanitarias en nombre del otorgante cuando este carezca de capacidad. También debe nombrarse un representante sustituto para el caso de que el representante principal no pueda o no quiera actuar. La aceptación expresa del representante debe documentarse — algunos registros autonómicos exigen que el representante firme el documento o un formulario de aceptación por separado.

Declaración de valores vitales: Los valores fundamentales del otorgante — convicciones religiosas o filosóficas sobre la vida, la muerte, la dignidad y el sufrimiento — que deben orientar la interpretación de todas las instrucciones específicas. Esta historia de valores es el cimiento del documento — contextualiza las instrucciones concretas y permite al representante y al equipo sanitario aplicar los deseos del otorgante a situaciones clínicas no previstas.

Instrucciones positivas sobre tratamientos: Tratamientos que el otorgante solicita expresamente — cuidados paliativos incluyendo manejo adecuado del dolor y sedación; nutrición e hidratación artificial en circunstancias determinadas; medidas diagnósticas específicas.

Instrucciones de rechazo de tratamientos: Tratamientos que el otorgante rechaza en circunstancias clínicas concretas — habitualmente: ventilación mecánica cuando es irreversible; RCP cuando no hay perspectiva razonable de supervivencia neurológicamente íntegra; nutrición e hidratación artificiales en fase terminal; diálisis renal en fase terminal. Cada rechazo debe especificar las circunstancias clínicas en que se aplica.

Solicitud de eutanasia (opcional — tras la LORE 2021): Si el otorgante desea incluir una solicitud de prestación de ayuda para morir conforme a la LO 3/2021 (LORE), el documento debe ajustarse a los artículos 3(c) y 6 LORE. Las solicitudes de eutanasia en instrucciones previas están sujetas a la revisión de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Comunidad Autónoma correspondiente conforme al Artículo 17 LORE antes de que pueda actuarse.

Donación de órganos y cuerpo: La posición del otorgante sobre la donación de órganos post-mortem — el sistema de consentimiento presunto por silencio de España conforme a la Ley 30/1979 y el Real Decreto 1723/2012 se aplica salvo negativa documentada — y la donación de cuerpo a ciencia médica, regulada por el Real Decreto 1090/2015 y gestionada por los departamentos de anatomía de las universidades públicas.

Cláusula de revocación: Declaración de que el documento puede revocarse o modificarse en cualquier momento mientras el otorgante conserve capacidad, conforme al Artículo 11.4 LAP.

Forms-legal.com proporciona este modelo de Instrucciones Previas para España como guía práctica. Toda persona que otorgue instrucciones previas debe consultar el registro de su Comunidad Autónoma sobre los requisitos formales específicos. El documento debe inscribirse en el RNIP o en el registro autonómico inmediatamente después de su otorgamiento. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España) (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/estate-planning/healthcare-directives/instrucciones-previas-voluntades-anticipadas-espana

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"Instrucciones Previas / Voluntades Anticipadas (España) (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/estate-planning/healthcare-directives/instrucciones-previas-voluntades-anticipadas-espana.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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