Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
BOLETO DE COMPRAVENTA DE LOCAL COMERCIAL
CCyC Arts. 1123–1171 (Ley 26.994)
En la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], entre:
PARTE VENDEDORA:
[Vendedor Nombre], CUIT [Vendedor C U I T], tipo [Vendedor Tipo], con domicilio en [Vendedor Domicilio]. Representante legal: [Vendedor Representante].
PARTE COMPRADORA:
[Comprador Nombre], DNI [Comprador D N I], CUIT/CUIL [Comprador C U I T], con domicilio en [Comprador Domicilio].
Las partes celebran el presente Boleto de Compraventa de Local Comercial conforme a los Arts. 1123 a 1171 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), bajo las cláusulas que siguen:
PRIMERA — OBJETO
La Parte Vendedora transfiere a la Parte Compradora el siguiente local comercial:
Dirección: [Local Direccion]
Tipo de local: [Local Tipo]
Superficie: [Local Superficie]
Matrícula RPI: [Local Matricula]
Nomenclatura catastral: [Local Catastro]
Instalaciones y mejoras incluidas: [Local Instalaciones]
SEGUNDA — HABILITACIÓN MUNICIPAL Y SITUACIÓN LOCATIVA
Estado de habilitación: [Estado Habilitacion]. Rubro y expediente: [Rubro Habilitacion].
Situación locativa: [Situacion Locativa].
¿Incluye fondo de comercio?: [Incluye Fondo Comercio].
TERCERA — PRECIO
El precio total del local se fija en [Moneda] [Precio Total]. IVA incluido en el precio: [Iva Incluido].
CUARTA — SEÑA
En este acto, la Parte Compradora entrega a la Parte Vendedora la suma de [Sena Importe] en concepto de seña [Tipo Sena], conforme a los Arts. 1059–1060 CCyC. La Parte Vendedora otorga recibo formal.
QUINTA — SALDO DE PRECIO
[Saldo Precio]
SEXTA — ESCRITURACIÓN
Las partes se obligan a otorgar la escritura traslativa de dominio [Plazo Escritura], ante el/la [Escribano Designado]. La parte incumplidora —previa constitución en mora por carta documento— quedará sujeta a escrituración forzada (Art. 1171 CCyC) y/o resolución con daños y perjuicios (Arts. 1716–1740 CCyC).
SÉPTIMA — ENTREGA DE POSESIÓN
La posesión del local será entregada a la Parte Compradora [Entrega Posesion], con las instalaciones descriptas en el objeto y libre de efectos personales del vendedor o locatarios.
OCTAVA — IMPUESTOS Y GASTOS
El ITI (Ley 23.905 al 1,5%) o Impuesto a las Ganancias cedular (Ley 27.430 al 15%), e IVA si correspondiere, son cargo de la Parte Vendedora. El Impuesto de Sellos se abona en partes iguales. Honorarios del Escribano e inscripción RPI son cargo de la Parte Compradora.
NOVENA — ESTADO DE TÍTULOS Y LIBRE DEUDA
La Parte Vendedora garantiza que el local está libre de hipotecas, embargos, inhibiciones, servidumbres y deudas impositivas o municipales no declaradas. Presentará al Escribano los certificados de dominio e inhibición del RPI, libre deuda de ABL y expensas (si en PH).
FIRMAS
En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], se firman tres ejemplares de igual tenor.
PARTE VENDEDORA: [Vendedor Nombre] — CUIT [Vendedor C U I T]
Representante: [Vendedor Representante]
Firma: _________________________
PARTE COMPRADORA: [Comprador Nombre] — DNI [Comprador D N I]
Firma: _________________________
Parte Vendedora
________________
Signature
Parte Compradora
________________
Signature
Qué es Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
El Boleto de Compraventa de Local Comercial en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Arts. 1123–1171 (Ley 26.994); Ley 23.905 (ITI).
El local comercial puede estar ubicado en un edificio de planta baja de uso exclusivamente comercial, en la planta baja de un edificio mixto (comercial y residencial) sometido al régimen de propiedad horizontal del CCyC Arts. 2037–2072, o en un predio independiente (local exento). La distinción es relevante desde el punto de vista registral, impositivo y de habilitación municipal, ya que un local en propiedad horizontal forma parte de un consorcio de propietarios y está sujeto al reglamento de copropiedad, mientras que un local exento es un inmueble independiente sin las obligaciones consorciales.
Una particularidad esencial del Boleto de Compraventa de Local Comercial es que la transferencia del inmueble es independiente de la transferencia del fondo de comercio (llave de negocio). El local puede venderse vacío (sin actividad comercial en curso) o con un fondo de comercio activo. Si la venta comprende también el fondo de comercio —mercaderías, instalaciones, habilitaciones, clientela, nombre comercial y marca—, la operación debe cumplir además los requisitos de la Ley N.° 11.867 de Transferencia de Fondos de Comercio, que exige la publicación de edictos en el Boletín Oficial y el Boletín de la Cámara de Comercio, y la retención del precio de venta por un plazo de 10 días hábiles para que los acreedores del vendedor puedan hacer sus reclamaciones.
El boleto de local comercial debe atender también a la situación contractual del local: si el local está alquilado a un tercero, el régimen de locaciones vigente (Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 1187–1226, tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742) puede conferir al locatario el derecho de preferencia para la compra (tanteo o retracto) si así se hubiera pactado en el contrato de locación. El comprador debe conocer esta situación antes de firmar el boleto para no adquirir un local con locatarios que resistan la entrega de posesión.
Desde la perspectiva tributaria, la venta de un local comercial en Argentina genera para el vendedor persona humana el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI, Ley 23.905) o el Impuesto a las Ganancias cedular (Ley 27.430), según la fecha de adquisición del local. Si el vendedor es una persona jurídica (sociedad, empresa), la ganancia de la venta se incluye en el balance de la sociedad y tributa Impuesto a las Ganancias empresarial al 35% (Ley 20.628 y modificaciones). El Impuesto al Valor Agregado (IVA, Ley 23.349) puede aplicarse en la venta de locales comerciales por parte de responsables inscriptos en IVA, lo que genera un costo adicional que el boleto debe reflejar claramente.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil han resuelto numerosos conflictos sobre boletos de locales comerciales, especialmente en relación con la distribución del IVA entre comprador y vendedor, la responsabilidad del vendedor por deudas de AFIP no declaradas sobre el local, y el incumplimiento de la obligación de entrega de posesión libre de locatarios.
Cuándo necesitas Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
El Boleto de Compraventa de Local Comercial es necesario en toda operación de compraventa de locales destinados a actividades comerciales, industriales o de servicios en Argentina, cuando las partes han acordado el precio y las condiciones pero aún no pueden o no están listas para otorgar la escritura traslativa de dominio de manera inmediata.
El instrumento es indispensable cuando el comprador necesita tiempo para obtener financiamiento. La compra de locales comerciales frecuentemente se financia mediante préstamos prendarios o hipotecarios de bancos privados, del Banco Nación Argentina, del Banco Ciudad o del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La entidad financiera exige el boleto firmado como documentación de la operación para iniciar el proceso de tasación del local y aprobación del crédito, que puede demorar 30 a 90 días.
El boleto es necesario cuando el comprador desea verificar el estado de habilitación municipal del local antes de comprometerse definitivamente. La habilitación comercial (licencia municipal para ejercer actividades en el local) es un factor crítico para el comprador que desea operar un negocio desde el local: si el local tiene la habilitación vencida o nunca fue habilitado para la actividad prevista, el comprador debe conocer esto antes de la escritura para negociar el precio o condicionar la operación al otorgamiento de la habilitación correspondiente.
El instrumento es requerido cuando el local está actualmente alquilado a un locatario y el vendedor y el comprador necesitan tiempo para acordar las condiciones de entrega del local libre de ocupantes. El vendedor debe notificar al locatario la venta del local y, eventualmente, negociar la rescisión anticipada del contrato de locación (CCyC Arts. 1221–1226) antes de escriturar. El boleto establece el plazo para que el vendedor desocupe el local como condición de la entrega de posesión al comprador.
El boleto de local comercial es también necesario cuando la venta incluye el fondo de comercio y las partes deben cumplir los pasos obligatorios de la Ley N.° 11.867 de Transferencia de Fondos de Comercio —publicación de edictos, período de espera de 10 días hábiles— antes de completar la operación. El boleto establece el precio total del paquete (inmueble más fondo de comercio) y regula el procedimiento para la transferencia combinada.
Finalmente, el boleto de local comercial es necesario cuando el vendedor es una persona jurídica (SA, SRL, SAS) que debe obtener autorización interna (resolución del directorio, acta de asamblea o reunión de socios) para vender el inmueble. El boleto fija las condiciones mientras se tramita la autorización societaria, evitando que el vendedor rechace la operación o la negocie con un tercero durante ese período.
Qué incluir en tu Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
Un Boleto de Compraventa de Local Comercial válido y ejecutable en Argentina bajo el CCyC (Ley 26.994) debe contener los siguientes elementos esenciales:
Identificación de las Partes: Nombre o razón social, DNI o CUIT, estado civil (para personas humanas) o datos de constitución societaria y representación legal (para personas jurídicas), y domicilio legal o fiscal de vendedor y comprador. Las personas jurídicas vendedoras deben identificar al representante legal con poder de disposición de inmuebles suficiente, y adjuntar el estatuto societario o acta de directorio que autoriza la venta.
Descripción del Local: Dirección completa (calle, número, piso, local, localidad, provincia); nomenclatura catastral; matrícula o folio real en el RPI; superficie cubierta y semicubierta en m²; si el local integra un edificio en propiedad horizontal, el número de unidad funcional, el porcentual de partes comunes y el nombre del consorcio; si el local es exento (edificio propio), la descripción de la parcela catastral y los linderos. También se debe describir el estado de las instalaciones: tres fases eléctricas, gas natural, agua corriente, cloacas, cañerías y equipos incluidos en la venta.
Situación de Habilitación Municipal: Declaración sobre el estado de la habilitación municipal del local: si está habilitado, para qué rubro comercial está habilitado, número de expediente de habilitación y organismo habilitante (en CABA, la AGC — Agencia Gubernamental de Control; en municipios de PBA, la Secretaría de Producción o equivalente); si la habilitación está vencida o si el local nunca fue habilitado para la actividad del comprador. Esta declaración es fundamental para que el comprador evalúe si el local puede ser destinado al uso previsto.
Situación Locativa: Si el local está alquilado, el boleto debe describir el contrato de locación vigente (locatario, plazo, canon mensual, fecha de vencimiento, condiciones de rescisión), los depósitos en garantía en poder del vendedor, y las condiciones y el plazo en que el vendedor se obliga a entregar el local libre de locatarios para la entrega de posesión al comprador.
Fondo de Comercio (si aplica): Si la venta comprende el fondo de comercio, el boleto debe describir los elementos del fondo (mercaderías valoradas, maquinarias, instalaciones, habilitaciones, nombre comercial, clientela, dominio web), el precio total discriminado entre inmueble y fondo de comercio, y el compromiso del vendedor de cumplir los pasos de la Ley N.° 11.867 (edictos, período de espera de acreedores) antes de la entrega definitiva.
Precio, Seña y Forma de Pago: El precio total expresado en USD o ARS con su monto en letras; el monto de la seña (confirmatoria o penitencial bajo Arts. 1059–1060 CCyC); la forma de pago del saldo (al contado al escriturar, o mediante cuotas con garantía hipotecaria sobre el propio local); y si el precio está sujeto a IVA (cuando el vendedor es una sociedad o responsable inscripto en IVA).
Plazo de Escrituración: Plazo para otorgar la escritura traslativa de dominio ante Escribano Público, identificación del Escribano designado y el mecanismo de convocatoria a la firma.
Cargas Tributarias: Asignación del ITI o Ganancias cedular (al vendedor); del IVA sobre el precio (si aplica, al vendedor o a compartir según pacto); del Impuesto de Sellos (provincial, compartido); y de los honorarios del Escribano e inscripción RPI (al comprador).
Forms-legal.com facilita este modelo de Boleto de Compraventa de Local Comercial como herramienta de referencia para operaciones comerciales en Argentina. La complejidad tributaria e inmobiliaria de estas transacciones requiere la intervención de un Contador Público (CPN) para los aspectos impositivos y de un Abogado o Escribano Público para los aspectos jurídico-registrales.
Cómo completar tu Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
Siga estos pasos para completar correctamente el Boleto de Compraventa de Local Comercial en Argentina:
Paso 1 — Datos del Vendedor: Si el vendedor es una persona humana, ingrese nombre, apellido, DNI y CUIT/CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X, estado civil y domicilio. Si el vendedor es una sociedad (SA, SRL, SAS), ingrese la razón social, CUIT de la sociedad, domicilio fiscal, fecha y número de inscripción en la Inspección General de Justicia (IGJ) o equivalente provincial, y el nombre y cargo del representante legal autorizado a firmar el boleto y la futura escritura.
Paso 2 — Datos del Comprador: Complete de manera análoga los datos del comprador. Si el comprador es una sociedad, verifique que la persona que firma el boleto tiene poderes suficientes para obligar a la sociedad en la compra del inmueble.
Paso 3 — Descripción del Local: Indique la dirección completa del local con calle, número, piso, departamento/local, localidad y provincia. Obtenga la nomenclatura catastral del título de propiedad del vendedor o del informe catastral. Si el local integra un edificio en PH, incluya el número de UF, el porcentual de partes comunes y el nombre del consorcio.
Paso 4 — Habilitación Municipal: Declare el estado de la habilitación: habilitado (indicar rubro y número de expediente), vencido o no habilitado para el uso previsto por el comprador. Si el comprador necesita la habilitación para el rubro que planea operar, el boleto puede incluir una cláusula que condicione la operación o ajuste el precio si el local no está habilitado para dicho rubro.
Paso 5 — Situación Locativa: Si hay locatario en el local, incluya todos los datos del contrato de locación vigente y establezca el plazo en que el vendedor debe entregar el local libre. Indique qué sucede si el locatario no desocupa dentro del plazo (ej. el vendedor asume la responsabilidad del desalojo y el plazo de escrituración se prorroga).
Paso 6 — Precio, Seña e IVA: Ingrese el precio total en números y letras. Si el vendedor es responsable inscripto en IVA, el precio puede estar sujeto a IVA al 10,5% o 21% sobre la parte del precio correspondiente al local construido (el terreno no está alcanzado por IVA). Consulte con un Contador la situación tributaria del vendedor antes de cerrar el precio.
Paso 7 — Plazo de Escrituración y Firma: Establezca el plazo en días corridos desde la firma del boleto, indique el Escribano designado con su número de registro y colegio, y complete la ciudad y la fecha de firma en formato DD/MM/AAAA.
Requisitos legales para Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
La compraventa de un local comercial en Argentina está sujeta a los siguientes requisitos legales además de los generales del CCyC:
Habilitación Municipal: El vendedor no está legalmente obligado a transferir la habilitación comercial al comprador como condición de la escrituración, a menos que así se haya pactado en el boleto. La habilitación municipal es personal del titular y del rubro comercial. El comprador deberá tramitar su propia habilitación ante el organismo municipal competente (AGC en CABA; secretaría municipal en PBA y otras provincias) para el rubro que desee operar. Sin embargo, el estado de la habilitación vigente es información relevante que el vendedor debe declarar en el boleto.
Ley 11.867 de Transferencia de Fondos de Comercio: Si la venta comprende el fondo de comercio además del inmueble, el vendedor debe publicar edictos en el Boletín Oficial y el boletín de la Cámara de Comercio por cinco días hábiles, y respetar un período de espera de 10 días hábiles para que los acreedores del fondo (proveedores, empleados, AFIP) puedan realizar sus reclamaciones. El precio del fondo de comercio solo puede entregarse al vendedor una vez vencido este período sin oposición, o una vez canceladas las deudas reconocidas.
IVA en la Venta de Locales Comerciales: La venta de un local comercial por parte de una sociedad o persona humana responsable inscripta en IVA puede estar gravada por el Impuesto al Valor Agregado (IVA, Ley 23.349) al 10,5% sobre el precio de venta de la parte construida del local (no del terreno). Las personas humanas que venden locales de su propiedad personal (no como empresa) generalmente no están alcanzadas por IVA en la venta. El boleto debe especificar si el precio incluye o excluye IVA para evitar conflictos posteriores.
ITI o Ganancias del Vendedor: Igual que para otros inmuebles, el vendedor debe pagar ITI (Ley 23.905 al 1,5%) si adquirió el local antes del 01/01/2018, o Ganancias cedular (Ley 27.430 al 15%) si lo adquirió con posterioridad. Las sociedades tributan Ganancias empresarial sobre la ganancia de la venta.
Impuesto de Sellos: El boleto de compraventa de local comercial está sujeto al Impuesto de Sellos provincial (2%–3,5% del valor declarado en el boleto). La tasa aplica tanto al precio del inmueble como al del fondo de comercio si se incluye en el mismo instrumento.
Errores comunes a evitar en tu Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina
Evitar estos errores frecuentes en los boletos de compraventa de locales comerciales en Argentina previene litigios ante el Juzgado en lo Civil o en lo Comercial:
No Verificar la Habilitación para el Uso Previsto: Adquirir un local sin verificar que la zonificación del CPU municipal y la habilitación vigente son compatibles con la actividad comercial que el comprador planea desarrollar puede resultar en la imposibilidad de obtener la habilitación propia. En CABA, el Mapa de Usos permitidos (disponible en el portal de la AGC) indica qué actividades están permitidas en cada zonificación. El comprador debe verificar esto antes de firmar el boleto.
Omitir el Tratamiento del IVA: Cerrar el precio del local sin aclarar si incluye o excluye IVA puede generar un conflicto de hasta el 21% adicional sobre el precio acordado. Si el vendedor es responsable inscripto en IVA y la venta está gravada, el IVA debe ser informado al comprador antes de firmar. Los boletos deben aclarar expresamente si el precio declarado incluye IVA o si el IVA se adicionará al precio.
No Regular la Situación del Locatario: Firmar el boleto de un local ocupado por un locatario sin establecer claramente el plazo y las consecuencias del desalojo expone al comprador a recibir posesión de un local que no puede usar. El boleto debe establecer el plazo máximo de desocupación y qué sucede si el locatario no entrega el local voluntariamente —quién asume los costos del proceso de desalojo judicial (CCyC Arts. 1217–1226).
Ignorar las Deudas de AFIP del Vendedor Sociedad: Cuando el vendedor es una sociedad, el comprador debe verificar si la sociedad tiene deudas impositivas con AFIP, ya que AFIP puede ejercer la acción de cobro sobre los bienes de la sociedad (incluyendo el local) mediante el procedimiento de ejecución fiscal. El boleto debe exigir una constancia de deuda de AFIP actualizada o un certificado de libre deuda fiscal antes de la escritura.
Omitir la Descripción de las Instalaciones Incluidas: No especificar qué instalaciones, maquinarias y mejoras están incluidas en la venta del local (ej. cortina de enrollar, cámara frigorífica, instalación de gas trifásico, equipos de aire acondicionado central) puede generar conflictos sobre qué es parte del inmueble y qué es bien mueble del vendedor. El boleto debe incluir un inventario descriptivo de los elementos fijos que se transfieren con el local.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 26.994AR official
- Ley 23.905AR official
- Ley 27.742AR official
- Ley 27.430AR official
- Ley 20.628AR official
- Ley 23.349AR official
- Ley 11.867AR official
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Forms Legal. (2026). Boleto de Compraventa de Local Comercial — Argentina (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/real-estate/purchase-sale/compraventa-local-comercial-argentina
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}Preguntas Frecuentes
La venta de un local comercial vacío (sin fondo de comercio activo) implica únicamente la transferencia del derecho real de dominio sobre el inmueble, conforme al régimen general del CCyC Arts. 1123–1171 y el Art. 1017 (escritura pública ante Escribano). La operación solo requiere el boleto de compraventa, la escritura traslativa, y el cumplimiento de las obligaciones tributarias (ITI o Ganancias, Sellos). En cambio, la venta de un local comercial con fondo de comercio activo —que incluye mercaderías, instalaciones, habilitaciones, nombre comercial, clientela y contratos vigentes— está regulada además por la Ley N.° 11.867 de Transferencia de Fondos de Comercio. Esta ley exige: publicación de edictos en el Boletín Oficial y el boletín de la Cámara de Comercio durante cinco días hábiles, detallando el fondo que se transfiere y el precio; un período de espera de 10 días hábiles para que los acreedores del fondo (proveedores, empleados, AFIP) puedan presentar sus oposiciones al comprador; y la retención por el comprador del precio del fondo durante ese período para garantizar el pago de los acreedores que se presenten. Solo una vez vencido el período sin oposición, o una vez canceladas las deudas reconocidas, el vendedor puede recibir el precio del fondo. El incumplimiento de la Ley 11.867 hace solidariamente responsable al comprador por las deudas del fondo, lo que es un riesgo significativo que el boleto debe gestionar con precisión.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA, Ley 23.349) puede aplicarse a la venta de un local comercial en Argentina cuando el vendedor es sujeto pasivo del IVA —es decir, cuando el vendedor es una sociedad anónima (SA), sociedad de responsabilidad limitada (SRL), sociedad por acciones simplificada (SAS), o una persona humana que habitualmente realiza operaciones de compraventa de inmuebles como actividad empresarial. En estos casos, la venta del local está gravada por IVA al 10,5% sobre el valor de la construcción (no del terreno, que está exento). Para determinar qué porción del precio corresponde a la construcción y qué porción al terreno, se utiliza la valuación fiscal del inmueble emitida por la ARBA (PBA), AGIP (CABA) u organismo equivalente, descontando el valor del terreno del valor total. La persona humana que vende un local de su propiedad como acto aislado —no como parte de su actividad empresarial habitual— generalmente no está alcanzada por IVA en la venta. Sin embargo, si el local formó parte del activo de una empresa unipersonal inscripta en IVA, la venta puede estar gravada. Dado que el IVA puede representar hasta el 10,5% del precio de venta del local, el boleto de compraventa debe aclarar expresamente si el precio incluye o excluye IVA para evitar conflictos después de la firma. Se recomienda consultar con un Contador Público Nacional (CPN) matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción para determinar la situación tributaria exacta de la operación antes de cerrar el precio en el boleto.
Si el local comercial está alquilado a un locatario al momento de la firma del boleto de compraventa, el contrato de locación no se extingue automáticamente por la venta del inmueble. El nuevo propietario (comprador) se subroga en la posición del locador (vendedor) y debe respetar el contrato de locación vigente hasta su vencimiento natural, conforme al Art. 1189 del CCyC (Ley 26.994) que establece que la locación subsiste durante su tiempo convenido aunque el inmueble sea enajenado. Esto significa que el comprador no puede exigir al locatario que desocupe el local antes de que venza el contrato de locación, a menos que el contrato incluya una cláusula que permita al vendedor rescindirlo ante la venta (cláusula de rescisión por venta). Por esta razón, el boleto de compraventa de local comercial debe: describir detalladamente el contrato de locación vigente (partes, canon, plazo, fecha de vencimiento); establecer si el vendedor se compromete a entregar el local libre de locatarios antes de la escrituración (y en qué plazo); indicar si el comprador acepta adquirir el local con el locatario y se subroga como locador; y regular el destino del depósito en garantía retenido por el vendedor, que deberá ser transferido al comprador al momento de la escritura. El incumplimiento de la obligación del vendedor de desocupar el local cuando así se hubiera pactado en el boleto habilita al comprador a resolver el contrato y exigir la devolución de la seña con daños y perjuicios (CCyC Art. 1082).
Las deudas impositivas del vendedor con AFIP (impuesto a las ganancias, IVA, cargas sociales, monotributo) son obligaciones personales del vendedor y, en principio, no gravan el inmueble directamente —a diferencia del impuesto inmobiliario provincial, que sí es un gravamen sobre el bien. Sin embargo, si AFIP ha obtenido una medida cautelar judicial (embargo sobre bienes del vendedor o inhibición general de bienes del vendedor) antes de la escrituración, estas medidas pueden aparecer en los certificados del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) y bloquear la inscripción de la escritura hasta que se cancelen. Además, si el vendedor es una sociedad en estado de quiebra o concurso preventivo bajo la Ley 24.522 (Ley de Concursos y Quiebras), la venta del local puede requerir autorización judicial. Para determinar el estado de deudas de AFIP del vendedor, el boleto de compraventa puede exigir: (1) un informe de inhibiciones sobre el vendedor emitido por el RPI, que revela si existen inhibiciones generales de bienes trabadas por deudas; (2) un certificado de libre deuda de AFIP, que el vendedor puede solicitar en cualquier dependencia de AFIP; y (3) para vendedores que son sociedades, los últimos tres balances certificados por Contador Público para evaluar la situación financiera. El Escribano designado para la escritura está obligado a obtener el informe de inhibiciones del RPI como parte del estudio de títulos, y la existencia de inhibiciones del vendedor puede impedir o demorar la escrituración.
Los honorarios del Escribano Público en una compraventa de local comercial en Argentina están regulados por el arancel notarial del Colegio de Escribanos de cada jurisdicción, que establece honorarios mínimos y máximos como porcentaje del valor de la operación. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el arancel del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires establece honorarios para la escritura de compraventa que oscilan entre el 1% y el 2% del valor de la operación (precio declarado en la escritura), con un mínimo arancelario que varía según el año. En la Provincia de Buenos Aires, el arancel del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires establece honorarios similares. En otras provincias (Córdoba, Santa Fe, Mendoza, etc.), los aranceles notariales son fijados por los respectivos Colegios de Escribanos provinciales y son de cumplimiento obligatorio —los Escribanos no pueden cobrar honorarios por debajo del arancel sin incurrir en sanciones disciplinarias. Además de los honorarios del Escribano, la escritura de compraventa de local comercial genera los siguientes gastos a cargo del comprador: sellado de la escritura (cargo fiscal proporcional al valor de la operación); derechos de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI), también proporcionales al valor; IVA sobre los honorarios del Escribano (21%). El comprador también puede incurrir en honorarios de un Abogado por el estudio de títulos previo a la firma del boleto, especialmente cuando el vendedor es una sociedad y el comprador desea verificar la regularidad jurídica de la cadena de títulos.
Sí. El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) reconoce al comprador de un local comercial el derecho a la garantía por vicios ocultos (Arts. 1051–1058 CCyC), que son los defectos del local que existían al momento de la venta, no eran aparentes al momento de la firma del boleto, y de haberlos conocido el comprador no habría celebrado el contrato o lo habría celebrado a un precio menor. Ejemplos de vicios ocultos en locales comerciales son: filtraciones de agua no visibles al momento de la visita al local, defectos estructurales en el techo o las paredes, instalaciones eléctricas o de gas defectuosas que no cumplen el reglamento de la distribuidora, o contaminación del suelo por actividades anteriores (relevante en locales industriales). Ante la existencia de vicios ocultos, el comprador tiene tres opciones bajo el CCyC Art. 1056: (a) reclamar la quanti minoris (reducción del precio proporcional al defecto descubierto); (b) resolver el contrato (rescisión) y reclamar la restitución del precio pagado más los daños y perjuicios; o (c) en casos de dolo del vendedor (Art. 1057 CCyC), reclamar daños adicionales. El plazo para ejercer la acción por vicios ocultos es de tres años desde la entrega de la cosa (Art. 2561 CCyC) o seis meses para bienes inmuebles. Para reducir el riesgo de vicios ocultos, el comprador debe realizar una inspección técnica del local —idealmente acompañado por un arquitecto o ingeniero civil— antes de firmar el boleto, y el boleto puede incluir una cláusula estableciendo que el comprador ha inspeccionado el local y acepta las condiciones en que se encuentra, excepto los vicios que no eran visibles al momento de la inspección.
La habilitación municipal de un local comercial en Argentina es, en principio, intransferible: está otorgada a nombre del titular del establecimiento para un rubro comercial específico en ese local, y cuando el local cambia de propietario u operador, el nuevo propietario u operador debe tramitar su propia habilitación ante el organismo municipal competente. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la habilitación comercial es otorgada por la Agencia Gubernamental de Control (AGC) bajo el sistema de habilitaciones de la Ley 451 (Código de Faltas CABA) y el Código de Habilitaciones y Verificaciones. En municipios de la Provincia de Buenos Aires, la habilitación es otorgada por la Secretaría de Producción, Comercio o Industria de cada municipio, conforme a la ordenanza municipal de habilitaciones vigente. En la práctica, el proceso de transferencia de habilitación puede facilitarse cuando el nuevo propietario u operador mantiene el mismo rubro comercial que el anterior titular: muchos municipios prevén un trámite de transferencia de habilitación que es más ágil que una habilitación nueva, siempre que el local cumpla las condiciones físicas exigidas para el rubro. Sin embargo, si el comprador planea operar un rubro diferente al habilitado, debe tramitar una nueva habilitación desde cero, lo que puede implicar adecuaciones del local (salidas de emergencia, ventilación, accesibilidad para personas con discapacidad) que el comprador debe conocer y presupuestar antes de firmar el boleto de compraventa.
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