Construction Subcontractor Agreement Colombia (Contrato de Subcontratista de Obra)
CONTRATO DE SUBCONTRATISTA DE OBRA
Celebrado conforme al Código Civil Artículo 1602 y Ley 400 de 1997
PRIMERA. — PARTES CONTRATANTES
EL CONTRATISTA PRINCIPAL:
Nombre / Razón Social: [Main Contractor Name]
NIT: [Main Contractor NIT]
Domicilio: [Main Contractor Address]
Representante Legal: [Main Contractor Rep]
C.C. del Representante: [Main Contractor Rep CC]
EL SUBCONTRATISTA:
Nombre / Razón Social: [Subcontractor Name]
NIT / C.C.: [Subcontractor NIT]
Domicilio: [Subcontractor Address]
Representante Legal: [Subcontractor Rep]
C.C. del Representante: [Subcontractor Rep CC]
Matrícula Profesional (COPNIA/CPNAA): [Subcontractor Matrícula]
Entre las partes arriba identificadas, quienes en adelante se denominarán EL CONTRATISTA PRINCIPAL y EL SUBCONTRATISTA, respectivamente, se celebra el presente Contrato de Subcontratista de Obra, regido por el Código Civil (Artículo 1602 y concordantes), la Ley 400 de 1997, el Decreto 926 de 2010 (NSR-10), el Código Sustantivo del Trabajo (Artículo 34), y demás normas aplicables de la República de Colombia.
SEGUNDA. — CONTRATO DE OBRA PRINCIPAL
El presente subcontrato se deriva del contrato de obra principal celebrado entre EL CONTRATISTA PRINCIPAL y el propietario del proyecto:
Propietario: [Owner Name]
Contrato de Obra No.: [Main Contract No.]
Proyecto: [Project Description]
Ubicación: [Project Address]
Licencia de Construcción No.: [License Number]
EL SUBCONTRATISTA reconoce que no tiene relación contractual directa con el propietario del proyecto. EL CONTRATISTA PRINCIPAL es el único responsable ante el propietario por la totalidad de la obra, incluyendo los trabajos subcontratados.
TERCERA. — OBJETO Y ALCANCE DEL SUBCONTRATO
EL SUBCONTRATISTA se obliga a ejecutar los siguientes trabajos especializados dentro del proyecto de construcción:
Descripción de la Obra Subcontratada: [Work Description]
Especialidad: [Trade Type]
Suministro de Materiales: [Materials Provision]
Los trabajos se ejecutarán conforme a los planos aprobados, las especificaciones técnicas del proyecto, y las normas técnicas aplicables — NSR-10 (Decreto 926 de 2010), RETIE (Resolución 90708 de 2013), RAS 2000 (Resolución 0330 de 2017), y las Normas Técnicas Colombianas (NTC) de ICONTEC que correspondan a la especialidad.
CUARTA. — VALOR Y FORMA DE PAGO
Valor Total del Subcontrato: [Subcontract Price]
Forma de Pago: [Payment Method]
Periodicidad: [Payment Frequency], previa verificación del avance de obra por el residente de obra de EL CONTRATISTA PRINCIPAL.
Retención en Garantía: [Retention %] de cada corte de obra, liberada una vez se reciba la obra subcontratada a satisfacción.
Los pagos se realizarán dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del acta de avance por EL CONTRATISTA PRINCIPAL. EL SUBCONTRATISTA deberá presentar factura o cuenta de cobro acompañada de la planilla PILA del mes inmediatamente anterior como requisito para cada pago.
QUINTA. — PLAZO DE EJECUCIÓN
Fecha de Inicio: [Start Date]
Fecha de Terminación: [Completion Date]
EL SUBCONTRATISTA deberá cumplir el cronograma de obra coordinado con EL CONTRATISTA PRINCIPAL. Las actividades del SUBCONTRATISTA se programarán en función del avance general del proyecto y las secuencias constructivas definidas por el director de obra.
SEXTA. — CLÁUSULA PENAL
Cláusula Penal Moratoria: [Delay Penalty], conforme a los Artículos 1592 a 1601 del Código Civil, por cada día calendario de retraso injustificado en la entrega de los trabajos subcontratados.
SÉPTIMA. — OBLIGACIONES LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL
EL SUBCONTRATISTA se obliga a:
a) Contratar directamente a todo el personal necesario para la ejecución de los trabajos, asumiendo la totalidad de las obligaciones laborales conforme al Código Sustantivo del Trabajo.
b) Registrar a todos los trabajadores en el Sistema General de Seguridad Social Integral: EPS (salud), AFP/Colpensiones (pensión), ARL (riesgos laborales en clasificación Riesgo IV o V según corresponda), y Caja de Compensación Familiar, conforme a la Ley 100 de 1993 y la Ley 1562 de 2012.
c) Pagar oportunamente las prestaciones sociales: cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, vacaciones y dotación conforme al CST.
d) Presentar mensualmente a EL CONTRATISTA PRINCIPAL las planillas PILA como constancia del pago de aportes a seguridad social y parafiscales.
PARÁGRAFO. — Conforme al Artículo 34 del CST, EL CONTRATISTA PRINCIPAL podrá ser solidariamente responsable de las obligaciones laborales del SUBCONTRATISTA. En consecuencia, EL SUBCONTRATISTA se obliga a mantener indemne a EL CONTRATISTA PRINCIPAL frente a cualquier reclamación laboral de sus trabajadores.
OCTAVA. — SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
EL SUBCONTRATISTA se obliga a:
a) Implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) conforme al Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019.
b) Dotar a todos los trabajadores de elementos de protección personal (EPP) adecuados a la actividad.
c) Cumplir con la Resolución 1409 de 2012 para trabajo en alturas superiores a 1,5 metros, incluyendo la certificación de los trabajadores.
d) Reportar todo accidente de trabajo a la ARL dentro de los dos (2) días hábiles siguientes conforme a la Resolución 1401 de 2007.
e) Coordinar las medidas de seguridad con el SG-SST de EL CONTRATISTA PRINCIPAL y acatar las instrucciones del responsable de seguridad en obra.
NOVENA. — OBLIGACIONES GENERALES DEL SUBCONTRATISTA
EL SUBCONTRATISTA se obliga además a:
a) Ejecutar los trabajos conforme a los planos aprobados y las normas técnicas aplicables (NSR-10, RETIE, RAS 2000, NTC).
b) Suministrar materiales que cumplan con las especificaciones técnicas y normas NTC (cuando el suministro esté a su cargo).
c) Atender las instrucciones del residente de obra, el director de obra y el interventor del proyecto.
d) Mantener el área de trabajo ordenada y realizar la limpieza diaria de los residuos generados por sus actividades.
e) No subcontratar a terceros sin autorización previa y escrita de EL CONTRATISTA PRINCIPAL.
f) Entregar los trabajos terminados a satisfacción mediante acta de recibo parcial o final.
DÉCIMA. — GARANTÍA
Período de Garantía: [Warranty Period]
Para trabajos que involucren elementos estructurales, la garantía decenal de estabilidad de diez (10) años aplica conforme al Artículo 51 de la Ley 400 de 1997 y el Artículo 2060 del Código Civil. EL SUBCONTRATISTA responderá por los defectos atribuibles a su ejecución durante el período de garantía aplicable.
DÉCIMA PRIMERA. — TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente subcontrato podrá terminar por: a) Cumplimiento del objeto contractual con el recibo a satisfacción de los trabajos; b) Mutuo acuerdo; c) Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales conforme al Artículo 1546 del Código Civil; d) Terminación del contrato de obra principal entre EL CONTRATISTA PRINCIPAL y el propietario.
En caso de terminación anticipada, se elaborará un acta de liquidación que establezca la obra ejecutada, el valor adeudado y las obligaciones remanentes de garantía. EL SUBCONTRATISTA deberá entregar el área de trabajo y los materiales no utilizados (cuando sean propiedad de EL CONTRATISTA PRINCIPAL) en las condiciones en que se encuentren.
DÉCIMA SEGUNDA. — LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El presente contrato se rige por el Código Civil de Colombia (Artículo 1602 y concordantes), el Código Sustantivo del Trabajo (Artículo 34), la Ley 400 de 1997, el Decreto 926 de 2010 (NSR-10), el Decreto 1072 de 2015, y demás disposiciones aplicables. Las controversias contractuales serán resueltas por los Juzgados Civiles del Circuito del lugar de ubicación del proyecto, previa conciliación ante un centro de conciliación autorizado conforme a la Ley 640 de 2001. Las controversias laborales se someterán a la jurisdicción de los Juzgados Laborales del Circuito.
FIRMAS
En [Contract City], a los [Contract Date].
EL CONTRATISTA PRINCIPAL:
[Main Contractor Name]
NIT: [Main Contractor NIT]
Representante Legal: [Main Contractor Rep]
C.C.: [Main Contractor Rep CC]
Firma: _________________________
EL SUBCONTRATISTA:
[Subcontractor Name]
NIT / C.C.: [Subcontractor NIT]
Representante Legal: [Subcontractor Rep]
C.C.: [Subcontractor Rep CC]
Matrícula Profesional: [Subcontractor Matrícula]
Firma: _________________________
Main Contractor (Contratista Principal)
________________
Signature
Subcontractor (Subcontratista)
________________
Signature
What Is a Construction Subcontractor Agreement Colombia (Contrato de Subcontratista de Obra)?
A Construction Subcontractor Agreement Colombia (Contrato de Subcontratista de Obra) is a bilateral contract governed by Código Civil Article 1602 and the construction standards framework of Ley 400 de 1997, through which a main contractor (contratista principal) engages a specialized trade contractor (subcontratista) to execute a defined portion of a larger construction project. The subcontractor performs specific construction activities — structural concrete, masonry, electrical installations, plumbing, mechanical systems, finishes, or other specialized trades — under the coordination and supervision of the main contractor, who retains overall responsibility for the project before the property owner.
Under Colombian civil law, the subcontract relationship derives from the main construction contract (contrato de obra principal) between the contratista principal and the propietario (property owner). Código Civil Article 2053 establishes the framework for contracts of work (arrendamiento de obra), and Article 1602 provides that legally executed contracts are binding law between the parties (ley entre las partes). The subcontract does not create a direct contractual relationship between the subcontractor and the property owner — the main contractor remains the sole party responsible before the owner for the quality, timeliness, and regulatory compliance of the subcontracted work.
Ley 400 de 1997 and the Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente (NSR-10), adopted through Decreto 926 de 2010, apply to all construction activities regardless of whether performed by the main contractor or subcontractors. Subcontractors performing structural work must comply with NSR-10 requirements for concrete (Título C), masonry (Título D), metal structures (Título F), and wood structures (Título G). Subcontractors performing electrical installations must comply with the Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) adopted by Resolución 90708 de 2013 of the Ministerio de Minas y Energía. Plumbing subcontractors must comply with the Reglamento de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS 2000) adopted by Resolución 0330 de 2017 of the Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
The Código Sustantivo del Trabajo (CST) Article 34, as modified by Ley 1429 de 2010, establishes the principle of responsabilidad solidaria (solidary liability) of the contratista principal for the labour obligations of subcontractors when the subcontracted work constitutes the main contractor's ordinary business activity. Under CST Article 34, the main contractor (beneficiario del trabajo) is jointly liable with the subcontractor for wages (salarios), prestaciones sociales, social security contributions (EPS, AFP, ARL under Ley 100 de 1993), and parafiscal contributions (Cajas de Compensación Familiar, ICBF, SENA). The Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral has consistently applied this solidary liability doctrine in construction industry disputes.
Occupational safety on construction sites is governed by Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) and Resolución 0312 de 2019, which establish the SG-SST (Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo) framework. Construction activities are classified as Riesgo IV or Riesgo V under the ARL system established by Ley 1562 de 2012. The main contractor bears responsibility for verifying that all subcontractors implement SST measures on the construction site, including compliance with Resolución 1409 de 2012 for trabajo en alturas (work at heights above 1.5 metres), Resolución 1401 de 2007 for accident investigation, and the provision of personal protective equipment (EPP) meeting NTC standards issued by ICONTEC.
The Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) actively audits construction projects to verify that both main contractors and subcontractors comply with social security contribution obligations. Under Ley 1607 de 2012 and Ley 1819 de 2016, the UGPP may impose sanctions for underreporting or non-payment of social security and parafiscal contributions, with the main contractor bearing solidary liability for subcontractor defaults under CST Article 34.
Tax obligations arising from subcontractor payments are governed by the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). The main contractor must withhold retención en la fuente (income tax withholding) on payments to subcontractors at the rates established by the DIAN for construction services — typically 2% to 4% depending on the subcontractor's tax classification. IVA (Impuesto al Valor Agregado) at 19% applies to construction services under Ley 1819 de 2016 Article 173, and the subcontractor must issue electronic invoices (factura electrónica) compliant with Resolución DIAN 000042 de 2020. The main contractor must report subcontractor payments in the annual información exógena filing to the DIAN.
Disputes arising from construction subcontractor agreements in Colombia are resolved by the Juzgados Civiles del Circuito for contract performance and payment disputes, and by the Juzgados Laborales del Circuito for labour-related claims involving solidary liability. Under Ley 1563 de 2012 (Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional), the parties may agree to submit disputes to arbitration before the Centro de Arbitraje of the corresponding Cámara de Comercio.
When Do You Need a Construction Subcontractor Agreement Colombia (Contrato de Subcontratista de Obra)?
A Construction Subcontractor Agreement Colombia is required whenever a main contractor (contratista principal) on a construction project engages a specialized trade contractor (subcontratista) to perform a defined portion of the construction work. Código Civil Article 1602 establishes that the subcontract, as a legally executed agreement, is binding law between the main contractor and subcontractor, independent of the main construction contract with the property owner.
A Contrato de Subcontratista de Obra is needed when a construction company — typically a Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) under Ley 1258 de 2008 or a Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) — requires specialized expertise for specific construction trades that fall outside its core workforce capabilities. Common subcontracted activities include: structural concrete and formwork, steel erection, masonry, electrical installations (RETIE — Resolución 90708 de 2013), plumbing and drainage (RAS 2000 — Resolución 0330 de 2017), gas installations (CREG regulations), HVAC systems, waterproofing, painting and finishes, elevator installation, and fire protection systems.
The contract is required for projects where the main contractor must demonstrate to the property owner and the interventor (supervisor) that subcontracted activities are performed by qualified professionals. Under Ley 400 de 1997 Article 26, structural construction activities must be performed by or under the direction of professionals holding valid matrícula profesional from COPNIA (Ley 842 de 2003). Electrical subcontractors must hold RETIE certification and demonstrate competence in the specific electrical systems being installed.
A written subcontractor agreement is needed to allocate the solidary liability risk established by CST Article 34. The main contractor must verify and document the subcontractor's compliance with labour and social security obligations — registration of all workers with EPS, AFP/Colpensiones, ARL, and Caja de Compensación Familiar under Ley 100 de 1993 — to establish a defense against solidary liability claims from subcontractor workers. The subcontract should require the subcontractor to provide monthly PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) payment certificates.
The document is required when the main construction contract restricts or regulates subcontracting. Many construction contracts include cláusulas de subcontratación requiring the main contractor to obtain the property owner's prior written consent before engaging subcontractors, to provide the subcontractor's credentials for review, and to maintain full responsibility for the subcontracted work. The subcontract must align with these restrictions.
A Contrato de Subcontratista de Obra is also needed for occupational safety coordination under Decreto 1072 de 2015. The main contractor must coordinate the SG-SST implementation across all subcontractors on the construction site, and the subcontract formalizes each subcontractor's safety obligations, ARL registration requirements, and compliance with Resolución 1409 de 2012 for work at heights and Resolución 0312 de 2019 for minimum SST standards.
The contract is required when the construction project involves environmental management obligations. Under Ley 99 de 1993, projects with a Licencia Ambiental issued by the Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) or the regional Corporación Autónoma Regional (CAR) impose specific environmental compliance obligations that the main contractor must flow down to subcontractors — waste management, hazardous materials handling, noise control, and protection of water resources during construction. The subcontract should reference the applicable Plan de Manejo Ambiental and allocate environmental compliance responsibilities between the main contractor and subcontractor.
What to Include in Your Construction Subcontractor Agreement Colombia (Contrato de Subcontratista de Obra)
A valid Construction Subcontractor Agreement Colombia under Código Civil Article 1602 and the construction regulatory framework must contain the following elements to define the scope of subcontracted work, allocate liability, and address the solidary responsibility provisions of Colombian labour law.
Identification of Parties: Full legal name, cédula de ciudadanía or NIT (Número de Identificación Tributaria assigned by the DIAN), and domicile of both the contratista principal (main contractor) and the subcontratista (subcontractor). Where either party is a legal entity (persona jurídica), the company's NIT, Cámara de Comercio matrícula mercantil, and identification of the representante legal must be included. The subcontractor must provide proof of valid professional credentials where applicable — COPNIA matrícula for engineering trades (Ley 842 de 2003), RETIE certification for electrical work (Resolución 90708 de 2013), or CPNAA registration for architectural finishing trades (Ley 435 de 1998).
Reference to Main Contract: Identification of the main construction contract (contrato de obra principal) between the contratista principal and the propietario, including the property owner's identity, project description, construction license number (Licencia de Construcción under Ley 388 de 1997), and relevant terms that bind the subcontractor — quality standards, schedule requirements, insurance obligations, and compliance with the interventor's instructions.
Scope of Subcontracted Work: Detailed description of the specific construction activities to be performed by the subcontractor, including technical specifications, applicable regulatory standards (NSR-10 for structural work under Decreto 926 de 2010, RETIE for electrical, RAS 2000 for plumbing, NTC standards for materials), quantities, measurement methods, and acceptance criteria. The scope must clearly delineate which activities are included and excluded to prevent disputes about additional work (obras extras).
Project Location and Access: The construction site address and the subcontractor's access conditions — designated work areas, storage zones for materials and equipment, shared facilities (water, electricity, sanitary facilities), and coordination requirements with other subcontractors working simultaneously on the site.
Subcontract Price and Payment: The total subcontract price in Colombian Pesos (COP), structured by work items, milestones, or measured quantities. Payment terms should specify: the invoicing procedure (typically monthly progress billing verified by the main contractor's residente de obra); payment deadlines (typically 15 to 30 days after invoice approval); retention provisions (typically 5% to 10% released upon satisfactory completion); and whether payment is contingent on the main contractor's receipt of payment from the property owner (pay-when-paid or pay-if-paid clauses). Under CC Article 1602, the agreed terms are binding.
Construction Schedule: The subcontractor's detailed work schedule aligned with the main construction schedule (cronograma de obra), specifying start date, phase durations, coordination milestones with other trades, and completion date. The subcontractor must comply with the main contractor's scheduling priorities and the interventor's sequencing instructions. Delay penalties (cláusula penal moratoria) under CC Articles 1592 through 1601 should be proportional to the subcontract value.
Labour and Social Security Obligations: Explicit requirement that the subcontractor register all workers with the Sistema General de Seguridad Social Integral — EPS (health), AFP/Colpensiones (pension), ARL (occupational risk at Riesgo IV or V classification), and Caja de Compensación Familiar under Ley 100 de 1993 and Ley 1562 de 2012. The subcontractor must provide monthly PILA payment certificates to the main contractor. Under CST Article 34, the main contractor bears solidary liability for the subcontractor's labour obligations — the contract should include indemnification provisions requiring the subcontractor to hold the main contractor harmless from claims by subcontractor workers.
Occupational Safety and Health: The subcontractor must implement SG-SST measures under Decreto 1072 de 2015, comply with Resolución 0312 de 2019 minimum standards, provide personal protective equipment (EPP) to all workers, and comply with Resolución 1409 de 2012 for work at heights. The subcontractor must designate a responsable del SG-SST and coordinate with the main contractor's safety program. All workplace accidents must be investigated and reported to the ARL within two business days under Resolución 1401 de 2007.
Materials and Equipment: Specification of whether the subcontractor or the main contractor supplies materials, with quality requirements referencing applicable NTC standards (NTC 673 for concrete, NTC 2289 for steel, NTC 174 for aggregates). Equipment ownership, maintenance responsibility, and return conditions upon completion must be addressed. Materials testing requirements and the interventor's approval authority should be specified.
Warranty: The subcontractor's warranty period for the completed work — typically one to three years for non-structural trades and aligned with the main contractor's warranty obligations to the property owner. For structural work, the ten-year garantía decenal de estabilidad under Ley 400 de 1997 Article 51 applies, and the subcontractor's liability extends accordingly.
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Frequently Asked Questions
La responsabilidad solidaria conforme al Articulo 34 del Codigo Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 1429 de 2010, hace al contratista principal conjuntamente responsable por las obligaciones laborales de los subcontratistas cuando la obra subcontratada constituye una actividad normalmente ejecutada por el negocio del contratista principal. Conforme al Articulo 34 del CST, el beneficiario del trabajo queda solidariamente responsable con el subcontratista por salarios impagos, prestaciones sociales (cesantias, prima de servicios, vacaciones), aportes a seguridad social (EPS, AFP/Colpensiones, ARL conforme a la Ley 100 de 1993) y contribuciones parafiscales (Cajas de Compensacion Familiar, ICBF, SENA). La Corte Suprema de Justicia Sala de Casacion Laboral ha sostenido consistentemente que las actividades de construccion constituyen la actividad ordinaria del negocio de una empresa constructora, activando la responsabilidad solidaria por todos los trabajadores subcontratados. Los trabajadores del subcontratista pueden presentar reclamaciones directamente contra el contratista principal e incluso contra el propietario ante el Juzgado Laboral del Circuito. Para mitigar este riesgo, el contratista principal debe exigir certificados mensuales de pago de PILA al subcontratista, verificar la afiliacion a ARL de todos los trabajadores, e incluir clausulas de indemnidad contractual.
Un subcontratista de construccion en Colombia debe cumplir el marco de seguridad y salud ocupacional establecido por el Decreto 1072 de 2015 y la Resolucion 0312 de 2019, que establece estandares minimos para el Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Las actividades de construccion se clasifican como Riesgo IV o Riesgo V conforme a la Ley 1562 de 2012, requiriendo el nivel mas alto de medidas de seguridad. El subcontratista debe afiliar a todos los trabajadores a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL) antes de que inicien labores en la obra — trabajadores no afiliados encontrados en obra por el interventor o inspectores del Ministerio del Trabajo generan sanciones inmediatas. La Resolucion 1409 de 2012 establece protecciones especificas para trabajo en alturas (superiores a 1,5 metros), requiriendo capacitacion certificada por el SENA o centros autorizados, sistemas de proteccion contra caidas que cumplan normas NTC, y un programa escrito de proteccion contra caidas. El subcontratista debe proporcionar a todos los trabajadores equipos de proteccion personal (EPP) — cascos, botas de seguridad, chalecos reflectivos, guantes, proteccion visual y auditiva segun el oficio especifico. Todos los accidentes laborales deben investigarse y reportarse a la ARL dentro de dos dias habiles conforme a la Resolucion 1401 de 2007.
La necesidad de aprobacion del propietario para los subcontratistas depende de las condiciones del contrato de obra principal entre el contratista principal y el propietario. El derecho civil colombiano no impone un requisito legal de aprobacion del propietario para subcontratistas — el principio de autonomia de la voluntad conforme al Articulo 1602 del Codigo Civil permite a las partes negociar libremente las condiciones de subcontratacion. Sin embargo, la mayoria de contratos de construccion bien redactados incluyen una clausula de subcontratacion que exige al contratista principal obtener consentimiento previo y escrito del propietario antes de vincular subcontratistas, presentar las credenciales del subcontratista para revision (matricula profesional, certificados de experiencia, polizas de seguro, estados financieros), y certificar que el subcontratista cumple los requisitos tecnicos y de seguridad del proyecto. El interventor conforme al Articulo 18 de la Ley 400 de 1997 tambien puede revisar las calificaciones de los subcontratistas como parte de la supervision de calidad. Para contratos de construccion publica conforme a la Ley 80 de 1993, la entidad contratante tipicamente exige notificacion y aprobacion previa de todos los subcontratistas.
Las disputas de pago entre contratistas principales y subcontratistas en Colombia se resuelven mediante procesos ante la jurisdiccion civil de los Juzgados Civiles del Circuito, siguiendo el procedimiento verbal sumario o proceso verbal establecido por el Codigo General del Proceso (Ley 1564 de 2012) segun la cuantia de la pretension. Antes de presentar demanda, las partes pueden intentar conciliacion ante un centro de conciliacion autorizado conforme a la Ley 640 de 2001 — la conciliacion prejudicial es requisito de procedibilidad para demandas civiles en Colombia. Cuando el subcontrato incluye clausula compromisoria, las controversias se someten a un tribunal de arbitramento convocado por el Centro de Arbitraje de la correspondiente Camara de Comercio conforme a la Ley 1563 de 2012. El subcontratista puede presentar accion civil de cobro de pesos para recuperar pagos de avance de obra impagos, sustentada en las actas de obra suscritas por el residente de obra del contratista principal, las facturas mensuales y las condiciones del subcontrato. Conforme al Articulo 1602 del CC, las condiciones de pago pactadas son vinculantes, y la retencion injustificada del pago genera intereses a la tasa de interes moratorio establecida por la Superintendencia Financiera. Para reclamaciones laborales — donde trabajadores del subcontratista buscan el pago del contratista principal bajo la responsabilidad solidaria del Articulo 34 del CST — los Juzgados Laborales del Circuito tienen competencia exclusiva.
Los subcontratistas electricos en Colombia deben cumplir el Reglamento Tecnico de Instalaciones Electricas (RETIE), adoptado por la Resolucion 90708 de 2013 del Ministerio de Minas y Energia. El RETIE exige que las instalaciones electricas sean disenadas por un ingeniero electricista con matricula profesional vigente de COPNIA conforme a la Ley 842 de 2003, y que la instalacion sea ejecutada por tecnicos electricistas con certificados de competencia expedidos por el SENA o entidades de certificacion autorizadas. Al terminar, la instalacion electrica debe ser inspeccionada y certificada por un organismo de inspeccion acreditado por el Organismo Nacional de Acreditacion de Colombia (ONAC), que expide el Certificado de Conformidad RETIE requerido para la conexion de servicios publicos. Los subcontratistas de plomeria y drenajes deben cumplir el Reglamento de Agua Potable y Saneamiento Basico (RAS 2000), actualizado por la Resolucion 0330 de 2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. El RAS establece requisitos tecnicos para sistemas de distribucion de agua potable, drenaje de aguas residuales y manejo de aguas lluvias en edificaciones. El diseno hidraulico debe ser elaborado por un ingeniero civil o sanitario registrado en COPNIA. Los subcontratistas de instalaciones de gas deben cumplir las regulaciones de la Comision de Regulacion de Energia y Gas (CREG). Todos los subcontratistas especializados deben afiliar a sus trabajadores a la ARL en la clasificacion de riesgo correspondiente conforme a la Ley 1562 de 2012.
Las obligaciones de garantia de un subcontratista de construccion en Colombia varian segun si la obra subcontratada involucra elementos estructurales o no estructurales. Para obra estructural — cimentaciones, columnas, vigas, placas, muros de carga y demas elementos que contribuyen a la resistencia sismica del edificio — el Articulo 51 de la Ley 400 de 1997 establece una garantia decenal de estabilidad de diez anos. Conforme al Articulo 52, el constructor (incluyendo subcontratistas que ejecuten obra estructural) asume responsabilidad civil y penal por defectos estructurales durante este periodo de diez anos. El Articulo 2060 del Codigo Civil refuerza esto al hacer responsable al constructor cuando un edificio perezca o amenace ruina por vicios del suelo o materiales dentro de los diez anos siguientes a la terminacion. Para obra no estructural — instalaciones electricas, plomeria, acabados, pintura, impermeabilizacion, sistemas HVAC — el periodo de garantia se determina por las condiciones del subcontrato, tipicamente de uno a tres anos. El contrato del subcontratista debe alinear su periodo de garantia con las obligaciones de garantia asumidas por el contratista principal ante el propietario. Las reclamaciones de garantia se procesan mediante notificacion escrita al subcontratista con un plazo razonable de correccion. Conforme a la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), cuando la construccion involucra unidades residenciales vendidas a compradores finales, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede ejercer jurisdiccion de proteccion al consumidor sobre reclamaciones de garantia.
La legislacion colombiana no contempla un gravamen de mecanico (derecho de retencion sobre inmueble) equivalente al de las jurisdicciones del common law. Un subcontratista no puede gravar unilateralmente el inmueble donde ejecuto la obra para asegurar el cobro de sus honorarios. Conforme al Articulo 2495 del Codigo Civil, el subcontratista ostenta un credito quirografario contra el contratista principal, que se ubica detras de los acreedores con garantia (hipotecarios y prendarios) en procesos de insolvencia. Sin embargo, el subcontratista dispone de varios remedios legales por obra impaga. Accion civil: el subcontratista puede presentar proceso ejecutivo ante el Juzgado Civil del Circuito conforme al Codigo General del Proceso (Ley 1564 de 2012) para cobrar la deuda, sustentado en el subcontrato, facturas y actas de obra como titulos ejecutivos. Pueden solicitarse medidas cautelares — incluyendo embargo y secuestro de bienes del contratista principal — para asegurar la pretension durante el litigio. Derecho de retencion: conforme al Articulo 2000 del CC, el subcontratista puede retener bienes muebles (materiales, equipos) del contratista principal que esten en su posesion hasta que se realice el pago — pero esto no se extiende a los bienes inmuebles (edificacion o terreno). Para reclamaciones laborales, los trabajadores del subcontratista pueden buscar el pago directamente del contratista principal o propietario bajo la responsabilidad solidaria del Articulo 34 del CST.
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Contrato de Obra de Construcción para Colombia conforme al Artículo 1602 del Código Civil y la Ley 400 de 1997, que establece las condiciones para la ejecución de obras civiles, incluyendo alcance, cronograma, materiales, hitos de pago, garantías y cumplimiento de las normas NSR-10 y la Licencia de Construcción.
Contrato de Interventoría Colombia
Contrato de Interventoría para Colombia regulado por el Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 y la Ley 80 de 1993, que establece las condiciones para la supervisión técnica, administrativa y financiera independiente de proyectos de construcción, incluyendo verificación del NSR-10, certificación de avances y control de calidad.
Acta de Inicio de Obra Colombia
Acta de Inicio de Obra para Colombia conforme a la Ley 400 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015, que documenta formalmente el inicio de un proyecto de construccion con identificacion del contratista, datos de la licencia de construccion, condiciones del sitio, plazo de ejecucion y cumplimiento de la Norma Sismo Resistente NSR-10.
Acta de Recibo Parcial de Obra Colombia
Acta de Recibo Parcial de Obra para Colombia conforme a la Ley 400 de 1997 y el Código Civil Artículo 2060, que documenta formalmente la aceptación de una fase o hito de construcción completado, autoriza pagos parciales y registra el porcentaje de ejecución del contrato frente al cronograma de construcción aprobado.
Contrato de Diseño Arquitectónico Colombia
Contrato de Diseño Arquitectónico para Colombia regido por la Ley 435 de 1998 y el Código Civil artículo 1602, que establece los términos para servicios profesionales de diseño arquitectónico, incluyendo diseño esquemático, planos detallados, documentos de construcción, radicación ante la Curaduría Urbana y cumplimiento del NSR-10 y el POT.