Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223)
CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE NOMBRE COMERCIAL
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial Artículos 213–223
PARTES
En [Execution City], a [Execution Date], celebran el presente Contrato de Licencia de Nombre Comercial:
El LICENCIANTE (Titular del Nombre Comercial): [Licensor Name], RFC: [Licensor RFC], domicilio: [Licensor Address], representado por [Licensor Representative].
El LICENCIATARIO: [Licensee Name], RFC: [Licensee RFC], domicilio: [Licensee Address].
CLÁUSULA PRIMERA — NOMBRE COMERCIAL LICENCIADO
El Licenciante otorga al Licenciatario el derecho de uso del siguiente nombre comercial, conforme a los Artículos 213 a 223 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI):
Nombre Comercial: [Trade Name]
Publicación o registro IMPI: [IMPI Publication]
Giro comercial autorizado: [Commercial Activity]
Tipo de establecimiento: [Establishment Type]
CLÁUSULA SEGUNDA — TERRITORIO, PLAZO Y EXCLUSIVIDAD
Territorio de uso autorizado: [License Territory]
Exclusividad: [Exclusivity]
Vigencia de la licencia: del [License Start Date] al [License End Date]
Conforme al Artículo 213 LFPPI, la protección del nombre comercial está vinculada al giro comercial y al territorio especificados. El Licenciatario no podrá usar el nombre comercial fuera del giro o territorio autorizados ni sub-licenciarlo a terceros sin consentimiento escrito previo del Licenciante.
CLÁUSULA TERCERA — REGALÍAS Y FORMA DE PAGO
[Royalty Structure]
Las regalías se documentarán con CFDI (factura electrónica) que el Licenciante emitirá al Licenciatario dentro de los 5 días hábiles siguientes al pago. El Licenciatario retendrá ISR conforme al Artículo 167 LISR si el Licenciante no es residente en México.
CLÁUSULA CUARTA — ESTÁNDARES DE IMAGEN Y CALIDAD
[Quality Standards]
El Licenciante tendrá derecho de inspección semestral del establecimiento del Licenciatario para verificar el cumplimiento de los estándares de imagen. El incumplimiento grave y no subsanado en 20 días hábiles faculta al Licenciante a rescindir la presente licencia conforme al Artículo 1949 del Código Civil Federal.
CLÁUSULA QUINTA — TERMINACIÓN Y OBLIGACIONES POST-TERMINACIÓN
A la terminación de la presente licencia (por vencimiento, rescisión o mutuo acuerdo), el Licenciatario se obliga a: (a) cesar inmediatamente todo uso del nombre comercial licenciado en rótulos, publicidad, redes sociales, menús, uniformes y cualquier material impreso o digital; (b) modificar o retirar toda señalización exterior e interior del establecimiento dentro de los 30 días siguientes a la terminación; y (c) cooperar con el Licenciante para cancelar el registro de la licencia ante IMPI si esta fue inscrita.
FIRMAS
LICENCIANTE (Titular del Nombre Comercial):
[Licensor Name]
[Licensor Representative]
Firma: _________________________
LICENCIATARIO:
[Licensee Name]
Firma: _________________________
Trade Name Owner / Licensor (Licenciante)
________________
Signature
Licensee (Licenciatario)
________________
Signature
Qué es Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223)
El Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial en México es un documento legal conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) Artículos 213 a 223. Autoriza al licenciatario a usar el nombre comercial registrado del licenciante en sus actividades empresariales, con territorio, regalías e inscripción ante el IMPI bajo el derecho mexicano.
El Artículo 213 de la LFPPI define el nombre comercial como el signo denominativo o mixto con el que una persona física o moral ejerce sus actividades empresariales y que la distingue de otras del mismo ramo o giro. A diferencia de la marca — que distingue productos o servicios — el nombre comercial distingue al empresario o su establecimiento en el mercado. El Artículo 214 de la LFPPI establece que el derecho al uso exclusivo del nombre comercial surge con su primer uso en México, sin necesidad de registro previo. Sin embargo, el Artículo 215 de la LFPPI establece que el registro ante el IMPI genera una presunción iuris tantum de que el registrante tiene el derecho exclusivo al uso del nombre comercial en la actividad empresarial declarada y dentro del territorio especificado.
El Artículo 218 de la LFPPI establece que los derechos sobre el nombre comercial pueden transmitirse o licenciarse solo junto con la parte del establecimiento o negocio que use dicho nombre comercial — esta es una diferencia fundamental con las marcas, que pueden licenciarse con independencia del negocio. Esta regla refleja la función del nombre comercial como identificador del empresario y su establecimiento, vinculado a las actividades empresariales que lo sustentan.
El Artículo 222 de la LFPPI regula la vigencia del registro del nombre comercial: el registro tiene una duración de 10 años renovables por periodos iguales, siempre que el nombre comercial continúe siendo usado efectivamente en las actividades empresariales registradas. El no uso del nombre comercial durante tres años consecutivos puede dar lugar a la cancelación del registro por caducidad conforme al Artículo 223 de la LFPPI.
En la práctica comercial mexicana, la licencia de nombre comercial frecuentemente se otorga junto con la licencia de marca en el contexto de contratos de franquicia bajo el Artículo 245 de la LFPPI, permitiendo al franquiciatario operar bajo el nombre comercial del franquiciante (nombre del establecimiento) y simultáneamente usar la marca de los productos o servicios del sistema de franquicia. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes.
Cuándo necesitas Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223)
Un Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México resulta necesario cuando el titular de un nombre comercial registrado ante el IMPI desea autorizar a un tercero a usarlo en sus actividades empresariales en el mercado mexicano.
El contrato es indispensable en relaciones de franquicia: el Artículo 245 de la LFPPI establece que el contrato de franquicia debe incluir la autorización para que el franquiciatario use el nombre comercial del franquiciante en la operación del negocio franquiciado. El nombre comercial del franquiciante identifica el establecimiento ante el público consumidor — su uso por el franquiciatario sin autorización formal constituiría una infracción bajo el Artículo 231 de la LFPPI.
El contrato se requiere cuando una empresa desea expandir su presencia en el mercado mexicano mediante agentes o representantes que operen establecimientos bajo el nombre comercial del titular. Este esquema es común en cadenas de servicios, agencias, oficinas de representación y concesionarias que operan bajo el nombre del concedente.
El contrato de licencia de nombre comercial es necesario cuando una empresa matriz autoriza a sus subsidiarias mexicanas a operar bajo el nombre comercial del grupo. Bajo el Artículo 76, Fracción X de la LISR, los pagos de regalías entre partes relacionadas por el uso de nombres comerciales deben cumplir con el principio de plena competencia (arm's length) y documentarse con un estudio de precios de transferencia para ser deducibles ante el SAT.
El documento se requiere en procesos de reestructuración corporativa donde se transfiere parte de un negocio junto con el nombre comercial que lo identifica. El Artículo 218 de la LFPPI establece que los derechos sobre el nombre comercial solo pueden transmitirse o licenciarse junto con la parte del establecimiento o negocio que lo usa — por lo que la licencia o cesión del nombre comercial debe ir acompañada de la transmisión o licencia de la parte correspondiente del negocio. La consulta oportuna con un profesional del derecho permite identificar las cláusulas específicas que deben incluirse para proteger los intereses de todas las partes. El incumplimiento de los requisitos formales establecidos por la ley puede derivar en la nulidad del documento o en la imposibilidad de hacerlo valer ante las autoridades.
Qué incluir en tu Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223)
Un Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México válido conforme a los Artículos 213–223 de la LFPPI debe contener los siguientes elementos esenciales:
Identificación de las Partes y del Nombre Comercial: Los datos completos del licenciante (titular registral del nombre comercial ante el IMPI) y del licenciatario. La descripción exacta del nombre comercial licenciado, incluyendo: número de registro ante el IMPI; actividad empresarial para la cual fue registrado; y la clase o giro empresarial que distingue.
Actividad Empresarial Cubierta: La descripción precisa de las actividades empresariales en las que el licenciatario puede usar el nombre comercial, las cuales deben ser congruentes con las actividades para las que el nombre comercial está registrado ante el IMPI. Bajo el Artículo 218 de la LFPPI, la licencia del nombre comercial solo puede otorgarse conjuntamente con la parte del establecimiento o negocio que lo usa.
Territorio y Vigencia: El territorio específico dentro del cual el licenciatario puede usar el nombre comercial en sus actividades empresariales, que no puede exceder el campo del registro ante el IMPI. La duración del contrato de licencia, congruente con la vigencia del registro del nombre comercial (10 años renovables bajo el Artículo 222 de la LFPPI).
Regalías y Condiciones de Pago: El monto, forma y periodicidad de las regalías pactadas por el uso del nombre comercial. Si se trata de partes relacionadas, las regalías deben cumplir con los principios de precios de transferencia del Artículo 76 de la LISR.
Uso Correcto del Nombre Comercial: Las reglas para el uso correcto del nombre comercial por el licenciatario, incluyendo la presentación del nombre conforme a las guías de identidad corporativa del licenciante, la prohibición de modificar el nombre comercial licenciado, y la indicación del carácter licenciado del uso.
Obligaciones de Calidad y Supervisión: Dado el vínculo del nombre comercial con la reputación del licenciante en el mercado, el contrato debe incluir las obligaciones del licenciatario de mantener estándares de calidad en sus actividades empresariales bajo el nombre comercial, y el derecho del licenciante de supervisar el cumplimiento de dichos estándares.
Inscripción ante el IMPI: La obligación de inscribir el contrato ante el IMPI para que produzca efectos frente a terceros, conforme a los Artículos 136 y 220 de la LFPPI.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México como referencia. La protección del nombre comercial y la correcta estructuración de su licencia requieren asesoría de un licenciado en derecho especializado en propiedad intelectual e industrial mexicana. El usuario puede descargar la plantilla desde forms-legal.com y completarla paso a paso con el asistente guiado que valida automáticamente los campos obligatorios del formulario. La versión final del documento generado puede exportarse en formato PDF para impresión o en formato Word para edición adicional según las necesidades del usuario. Se sugiere que ambas partes conserven un ejemplar firmado y que, cuando resulte aplicable, se inscriba el documento ante la autoridad registral correspondiente.
Cláusula de Confidencialidad y Secretos Industriales: Obligación del licenciatario de mantener confidencial la información técnica, comercial y financiera del licenciante durante la vigencia del contrato y por un plazo mínimo de tres años posteriores a su terminación, conforme a los artículos 163 y 164 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI). La violación de confidencialidad constituye infracción administrativa sancionada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) conforme al artículo 231 de la LFPPI, además de responsabilidad civil y penal. Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Licencia de Nombre Comercial México en formato editable para descarga inmediata en PDF y Word, ajustada a los requisitos del IMPI y del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para operaciones entre partes relacionadas.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/business/intellectual-property/contrato-licencia-uso-nombre-comercial-mexico
"Contrato de Licencia de Uso de Nombre Comercial México (LFPPI arts. 213–223) (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/business/intellectual-property/contrato-licencia-uso-nombre-comercial-mexico.
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}Preguntas Frecuentes
Un nombre comercial en México, bajo el Artículo 213 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), es el signo denominativo o mixto con el que una persona física o moral ejerce sus actividades empresariales y que la distingue de otras del mismo ramo o giro. El nombre comercial distingue al empresario o su establecimiento — por ejemplo, 'Restaurantes El Taquero' como nombre del establecimiento. La marca, en cambio, distingue los productos o servicios que el empresario ofrece en el mercado — por ejemplo, 'El Taquero' como marca de salsas embotelladas. Una misma empresa puede tener un nombre comercial diferente de su denominación social (razón social) y de sus marcas de productos. El derecho al uso exclusivo del nombre comercial surge con el primer uso en México (Artículo 214 de la LFPPI), sin necesidad de registro previo. Sin embargo, el registro ante el IMPI otorga una presunción iuris tantum de exclusividad (Artículo 215 de la LFPPI). A diferencia de la marca, que puede licenciarse con independencia del negocio, el nombre comercial solo puede transmitirse o licenciarse junto con la parte del establecimiento o negocio que lo usa (Artículo 218 de la LFPPI).
No. El registro del nombre comercial ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) no es obligatorio en México bajo el Artículo 214 de la LFPPI, que establece que el derecho al uso exclusivo del nombre comercial surge con su primer uso en México en las actividades empresariales correspondientes. Sin embargo, el registro ante el IMPI ofrece ventajas significativas: genera una presunción iuris tantum de que el registrante tiene el derecho exclusivo al uso del nombre comercial en las actividades declaradas y dentro del territorio especificado (Artículo 215 de la LFPPI); facilita la presentación de oposiciones o denuncias de infracción ante el IMPI contra terceros que usen el mismo nombre o uno confusamente similar; permite la inscripción de contratos de licencia del nombre comercial ante el IMPI para que surtan efectos frente a terceros; y proporciona fecha cierta de inicio de uso del nombre comercial en caso de disputas sobre prioridad de uso entre competidores. La vigencia del registro es de 10 años renovables (Artículo 222 de la LFPPI).
No. El Artículo 218 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) establece expresamente que los derechos sobre el nombre comercial solo pueden transmitirse o licenciarse junto con la parte del establecimiento o negocio que use dicho nombre comercial. Esta restricción refleja la función esencial del nombre comercial como identificador del empresario y su establecimiento — separado del negocio que identifica, el nombre comercial pierde su razón de ser y podría inducir a error a los consumidores sobre el origen empresarial de los bienes o servicios. En la práctica, esto significa que cuando una empresa desea licenciar su nombre comercial a un tercero, debe hacerlo en el contexto de una relación empresarial que implique la operación del establecimiento bajo ese nombre — por ejemplo, una franquicia donde el franquiciatario opera el negocio bajo el nombre comercial del franquiciante, o una concesión donde el concesionario opera un establecimiento con la identidad empresarial del concedente. Un contrato de licencia de nombre comercial que pretenda licenciar el nombre comercial con independencia del negocio correspondiente sería jurídicamente inválido bajo el Artículo 218 de la LFPPI.
Un nombre comercial no registrado en México goza de protección por el uso bajo el Artículo 214 de la LFPPI, que reconoce el derecho al uso exclusivo del nombre comercial a partir de su primer uso efectivo en las actividades empresariales correspondientes, sin necesidad de registro previo. El titular de un nombre comercial no registrado puede ejercer acciones de infracción ante el IMPI bajo el Artículo 231 de la LFPPI contra terceros que usen un signo idéntico o confusamente similar para actividades del mismo ramo, siempre que pueda acreditar: su uso anterior del nombre comercial en México mediante facturas, contratos, publicidad, registros contables u otros medios de prueba; y que el signo del tercero es susceptible de crear confusión entre el público respecto al origen empresarial de los establecimientos o actividades. Las acciones de infracción ante el IMPI pueden resultar en medidas de cese del uso confuso y sanciones económicas al infractor. El titular de un nombre comercial no registrado también puede ejercer acciones civiles por competencia desleal ante los Tribunales Colegiados de Circuito bajo los Artículos 231 y 232 de la LFPPI.
Cuando el licenciatario del nombre comercial trata datos personales de clientes bajo ese nombre comercial, debe cumplir con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). El Aviso de Privacidad del licenciatario debe identificar correctamente al responsable del tratamiento de datos — que será el licenciatario como persona moral (no el licenciante, titular del nombre comercial) — conforme al Artículo 16 de la LFPDPPP. El Aviso de Privacidad debe incluir: la denominación social del responsable (que puede diferir del nombre comercial bajo el cual opera); el domicilio del responsable; las finalidades del tratamiento de datos; los mecanismos para el ejercicio de los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) por los titulares de los datos; y las transferencias de datos a terceros, incluyendo al licenciante del nombre comercial si éste accede a datos de clientes del licenciatario. La LFPDPPP es aplicable a todos los establecimientos que traten datos personales de ciudadanos mexicanos, independientemente del nombre comercial bajo el que operen.
El no uso de un nombre comercial registrado ante el IMPI en México durante tres años consecutivos puede dar lugar a la cancelación del registro por caducidad conforme al Artículo 223 de la LFPPI. Cualquier persona con interés jurídico puede solicitar ante el IMPI la cancelación del registro por falta de uso. El titular del nombre comercial debe acreditar el uso efectivo en las actividades empresariales declaradas mediante facturas, contratos con clientes, publicidad o cualquier otro medio que demuestre operación del establecimiento o actividades bajo el nombre comercial en México. El uso del nombre comercial por el licenciatario bajo un contrato de licencia válido inscrito ante el IMPI cuenta como uso del titular para los efectos del Artículo 223 de la LFPPI — por ello, los contratos de licencia de nombre comercial incluyen frecuentemente la obligación del licenciatario de informar al licenciante sobre el uso y de conservar documentación del uso del nombre comercial. Si el registro del nombre comercial es cancelado por caducidad, los contratos de licencia sobre ese nombre pierden su sustento jurídico y el licenciatario ya no puede usar el nombre comercial con base en el contrato de licencia cancelado.
En México existe una distinción fundamental entre el nombre comercial y la denominación social (razón social) de una empresa. La denominación social o razón social es el nombre con el que se constituye la persona moral ante el Registro Público de Comercio (RPC) conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) — por ejemplo, 'Alimentos del Norte, S.A. de C.V.' como razón social. El nombre comercial es el signo bajo el cual el empresario ejerce sus actividades empresariales y se da a conocer ante el público consumidor, que puede coincidir o diferir de la denominación social — en el ejemplo anterior, la empresa podría operar sus establecimientos bajo el nombre comercial 'Tacos del Norte'. La denominación social se registra ante la Secretaría de Economía (SE) mediante la autorización de uso de denominación, y su protección surge del registro en el RPC. El nombre comercial se protege por el uso o registro ante el IMPI bajo la LFPPI. Una misma empresa puede tener una denominación social diferente de sus nombres comerciales — y puede tener múltiples nombres comerciales para diferentes establecimientos o líneas de negocio, cada uno con protección independiente ante el IMPI.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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