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Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones España

Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones

Conforme al Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) art. 26 y Ley 28/2022 de empresas emergentes

1. PARTES

SOCIEDAD:

Denominación social: [Company Name]

NIF: [Company NIF]

BENEFICIARIO:

Nombre: [Beneficiary Name]

DNI / NIE: [Beneficiary DNI]

Cargo: [Beneficiary Role]

2. CONCESIÓN DE OPCIONES

Número total de opciones concedidas: [Number of Options]

Precio de ejercicio: [Strike Price]

Fecha de concesión: [Grant Date]

La Sociedad concede al Beneficiario el derecho a adquirir [Number of Options] participaciones o acciones de la Sociedad al precio de ejercicio de [Strike Price] por participación, sujeto al calendario de consolidación y las condiciones establecidas en el presente acuerdo, conforme al artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010).

3. CALENDARIO DE CONSOLIDACIÓN (VESTING)

Calendario de consolidación: [Vesting Schedule]

Fecha del cliff (acantilado): [Cliff Date]

Fecha de consolidación total: [Vesting End Date]

Ninguna opción se consolidará antes de la fecha del cliff. Tras dicha fecha, las opciones se consolidarán en tramos mensuales (o trimestrales, según corresponda) iguales hasta la fecha de consolidación total. Las opciones no consolidadas en la fecha de extinción de la relación del Beneficiario con la Sociedad quedarán automáticamente extinguidas.

4. BUEN ABANDONO Y MAL ABANDONO (GOOD LEAVER / BAD LEAVER)

Buen Abandono (Good Leaver): despido improcedente (artículo 56 ET), despido objetivo (artículo 52 ET), incapacidad permanente o fallecimiento. El Beneficiario calificado como Good Leaver conservará todas las opciones consolidadas y podrá ejercitarlas en un plazo de [Exercise Window] desde la extinción. Las opciones no consolidadas quedarán extinguidas.

Mal Abandono (Bad Leaver): baja voluntaria, despido disciplinario (artículo 54 ET) o incumplimiento de obligaciones de no competencia o confidencialidad. El Beneficiario calificado como Bad Leaver perderá todas las opciones (consolidadas y no consolidadas), salvo acuerdo escrito en contrario de la Sociedad.

5. TRATAMIENTO FISCAL (IRPF)

Empresa emergente certificada (Ley 28/2022): [Empresa Emergente]

Si la Sociedad es una empresa emergente certificada conforme a la Ley 28/2022, el IRPF sobre las ganancias de las opciones queda diferido hasta la venta, la admisión a cotización o diez años desde el ejercicio, conforme al artículo 14.2.l de la Ley 35/2006 del IRPF (importe máximo exento: 50.000 € anuales). Si la Sociedad no ostenta la condición de empresa emergente, el IRPF se devenga al ejercicio como rendimiento del trabajo en especie conforme a los artículos 17 y 42 de la Ley 35/2006, con una exención parcial de hasta 12.000 € anuales conforme al artículo 42.3.f si se cumplen los requisitos aplicables. El Beneficiario declara haber recibido asesoramiento fiscal independiente.

6. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente acuerdo se rige por la legislación española. Las controversias de naturaleza laboral se someterán a conciliación obligatoria ante el SMAC conforme al artículo 63 de la Ley 36/2011 antes de acudir al Juzgado de lo Social. Las controversias de naturaleza societaria se resolverán ante el Juzgado de lo Mercantil.

FIRMAS

Firmado en [Agreement City], a [Agreement Date].

LA SOCIEDAD:

[Company Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

EL BENEFICIARIO:

[Beneficiary Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Representante Legal de la Sociedad

________________

Signature

Beneficiario

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones España

El Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones es, en España, el contrato escrito regulado por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) art. 26 y Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

La Ley de Startups (Ley 28/2022) introdujo un cambio decisivo en la tributación de las stock options en España mediante la modificación del Artículo 14.2.l de la Ley 35/2006 del IRPF: los empleados de empresas emergentes certificadas por ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.A.) pueden diferir el pago del IRPF sobre las ganancias de opciones hasta el momento de la venta, la salida a bolsa (OPV) o un cambio de control — y no en el momento del ejercicio, como establecía la normativa anterior. El diferimiento elimina el principal obstáculo para la adopción de planes de opciones en España, donde anteriormente el empleado afrontaba una cuota de IRPF al ejercitar opciones sobre acciones sin liquidez y sin mercado disponible. La exención máxima prevista en la Ley de Startups alcanza los 50.000 euros anuales por empleado; las ganancias que superen dicho umbral tributan como rendimientos del trabajo conforme al Artículo 17 de la Ley 35/2006.

Para las sociedades que no ostenten la condición de empresa emergente conforme a la Ley 28/2022, se mantiene el régimen anterior del IRPF: la ganancia obtenida al ejercitar las opciones (diferencia entre el valor de mercado en el momento del ejercicio y el precio de ejercicio) se califica como rendimiento del trabajo en especie conforme al Artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores y al Artículo 17 de la Ley 35/2006, sujeta al IRPF a tipos progresivos (19 %–47 %), con una exención parcial de hasta 12.000 euros anuales en virtud del Artículo 42.3.f de la Ley del IRPF, siempre que se cumplan determinados requisitos — entre ellos, un período mínimo de consolidación de tres años y la intransmisibilidad de las opciones.

La Ley de Sociedades de Capital regula la mecánica de emisión de opciones en España: la concesión de opciones sobre nuevas acciones en una S.A. requiere autorización previa de la Junta General conforme al Artículo 297 LSC (para ampliaciones de capital) o al Artículo 421 LSC (para obligaciones convertibles e instrumentos análogos); en una S.L., las opciones se articulan habitualmente a través de los estatutos sociales o un pacto de socios, al carecer la ley de S.L. de un mecanismo de autorización equivalente. Los planes de phantom shares (acciones fantasma o planes de participación en beneficios) constituyen una alternativa frecuente a las opciones reales en entidades S.L. para evitar la complejidad societaria derivada de la LSC.

La Agencia Tributaria (AEAT) supervisa los planes de opciones a través del Modelo 190 de resumen anual de retenciones del empleador, que debe incluir toda retribución en especie, incluidas las opciones ejercitadas durante el ejercicio. La Dirección General de Tributos ha emitido múltiples consultas vinculantes aclarando el tratamiento fiscal de los planes de opciones tanto en empresas emergentes como en sociedades convencionales.

Los acuerdos de vesting de opciones sobre acciones en España siguen generalmente la práctica internacional: un calendario de adquisición de cuatro años con un cliff (acantilado) de un año, lo que significa que ninguna opción se consolida durante los primeros doce meses, con consolidación mensual posterior, e incluyendo cláusulas de buen abandono (good leaver) y mal abandono (bad leaver) que regulan el tratamiento de las opciones consolidadas y no consolidadas en caso de extinción de la relación del beneficiario con la sociedad.

Cuándo necesitas Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones España

El Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones en España resulta necesario siempre que una sociedad española — especialmente una startup, una scale-up o una empresa en crecimiento — desee conceder incentivos de capital a empleados, consejeros, asesores o fundadores como parte de una estrategia de compensación y retención de talento.

El acuerdo es imprescindible cuando una startup española certificada como empresa emergente conforme a la Ley 28/2022 desea aprovechar las nuevas reglas de diferimiento del IRPF sobre stock options, convirtiendo las opciones en un incentivo genuinamente atractivo para el talento clave, que podrá diferir su tributación hasta el momento en que obtenga liquidez por la venta de las participaciones.

Un acuerdo de vesting se requiere cuando los fundadores de una startup española, al recibir inversión externa de capital riesgo (venture capital), pactan entre sí y con el inversor someter sus participaciones a un calendario de consolidación — protegiendo el interés del inversor frente a la salida prematura de un fundador que pudiera retener una participación desproporcionada. El vesting de fundadores se implementa habitualmente junto con el contrato de inversión y el pacto de socios.

El acuerdo resulta necesario cuando una sociedad española establece un plan de participación accionarial para empleados (ESOP) de ámbito paneuropeo que incluya a empleados residentes en España, requiriendo un acuerdo conforme a la normativa local que aborde el tratamiento del IRPF, la mecánica societaria de la LSC y las obligaciones de protección de datos bajo la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018).

El Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones es necesario cuando una filial española de una multinacional concede opciones sobre acciones de la sociedad matriz a empleados españoles — situación transfronteriza que exige un análisis cuidadoso del tratamiento fiscal conforme a la Ley 35/2006 y a los convenios de doble imposición (CDI) aplicables entre España y la jurisdicción de la matriz, gestionados por la Dirección General de Tributos de la Agencia Tributaria.

El acuerdo también se precisa cuando un asesor o consejero no ejecutivo de una startup española recibe opciones como contraprestación por sus servicios, donde el tratamiento fiscal difiere del aplicable a empleados y debe evaluarse conforme a las normas de rendimientos de actividades económicas o rendimientos del capital mobiliario de la Ley 35/2006.

Las partes en España deben formalizar el Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones de forma proactiva, sin esperar a que surja una controversia. Los tribunales interpretan los acuerdos conforme a sus términos escritos. Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española regula contratos, despidos y condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento normativo laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de las controversias laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011).

Qué incluir en tu Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones España

Un Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones válido en España conforme al Artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores y la Ley 28/2022 debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las Partes y del Beneficiario: Nombre completo, DNI o NIE, y datos de la relación laboral o de prestación de servicios del beneficiario. Para empleados, referencia al contrato de trabajo aplicable (contrato indefinido u otra modalidad) y categoría profesional conforme al Artículo 22 del ET. Para la sociedad, denominación social completa, NIF y datos de inscripción en el Registro Mercantil.

Concesión de Opciones y Clase de Participaciones: Número total de opciones concedidas, clase de participaciones o acciones sobre las que se otorgan (p. ej., participaciones ordinarias o un pool de opciones dedicado) y valor nominal de cada participación. El acuerdo debe aclarar si las opciones recaen sobre participaciones de nueva emisión (requiriendo ampliación de capital conforme a la LSC) o autocartera (sujeta a los límites de los artículos 140–148 LSC).

Precio de Ejercicio: El precio de ejercicio por participación (strike price), que debe ser al menos el valor de mercado en la fecha de concesión según la valoración de los administradores de la sociedad o una tasación independiente, conforme a las directrices de la Agencia Tributaria sobre valoración de retribuciones en especie del Artículo 43 de la Ley 35/2006. Para empresas emergentes certificadas, el precio de ejercicio puede fijarse al valor nominal o al precio de suscripción de la última ronda de financiación.

Calendario de Consolidación (Vesting Schedule): El calendario completo — habitualmente 48 meses con un cliff de 12 meses — especificando: la fecha del acantilado (cliff date) a partir de la cual se consolida el primer tramo; los incrementos mensuales, trimestrales o anuales posteriores; el período total de consolidación; y cualquier condición de rendimiento que active una consolidación acelerada.

Consolidación Acelerada: Cláusulas de consolidación acelerada de activación simple (single-trigger) o doble (double-trigger) ante un cambio de control — definido habitualmente como la adquisición de más del 50 % del capital social o la venta de la totalidad o sustancial totalidad de los activos — protegiendo los derechos del beneficiario en un contexto de venta industrial u OPV, en consonancia con los incentivos de salida de la Ley de Startups.

Buen Abandono y Mal Abandono (Good Leaver / Bad Leaver): Definiciones y consecuencias del buen abandono (despido improcedente conforme al Artículo 56 ET, despido objetivo conforme al Artículo 52 ET, incapacidad, fallecimiento) y del mal abandono (baja voluntaria, despido disciplinario conforme al Artículo 54 ET, incumplimiento de obligaciones de no competencia o confidencialidad). El buen abandono conlleva habitualmente la conservación de las opciones consolidadas y la pérdida de las no consolidadas; el mal abandono implica la pérdida de todas las opciones o su recompra al valor nominal.

Mecánica de Ejercicio: La ventana de ejercicio — habitualmente 90 días tras la consolidación o la extinción de la relación — el procedimiento de notificación de ejercicio y la forma de pago del precio de ejercicio. En entidades S.L., el ejercicio de opciones conlleva una ampliación de capital que requiere aprobación de la Junta General e intervención notarial conforme a los artículos 296–310 LSC, salvo que exista una resolución previa de ampliación de capital autorizada.

Tratamiento Fiscal (IRPF) y Retenciones: Una cláusula que confirme el tratamiento fiscal aplicable — diferimiento de la Ley de Startups (si la sociedad es empresa emergente certificada) o tributación estándar como rendimiento del trabajo en especie conforme a los artículos 17 y 42 de la Ley 35/2006. Deben abordarse las obligaciones de retención del empleador mediante los Modelos 111 y 190, y el beneficiario debe confirmar que ha recibido asesoramiento fiscal.

Protección de Datos: Una cláusula de tratamiento de datos conforme al RGPD y la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018), dado que el plan de opciones implica el tratamiento de datos personales y financieros del beneficiario gestionados por el empleador y comunicados a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones como punto de partida práctico — consulte siempre con un abogado laboralista o asesor fiscal antes de implementar un plan de incentivos de capital.

Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española regula contratos, despidos y condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento normativo. Los Juzgados de lo Social conocen de las controversias laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Vesting de Opciones sobre Acciones España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/employment/contracts/acuerdo-vesting-opciones-acciones-espana

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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