Skip to main content

Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia

Goods Transport Contract Colombia (Contrato de Transporte de Mercancias)

CONTRATO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS

(Goods Transport Contract)

CCo Art. 981 — Decreto 173/2001 — Decreto 1079/2015

En [Sign City], a los [Sign Date], entre:

GENERADOR DE CARGA:

[Generator Name], identificado(a) con NIT/C.C. [Generator NIT], representado(a) por [Generator Rep Name], con domicilio en [Generator Address].

EMPRESA DE TRANSPORTE:

[Transport Name], identificado(a) con NIT/C.C. [Transport NIT], representado(a) por [Transport Rep Name], con domicilio en [Transport Address], habilitada mediante [Habilitacion No].

Quienes en adelante se denominaran "LAS PARTES", celebran el presente Contrato de Transporte de Mercancias conforme a las siguientes clausulas:

PRIMERA. — OBJETO

La EMPRESA DE TRANSPORTE se obliga a transportar por via terrestre las mercancias del GENERADOR DE CARGA, conforme al Articulo 981 del Codigo de Comercio y el Decreto 173 de 2001:

Descripcion de mercancias: [Goods Description].

Categoria: [Goods Category].

Volumen mensual estimado: [Estimated Volume].

Valor declarado por despacho: [Goods Declared Value].

SEGUNDA. — RUTAS Y PLAZOS DE ENTREGA

Origen principal: [Primary Origin].

Destino principal: [Primary Destination].

Rutas adicionales: [Additional Routes].

Plazo de entrega: [Delivery Window], contado a partir de la emision del manifiesto de carga en el RNDC conforme al Decreto 1079 de 2015.

TERCERA. — OBLIGACIONES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE

La EMPRESA DE TRANSPORTE se obliga a: (a) emitir el manifiesto de carga a traves del RNDC para cada despacho conforme al Decreto 1079 de 2015; (b) expedir la carta de porte conforme al Articulo 1018 del Codigo de Comercio; (c) transportar las mercancias en vehiculos en condiciones mecanicas adecuadas con conductores licenciados; (d) entregar las mercancias en destino en las mismas condiciones en que fueron recibidas (CCo Art. 992); (e) mantener vigentes las polizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual; (f) cumplir con las normas sanitarias y de seguridad aplicables a la categoria de mercancia transportada; y (g) notificar inmediatamente al GENERADOR DE CARGA cualquier novedad que afecte la mercancia o el plazo de entrega.

CUARTA. — OBLIGACIONES DEL GENERADOR DE CARGA

El GENERADOR DE CARGA se obliga a: (a) entregar las mercancias debidamente empacadas, embaladas y rotuladas para transporte; (b) declarar verazmente la naturaleza, cantidad, peso, valor y condiciones especiales de las mercancias conforme al Articulo 1010 del Codigo de Comercio; (c) programar los despachos con antelacion minima de 24 horas; (d) facilitar las operaciones de cargue en sus instalaciones; (e) pagar el flete conforme a las condiciones comerciales pactadas; y (f) proporcionar la documentacion requerida para el transporte legal de las mercancias.

QUINTA. — TARIFAS Y FORMA DE PAGO

Las tarifas de flete seran las siguientes: [Rate Structure]. Las tarifas podran ser ajustadas trimestralmente de mutuo acuerdo, considerando las variaciones en los indices de costos del SICE-TAC del Ministerio de Transporte.

Condiciones de pago: [Payment Terms]. El incumplimiento en el pago generara intereses moratorios a la tasa maxima legal autorizada por la Superintendencia Financiera.

SEXTA. — RESPONSABILIDAD Y SEGUROS

La EMPRESA DE TRANSPORTE asume responsabilidad objetiva por la perdida, averia o retardo de las mercancias desde su recepcion hasta la entrega en destino, conforme al Articulo 992 del Codigo de Comercio. La responsabilidad se limita al valor declarado de [Goods Declared Value] por despacho conforme al Articulo 1031 del Codigo de Comercio.

Cobertura de seguros vigente: [Insurance Coverage], conforme al Decreto 1079 de 2015.

SEPTIMA. — PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIONES

Las reclamaciones por perdida, averia o retardo deberan presentarse por escrito dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la entrega o a la fecha en que la entrega debio realizarse. La EMPRESA DE TRANSPORTE dispondra de quince (15) dias habiles para investigar y responder la reclamacion. Las acciones judiciales derivadas del contrato de transporte prescriben en dos (2) anos conforme al Articulo 993 del Codigo de Comercio.

OCTAVA. — VIGENCIA Y TERMINACION

El presente contrato tendra una vigencia de [Contract Term]. Cualquiera de las partes podra dar por terminado el contrato mediante aviso escrito con treinta (30) dias de anticipacion, sin perjuicio de las obligaciones pendientes y los despachos programados.

NOVENA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCION

El presente contrato se rige por las leyes de la Republica de Colombia: Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), Decreto 173 de 2001, Decreto 1079 de 2015, y Ley 336 de 1996. Las controversias seran resueltas por los Juzgados Civiles del Circuito de [Sign City].

FIRMAS

GENERADOR DE CARGA:

[Generator Name]

NIT/C.C.: [Generator NIT]

Representante Legal: [Generator Rep Name]

Firma: _________________________

EMPRESA DE TRANSPORTE:

[Transport Name]

NIT/C.C.: [Transport NIT]

Representante Legal: [Transport Rep Name]

Firma: _________________________

Cargo Generator (Generador de Carga)

________________

Signature

Transport Company (Empresa de Transporte)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia

El Contrato de Transporte de Mercancías Colombia es un contrato regulado por CCo art. 981 y Decreto 173/2001 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

El Decreto 173 de 2001 regula específicamente el servicio público de transporte terrestre automotor de carga en Colombia. El artículo 6 define al generador de carga como toda persona natural o jurídica que produce, recolecta, distribuye o comercializa bienes que requieren servicios de transporte. El artículo 7 define la empresa de transporte como la entidad autorizada por el Ministerio de Transporte mediante habilitación para prestar servicios públicos de transporte de carga. El Decreto establece la relación trilateral entre el generador de carga, la empresa de transporte y el propietario del vehículo, cada uno con derechos y obligaciones distintos.

Bajo el Decreto 1079 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte), Parte 2, Título 2, Capítulo 7, toda operación de transporte de carga debe documentarse mediante un manifiesto de carga expedido a través del Registro Nacional de Despacho de Carga (RNDC) — plataforma electrónica administrada por el Ministerio de Transporte bajo la Resolución 377 de 2013. El manifiesto de carga debe contener: identificación de la empresa de transporte, el vehículo y el conductor, el remitente, el destinatario, descripción y peso de la carga, origen y destino, valor del flete e información del seguro.

La Corte Constitucional en la Sentencia C-033 de 2014 respaldó la constitucionalidad del marco regulatorio del transporte de carga, confirmando que la intervención del Estado en los servicios de transporte bajo el artículo 334 de la Constitución se justifica por el carácter de servicio público declarado por el artículo 2 de la Ley 336 de 1996. La Superintendencia de Transporte ejerce funciones de inspección, vigilancia y control sobre las operaciones de transporte de carga bajo el Decreto 2741 de 2001, con autoridad para imponer sanciones que incluyen multas hasta de 2.000 SMLMV y suspensión o revocación de la habilitación.

El régimen de responsabilidad combina las disposiciones de responsabilidad objetiva de los artículos 992 y 1003 del CCo con los requisitos de seguro del Decreto 1079 de 2015. La empresa de transporte debe mantener pólizas de responsabilidad civil contractual por daños a la carga y responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros. La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) aplica cuando el generador de carga califica como consumidor, añadiendo obligaciones adicionales de protección al consumidor, incluyendo la prohibición de cláusulas abusivas del artículo 42.

La Resolución 1552 de 2014 del Ministerio de Transporte regula las relaciones económicas entre generadores de carga, empresas de transporte y propietarios de vehículos, estableciendo requisitos de transparencia para la determinación del flete y las obligaciones de pago. Bajo esta resolución, la empresa de transporte debe pagar al propietario del vehículo dentro del plazo estipulado en el contrato, y los retrasos superiores a treinta días constituyen una infracción administrativa sancionable por la Superintendencia de Transporte.

Cuándo necesitas Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia

El Contrato de Transporte de Mercancías en Colombia se requiere cuando un generador de carga — fabricante, productor agropecuario, distribuidor, importador o minorista — contrata a una empresa de transporte para trasladar mercancías por carretera dentro del territorio colombiano bajo el marco regulatorio del Decreto 173 de 2001 y el Decreto 1079 de 2015.

Las empresas manufactureras de los corredores industriales de Colombia — Bogotá-Soacha, Medellín-Valle de Aburrá, Cali-Yumbo, Barranquilla-Soledad — necesitan este contrato para formalizar el movimiento regular de materias primas de proveedores y productos terminados hacia canales de distribución. El artículo 6 del Decreto 173 establece que todo generador de carga que utilice servicios públicos de transporte entra en una relación contractual regida por el CCo y las normas específicas de transporte.

Los exportadores agropecuarios y las empresas de procesamiento de alimentos en regiones como el Eje Cafetero (Caldas, Quindío, Risaralda), los Llanos Orientales (Meta, Casanare) y la Costa Atlántica necesitan contratos de transporte de mercancías para el movimiento de productos agrícolas perecederos que requieren cumplir la Resolución 2505 de 2004 (transporte de alimentos) y las normas sanitarias del INVIMA. Los exportadores de café que mueven producto desde las fincas a los puertos (Buenaventura, Cartagena, Santa Marta) requieren acuerdos de transporte documentados con especificaciones de temperatura y manejo.

Las empresas de importación y exportación que operan a través de puertos colombianos y pasos de frontera necesitan este contrato para el movimiento interior de carga contenedorizada entre puertos (Sociedad Portuaria de Buenaventura, Sociedad Portuaria de Cartagena, Sociedad Portuaria de Santa Marta) y centros de distribución internos. La transferencia intermodal de carga entre instalaciones portuarias y transporte terrestre requiere documentación específica incluyendo el manifiesto de carga bajo el Decreto 1079.

Las empresas constructoras y mineras que operan bajo la Ley 1382 de 2010 y el Código de Minas (Ley 685 de 2001) requieren contratos de transporte de mercancías para el movimiento de materiales de construcción, agregados, minerales y equipo pesado. El transporte de productos mineros está sujeto a requisitos adicionales como certificados de origen minero y cumplimiento de las normas ambientales de transporte del Decreto 1076 de 2015.

Las empresas farmacéuticas y del sector salud que distribuyen medicamentos y dispositivos médicos en todo Colombia necesitan contratos de transporte que cumplan la Resolución 1403 de 2007 del INVIMA (Buenas Prácticas de Distribución) y el Decreto 677 de 1995, que exigen transporte con control de temperatura, documentación de trazabilidad y protocolos de cadena de custodia para productos farmacéuticos.

Qué incluir en tu Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia

Un Contrato de Transporte de Mercancías válido en Colombia bajo el artículo 981 del CCo, el Decreto 173 de 2001 y el Decreto 1079 de 2015 debe contener los siguientes elementos para cumplir con el derecho comercial y los requisitos regulatorios del transporte.

Identificación de las partes y estado regulatorio: Identificación completa del generador de carga — razón social, NIT, matrícula de la Cámara de Comercio, representante legal — y de la empresa de transporte — razón social, NIT, matrícula de la Cámara de Comercio, representante legal y, fundamentalmente, el número de habilitación expedido por el Ministerio de Transporte bajo el artículo 11 de la Ley 336 y el artículo 7 del Decreto 173. La empresa de transporte debe acreditar registro vigente en el Registro Nacional de Transporte. Los contratos con empresas de transporte sin habilitación válida son ineficaces desde el punto de vista regulatorio.

Especificaciones de la carga: Descripción detallada de las mercancías — tipo, naturaleza, cantidad, peso, volumen, embalaje, valor declarado para efectos de responsabilidad bajo el artículo 1031 del CCo y cualquier característica especial que requiera manejo específico. El artículo 1010 del CCo responsabiliza al generador de carga por la declaración exacta de las características de la carga; la tergiversación material — especialmente no revelar materiales peligrosos regulados por el Decreto 1609 de 2002 — puede liberar al transportador de responsabilidad y exponer al remitente a sanciones bajo la Ley 1333 de 2009 (régimen sancionatorio ambiental).

Logística del transporte: Punto de cargue, punto de descargue, cronograma de entrega, responsabilidades de cargue y descargue y paradas intermedias o puntos de consolidación. El Decreto 1079, Sección 2.2.1.7.4, exige un manifiesto de carga expedido a través del RNDC para cada embarque, especificando la ruta exacta, el vehículo y el conductor para ese movimiento particular.

Estructura del flete y pago: Metodología de cálculo del flete — por tonelada, por vehículo, por viaje o tarifa periódica fija —, condiciones y calendario de pago y consecuencias financieras del pago tardío. La Resolución 1552 de 2014 exige que la relación entre el flete pagado por el generador de carga y el monto recibido por el propietario del vehículo cumpla requisitos de transparencia. El contrato debe especificar si el flete incluye costos adicionales: peajes, sobretasa al combustible, cargue y descargue, pernocta y primas de seguro.

Seguro y distribución del riesgo: Identificación de las pólizas de seguro obligatorias — la empresa de transporte debe mantener póliza de responsabilidad civil contractual (daño a la carga) y responsabilidad civil extracontractual (daños a terceros) bajo el Decreto 1079. El contrato debe aclarar si el generador de carga mantiene seguro adicional de transporte de mercancías y cómo se coordinan los siniestros entre el seguro de responsabilidad del transportador y el seguro de carga del remitente.

Régimen de responsabilidad: Declaración clara de la responsabilidad objetiva del transportador bajo el artículo 992 del CCo por pérdida, daño o demora de la carga, las causales de exoneración del artículo 1003 del CCo (fuerza mayor, vicio propio, culpa del remitente) y el límite de responsabilidad vinculado al valor declarado de la carga bajo el artículo 1031 del CCo. El contrato debe abordar la subcontratación — el artículo 997 del CCo establece que cuando participan transportadores sucesivos, el transportador contratante es solidariamente responsable frente al generador de carga.

Procedimientos de reclamación: El destinatario debe inspeccionar las mercancías a la entrega y anotar cualquier daño aparente en el recibo de entrega; no protestar los daños visibles dentro del plazo del artículo 1028 del CCo puede afectar el derecho a reclamar. El contrato debe establecer procedimientos internos de reclamación, requisitos documentales y plazos de investigación, teniendo en cuenta la prescripción de dos años del artículo 993 del CCo.

Solución de controversias: Ley aplicable (CCo, Decreto 173/2001, Decreto 1079/2015, Ley 336/1996) y selección del foro — Juzgados Civiles del Circuito, procedimientos administrativos ante la Superintendencia de Transporte o arbitraje comercial bajo la Ley 1563 de 2012.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Contrato de Transporte de Mercancías Colombia como marco integral para formalizar relaciones de transporte de carga bajo el derecho comercial y de transporte colombiano. Cada contrato debe ser revisado por un abogado especialista en derecho del transporte para confirmar el cumplimiento de las resoluciones vigentes del Ministerio de Transporte y los requisitos sectoriales específicos.

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/contrato-transporte-mercancias-colombia

MLA

"Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/contrato-transporte-mercancias-colombia.

BibTeX
@misc{formslegal-contrato-transporte-mercancias-colombia,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Contrato de Transporte de Mercancías — Colombia (Colombia)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/contrato-transporte-mercancias-colombia}},
  note         = {Free legal document template}
}

También disponible para estas jurisdicciones:

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos

Documentos Relacionados

También puede encontrar útiles estos documentos:

Contrato de Transporte Terrestre — Colombia

A Land Transport Contract (Contrato de Transporte Terrestre) for Colombia governed by the Codigo de Comercio Articles 981 through 1035, the Ley 336 de 1996 (Estatuto Nacional de Transporte), and the Decreto 1079 de 2015 (Decreto Unico Reglamentario del Sector Transporte). Establishes obligations between the remitente (shipper) and the transportador (carrier) for land-based movement of passengers or goods within Colombian territory.

Contrato de Almacenamiento Colombia

Contrato de Almacenamiento para Colombia conforme al Código de Comercio artículos 1170 a 1195 (depósito mercantil y almacenes generales de depósito). Regula las obligaciones entre depositante y almacenista para custodia, conservación y manejo de mercancías en bodegas comerciales.

Contrato de Prestación de Servicios Colombia — CC Arts. 2063-2069

Modelo de Contrato de Prestación de Servicios para Colombia conforme al Código Civil artículos 2063 a 2069 y el Código de Comercio, que establece condiciones para servicios independientes sin subordinación, con cláusulas sobre honorarios, retención en la fuente, seguridad social PILA y propiedad intelectual.

Acuerdo de Confidencialidad Colombia — Decisión Andina 486/2000 / CC Art. 1602

A Non-Disclosure Agreement (Acuerdo de Confidencialidad) for Colombia governed by the Código Civil Article 1602 (principle of contractual autonomy), the Código de Comercio, Ley 1581 de 2012 (personal data protection), and the Decisión Andina 486 de 2000 (trade secrets). Protects confidential information, trade secrets, and proprietary data in business relationships between companies or individuals.