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Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña — Argentina

BOLETO DE COMPRAVENTA CON SEÑA

Código Civil y Comercial de la Nación — Arts. 1059–1060 y 1170–1171 (Ley 26.994)

En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], entre:

PARTE VENDEDORA:

[Nombre Vendedor], DNI [Dni Vendedor], CUIT/CUIL [Cuit Cuil Vendedor], estado civil [Estado Civil Vendedor], con domicilio en [Domicilio Vendedor] (en adelante, 'el Vendedor').

PARTE COMPRADORA:

[Nombre Comprador], DNI [Dni Comprador], CUIT/CUIL [Cuit Cuil Comprador], con domicilio en [Domicilio Comprador] (en adelante, 'el Comprador').

Las Partes celebran el presente Boleto de Compraventa con Seña conforme a los Arts. 1059–1060 y 1170–1171 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994) y los usos y costumbres del mercado inmobiliario argentino.

PRIMERA — OBJETO

El Vendedor se obliga a transferir al Comprador el dominio del siguiente inmueble:

Dirección: [Direccion Inmueble]

Nomenclatura catastral: [Nomenclatura Catastral]

Matrícula RPI: [Matricula R P I]

Superficie: [Superficie Inmueble]

Descripción: [Descripcion Inmueble]

El Vendedor declara que el inmueble descripto se encuentra libre de todo gravamen, hipoteca, embargo, inhibición y restricción a la libre disposición, comprometiéndose a mantenerlo en esa condición hasta la escrituración. El Escribano Público designado verificará dichas circunstancias mediante los certificados del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) con posterioridad a la firma del presente boleto.

SEGUNDA — PRECIO

El precio total de la presente compraventa se fija en [Moneda Operacion] [Precio Total].

TERCERA — SEÑA

En este acto, el Comprador entrega al Vendedor la suma de [Moneda Operacion] [Monto Sena] en concepto de seña [Tipo Sena], conforme a los Arts. 1059 y 1060 del CCyC (Ley 26.994). El Vendedor recibe dicho importe en este acto, otorgando formal recibo.

CUARTA — SALDO DE PRECIO

El saldo del precio de venta, una vez deducida la seña entregada, es el siguiente: [Saldo Precio]. Dicho saldo se considerará parte del precio total ya fijado y no generará intereses adicionales salvo mora debidamente acreditada.

QUINTA — ESCRITURACIÓN

Las partes se obligan a otorgar la escritura traslativa de dominio [Plazo Escrituracion], ante el/la [Escribano Designado] o ante el Escribano Público que designe la parte compradora. El/la Escribano/a interviniente realizará el estudio de títulos y obtendrá los certificados de dominio e inhibición del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI), conforme a la Ley 17.801 y la normativa registral de la jurisdicción. La parte que no concurriera a la escrituración en la fecha designada, previa constitución en mora, quedará sujeta a las acciones de escrituración forzada (Art. 1171 CCyC) o de resolución contractual con daños y perjuicios (Arts. 1086–1088 CCyC).

SEXTA — ENTREGA DE POSESIÓN

La posesión material del inmueble será entregada al Comprador [Entrega Posesion], en el estado de conservación en que el inmueble se encuentra en la fecha del presente boleto. Las partes labrарán un acta de entrega de posesión, con inventario del estado del inmueble, suscripta por ambas partes o sus representantes.

SÉPTIMA — IMPUESTOS Y GASTOS

El Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI, Ley 23.905) o el impuesto cedular sobre renta de la segunda categoría (según corresponda por la naturaleza del bien y la antigüedad de la adquisición) estará a cargo del Vendedor. El Impuesto de Sellos se abonará por partes iguales. Los honorarios del Escribano Público y los gastos de escrituración, estudio de títulos e inscripción en el RPI (Ley 17.801) estarán a cargo del Comprador. Los gastos de libre deuda de ABL, tasas municipales y expensas (si correspondiere) anteriores a la posesión serán a cargo del Vendedor.

FIRMAS

Leído y ratificado, las Partes suscriben el presente Boleto de Compraventa con Seña en [Ciudad Firma], el [Fecha Firma], en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto legal.

VENDEDOR: [Nombre Vendedor] — DNI [Dni Vendedor]

Firma: _________________________

COMPRADOR: [Nombre Comprador] — DNI [Dni Comprador]

Firma: _________________________

Vendedor

________________

Signature

Comprador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

El Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 1059–1060 y Art. 1170 (Ley 26.994).

El boleto de compraventa no transfiere el dominio del inmueble: esa función le corresponde exclusivamente a la escritura pública (Art. 1017 CCyC) y a la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI). El boleto crea obligaciones personales: el vendedor se obliga a escriturar en la fecha pactada; el comprador, a pagar el precio total y concurrir al acto notarial. En el mercado inmobiliario argentino, el período que transcurre entre la firma del boleto y la escrituración —típicamente 30 a 90 días, aunque puede extenderse a varios meses en operaciones con financiamiento hipotecario— es el tiempo en que el escribano tramita los certificados registrales, el comprador obtiene el crédito del Banco de la Nación Argentina (BNA), del Banco Ciudad o de entidades privadas, y el vendedor reúne la documentación necesaria (libre deuda de ARBA, de ABL municipal, de expensas si es propiedad horizontal).

La seña es el mecanismo de garantía mutua del acuerdo. En la modalidad confirmatoria (la más habitual en el mercado inmobiliario argentino), la seña consolida el contrato: ninguna de las partes puede arrepentirse sin consecuencias económicas. Si el comprador incumple (no paga el saldo o no concurre a la escritura), el vendedor puede retener la seña y reclamar daños adicionales. Si el vendedor incumple (no quiere escriturar), el comprador puede reclamar la seña devuelta más una suma equivalente y, además, la escrituración forzada vía judicial.

El Art. 1170 del CCyC introdujo en el derecho argentino una protección relevante para el comprador de boleto: cuando el comprador pagó más del 25% del precio y el boleto tiene fecha cierta anterior a la medida cautelar dictada contra el vendedor o a la declaración de concurso o quiebra del vendedor, el boleto es oponible a los acreedores y al síndico concursal. Esta disposición fue la respuesta legislativa a décadas de jurisprudencia contradictoria sobre la suerte del comprador de boleto cuando el vendedor caía en concurso preventivo o quiebra. Con la protección del Art. 1170, el comprador que pagó más del 25% y tiene fecha cierta puede exigir la escrituración aunque el vendedor esté en concurso, siempre que destine el inmueble a vivienda.

En la práctica, el Colegio de Escribanos de la Nación Argentina y los Colegios de Escribanos provinciales recomiendan la certificación notarial de firmas del boleto para otorgarle fecha cierta (Art. 317 CCyC) y maximizar la protección del comprador bajo el Art. 1170 CCyC. El costo de la certificación es menor en relación con la protección que brinda.

Cuándo necesitas Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

El Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña en Argentina es necesario cada vez que comprador y vendedor de un inmueble acuerdan los términos de la operación con anterioridad a la escrituración pública, lo que ocurre prácticamente en la totalidad de las transacciones inmobiliarias argentinas.

Es indispensable cuando el comprador no cuenta con la totalidad del precio en efectivo al momento de la negociación inicial y necesita tiempo para gestionar un crédito hipotecario del BNA, del Banco Ciudad, del BAPRO o de una entidad financiera privada. El boleto fija el precio y las condiciones, mientras el comprador obtiene la pre-aprobación del crédito y la escrituración se programa para cuando el préstamo esté otorgado.

Se requiere cuando el inmueble pertenece a una sucesión aún no tramitada: los herederos firman el boleto comprometiendo la venta, y la escrituración se produce una vez que la declaratoria de herederos esté inscripta en el RPI y las hijuelas adjudicadas. El boleto protege al comprador durante este período de tramitación sucesoria.

Es necesario en operaciones de viviendas en pozo o en construcción: el desarrollador firma boletos con los compradores cuando el emprendimiento está en etapa de proyecto o de construcción inicial, con fecha de escrituración programada para cuando la obra esté finalizada y el edificio aprobado por la Dirección de Obras. El boleto regula los pagos escalonados durante la construcción.

El instrumento es fundamental cuando el comprador quiere asegurarse la operación antes de que el vendedor reciba otras ofertas: la firma del boleto con seña confirmatoria retira el inmueble del mercado, ya que el vendedor no puede vender a otro comprador sin incurrir en responsabilidad contractual. En mercados con escasez de oferta o inmuebles muy buscados, el boleto se firma el mismo día de la negociación para no perder la operación.

Finalmente, se necesita para documentar formalmente la transacción y establecer con precisión los términos acordados (precio exacto, moneda, forma y fechas de pago del saldo, fecha y notaría de la escrituración, estado del inmueble al momento de la entrega, inclusión o exclusión de muebles y artefactos), evitando malentendidos que frecuentemente generan litigios civiles en los fueros nacionales en lo civil de CABA y en los fueros civiles provinciales.

Qué incluir en tu Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

Un Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña válido en Argentina conforme al CCyC Arts. 1059–1060 y Art. 1170 debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las Partes: Nombre y apellido completo, estado civil (relevante para el asentimiento conyugal del Art. 470 CCyC si el inmueble es vivienda familiar), DNI, CUIT o CUIL, domicilio real y domicilio especial para notificaciones. Si alguna parte es una sociedad (SA, SRL, SAS) o un fideicomiso, deben constar el nombre del representante legal, su DNI y el cargo. El estado civil del vendedor es especialmente importante: si es casado o conviviente registrado, debe constar si el cónyuge o conviviente prestará su asentimiento en la escritura (Art. 470 CCyC).

Descripción del Inmueble: Descripción técnica precisa: ubicación (calle, número, piso, departamento para urbano; provincia, partido, paraje para rural), superficie del terreno y edificación, linderos o colindantes, nomenclatura catastral, padrón provincial, y matrícula o folio real en el RPI. Para propiedades horizontales, incluir el número de unidad funcional y la referencia al reglamento de copropiedad. La descripción debe ser lo suficientemente precisa para identificar sin ambigüedad el inmueble objeto del contrato.

Precio Total y Moneda: Precio total de la operación, moneda (pesos argentinos ARS o dólares estadounidenses USD —la moneda predominante en las transacciones inmobiliarias en Argentina—) y tipo de cambio o equivalencia si se paga en una moneda y se expresa en otra.

Seña: Monto de la seña, moneda, y tipo de seña (confirmatoria conforme al Art. 1059 CCyC, o penitencial con indicación expresa de la facultad de arrepentimiento). Si es confirmatoria, dejar constancia expresa de que no habilita el arrepentimiento. Constancia de la recepción de la seña por el vendedor en el mismo acto.

Forma y Plazo de Pago del Saldo: Cómo y cuándo se paga el saldo del precio: al contado en la escritura, mediante crédito hipotecario (banco, línea de crédito, plazo estimado de aprobación), en cuotas previas a la escrituración. Si el comprador financia con crédito hipotecario, conviene incluir una condición: si el crédito no es aprobado dentro de un plazo, el contrato queda resuelto y la seña se devuelve sin penalidad.

Fecha y Notaría de Escrituración: Fecha máxima para la escrituración (o plazo desde la firma del boleto). Escribano designado por las partes (habitualmente el del comprador). Si la escrituración se demora por causas atribuibles al vendedor, el comprador puede intimar judicialmente.

Estado de Entrega del Inmueble: Condición en que se entrega el inmueble (libre de ocupantes, con o sin muebles, con los electrodomésticos incluidos o no, con las mejoras que se indiquen). Si hay inquilinos en el inmueble, el boleto debe especificar para cuándo el vendedor garantiza la desocupación.

Forms-legal.com ofrece este modelo de boleto con seña como herramienta de referencia. Documentos relacionados como la Escritura de Compraventa de Inmueble y el Acuerdo de Permuta de Inmuebles cubren otras etapas y modalidades del tráfico inmobiliario argentino. Se recomienda la certificación notarial de firmas para obtener fecha cierta y la máxima protección del Art. 1170 CCyC.

Cómo completar tu Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

Para completar correctamente el Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña en Argentina, seguí estos pasos:

Paso 1 — Datos del Vendedor: Nombre completo, estado civil (soltero/casado/divorciado/viudo), DNI, CUIT/CUIL, domicilio real y domicilio especial para notificaciones. Si el vendedor es casado, indicar nombre del cónyuge y si prestará su asentimiento conyugal en la escritura. Si el vendedor es una sociedad, datos del representante legal y del ente.

Paso 2 — Datos del Comprador: Nombre completo, estado civil, DNI, CUIT/CUIL, domicilio. Indicar si el comprador adquiere para su sociedad conyugal, para su patrimonio propio, o en condominio con otra persona (en ese caso incluir datos de todos los compradores y la proporción de cada uno).

Paso 3 — Descripción del Inmueble: Completar con la mayor precisión posible: calle, número, piso, departamento (para urbano) o denominación, partido, paraje, superficie (para rural). Agregar padrón catastral y matrícula RPI si se conocen. Describir el estado actual del inmueble.

Paso 4 — Precio Total: Monto en números y letras, moneda (ARS o USD). Si se expresa en USD, indicar si el pago se realizará en esa moneda o en pesos al tipo de cambio del día de pago (y cuál tipo de cambio: oficial BNA, MEP, CCL, u otro).

Paso 5 — Seña: Monto en números y letras, moneda, y tipo de seña. Recomendación: indicar expresamente "seña confirmatoria en los términos del Art. 1059 CCyC" si no se quiere habilitar el arrepentimiento. Si se quiere habilitar el arrepentimiento, usar "seña penitencial" con las consecuencias indicadas: pérdida de la seña si se arrepiente el comprador, devolución duplicada si se arrepiente el vendedor.

Paso 6 — Forma de Pago del Saldo: Indicar si el saldo se paga al contado en la escritura, con crédito hipotecario (especificar banco y plazo estimado de gestión), o en cuotas con calendario de pagos. Si hay cuotas previas a la escrituración, especificar montos, fechas y forma de pago (transferencia bancaria a la cuenta CBU del vendedor).

Paso 7 — Fecha de Escrituración: Fecha máxima o plazo en días hábiles desde la firma del boleto. Notaría donde se escriturará (escribano y dirección). Indicar quién designa al escribano y quién paga sus honorarios.

Paso 8 — Estado de Entrega: Describir el estado del inmueble, qué queda incluido (artefactos, muebles, instalaciones) y qué no. Fecha de entrega de las llaves.

Paso 9 — Certificación Notarial: Para obtener fecha cierta (Art. 317 CCyC) y la protección del Art. 1170 CCyC, llevar el boleto firmado ante un escribano público para la certificación de firmas. El escribano certifica las firmas y la fecha es la fecha cierta del documento.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña

Los errores más frecuentes en el Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña en Argentina, descritos a continuación, pueden evitarse con una redacción precisa del documento.

Error 1 — No especificar el tipo de seña (confirmatoria vs. penitencial): La omisión del tipo de seña genera conflictos sobre si las partes pueden arrepentirse. El Art. 1059 CCyC presume que la seña es confirmatoria en caso de duda, pero si el vendedor creyó que era penitencial y podía arrepentirse devolviendo el doble, el conflicto puede terminar en juicio. El boleto debe indicar expresamente el tipo de seña.

Error 2 — No obtener fecha cierta: Firmar el boleto sin certificación notarial de firmas deja al comprador sin la protección del Art. 1170 CCyC frente a posibles embargos o quiebra del vendedor. La certificación ante escribano público es de bajo costo y otorga plena protección. Un boleto sin fecha cierta puede ser cuestionado como fraudulento si el vendedor cae en concurso.

Error 3 — Descripción imprecisa del inmueble: Un boleto que describe el inmueble como "departamento en el edificio X" sin especificar piso, número de unidad funcional, superficie y matrícula RPI puede generar disputas sobre qué inmueble es el objeto del contrato. El inmueble debe estar inequívocamente identificado.

Error 4 — No regular qué ocurre si el crédito hipotecario no es aprobado: Si el comprador depende de un crédito del BNA o de otra entidad y no incluye una cláusula resolutoria para el caso de no aprobación del crédito, el vendedor puede retener la seña alegando incumplimiento del comprador. El boleto debe prever la resolución sin penalidad si el crédito no se aprueba dentro de un plazo razonable.

Error 5 — No indicar qué pasa con los inquilinos: Si el inmueble está alquilado al momento del boleto, el vendedor debe comprometerse a entregar la posesión libre de ocupantes en una fecha determinada. Sin esta cláusula, el comprador puede encontrarse con un inmueble ocupado al momento de la escrituración, sin remedio contractual claro.

Error 6 — Confundir el tipo de cambio para el precio en dólares: En Argentina, las transacciones inmobiliarias se pactan habitualmente en USD, pero existen múltiples tipos de cambio (oficial BNA, dólar MEP, dólar CCL, dólar informal). El boleto debe especificar qué tipo de cambio se aplica si el pago del saldo se realiza en pesos, para evitar disputas al momento de la escrituración.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official

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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Boleto de Compraventa con Seña (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/real-estate/purchase-sale/acuerdo-boleto-compraventa-sena-argentina

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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