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Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

BOLETO DE COMPRAVENTA DE PROPIEDAD HORIZONTAL

CCyC Arts. 2037–2072 y 1170–1171 (Ley 26.994)

En la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], entre:

PARTE VENDEDORA:

[Vendedor Nombre], DNI [Vendedor D N I], CUIT/CUIL [Vendedor C U I T], estado civil [Vendedor Estado Civil], con domicilio en [Vendedor Domicilio].

PARTE COMPRADORA:

[Comprador Nombre], DNI [Comprador D N I], CUIT/CUIL [Comprador C U I T], con domicilio en [Comprador Domicilio].

Las partes celebran el presente Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal conforme a los Arts. 2037 a 2072 y 1170–1171 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA — OBJETO

La Parte Vendedora transfiere a la Parte Compradora la siguiente unidad funcional en régimen de propiedad horizontal:

Dirección: [Unidad Direccion]

Unidad Funcional: [Unidad Funcional]

Superficie: [Unidad Superficie]

Porcentual partes comunes: [Unidad Porcentual]

Matrícula RPI: [Unidad Matricula]

Nomenclatura catastral: [Unidad Catastro]

Unidades complementarias: [Unidades Complementarias]

Descripción del edificio: [Descripcion Edificio]

SEGUNDA — EXPENSAS COMUNES

Las expensas comunes ordinarias vigentes ascienden a [Expensas Ordinarias]. La Parte Vendedora declara que el estado de sus expensas es: [Estado Expensas]. El Administrador del Consorcio es: [Administrador Consorcio]. La Parte Compradora asumirá el pago de las expensas comunes desde la fecha de entrega de posesión, conforme al Art. 2049 del CCyC.

TERCERA — PRECIO

El precio total de la compraventa se fija en [Moneda] [Precio Total].

CUARTA — SEÑA

En este acto, la Parte Compradora entrega a la Parte Vendedora la suma de [Sena Importe] en concepto de seña [Tipo Sena], conforme a los Arts. 1059–1060 del CCyC. La Parte Vendedora otorga formal recibo por la suma recibida.

QUINTA — SALDO DE PRECIO

[Saldo Precio]

SEXTA — ESCRITURACIÓN

Las partes se obligan a otorgar la escritura traslativa de dominio [Plazo Escritura], ante el/la [Escribano Designado]. La parte que no concurriera a la escrituración en la fecha designada —previa constitución en mora mediante carta documento— quedará sujeta a las acciones de escrituración forzada del Art. 1171 CCyC y/o de resolución contractual con daños y perjuicios (Arts. 1716–1740 CCyC).

SÉPTIMA — ENTREGA DE POSESIÓN

La posesión de la unidad funcional será entregada a la Parte Compradora [Entrega Posesion], libre de ocupantes y efectos personales, en el estado en que se encuentra a la firma del presente. Las partes suscribirán acta de entrega de posesión documentando el estado de la unidad y de las unidades complementarias.

OCTAVA — IMPUESTOS Y GASTOS

El ITI (Ley 23.905) o Impuesto a las Ganancias cedular (Ley 27.430) es cargo del Vendedor. El Impuesto de Sellos se abona en partes iguales. Los honorarios del Escribano designado y los gastos de inscripción en el RPI son cargo del Comprador. Las expensas comunes adeudadas serán retenidas por el Escribano del precio de venta (Art. 2049 CCyC).

NOVENA — ESTADO DE TÍTULOS Y LIBRE DEUDA

La Parte Vendedora garantiza que la unidad funcional se encuentra libre de hipotecas, embargos, inhibiciones, usufructos y cualquier otro gravamen real o personal. Presentará al Escribano los certificados de libre deuda de expensas, ABL/tasas municipales y servicios públicos.

FIRMAS

En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], se firman tres ejemplares de igual tenor.

PARTE VENDEDORA: [Vendedor Nombre] — DNI [Vendedor D N I]

Firma: _________________________

PARTE COMPRADORA: [Comprador Nombre] — DNI [Comprador D N I]

Firma: _________________________

Parte Vendedora

________________

Signature

Parte Compradora

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

El Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Arts. 2037–2072 y 1170–1171 (Ley 26.994).

El régimen de propiedad horizontal, regulado íntegramente por el CCyC a partir de su entrada en vigor el 1.° de agosto de 2015, reemplazó a la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal. El Art. 2037 del CCyC define la propiedad horizontal como el derecho real que se ejerce sobre un inmueble propio que otorga a su titular facultades de uso, goce y disposición material y jurídica que se ejercen sobre partes privativas y sobre partes comunes de un edificio. Cada unidad funcional (Art. 2039 CCyC) comprende la parte privativa —el departamento, la cochera o el local en sí— y una parte indivisa de los bienes comunes del edificio —estructura, techos, hall, ascensores, jardines—, expresada como porcentaje de participación (porcentual sobre partes comunes).

El Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal se diferencia del boleto de un inmueble ordinario en el objeto, el reglamento de copropiedad y la unidad funcional comprometida. En primer lugar, el objeto vendido es siempre una unidad funcional con su correspondiente porcentual de partes comunes, identificada por su número de unidad funcional y por la matrícula del edificio en el RPI. En segundo lugar, el comprador adquiere no solo la propiedad exclusiva de la parte privativa, sino también la calidad de copropietario del consorcio de propietarios —persona jurídica constituida por ministerio de la ley bajo el Art. 2044 del CCyC— y queda sujeto al reglamento de propiedad y administración vigente. En tercer lugar, el boleto debe prever la situación de las expensas comunes (ordinarias y extraordinarias) y los fondos de reserva adeudados, porque bajo el Art. 2049 del CCyC el adquirente de una unidad responde solidariamente con el transmitente por las expensas devengadas hasta la fecha de la escritura.

El Art. 1170 del CCyC confiere al comprador que ha pagado el 25% o más del precio y tomado posesión de la unidad una protección privilegiada frente a los acreedores del vendedor en caso de concurso o quiebra (Ley de Concursos y Quiebras N.° 24.522). El Art. 1171 del CCyC habilita la escrituración forzada —el juez puede suscribir la escritura en lugar del vendedor renuente— si el vendedor incumple su obligación de escriturar. Estas protecciones son especialmente relevantes en edificios de propiedad horizontal, donde los boletos suelen firmarse meses o años antes de la escritura definitiva, período en el cual la situación patrimonial del vendedor puede cambiar.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires y los tribunales provinciales han desarrollado abundante jurisprudencia sobre los boletos de propiedad horizontal, resolviendo conflictos sobre la oponibilidad del boleto ante terceros, la responsabilidad del vendedor por vicios ocultos en unidades entregadas, y la validez de las cláusulas de ajuste de precio en períodos de inflación. El conocimiento de estos precedentes es indispensable para redactar un boleto de propiedad horizontal sólido en Argentina.

Cuándo necesitas Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

El Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal es necesario en toda operación de compraventa de departamentos, cocheras, bauleras, oficinas y locales comerciales situados en edificios bajo el régimen del CCyC Arts. 2037–2072, cuando las partes han llegado a un acuerdo sobre el precio y las condiciones pero aún no pueden o no desean otorgar la escritura traslativa de dominio de manera inmediata.

El instrumento es requerido cuando el comprador necesita tiempo para obtener financiamiento hipotecario. Las entidades bancarias argentinas —Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario, BBVA, Santander, ICBC y otras— exigen el boleto de compraventa firmado como condición previa para la aprobación del crédito hipotecario UVA o del crédito hipotecario tradicional. El boleto debe incluir el plazo de escrituración y una cláusula que condicione la operación a la aprobación del crédito, protegiendo al comprador en caso de denegación bancaria.

El boleto de propiedad horizontal es imprescindible cuando el edificio se encuentra en construcción o en proceso de finalización de obra. El boleto de unidades en pozo (preventa) se rige también por el Art. 1170 del CCyC y permite al comprador pagar en cuotas durante la etapa de construcción, con entrega de posesión al momento de la habilitación municipal (certificado de final de obra). En estos casos, el boleto debe identificar el proyecto con el número de expediente de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) en CABA o el organismo equivalente provincial.

El instrumento es necesario cuando el vendedor debe presentar documentación ante AFIP para obtener el certificado de no retención del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI, Ley 23.905) o del Impuesto a las Ganancias cedular (Ley 27.430), proceso que puede demorar semanas. Durante ese lapso, el boleto garantiza el compromiso de ambas partes y evita que el vendedor pueda vender a un tercero.

El boleto de propiedad horizontal también es requerido cuando la unidad forma parte de una sucesión o de un proceso de divorcio —bajo el régimen de liquidación de la sociedad conyugal del CCyC Arts. 481–504— y los herederos o cónyuges deben tramitar la pertinente declaratoria de herederos o convenio regulador ante el Juzgado en lo Civil competente antes de poder escriturar. El boleto asegura el precio y la voluntad de las partes mientras se tramitan estos procedimientos judiciales o extrajudiciales.

Finalmente, el boleto es indispensable cuando el comprador desea tomar posesión anticipada de la unidad —por ejemplo, para iniciar refacciones o mudanza— antes de la fecha de escrituración. La entrega anticipada de posesión, documentada en el boleto con el pago de un porcentaje del precio igual o superior al 25%, activa la protección del Art. 1170 CCyC y establece desde qué fecha el comprador asume las expensas comunes, los servicios públicos y el pago del impuesto inmobiliario (ABL en CABA, Inmobiliaria en Provincia de Buenos Aires).

Qué incluir en tu Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

Un Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal válido y ejecutable bajo el CCyC (Ley 26.994) debe contener los siguientes elementos esenciales para crear obligaciones vinculantes y activar las protecciones legales del Art. 1170.

Identificación de las Partes: Nombre y apellido completos, DNI, CUIT/CUIL, estado civil y domicilio de vendedor y comprador. Si el vendedor es una persona casada bajo el régimen de comunidad de ganancias (CCyC Arts. 463–504), debe obtenerse el asentimiento conyugal (Art. 456 CCyC) del cónyuge no titular. Las personas jurídicas deben ser identificadas con CUIT, domicilio fiscal, número de inscripción registral (IGJ o equivalente provincial) y datos del representante legal con poder suficiente para el acto.

Descripción de la Unidad Funcional: La descripción debe incluir: número de unidad funcional (UF N.°), piso y departamento (ej. Piso 5.°, Depto. B), nomenclatura catastral como registrada en la Dirección General de Catastro, matrícula del edificio y sub-matrícula de la unidad en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI), superficie cubierta y semicubierta expresadas en metros cuadrados conforme al plano de propiedad horizontal aprobado por la DGROC (en CABA) o el organismo catastral provincial, porcentual de participación sobre partes comunes, y unidades complementarias anexas (cochera N.°, baulera N.°).

Estado de Expensas: Bajo el Art. 2049 del CCyC, el adquirente de una unidad funcional responde solidariamente con el transmitente por las expensas comunes devengadas antes de la transmisión. El boleto debe incluir: monto de expensas comunes ordinarias vigentes (ej. $45.000 por mes); constancia de que el vendedor está al día con las expensas al momento de la firma, o en su defecto, el monto adeudado y el mecanismo de retención por el Escribano al momento de escriturar; y declaración sobre la existencia de expensas extraordinarias o fondos de reserva aprobados por la asamblea del consorcio que el vendedor deba pagar.

Precio y Forma de Pago: El precio total, expresado en USD o ARS con su monto en letras, y la estructura de pago: seña (Art. 1059 CCyC, típicamente 10%–30%), refuerzo de seña (si aplica), y saldo al momento de la escritura. El boleto debe especificar si los pagos en dólares se realizan en billete físico, por transferencia bancaria, o al tipo de cambio MEP o CCL.

Seña Confirmatoria o Penitencial: El boleto debe declarar expresamente si la seña es confirmatoria (imputable al precio; si el comprador incumple pierde la seña; si el vendedor incumple devuelve el doble) o penitencial (cualquiera puede arrepentirse: el comprador pierde la seña, el vendedor devuelve el doble sin mayor responsabilidad). La presunción legal del Art. 1059 CCyC es la seña confirmatoria a cuenta de precio.

Reglamento de Propiedad y Administración: El boleto debe indicar si el comprador ha recibido copia del reglamento de propiedad y administración del consorcio (exigido por Art. 2056 CCyC), el nombre del administrador del consorcio (CUIT y registro de administradores en CABA bajo Ley 941 y Dec. 551/2010), y que el comprador se adhiere al reglamento y acepta las normas de convivencia vigentes en el edificio.

Plazo de Escrituración y Escribano: Fecha límite para escriturar (típicamente 30–90 días desde la firma del boleto), identificación del Escribano designado (registro notarial, colegio habilitante), y el procedimiento para fijar la fecha exacta de escrituración mediante carta documento o acta notarial con al menos 10 días de anticipación.

Garantía de Título Libre: Declaración del vendedor de que la unidad está libre de hipotecas, embargos, inhibiciones, usufructos, locaciones vigentes, servidumbres y otros gravámenes que impidan la libre transferencia, con obligación de presentar los certificados de dominio e inhibición del RPI expedidos para la escritura.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal como punto de partida. Toda operación inmobiliaria en Argentina debe ser revisada por un Abogado matriculado en el Colegio Público de Abogados y ejecutada con intervención de un Escribano Público habilitado por el Colegio de Escribanos de la jurisdicción correspondiente.

Cómo completar tu Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

Para completar correctamente el Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal en Argentina, siga estos pasos en orden:

Paso 1 — Datos del Vendedor: Ingrese nombre y apellido completos según consta en el DNI (Documento Nacional de Identidad), el número de DNI en formato XX.XXX.XXX, y el CUIT/CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X (ej. 20-12345678-9). Indique el estado civil exacto: soltero/a, casado/a bajo régimen de comunidad de ganancias, casado/a bajo régimen de separación de bienes, divorciado/a, o viudo/a. Si el vendedor está casado bajo el régimen de comunidad y la unidad es un bien ganancial, complete también el nombre y DNI del cónyuge que prestará el asentimiento conyugal exigido por el Art. 456 del CCyC.

Paso 2 — Datos del Comprador: Complete los mismos datos para el comprador. Si el comprador adquiere la unidad como bien ganancial (matrimonio bajo régimen de comunidad), conviene indicarlo para definir el régimen de cotitularidad sobre la futura escritura.

Paso 3 — Descripción de la Unidad Funcional: Indique el número de unidad funcional (UF N.°), el piso y departamento (ej. Piso 3.°, Depto. C), la superficie cubierta en m² según el plano aprobado, el porcentual de partes comunes (ej. 1,52%), y las unidades complementarias anexas (cochera N.° 12, baulera N.° 8). Obtenga la nomenclatura catastral y la matrícula/sub-matrícula del RPI del título de propiedad del vendedor o del certificado del RPI.

Paso 4 — Precio y Seña: Ingrese el precio total en USD o ARS con la cifra en números y en letras para evitar ambigüedades. Especifique el monto de la seña (ej. USD 20.000) y si se trata de seña confirmatoria (la más común) o penitencial. Indique cómo se abona: en efectivo, transferencia bancaria, cheque certificado.

Paso 5 — Estado de Expensas: Indique el monto de las expensas comunes ordinarias actuales (ej. ARS $60.000 por mes) y declare si el vendedor está al día o adeuda montos a retener al momento de escriturar.

Paso 6 — Plazo de Escrituración: Especifique el plazo exacto: ej. «dentro de los 60 días corridos de la firma del presente boleto», y el nombre del Escribano designado con su registro y colegio de escribanos.

Paso 7 — Ciudad y Fecha: Complete la ciudad de firma (ej. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Rosario, Córdoba) y la fecha en formato DD/MM/AAAA. Ambas partes firman al pie junto con dos testigos; las firmas deben estar certificadas ante Escribano Público para que el boleto tenga fecha cierta (Art. 317 CCyC).

Errores comunes a evitar en tu Boleto de Compraventa de Propiedad Horizontal — Argentina

Evitar los siguientes errores frecuentes en la redacción y firma de boletos de propiedad horizontal en Argentina puede ahorrar costosos litigios ante el Juzgado en lo Civil.

Omitir el Porcentual de Partes Comunes: Uno de los errores más comunes es describir solo la parte privativa sin mencionar el porcentual de participación sobre partes comunes. Este porcentual es parte integrante de la unidad funcional (Art. 2039 CCyC) y determina la incidencia en las expensas comunes y en las decisiones de la asamblea del consorcio. Siempre incluir el porcentual exacto según el reglamento inscripto.

No Aclarar el Estado de Expensas: Suscribir el boleto sin una declaración sobre el estado de expensas del vendedor expone al comprador a asumir deudas consolidadas de consorcio. El Art. 2049 CCyC establece responsabilidad solidaria. Siempre exigir un certificado de deuda de expensas emitido por el administrador con fecha no anterior a 10 días de la firma del boleto.

Omitir el Asentimiento Conyugal del Vendedor: Si el vendedor está casado bajo el régimen de comunidad y la unidad es un bien ganancial, omitir el asentimiento conyugal (Art. 456 CCyC) hace anulable la operación. El cónyuge que no prestó asentimiento puede pedir la nulidad ante el Juzgado Civil dentro de los seis meses de haber conocido el acto (Art. 470 CCyC).

No Especificar el Tipo de Seña: Firmar el boleto sin aclarar si la seña es confirmatoria o penitencial genera disputas sobre los remedios disponibles ante un incumplimiento. La presunción legal del Art. 1059 CCyC es la seña confirmatoria a cuenta de precio, lo que implica plena responsabilidad contractual para la parte incumplidora más allá de la pérdida o devolución doble de la seña.

Descripción Catastral Inexacta: Indicar una superficie o nomenclatura catastral diferente a la que consta en el plano aprobado y en el RPI puede impedir la escrituración si los organismos públicos detectan la discrepancia. Siempre verificar la nomenclatura catastral en el informe de dominio del RPI antes de firmar.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 13.512AR official
  3. Ley 23.905AR official
  4. Ley 27.430AR official

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Preguntas Frecuentes

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