Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1
Ley Federal del ISAN Art. 1 | Transferencia o Importación de Automóviles Nuevos
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS (ISAN)
Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos — Artículo 1
I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE
I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE
Razón social o nombre: [Taxpayer Name]
RFC: [Taxpayer RFC]
Tipo de contribuyente: [Taxpayer Type]
Domicilio fiscal: [Taxpayer Address]
Período declarado: [Declaration Period]
II. DESCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO
II. DESCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO NUEVO
Marca: [Vehicle Brand]
Modelo: [Vehicle Model]
Año modelo: [Model Year]
Versión / Configuración: [Vehicle Version]
NIV / VIN: [VIN]
Categoría del vehículo: [Vehicle Category]
III. DETERMINACIÓN DEL ISAN
III. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE AUTOMÓVILES NUEVOS
Base gravable — precio de enajenación o valor de importación sin IVA: $[Sale Price] MXN
Tasa aplicable conforme a Ley Federal del ISAN art. 3 y RMF vigente: [ISAN Rate]%
ISAN determinado: $[ISAN Amount] MXN
¿Se aplica exención?: [Exemption Applied]
Nota: El ISAN determinado está sujeto a IVA (16%) conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. El total a cobrar al adquirente incluye ISAN más IVA sobre el ISAN.
IV. DATOS DEL PAGO
IV. INFORMACIÓN DE PAGO
Línea de captura / referencia de pago: [Línea de Captura]
Fecha de pago: [Payment Date]
Institución bancaria: [Bank Name]
El pago del ISAN es requisito previo para la expedición de facturas definitivas y para el trámite de emplacamiento del vehículo ante la Secretaría de Movilidad o autoridad estatal competente.
V. DECLARACIÓN Y FIRMA
El contribuyente declara bajo protesta de decir verdad que la información consignada en este formato es correcta y que el ISAN ha sido calculado conforme a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Nombre y firma del representante autorizado
RFC: [Taxpayer RFC]
Fecha: [Payment Date]
Contribuyente / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1
La Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) en México es un documento legal conforme a la Ley Federal del ISAN Artículo 1. Requerida cuando un fabricante, ensamblador o distribuidor autorizado transfiere un vehículo nuevo en México o lo importa para uso en territorio nacional. Cubre automóviles, camionetas, motocicletas y demás vehículos nuevos.
El ISAN es un impuesto federal (impuesto federal) coordinado a través del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal — bajo la Ley de Coordinación Fiscal, los estados que se adhieren al sistema de coordinación acuerdan no gravar con sus propios impuestos de adquisición de vehículos a cambio de recibir participaciones del ISAN (transferencias de participación de ingresos). Esta coordinación significa que el ISAN opera como el único impuesto de primera adquisición de vehículos a nivel federal y efectivamente estatal en todos los estados adherentes, evitando la doble tributación en la compra de automóviles nuevos.
La base gravable (base gravable) se define en el Artículo 2 de la Ley Federal del ISAN como el precio del fabricante o importador al consumidor final (precio de enajenación al consumidor), excluyendo el IVA pero incluyendo todos los accesorios, equipo opcional y cargos de flete incluidos en el precio de venta. Para importadores, la base es el valor en aduana determinado conforme a la Ley Aduanera y al CFF, más aranceles aplicables y otros costos de importación, excluyendo IVA.
Las tasas del ISAN (tasas) son progresivas, establecidas en el Artículo 3 de la Ley Federal del ISAN, que van desde una tasa base para vehículos de menor valor hasta tasas más altas para vehículos de lujo (automóviles de lujo) que superan los umbrales de precio actualizados anualmente a través de la Resolución Miscelánea Fiscal. Los vehículos eléctricos (vehículos eléctricos) e híbridos que cumplen estándares técnicos especificados se benefician de tasas de ISAN preferenciales o exenciones completas bajo reformas introducidas para promover el transporte sostenible — las tasas aplicables específicas para cada categoría de vehículo y tramo de precio se publican en la Resolución Miscelánea Fiscal cada ejercicio fiscal.
La Declaración del ISAN se presenta electrónicamente a través del portal del SAT (sat.gob.mx) y del módulo e-ISAN especializado utilizado por fabricantes y distribuidores autorizados que presentan mensualmente o por evento. El pago se realiza en instituciones bancarias autorizadas o a través del portal de pagos electrónicos del SAT, generando una línea de captura y un acuse de recibo con folio que confirma la recepción del pago. El Servicio de Administración Tributaria administra la recaudación del ISAN a nivel nacional, y los recursos se distribuyen a los estados a través del mecanismo de participaciones fiscales bajo la Ley de Coordinación Fiscal.
Cuándo necesitas Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1
La Declaración del ISAN México se requiere en tres circunstancias principales definidas por la Ley Federal del ISAN: enajenación doméstica (primera transferencia), importación y, en ciertos casos, cuando los fabricantes utilizan vehículos nuevos antes de la transferencia comercial.
Se necesita cuando un fabricante (fabricante) o ensamblador (ensamblador) de automóviles registrado ante el SAT como causante del ISAN transfiere por primera vez un vehículo nuevo a un distribuidor autorizado o directamente al consumidor final. Conforme al Artículo 1 Fracción I de la Ley Federal del ISAN, el hecho imponible ocurre en el momento de la primera enajenación — típicamente correspondiente a la fecha de factura expedida por el fabricante o distribuidor autorizado bajo el sistema de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).
Se necesita cuando cualquier persona o entidad — ya sea importador persona moral o importador persona física — importa un automóvil nuevo a México para uso en territorio nacional conforme al Artículo 1 Fracción II de la Ley Federal del ISAN. El ISAN debe pagarse en la aduana (oficina de aduanas) antes de que el vehículo sea liberado del despacho aduanero, junto con el arancel de importación general aplicable y el IVA. Una declaración aduanera oficial (pedimento de importación) expedida conforme a la Ley Aduanera sirve como documento principal de importación, y el pago del ISAN queda registrado en el pedimento.
La Declaración del ISAN también es necesaria cuando un fabricante o ensamblador destina un automóvil nuevo para uso propio de la empresa antes de cualquier transferencia — el Artículo 1 Fracción III de la Ley Federal del ISAN trata esto como un hecho imponible equivalente a una transferencia a sí mismo, generando la obligación del ISAN en el momento en que el vehículo se asigna para uso de la empresa.
No se requiere la declaración — y el ISAN no es pagadero — en las transferencias de vehículos usados (vehículos usados), ya que el ISAN solo aplica a la primera transferencia de vehículos nuevos. Tampoco se requiere para las transferencias entre fabricantes y sus distribuidores autorizados que califiquen como transacciones comerciales intermedias en lugar de transferencias al consumidor final, aunque las reglas aplicables y los requisitos de documentación para reclamar trato de nivel distribuidor deben revisarse cuidadosamente contra los criterios publicados del SAT para evitar clasificaciones incorrectas.
Qué incluir en tu Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1
Una Declaración del ISAN México completa conforme a la Ley Federal del ISAN debe incluir los siguientes elementos para ser aceptada por el SAT y cumplir con los requisitos de coordinación bajo la Ley de Coordinación Fiscal.
Identificación del contribuyente: Nombre completo (razón social) del fabricante, distribuidor o importador que presenta la declaración, junto con su RFC (Registro Federal de Contribuyentes) asignado por el SAT. Para fabricantes y distribuidores que presentan declaraciones mensuales consolidadas del ISAN, el RFC es el identificador principal que vincula la declaración del ISAN de cada mes con el perfil de cumplimiento fiscal federal más amplio de la entidad. Para importadores individuales (personas físicas), se requieren tanto el RFC de 13 caracteres como el CURP (Clave Única de Registro de Población).
Descripción del vehículo: Marca (marca), modelo (modelo), año modelo (año modelo), versión o nivel de equipamiento (versión), número de identificación vehicular (número de identificación vehicular — NIV, equivalente al VIN), cilindrada o tipo de motor, y categoría (automóvil, camioneta, motocicleta u otra categoría conforme al arancel del ISAN). Para vehículos importados, también debe especificarse la clasificación aduanera (fracción arancelaria) bajo la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
Base gravable y precio de venta: El precio de transferencia o valor de importación que forma la base gravable del ISAN conforme al Artículo 2 de la Ley Federal del ISAN — excluyendo IVA pero incluyendo accesorios, equipo opcional y flete. Para importadores, el valor en aduana establecido conforme a la Ley Aduanera y el Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC sirve como punto de partida, más los derechos arancelarios aplicables.
Tasa del ISAN aplicable e impuesto calculado: La tasa aplicable del arancel progresivo del ISAN del Artículo 3 de la Ley Federal del ISAN y el monto del ISAN calculado. Las tasas van desde 0% para los vehículos de menor valor (por debajo del umbral mínimo actualizado anualmente) hasta tramos progresivos para vehículos de lujo (automóviles de lujo). Los vehículos eléctricos que cumplan las especificaciones técnicas publicadas en la Resolución Miscelánea Fiscal anual del SAT están sujetos a tasas reducidas o tasa cero.
Referencia de pago: La línea de captura generada por el sistema e-ISAN del SAT o el portal de pagos, que identifica el período fiscal específico (ejercicio y período de pago), la oficina del SAT con jurisdicción competente y el monto del pago. La línea de captura debe usarse dentro de su período de validez (típicamente 3 días hábiles) para realizar el pago en una institución bancaria autorizada o a través del canal de pago electrónico del SAT. El acuse de recibo y la confirmación de pago son registros esenciales para el registro del vehículo (emplacamiento) ante la Secretaría de Movilidad o autoridad estatal de transporte equivalente.
Integración con CFDI: Bajo el régimen obligatorio de facturación electrónica administrado por el SAT, los fabricantes y distribuidores deben expedir un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) por cada venta de vehículo nuevo. El CFDI debe clasificar correctamente el componente del ISAN — el monto del ISAN aparece como una línea separada del precio del vehículo y del IVA en la estructura XML del CFDI, usando el complemento de impuestos locales cuando aplican cargos a nivel estatal. Los errores en la expedición del CFDI generan indicadores de auditoría del SAT y pueden desencadenar requerimientos de información conforme al Artículo 22 del CFF incluso después de que el ISAN haya sido pagado.
Formas-legal.com (forms-legal.com) ofrece esta plantilla de Declaración del ISAN México como referencia práctica para fabricantes, distribuidores e importadores sujetos a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos. Dada la complejidad técnica de los aranceles del ISAN, la interacción entre el ISAN y el IVA para efectos contables y el mecanismo de coordinación bajo la Ley de Coordinación Fiscal, las declaraciones deben ser preparadas por un Contador Público Certificado (CPC) familiarizado con las obligaciones fiscales del sector automotriz y las especificaciones técnicas actuales del SAT para la presentación electrónica del ISAN. Los errores en la base gravable o en la aplicación de la tasa que resulten en un pago insuficiente están sujetos a factores de actualización (actualización INPC) y recargos conforme a los Artículos 17-A y 21 del CFF, más las multas por infracción aplicables conforme al Artículo 76 del CFF.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1 (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-impuesto-automoviles-nuevos-isan-mexico
"Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1 (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-impuesto-automoviles-nuevos-isan-mexico.
@misc{formslegal-declaracion-impuesto-automoviles-nuevos-isan-mexico,
author = {{Forms Legal}},
title = {Declaración del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) México — Ley Federal del ISAN Art. 1 (México)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/mexico/government/tax-forms/declaracion-impuesto-automoviles-nuevos-isan-mexico}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 1 de la Ley Federal del ISAN, el impuesto lo pagan los fabricantes (fabricantes), ensambladores (ensambladores), distribuidores autorizados (distribuidores autorizados) e importadores (importadores) que realizan la primera transferencia o importación de un automóvil nuevo en México. La obligación fiscal formal (sujeto pasivo del impuesto) recae en la entidad que realiza la primera enajenación — el fabricante o distribuidor — no en el consumidor final que adquiere el vehículo en la agencia. El consumidor final efectivamente paga el ISAN a través del precio de compra del vehículo, ya que el fabricante o distribuidor incorpora el monto del ISAN en el precio total cobrado, pero la obligación legal de declarar y enterar el ISAN al SAT corresponde exclusivamente al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o importador. Para las importaciones directas por particulares — por ejemplo, una persona que importa un vehículo adquirido en el extranjero para uso personal en México — el particular se convierte en el importador y asume directamente la obligación del ISAN en la aduana, pagando el impuesto como parte del proceso de despacho aduanero gestionado por su agente aduanal.
Las tasas del ISAN en México son progresivas conforme al Artículo 3 de la Ley Federal del ISAN, aplicadas al precio de transferencia o importación del vehículo antes del IVA. Los vehículos con precio inferior al umbral mínimo (actualizado anualmente mediante la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación) están exentos del ISAN (tasa 0%). Los vehículos en el rango de precio estándar al consumidor están sujetos a tasas que aumentan proporcionalmente con el tramo de precio del vehículo. Los vehículos de lujo que superan el umbral de precio superior establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal están sujetos a la tasa máxima del ISAN. Para vehículos eléctricos (vehículos eléctricos e híbridos) que cumplen los criterios técnicos publicados del SAT — incluyendo especificaciones de capacidad de batería y clasificación del vehículo bajo la TIGIE — aplican tasas preferenciales (tasas preferenciales) o tratamiento de tasa cero completo como parte de los incentivos fiscales de México para la movilidad sustentable. El cálculo debe realizarse sobre el precio del vehículo excluyendo IVA, ya que el ISAN se calcula antes de que el IVA se aplique al precio total de venta. Los montos específicos de los tramos y umbrales de tasa para el ejercicio actual se publican cada año en la Resolución Miscelánea Fiscal.
La fecha límite de pago del ISAN difiere según el tipo de contribuyente y de operación. Para los fabricantes y distribuidores autorizados que presentan declaraciones mensuales consolidadas de ISAN, el ISAN de todos los vehículos nuevos transmitidos o entregados durante un mes calendario debe pagarse a más tardar el día 17 del mes siguiente, en consonancia con el calendario general de pago de impuestos federales conforme al Código Fiscal de la Federación y a la Resolución Miscelánea Fiscal. Esta obligación de presentación mensual aplica a las entidades registradas ante el SAT como causantes del ISAN: acumulan las obligaciones de ISAN de todas las transmisiones mensuales de vehículos y hacen un solo pago consolidado en la fecha límite mensual. Para los importadores que ingresan un vehículo específico a México, el ISAN se paga al momento del despacho aduanero, antes de que el vehículo se libere del control aduanero; el pago se incorpora al proceso del pedimento de importación y debe completarse antes de que el agente aduanal pueda presentar el pedimento para la validación aduanera. No hay periodo de gracia para el ISAN en la aduana: la falta de pago bloquea la liberación del vehículo. No pagar el ISAN a tiempo por parte de los fabricantes y distribuidores detona la actualización conforme al artículo 17-A del CFF (ajuste por inflación), los recargos conforme al artículo 21 del CFF —actualmente del 1.47% mensual— y las multas conforme al artículo 76, fracción II, del CFF, calculadas sobre el monto del impuesto no pagado desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo. Un proceso de verificación (auditoría) del SAT detonado por un pago insuficiente de ISAN puede extenderse a los cinco ejercicios fiscales anteriores conforme al plazo de caducidad del CFF.
No. La Ley Federal del ISAN limita de manera expresa e inequívoca el impuesto a los automóviles nuevos al momento de su primera transmisión o importación: el impuesto está diseñado específicamente como un gravamen de primera adquisición sobre los vehículos nuevos que ingresan por primera vez al mercado interno. Los vehículos usados transmitidos en operaciones posteriores —ya sea entre particulares, en distribuidoras o a través de casas de subastas— no están sujetos al ISAN en ningún punto de su cadena de propiedad después del evento inicial que detonó el ISAN. Sin embargo, las operaciones con vehículos usados pueden estar sujetas a otros impuestos y derechos. La tenencia vehicular estatal (impuesto anual sobre la propiedad vehicular) aplica en los estados que mantuvieron o reintrodujeron este impuesto tras la abolición de la tenencia federal en 2012; entre los estados que conservan la tenencia están Jalisco, la Ciudad de México y varios otros. Pueden aplicar impuestos estatales de transmisión o derechos sobre las transmisiones de propiedad de vehículos documentadas a través del registro vehicular estatal. El REPUVE (Registro Público Vehicular), administrado por la Secretaría de Gobernación, aplica un derecho de verificación por el registro del cambio de propietario de los vehículos sin importar el estatus del ISAN.
El ISAN y el IVA son impuestos federales distintos que aplican de manera simultánea a las transmisiones de vehículos nuevos en México, y su interacción tiene implicaciones contables y de facturación específicas. El ISAN se calcula primero sobre el precio base del vehículo (sin incluir el IVA) a las tasas progresivas de la Ley Federal del ISAN. El IVA al 16% conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado se aplica luego sobre la base combinada que incluye tanto el precio del vehículo como el monto del ISAN, lo que significa que el comprador, en efecto, paga IVA sobre el componente del ISAN. Este efecto de acumulación (el ISAN sujeto a IVA) es la estructura legislada conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que trata al ISAN como parte del precio del acto de enajenación para efectos del IVA. Para fines contables, los fabricantes y distribuidores registrados como causantes de IVA deben emitir CFDI que reflejen correctamente el precio del vehículo, el monto del ISAN como un concepto distinto y el IVA calculado sobre la base combinada. Los compradores que adquieren vehículos para uso exclusivo de negocio pueden tener derecho a acreditar el IVA pagado sobre el vehículo —incluido el IVA aplicable al componente del ISAN— contra su propio IVA cobrado a los clientes, sujeto a las reglas de exclusión de vehículos personales del artículo 36 de la LISR y a las reglas de acreditamiento del IVA. El ISAN en sí mismo por lo general es deducible para efectos del ISR como parte del costo de adquisición del vehículo para el comprador de negocio, sujeto a los límites de deducibilidad y a las reglas de depreciación aplicables a los vehículos conforme al artículo 36 de la LISR.
Para un vehículo nuevo importado que ingresa a México, la obligación de ISAN se cumple dentro del proceso integral de despacho aduanero regido por la Ley Aduanera y su Reglamento. El agente aduanal con patente del importador —que debe estar autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conforme al artículo 159 de la Ley Aduanera— prepara el pedimento de importación, que debe incluir el pago del ISAN aplicable como un concepto distinto junto con los aranceles, el IVA y cualesquiera otros impuestos o derechos aplicables (derechos de trámite aduanero, cuotas compensatorias). Entre los documentos de soporte requeridos para la importación de un vehículo están: la factura comercial del vendedor extranjero que muestre el valor de transacción y las especificaciones del vehículo; el conocimiento de embarque o la guía aérea que confirme el envío; el certificado de origen cuando se reclaman tasas arancelarias preferenciales conforme a un tratado de libre comercio como el T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá), con el formato del Anexo 4-B del T-MEC debidamente llenado y con la certificación del fabricante sobre el valor de contenido regional; el certificado de homologación de la Secretaría de Economía que confirme el cumplimiento de las normas mexicanas de seguridad y emisiones (la NOM-041-SEMARNAT para los vehículos de combustión; la NOM-086 para los eléctricos); y el certificado de origen de fábrica del fabricante.
La Ley Federal del ISAN y la Resolución Miscelánea Fiscal anual prevén incentivos significativos de ISAN para los vehículos eléctricos e híbridos como parte de la estrategia fiscal del gobierno federal para promover la movilidad sostenible y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, en consonancia con los compromisos del Acuerdo de París. Los vehículos eléctricos puros (vehículos eléctricos de batería sin motor de combustión) que cumplen los criterios de clasificación técnica del SAT publicados en la Resolución Miscelánea Fiscal califican para el rango de tasa de ISAN más bajo o para un trato de tasa cero, según su precio y clasificación. Los vehículos híbridos enchufables (PHEV) con suficiente autonomía eléctrica y capacidad de batería también califican para tasas de ISAN reducidas preferenciales. Los híbridos ligeros no enchufables que dependen principalmente de motores de combustión con asistencia de frenado regenerativo por lo general no califican para el trato preferencial de ISAN, salvo que cumplan ciertos umbrales técnicos específicos. La tasa exacta aplicable a un modelo eléctrico o híbrido específico requiere verificarse contra la Resolución Miscelánea Fiscal del año en curso del SAT, ya que los umbrales técnicos y los rangos de precio se ajustan anualmente. Los fabricantes e importadores de vehículos eléctricos deben asegurarse de que su CFDI clasifique correctamente el vehículo y aplique la tasa preferencial; los errores al aplicar la tasa estándar de ISAN a un vehículo eléctrico exento o de tasa preferencial constituyen un pago de lo indebido recuperable mediante una solicitud de devolución ante el SAT conforme al artículo 22 del CFF.
El ISAN representa un ejemplo clásico del federalismo fiscal de México bajo el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal regido por la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). El federalismo de México históricamente ha generado tensión entre el interés del gobierno federal en una tributación nacional uniforme y la facultad constitucional de los estados para imponer sus propios impuestos; el sistema de coordinación resuelve esto mediante convenios de adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal por los cuales los estados ceden su facultad de imponer ciertos tipos de impuestos a cambio de una participación garantizada en la recaudación. En materia de adquisición de vehículos específicamente, los estados que se adhieren al sistema de coordinación acuerdan no gravar con sus propios impuestos de adquisición a los vehículos nuevos, lo que evita la doble tributación que ocurría antes de establecerse la coordinación. A cambio, el gobierno federal distribuye las participaciones del ISAN a los estados adheridos a través del Fondo General de Participaciones conforme al artículo 2 de la LCF, usando una fórmula de distribución que pondera el lugar de registro (el estado donde los vehículos se emplacan) como un factor clave de distribución. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) administra las transferencias mensuales de participaciones a cada estado. Los estados conservan el derecho a imponer su propia tenencia vehicular (el impuesto anual sobre el uso o la propiedad de los vehículos) como un gravamen continuo distinto sobre la propiedad del vehículo, en lugar de sobre su adquisición; por eso, los propietarios de vehículos en ciertos estados pagan la tenencia anual mientras que el ISAN es un impuesto de primera adquisición que se paga una sola vez.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Contrato de Compraventa Mercantil México (Código de Comercio arts. 371–382)
Contrato de Compraventa Mercantil para México — conforme al Código de Comercio Artículos 371–382. Establece términos de compraventa comercial, entrega, inspección, garantías y pago de mercancías entre comerciantes bajo el derecho mercantil mexicano, con cumplimiento de CFDI e IVA del SAT.
Declaración del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) México
La Declaración del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) México — regida por el Código Fiscal del Estado de cada entidad federativa. La presentan los compradores ante la Tesorería del Estado o Secretaría de Finanzas al adquirir un bien raíz en México para pagar el impuesto de traslación de dominio como condición para la inscripción de la escritura en el Registro Público de la Propiedad.
Declaración de Ingresos Persona Física México
Declaración de Ingresos para Persona Física en México — conforme a los Artículos 150 a 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), documentando ingresos anuales, deducciones personales y determinación del ISR en la declaración anual.
Nota de Débito México
Nota de Débito para México — conforme al artículo 29 del CFF y las reglas del CFDI del SAT, emitida como CFDI de Ingreso para cobrar cargos adicionales, penalizaciones o ajustes de precio más allá de la factura original, con pleno cumplimiento de IVA e ISR.
Carta de Instrucciones de Carga México (Ley de Navegación art. 149)
Carta de Instrucciones de Carga para México — conforme a la Ley de Navegación y Comercio Marítimos Artículo 149. Instruye a la naviera o agente de carga sobre detalles del embarque, ruta, documentación, emisión del conocimiento de embarque y coordinación con el pedimento de exportación VUCEM ante la ANAM.