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Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia

Exchange/Barter Agreement Colombia (Contrato de Promesa de Permuta de Bienes)

CONTRATO DE PROMESA DE PERMUTA DE BIENES

Código Civil Arts. 1955–1960 y Art. 1611 | República de Colombia

PARTES CONTRATANTES

PARTE A (Permutante A):

Nombre: [Party A Name]

Identificación: [Party A Doc]

Domicilio: [Party A Address]

PARTE B (Permutante B):

Nombre: [Party B Name]

Identificación: [Party B Doc]

Domicilio: [Party B Address]

Quienes, de común acuerdo y en ejercicio de la autonomía privada reconocida en el Artículo 1602 del Código Civil, celebran el presente Contrato de Promesa de Permuta de Bienes, conforme a los Artículos 1955 a 1960 y 1611 del Código Civil colombiano y el Artículo 905 del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971), sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA. — OBJETO DEL CONTRATO

Las partes se comprometen a celebrar, en la fecha indicada en la cláusula Cuarta, el contrato definitivo de permuta mediante el cual:

BIEN A (entregado por la Parte A):

[Good A Description]

Valor comercial acordado: [Good A Value]

Estado de entrega: [Good A Condition]

BIEN B (entregado por la Parte B):

[Good B Description]

Valor comercial acordado: [Good B Value]

Estado de entrega: [Good B Condition]

Conforme al Artículo 1956 del Código Civil, cada parte es considerada simultáneamente vendedora del bien que entrega y compradora del bien que recibe.

SEGUNDA. — COMPLEMENTO EN DINERO (SILLA)

¿Se pacta silla?: [Has Silla]

Valor de la silla: [Silla Amount]

Parte que paga: [Silla Payor]

Fecha de pago: [Silla Payment Date]

El complemento en dinero pactado no supera el valor de ninguno de los bienes permutados, por lo que el contrato conserva la naturaleza de permuta conforme al Artículo 1958 del Código Civil.

TERCERA. — DOMINIO Y SANEAMIENTO

Cada parte declara y garantiza que ostenta dominio pleno (plena propiedad) sobre el bien que se obliga a entregar, libre de hipotecas, prendas, embargos, limitaciones al dominio, servidumbres no declaradas y pretensiones de terceros. Cada parte asume las obligaciones de saneamiento por evicción (Artículos 1893–1913 del Código Civil) y por vicios ocultos (Artículos 1914–1934 del Código Civil) respecto del bien que entrega, en su calidad de vendedora según el Artículo 1956 del Código Civil.

CUARTA. — FECHA Y LUGAR DE ENTREGA

Las partes se comprometen a celebrar el contrato definitivo de permuta y a entregar recíprocamente los bienes descritos el día [Delivery Date], en [Delivery Place].

Gastos de transporte: [Transport Costs]

La entrega material (tradición) de los bienes muebles se perfecciona con la entrega física y firma del acta de entrega en el lugar indicado. Para bienes inmuebles, la tradición requiere escritura pública e inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, conforme al Artículo 1760 del Código Civil y la Ley 1579 de 2012.

QUINTA. — INCUMPLIMIENTO Y CLÁUSULA PENAL

El incumplimiento de cualquiera de las partes en la celebración del contrato definitivo o en la entrega de los bienes en los términos pactados otorgará a la parte cumplida el derecho a exigir: (a) el cumplimiento forzado de las obligaciones derivadas de esta promesa, conforme al Artículo 422 del Código General del Proceso; (b) la resolución de la promesa con indemnización de perjuicios por daño emergente y lucro cesante, conforme a los Artículos 1546 y 1613 del Código Civil; y/o (c) la cláusula penal acordada.

Cláusula penal pactada: [Penalty Clause]

SEXTA. — OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Cada parte reconoce que la permuta constituye un hecho gravable para efectos del impuesto sobre la renta (Artículos 26–32 del Estatuto Tributario) y del IVA (Artículo 421 del Estatuto Tributario), bajo el cual la permuta equivale a dos ventas recíprocas. Cada parte es responsable de sus propias obligaciones tributarias derivadas de la entrega del bien a su cargo. Los gastos notariales y el impuesto de registro para bienes inmuebles serán asumidos conforme a la costumbre mercantil o acuerdo expreso de las partes.

SÉPTIMA. — RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE

Este contrato se rige por el Código Civil colombiano (Artículos 1955–1960 y 1611) y el Código de Comercio (Artículo 905). Las controversias se resolverán mediante: [Dispute Resolution], con sede en la ciudad de [Agreement City].

FIRMAS

Suscrito en [Agreement City], el [Agreement Date].

___________________________________

PARTE A: [Party A Name]

C.C./NIT: [Party A Doc]

___________________________________

PARTE B: [Party B Name]

C.C./NIT: [Party B Doc]

Permutante A (Party A)

________________

Signature

Permutante B (Party B)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia

El Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia es un contrato regulado por Código Civil Arts. 1955–1960 y Código de Comercio Art. 905 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

El Artículo 1955 del Código Civil define la permuta como el contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una cosa para recibir otra. El Artículo 1956 establece que cada contratante es considerado vendedor de la cosa que da y comprador de la que recibe, aplicándose supletoriamente las reglas de la compraventa (Artículos 1849 a 1954 del C.C.) en lo no previsto por las normas específicas de la permuta, conforme lo ha reiterado la Corte Suprema de Justicia — Sala de Casación Civil en la Sentencia SC-5630 de 2014.

El objeto de la permuta puede ser bienes muebles (vehículos, maquinaria, ganado, equipos e inventarios) o bienes inmuebles, que requieren escritura pública ante notaría e inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos conforme a la Ley 1579 de 2012. Cuando los bienes permutados tienen valores desiguales, las partes pueden pactar un complemento en dinero denominado silla, expresamente autorizado por el Artículo 1958 del Código Civil, siempre que dicho complemento no supere el valor de ninguno de los bienes intercambiados.

La promesa de permuta — el compromiso preliminar de celebrar el contrato definitivo en una fecha futura o al cumplirse una condición — se rige por el Artículo 1611 del Código Civil, que exige cuatro requisitos concurrentes: (1) constar por escrito; (2) que el contrato prometido no sea de los declarados ineficaces por la ley; (3) que contenga un plazo o condición que fije la época de celebración del contrato definitivo; y (4) que se determinen los elementos esenciales del contrato prometido.

En operaciones mercantiles de permuta bajo el Artículo 905 del Código de Comercio, el contrato se perfecciona por el solo consentimiento cuando ambas partes son comerciantes y los bienes son fungibles o determinables. La DIAN trata las operaciones de permuta como hechos gravables para efectos del impuesto sobre la renta (Artículos 26–32 del Estatuto Tributario) y del IVA (Artículo 421 del Estatuto Tributario), que clasifica el intercambio como una venta recíproca que genera obligaciones de IVA para cada parte sobre el valor del bien que entrega.

Cuándo necesitas Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia

El Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia se requiere cada vez que dos partes desean intercambiar bienes de valor equivalente o similar y quieren formalizar ese acuerdo con un instrumento jurídico vinculante antes de la entrega efectiva de los bienes. El acuerdo es especialmente común en el comercio agropecuario colombiano, donde campesinos, ganaderos y cooperativas agrícolas registradas ante la Superintendencia de la Economía Solidaria bajo la Ley 79 de 1988 intercambian cosechas, ganado o maquinaria agrícola sin involucrar pago en efectivo.

El acuerdo es necesario cuando una empresa o particular desea intercambiar inventario comercial, maquinaria industrial, vehículos o equipos tecnológicos y requiere un documento que fije una fecha de entrega, defina estándares de calidad de cada bien, establezca garantías por vicios ocultos bajo el Artículo 1915 del Código Civil y cree obligaciones contractuales ejecutables ante los Juzgados Civiles o los Tribunales de Arbitraje de la Ley 1563 de 2012.

La promesa de permuta es necesaria cuando el intercambio no puede completarse el mismo día — por ejemplo, cuando una parte necesita tiempo para obtener los bienes, limpiar gravámenes sobre la propiedad, obtener permisos regulatorios (ICA para ganado o INVIMA para alimentos) o cumplir una condición suspensiva antes de la transferencia definitiva. El Artículo 1611 del Código Civil exige que la promesa válida conste por escrito, identifique los bienes, fije la fecha de entrega y especifique las consecuencias del incumplimiento (mora).

El documento se requiere para el cumplimiento tributario cuando ambas partes deben presentar declaraciones de renta ante la DIAN, ya que la permuta constituye un hecho gravable que debe registrarse en los libros contables de ambas partes conforme a las NIIF adoptadas por la Ley 1314 de 2009 y el Decreto 2420 de 2015.

Qué incluir en tu Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia

Un Contrato de Promesa de Permuta de Bienes válido en Colombia debe incluir los siguientes elementos esenciales para cumplir con los Artículos 1955–1960 y 1611 del Código Civil y las regulaciones tributarias de la DIAN.

Identificación de las partes: Nombres completos, tipo y número de documento (cédula de ciudadanía, NIT o cédula de extranjería), domicilio y capacidad legal de cada parte. Para personas jurídicas, se debe incluir la razón social, el NIT, el número de matrícula mercantil en la Cámara de Comercio y la identificación del representante legal con su cédula e instrumento de autorización (acta de asamblea o poder).

Descripción y valoración de los bienes: Descripción detallada de cada bien a permutar (Bien A y Bien B): para bienes muebles, marca, modelo, número de serie, año de fabricación, estado actual y valor comercial estimado; para bienes inmuebles, número del folio de matrícula inmobiliaria, dirección catastral, CHIP o código catastral, áreas construida y de terreno, linderos y valor certificado por un perito avaluador inscrito ante la Lonja de Propiedad Raíz. Si los bienes tienen valores distintos, debe especificarse la silla compensatoria conforme al Artículo 1958 del Código Civil.

Estado de titularidad y gravámenes: Cada parte debe declarar y garantizar que ostenta dominio pleno sobre los bienes, libre de hipotecas, prendas, embargos, limitaciones al dominio y pretensiones de terceros. Para bienes inmuebles, debe acompañarse un Certificado de Tradición y Libertad expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos con no más de 30 días de antelación.

Condición de los bienes y garantías: El estándar de condición de entrega (nuevo, usado en buen estado o en el estado en que se encuentra). Cada parte asume las garantías de saneamiento por evicción y vicios ocultos bajo los Artículos 1914–1950 del Código Civil.

Condiciones de entrega: Fecha específica o condición que activa la entrega, lugar de entrega, responsable de gastos de transporte y procedimiento de inspección y recibo. Para ganado, debe obtenerse la guía de movilización animal del ICA antes de la entrega.

Obligaciones tributarias y notariales: IVA bajo el Artículo 421 del Estatuto Tributario, retefuente bajo los Artículos 365–406 del E.T., impuesto de registro bajo la Ley 223 de 1995, y derechos notariales para la escritura pública cuando aplique.

Incumplimiento: Derecho al cumplimiento forzado ante el Juzgado Civil del Circuito bajo el Artículo 422 del Código General del Proceso, perjuicios compensatorios bajo los Artículos 1613–1616 del Código Civil, cláusula penal bajo los Artículos 1592–1601 y derecho a resolver la promesa bajo el Artículo 1611 del Código Civil.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Promesa de Permuta de Bienes Colombia como marco práctico para formalizar operaciones de trueque bajo el derecho colombiano.

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Preguntas Frecuentes

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Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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