Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista)
CONTRATO DE SUBCONTRATISTA DE CONSTRUCCIÓN
Celebrado conforme al Código Civil Federal Artículo 2616 y Ley Federal del Trabajo Artículos 13–15
Reforma en Materia de Subcontratación — DOF 23 de abril de 2021
I. PARTES
CONTRATISTA GENERAL:
Nombre / Razón Social: [General Contractor Name]
RFC: [General Contractor RFC]
Domicilio Fiscal: [General Contractor Address]
Folio RPCom: [General Contractor RPC]
SUBCONTRATISTA:
Nombre / Razón Social: [Subcontractor Name]
RFC: [Subcontractor RFC]
Domicilio Fiscal: [Subcontractor Address]
Número de Registro REPSE (STPS): [REPSE Number]
Vigencia del Registro REPSE: [REPSE Expiry Date]
Actividad Especializada REPSE: [Specialty Description]
Las partes celebran el presente Contrato de Subcontratista de Construcción conforme al Código Civil Federal y la Ley Federal del Trabajo reformada, al tenor de las siguientes cláusulas:
II. PROYECTO Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS SUBCONTRATADOS
Nombre del Proyecto: [Project Name]
Ubicación: [Project Location]
Alcance de los Trabajos: [Scope of Works]
NOMs y Normas Técnicas Aplicables: [Applicable NOMs]
Los trabajos subcontratados constituyen una actividad especializada conforme al Artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) reformada por Decreto publicado en el DOF el 23 de abril de 2021, y NO forman parte de la actividad preponderante ni del objeto social del contratista general. El subcontratista confirma que los servicios especializados corresponden a la actividad registrada en el REPSE indicado en la Cláusula I.
III. PRECIO DEL SUBCONTRATO Y FORMA DE PAGO
Tipo de Precio: [Price Type]
Precio Total del Subcontrato (sin IVA): [Subcontract Price] MXN. IVA al 16% conforme a Ley del IVA Artículo 14 se adicionará a cada pago.
Anticipo: [Anticipo Amount] MXN, a amortizar proporcionalmente en cada estimación.
Condiciones de Pago: [Payment Terms]
Retenciones Fiscales (Reforma 2021): El contratista general retendrá el 6% del monto de cada pago (sin IVA) como retención de ISR a cuenta del subcontratista, conforme a LISR Artículo 27 fracción V, y retendrá el 100% del IVA trasladado por el subcontratista, conforme a Ley del IVA Artículo 1-A fracción IV, enterando ambas retenciones directamente al SAT. El contratista general emitirá constancias de retención al subcontratista por los montos retenidos.
IV. PROGRAMA DE OBRA Y PENA CONVENCIONAL
Fecha de Inicio: [Works Start Date]
Fecha de Terminación: [Works End Date]
Pena Convencional por Retraso: [Delay Penalty]
El subcontratista presentará al contratista general un programa de obra detallado (programa de barras Gantt) dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, compatible con el programa general de obra del proyecto. Las demoras en el programa que sean imputables al contratista general o al dueño del proyecto no generarán pena convencional a cargo del subcontratista.
V. CUMPLIMIENTO LABORAL — LFT ARTÍCULOS 13–15
El subcontratista se obliga a:
a) Mantener vigente su registro REPSE (Núm. [REPSE Number]) durante toda la vigencia del contrato y notificar de inmediato al contratista general cualquier suspensión o cancelación del registro.
b) Registrar a todos sus trabajadores asignados al proyecto bajo su propio número de registro patronal ante el IMSS ([IMSS Employer Number]) — y no bajo el registro patronal del contratista general.
c) Pagar oportunamente a sus trabajadores: salarios, cuotas patronales al IMSS, aportaciones al INFONAVIT, aguinaldo, prima vacacional y PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), conforme a la LFT y la Ley del Seguro Social.
d) Entregar al contratista general constancias de cumplimiento ante el IMSS con periodicidad [IMSS Compliance Cert Frequency], así como evidencia de renovación del REPSE al momento de cada renovación.
e) Indemnizar y mantener a salvo al contratista general de cualquier reclamación por responsabilidad solidaria (LFT Artículo 13) derivada del incumplimiento del subcontratista con sus obligaciones laborales y de seguridad social.
El contratista general obtendrá periódicamente las constancias de cumplimiento del IMSS del subcontratista y conservará dichas constancias durante todo el plazo de prescripción laboral y fiscal aplicable, para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones de supervisión bajo la LFT reformada.
VI. SEGURIDAD E HIGIENE — STPS
El subcontratista deberá: (a) elaborar e implementar un Plan de Seguridad, Salud y Medio Ambiente (PSSMA) para los trabajos a su cargo, conforme a NOM-031-STPS-2011 (construcción); (b) cumplir con NOM-009-STPS-2011 para trabajos en altura, NOM-022-STPS-2008 para seguridad eléctrica, y todas las NOMs aplicables a su especialidad; (c) proporcionar a sus trabajadores el equipo de protección personal (EPP) adecuado; (d) registrar los accidentes de trabajo ante el IMSS conforme a la Ley del Seguro Social Artículo 58; (e) cumplir con las indicaciones del supervisor de seguridad del proyecto y las inspecciones de la STPS. El contratista general podrá suspender los trabajos del subcontratista sin responsabilidad si detecta violaciones graves a las normas de seguridad aplicables.
VII. CALIDAD Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
El subcontratista garantiza que los trabajos ejecutados cumplirán con los planos, especificaciones técnicas y NOMs aplicables indicados en el alcance de trabajos. El subcontratista otorga garantía por vicios ocultos y defectos de los trabajos ejecutados por un periodo mínimo de un año contado a partir de la fecha del Acta de Entrega y Recepción (Sub-Acta) entre el subcontratista y el contratista general, conforme al Artículo 2637 del Código Civil Federal. El subcontratista deberá subsanar a su cargo los defectos detectados dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación escrita del contratista general.
VIII. SEGUROS E INDEMNIZACIONES
El subcontratista mantendrá vigentes durante toda la ejecución de los trabajos los siguientes seguros: (a) Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros y lesiones corporales derivadas de sus trabajos; (b) Seguro de Riesgos de Trabajo (IMSS) para todos sus trabajadores asignados al proyecto; (c) Seguro de Todo Riesgo de Construcción para los materiales y equipos suministrados por el subcontratista. Los seguros deberán ser contratados con aseguradoras autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y deberán nombrar al contratista general como asegurado adicional. Las coberturas mínimas serán acordadas entre las partes previo al inicio de los trabajos.
IX. RESCISIÓN Y ABANDONO DE OBRA
El contratista general podrá rescindir el presente contrato por: (a) incumplimiento del programa de obra atribuible al subcontratista; (b) abandono de los trabajos; (c) cancelación o suspensión del registro REPSE del subcontratista; (d) incumplimiento grave de las normas de seguridad; (e) falta de pago a trabajadores o incumplimiento de obligaciones ante el IMSS o INFONAVIT. En caso de rescisión por causa imputable al subcontratista, el contratista general podrá: retener el saldo del anticipo no amortizado; hacer efectiva la fianza de cumplimiento; y reclamar los daños y perjuicios efectivos incluyendo el costo adicional de completar los trabajos con otro subcontratista. El subcontratista deberá notificar al contratista general con al menos 20 días de anticipación cualquier circunstancia que pudiera impedirle cumplir con el programa de obra.
X. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil Federal (Artículo 2616), la Ley Federal del Trabajo (Artículos 13–15) en su versión reformada por Decreto publicado en el DOF el 23 de abril de 2021, y demás disposiciones aplicables. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes del lugar de ejecución de los trabajos, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL CONTRATISTA GENERAL:
[General Contractor Name]
Firma del Representante Legal: _________________________
EL SUBCONTRATISTA:
[Subcontractor Name]
Registro REPSE: [REPSE Number]
Firma del Representante Legal: _________________________
General Contractor (Contratista General)
________________
Signature
Subcontractor (Subcontratista)
________________
Signature
What Is a Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista)?
A Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista de Construcción) is a written agreement between a general contractor (contratista general or contratista principal) and a subcontractor (subcontratista) by which the subcontractor undertakes to perform a defined portion of the construction works — such as electrical installations, plumbing (instalaciones hidrosanitarias), structural steel fabrication and erection, aluminium windows and curtain walls, HVAC systems, or concrete superstructure — in exchange for a defined price and within the overall project timeline controlled by the general contractor. The Contrato de Subcontratista is governed by the Código Civil Federal (CCF) Article 2616 for the construction service obligation, and by the Ley Federal del Trabajo (LFT) Articles 13 through 15 for the critical labour law dimension of subcontracting in Mexico.
The labour law dimension of subcontracting in Mexico was profoundly restructured by the Decreto de Reforma Laboral en Materia de Subcontratación published in the Diario Oficial de la Federación on 23 April 2021, which amended the Ley Federal del Trabajo (LFT) Articles 12–15 to prohibit the use of subcontracting for personnel services (subcontratación de personal) that formerly allowed employers to shift labour obligations to third-party staffing companies, and replaced it with two permitted forms: subcontratación especializada (specialised subcontracting) for works or services that are not part of the corporate purpose (objeto social) or predominant economic activity (actividad económica preponderante) of the contracting company; and contratos de servicios u obra especializada (specialised service or works contracts) for specific, time-limited projects. Under LFT Article 13, the contracting entity (contratante) — the general contractor — and the subcontractor are jointly and severally liable (responsabilidad solidaria) to the subcontractor's workers for wages (salarios), social security contributions (cuotas al IMSS), INFONAVIT housing fund contributions, and profit-sharing (PTU — Participación de los Trabajadores en las Utilidades) obligations.
The 2021 LFT reforma required all subcontractors providing specialised services to register in the Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) — a federal registry administered by the Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) under the portal repse.stps.gob.mx. Article 15 LFT provides that contracts for specialised services with non-REPSE-registered subcontractors are null and void (nulos de pleno derecho) and the contracting company assumes all labour liability as a direct employer. REPSE registration must be renewed every three years and must specify the types of specialised services or works the subcontractor is authorised to provide.
Construction subcontracting — where a specialty subcontractor (e.g., an electrical installer, a curtain-wall fabricator, or an HVAC mechanical contractor) provides specialised construction services that are not part of the general contractor's primary corporate activity — is specifically contemplated in the reformed LFT as permitted specialised subcontracting, provided the subcontractor is REPSE-registered for the specific specialty. The Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) and Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) jointly enforce the joint liability (responsabilidad solidaria) obligations through inspections and IMSS contribution audits.
The subcontractor's workers must be registered with IMSS under the subcontractor's employer registration number (registro patronal del subcontratista) — not under the general contractor's registro patronal. Under IMSS Article 15-A of the Ley del Seguro Social, the general contractor as contracting entity must obtain quarterly IMSS compliance certificates (constancias de cumplimiento ante el IMSS) from each subcontractor to verify that IMSS contributions for subcontractor workers are current — failure to obtain these certificates exposes the general contractor to joint liability for unpaid IMSS contributions.
When Do You Need a Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista)?
A Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista de Construcción) is required whenever a general contractor delegates a defined portion of construction works to a specialty subcontractor, and needs a written instrument that governs their relationship, defines labour law compliance obligations under LFT Articles 13–15 and the 2021 reforma de subcontratación, and protects both parties' commercial and legal interests.
The contract is needed when the general contractor engages an electrical installation subcontractor — a subcontratista especializado en instalaciones eléctricas — to supply and install the complete electrical system of a building. The scope, price, and interfaces with other trades (concrete structure, aluminium façade) must be defined in the subcontract to prevent coordination disputes. The electrical subcontractor must be REPSE-registered for electrical installation services under the STPS registry to comply with LFT Articles 13 and 15.
The document is required when a general contractor engages a structural steel fabricator and erector (subcontratista de estructura metálica) to fabricate and erect the steel superstructure of an industrial building. The steel subcontract must address material procurement risk, fabrication quality standards (NMX-B-284-CANACERO for structural steel), erection tolerances, and the interface between the steel structure and concrete works.
A subcontractor agreement is needed when specialty subcontractors are engaged for HVAC (aire acondicionado y ventilación), fire protection (sistemas de protección contra incendios), or elevators (elevadores y escaleras mecánicas) — all of which require REPSE registration under their specific speciality code and compliance with Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) applicable to each system type. The subcontract must require the subcontractor to provide NOM compliance certifications and STPS inspection approvals.
The contract is required for all subcontracting relationships under Mexico's 2021 LFT reforma — without a written subcontract that evidences the specialised nature of the services, the REPSE registration of the subcontractor, and the distinct corporate activity of the subcontractor from that of the general contractor, the STPS may reclassify the relationship as prohibited personnel subcontracting (subcontratación de personal prohibida), resulting in severe labour penalties and tax consequences under the Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Under CCF art. 2616 and LFT arts. 13–15, every construction subcontracting relationship in Mexico should be documented in a written Contrato de Subcontratista — the risks of undocumented subcontracting (joint labour liability, IMSS contingencies, tax deductibility issues, and STPS penalties) are unacceptably high for any project of meaningful value.
What to Include in Your Construction Subcontractor Agreement Mexico (Contrato de Subcontratista)
A valid Construction Subcontractor Agreement Mexico under the Código Civil Federal Article 2616 and Ley Federal del Trabajo Articles 13–15 must contain the following essential elements to protect both parties and comply with Mexico's 2021 subcontracting reform:
Identification of Parties and REPSE Registration: Full legal name, RFC, domicilio, and Registro Público de Comercio reference of the general contractor (contratista general) and the subcontractor (subcontratista). Critical: the subcontractor's REPSE registration number (número de registro REPSE) issued by the Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), the REPSE registration validity date, and the specific specialised activity categories covered — without REPSE registration, the subcontract is null under LFT Article 15 and the general contractor assumes all employer liability.
Scope of Subcontracted Works: A precise description of the subcontracted work package (alcance de los trabajos subcontratados) — including the work concepts, technical specifications, applicable Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) and NMX construction standards, and reference to the general contractor's drawings and specifications incorporated as subcontract annexes. The scope must confirm that the subcontracted works are NOT part of the subcontractor's predominant economic activity but are specialised services within the subcontractor's REPSE registration category — this distinction is essential for LFT Article 13 compliance.
Subcontract Price and Payment: The subcontract price (precio del subcontrato) — either a fixed precio alzado or a precios unitarios catálogo — in MXN including or excluding IVA at 16%, with the anticipo amount, amortisation schedule, and payment conditions tied to the general contractor's receipt of corresponding payments from the owner (pay-when-paid clause or plazo de pago condicionado al cobro del contratista general). The pay-when-paid clause is common in Mexican construction subcontracts but must be drafted carefully to avoid creating an indefinite payment deferral — it should include a backstop payment date regardless of the general contractor's receipt.
Timeline and Programme Coordination: The subcontractor's programme of works (programa de obra del subcontratista) consistent with the general contractor's master construction programme (programa general de obra). Key milestone dates, interface dates with other subcontractors and the general contractor's direct works, and liquidated damages (pena convencional under CCF Article 2117) for subcontractor-caused delay — typically at a rate reflecting the general contractor's exposure to the owner's delay penalties for the affected work.
Labour Compliance Obligations — LFT Articles 13–15: The subcontractor's express obligations to: maintain REPSE registration current throughout the subcontract; register all workers under the subcontractor's IMSS employer registration (registro patronal) — not under the general contractor's registration; pay salaries, IMSS contributions (cuotas al IMSS), INFONAVIT contributions, aguinaldo, vacation premium, and PTU to all workers; provide the general contractor with quarterly IMSS compliance certificates (constancias de cumplimiento del IMSS) and annual REPSE renewal evidence; indemnify the general contractor for any joint labour liability (responsabilidad solidaria) arising from the subcontractor's failure to comply with LFT and Ley del Seguro Social obligations.
Safety and STPS Compliance: The subcontractor's obligations under the Ley Federal del Trabajo Articles 132 Fraction XVII (safety provisions) and Normas Oficiales Mexicanas NOM-031-STPS-2011 (construction safety), NOM-009-STPS-2011 (work at height), and NOM-032-STPS-2008 (confined spaces) — requiring the subcontractor to maintain a safety programme (programa de seguridad e higiene), provide personal protective equipment (equipo de protección personal) to all workers, and comply with STPS safety inspections.
Quality and Defects Liability: The subcontractor's warranty for defects in the subcontracted works — a minimum of one year from formal delivery and acceptance by the general contractor (sub-Acta de Entrega y Recepción), consistent with CCF Article 2637, extendable by agreement. The subcontractor must maintain the subcontract performance through the project's defects liability period to the owner.
Insurance and Indemnity: The subcontractor's insurance obligations — minimum coverages including seguro de responsabilidad civil (civil liability for third-party damage and bodily injury caused by subcontractor works), Seguro de Riesgos de Trabajo (IMSS workers' compensation) for subcontractor employees, and seguro de todo riesgo de construcción for subcontractor-supplied materials and equipment. Mutual indemnity clause for consequential damages caused by each party to the other.
Forms-legal.com provides this Construction Subcontractor Agreement Mexico template as a practical starting point. Subcontracts for specialty works above $500,000 MXN, or for any work involving significant labour management responsibilities, should be reviewed by a Licenciado en Derecho with expertise in derecho laboral mexicano and the 2021 LFT subcontracting reform before execution.
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Frequently Asked Questions
El REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) es el padron administrado por la STPS creado por la reforma a la LFT del 23 de abril de 2021. Las empresas de construccion que ejecutan trabajos especializados como subcontratistas deben inscribirse en el REPSE si los servicios que prestan son distintos del objeto social del contratante. El registro se tramita en linea ante la STPS, tiene vigencia de tres anos y debe renovarse. Si el subcontratista de construccion no tiene REPSE vigente al momento del contrato, el contratista general asume responsabilidad solidaria por todas las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del subcontratista frente al IMSS, el INFONAVIT y la CONSAR (subcuenta AFORE), conforme al Articulo 15-A LFT reformado. El contratista general debe verificar la vigencia del REPSE del subcontratista en el portal de la STPS antes de la firma del contrato y al menos cada cuatro meses durante la ejecucion de la obra. La presentacion periodica de comprobantes de pago IMSS por el subcontratista tambien es obligatoria bajo la reforma para que el contratista general quede liberado de responsabilidad solidaria.
El precio de los trabajos subcontratados en Mexico puede fijarse mediante tres modalidades principales: precio alzado (precio fijo global), precios unitarios o precio mixto. El precio alzado (Articulo 2616 CCF) fija un monto total fijo por la ejecucion de la obra subcontratada, independientemente de las cantidades reales de materiales o mano de obra empleadas. Esta modalidad es preferida cuando el alcance de la obra esta perfectamente definido y los volumenes de trabajo son previsibles. Los precios unitarios fijan un precio por unidad de medida (metro cuadrado, metro lineal, pieza, kilogramo) para cada concepto de trabajo, y el precio total se determina multiplicando el precio unitario por los volumenes reales medidos en generadores de obra. Esta modalidad es comun en obras de infraestructura con volumenes variables. El precio mixto combina conceptos de precio alzado para partidas bien definidas y precios unitarios para partidas con volumenes inciertos. El precio acordado debe expresarse en MXN con IVA al 16% por separado. Para obras con duracion superior a un ano, las partes pueden incluir mecanismos de ajuste de precios vinculados al Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del INEGI o al Indice de Costos de Construccion publicado por la Camara Mexicana de la Industria de la Construccion (CMIC).
Conforme a los Articulos 13 a 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) reformados en 2021, el contratista general que subcontrata trabajos especializados a un subcontratista sin REPSE vigente asume responsabilidad solidaria por las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores del subcontratista. Esta responsabilidad solidaria abarca: salarios atrasados, liquidaciones por despido injustificado (tres meses de salario mas 20 dias por ano de servicio bajo el Articulo 50 LFT), cuotas obrero-patronales al IMSS, aportaciones al INFONAVIT (5% del salario), y pago de PTU (participacion de utilidades). Para quedar liberado de esta responsabilidad solidaria, el contratista general debe: verificar el registro REPSE del subcontratista ante la STPS; obtener copias de los comprobantes de pago de cuotas IMSS del subcontratista al menos cada cuatro meses conforme al Articulo 15-A LFT; conservar el padron de trabajadores del subcontratista asignados a la obra con sus numeros de Seguro Social (NSS); y retener el 6% de ISR sobre los pagos al subcontratista para remisión al SAT. Si el IMSS determina en auditoria que los trabajadores del subcontratista no estaban inscritos o que sus salarios base de cotizacion (SBC) eran inferiores a los reales, puede emitir creditos fiscales contra el contratista general como responsable solidario.
Los subcontratistas de construccion en Mexico deben cumplir las siguientes normas de seguridad e higiene en el trabajo: NOM-031-STPS-2011 (Construccion-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo), que establece las condiciones minimas de seguridad para obras de construccion incluyendo excavaciones, andamios, manejo de materiales, prevencion de caidas y equipos de proteccion personal; el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo (RFSST, DOF 13 de noviembre de 2014), que complementa la NOM-031 con requisitos de Programa de Seguridad e Higiene y Comision de Seguridad e Higiene en el trabajo; NOM-001-STPS-2008 (Edificios, locales e instalaciones), para obras en recintos existentes; y NOM-009-STPS-2011 (Trabajos en altura), para subcontratistas que realizan trabajos en andamios o en alturas superiores a 1.8 metros. Los subcontratistas deben registrar a sus trabajadores en el IMSS con la prima de riesgo de trabajo correspondiente a la Clase III o IV bajo el Articulo 72 de la Ley del Seguro Social para obras de construccion, que tienen mayor riesgo estadistico de accidentes. El incumplimiento de las NOMs de seguridad expone al subcontratista a multas de la STPS de 250 a 5,000 UMAs bajo el Articulo 1002 LFT, y a responsabilidad civil por accidentes de trabajo.
Las obras extraordinarias (trabajos adicionales no previstos en el alcance original del contrato de subcontratacion) son una fuente recurrente de controversias en la industria de la construccion en Mexico. El manejo adecuado de obras extraordinarias en el contrato de subcontratacion requiere: definicion clara de que constituye una obra extraordinaria (trabajos fuera del catalogo de conceptos original, cambios de proyecto, volumenes que exceden los maximos contractuales); procedimiento formal de autorizacion previa: el subcontratista no debe ejecutar ninguna obra extraordinaria sin orden escrita previa del contratista general que especifique los conceptos, precios unitarios y volumenes adicionales; plazo de notificacion por el subcontratista: si el contratista general ordena verbalmente trabajos adicionales, el subcontratista debe confirmar por escrito dentro de 24 horas especificando el impacto en costo y plazo; presupuesto de obras extraordinarias: el precio de los conceptos extraordinarios se negocia al precio unitario del catalogo de conceptos original o, si no existe precio aplicable, mediante un analisis de precio unitario nuevo acordado entre las partes; e impacto en el plazo de terminacion: las obras extraordinarias que afectan la ruta critica del programa de obra justifican una ampliacion proporcional del plazo contractual, que debe documentarse en una addenda al contrato. Los Tribunales Civiles en Mexico han resuelto reiteradamente que el subcontratista que ejecuta obras extraordinarias sin autorizacion escrita previa dificulta la reclamacion judicial de su precio, aunque pueden existir mecanismos de enriquecimiento sin causa bajo el Articulo 1882 CCF.
Las garantias que el subcontratista de construccion debe otorgar al contratista general en Mexico se clasifican en garantias de cumplimiento de contrato y garantias de calidad de obra. Las garantias de cumplimiento contractual incluyen: fianza de cumplimiento (poliza de fianza expedida por una afianzadora autorizada por la CNSF conforme a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas) por un monto equivalente al 10 a 20% del valor del contrato, que garantiza la ejecucion de la obra en los terminos pactados; retencion de fondo de garantia equivalente al 5% del valor de cada estimacion de obra, retenida por el contratista general y liberada al termino del plazo de garantia de calidad. Las garantias de calidad de obra incluyen: garantia de vicios ocultos (Articulo 2644 CCF): el subcontratista responde por los defectos ocultos de la obra que la hacen impropia para el uso a que se destina o que disminuyen su valor, durante el plazo legal; garantia de estabilidad de la estructura (Articulo 2646 CCF): el subcontratista que ejecuta obra de estructura responde solidariamente con el arquitecto o ingeniero director durante 10 anos por los defectos que comprometan la estabilidad de la construccion. En obras publicas bajo la LOPSRM, los subcontratistas en proyectos con recursos federales deben otorgar garantia de anticipo (cuando reciben pago anticipado), garantia de cumplimiento y garantia de vicios ocultos conforme a los Articulos 48 y 66 LOPSRM.
El Contrato de Subcontratista de Construccion en Mexico puede terminar por las siguientes causas: terminacion ordinaria por conclusion de los trabajos subcontratados y firma del Acta de Entrega-Recepcion de Obra, que documenta la aceptacion formal de los trabajos por el contratista general y da inicio al plazo de garantia; terminacion anticipada por acuerdo de las partes, en cuyo caso se elabora un finiquito que liquida todos los conceptos ejecutados, los anticipos no amortizados, las retenciones de garantia a devolver y cualquier reclamacion pendiente; rescision por incumplimiento del subcontratista (atraso sistematico, calidad deficiente, falta de REPSE o incumplimiento laboral IMSS), con notificacion por escrito de las causas de rescision y un plazo de subsanacion de 5 a 10 dias habiles antes de hacer efectiva la rescision; y rescision por incumplimiento del contratista general (falta de pago de estimaciones en el plazo acordado, cambios sustanciales de alcance sin compensacion, condiciones de trabajo inseguras en la obra). El subcontratista que resiste la rescision injustificada por el contratista general puede demandar ante el Tribunal Civil o el Tribunal Laboral competente el cumplimiento forzoso o el pago de los trabajos ejecutados mas danos y perjuicios bajo el Articulo 1949 CCF.
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