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Contrato de Compraventa de Cosecha Colombia

Contrato de Compraventa de Cosecha — Colombia

Código Civil Art. 1849 — Código de Comercio Art. 905 — Ley 101 de 1993 — Decreto 1071 de 2015

Encabezado

CONTRATO DE COMPRAVENTA DE COSECHA

Conste por el presente documento el Contrato de Compraventa de Cosecha celebrado conforme a los Artículos 1849 y siguientes del Código Civil colombiano, el Artículo 905 del Código de Comercio, la Ley 101 de 1993 (Ley General de Desarrollo Agropecuario y Pesquero) y el Decreto 1071 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Agropecuario):

[Ciudad Contrato], [Fecha Contrato]

Las Partes

PRIMERA — LAS PARTES

EL VENDEDOR: [Nombre Vendedor], identificado(a) con [CC/NIT Vendedor], domiciliado(a) en [Dirección Vendedor], teléfono [Teléfono Vendedor], quien actúa como agricultor / productor propietario o arrendatario del predio donde se producirá la cosecha.

EL COMPRADOR: [Nombre Comprador], identificado(a) con [CC/NIT Comprador], domiciliado(a) en [Dirección Comprador], teléfono [Teléfono Comprador].

Objeto — Descripción de la Cosecha

SEGUNDA — OBJETO DEL CONTRATO

El VENDEDOR se compromete a vender y entregar al COMPRADOR, y este a comprar y recibir, la siguiente cosecha agrícola:

- Predio: [Nombre Predio], ubicado en [Municipio Predio] - Tipo de cultivo: [Tipo Cultivo] - Variedad: [Variedad Cultivo] - Cantidad estimada: [Cantidad Estimada] *(con variación permitida de ±15%, pues la cosecha es un bien cuya cantidad exacta depende de factores climáticos y agronómicos)* - ¿Es venta de cosecha futura?: [Es Cosecha Futura] *(Art. 1869 Código Civil)* - Fecha estimada de recolección: [Fecha Estimada Cosecha]

Precio, Calidad y Entrega

TERCERA — PRECIO

- Mecanismo de precio: [Mecanismo Precio] - Precio base: [Precio Base]

Para el café, el precio se referenciará a la cotización del ICE (Intercontinental Exchange, Bolsa de Nueva York) en centavos de dólar por libra de café suave arábigo, convertida a pesos colombianos a la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del Banco de la República en la fecha de entrega, más o menos el diferencial de calidad pactado. Para otros productos, el precio se fijará conforme al mecanismo indicado en la presente cláusula.

CUARTA — ESTÁNDARES DE CALIDAD

El producto entregado deberá cumplir las siguientes especificaciones: [Especificaciones Calidad]

El procedimiento de verificación de calidad será realizado por [Lugar Entrega], aplicando las normas NTC del ICONTEC correspondientes al cultivo. Los lotes que no cumplan las especificaciones acordadas serán objeto de ajuste proporcional del precio o podrán ser rechazados por el COMPRADOR con devolución al VENDEDOR.

QUINTA — LUGAR DE ENTREGA

- Lugar de entrega: [Lugar Entrega] - Transporte: Los costos de transporte desde el predio hasta el lugar de entrega serán a cargo de [acordar entre las partes]. - El riesgo de pérdida o deterioro del producto se transfiere al COMPRADOR en el momento de la entrega en el lugar convenido.

Anticipo y Pago Final

SEXTA — ANTICIPO Y PAGO

- Anticipo pactado: [Anticipo]

El anticipo se descontará del precio total de la cosecha al momento de la entrega. Si el VENDEDOR no cumple con la entrega de la cosecha en las condiciones y cantidades acordadas, estará obligado a reembolsar el anticipo al COMPRADOR, con los intereses legales aplicables conforme al Artículo 1617 del Código Civil.

El pago del saldo del precio se realizará dentro de los [acordar] días hábiles siguientes a la verificación de calidad y peso del producto entregado, mediante transferencia bancaria o cheque de gerencia girado al VENDEDOR.

Incumplimiento y Resolución de Controversias

SÉPTIMA — INCUMPLIMIENTO

En caso de incumplimiento del VENDEDOR en la entrega de la cosecha por razones imputables a su culpa (no por fuerza mayor climática debidamente acreditada), el COMPRADOR podrá exigir el cumplimiento forzado o resolver el contrato con la devolución del anticipo más los perjuicios causados. Las pérdidas de cosecha por causas climáticas que el VENDEDOR no pueda controlar podrán estar cubiertas por el seguro agrícola subsidiado del Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios administrado por FINAGRO.

OCTAVA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este contrato se rige por la ley colombiana. Las controversias serán resueltas mediante conciliación ante las Cámaras de Comercio del departamento correspondiente conforme a la Ley 640 de 2001. De no llegar a acuerdo, la competencia corresponde al Juzgado Civil del Circuito de [Municipio Predio].

Firmas de las Partes

En constancia de lo anterior, las partes firman en [Ciudad Contrato], el [Fecha Contrato].

_______________________________________ [Nombre Vendedor] CC/NIT [CC/NIT Vendedor] VENDEDOR / AGRICULTOR

_______________________________________ [Nombre Comprador] CC/NIT [CC/NIT Comprador] COMPRADOR

Vendedor / Agricultor

________________

Signature

Comprador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Compraventa de Cosecha Colombia

El Contrato de Compraventa de Cosecha Colombia es un contrato regulado por Código Civil art. 1849 y Código de Comercio art. 905 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

Colombia es uno de los principales productores agrícolas de América Latina, con productos emblemáticos como el café —regulado por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (FNC) fundada en 1927—, el cacao, la caña de azúcar, las flores, el banano, el aceite de palma, la papa, el arroz, el maíz y múltiples frutas y hortalizas. Las transacciones de compraventa de cosecha en Colombia involucran desde pequeños agricultores campesinos que venden su producción en plazas de mercado mayoristas como Corabastos en Bogotá, Mayorista de Antioquia en Medellín, o La Galería en Cali, hasta grandes productores agroindustriales que comercializan directamente con exportadores, procesadores industriales o compradores internacionales bajo contratos de suministro de largo plazo.

Una modalidad especialmente importante es la compraventa anticipada de cosecha o «compra en verde», práctica extendida en cultivos de café en el Eje Cafetero (Antioquia, Caldas, Risaralda, Quindío, Tolima, Huila y Nariño), cacao en el Magdalena Medio y Arauca, caña de azúcar en el Valle del Cauca, y algunos frutales tropicales, mediante la cual el comprador paga un anticipo o adelanto al agricultor antes de que la cosecha esté lista a cambio de la preferencia o exclusividad en la compra a un precio previamente acordado. Esta práctica, regulada por el artículo 1869 del Código Civil (venta de cosa futura), da liquidez al agricultor en épocas de siembra y cultivo, pero puede generarle condiciones desventajosas si el precio de mercado sube significativamente antes de la cosecha. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, regula los aspectos fitosanitarios que afectan la calidad de los productos agrícolas objeto de compraventa. El Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios, administrado por FINAGRO, ofrece seguros agrícolas subsidiados para proteger a los agricultores contra pérdidas de cosecha por causas climáticas y biológicas. El Contrato de Compraventa de Cosecha de forms-legal.com está diseñado para proteger a ambas partes: establece los parámetros de calidad del producto, el precio base y los mecanismos de ajuste, las condiciones de entrega en finca, bodega o puerto, y las responsabilidades por productos que no cumplan las especificaciones acordadas.

Cuándo necesitas Contrato de Compraventa de Cosecha Colombia

El Contrato de Compraventa de Cosecha en Colombia es necesario en todas las transacciones de comercialización de productos agrícolas donde las partes desean establecer compromisos claros sobre precio, cantidad, calidad y condiciones de entrega para evitar disputas durante y después de la cosecha. Los escenarios más frecuentes incluyen: caficultores del Eje Cafetero que venden su cosecha a trilladoras, cooperativas cafeteras como la Cooperativa de Caficultores de Antioquia o la Cooperativa Departamental de Caficultores del Huila, exportadoras o directamente a compradores internacionales de café especialidad; cacaoteros del Magdalena Medio, Arauca y sur de Colombia que venden a comercializadoras o a la industria chocolatera (Nacional de Chocolates, Casa Luker); cañicultores del Valle del Cauca que venden a ingenios azucareros como Incauca, Providencia, Manuelita o Mayagüez; productores de papa en Boyacá y Cundinamarca que venden a supermercados de cadena o procesadoras de papa a la francesa; y productores de frutas y hortalizas que suministran a grandes superficies, plazas de mercado mayoristas o exportadoras.

También resulta esencial cuando el agricultor necesita acceder a créditos del Banco Agrario de Colombia o del sistema FINAGRO y debe demostrar compradores asegurados para su cosecha como soporte del crédito de sostenimiento de cultivo; cuando se participa en esquemas de agricultura por contrato (contract farming) impulsados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para articular pequeños agricultores con compradores formales; o cuando el comprador requiere exclusividad de suministro o certificaciones especiales (orgánico, comercio justo, Rainforest Alliance) que deben establecerse contractualmente desde antes de la cosecha. Sin este contrato, los agricultores quedan expuestos a cambios unilaterales de precio por parte de los intermediarios —práctica conocida como «bajar el precio en la finca»— y los compradores a incumplimientos en cantidad, calidad o fechas de entrega de la cosecha.

Qué incluir en tu Contrato de Compraventa de Cosecha Colombia

El Contrato de Compraventa de Cosecha en Colombia debe incluir los siguientes elementos para su validez, eficacia comercial y como soporte documental ante el Banco Agrario, FINAGRO y las autoridades sanitarias:

**Identificación de las partes.** Nombre completo, cédula de ciudadanía o NIT, domicilio y teléfono del vendedor (agricultor o productor) y el comprador (comercializador, exportador, cooperativa o agroindustria). Si el vendedor es asociación de productores o cooperativa agraria, indicar NIT y representante legal con poder debidamente inscrito ante Cámara de Comercio o Superintendencia de la Economía Solidaria.

**Descripción del predio agrícola.** Nombre de la finca o predio, municipio y departamento, código IGAC del predio, extensión del área sembrada en hectáreas, tipo de cultivo (café, cacao, caña, maíz, papa, banano, palma, etc.), y variedad o tipo del producto si aplica: café arábigo variedad Castillo, Caturra o Colombia; cacao de grano fermentado y seco; maíz amarillo duro tecnificado; variedad específica de papa como pastusa suprema o única.

**Cantidad y especificaciones del producto.** Cantidad aproximada de la cosecha en kilogramos, toneladas, cargas —en café, una carga equivale a 62,5 kg de café pergamino seco conforme al estándar de la FNC— o unidades, con indicación de márgenes de variación aceptados (usualmente ±10% o ±15%, pues la cosecha es un bien futuro cuya cantidad exacta no es predecible). Especificaciones de calidad según la norma NTC del ICONTEC aplicable: humedad máxima, granulometría, porcentaje de impurezas, grado de madurez, y clasificación por tamaño o tipo.

**Precio y mecanismo de fijación.** Precio base en pesos colombianos (COP) por kilogramo, tonelada o carga. Para el café, referencia a la cotización del ICE (Intercontinental Exchange, Bolsa de Nueva York) en centavos de dólar por libra de café suave arábigo más o menos diferencial de calidad, convertida a COP a la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del Banco de la República. Para otros productos: precio fijo o precio referenciado al mercado en la fecha de entrega en plaza Corabastos o la referencia regional. Indicación expresa de si el precio incluye o excluye transporte, embalaje, impuestos y certificaciones.

**Anticipo o pago adelantado.** Si se paga un anticipo antes de la cosecha, indicar monto, condiciones de reembolso si el agricultor no entrega, y forma de descuento del precio final. El anticipo puede constituirse como contrato de mutuo agrario garantizado con la cosecha futura conforme a la Ley 16 de 1990 (crédito agropecuario).

**Condiciones de entrega.** Lugar de entrega: en finca, en bodega del comprador, en trilladora o en puerto de embarque. Fecha estimada de cosecha y período de entrega. Condiciones de empaque y transporte, y momento en que se transfiere el riesgo de pérdida del producto (tradición del riesgo).

**Calidad y rechazo.** Procedimiento de verificación de calidad al momento de entrega: quién pesa, quién realiza el análisis de calidad, qué laboratorio certifica conforme a las normas NTC del ICONTEC, y qué ocurre con los lotes que no cumplen especificaciones (reducción proporcional de precio, rechazo total con devolución al agricultor). forms-legal.com incluye en esta plantilla las cláusulas de calidad estándar del sector cafetero y cacaotero colombiano para facilitar su uso a productores y compradores.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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