Solicitud de DNI Primera Vez
SOLICITUD DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI) — PRIMERA VEZ
Ley 17.671 — RENAPER (Registro Nacional de las Personas)
Ministerio del Interior — República Argentina
I. DATOS DEL TITULAR DEL DNI
Nombre Completo (según partida de nacimiento): [Titular Nombre]
Fecha de Nacimiento: [Titular Fecha Nacimiento]
Lugar de Nacimiento: [Titular Lugar Nacimiento]
Sexo Registral: [Titular Sexo]
Nacionalidad: [Titular Nacionalidad]
CUIL (ANSES): [Titular C U I L]
II. REPRESENTANTE LEGAL (PARA MENORES DE 18 AÑOS — CCyC ART. 25)
Nombre Completo del Representante: [Representante Nombre]
DNI del Representante (RENAPER): [Representante D N I]
Vínculo con el Titular: [Representante Vinculo]
III. DOCUMENTACIÓN BASE Y SEDE DEL TRÁMITE
Documento Base Presentado: [Tipo Documentacion Base]
Sede del RENAPER / Punto de Atención: [Sede R E N A P E R]
Modalidad de Tramitación: [Modalidad Tramite]
IV. DOMICILIO PARA ENVÍO DEL DNI (CORREO ARGENTINO)
Domicilio de Envío: [Domicilio Envio D N I]
Teléfono de Contacto: [Telefono Contacto]
El/La suscripto/a, o el/la representante legal del titular identificado/a precedentemente, declara bajo juramento que los datos consignados en la presente solicitud son exactos y verídicos, y solicita al RENAPER (Registro Nacional de las Personas) la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) de primera vez conforme a la Ley 17.671 y sus modificatorias.
FIRMA DEL TITULAR O REPRESENTANTE LEGAL
Fecha de Solicitud: [Fecha Solicitud]
Titular / Representante Legal: [Representante Nombre]
DNI del Representante: [Representante D N I]
Firma: _________________________
N.° de Trámite RENAPER: _________________________
Agente RENAPER / CDR: _________________________
Sello y Firma del Agente: _________________________
Titular o Representante Legal
________________
Signature
Qué es Solicitud de DNI Primera Vez
La Solicitud de DNI Primera Vez en Argentina es la petición formal con la que una persona inicia el trámite ante el organismo público competente, conforme a Ley 17.671 (Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional); RENAPER.
El RENAPER es el organismo del Estado nacional que tiene a su cargo la emisión y administración del DNI conforme a la Ley 17.671. El RENAPER fue creado por el Decreto 1501/1968 y tiene dependencias en todo el país — delegaciones provinciales, centros de documentación en hospitales (Centros de Documentación Rápida — CDR) y sedes municipales habilitadas para la toma de datos biométricos y la tramitación del DNI. La Casa Central del RENAPER está en Av. Antártida Argentina 1355, CABA.
El DNI argentino actualmente vigente (denominado DNI tarjeta o cédula inteligente) fue introducido por la Resolución 900/2012 del Ministerio del Interior y reemplazó al anterior DNI libreta (libreta de enrolamiento, libreta cívica, y el DNI formato libro). El DNI tarjeta tiene formato de tarjeta de crédito (ID-1 ISO/IEC 7810), incluye datos biométricos del titular (fotografía digital, huella dactilar, y firma digitalizada), un chip de almacenamiento de datos, y un código QR con los datos del titular. El número de DNI es único, intransferible, y vitalicio — no cambia aunque el titular cambie de nombre por matrimonio, divorcio, adopción, o cambio de identidad de género.
La Ley 17.671 Art. 13 establece que la primera tramitación del DNI es gratuita para todos los ciudadanos argentinos nativos — el Estado nacional financia la producción del DNI de primera vez sin costo para el solicitante. Las renovaciones posteriores (por vencimiento, pérdida, robo, cambio de datos, o deterioro) tienen un costo establecido por las resoluciones del RENAPER que se actualiza periódicamente. Los ciudadanos argentinos naturalizados (por opción al cumplir los dieciocho años, o por naturalización conforme al Decreto-Ley 3213/1984) también reciben el DNI de primera vez en forma gratuita.
El Decreto 262/2003 y las resoluciones posteriores del Ministerio del Interior implementaron el sistema de emisión centralizada del DNI en la planta de producción del RENAPER en Buenos Aires, con envío del DNI al domicilio declarado por el solicitante mediante Correo Argentino bajo contrato con el RENAPER. Este sistema reemplazó el anterior sistema de emisión en las delegaciones provinciales del RENAPER, con el doble objetivo de mejorar la seguridad documental (evitar falsificaciones y adulteraciones) y acelerar los tiempos de entrega del DNI. El plazo de entrega del DNI en el domicilio es de aproximadamente cuatro días hábiles para los trámites realizados en los CDR de los hospitales, y de quince días a un mes para los trámites realizados en las delegaciones del RENAPER o sedes municipales.
La Ley 26.743 (Ley de Identidad de Género), sancionada en 2012, permitió que las personas trans e intersex tramiten el DNI con el nombre y el sexo registral que corresponde a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de diagnóstico médico, cirugía, ni autorización judicial, conforme al procedimiento del Art. 3 de dicha ley. Este trámite se realiza ante el Registro Civil (para el cambio de nombre y sexo en la partida de nacimiento) y luego ante el RENAPER para la emisión del nuevo DNI, o en forma integrada en sedes habilitadas del RENAPER y el Registro Civil.
Cuándo necesitas Solicitud de DNI Primera Vez
La Solicitud de DNI Primera Vez en Argentina es necesaria en los siguientes supuestos, conforme a la Ley 17.671 y las resoluciones del RENAPER.
Recién nacidos: Para los recién nacidos en Argentina, el trámite de DNI de primera vez se realiza en forma integrada con la inscripción del nacimiento en el Registro Civil, preferentemente en el Centro de Documentación Rápida (CDR) del hospital o maternidad donde ocurrió el parto. En los hospitales con CDR habilitado, los progenitores tramitan el DNI del recién nacido al mismo tiempo que la inscripción de nacimiento, sin necesidad de concurrir posteriormente al RENAPER. El DNI llega al domicilio declarado en aproximadamente cuatro días hábiles. Para los recién nacidos cuya inscripción se realizó en sede del Registro Civil sin CDR, el trámite de DNI de primera vez debe gestionarse en una delegación del RENAPER o sede municipal habilitada presentando la partida de nacimiento.
Menores de edad que nunca obtuvieron el DNI: Existen menores de edad en Argentina que nacieron en épocas o circunstancias en que el sistema CDR no estaba disponible, o cuya inscripción de nacimiento fue tardía, y que nunca tramitaron el DNI de primera vez. Para estos menores, el trámite debe realizarse en una delegación del RENAPER o sede municipal habilitada, presentando la partida de nacimiento y compareciendo personalmente con sus representantes legales (padres o tutores).
Adultos sin DNI: También existen adultos argentinos —especialmente en zonas rurales remotas, comunidades indígenas, o personas en situación de marginalidad— que nunca tramitaron el DNI. Para estos adultos, el RENAPER tiene programas especiales de documentación masiva (Plan Portunidad, operativos móviles de documentación) que llevan los equipos de RENAPER a comunidades rurales e indígenas para tramitar el DNI de primera vez sin necesidad de que el solicitante concurra a la sede del RENAPER.
Argentinos nacidos en el exterior: Los hijos de ciudadanos argentinos nacidos en el exterior que adquieren la ciudadanía argentina por opción (Art. 1 de la Ley 346) deben inscribir el nacimiento en el consulado argentino del país donde nacieron, o en el RENAPER al regresar a Argentina, y luego tramitar el DNI de primera vez presentando la partida de nacimiento consular. Estos ciudadanos pueden tener múltiple ciudadanía — Argentina admite la doble ciudadanía sin restricciones.
Extranjeros con residencia legal: Los extranjeros con residencia legal permanente en Argentina (residencia permanente otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones — DNM conforme a la Ley 25.871) tienen derecho a obtener el DNI para extranjeros emitido por el RENAPER, que los identifica como residentes legales en Argentina con todos los derechos civiles y sociales (excepto los derechos políticos reservados a los ciudadanos argentinos). Los residentes temporarios pueden obtener el DNI temporal mientras dure su residencia. La Ley de Migraciones 25.871 Art. 7 garantiza a los extranjeros el acceso al DNI como instrumento de su integración social en Argentina.
Qué incluir en tu Solicitud de DNI Primera Vez
Una Solicitud de DNI Primera Vez válida ante el RENAPER de Argentina conforme a la Ley 17.671 y las resoluciones del RENAPER debe contener los siguientes elementos esenciales.
Datos del Titular del DNI: Nombre completo (nombre de pila y apellido tal como figuren en la partida de nacimiento inscripta en el Registro Civil), número de DNI previo (si existe algún DNI anterior aunque sea en formato antiguo — libreta de enrolamiento para varones o libreta cívica para mujeres emitidas antes de la Ley 17.671), fecha de nacimiento (día, mes, año), lugar de nacimiento (ciudad, provincia o país si nació en el exterior), sexo registral (conforme a la partida de nacimiento o la resolución del Registro Civil en casos de cambio de identidad de género bajo la Ley 26.743), CUIL (emitido por ANSES si ya fue asignado — necesario para el sistema de seguridad social), y nacionalidad.
Datos de los Progenitores o Representantes Legales: Para menores de edad (menores de 18 años conforme al CCyC Art. 25), los datos de los progenitores (nombres, DNI, y CUIL de ambos progenitores) son obligatorios. Para menores bajo tutela o curatela, los datos del tutor o curador designado judicialmente con referencia al expediente judicial que establece la representación. La comparecencia personal del representante legal con su propio DNI vigente es obligatoria para el trámite del menor.
Documentación Requerida: La Ley 17.671 y las resoluciones del RENAPER establecen los documentos a presentar para el DNI de primera vez: partida de nacimiento original o copia certificada por el Registro Civil (no fotocopia simple), certificado de nacimiento del CDR si el trámite se realiza en hospital, y DNI de los progenitores (para menores). Para extranjeros: certificado de residencia legal emitido por la DNM (residencia permanente, temporaria, o precaria según corresponda), pasaporte vigente del país de origen, y comprobante de domicilio en Argentina.
Datos Biométricos: El RENAPER requiere la captura de datos biométricos del titular para la producción del DNI: fotografía digital (tomada en el momento del trámite en la sede del RENAPER, delegación municipal, o CDR del hospital), huella dactilar de los diez dedos (o los disponibles, para personas con discapacidad física), y firma digitalizada. Para recién nacidos, se toman la fotografía y la huella plantar. Los datos biométricos son almacenados en el chip del DNI tarjeta y en la base de datos del RENAPER conforme al Artículo 17 de la Ley 17.671 y la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
Domicilio para Envío del DNI: El solicitante debe declarar el domicilio completo (calle, número, piso, departamento, código postal, localidad, partido o departamento, y provincia) donde el RENAPER enviará el DNI por correo postal (Correo Argentino bajo contrato con RENAPER). El domicilio declarado queda registrado en el DNI como domicilio del titular. Si el domicilio cambia antes de recibir el DNI, debe actualizarse en el RENAPER al 0800-999-2232.
Modalidad de Entrega: El DNI puede solicitarse en modalidad estándar (entrega en el domicilio en un plazo de 15 días a un mes) o en modalidad urgente (entrega en el domicilio en un plazo de 24 a 48 horas, con arancel adicional). La modalidad urgente está disponible en las delegaciones del RENAPER y sedes municipales habilitadas que cuenten con el sistema de impresión acelerada.
En forms-legal.com puede preparar la información necesaria para el trámite de DNI de primera vez. El trámite debe completarse en forma presencial en el CDR del hospital (para recién nacidos), en una delegación del RENAPER, o en una sede municipal habilitada — los datos biométricos (fotografía, huella dactilar, firma) sólo pueden ser capturados en forma presencial y no pueden tramitarse en forma totalmente digital. Para consultar los puntos de atención del RENAPER más cercanos a su domicilio, ingrese a www.argentina.gob.ar/interior/renaper o llame al 0800-999-2232.
Cómo completar tu Solicitud de DNI Primera Vez
Para completar correctamente la Solicitud de DNI Primera Vez ante el RENAPER de Argentina, siga estos pasos.
Paso 1 — Determine la sede más conveniente: Para recién nacidos, el CDR del hospital donde ocurrió el parto es la opción más rápida. Para menores y adultos, consulte las sedes del RENAPER, delegaciones municipales y sedes móviles en www.argentina.gob.ar/interior/renaper o llamando al 0800-999-2232. Muchas sedes requieren turno previo.
Paso 2 — Reúna la documentación: Partida de nacimiento original o copia certificada por el Registro Civil, DNI de los progenitores o representantes legales (para menores), y comprobante de domicilio para extranjeros o en caso de que el RENAPER lo requiera para verificar el domicilio de envío del DNI.
Paso 3 — Complete los datos del solicitante: Nombre completo tal como figura en la partida de nacimiento, fecha y lugar de nacimiento, datos de los progenitores (para menores), sexo registral, y CUIL si fue asignado por ANSES.
Paso 4 — Declare el domicilio de envío del DNI: Indique el domicilio completo con código postal para que el Correo Argentino pueda entregar el DNI. Verifique que el domicilio sea accesible para entrega postal.
Paso 5 — Elija la modalidad de tramitación: Estándar (gratuita, 15–30 días) o urgente (con arancel adicional, 24–48 horas). Para el DNI de primera vez de recién nacidos en CDR, no hay modalidad urgente — el plazo es de aproximadamente cuatro días hábiles.
Paso 6 — Comparezca personalmente para la captura biométrica: El RENAPER toma fotografía, huellas dactilares, y firma digital del titular en el momento del trámite. Para menores, el representante legal debe estar presente y firmar la solicitud.
Paso 7 — Reciba el DNI en el domicilio: El DNI llegará por Correo Argentino al domicilio declarado. Si no llega en el plazo previsto, reclame en www.argentina.gob.ar/interior/renaper o al 0800-999-2232.
Requisitos legales para Solicitud de DNI Primera Vez
La Solicitud de DNI Primera Vez en Argentina está sujeta a los siguientes requisitos legales conforme a la Ley 17.671 y las resoluciones del RENAPER.
Obligatoriedad del DNI: La Ley 17.671 establece que el DNI es obligatorio para todos los habitantes de la República Argentina. Todos los ciudadanos argentinos mayores de 14 años tienen obligación de portar el DNI (o una copia fotográfica o digital legible del mismo) en sus traslados. Los menores de 14 años también deben tenerlo, aunque la ley no establece la obligación de portarlo permanentemente para este grupo etario.
Gratuidad de la primera vez: El Art. 13 de la Ley 17.671 establece la gratuidad del DNI de primera vez para todos los ciudadanos argentinos nativos. Las resoluciones del RENAPER que fijan aranceles sólo aplican a las renovaciones y duplicados, no a la primera tramitación.
Datos biométricos obligatorios: La Ley 17.671 Art. 17 establece que el RENAPER puede requerir datos biométricos del titular para la emisión del DNI. Los datos biométricos capturados (fotografía, huella dactilar, firma) son datos personales sensibles protegidos por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y sólo pueden ser utilizados por el RENAPER y los organismos del Estado habilitados por ley para verificar identidades.
Menores de edad — representación legal: El CCyC Arts. 25–26 establece que los menores de 18 años son personas menores de edad sin plena capacidad civil. El DNI de un menor sólo puede tramitarse con la comparecencia personal del representante legal (padre, madre, o tutor judicial) que firma la solicitud asumiendo responsabilidad por la veracidad de los datos declarados.
Extranjeros: Los extranjeros con residencia legal en Argentina tienen derecho al DNI conforme al Art. 7 de la Ley 25.871 y las resoluciones del RENAPER. La residencia otorgada por la DNM es el requisito previo al DNI para extranjeros — sin resolución de residencia de la DNM, el RENAPER no puede emitir el DNI.
Errores comunes a evitar en tu Solicitud de DNI Primera Vez
Los errores más frecuentes en el trámite del DNI de primera vez ante el RENAPER de Argentina generan demoras o rechazos que se traducen en la imposibilidad del titular de acceder a derechos fundamentales como la educación, la salud, y la seguridad social.
No tramitar el DNI del recién nacido en el CDR del hospital: La opción del CDR en el hospital es la más rápida y conveniente para los recién nacidos — tramitarlo en el CDR al momento del nacimiento resulta en un DNI entregado en el domicilio en cuatro días hábiles. Si los progenitores no tramitan el DNI en el CDR y esperan a hacerlo más adelante en una sede del RENAPER, el plazo se extiende a 15–30 días y deben hacer el trámite en forma separada presentando la partida de nacimiento. Si los progenitores se olvidan por completo de tramitar el DNI, el menor puede quedar sin documento durante meses, complicando la inscripción escolar y el acceso a la obra social y las asignaciones familiares de ANSES.
Declarar domicilio de envío incorrecto o sin acceso postal: Si el domicilio declarado tiene errores (calle o número equivocado, código postal incorrecto, departamento u oficina sin casillero postal o sin portero o seguridad que reciba envíos) el Correo Argentino devuelve el DNI al RENAPER y debe iniciarse un trámite de reclamo. Verificar que el domicilio tenga acceso postal y que alguien esté disponible para recibirlo durante el horario de entrega del correo.
No traer la partida de nacimiento original o copia certificada: El RENAPER exige la partida de nacimiento original o copia certificada por el Registro Civil — no acepta fotocopias simples ni fotos de la partida en el celular. Si la partida está en otra jurisdicción, tramitar primero la copia certificada en el Registro Civil correspondiente antes de ir al RENAPER.
Representante legal sin DNI vigente: Si el padre, madre, o tutor del menor concurre al RENAPER con un DNI vencido o deteriorado, el trámite del menor es rechazado porque el RENAPER no puede verificar la identidad del representante. El representante debe renovar su propio DNI antes de tramitar el del menor.
No solicitar turno previo: Muchas sedes del RENAPER y delegaciones municipales requieren turno previo que debe gestionarse en línea en www.argentina.gob.ar/interior/renaper. Concurrir sin turno puede resultar en atención demorada o en ser atendido en otro día. Verificar si la sede requiere turno antes de concurrir.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 17.671AR official
- Ley 26.743AR official
- Ley 25.871AR official
- Ley 25.326AR official
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Forms Legal. (2026). Solicitud de DNI Primera Vez (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/government/declarations/solicitud-dni-primera-vez-argentina
"Solicitud de DNI Primera Vez (Argentina)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/argentina/government/declarations/solicitud-dni-primera-vez-argentina.
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}Preguntas Frecuentes
El RENAPER (Registro Nacional de las Personas) es el organismo del Estado nacional argentino dependiente del Ministerio del Interior que tiene a su cargo la identificación de los habitantes de la República Argentina mediante la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) y el mantenimiento del padrón nacional de la población. Fue creado por el Artículo 5 de la Ley 17.671 (Ley de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional) como organismo descentralizado con delegaciones en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Las funciones principales del RENAPER son: emitir el DNI (primera vez, renovaciones, duplicados, y actualizaciones de datos) para ciudadanos argentinos y para extranjeros con residencia legal; mantener el Registro Nacional de las Personas con los datos de identificación de todos los habitantes del territorio nacional; recibir las comunicaciones de los Registros Civiles provinciales sobre nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, y otros hechos del estado civil para mantener actualizado el padrón; administrar el sistema biométrico de identificación (fotografía, huella dactilar, firma digitalizada, datos del chip del DNI tarjeta); coordinar con los Registros Civiles provinciales los Centros de Documentación Rápida (CDR) en hospitales para la documentación inmediata de los recién nacidos; y proporcionar verificación de identidad a organismos del Estado (ANSES, AFIP-ARCA, Policía Federal, Gendarmería Nacional, fuerzas de seguridad provinciales) mediante el sistema de consulta biométrica.
El plazo de entrega del DNI de primera vez en Argentina varía según la modalidad de tramitación y la sede donde se realizó el trámite. Para los trámites realizados en los Centros de Documentación Rápida (CDR) de los hospitales y maternidades (para recién nacidos), el plazo es de aproximadamente cuatro días hábiles desde la fecha del trámite hasta la entrega del DNI en el domicilio declarado por los progenitores, mediante Correo Argentino bajo contrato con el RENAPER. Para los trámites realizados en delegaciones provinciales del RENAPER o sedes municipales habilitadas (para menores y adultos), el plazo estándar es de 15 a 30 días hábiles. La modalidad urgente, disponible en sedes seleccionadas del RENAPER con un arancel adicional, reduce el plazo a 24 a 48 horas. Si el DNI no llega en el plazo previsto, el solicitante debe hacer un reclamo en el sitio web del RENAPER (www.argentina.gob.ar/interior/renaper) ingresando el número de trámite asignado al momento de la gestión, o llamando al 0800-999-2232. Los plazos pueden extenderse en períodos de alta demanda (inicio y fin del ciclo escolar, períodos previos a elecciones) o por problemas operativos del Correo Argentino.
Sí. Los extranjeros con residencia legal en Argentina tienen derecho a obtener el DNI argentino para extranjeros emitido por el RENAPER, conforme al Artículo 7 de la Ley de Migraciones 25.871 y las resoluciones del RENAPER. El DNI para extranjeros identifica al titular como residente legal en Argentina e indica el tipo y la duración de la residencia (permanente, temporaria, o transitoria). Los extranjeros con residencia permanente (otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones — DNM sin límite temporal) reciben un DNI sin fecha de vencimiento para el dato de residencia, similar al DNI de los ciudadanos argentinos nativos. Los extranjeros con residencia temporaria (otorgada por un período determinado, generalmente uno o dos años renovables) reciben un DNI con fecha de vencimiento de la residencia, que debe renovarse ante el RENAPER cuando la DNM renueva la residencia. Los ciudadanos de los países del Mercosur (Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela) y los países asociados (Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú) se benefician del criterio de la nacionalidad mercosureña (Ley 25.871 Art. 23 inc. l) que facilita y agiliza la obtención de la residencia permanente y el DNI, generalmente en un plazo de semanas. Para tramitar el DNI, el extranjero debe presentar ante el RENAPER: la resolución de residencia de la DNM, el pasaporte vigente del país de origen, y comprobante de domicilio en Argentina.
Si el DNI de primera vez no llega al domicilio declarado en el plazo previsto (cuatro días hábiles para CDR, 15–30 días para delegaciones del RENAPER), el solicitante debe iniciar un reclamo ante el RENAPER. El primer paso es ingresar al portal www.argentina.gob.ar/interior/renaper con el número de trámite asignado al momento de la gestión (figura en el comprobante entregado en la sede del RENAPER o en el CDR) para verificar el estado del DNI (en producción, en distribución, entregado, devuelto). Si el estado indica que fue devuelto al RENAPER por problemas con el domicilio (dirección incorrecta, ausencia del destinatario, edificio sin acceso), el solicitante debe comunicarse con el RENAPER al 0800-999-2232 para coordinar la nueva entrega o el retiro en la delegación del RENAPER. Si el estado del trámite muestra que el DNI fue entregado pero el solicitante no lo recibió (posible extravío postal o entrega a persona no autorizada), debe realizar la denuncia de robo o extravío de DNI ante la delegación del RENAPER y solicitar el duplicado, que tiene un costo distinto al trámite de primera vez. En todos los casos, el comprobante de trámite emitido por el RENAPER al momento de la gestión es el documento clave para hacer los reclamos — guárdelo hasta recibir el DNI.
Los argentinos nacidos en el exterior que adquieren la ciudadanía argentina por filiación (Art. 1 de la Ley 346 — ius sanguinis, si uno o ambos progenitores son ciudadanos argentinos) deben seguir un proceso en dos etapas para obtener el DNI argentino de primera vez. Primera etapa — inscripción del nacimiento en el Registro Civil argentino: el nacimiento en el exterior de un hijo de ciudadano/s argentino/s debe inscribirse ante el consulado argentino del país donde ocurrió el nacimiento (el consulado actúa como Registro Civil en el exterior), o ante el RENAPER o el Registro Civil del domicilio en Argentina al regresar, presentando el certificado de nacimiento del país extranjero con la apostilla de la Haya (o legalización consular argentina si el país no es parte del Convenio de La Haya) y la traducción oficial al castellano si el documento está en otro idioma. Una vez inscripto el nacimiento en el sistema argentino, se expide la partida de nacimiento argentina que acredita la ciudadanía argentina del nacido en el exterior. Segunda etapa — tramitación del DNI de primera vez: con la partida de nacimiento argentina inscripta, el ciudadano (o sus representantes legales si es menor) concurre a una delegación del RENAPER o sede habilitada para tramitar el DNI de primera vez presentando la partida de nacimiento argentina, el DNI de los progenitores (para menores), y el pasaporte extranjero del titular (opcional pero útil para verificar la identidad). El costo del DNI de primera vez es gratuito conforme al Art. 13 de la Ley 17.671.
Sí. El DNI argentino actualmente vigente (DNI tarjeta o cédula inteligente, emitido conforme a la Resolución 900/2012 del Ministerio del Interior) tiene fecha de vencimiento que varía según la edad del titular al momento de la emisión. Conforme a las resoluciones del RENAPER vigentes: los DNI emitidos para menores de cinco años vencen a los tres años desde la fecha de emisión (o en el quinto cumpleaños del titular, lo que ocurra primero) porque los rasgos físicos del menor cambian significativamente en ese período; los DNI emitidos para personas entre cinco y setenta años vencen a los diez años desde la fecha de emisión; los DNI emitidos para personas mayores de setenta años no tienen fecha de vencimiento (o tienen vencimiento indefinido conforme a las últimas resoluciones del RENAPER). La renovación del DNI por vencimiento tiene un costo establecido por las resoluciones del RENAPER (que se actualiza periódicamente) y debe tramitarse antes o durante el mes del vencimiento para evitar inconvenientes. Un DNI vencido no es válido para todos los trámites — muchos organismos (aerolíneas para vuelos internacionales, bancos para la apertura de cuentas, escribanos para actos notariales) exigen el DNI vigente. Sin embargo, para ejercer el derecho al voto en elecciones en Argentina, el DNI vencido es aceptado como documento de identidad conforme a las resoluciones de la Cámara Electoral Nacional.
La Ley 26.743 (Ley de Identidad de Género), sancionada en Argentina en mayo de 2012, reconoce el derecho de toda persona a la identidad de género autopercibida y establece un procedimiento administrativo (sin necesidad de diagnóstico médico, cirugía, ni autorización judicial) para el cambio de nombre y sexo registral en la partida de nacimiento y el DNI. El proceso se realiza en dos pasos relacionados. Paso 1 — Cambio en el Registro Civil: la persona solicita al Registro Civil de la jurisdicción de su partida de nacimiento la rectificación del nombre y el sexo registral conforme al Art. 3 de la Ley 26.743, presentando una solicitud con declaración de la identidad de género autopercibida. El Registro Civil debe resolver la solicitud en un plazo de treinta días hábiles. Para personas mayores de 18 años, el trámite es personal y sin representación obligatoria. Para personas menores de 18 años, el trámite requiere la asistencia de sus representantes legales y, en caso de oposición de los representantes, la intervención del juez de familia para garantizar el interés superior del menor conforme al CCyC Arts. 639–642. Paso 2 — Nuevo DNI ante el RENAPER: una vez que el Registro Civil expide la nueva partida de nacimiento con el nombre y sexo rectificados, la persona tramita un nuevo DNI ante el RENAPER presentando la nueva partida. El RENAPER emite un DNI con el nuevo nombre y el nuevo sexo registral, con el mismo número de DNI anterior (el número no cambia). La anterior partida de nacimiento y el anterior DNI quedan archivados en forma confidencial y no pueden divulgarse sin consentimiento del titular, conforme al Art. 9 de la Ley 26.743 y la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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Formulario de solicitud de copia certificada de partida de nacimiento ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Argentina, conforme a la Ley 26.413 Arts. 45–52, para trámites de DNI, pasaporte, matrimonio, adopción, ANSES y actos jurídicos que requieren acreditar identidad y filiación.
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Formulario de solicitud de copia certificada de partida de matrimonio ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Argentina, conforme a la Ley 26.413 Arts. 45–52 y CCyC Art. 406, para trámites de divorcio, sucesión, cambio de nombre, ANSES, trámites migratorios y actos jurídicos que requieren acreditar el vínculo conyugal.
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Formulario de solicitud de copia certificada de partida de defunción ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Argentina, conforme a la Ley 26.413 Arts. 60–70 y CCyC Art. 93, para trámites sucesorios, ANSES, cancelación de DNI, seguros de vida y actos jurídicos que requieren acreditar el fallecimiento.