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Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España

Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España

Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles

ACUERDO DE MEDIACIÓN INMOBILIARIA

Conforme a la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles

1. PARTES

PRIMERA PARTE:

Nombre / Razón social: [Party 1 Name]

DNI / NIE / NIF: [Party 1 DNI]

Domicilio: [Party 1 Address]

SEGUNDA PARTE:

Nombre / Razón social: [Party 2 Name]

DNI / NIE / NIF: [Party 2 DNI]

Domicilio: [Party 2 Address]

2. MEDIADOR

Mediador: [Mediator Name]

Número de inscripción en el Registro de Mediadores: [Mediator Registration]

Institución de mediación: [Mediator Entity]

Fecha de inicio del procedimiento de mediación: [Mediation Start Date]

Fecha de alcance del acuerdo: [Agreement Date]

3. INMUEBLE OBJETO DE LA DISPUTA

Dirección del inmueble: [Property Address]

Datos registrales (Registro de la Propiedad): [Registro Finca]

Referencia catastral: [Catastral Ref]

Tipo de disputa inmobiliaria:

[Dispute Type]

Descripción de la disputa:

[Dispute Description]

4. TÉRMINOS DEL ACUERDO

Obligaciones de la primera parte ([Party 1 Name]):

[Party 1 Obligations]

Obligaciones de la segunda parte ([Party 2 Name]):

[Party 2 Obligations]

Compensación económica acordada: [Payment Amount]

Plazo de cumplimiento: [Payment Deadline]

Elevación a escritura pública: [Notarial Elevation]

Condiciones adicionales:

[Additional Terms]

5. EFECTOS LEGALES DEL ACUERDO

El presente acuerdo de mediación ha sido alcanzado conforme al artículo 23 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. Las partes reconocen que el acuerdo produce efectos obligacionales entre ellas desde su firma, conforme al artículo 1091 del Código Civil.

En caso de que el acuerdo afecte a derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad, las partes se obligan a comparecer ante Notario para la elevación del presente acuerdo a escritura pública conforme al artículo 25.2 de la Ley 5/2012 y su posterior inscripción conforme a la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946).

Las partes manifiestan expresamente haber actuado de buena fe, libre de coacción o engaño, conforme a los principios rectores de la mediación establecidos en el artículo 7 de la Ley 5/2012.

FIRMAS

Formalizado en [Agreement City], a [Agreement Date].

PRIMERA PARTE — [Party 1 Name]:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

SEGUNDA PARTE — [Party 2 Name]:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

MEDIADOR — [Mediator Name]:

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Primera parte

________________

Signature

Segunda parte

________________

Signature

Mediador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España

El Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España es un documento de acuerdo vinculante producido al concluir un procedimiento de mediación sobre una disputa inmobiliaria en España, tramitado conforme a la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles. Las disputas inmobiliarias en España se producen dentro de un denso marco regulatorio que incluye el Código Civil (artículos 348 a 608), la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal (LPH), la Ley del Suelo (RDL 7/2015) y la legislación urbanística autonómica.

Las disputas inmobiliarias aptas para mediación en España incluyen: reclamaciones por vicios constructivos conforme a la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE) con sus plazos de garantía de 10, 3 y 1 año (Artículo 17 LOE); defectos de compraventa (vicios ocultos, artículos 1484 a 1520 CC); disputas entre propietarios (conflictos de vecindad); conflictos de condominio (artículos 392 a 406 CC); disputas de deslinde y amojonamiento (artículos 384 a 391 CC); y disputas de arrendamiento urbano (LAU 29/1994).

El Acuerdo de Mediación Inmobiliaria es especialmente valioso en comunidades de propietarios (Ley 49/1960 LPH) —donde las disputas entre propietarios individuales y la comunidad son frecuentes. El Artículo 17 LPH exige mayorías específicas para ciertas decisiones comunitarias, y los conflictos sobre acuerdos de junta, cuotas de comunidad o modificaciones de elementos comunes se resuelven habitualmente mediante mediación antes de acudir a los Juzgados de Primera Instancia.

Un acuerdo de mediación que implique la transmisión de derechos reales o la modificación de un derecho inscrito debe elevarse a escritura pública para su inscripción en el Registro de la Propiedad conforme a la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946). El registrador examinará la escritura para verificar su conformidad con el derecho inmobiliario español antes de practicar la inscripción.

Cuándo necesitas Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España

El Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España se necesita cuando las partes en una disputa inmobiliaria española han participado en mediación conforme a la Ley 5/2012 y han alcanzado un acuerdo sobre sus derechos u obligaciones que debe formalizarse para su inscripción registral, presentación judicial o ejecutividad contractual.

El acuerdo es necesario cuando comprador y vendedor de un inmueble español han disputado vicios ocultos (artículos 1484 a 1520 CC) —defectos existentes en el momento de la venta, no aparentes en la inspección, que hacen el inmueble inadecuado para su uso previsto— y han alcanzado un acuerdo mediado sobre reducción del precio (actio quanti minoris) o rescisión (actio redhibitoria).

Un Acuerdo de Mediación Inmobiliaria es necesario cuando arrendador y arrendatario en un arrendamiento urbano (LAU 29/1994) han resuelto mediante mediación una disputa sobre actualizaciones de renta (Artículo 18 LAU), devolución de fianza (Artículo 36 LAU) u obligaciones de mantenimiento (Artículo 21 LAU).

El documento es necesario cuando co-propietarios de un inmueble en condominio (artículos 392 a 406 CC) han alcanzado un acuerdo mediado sobre la gestión, división o venta del bien, incluyendo el nombramiento de administrador, el reparto de costes o los términos de una venta por parte alícuota (Artículo 400 CC).

El Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España también es necesario cuando una comunidad de propietarios (LPH) ha resuelto mediante mediación una disputa con un propietario individual sobre cuotas impagadas, modificaciones no autorizadas de elementos comunes o incumplimiento de las normas comunitarias.

Qué incluir en tu Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España

Un Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España válido conforme a la Ley 5/2012 debe incluir los siguientes elementos para su ejecutividad y aptitud para inscripción en el Registro de la Propiedad u homologación judicial.

Identificación del inmueble: Datos completos del Registro de la Propiedad —número de finca registral, tomo, libro, folio, inscripción y Registro de la Propiedad con jurisdicción territorial. La referencia catastral de la Sede Electrónica del Catastro también debe incluirse.

Identificación de las partes: Nombres completos, DNI/NIE/NIF y domicilios de todos los participantes —propietarios, arrendatarios, comunidad de propietarios (representada por el presidente conforme al Artículo 13 LPH) o profesionales de la construcción. Para empresas, datos del Registro Mercantil y poderes del representante legal.

Identificación del mediador: Nombre completo, número de inscripción en el Registro de Mediadores y titulación profesional. Para disputas complejas de construcción, identificar la institución de mediación.

Descripción de la disputa inmobiliaria: Descripción factual de la disputa identificando el marco legal aplicable (artículos CC sobre propiedad, disposiciones LAU, normas LPH, garantías LOE) y los asuntos concretos en litigio. Para vicios constructivos, identificación de los defectos por tipo (estructurales, de habitabilidad o de terminación —Artículo 17 LOE) y ubicación.

Términos del acuerdo: Obligaciones específicas de cada parte —obras de reparación con alcance y plazo definidos, importes de compensación, ajustes de renta, devoluciones de fianza, planes de pago de cuotas comunitarias, permisos de modificación o transmisiones inmobiliarias. Cada obligación debe ser suficientemente clara para ser ejecutable.

Elevación notarial para inscripción: Cuando el acuerdo afecta a derechos reales inscritos, cláusula confirmando la obligación de las partes de comparecer ante notario para elevación a escritura pública dentro de un plazo especificado.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España como punto de partida práctico. Los acuerdos que afectan a derechos reales inscritos requieren ejecución ante notario público del Colegio Notarial con competencia territorial y revisión por abogado especialista en derecho inmobiliario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Mediación Inmobiliaria España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/real-estate/purchase-sale/acuerdo-mediacion-inmobiliaria-espana

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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