Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia
Ley 3 de 1991 — Ley 1537 de 2012 — Decreto 1077 de 2015 — Fonvivienda / Cajas de Compensación
SOLICITUD DE SUBSIDIO DE VIVIENDA
SOLICITUD DE SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
Ley 3 de 1991 — Ley 1537 de 2012 — Decreto 1077 de 2015
[Ciudad], [Fecha]
Señores
[Entidad]
Ref.: Postulación a [Tipo de Subsidio] — Modalidad: [Modalidad]
1. DATOS DEL HOGAR POSTULANTE
1. DATOS DEL HOGAR POSTULANTE
Jefe de hogar: [Nombre Jefe de Hogar]
[Tipo Documento]: [Número Documento]
Estado civil: [Estado Civil]
Personas en el hogar: [Personas en el Hogar]
Ingresos mensuales del hogar: [Ingresos Mensuales]
Dirección actual: [Dirección Actual]
Teléfono: [Teléfono]
2. DATOS DEL SUBSIDIO SOLICITADO
2. DATOS DEL SUBSIDIO SOLICITADO
Tipo de subsidio: [Tipo de Subsidio]
Modalidad de adquisición: [Modalidad]
Municipio destino: [Municipio]
El hogar postulante no es propietario de vivienda en ningún municipio del territorio colombiano y cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 6 de la Ley 3 de 1991, el Artículo 12 de la Ley 1537 de 2012 y el Decreto 1077 de 2015.
3. DECLARACIÓN Y PETICIÓN
3. DECLARACIÓN Y PETICIÓN
El/La suscrito/a, [Nombre Jefe de Hogar], [Tipo Documento] No. [Número Documento], declara bajo la gravedad de juramento que la información suministrada es veraz, y solicita:
4. Aceptar la presente postulación al [Tipo de Subsidio].
5. Asignar el subsidio conforme a los puntajes SISBEN y a los criterios de priorización del Decreto 1077 de 2015.
6. Notificar la decisión al teléfono [Teléfono] y/o a través de la plataforma en línea de [Entidad].
Atentamente,
[Nombre Jefe de Hogar]
[Tipo Documento] No. [Número Documento]
Jefe de Hogar Postulante (Applicant)
________________
Signature
What Is a Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia?
The Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia is the formal written request that eligible households submit to a Caja de Compensación Familiar or to Fonvivienda (Fondo Nacional de Vivienda) under the Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MinVivienda) to receive a non-repayable housing subsidy grant that helps finance the purchase, construction, or improvement of a home in Colombia. The SFV is Colombia's primary housing assistance program for formal sector workers and low-income households, established by Ley 3 de 1991 — which created Inurbe (Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana) and the SFV mechanism — and subsequently reformed by Ley 546 de 1999 (establishing the UVR financing system), Ley 1537 de 2012 (expanding VIS and VIP categories), and various regulatory decrees including Decreto 2190 de 2009.
The SFV is a direct subsidy (subsidio directo a la demanda) — a one-time, non-repayable grant that the government or the Caja awards to the eligible household to reduce the financing gap between the household's savings and borrowing capacity and the price of a qualifying dwelling. The SFV is not a loan — it does not require repayment — but it is subject to conditions on the use and transfer of the subsidized property, typically requiring that the home remain occupied by the beneficiary household for a minimum period and cannot be sold or transferred without SSF or MinVivienda approval.
Two parallel channels administer the SFV in Colombia. The first is the Caja de Compensación Familiar channel: formal sector workers affiliated with a Caja for at least one year may apply for the SFV through their Caja, which administers housing subsidy programs from the parafiscal contribution pool under Ley 21 de 1982. The second is the Fonvivienda/MinVivienda channel: lower-income households and informal sector workers not affiliated with a Caja may apply through Fonvivienda for the SFV using the national housing subsidies fund. The programs operate in parallel and households may sometimes combine both subsidies, subject to eligibility rules.
The SFV applies to Vivienda de Interés Social (VIS) — housing with a maximum price of 135 SMMLV — and Vivienda de Interés Prioritario (VIP) — housing with a maximum price of 70 SMMLV — as defined by Ley 1537 de 2012. VIS and VIP classifications apply to units in housing projects (proyectos de vivienda) or individual homes. The SFV amount varies based on household income and the type of housing solution: acquisition of a new or used home (adquisición), construction on own land (construcción en sitio propio), or improvement of an existing home (mejoramiento).
El ecosistema institucional que apoya el acceso a la vivienda en Colombia incluye actores adicionales al SFV: el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), creado por el Decreto 3118 de 1968 y reformado por la Ley 432 de 1998, que administra las cesantías de los trabajadores del sector público y privado afiliados voluntariamente, y ofrece crédito hipotecario con tasas preferenciales para vivienda VIS; el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MinVivienda) que diseña la política pública habitacional y administra el programa MiCasa Ya en alianza con el Fondo Nacional de Garantías (FNG); el SISBEN (Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales), administrado por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), cuyo puntaje determina la elegibilidad para los programas de vivienda dirigidos a los sectores más vulnerables; el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) que produce las estadísticas de déficit habitacional cuantitativo y cualitativo que orientan la política de vivienda; y la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) que supervisa a las entidades financieras que otorgan crédito hipotecario para VIS y VIP, garantizando el cumplimiento de las normas de protección al consumidor financiero establecidas en la Ley 1328 de 2009.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud SFV Colombia para ayudar a los hogares colombianos a entender y estructurar sus solicitudes de subsidio habitacional, facilitando el acceso a uno de los derechos constitucionales fundamentales consagrados en el Artículo 51 de la Constitución Política de Colombia, que reconoce el derecho de todos los colombianos a una vivienda digna.
When Do You Need a Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia?
The Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia must be submitted in the following circumstances under Ley 3 de 1991, Decreto 2190 de 2009, and current MinVivienda regulations.
New VIS Home Purchase: When a household wishes to purchase a new Vivienda de Interés Social (VIS — maximum price 135 SMMLV) or Vivienda de Interés Prioritario (VIP — maximum price 70 SMMLV) from a registered housing developer, the household submits this SFV application to their Caja or Fonvivienda. The SFV reduces the mortgage financing required. Many developers market VIS projects with pre-arranged SFV agreements with specific Cajas.
Used Home Purchase (Adquisición de Vivienda Usada): When a household cannot find or afford a new VIS home, the SFV can also be applied to the purchase of an existing (used) home (vivienda usada) within the VIS price ceiling, subject to a technical inspection confirming the property's habitability and value. Not all Cajas offer the SFV for used homes — availability depends on Caja-specific program rules.
Self-Build on Own Land (Construcción en Sitio Propio): Households that own a plot of land within a legally recognized urban or rural settlement may apply for the SFV to finance the construction of a new home on their property. This modality requires a building permit (licencia de construcción) from the local municipal planning office (curaduría urbana) and an approved construction plan complying with NSR-10 (Colombian building code).
Home Improvement (Mejoramiento de Vivienda): Households living in a housing unit that lacks basic amenities — lacking adequate water connection, sanitation, electricity, structural safety, or sufficient space — may apply for the SFV for home improvement purposes, to bring the unit up to habitability standards. The improvement must be within budget caps established by MinVivienda.
MiCasa Ya Program: Under the MiCasa Ya program administered by the Fondo Nacional de Garantías (FNG) and MinVivienda, eligible lower-income households that qualify for a mortgage loan from a supervised financial institution may also access SFV grants simultaneously with a mortgage interest rate subsidy (cobertura de tasa de interés) for VIS acquisitions.
What to Include in Your Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia
A complete Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia under Ley 3 de 1991, Decreto 2190 de 2009, and current MinVivienda regulations must include the following essential elements.
Applicant Household Identification: Full legal name, cédula de ciudadanía, and date of birth of the applicant head of household (jefe de hogar) and co-applicant spouse or permanent partner (if applicable); SISBEN score certificate showing the household's socioeconomic classification; current home address and municipality; number of household members; and Caja affiliation number (if applying through the Caja channel).
Income and Employment Certification: Employer certification (certificación laboral) stating the worker's salary (salario mensual) and time of service, or income tax return (declaración de renta) for self-employed applicants; PILA contribution printout showing current Caja affiliation for at least one year (for the Caja channel); and bank statements (extractos bancarios) from the last three months showing the household's savings capacity.
Housing Solution Description: Specification of the housing modality requested — acquisition of new VIS/VIP home (with promesa de compraventa from a registered developer), acquisition of used VIS home (with commercial appraisal within VIS price ceiling), self-build on own land (with property title and construction plan), or home improvement (with improvement plan and budget). The property must be identified with its cadastral folio (folio de matrícula inmobiliaria) from the Oficina de Instrumentos Públicos.
Savings Certificate: Proof of the household's housing savings (ahorro programado para vivienda) in a Cuenta de Ahorro Programado (CAP) at a supervised financial institution, demonstrating the complementary savings required alongside the SFV grant and any mortgage financing.
Mortgage Pre-Approval (if applicable): For home acquisitions requiring complementary mortgage financing, a letter of pre-approval (carta de aprobación crediticia) from a supervised financial institution authorized by the Superintendencia Financiera de Colombia.
No Prior SFV Declaration: A sworn declaration that neither the applicant nor any household member has previously received a SFV from any Caja or Fonvivienda, as the SFV is a one-time benefit per family under Colombian housing law.
Forms-legal.com provides this SFV Application Colombia template to help households prepare their housing subsidy applications.
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Forms Legal. (2026). Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/government/social-security/subsidio-familiar-vivienda-sfv-application-colombia
"Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) Application Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/colombia/government/social-security/subsidio-familiar-vivienda-sfv-application-colombia.
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}Frequently Asked Questions
El Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) es una subvención habitacional única y no reembolsable establecida por la Ley 3 de 1991 que el gobierno colombiano proporciona a través de las Cajas de Compensación Familiar (para trabajadores del sector formal) o Fonvivienda/MinVivienda (para hogares de menores ingresos y del sector informal) para ayudar a las familias elegibles a financiar la adquisición, construcción o mejoramiento de una vivienda calificante. Los solicitantes elegibles a través del canal de la Caja deben ser trabajadores del sector formal afiliados a una Caja de Compensación por al menos un año, con ingresos del hogar por debajo de los umbrales establecidos (típicamente cuatro SMMLV). Los solicitantes elegibles a través del canal de Fonvivienda son hogares de menores ingresos con puntajes SISBEN del Departamento Nacional de Planeación (DNP) que indican vulnerabilidad socioeconómica. En ambos canales, el hogar no debe ser propietario de ningún inmueble, no debe haber recibido previamente un SFV o subsidio habitacional equivalente, debe tener ahorros programados para vivienda en cuenta aprobada y debe haber identificado una solución habitacional elegible dentro del techo de precio VIS o VIP. El Artículo 51 de la Constitución Política de Colombia reconoce el derecho de todos los colombianos a una vivienda digna como derecho social fundamental, base constitucional sobre la cual se sustenta todo el sistema de subsidio habitacional colombiano incluyendo el SFV.
El monto del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) en Colombia varía según la entidad administradora (Caja o Fonvivienda), el nivel de ingresos del hogar y el tipo de solución habitacional. Los montos se expresan en SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) y se ajustan anualmente por el MinVivienda mediante resolución. Como referencia general conforme al Decreto 2190 de 2009 y las resoluciones MinVivienda posteriores: para adquisición de vivienda a través del canal de la Caja de Compensación, el SFV típicamente oscila entre 10 y 30 SMMLV dependiendo del nivel de ingresos del hogar (hogares con menores ingresos reciben subsidios más altos dentro de la escala); para el canal de Fonvivienda/gobierno nacional dirigido a los hogares más vulnerables, el SFV puede oscilar entre 20 y 30 SMMLV para adquisiciones VIS y hasta 70 SMMLV para viviendas VIP o el programa de Vivienda Gratuita (viviendas totalmente subsidiadas sin costo para los hogares en situación de extrema pobreza o vulnerabilidad extrema, conforme a la Ley 1537 de 2012); para mejoramiento de vivienda, el SFV es típicamente de 6 a 18 SMMLV dependiendo de la severidad del déficit cualitativo; y para construcción en sitio propio, el SFV puede oscilar entre 20 y 25 SMMLV. El SFV no es suficiente por sí solo para comprar una vivienda — está diseñado para complementar el ahorro del hogar y el crédito hipotecario. El Programa MiCasa Ya, en alianza entre el FNG y el MinVivienda, proporciona adicionalmente un subsidio de tasa de interés hipotecario de hasta 5 puntos porcentuales para compradores calificantes de primera vivienda VIS y VIP, maximizando el impacto del apoyo gubernamental.
Colombia clasifica la vivienda social en dos categorías según el precio máximo, establecidas por la Ley 1537 de 2012 y actualizadas periódicamente por el MinVivienda. La Vivienda de Interés Social (VIS) es vivienda con un precio máximo de 135 SMMLV (aproximadamente COP$166 millones en 2025, calculados sobre el SMMLV vigente). La vivienda VIS está sujeta a regulaciones especiales: topes de precio vigilados por las curadurías urbanas municipales; estándares urbanísticos reducidos (menores áreas mínimas por unidad, mayor índice de ocupación y construcción) para permitir un desarrollo más denso a menor costo por unidad; asignación prioritaria de suelo en los planes de ordenamiento territorial (POT) de los municipios colombianos; y elegibilidad para subsidios SFV de Cajas de Compensación Familiar y Fonvivienda. La Vivienda de Interés Prioritario (VIP) es vivienda con un precio máximo de 70 SMMLV (aproximadamente COP$86 millones en 2025) — una subcategoría de VIS dirigida a los hogares con los ingresos más bajos. Los proyectos VIP califican para subsidios SFV más altos que la VIS ordinaria; pueden beneficiarse del programa de Vivienda Gratuita (viviendas totalmente subsidiadas sin costo para los hogares en situación de extrema pobreza conforme a la Ley 1537 de 2012); y reciben prioridad en la asignación de suelo público por parte de los municipios en sus procesos de habilitación de suelo para VIS y VIP. Los constructores de proyectos VIS y VIP se benefician de incentivos tributarios como la exención de impuesto predial durante la construcción y la exclusión de IVA en materiales de construcción conforme al Artículo 476 numeral 5 del Estatuto Tributario.
Sí. El SFV está diseñado para complementar — no reemplazar — el financiamiento hipotecario (crédito hipotecario). El modelo estándar del SFV combina tres fuentes de financiamiento que juntas cubren el precio total de la vivienda VIS: (1) los ahorros programados del hogar en una Cuenta de Ahorro Programado (CAP) en una institución financiera supervisada por la SFC — banco hipotecario, banco comercial con cartera hipotecaria, cooperativa de ahorro vigilada por la Supersolidaria, o el Fondo Nacional del Ahorro (FNA); (2) la subvención SFV de la Caja de Compensación o Fonvivienda, que se aplica directamente al precio de compra sin pasar por la cuenta del comprador; y (3) un crédito hipotecario de una institución financiera supervisada que cubre la brecha restante entre el precio de la vivienda y la suma de los ahorros más el SFV. El Programa MiCasa Ya, en alianza entre el FNG y el MinVivienda, proporciona adicionalmente un subsidio de tasa de interés hipotecario de hasta 5 puntos porcentuales para compradores calificantes de primera vivienda VIS y VIP, con ingresos entre 0 y 8 SMMLV (los hogares de menores ingresos reciben el subsidio de tasa más alto). Los créditos hipotecarios para viviendas VIS en Colombia se denominan en UVR (Unidad de Valor Real, indexada al IPC) o en pesos colombianos conforme a la Ley 546 de 1999, con plazos máximos de 30 años, y están supervisados por la SFC para garantizar el cumplimiento de las normas de protección al consumidor financiero.
Las viviendas subsidiadas con SFV en Colombia están sujetas a condiciones que restringen su libre transferencia por un período determinado después de que se otorga el subsidio, para garantizar que el subsidio logre sus objetivos de política habitacional social. Conforme al Decreto 2190 de 2009 y las resoluciones del MinVivienda, el hogar beneficiario debe: ocupar la vivienda subsidiada como residencia principal y permanente (vivienda habitual y permanente) — no se permite arrendarla ni usarla como vivienda de recreo o segunda residencia; no transferir (vender, donar ni enajenar por ningún otro medio) la propiedad sin autorización escrita previa de la Caja o del MinVivienda por un período típicamente de cinco a diez años desde la fecha de desembolso o asignación del subsidio; y notificar a la Caja o al MinVivienda de cualquier transferencia prevista dentro del período restringido, lo que puede requerir el reembolso total o parcial del valor del subsidio recibido, actualizado con el IPC. Si el beneficiario fallece durante el período de restricción, los herederos pueden conservar la propiedad sujetos a las mismas condiciones de uso y restricción de transferencia hasta que venza el período. La Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente registra las condiciones del subsidio como una afectación (restricción) en el folio de matrícula inmobiliaria de la propiedad, haciéndolas visibles para cualquier comprador o acreedor posterior que consulte el certificado de tradición y libertad. Una vez vencido el período de restricción, la propiedad puede transferirse libremente bajo las normas ordinarias del derecho civil colombiano (Código Civil y Código de Comercio), sin necesidad de autorización de la SSF ni del MinVivienda.
MiCasa Ya es un programa complementario de financiación habitacional administrado conjuntamente por el Fondo Nacional de Garantías (FNG) y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MinVivienda), que proporciona un subsidio de tasa de interés hipotecario (cobertura de tasa de interés) a compradores de primera vivienda VIS y VIP elegibles. Bajo MiCasa Ya, el gobierno subsidia entre 2 y 5 puntos porcentuales de la tasa de interés efectiva del crédito hipotecario para hogares calificantes — aquellos con ingresos familiares entre 0 y 8 SMMLV que adquieren una primera vivienda en el rango de precios VIS o VIP con un crédito hipotecario de una institución financiera supervisada por la SFC. Los hogares con menores ingresos (0-2 SMMLV) reciben el subsidio de tasa más alto (5 puntos porcentuales), mientras que los hogares con ingresos más altos dentro del rango elegible (6-8 SMMLV) reciben un subsidio menor (2 puntos porcentuales). MiCasa Ya opera junto con el SFV — un hogar puede simultáneamente recibir una subvención SFV (que reduce la brecha del precio de compra) y un subsidio de tasa de interés MiCasa Ya (que reduce la cuota mensual del crédito hipotecario). El FNG también proporciona garantías hipotecarias (avales crediticios) para compradores VIS que no tienen historial crediticio suficiente para la originación hipotecaria convencional. El paquete combinado de SFV + MiCasa Ya + garantía FNG es el apoyo más integral de financiación habitacional disponible en Colombia para compradores de primera vivienda, reduciendo dramáticamente las barreras financieras al acceso a vivienda VIS propia para trabajadores formales con ingresos de uno a cuatro SMMLV.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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