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Contrato de Licencia de Patente en México

Patent License Agreement Mexico (Contrato de Licencia de Patente)

CONTRATO DE LICENCIA DE PATENTE

Conforme a los Artículos 64 a 79 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI)

I. PARTES

En [Execution City], a [Execution Date].

LICENCIANTE (Titular de la Patente):

[Licensor Name], RFC: [Licensor RFC], con domicilio en [Licensor Address].

LICENCIATARIO:

[Licensee Name], RFC: [Licensee RFC], con domicilio en [Licensee Address].

II. DATOS DE LA PATENTE

2.1 Número de registro IMPI: [Patent Number]

2.2 Título de la invención: [Patent Title]

2.3 Fecha de presentación: [Filing Date]

2.4 Fecha de concesión: [Grant Date]

2.5 Fecha de vencimiento: [Expiry Date]

El LICENCIANTE declara ser el titular legítimo de la patente identificada y que la misma se encuentra vigente conforme a las disposiciones de la LFPPI.

III. OTORGAMIENTO Y ALCANCE DE LA LICENCIA

3.1 El LICENCIANTE otorga al LICENCIATARIO una licencia [License Type] para explotar la patente descrita.

3.2 Campo de uso autorizado: [Field of Use]

3.3 Territorio: [Territory]

3.4 Actos de explotación autorizados (conforme al Artículo 64 LFPPI): [Authorized Acts]

3.5 Sublicencias: [Sublicensing]

3.6 Vigencia de la licencia: [License Term]

IV. REGALÍAS Y CONDICIONES DE PAGO

4.1 Estructura de regalías: [Royalty Structure]

4.2 Tasa o monto de regalía: [Royalty Rate]

4.3 Regalía mínima anual: [Minimum Royalty]

4.4 Periodicidad y fechas de pago: [Payment Schedule]

4.5 Todas las regalías se pagarán en moneda nacional (MXN). Los pagos entre partes relacionadas deberán cumplir con el principio de plena competencia (arm's length) conforme a los Artículos 179 a 184E de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

V. INSCRIPCIÓN ANTE EL IMPI Y DISPOSICIONES GENERALES

5.1 Las partes acuerdan gestionar la inscripción del presente contrato ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) conforme al Artículo 65 LFPPI. Responsable de la inscripción: [IMPI Recordal Responsible Party].

5.2 El presente contrato se rige por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, el Código de Comercio, y las disposiciones del T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá) Capítulo 20 en materia de propiedad intelectual.

5.3 Cualquier controversia derivada del presente contrato se resolverá conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, ante los tribunales competentes de [Execution City].

VI. FIRMAS

LICENCIANTE:

[Licensor Name] — RFC: [Licensor RFC]

Firma: _________________________

LICENCIATARIO:

[Licensee Name] — RFC: [Licensee RFC]

Firma: _________________________

Patent Owner / Licensor (Licenciante)

________________

Signature

Licensee (Licenciatario)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Licencia de Patente en México

El Contrato de Licencia de Patente en México es un documento legal conforme a los artículos 64 a 79 de la LFPPI, mediante el cual el titular de la patente autoriza a un licenciatario a explotar la invención en un territorio y campo de uso definidos, reteniendo la titularidad y percibiendo regalías.

Los derechos de patente en México nacen del registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), organismo federal creado por Decreto publicado en el DOF el 10 de diciembre de 1993, que administra el sistema mexicano de patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y marcas. Conforme a los artículos 45 a 63 de la LFPPI, el IMPI concede patentes a invenciones que satisfacen los tres requisitos de patentabilidad: novedad —la invención no debe haber sido divulgada en ningún lugar del mundo antes de la fecha de presentación—; actividad inventiva —la invención no debe resultar evidente para un experto en la materia—; y aplicación industrial —la invención debe ser susceptible de producción o uso industrial. Las patentes mexicanas otorgadas bajo la LFPPI vigente confieren una vigencia de 20 años improrrogables contados desde la fecha de presentación de la solicitud, conforme al artículo 33 del Acuerdo sobre los ADPIC (TRIPS).

El Contrato de Licencia de Patente México opera dentro del marco del T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá — CUSMA/USMCA) Capítulo 20 sobre Propiedad Intelectual, que establece estándares mínimos para la protección y licencia de patentes en México. México es también parte del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI/WIPO); las solicitudes PCT que designan a México ingresan en la fase nacional ante el IMPI y, una vez concedidas, quedan sujetas al mismo régimen de licencias de los artículos 64 a 79 de la LFPPI.

La distinción entre una licencia de patente y una cesión de patente reviste importancia en el derecho de propiedad industrial mexicano. Conforme a los artículos 64 a 79 de la LFPPI, la licencia otorga derechos de explotación mientras el licenciante conserva la titularidad del registro. Conforme a los artículos 80 a 83 de la LFPPI (cesión de patente), la cesión transfiere permanentemente la titularidad al cesionario. La licencia puede ser exclusiva —solo el licenciatario y, en su caso, el licenciante pueden explotar la invención en el campo y territorio licenciados— o no exclusiva —el licenciante puede otorgar licencias simultáneas a varios terceros. El artículo 65 de la LFPPI exige que las licencias de patente sean inscritas ante el IMPI para ser oponibles a terceros. El IMPI mantiene el Registro de Patentes, accesible al público, que permite a los terceros verificar la existencia de licencias inscritas antes de relacionarse con el titular o el licenciatario de una patente.

El artículo 70 de la LFPPI establece las licencias obligatorias o de utilidad pública: en circunstancias excepcionales de emergencia de salud pública, seguridad nacional o falta de explotación de la patente por tres años consecutivos, el gobierno mexicano o un tercero interesado puede solicitar al IMPI o al ministerio competente una licencia obligatoria para explotar la patente sin el consentimiento del titular, sujeto al pago de una compensación razonable. Esta disposición fue aplicada durante la pandemia de COVID-19 cuando el Decreto mexicano de 2020 facilitó licencias obligatorias para tecnologías sanitarias. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.

Cuándo necesitas Contrato de Licencia de Patente en México

El Contrato de Licencia de Patente en México es necesario cuando el titular de una patente mexicana desea autorizar a un tercero la explotación comercial de la invención patentada sin transferir la titularidad del registro de patente. El Contrato de Licencia de Patente es el instrumento principal para la transferencia de tecnología (transferencia de tecnología) en los sectores industrial, farmacéutico, agrícola y tecnológico de México.

Las licencias de fabricación son necesarias cuando un titular extranjero —como una empresa farmacéutica multinacional, un fabricante de equipos industriales o un desarrollador de tecnología— desea autorizar a un fabricante mexicano a producir productos patentados en México para venta nacional o exportación. La licencia formaliza la transferencia de tecnología, especifica estándares de calidad y establece estructuras de pago de regalías conformes con los requisitos de precios de transferencia del SAT bajo los artículos 179 a 184E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Las licencias de distribución y venta son necesarias cuando el titular de una patente desea autorizar a una empresa mexicana a importar, vender y ofrecer en venta productos patentados en México sin derechos de fabricación, otorgando al licenciatario acceso comercial al mercado mexicano. La licencia de distribución debe autorizar expresamente los actos de explotación cubiertos conforme al artículo 64 de la LFPPI.

Los acuerdos de licencia cruzada (cross-licensing) se utilizan en industrias intensivas en tecnología —incluidos semiconductores, telecomunicaciones y manufactura automotriz— donde múltiples empresas poseen carteras complementarias de patentes y se otorgan licencias recíprocas para evitar reclamaciones por infracción. El sector automotriz mexicano, con centros en Guanajuato, Nuevo León y Puebla, involucra extensas licencias cruzadas de patentes entre proveedores Tier 1 y fabricantes de equipo original (OEM).

Las licencias de investigación y desarrollo permiten a universidades e instituciones de investigación —incluidos centros financiados por CONACYT como el CINVESTAV y el CIATEC— licenciar herramientas de investigación y tecnologías plataforma patentadas a empresas comerciales para su desarrollo y comercialización. La Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) fomenta la transferencia de tecnología desde la investigación financiada públicamente hacia la industria.

Las licencias de tecnología en franquicia frecuentemente incorporan licencias de patente junto con licencias de marca bajo el artículo 142 de la LFPPI cuando el sistema de franquicia involucra procesos o equipos patentados. El Contrato de Licencia de Patente se ejecuta junto al contrato de franquicia para autorizar el uso de sistemas patentados en la operación franquiciada.

Qué incluir en tu Contrato de Licencia de Patente en México

El Contrato de Licencia de Patente en México conforme a los artículos 64 a 79 de la LFPPI debe contener los siguientes elementos esenciales para proteger adecuadamente los derechos del licenciante y definir con claridad los derechos de explotación del licenciatario:

Identificación de las Partes y la Patente: Nombre legal completo, RFC y domicilio del licenciante y del licenciatario; número de registro de patente IMPI (número de registro de patente); título de la invención; fecha de presentación y fecha de concesión; y vigencia restante de la protección —dato crítico porque las patentes mexicanas no pueden renovarse más allá de los 20 años desde la presentación. Para patentes PCT en fase nacional mexicana, debe especificarse también el número de solicitud internacional y la fecha de entrada en fase nacional.

Alcance de la Licencia — Exclusiva o No Exclusiva: Si la licencia es exclusiva o no exclusiva conforme al artículo 65 de la LFPPI. Una licencia exclusiva otorga al licenciatario el derecho exclusivo de explotar la invención en el campo y territorio definidos, incluyendo la exclusión del propio licenciante. Las licencias no exclusivas permiten al licenciante explotar la invención y otorgar licencias adicionales. El contrato debe precisar si el licenciatario puede otorgar sublicencias —el artículo 68 de la LFPPI solo permite la sublicencia con autorización escrita expresa del licenciante.

Campo de Uso: El campo tecnológico o comercial específico dentro del cual se autoriza la explotación —por ejemplo, «fabricación y venta del compuesto químico X exclusivamente para aplicaciones agrícolas»— cuando la patente cubre múltiples aplicaciones. Las restricciones de campo de uso permiten al licenciante otorgar diferentes aplicaciones a distintos licenciatarios y están expresamente permitidas bajo el marco del T-MEC Capítulo 20, siempre que no restrinjan de manera irrazonable la competencia.

Territorio: El territorio geográfico dentro del cual el licenciatario puede explotar la invención —la República Mexicana, entidades federativas específicas o mercados de producto determinados. El territorio define dónde puede el licenciatario fabricar, vender, importar y ofrecer en venta productos amparados por las reivindicaciones de la patente.

Actos de Explotación Autorizados: Los actos específicos de explotación autorizados conforme al artículo 64 de la LFPPI —fabricar, usar, vender, ofrecer en venta y/o importar productos cubiertos por las reivindicaciones de la patente. El contrato debe identificar con precisión qué actos están licenciados para evitar disputas sobre el alcance de los derechos del licenciatario.

Regalías y Pago: La estructura de regalías —tarifa fija, regalía corriente como porcentaje de las ventas netas de los productos licenciados, pagos por hitos o regalías mínimas anuales para mantener la exclusividad. Deben establecerse la moneda, las fechas de pago, los intereses por mora y los derechos de auditoría que permitan al licenciante verificar los registros de ventas del licenciatario. Las regalías entre partes relacionadas deben cumplir el principio de plena competencia (arm's length) conforme a los artículos 179 a 184E de la LISR.

Mejoras a la Invención: Si las mejoras realizadas por el licenciatario a la tecnología licenciada deben cederse o sublicenciarse al licenciante (cláusulas de retorno o grant-back). El artículo 56 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) prohíbe condiciones de licencia de propiedad intelectual que restrinjan la competencia, incluidas las cláusulas de retorno exclusivo que obliguen al licenciatario a ceder todas las mejoras al licenciante; las licencias de retorno no exclusivas son generalmente admisibles.

Inscripción ante el IMPI: La obligación de inscribir la licencia ante el IMPI conforme al artículo 65 de la LFPPI para su oponibilidad frente a terceros, identificando qué parte es responsable de la solicitud, el pago de derechos bajo la Ley Federal de Derechos y el plazo objetivo de inscripción.

forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Licencia de Patente en México como punto de partida práctico. Las licencias de patente que involucren tecnología de valor significativo, patentes farmacéuticas o transferencia de tecnología transfronteriza deben ser revisadas por un Licenciado en Derecho especializado en propiedad industrial y por especialistas en precios de transferencia registrados ante el SAT. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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