Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia (Compraventa con Condición Resolutoria)
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON CONDICIÓN RESOLUTORIA
Celebrado conforme al Código Civil de Colombia, Artículos 1930 a 1936
PRIMERA. — PARTES CONTRATANTES
EL/LA VENDEDOR/A:
Nombre / Razón Social: [Seller Name]
C.C. / NIT: [Seller ID]
Dirección: [Seller Address]
Representante Legal: [Seller Representative]
EL/LA COMPRADOR/A:
Nombre / Razón Social: [Buyer Name]
C.C. / NIT: [Buyer ID]
Dirección: [Buyer Address]
Representante Legal: [Buyer Representative]
Entre las partes arriba identificadas se celebra el presente Contrato de Compraventa con Condición Resolutoria, regido por los Artículos 1930 a 1936 del Código Civil de Colombia (Ley 57 de 1887) y los derechos de propiedad protegidos por el Artículo 58 de la Constitución Política de 1991.
SEGUNDA. — INMUEBLE OBJETO DE LA VENTA
Dirección: [Property Address]
Matrícula Inmobiliaria: [Matrícula Number]
Cédula Catastral: [Cédula Catastral]
Tipo de Inmueble: [Property Type]
Área: [Property Area]
Linderos: [Property Boundaries]
EL/LA VENDEDOR/A declara que el inmueble se encuentra libre de gravámenes, embargos, hipotecas, condiciones resolutorias previas, y litigios pendientes, salvo los que se declaren expresamente en el presente contrato.
TERCERA. — PRECIO Y FORMA DE PAGO
Precio Total de Venta: [Total Price]
Cuota Inicial (pagadera a la firma): [Down Payment]
Saldo Pendiente: [Remaining Balance]
Calendario de Pagos: [Payment Schedule]
Tasa de Interés sobre Saldo Diferido: [Interest Rate]
PARÁGRAFO. — Los pagos se realizarán mediante consignación o transferencia bancaria a la cuenta designada por EL/LA VENDEDOR/A, conservando comprobante de pago como prueba del cumplimiento.
CUARTA. — CONDICIÓN RESOLUTORIA
Tipo de Condición Resolutoria: [Pacto Type]
Período de Gracia: [Grace Period]
Las partes acuerdan expresamente que la presente compraventa queda sujeta a condición resolutoria conforme a los Artículos 1930 a 1936 del Código Civil. Si EL/LA COMPRADOR/A incumple el pago del precio dentro del plazo convenido, la venta se resolverá conforme al pacto comisorio pactado.
PARÁGRAFO PRIMERO. — Conforme al Artículo 1935 del Código Civil, EL/LA COMPRADOR/A conserva el derecho de pagar el saldo pendiente dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación judicial de la demanda de resolución. Este derecho es irrenunciable.
PARÁGRAFO SEGUNDO. — En caso de resolución, los efectos serán: [Consequences]. Las mejoras realizadas por EL/LA COMPRADOR/A se tratarán conforme a las reglas de accesión del Código Civil (Artículos 713 a 738).
QUINTA. — ESCRITURA PÚBLICA Y REGISTRO
El presente contrato se elevará a escritura pública ante [Notary Info] conforme al Decreto 960 de 1970. La escritura que contenga la condición resolutoria se registrará en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos conforme a la Ley 1579 de 2012 (Estatuto de Registro), creando una anotación en el folio de matrícula inmobiliaria que dará oponibilidad a la condición frente a terceros.
SEXTA. — OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Las partes asumirán los costos tributarios y notariales conforme a la ley: impuesto de registro y anotación (Ley 223 de 1995 Art. 226), derechos notariales según la tarifa de la Superintendencia de Notariado y Registro, retención en la fuente aplicable a ventas de bienes inmuebles (ET Art. 398), y el impuesto de ganancia ocasional cuando corresponda (ET Arts. 299-307). Los costos se distribuirán conforme a la costumbre comercial: gastos notariales por partes iguales, retención a cargo del vendedor, registro a cargo del comprador.
SÉPTIMA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil de Colombia (Artículos 1930 a 1936, 1857), la Ley 1579 de 2012, y la legislación notarial y registral aplicable. Las controversias se someterán al Juzgado Civil del Circuito con jurisdicción en el lugar del inmueble, a través del proceso verbal establecido en el Artículo 368 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
FIRMAS
En [Agreement City], a los [Agreement Date].
EL/LA VENDEDOR/A:
[Seller Name]
C.C. / NIT: [Seller ID]
Representante Legal: [Seller Representative]
Firma: _________________________
EL/LA COMPRADOR/A:
[Buyer Name]
C.C. / NIT: [Buyer ID]
Representante Legal: [Buyer Representative]
Firma: _________________________
Notaría: [Notary Info]
Seller (Vendedor/a)
________________
Signature
Buyer (Comprador/a)
________________
Signature
What Is a Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia (Compraventa con Condición Resolutoria)?
A Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia (Contrato de Compraventa con Condición Resolutoria) is a real estate transaction governed by Articles 1930 through 1936 of the Código Civil colombiano — Ley 57 de 1887 — under which the transfer of property is subject to a resolutory condition (condición resolutoria) that dissolves the sale if the buyer fails to pay the agreed purchase price within the stipulated term. Article 1930 of the Código Civil establishes the condición resolutoria tácita — an implied resolutory condition present in every bilateral contract — under which the breach of obligation by one party entitles the other to demand either performance (cumplimiento) or resolution (resolución) of the contract, in both cases with indemnification of damages.
The constitutional protection of property rights under Article 58 of the Constitución Política de 1991 and the freedom of contract under Article 333 provide the foundation for resolutory condition agreements in Colombia. These agreements protect the seller (vendedor) who transfers possession or ownership of property before receiving full payment, confirming that the sale may be unwound if the buyer (comprador) defaults on their payment obligation.
Código Civil Article 1931 establishes the pacto comisorio simple — an express clause by which the parties agree that the sale will be resolved if the buyer fails to pay the price within the agreed term. Under the pacto comisorio simple, the resolution does not operate automatically — the seller must demand resolution judicially, and the buyer retains the right to pay within the 24 hours following notification of the judicial demand under Article 1935. Article 1932 establishes the pacto comisorio calificado (also called pacto de resolución ipso facto), under which the parties agree that the sale will resolve immediately and automatically (de pleno derecho) upon the buyer's failure to pay. However, Article 1935 provides that even under the pacto comisorio calificado, the buyer may still pay within 24 hours of judicial notification to prevent resolution — a protective rule that cannot be waived by the parties.
The Sala de Casación Civil of the Corte Suprema de Justicia has developed extensive jurisprudence distinguishing the condición resolutoria tácita (Article 1930) from the pacto comisorio (Articles 1931-1932). The condición resolutoria tácita requires judicial declaration to produce effects — the contract is not resolved until a court so declares. The pacto comisorio calificado operates de pleno derecho but remains subject to the 24-hour cure period of Article 1935. In both cases, the resolution must be inscribed in the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos under Ley 1579 de 2012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos) to affect third parties.
For real property transactions, the resolutory condition must be documented in the escritura pública (public deed) before a Notario Público under Decreto 960 de 1970 and registered in the folio de matrícula inmobiliaria of the property at the corresponding Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. The Superintendencia de Notariado y Registro oversees both the notarial service and the registration system. Registration of the resolutory condition creates oponibilidad (enforceability against third parties) — a third-party purchaser who acquires the property from the buyer takes subject to the registered condition.
The tax implications of resolutory condition sales are governed by the Estatuto Tributario. The initial sale triggers impuesto de registro y anotación (departmental tax under Ley 223 de 1995 Article 226), derechos notariales under the tariff established by the Superintendencia de Notariado y Registro, and potentially impuesto de ganancia ocasional under Estatuto Tributario Articles 299 through 307 for the seller. If the condition is triggered and the sale is resolved, the return transfer also triggers registration and notarial costs, though the Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recognizes that resolution reverses the original transaction for income tax purposes.
Disputes arising from resolutory condition agreements fall under the jurisdiction of the Juzgados Civiles del Circuito for claims involving real property under the Código General del Proceso — Ley 1564 de 2012. The seller seeking resolution must file a demanda de resolución de contrato through the proceso verbal established in Article 368 of the Código General del Proceso, proving the buyer's breach and requesting both resolution and indemnification of damages under Article 1930.
When Do You Need a Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia (Compraventa con Condición Resolutoria)?
A Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia is needed whenever a property seller agrees to transfer ownership or possession before receiving the full purchase price, and requires a legal mechanism to recover the property if the buyer defaults on payment. Article 1930 of the Código Civil establishes the condición resolutoria tácita in all bilateral contracts, but an express resolutory condition clause (pacto comisorio) under Articles 1931 and 1932 provides greater certainty and faster enforcement.
The agreement is required when a seller finances the purchase price directly to the buyer rather than requiring the buyer to obtain bank financing. In the Colombian real estate market, seller financing (financiación directa) is common for properties in areas where formal mortgage lending is limited or where buyers do not qualify for bank loans under the credit evaluation criteria of entities supervised by the Superintendencia Financiera de Colombia. The resolutory condition protects the seller against the buyer's default by providing a legal path to recover the property.
A Compraventa con Condición Resolutoria is necessary when the purchase price is payable in instalments (cuotas) over an extended period. Under Código Civil Article 1857, the sale is perfected by agreement on the thing and the price — ownership transfers upon execution of the escritura pública and registration, even if payment has not been completed. Without a resolutory condition, the seller who has transferred title would need to pursue a lengthy collection action (proceso ejecutivo) against the buyer for the unpaid balance, without the ability to recover the property itself.
The document is needed for land transactions in rural areas where agricultural parcels are sold with deferred payment tied to harvest cycles or crop yields. Colombian agricultural law under Ley 160 de 1994 and the Agencia Nacional de Tierras (ANT) regulations governs rural land transactions, and the resolutory condition provides security for sellers in areas where formal credit markets are underdeveloped.
A resolutory condition agreement is also essential in development and construction contexts where a developer sells unfinished units (venta sobre planos) under Ley 2079 de 2021 (Ley de Vivienda) and the buyer makes payments during construction. The resolutory condition allows the developer to recover the unit if the buyer stops making payments before completion, without the complexity of foreclosure proceedings.
The agreement serves as an alternative to a mortgage (hipoteca) under Código Civil Articles 2432 through 2457. While a hipoteca provides the seller with a real security interest (garantía real) over the property, the resolutory condition provides the more powerful remedy of reversing the sale entirely — returning the property to the seller rather than merely establishing a priority claim for collection. Colombian sellers frequently prefer the resolutory condition because it eliminates the need for a separate foreclosure proceeding (proceso de ejecución hipotecaria).
What to Include in Your Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia (Compraventa con Condición Resolutoria)
A valid Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia under Código Civil Articles 1930 through 1936 must contain specific elements to be enforceable and to protect both the seller and buyer in deferred payment real estate transactions.
Identification of Parties: Full legal name, cédula de ciudadanía (for Colombian nationals) or cédula de extranjería (for foreign residents), and domicile of both the seller (vendedor) and buyer (comprador). Where either party is a legal entity — a Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) under Ley 1258 de 2008, Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.), or Sociedad Anónima (SA) — include the NIT (Número de Identificación Tributaria), Cámara de Comercio registration number, and the representante legal authorized to sign. Verify corporate authority through a Certificado de Existencia y Representación Legal.
Property Description: Complete identification of the real property including the folio de matrícula inmobiliaria number from the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, the cédula catastral number from the Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) or the catastro municipal, the physical address, the lot area and built area in square meters, and the property boundaries (linderos). For properties under horizontal property regime (propiedad horizontal under Ley 675 de 2001), include the building name, unit number, and alícuota (proportional share of common areas).
Purchase Price and Payment Schedule: The total purchase price in Colombian Pesos (COP), the amount paid at signing (cuota inicial), and the detailed schedule of remaining payments including dates, amounts, and any agreed interest rate on the deferred balance. Specify whether the deferred payments are tied to a financial index such as the DTF (Depósito a Término Fijo), IBR (Indicador Bancario de Referencia), or UVR (Unidad de Valor Real) published by the Banco de la República.
Resolutory Condition Clause: Express statement of the resolutory condition under Código Civil Articles 1931 or 1932. Specify whether the agreement includes a pacto comisorio simple (resolution requires judicial demand, buyer may cure within 24 hours of notification per Article 1935) or a pacto comisorio calificado (resolution operates de pleno derecho upon default, subject to the 24-hour cure period of Article 1935). Reference the condición resolutoria tácita of Article 1930 as a supplementary protection.
Default Definition and Cure Period: Clear definition of what constitutes default (incumplimiento) — typically failure to make any instalment payment within a specified grace period. Article 1935 provides a mandatory 24-hour cure period following judicial notification even under the pacto comisorio calificado. The agreement may provide an additional contractual grace period beyond the statutory minimum.
Consequences of Resolution: Provisions governing the effects of resolution, including return of the property to the seller, retention or refund of payments already made (arras or cuota inicial), compensation for use and occupation during the buyer's possession, and the buyer's obligation to deliver the property free of encumbrances, tenants, or improvements not authorized by the seller. Reference Código Civil Article 1932 which provides that the buyer forfeits amounts paid as partial payment unless the parties agree otherwise.
Registration Requirements: Statement that the escritura pública containing the resolutory condition will be registered in the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos under Ley 1579 de 2012, creating a registered annotation (anotación) in the folio de matrícula inmobiliaria that provides notice to third parties. The registration of the resolutory condition makes it opposable (oponible) to subsequent purchasers, mortgagees, or other third parties who acquire interests in the property.
Tax Obligations: Reference to the impuesto de registro y anotación (departmental tax under Ley 223 de 1995 Article 226), derechos notariales, retención en la fuente under Estatuto Tributario Article 398 (applicable to real property sales), and any applicable impuesto de ganancia ocasional under Articles 299 through 307 of the Estatuto Tributario.
Governing Law and Jurisdiction: Statement that the agreement is governed by Código Civil Articles 1930 through 1936, 1857, and applicable notarial and registration legislation. Disputes shall be submitted to the Juzgado Civil del Circuito with jurisdiction over the location of the property under the Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), through the proceso verbal of Article 368.
Forms-legal.com provides this Sale with Resolutory Condition Agreement Colombia template as a practical starting point for documenting deferred-payment property transactions. Every resolutory condition agreement involving real property must be executed through escritura pública before a Notario Público and registered in the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Both parties should consult a licensed abogado especialista en derecho inmobiliario to confirm compliance with notarial, registration, and tax requirements.
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El Artículo 1931 del Código Civil consagra el pacto comisorio simple: acuerdo expreso de que la venta se resolverá si el comprador no paga el precio dentro del plazo pactado. Bajo el pacto comisorio simple, la resolución no opera automáticamente —el vendedor debe interponer demanda de resolución ante el Juzgado Civil del Circuito— y el comprador conserva el derecho de pagar dentro de las 24 horas siguientes a la notificación judicial conforme al Artículo 1935, para impedir la resolución. El Artículo 1932 consagra el pacto comisorio calificado —también llamado pacto de resolución ipso facto—, bajo el cual las partes convienen que la venta se resolverá de forma inmediata y automática (de pleno derecho) al incumplir el comprador. Sin embargo, el Artículo 1935 del Código Civil establece una protección obligatoria irrenunciable: aun bajo el pacto comisorio calificado, el comprador puede pagar dentro de las 24 horas siguientes a la notificación judicial para impedir la resolución. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha precisado que este período de gracia de 24 horas es irrenunciable y que cualquier cláusula contractual que pretenda eliminarlo es nula. La diferencia práctica radica en la carga de la prueba y la agilidad del procedimiento: bajo el pacto comisorio calificado, la resolución se presume al incumplir el comprador, quien asume la carga de demostrar el pago dentro del período de gracia.
Las consecuencias de la resolución sobre los pagos ya realizados dependen del acuerdo entre las partes y del marco legal aplicable. El Artículo 1932 del Código Civil establece que al activarse el pacto comisorio calificado, el comprador pierde los valores pagados a cuenta del precio, salvo pacto en contrario. Sin embargo, los tribunales colombianos —siguiendo a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia— han aplicado el principio del equilibrio contractual para evitar el enriquecimiento sin causa conforme al Artículo 831 del Código de Comercio. Cuando el monto perdido es desproporcionado respecto al daño real sufrido por el vendedor, los jueces pueden ordenar la restitución parcial bajo los principios generales de buena fe —Artículo 1603 del Código Civil— y la prohibición de cláusulas abusivas. El contrato debe especificar claramente las consecuencias de la resolución: si el vendedor retiene todos los pagos como cláusula penal —conforme a los Artículos 1592 a 1601 del Código Civil—, si se realizarán devoluciones parciales deduciendo un monto razonable por el uso y goce del inmueble, y cómo se tratarán las mejoras realizadas por el comprador durante su posesión conforme a las reglas de accesión de los Artículos 713 a 738 del Código Civil.
El registro de la condición resolutoria en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) es indispensable para que la condición sea oponible a terceros. La Ley 1579 de 2012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos) exige que todos los actos que creen, modifiquen, transfieran o extingan derechos reales sobre inmuebles sean inscritos en el folio de matrícula inmobiliaria. La condición resolutoria, al quedar incluida en la escritura pública de venta, se registra como anotación en el folio, advirtiendo a compradores posteriores, acreedores hipotecarios y demás terceros que el inmueble está sujeto a una condición que puede revertir el dominio al vendedor. Sin registro, la condición resolutoria solo produce efectos entre las partes originales bajo el principio de relatividad de los contratos —Artículo 1602 del Código Civil—: un tercero de buena fe que adquiera el inmueble del comprador sin conocer la condición no inscrita quedaría protegido bajo el principio de fe pública registral. La Superintendencia de Notariado y Registro supervisa el sistema registral y las oficinas ORIP en todo el país. Los derechos de registro siguen la tarifa del Decreto 2280 de 2019, y el impuesto de registro y anotación es un tributo departamental conforme al Artículo 226 de la Ley 223 de 1995.
La condición resolutoria tácita del Artículo 1930 del Código Civil es una condición implícita que opera por ministerio de la ley en todo contrato bilateral: cuando una parte incumple su obligación, la otra puede exigir el cumplimiento o la resolución del contrato, más la indemnización de perjuicios. La condición resolutoria tácita requiere declaración judicial —el contrato no se resuelve automáticamente— y la parte inocente debe interponer demanda de resolución ante el Juzgado Civil del Circuito competente mediante el proceso verbal del Artículo 368 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). El pacto comisorio expreso, regulado en los Artículos 1931 y 1932 del Código Civil, es una cláusula contractual específicamente acordada por las partes que fortalece la posición del vendedor. El pacto comisorio calificado (Artículo 1932) añade el elemento de resolución automática de pleno derecho al incumplir el comprador, invirtiendo la dinámica procesal: el comprador debe acreditar el pago dentro del período de gracia de 24 horas del Artículo 1935, en lugar de que el vendedor tenga que demostrar el incumplimiento. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha reconocido que el pacto comisorio y la condición resolutoria tácita pueden coexistir en el mismo contrato, otorgando al vendedor tanto el mecanismo de resolución automática como la alternativa de exigir el cumplimiento específico.
El comprador que ha recibido el dominio mediante escritura pública registrada puede técnicamente transferir el inmueble a un tercero mientras la condición resolutoria está pendiente, porque el comprador ostenta el título inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria. Sin embargo, el tercero adquiere el bien sujeto a la condición resolutoria inscrita —la anotación en el folio constituye publicidad registral conforme a la Ley 1579 de 2012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos)—. Si el vendedor original activa la condición resolutoria por incumplimiento del comprador, la resolución afecta no solo al comprador original sino también a cualquier adquirente posterior que haya obtenido el bien con conocimiento real o presunto de la condición. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha aplicado el principio nemo plus iuris —nadie puede transferir más derechos de los que posee—: el comprador solo puede transmitir el dominio en las mismas condiciones en que lo recibió. Un tercero que adquiera el inmueble sin consultar el folio de matrícula inmobiliaria —y por tanto sin conocer la condición inscrita— podrá ejercer la acción de saneamiento por evicción contra el vendedor (comprador en la operación original) conforme a los Artículos 1893 a 1908 del Código Civil, pero no podrá reclamar contra el vendedor original que registró debidamente la condición.
El Artículo 1935 del Código Civil establece un período de gracia obligatorio —derecho de purga— que protege al comprador incluso cuando las partes han pactado el pacto comisorio calificado del Artículo 1932. Conforme al Artículo 1935, el comprador conserva el derecho de pagar el saldo del precio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación judicial de la demanda de resolución presentada por el vendedor. Si el comprador realiza el pago completo dentro de ese plazo —incluidos el capital, los intereses causados y las penalidades contractuales—, la resolución no se produce y la venta se mantiene vigente. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ha precisado reiteradamente que este período de gracia de 24 horas es irrenunciable: toda cláusula contractual que pretenda eliminarlo o reducirlo es nula por contrariar una norma de orden público. La notificación que activa el período de gracia debe realizarse a través de los canales formales del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) —notificación personal por el secretario del juzgado o mediante los mecanismos subsidiarios del Artículo 291—. El período corre desde el momento de la notificación, no desde el momento del incumplimiento, brindando al comprador una última oportunidad para preservar la operación independientemente del tiempo transcurrido en mora.
La condición resolutoria de los Artículos 1930 a 1936 del Código Civil y la hipoteca de los Artículos 2432 a 2457 ofrecen formas distintas de protección al vendedor que financia el precio. La condición resolutoria permite deshacer completamente la venta —el inmueble revierte al vendedor y las partes se restituyen a su posición original, con los ajustes por pagos realizados, uso y mejoras—. La hipoteca, en cambio, otorga al vendedor una garantía real que le da prioridad para cobrar el saldo insoluto con el producto del remate realizado en un proceso ejecutivo hipotecario bajo el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). La condición resolutoria generalmente se considera más favorable al vendedor porque la resolución le devuelve el inmueble mismo, en lugar de establecer simplemente una preferencia de cobro monetario. Sin embargo, la hipoteca ofrece mayor flexibilidad: el vendedor puede ejercer simultáneamente la acción hipotecaria y la acción personal contra el comprador por cualquier saldo insoluto. Desde la perspectiva del comprador, la hipoteca es preferible porque, aún en mora, conserva el dominio hasta que se complete el remate. Los vendedores colombianos pueden usar ambos mecanismos de forma simultánea: un pacto comisorio en la escritura pública de venta más una hipoteca sobre el mismo inmueble, lo que otorga al vendedor la opción de elegir entre la resolución y la ejecución según las condiciones del mercado y la situación financiera del comprador.
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