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Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

ACUERDO DE CRÉDITO HIPOTECARIO UVA

BCRA Comunicación A 5945 — CCyC Arts. 2205–2211 — Ley 25.798

PRIMERA — PARTES

En [Ciudad Acuerdo], a [Fecha Acuerdo], entre:

ENTIDAD FINANCIERA:

[Banco Nombre], CUIT [Banco C U I T], sucursal [Banco Sucursal], representada por [Banco Apoderado] (en adelante «el Banco»).

DEUDOR / TOMADOR:

[Deudor Nombre], DNI [Deudor D N I], CUIT [Deudor C U I T], estado civil [Deudor Estado Civil], con domicilio real en [Deudor Domicilio] (en adelante «el Deudor»).

SEGUNDA — OBJETO DEL CRÉDITO

El Banco otorga al Deudor un crédito hipotecario en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) por la suma de [Monto U V A], equivalentes a [Monto A R S] al valor de la UVA publicado por el BCRA a la fecha del desembolso. El capital adeudado se actualiza diariamente por el valor de la UVA (CER/IPC-INDEC), conforme a la Comunicación BCRA A 5945.

TERCERA — CONDICIONES FINANCIERAS

Tasa Nominal Anual (TNA) en UVA: [Tasa Nominal Anual]

Costo Financiero Total (CFT): [Costo Financiero Total]

Plazo: [Plazo Meses] meses

Sistema de amortización: Francés (cuota fija en UVA, capital creciente, intereses decrecientes)

Cuota mensual inicial en UVA: [Cuota Inicial U V A]

Cuota mensual inicial en ARS (orientativa, sujeta a ajuste por valor UVA): [Cuota Inicial A R S]

Conforme a la Comunicación BCRA A 7146, si la cuota en pesos supera en un 10% el valor resultante de aplicar la variación del Canasta Valor Sueldos (CVS) desde la fecha de otorgamiento del crédito, el Banco ofrecerá al Deudor financiar el excedente en las condiciones reglamentarias vigentes.

CUARTA — INMUEBLE HIPOTECADO

El presente crédito queda garantizado con hipoteca de [Grado Hipoteca] sobre el inmueble:

Dirección: [Inmueble Direccion]

Matrícula RPI: [Inmueble Matricula]

Nomenclatura Catastral: [Inmueble Nomenclatura]

La hipoteca se constituirá por escritura pública ante el/la [Escribano Nombre], conforme al CCyC Arts. 2205–2211 y 1017 inc. a, con inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble competente. El Deudor no podrá gravar, enajenar ni transferir el inmueble sin autorización escrita del Banco mientras el crédito esté vigente.

QUINTA — SEGUROS OBLIGATORIOS

El Deudor contratará y mantendrá vigentes durante toda la duración del crédito:

a) Seguro de vida con cobertura del saldo de deuda: [Seguro Vida Aseguradora]

b) Seguro de incendio del inmueble hipotecado por valor de reposición: [Seguro Incendio Aseguradora]

El incumplimiento de la obligación de mantener los seguros en vigencia constituye causal de resolución del contrato por parte del Banco. Las primas de seguros están incluidas en el CFT informado.

SEXTA — PROTECCIONES DEL DEUDOR

El Deudor tiene derecho a: a) Solicitar la aplicación del mecanismo de cuota protegida (BCRA Com. A 7146) si la cuota excede el umbral del 10% del CVS. b) Cancelar anticipadamente el crédito, total o parcialmente, conforme a las condiciones establecidas en el acuerdo y la regulación del BCRA vigente. c) Reclamar ante la Gerencia de Protección al Usuario del BCRA (GUF) por incumplimientos de la entidad financiera. d) Acceder al mecanismo de refinanciación previsto por la Ley 25.798 en caso de dificultades de pago.

FIRMAS

En [Ciudad Acuerdo], a [Fecha Acuerdo], se firman dos ejemplares de igual tenor.

ENTIDAD FINANCIERA:

[Banco Nombre]

Representada por: [Banco Apoderado]

Firma: _________________________

DEUDOR:

[Deudor Nombre] — DNI [Deudor D N I]

Firma: _________________________

CO-DEUDOR: [Codeudor Nombre]

Firma: _________________________

Entidad Financiera

________________

Signature

Deudor

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

El Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a BCRA Comunicación A 5945; CCyC Arts. 2205–2211; Ley 25.798 (refinanciación hipotecaria).

Las UVA (Unidades de Valor Adquisitivo) fueron creadas por el BCRA mediante la Comunicación A 5945 del 31 de marzo de 2016, durante la gestión del presidente Mauricio Macri y del titular del BCRA Federico Sturzenegger, como instrumento para relanzar el mercado de créditos hipotecarios en Argentina después de décadas de ausencia de financiamiento de largo plazo para la vivienda. Cada UVA equivale a la milésima parte del costo promedio de construcción de un metro cuadrado testigo en Argentina, actualizado diariamente por el CER. Al momento de la creación de las UVA en abril de 2016, cada unidad equivalía a $14,05 ARS; a principios de 2024, cada UVA supera los $650 ARS, reflejando la inflación acumulada en el período.

El Crédito Hipotecario UVA se estructura de la siguiente manera: el banco otorga un préstamo expresado en UVA (por ejemplo, 50.000 UVA, equivalentes a un monto en pesos determinado al momento del desembolso); el deudor devuelve el capital en UVA mediante cuotas mensuales que incluyen capital e intereses; el monto en pesos de cada cuota varía mensualmente según la actualización del valor de la UVA (que refleja la inflación medida por el CER/IPC). La tasa de interés del crédito UVA es más baja que la de los créditos en pesos no ajustados (generalmente entre el 5% y el 9% anual en UVA, frente a tasas nominales del 40%–80% para créditos convencionales en pesos en el mismo período), pero el capital se ajusta por inflación, lo que genera el riesgo de que la cuota en pesos suba significativamente si la inflación supera el crecimiento de los ingresos del deudor.

El marco legal del Crédito Hipotecario UVA en Argentina está compuesto por: la Comunicación A 5945 del BCRA y sus normas complementarias (que regulan las condiciones técnicas del instrumento UVA); el CCyC Arts. 2205–2211 (que regulan el contrato de hipoteca como derecho real de garantía sobre inmuebles); la Ley 25.798 de Refinanciación Hipotecaria (que establece un mecanismo de refinanciación para deudores en dificultades); el Decreto 767/2020 y la Resolución 7/2020 del Ministerio de Economía (que establecieron el Programa de Asistencia a Deudores Hipotecarios UVA durante la pandemia); y la Comunicación A 7146 del BCRA (que establece el mecanismo de cuota protegida: si la cuota UVA supera el 10% del valor calculado en base al salario promedio — CVS — el excedente se financia a largo plazo sin interés adicional).

La Cámara Federal de La Plata y otros tribunales federales y ordinarios han recibido miles de amparos de deudores UVA que argumentan que el ajuste por inflación viola la Ley de Convertibilidad (Ley 23.928) o es confiscatorio. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) no se ha expedido definitivamente sobre la constitucionalidad de las UVA al momento de actualización de este contenido.

Cuándo necesitas Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

El Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA es necesario en todas las situaciones en que una entidad financiera regulada por el BCRA otorga un crédito hipotecario en UVA a un cliente en Argentina, dado que el acuerdo es el instrumento contractual que documenta las condiciones del préstamo, la tasa de interés, el plazo, el mecanismo de ajuste, el monto de las cuotas, y los derechos y obligaciones del deudor.

El crédito UVA es la opción de financiamiento predominante en el mercado hipotecario argentino para la adquisición de vivienda propia, especialmente en el segmento de la primera vivienda (vivienda única y de ocupación permanente, CVS — Canasta Valor Sueldos). El Banco Nación, el Banco Provincia de Buenos Aires, el Banco Ciudad de Buenos Aires, y múltiples bancos privados ofrecen líneas de crédito hipotecario UVA. El acuerdo es celebrado entre el banco y el tomador del crédito antes o simultáneamente con la escritura de hipoteca ante Escribano Público.

El acuerdo es necesario cuando la compraventa de un inmueble se financia parcialmente con un crédito hipotecario UVA: el comprador necesita el acuerdo del banco para presentarlo al vendedor como garantía de que el financiamiento está aprobado y en condiciones de ser desembolsado en la escrituración. El boleto de compraventa suele incluir una cláusula que condiciona la operación a la aprobación del crédito hipotecario dentro de un plazo determinado.

El acuerdo UVA también se suscribe en operaciones de refinanciación de hipotecas existentes (bajo el mecanismo de la Ley 25.798), en créditos para construcción de vivienda en terreno propio (donde el desembolso se realiza en etapas según el avance de obra), y en créditos para ampliación o refacción de vivienda ya escriturada. En todos estos casos, el acuerdo documenta las condiciones específicas del crédito y los mecanismos de ajuste aplicables.

El modelo de acuerdo es también útil como referencia informativa para deudores UVA que desean entender los derechos y obligaciones contenidos en sus contratos bancarios existentes, especialmente en relación con los mecanismos de protección de la cuota (Comunicación BCRA A 7146), las condiciones de cancelación anticipada, y los seguros obligatorios de vida e incendio.

Qué incluir en tu Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

Un Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA válido en Argentina debe contener los siguientes elementos esenciales exigidos por la regulación del BCRA y el CCyC.

Identificación de las Partes: Datos completos de la entidad financiera (razón social, CUIT, número de autorización BCRA, domicilio legal, nombre del representante apoderado) y del deudor/tomador (nombre completo, DNI, CUIT, domicilio real, estado civil — si está casado bajo régimen de comunidad, el cónyuge debe co-firmar o prestar asentimiento conyugal bajo CCyC Art. 456). Si existen co-deudores o garantes, sus datos deben consignarse con la misma precisión.

Monto del Crédito en UVA y en Pesos: El monto del préstamo expresado en UVA (por ejemplo, 50.000 UVA) y su equivalente en pesos al valor de la UVA en la fecha de acreditación del crédito. El valor diario de la UVA es publicado por el BCRA en su sitio web y en el Boletín Oficial. El monto en pesos al momento del desembolso sirve como referencia para el cálculo de la seña en el boleto de compraventa y para la liquidación de impuestos sobre la transferencia.

Tasa de Interés: La tasa nominal anual (TNA) en UVA acordada con el banco (generalmente entre 5% y 9% anual en UVA), la tasa efectiva anual (TEA), y el costo financiero total (CFT) que incluye todos los gastos del crédito (comisiones, seguros, gastos de otorgamiento). El BCRA exige que el CFT sea informado al deudor en forma previa a la suscripción del acuerdo (Comunicación BCRA A 5460 sobre transparencia bancaria).

Plazo del Crédito: El plazo máximo de amortización, generalmente entre 15 y 30 años para créditos hipotecarios UVA. Los créditos de largo plazo maximizan la protección del mecanismo de cuota máxima establecido por BCRA Comunicación A 7146, dado que ante un salto inflacionario, el excedente de cuota se financia a largo plazo.

Mecanismo de Ajuste UVA: La cláusula que establece que el capital adeudado se actualiza diariamente por el valor de la UVA publicado por el BCRA, que a su vez sigue el CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia, basado en el IPC-INDEC). El acuerdo debe informar al deudor que si la inflación supera el crecimiento de sus ingresos, la cuota en pesos subirá por encima de sus posibilidades de pago. La Comunicación A 7146 establece el mecanismo de cuota protegida: si la cuota supera el 10% del Canasta Valor Sueldos (CVS) calculado al inicio del crédito, el banco debe ofrecer financiamiento del excedente.

Seguros Obligatorios: El BCRA exige dos seguros para todos los créditos hipotecarios: Seguro de vida del deudor (que cubre el saldo de deuda en caso de fallecimiento o invalidez total permanente del tomador, bajo la Resolución SSN relevante) y Seguro de incendio del inmueble hipotecado (que cubre el valor de reposición del inmueble en caso de siniestro). El monto de prima de ambos seguros debe incluirse en el CFT informado al deudor.

Garantía Hipotecaria: Los datos completos del inmueble hipotecado (matrícula RPI, nomenclatura catastral, dirección, descripción), el grado de la hipoteca (siempre primer grado para créditos hipotecarios de adquisición de vivienda), y la obligación del deudor de no constituir otras hipotecas, gravar o enajenar el inmueble sin consentimiento del banco durante la vigencia del crédito.

Cancelación Anticipada: Las condiciones en que el deudor puede cancelar el crédito antes del vencimiento (cancelación total o parcial), incluyendo si existe una penalidad por cancelación anticipada y su monto. La regulación del BCRA limita las penalidades por cancelación anticipada en ciertos créditos.

Forms-legal.com proporciona este modelo como referencia orientativa. Todo crédito hipotecario UVA debe ser celebrado con la intervención de la entidad financiera habilitada por el BCRA, con asesoramiento del deudor por parte de un Abogado especializado en derecho bancario y, para la constitución de la hipoteca, ante Escribano Público con inscripción en el RPI.

Cómo completar tu Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

Para completar el Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA en Argentina, siga estos pasos teniendo en cuenta que el documento final será el instrumento privado previo a la escritura de hipoteca.

Paso 1 — Datos de la entidad financiera: Indique la razón social completa del banco u entidad financiera, su número de autorización BCRA, CUIT, domicilio legal de la sucursal otorgante, y el nombre del apoderado que firma el acuerdo con el número de su poder inscripto en el Colegio de Escribanos.

Paso 2 — Datos del tomador y co-deudores: Nombre completo, DNI, CUIT (formato XX-XXXXXXXX-X), estado civil, régimen patrimonial matrimonial (si corresponde), domicilio real, y correo electrónico. Si el crédito tiene co-deudores (cónyuge o conviviente, padres), complete sus datos con el mismo nivel de detalle.

Paso 3 — Monto del crédito: Exprese el monto en UVA (número de unidades) y en pesos al valor del día del acuerdo. Indique el valor de la UVA a la fecha de suscripción (consultable en bcra.gob.ar). El monto en pesos es orientativo y cambiará al momento del desembolso efectivo.

Paso 4 — Tasa y costo financiero total: Consigne la TNA en UVA pactada, la TEA y el CFT. El CFT incluye la tasa de interés más todos los gastos: comisión de otorgamiento, primas de seguros de vida e incendio, gastos de evaluación crediticia. El banco está obligado a informar el CFT bajo la Comunicación BCRA A 5460.

Paso 5 — Plazo y cuota: Indique el plazo del crédito en meses (por ejemplo, 240 meses para 20 años), el sistema de amortización (generalmente francés — cuota fija en UVA con capital creciente e intereses decrecientes), y la cuota inicial en UVA y su equivalente en pesos al día de la firma.

Paso 6 — Descripción del inmueble hipotecado: Complete los datos del inmueble con la misma precisión que en el certificado de dominio: nomenclatura catastral, matrícula RPI, dirección, y descripción de la unidad. Indique el grado de la hipoteca (primer grado) y confirme que el inmueble está libre de gravámenes previos según el certificado de dominio obtenido por el Escribano.

Paso 7 — Seguros: Indique la aseguradora elegida para el seguro de vida y el seguro de incendio, las sumas aseguradas, y el monto de las primas mensuales. Los bancos generalmente ofrecen seguros propios o de aseguradoras vinculadas, pero el deudor tiene derecho a elegir una aseguradora independiente de su preferencia.

Paso 8 — Firma ante Escribano: El acuerdo privado se firma entre el banco y el deudor. La hipoteca como derecho real debe constituirse por escritura pública ante Escribano Público (CCyC Art. 1017 inc. a) e inscribirse en el RPI para ser oponible a terceros.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Crédito Hipotecario UVA

Los errores más frecuentes de los deudores y entidades financieras en los créditos hipotecarios UVA en Argentina son los siguientes.

No entender el mecanismo de ajuste UVA antes de firmar: El error más grave es suscribir un crédito UVA sin comprender que el capital adeudado y las cuotas en pesos se ajustan por inflación. Un deudor que esperaba pagar cuotas estables en pesos y no entiende el mecanismo de la UVA se encuentra con cuotas que pueden duplicarse o triplicarse en pesos en pocos años. Antes de firmar, el tomador debe analizar escenarios de inflación alta y verificar que sus ingresos tienen capacidad de seguir el ajuste.

No verificar el Certificado de Dominio antes de la escrituración hipotecaria: Si el inmueble tiene hipotecas, embargos o inhibiciones inscriptas en el RPI, el banco no puede constituir hipoteca de primer grado sobre ese inmueble sin cancelar previamente los gravámenes existentes. El Escribano debe verificar el estado registral del inmueble antes de autorizar la escritura hipotecaria.

No incluir al cónyuge como co-deudor o no obtener asentimiento conyugal: Si el deudor está casado bajo el régimen de comunidad de ganancias y desea hipotecar un bien ganancial, necesita el asentimiento conyugal del cónyuge bajo CCyC Art. 470. La omisión del asentimiento genera la anulabilidad de la hipoteca a pedido del cónyuge no interviniente.

No contratar seguros adecuados: Los seguros de vida e incendio son obligatorios y deben mantener vigencia durante toda la duración del crédito. El deudor que deja vencer sus seguros incumple el contrato y el banco puede exigir la contratación inmediata o declarar la caducidad de plazos.

No conocer las condiciones de cancelación anticipada: Muchos deudores ignoran si su crédito tiene penalidad por cancelación anticipada y en qué condiciones pueden pre-cancelar. Verificar estas condiciones en el acuerdo antes de firmar permite planificar la cancelación del crédito ante una venta o una mejora económica.

No utilizar el mecanismo de cuota protegida cuando corresponde: Deudores UVA cuya cuota supera el umbral del 10% sobre el CVS tienen derecho a solicitar al banco la aplicación del mecanismo de cuota protegida bajo BCRA Comunicación A 7146. Muchos deudores no conocen este derecho y continúan pagando cuotas excesivas sin solicitarlo.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 25.798AR official
  2. Ley 23.928AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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