Skip to main content

Acuerdo de Aceptación de Herencia España

Acuerdo de Aceptación de Herencia España

ACUERDO DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA

Código Civil de España, artículos 988 a 1009

1. DATOS DEL CAUSANTE

Nombre completo: [Nombre del Causante]

DNI / NIE: [DNI del Causante]

Fecha de fallecimiento: [Fecha de Fallecimiento]

Lugar de fallecimiento: [Lugar de Fallecimiento]

Última residencia habitual: [Última Residencia]

Estado civil al fallecimiento: [Estado Civil]

2. BASE DE LA SUCESIÓN

Tipo de sucesión: [Tipo de Sucesión]

Referencia del testamento: [Referencia del Testamento]

Declaración de herederos ab intestato: [Declaración de Herederos]

3. HEREDEROS ACEPTANTES

Heredero 1: [Nombre del Heredero 1], DNI/NIE [DNI del Heredero 1], [Parentesco del Heredero 1], Cuota: [Cuota del Heredero 1]

Heredero 2: [Nombre del Heredero 2], DNI/NIE [DNI del Heredero 2], Cuota: [Cuota del Heredero 2]

Herederos adicionales: [Herederos Adicionales]

4. DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN

Cada uno de los herederos identificados anteriormente acepta por la presente la herencia dejada por [Nombre del Causante] en la siguiente modalidad:

Modalidad de aceptación: [Modalidad de Aceptación]

La presente aceptación se realiza conforme a los artículos 988 y 999 del Código Civil de España. Cada heredero reconoce que la aceptación es irrevocable e incondicional conforme al artículo 988 del Código Civil, sin perjuicio de las protecciones aplicables a la modalidad declarada.

5. BIENES Y PASIVO DEL CAUDAL HEREDITARIO (INVENTARIO)

ACTIVO HEREDITARIO:

Bienes inmuebles: [Bienes Inmuebles]

Cuentas bancarias y activos financieros: [Cuentas Bancarias]

Otros bienes: [Otros Bienes]

PASIVO HEREDITARIO:

Deudas y cargas conocidas: [Deudas del Caudal]

6. OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Los herederos reconocen su obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) ante la [Comunidad Autónoma] antes del [Plazo del ISD], conforme a la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El pago o la solicitud de aplazamiento deben acompañar a la declaración.

No podrá solicitarse la inscripción de las transmisiones de bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad ni en el Registro Mercantil antes de la liquidación del ISD o de la concesión de un aplazamiento por la Agencia Tributaria.

FIRMAS

Firmado en [Ciudad de Firma], a [Fecha de Firma].

HEREDERO 1: [Nombre del Heredero 1]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

HEREDERO 2: [Nombre del Heredero 2]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

HEREDEROS ADICIONALES: [Herederos Adicionales]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Heredero 1

________________

Signature

Heredero 2

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Aceptación de Herencia España

El Acuerdo de Aceptación de Herencia es, en España, el contrato escrito regulado por Código Civil de España (art. 988–1009), que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

Conforme al Artículo 988 del Código Civil, la aceptación y la repudiación de una herencia son irrevocables una vez realizadas — no pueden retirarse, condicionarse ni calificarse mediante aceptación parcial (un heredero no puede aceptar el activo rechazando el pasivo, salvo que acepte a beneficio de inventario). La regla de la indivisibilidad de la aceptación refleja el principio de successio in universum ius — el heredero se subroga en la posición del causante y adquiere la totalidad del patrimonio (activo y pasivo) en proporción a su cuota hereditaria.

El Derecho español distingue dos modalidades de aceptación conforme a los artículos 998 a 1011 del Código Civil. La aceptación pura y simple es la forma más frecuente — el heredero acepta la totalidad de la herencia incluyendo las deudas, lo que significa que si las deudas del caudal hereditario superan su activo, el heredero responde personalmente de dichas deudas con su propio patrimonio (ultra vires hereditatis). La aceptación a beneficio de inventario protege al heredero limitando su responsabilidad por deudas al valor de los bienes heredados — el patrimonio personal del heredero no queda comprometido por deudas que excedan el valor del caudal. No obstante, la aceptación a beneficio de inventario exige el cumplimiento de requisitos procedimentales formales conforme a los artículos 1011 a 1016 del Código Civil — debe formalizarse un inventario de activos y pasivos, y la aceptación debe declararse ante Notario o juez competente dentro de plazos determinados.

La aceptación de una herencia en España está también sujeta a obligaciones tributarias conforme a la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), gestionado por la autoridad tributaria de cada comunidad autónoma. El ISD debe liquidarse — o presentarse declaración — dentro de los seis meses siguientes a la fecha de fallecimiento, prorrogables por otros seis meses previa solicitud conforme al Artículo 67 del Reglamento del ISD. El incumplimiento del plazo genera recargos e intereses de demora conforme al Artículo 27 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Cada comunidad autónoma fija sus propios tipos del ISD, bonificaciones y reducciones — Madrid y Andalucía ofrecen bonificaciones de prácticamente el 100% para herederos en línea directa (cónyuge, hijos, padres), mientras que otras comunidades aplican tipos efectivos superiores.

La partición de herencia — el acto de adjudicar bienes concretos a herederos concretos — es un acto jurídico distinto de la aceptación, regulado por los artículos 1051 a 1087 del Código Civil y habitualmente formalizado mediante cuaderno particional otorgado ante Notario o acordado privadamente entre los herederos. La aceptación es el presupuesto previo a la partición — los herederos deben aceptar antes de que el caudal pueda dividirse.

Cuándo necesitas Acuerdo de Aceptación de Herencia España

El Acuerdo de Aceptación de Herencia en España es necesario siempre que una persona identificada como heredero (heredero testamentario en virtud de testamento, o heredero legal ab intestato en ausencia de testamento) desee aceptar formalmente la herencia dejada por un causante sujeto al Derecho sucesorio español.

El Acuerdo de Aceptación de Herencia se requiere cuando el caudal hereditario incluye bienes registrables — bienes inmuebles inscritos en el Registro de la Propiedad, vehículos a motor matriculados en la Dirección General de Tráfico (DGT), cuentas bancarias, participaciones sociales o acciones, o derechos de propiedad intelectual — dado que los registros públicos españoles exigen escritura pública de aceptación y adjudicación de herencia otorgada ante Notario para inscribir la transmisión del causante a los herederos. El Registro de la Propiedad no inscribirá una transmisión basada únicamente en un documento privado de aceptación.

El documento resulta necesario cuando un heredero desea aceptar formalmente la herencia a beneficio de inventario para proteger su patrimonio personal frente a las deudas del causante — esta modalidad debe declararse expresamente ante Notario o juez conforme al Artículo 1011 del Código Civil dentro de los treinta días siguientes al conocimiento del fallecimiento (si el heredero se encuentra ya en posesión del caudal) o dentro de los treinta días siguientes al llamamiento a la herencia.

El Acuerdo de Aceptación de Herencia se requiere en los procedimientos de sucesión intestada — cuando el causante no dejó testamento o el testamento es inválido — tras la tramitación de la declaración de herederos ab intestato ante Notario conforme al Artículo 55 de la Ley del Notariado (reformado por la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria). El documento de aceptación formaliza la decisión de los herederos de aceptar y establece la partición del caudal hereditario entre ellos.

El acuerdo es necesario cuando los herederos de un caudal desean acordar privadamente (partición privada) la distribución de los bienes heredados conforme al Artículo 1058 del Código Civil — sin designar contador-partidor — y uno o varios herederos precisan un documento escrito de la aceptación y la adjudicación acordada de bienes concretos a efectos tributarios y administrativos.

El documento también se requiere cuando un heredero es menor de edad o persona con discapacidad con medidas de apoyo — en cuyo caso la aceptación requiere autorización judicial previa del Juzgado de Primera Instancia conforme al Artículo 166 del Código Civil, para proteger los intereses del menor o de la persona protegida.

Conforme a los artículos 657 a 1087 del Código Civil, el Derecho sucesorio español aplica el sistema de legítimas (sucesión forzosa). La Ley del Notariado regula las formas testamentarias (abierto, cerrado, ológrafo). El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), Ley 29/1987, grava las herencias. Las regiones forales (País Vasco, Navarra, Cataluña, Aragón, Baleares, Galicia) tienen normas sucesorias propias. El Reglamento UE 650/2012 rige las sucesiones transfronterizas en la UE.

Qué incluir en tu Acuerdo de Aceptación de Herencia España

Un Acuerdo de Aceptación de Herencia válido en España conforme a los artículos 988 a 1009 del Código Civil debe contener los siguientes elementos para resultar eficaz, inscribible y suficiente a efectos de cumplimiento tributario ante la Agencia Tributaria y la comunidad autónoma correspondiente.

Identificación del Causante: Nombre completo, DNI/NIE/pasaporte, fecha y lugar de fallecimiento, última residencia habitual y estado civil en el momento del fallecimiento. La ley sucesoria aplicable — Código Civil español o derecho foral de una comunidad autónoma — se determina por la residencia habitual del causante conforme al Artículo 9.8 del Código Civil y, para situaciones transfronterizas con ciudadanos de la UE, por el Reglamento (UE) 650/2012 sobre Sucesiones.

Base de la Sucesión: Confirmación de si la sucesión es testada — identificando el testamento notarial (abierto o cerrado), su número de protocolo y el Notario ante quien se otorgó — o intestada, identificando el acta de declaración de herederos ab intestato tramitada ante Notario conforme al Artículo 55 de la Ley del Notariado.

Identificación de los Herederos: Nombre completo, DNI/NIE/pasaporte, domicilio, parentesco con el causante y cuota hereditaria de cada heredero aceptante — expresada como fracción (por ejemplo, un tercio) correspondiente a su designación en el testamento o cuota legal conforme al Código Civil. Cuando el heredero actúe a través de apoderado, debe identificarse el poder notarial que confiere facultades sucesorias.

Modalidad de Aceptación: Declaración expresa de cada heredero sobre la modalidad de aceptación — pura y simple o a beneficio de inventario conforme al Artículo 1010 del Código Civil. Para la aceptación a beneficio de inventario se requiere el inventario adjunto de activos y pasivos. La aceptación también puede ser tácita conforme al Artículo 999 del Código Civil — derivada de actos que impliquen una voluntad inequívoca de aceptar — pero el documento escrito acredita la aceptación expresa a todos los efectos registrales y tributarios.

Descripción de los Bienes del Caudal (Relación de Bienes): Inventario detallado de los activos (activo hereditario) que componen el caudal — bienes inmuebles (con datos del Registro de la Propiedad: número de finca, tomo, folio, inscripción), cuentas bancarias y activos financieros (con nombre de la entidad, número de cuenta y saldo a fecha de fallecimiento), bienes muebles de valor significativo, acciones o participaciones sociales (con denominación social, CIF, número de títulos y valor nominal), derechos de propiedad intelectual y créditos a favor del causante.

Deudas y Cargas Pendientes (Pasivo Hereditario): Relación de deudas conocidas, hipotecas y cargas sobre los bienes del caudal — relevante para los herederos que consideren la aceptación a beneficio de inventario, para el cuaderno particional y para la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que permite la deducción de deudas y gastos documentados (deudas del causante, gastos de entierro y funeral, gastos de última enfermedad) conforme al Artículo 13 de la Ley 29/1987 del ISD.

Acuerdo de Partición (en su caso): Cuando los herederos acuerden la adjudicación de bienes concretos entre ellos (partición privada conforme al Artículo 1058 del Código Civil), el acuerdo debe consignar la adjudicación de cada heredero, el mecanismo de compensación en metálico para igualar cuotas de distinto valor y la obligación de otorgar la escritura notarial de aceptación y adjudicación de herencia dentro del plazo de liquidación del ISD.

Reconocimiento de la Obligación Tributaria: Cláusula en la que cada heredero reconozca su obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones ante la comunidad autónoma de la última residencia del causante, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de fallecimiento (prorrogables por otros seis meses), y de abonar o gestionar el pago del impuesto devengado antes de solicitar la inscripción de bienes a su nombre en el Registro de la Propiedad o Registro Mercantil.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Aceptación de Herencia para España como referencia introductoria. Los procedimientos sucesorios en España requieren intervención notarial para bienes registrables y una consideración cuidadosa de la exposición al ISD, las reglas de legítima (artículos 806 a 840 del Código Civil) y la posible aplicación de los derechos forales de sucesiones de las comunidades autónomas. Consulte con un abogado de sucesiones cualificado o con una notaría antes de formalizar la aceptación de cualquier herencia española. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Acuerdo de Aceptación de Herencia España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/estate-planning/estate/acuerdo-aceptacion-herencia-espana

MLA

"Acuerdo de Aceptación de Herencia España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/estate-planning/estate/acuerdo-aceptacion-herencia-espana.

BibTeX
@misc{formslegal-acuerdo-aceptacion-herencia-espana,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Acuerdo de Aceptación de Herencia España (España)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/espana/estate-planning/estate/acuerdo-aceptacion-herencia-espana}},
  note         = {Free legal document template}
}

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos