Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA
ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO (ANS / SLA)
Código Civil Federal Art. 1792 — Código de Comercio Art. 75
I. LAS PARTES
Proveedor de Servicios:
Razón Social: [Provider Name]
RFC: [Provider RFC]
Representante Legal: [Provider Rep]
Domicilio: [Provider Address]
Cliente:
Razón Social: [Client Name]
RFC: [Client RFC]
Representante Legal: [Client Rep]
Domicilio: [Client Address]
II. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DEL SERVICIO
Servicios Cubiertos:
[Service Scope]
Servicios Excluidos:
[Services Excluded]
Contrato de Servicios Base: [Contract Ref]
III. INDICADORES DE NIVEL DE SERVICIO (KPIs)
Disponibilidad (Uptime):
[Availability Commitment]
Tiempos de Respuesta y Resolución por Prioridad:
[Response Times]
Indicadores Adicionales:
[Additional Metrics]
Metodología de Medición:
[Measurement Method]
IV. PENAS CONVENCIONALES Y CRÉDITOS POR INCUMPLIMIENTO
[Penalty Structure]
Reportes de Desempeño ANS:
[Reporting Frequency]
Matriz de Escalación:
[Escalation Matrix]
V. VIGENCIA
Fecha de Entrada en Vigor: [SLA Start Date]
Vigencia: [SLA Term]
VI. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
El proveedor quedará liberado de sus obligaciones de nivel de servicio en caso de eventos de fuerza mayor o caso fortuito conforme al Artículo 2111 del Código Civil Federal, incluyendo desastres naturales, interrupciones en la red troncal de telecomunicaciones fuera del control del proveedor, actos de autoridad gubernamental, y fallas causadas por el propio cliente o terceros no contratados por el proveedor.
FIRMAS
El presente Acuerdo de Nivel de Servicio se suscribe en [City], a [Date].
PROVEEDOR DE SERVICIOS: [Provider Name]
Representante: [Provider Rep]
Firma: _________________________
CLIENTE: [Client Name]
Representante: [Client Rep]
Firma: _________________________
Service Provider (Proveedor)
________________
Signature
Client (Cliente)
________________
Signature
Qué es Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA
El Acuerdo de Nivel de Servicio — ANS / SLA en México es un documento legal regido por el Artículo 1792 del Código Civil Federal y el Artículo 75 del Código de Comercio, estableciendo estándares medibles de desempeño, disponibilidad, tiempos de respuesta y penas convencionales entre proveedor y cliente empresarial.
El CCF Artículo 1792 define el contrato como el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones — el ANS funciona como un contrato especializado dentro de un contrato de servicios más amplio (contrato de prestación de servicios o contrato de outsourcing), estableciendo los estándares de desempeño y los remedios que rigen la relación de servicio. El CCom Artículo 75 clasifica como actos de comercio todas las empresas dedicadas al suministro de servicios — confirmando que los ANS para relaciones de servicios comerciales se rigen por el marco de contratos mercantiles del CCom.
El concepto de ANS se desarrolló principalmente en el sector de tecnología de la información — el regulador de telecomunicaciones IFT (Instituto Federal de Telecomunicaciones) ha publicado orientación sobre los estándares de ANS para los proveedores de servicios de internet (PSI) y los operadores de telecomunicaciones, estableciendo indicadores mínimos de calidad del servicio (indicadores de calidad) que los PSI deben publicar y cumplir. Los ANS comerciales en México con frecuencia adoptan o superan estos estándares de calidad del IFT como línea base.
El significativo sector de outsourcing de TI en México — impulsado por los proveedores de servicios nearshore para empresas estadounidenses que operan bajo el marco del T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá) — ha hecho que los ANS sean cada vez más sofisticados e importantes. El Capítulo 15 del T-MEC (Comercio Transfronterizo de Servicios) crea un marco para los compromisos de servicios transfronterizos que frecuentemente incorporan ANS como anexos vinculantes al contrato de servicios principal.
Para los servicios de cómputo en la nube, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y las directrices emitidas por el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) exigen que los acuerdos de procesamiento de datos — incluyendo los ANS para servicios en la nube — aborden los estándares de seguridad de los datos, las obligaciones de notificación de incidentes y los procedimientos de devolución o eliminación de datos, creando una capa de cumplimiento normativo sobre el marco contractual del ANS.
FormsLegal.com proporciona esta plantilla de Acuerdo de Nivel de Servicio en México como recurso práctico para empresas mexicanas y sus proveedores de servicios. Los ANS para servicios complejos de TI, telecomunicaciones o BPO deben ser revisados por un abogado especializado en contratos comerciales y derecho tecnológico antes de su firma.
Cuándo necesitas Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA
El Acuerdo de Nivel de Servicio en México resulta necesario cuando un cliente empresarial contrata servicios continuos y recurrentes donde la calidad del desempeño afecta directamente las operaciones del negocio — y donde las consecuencias de una falla del servicio (tiempo de inactividad, retrasos, errores) pueden cuantificarse y compensarse.
El ANS es necesario para infraestructura de TI y servicios en la nube — alojamiento de servidores, plataformas de software como servicio (SaaS), almacenamiento y cómputo en la nube, gestión de redes y servicios de ciberseguridad. Sin un ANS documentado, un cliente empresarial no tiene base contractual para solicitar compensación cuando un servicio en la nube experimenta un tiempo de inactividad inesperado durante un período crítico de negocio.
Se requiere un Acuerdo de Nivel de Servicio para servicios de telecomunicaciones — conectividad a internet, circuitos privados de datos (líneas privadas), redes privadas virtuales (VPN), servicios de VoIP y plataformas de comunicaciones unificadas. Los estándares de calidad del IFT para servicios de telecomunicaciones proporcionan una línea base regulatoria, pero los ANS comerciales típicamente especifican requisitos de desempeño más exigentes que los mínimos regulatorios.
El ANS es necesario para servicios gestionados (servicios gestionados) y outsourcing de procesos de negocio (BPO) — procesamiento de nóminas, servicios contables, centros de atención a clientes, gestión de logística y servicios de mantenimiento de instalaciones. Cada uno de estos tipos de servicios involucra dimensiones de desempeño medibles — tasas de precisión en el procesamiento, tasas de abandono de llamadas, porcentajes de entrega a tiempo, tiempo de actividad de equipos — que pueden definirse como métricas de ANS.
Bajo el CCF art. 1792 y el CCom art. 75, se necesita un ANS cuando las partes desean establecer remedios contractuales específicos (penas convencionales bajo los Artículos 1840–1843 del CCF) por fallas del servicio — sin un ANS que especifique la estructura de penalidades, los daños por mala calidad del servicio son difíciles de cuantificar y recuperar en arbitraje comercial mexicano o procedimientos judiciales.
El documento es especialmente valioso para las empresas mexicanas que operan como proveedores de outsourcing certificados (registrantes del REPSE bajo las reformas del Artículo 15-D de la LFT de 2021) que deben demostrar a las empresas clientes que sus servicios especializados cumplen con estándares de desempeño definidos para mantener su registro del REPSE y cumplir con los requisitos de inspección de la STPS.
Qué incluir en tu Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA
El Acuerdo de Nivel de Servicio en México válido bajo el Artículo 1792 del CCF y el Artículo 75 del CCom debe contener los siguientes elementos esenciales para definir eficazmente los estándares de servicio, asignar el riesgo y proporcionar remedios ejecutables por fallas del servicio.
Identificación de las Partes: Nombres legales completos, RFC, domicilios registrados y datos del representante legal (nombre del representante legal, número de Poder Notarial) tanto del proveedor de servicios como del cliente. Para entidades comerciales, el tipo de persona jurídica (S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V., SAPI) y la fecha de constitución deben identificarse. La información de contacto de los gerentes de nivel de servicio (gerentes de nivel de servicio) designados de cada parte debe incluirse.
Descripción de los Servicios: Una descripción precisa e inequívoca de los servicios cubiertos por el ANS — diferenciando entre servicios incluidos (servicios incluidos), servicios excluidos (servicios excluidos) y servicios opcionales adicionales. Para servicios de TI, esto incluye especificaciones de hardware, versiones de software, ubicaciones de centros de datos y arquitectura de red.
Indicadores de Nivel de Servicio: Los estándares de desempeño cuantificables para cada servicio — expresados como: disponibilidad (uptime) calculada mensualmente como porcentaje (por ejemplo, 99.9% — el estándar de los «tres nueves» que permite un máximo de 43.8 minutos de inactividad por mes); tiempo de respuesta (tiempo de respuesta) para incidentes por nivel de severidad; tiempo de resolución (tiempo de resolución) por prioridad de incidente (P1/P2/P3/P4); tasa de error para el procesamiento de transacciones; tiempo de entrega para informes o entregables. Cada indicador debe definir la metodología de medición, la fuente de datos, el período de cálculo y las exclusiones (ventanas de mantenimiento programadas).
Clasificación de Incidentes: Una taxonomía clara de los niveles de severidad de incidentes — Prioridad 1/Crítico (interrupción completa del servicio o pérdida de datos), Prioridad 2/Alto (degradación significativa), Prioridad 3/Medio (degradación parcial) y Prioridad 4/Bajo (problemas menores) — con compromisos específicos de tiempo de respuesta y resolución para cada nivel.
Penas Convencionales (Créditos de Servicio y Penalidades): Bajo los Artículos 1840–1843 del CCF, la pena convencional acordada (daños liquidados/crédito de servicio) que se activa por cada incumplimiento del ANS — expresada como un porcentaje de la cuota mensual del servicio por hora o día de incumplimiento, con un tope mensual (tope mensual). La práctica comercial mexicana típicamente establece créditos de servicio del 5% al 25% de la cuota del mes afectado por violación del ANS, con un tope mensual del 30% al 50%.
Reportes y Medición: La frecuencia (mensual, semanal), el formato y la lista de distribución de los reportes de desempeño del ANS — incluyendo las fuentes de datos utilizadas, la parte responsable de producir los reportes y el mecanismo de resolución de disputas para indicadores controvertidos.
Procedimiento de Escalación: Una matriz de escalación escalonada que identifique los nombres, roles y datos de contacto de los responsables de escalación en cada nivel — operativo (Nivel 1), gerencial (Nivel 2) y ejecutivo (Nivel 3) — con tiempos máximos de respuesta para los asuntos escalados.
FormsLegal.com proporciona esta plantilla de Acuerdo de Nivel de Servicio en México como punto de partida — los ANS complejos para servicios empresariales de TI, BPO o telecomunicaciones requieren redacción personalizada por un abogado especializado en contratos tecnológicos y comerciales. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla en formato editable para descarga inmediata en PDF y Word. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/business/contracts/acuerdo-nivel-servicio-mexico
"Acuerdo de Nivel de Servicio en México — ANS / SLA (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/business/contracts/acuerdo-nivel-servicio-mexico.
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}Preguntas Frecuentes
Una pena convencional es el mecanismo legal mexicano — regulado por los Artículos 1840 a 1843 del Código Civil Federal — que permite a las partes contratantes acordar previamente la compensación pagadera cuando una obligación específica no se cumple. En el contexto de un Acuerdo de Nivel de Servicio en México, la pena convencional funciona como la cláusula de crédito de servicio o daños liquidados: especifica, de antemano, el monto que el proveedor de servicios debe pagar (o el crédito que recibe el cliente) cuando no se cumple un indicador del ANS, sin que el cliente necesite probar daños reales en un procedimiento judicial. El Artículo 1840 del CCF establece que la pena convencional sustituye a los daños y perjuicios reales cuando las partes así lo han acordado — lo que significa que el cliente no puede reclamar tanto la pena convencional como los daños reales calculados por separado por el mismo incumplimiento, a menos que el contrato lo permita expresamente. El Artículo 1843 del CCF limita la pena convencional al valor de la obligación principal (el valor del contrato de servicio) — un tribunal puede reducir una pena convencional excesiva como lesión si supera el daño causado, pero en contratos comerciales entre partes sofisticadas (actos de comercio bajo el CCom art. 75), los tribunales aplican este poder de manera restrictiva. Las penas convencionales en los ANS en México típicamente oscilan entre el 5% y el 30% de la cuota mensual del servicio por incumplimiento del ANS.
Las disputas del ANS en México se resuelven de manera más eficaz mediante arbitraje comercial (arbitraje comercial) en lugar de procedimientos judiciales, y la mayoría de los ANS comerciales sofisticados en México incluyen una cláusula de arbitraje que designa una institución de arbitraje reconocida. La Ley de Arbitraje Comercial de México (implementación del Modelo CNUDMI, incorporada al CCom mediante los Artículos 1415–1463) proporciona el marco jurídico para el arbitraje comercial nacional e internacional. Las instituciones de arbitraje líderes en México incluyen el Centro de Arbitraje de México (CAM), el Centro de Mediación y Arbitraje de la CANACO, y la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con su oficina en México. Para disputas del ANS en materia tecnológica, la cláusula de arbitraje debe especificar: la institución; el número de árbitros (uno para disputas menores de $3,000,000 MXN; tres para disputas mayores); la sede (sede) del arbitraje — típicamente Ciudad de México; el idioma (español o bilingüe español/inglés para acuerdos nearshore); y las reglas de evidencia para testigos expertos técnicos (peritos técnicos). Los procedimientos judiciales directos ante Juzgados de Distrito en materia mercantil son una alternativa, pero el arbitraje comercial ofrece resolución más rápida, experiencia técnica y confidencialidad.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) — el regulador de telecomunicaciones independiente de México bajo la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) — establece estándares obligatorios de calidad del servicio (calidad del servicio) para los proveedores de telecomunicaciones autorizados (concesionarios y autorizados) que efectivamente crean una base regulatoria para los ANS comerciales. Las Disposiciones de Carácter General Relativas a la Calidad en los Servicios de Telecomunicaciones del IFT exigen a los proveedores de servicios de internet: publicar trimestralmente en sus sitios web sus indicadores de desempeño real de la red; cumplir con umbrales mínimos de velocidad de banda ancha (un porcentaje de las velocidades anunciadas debe entregarse en horas pico); mantener la disponibilidad del servicio por encima de mínimos especificados; proporcionar soporte al cliente 24/7 con tiempos máximos de espera; resolver disputas de facturación dentro de plazos especificados; y notificar a los clientes por anticipado sobre interrupciones de mantenimiento planificadas. El IFT emite Resoluciones y Acuerdos actualizando periódicamente estos requisitos. Los ANS comerciales entre empresas y sus proveedores de telecomunicaciones típicamente citan la resolución del IFT aplicable como línea base y luego establecen compromisos de desempeño mejorado (garantías de calidad) por encima de los mínimos regulatorios — en particular para clientes empresariales que requieren circuitos dedicados, ancho de banda garantizado y latencia inferior a 100 ms para VoIP y aplicaciones en tiempo real.
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) — la principal ley mexicana de protección de datos del sector privado, complementada por su Reglamento y las directrices del INAI — afecta significativamente el contenido de los ANS para servicios de cómputo en la nube, análisis de datos, servicios de TI gestionados y BPO que involucran datos personales. Bajo el marco de la LFPDPPP: la empresa que comparte datos personales con el proveedor es el responsable (responsable del tratamiento), mientras que el proveedor que recibe y procesa datos personales en nombre de la empresa es el encargado (encargado del tratamiento). La transferencia de datos al proveedor requiere un acuerdo de tratamiento de datos (acuerdo de tratamiento de datos) bajo el Artículo 50 de la LFPDPPP, especificando los propósitos para los que pueden procesarse los datos personales, las medidas de seguridad que debe implementar el proveedor, la prohibición de usar los datos para sus propios fines y la obligación de devolver o destruir los datos al término del contrato. El proveedor debe reportar cualquier violación de seguridad de datos personales a la empresa y al INAI dentro de los plazos establecidos por las directrices del INAI. Estas obligaciones se traducen directamente en términos del ANS: indicadores de disponibilidad e integridad de los datos, derechos de auditoría de seguridad, requisitos de pruebas de penetración, KPIs de tiempo de respuesta ante incidentes, y objetivos de punto de recuperación (RPO/RTO) de respaldo y recuperación de datos. Las sanciones administrativas del INAI por violaciones a la LFPDPPP por proveedores que hagan mal uso de datos personales alcanzan hasta $160 millones MXN.
Bajo el derecho mexicano, una pena convencional en un ANS no puede superar el valor de la obligación principal — el Artículo 1843 del Código Civil Federal limita expresamente la pena convencional al valor de la obligación contractual primaria. Para un contrato de servicio mensual, esto significa que los créditos de servicio acumulados en cualquier período generalmente no pueden exceder el 100% de la cuota mensual del servicio. Sin embargo, existe una distinción importante: el límite de la pena convencional aplica a los daños liquidados derivados de incumplimientos del ANS, pero las partes pueden acordar por separado una cláusula de indemnización (cláusula de indemnización) por daños consecuentes (daños consecuentes) derivados de incumplimientos catastróficos como pérdida de datos, brechas de seguridad o interrupciones prolongadas — sujeto a cualquier límite de responsabilidad acordado (límite de responsabilidad). En contratos comerciales bajo el CCom art. 75, los tribunales generalmente respetan los límites de responsabilidad acordados contractualmente siempre que no sean manifiestamente abusivos y hayan sido libremente negociados entre partes comerciales sofisticadas. Los ANS internacionales para servicios vinculados al T-MEC frecuentemente incluyen: un régimen de créditos de servicio para fallas ordinarias del ANS (pena convencional hasta la cuota mensual); un límite de responsabilidad separado para brechas de datos y desempeño negligente (típicamente 6 a 12 meses de cuotas contractuales); y una excepción de responsabilidad ilimitada para dolo, culpa grave y obligaciones de indemnización bajo la LFPDPPP.
Las garantías de disponibilidad (garantías de disponibilidad) en los ANS comerciales mexicanos para servicios en la nube y TI se han consolidado en los siguientes niveles, impulsados por los estándares de los grandes proveedores de nube (AWS, Azure, Google Cloud) que operan en México a través de sus regiones mexicanas y socios locales. Nivel empresarial: 99.99% de disponibilidad mensual — que permite un máximo de 4.38 minutos de inactividad no planificada por mes — es el estándar para aplicaciones de misión crítica, plataformas de procesamiento de transacciones financieras y sitios de comercio electrónico con volúmenes de transacciones significativos. Nivel comercial estándar: 99.9% de disponibilidad mensual (máximo 43.8 minutos/mes) es el estándar más común para aplicaciones empresariales, sistemas ERP y herramientas de colaboración corporativa. Nivel básico: 99.5% de disponibilidad mensual (máximo 3.65 horas/mes) es habitual para entornos de desarrollo/pruebas y aplicaciones internas no críticas. Los estándares de calidad del IFT para banda ancha residencial exigen a los proveedores de internet entregar al menos el 70% de las velocidades anunciadas en horas pico — significativamente inferior a los estándares de ANS empresariales. Los proveedores de nube y operadores de servicios gestionados en México expresan típicamente la disponibilidad como porcentaje mensual (porcentaje de disponibilidad mensual), calculado restando las ventanas de mantenimiento programadas y los eventos excluidos del total de minutos del mes, dividiendo luego los minutos disponibles entre el total de minutos no excluidos. Los créditos de servicio típicamente inician en el 10% de la cuota mensual para disponibilidad entre 99.0% y 99.9%, escalando al 25% para 95.0%–99.0%, y al 50% para menos del 95% — con algunos proveedores que ofrecen hasta el 100% de crédito por interrupciones catastróficas por debajo del 90% de disponibilidad.
Las disposiciones sobre terminación del servicio y devolución de datos en un ANS mexicano son fundamentales — tanto para la continuidad comercial como para el cumplimiento de la LFPDPPP — y deben redactarse cuidadosamente para proteger los datos y las operaciones del cliente. Un ANS mexicano bien redactado debe abordar los siguientes escenarios de terminación: terminación ordinaria al vencimiento del plazo (vencimiento del plazo); terminación anticipada por el cliente por causa justificada (rescisión por incumplimiento del proveedor bajo el CCF art. 1792) activada por fallas persistentes del ANS — especificando el número de violaciones consecutivas o acumuladas que facultan al cliente a terminar sin penalidad; terminación anticipada por el proveedor por causa (falta de pago, uso indebido por parte del cliente); y terminación sin causa (rescisión sin causa) con un período de aviso acordado (típicamente 30 a 90 días) y cualquier cargo de terminación anticipada aplicable. Al producirse cualquier terminación, el ANS debe especificar: la duración del período de transición (período de transición) durante el cual el proveedor continúa el servicio mientras el cliente migra a una alternativa; el formato y método para la devolución de datos (devolución de datos) — formatos estándar de la industria (exportaciones SQL, archivos JSON/CSV, exportaciones por API) dentro de un plazo determinado (típicamente 30 a 60 días); la eliminación y destrucción de los datos del cliente en los sistemas del proveedor tras el período de devolución, con certificación escrita de eliminación; y la obligación del proveedor de cooperar con el proveedor sustituto del cliente durante la migración. Bajo el Artículo 50 de la LFPDPPP, la obligación de devolver o destruir los datos personales al término del contrato es obligatoria — no puede renunciarse por contrato. Las sanciones del INAI por incumplimiento de esta obligación alcanzan hasta $160 millones MXN para proveedores que retengan o hagan mal uso de datos personales después de la terminación del contrato.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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