Contrato de Arrendamiento de Oficina España
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE OFICINA
Office Space Lease Agreement
Governed by Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), Article 3
1. PARTIES
LANDLORD (ARRENDADOR):
Name: [Landlord Name]
NIF/CIF: [Landlord NIF]
Address: [Landlord Address]
Representative: [Landlord Representative]
TENANT (ARRENDATARIO):
Name: [Tenant Name]
NIF/CIF: [Tenant NIF]
Registered Address: [Tenant Address]
Representative: [Tenant Representative]
2. LEASED PREMISES (LOCAL ARRENDADO)
Office Address: [Property Address]
Cadastral Reference (Referencia Catastral): [Cadastral Reference]
Surface Area (Superficie): [Surface Area]
Included Appurtenances (Anejos): [Included Appurtenances]
Permitted Use (Destino): [Permitted Use]
The Tenant acknowledges that the premises are delivered in a suitable condition for the agreed use and undertakes to obtain the applicable licencia de actividad from the competent Ayuntamiento before commencing operations.
3. LEASE DURATION AND RENEWAL
This lease commences on [Start Date] and is agreed for a term of [Lease Duration], pursuant to Article 29 of the Ley 29/1994 LAU. Upon expiry, either party must give written notice of non-renewal at least 3 months before the expiry date. If neither party gives timely notice, the lease shall renew automatically on a year-to-year basis under the same terms (tácita reconducción) pursuant to Articles 1566 and 1581 of the Código Civil.
4. RENT AND IVA
Monthly Rent (Renta Mensual): [Monthly Rent], plus Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) at the applicable statutory rate (currently 21%) under Article 20.1.23 of the Ley 37/1992 del IVA. The Landlord shall issue a monthly invoice (factura) complying with the Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012).
The Tenant shall pay the rent by bank transfer to the account designated by the Landlord, on or before the 5th day of each calendar month.
Annual Rent Review: The rent shall be reviewed annually in accordance with [Rent Review Mechanism], with the first review on the anniversary of the start date.
5. SECURITY DEPOSIT AND GUARANTEE
Security Deposit (Fianza): [Security Deposit], payable on signature of this Agreement, pursuant to Article 36.1 of the Ley 29/1994 LAU. The Landlord shall deposit the fianza with the competent regional authority in accordance with applicable Autonomous Community legislation.
Additional Guarantee: [Additional Guarantee].
The deposit shall be returned to the Tenant within 30 days of the end of the lease, less any deductions for unpaid rent, damage beyond fair wear and tear, or restoration costs.
6. EXPENSES AND SERVICE CHARGES
[Service Charges]
7. WORKS AND ALTERATIONS
Works and alterations to the premises: [Works Rights], pursuant to Article 30 of the Ley 29/1994 LAU. Any works carried out by the Tenant shall comply with applicable building regulations and the licencia de obras (building permit) requirements of the relevant Ayuntamiento. The Tenant shall restore the premises to their original condition at the end of the lease unless the Landlord elects in writing to retain any improvements made.
8. SUBLETTING AND ASSIGNMENT
Subletting and assignment of this lease: [Subletting Right], pursuant to Article 32 of the Ley 29/1994 LAU.
9. FIRST REFUSAL RIGHT (DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE)
The Tenant shall have the right of first refusal (tanteo y retracto) in respect of any proposed sale of the leased premises, pursuant to Article 31 of the Ley 29/1994 LAU. The Landlord must notify the Tenant in writing of the proposed sale price and terms at least 30 days before completion.
10. GOVERNING LAW AND JURISDICTION
This Agreement is governed by Spanish law, principally the Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) — specifically Article 3 and Title III — and, subsidiarily, the Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) Articles 1546 through 1582. Disputes shall be resolved before the Juzgado de Primera Instancia of the location of the leased premises under the Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000). Eviction proceedings for non-payment of rent (desahucio por falta de pago) shall be brought by juicio verbal pursuant to Articles 250 et seq. of the LEC.
SIGNATURES
Signed in [Contract City], on [Contract Date].
LANDLORD (ARRENDADOR):
[Landlord Name]
Represented by: [Landlord Representative]
Signature: _________________________ Date: _________________________
TENANT (ARRENDATARIO):
[Tenant Name]
Represented by: [Tenant Representative]
Signature: _________________________ Date: _________________________
Landlord / Legal Representative
________________
Signature
Tenant / Legal Representative
________________
Signature
Qué es Contrato de Arrendamiento de Oficina España
El Contrato de Arrendamiento de Oficina es, en España, el contrato escrito regulado por Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), art. 3, que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil. Recoge la renta, fianza, duración, obligaciones de mantenimiento y plazos de preaviso entre arrendador y arrendatario.
El Artículo 3.1 de la LAU define el arrendamiento para uso distinto del de vivienda, que engloba los arrendamientos de oficinas, locales de negocio, espacios de almacenamiento y todos los usos que no sean exclusivamente residenciales. El Artículo 3.2 identifica específicamente los arrendamientos de local de negocio y los arrendamientos para uso profesional como pertenecientes a esta categoría. La distinción regulatoria es fundamental: mientras los arrendatarios de vivienda se benefician de una duración mínima obligatoria de 5 años (o 7 años para arrendadores persona jurídica) conforme al Artículo 9 LAU modificado por el Real Decreto-Ley 7/2019, los arrendatarios de oficinas no disponen de tal protección legal de duración mínima — el plazo es libremente acordado entre las partes conforme al Artículo 29 LAU.
El Contrato de Arrendamiento de Oficina opera dentro de un marco legal que incluye los artículos 1546 a 1582 del Código Civil que regulan la relación arrendaticia general, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC, Ley 1/2000) para los procedimientos de desahucio y el Real Decreto-Ley 21/2020 sobre medidas extraordinarias. Los arrendamientos comerciales de oficinas en España son habitualmente contratos de formato extenso negociados entre partes profesionales e inscritos en el Registro de la Propiedad conforme a los artículos 25 y 29 LAU.
Los arrendamientos de oficinas en España están sujetos a IVA al tipo del 21% conforme a los artículos 11 y 20.1.23 de la Ley 37/1992 del IVA, a diferencia de los arrendamientos de vivienda que están exentos. El arrendatario, como sujeto pasivo del IVA, puede deducir el IVA soportado en sus declaraciones periódicas del IVA (Modelo 303) presentadas ante la AEAT.
Cuándo necesitas Contrato de Arrendamiento de Oficina España
El Contrato de Arrendamiento de Oficina en España es necesario siempre que una empresa o profesional desee ocupar un local comercial para actividades de oficina, profesionales o empresariales en virtud de un acuerdo contractual con el titular del inmueble. El Artículo 3 de la LAU 29/1994 se aplica a todos los arrendamientos cuya finalidad sea distinta de la vivienda habitual.
Se necesita un Contrato de Arrendamiento de Oficina cuando una sociedad limitada (S.L.), sociedad anónima (S.A.), autónomo u otra entidad empresarial o profesional desea establecer un domicilio social o una oficina operativa en España. El Registro Mercantil exige una dirección empresarial permanente — ya sea en propiedad o arrendada — y el contrato de arrendamiento de oficina sirve como justificante de domicilio para la inscripción y los depósitos posteriores.
El contrato es necesario cuando una empresa extranjera establece una sucursal o filial en España que requiere instalaciones inscritas — el arrendamiento es un requisito previo para la inscripción en el Registro Mercantil conforme al Artículo 295 del Reglamento del Registro Mercantil y para la obtención del NIF en la Agencia Tributaria.
El contrato es necesario cuando un profesional liberal (abogado, médico, arquitecto, psicólogo u otro) desea establecer un despacho profesional en un lugar distinto de su domicilio — el Artículo 3.2 LAU cubre específicamente los arrendamientos para uso profesional.
El contrato es también necesario cuando el arrendatario tiene previsto realizar obras de acondicionamiento para adaptar el local a sus necesidades específicas — el Artículo 30 LAU confirma que los arrendatarios en arrendamientos comerciales pueden realizar obras acordadas con el arrendador, y el contrato escrito debe especificar el alcance, el plazo, la distribución de costes y la titularidad de las mejoras al término del arrendamiento.
Qué incluir en tu Contrato de Arrendamiento de Oficina España
Un Contrato de Arrendamiento de Oficina válido en España conforme al Artículo 3 de la LAU 29/1994 debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutable y proteger tanto al arrendador como al arrendatario en caso de litigio ante el Juzgado de Primera Instancia o durante los procedimientos de desahucio conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Identificación de las partes: Nombre legal completo, NIF/CIF y domicilio social tanto del arrendador — titular del inmueble o su representante debidamente autorizado — como del arrendatario — la empresa o profesional que ocupa el local. Para partes jurídicas, deben incluirse el número de inscripción en el Registro Mercantil y el nombre del firmante autorizado.
Descripción del inmueble: Descripción precisa del local de oficina, incluida la dirección completa, la referencia catastral conforme al Catastro (Dirección General del Catastro, Ministerio de Hacienda), la superficie en metros cuadrados útiles y construidos, la planta y los anejos incluidos — plazas de garaje, trasteros, terrazas y zonas comunes.
Destino del local: El uso específico permitido del local — uso de oficina, uso profesional o actividad empresarial concreta — y las restricciones sobre cambio de uso. El arrendatario debe obtener la licencia de actividad o de apertura del Ayuntamiento correspondiente antes de iniciar la actividad.
Plazo del arrendamiento: El plazo libremente acordado conforme al Artículo 29 LAU — los arrendamientos comerciales de oficinas en España suelen tener una duración de 3 a 10 años. El contrato debe especificar las opciones de prórroga, el procedimiento para su ejercicio y las consecuencias de la permanencia tácita (tácita reconducción) conforme a los artículos 1566 y 1581 del Código Civil.
Renta e IVA: La renta mensual acordada en euros, la fecha de pago, la cuenta bancaria (IBAN) y el tratamiento del IVA — los arrendamientos comerciales de oficinas están sujetos a IVA al 21% conforme al Artículo 20.1.23 de la Ley 37/1992 del IVA. El arrendador debe emitir factura mensual conforme al Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012).
Revisión de la renta: El mecanismo de actualización periódica de la renta — habitualmente revisión anual por referencia al IPC publicado por el INE, o un incremento porcentual fijo, o por referencia al IGC conforme al Real Decreto-Ley 7/2019.
Fianza y garantías: La fianza acordada — el Artículo 36.1 LAU exige un depósito de dos mensualidades de renta para los arrendamientos para uso distinto del de vivienda. El arrendador debe depositar la fianza ante el organismo autonómico de vivienda correspondiente.
Gastos y gastos de servicio: Distribución de los costes corrientes entre arrendador y arrendatario — incluyendo gastos de comunidad, IBI, suministros, seguro del edificio y mantenimiento de elementos comunes.
Obras y modificaciones: Los derechos de las partes para realizar obras en el local — el Artículo 30 LAU confirma que las partes de un arrendamiento comercial pueden acordar libremente obras y mejoras.
Derecho de adquisición preferente: El derecho de tanteo y retracto del arrendatario conforme al Artículo 31 LAU — el arrendador debe notificar al arrendatario el precio y las condiciones de la venta propuesta con al menos 30 días de antelación.
Suarrendamiento y cesión: El derecho del arrendatario a subarrendar o ceder el arrendamiento conforme al Artículo 32 LAU — los arrendatarios comerciales pueden subarrendar en todo o en parte, o ceder el arrendamiento, con incremento de la renta del 10% por el período restante.
Forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Contrato de Arrendamiento de Oficina España como punto de partida práctico. Todo arrendamiento comercial debe ser revisado por un abogado especialista en arrendamientos urbanos para confirmar el cumplimiento de la LAU, la legislación autonómica aplicable y los requisitos comerciales específicos del arrendador y el arrendatario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Arrendamiento de Oficina España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/real-estate/commercial/contrato-arrendamiento-oficina-espana
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}Preguntas Frecuentes
No. Los arrendamientos de oficinas y comerciales en España se rigen por el Título III de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) — concretamente el artículo 3 — que regula los arrendamientos para uso distinto del de vivienda. A diferencia de los arrendatarios de vivienda, que se benefician de un plazo mínimo obligatorio de 5 años (o 7 años si el arrendador es persona jurídica) conforme al artículo 9 LAU modificado por el Real Decreto-Ley 7/2019, los arrendatarios de oficinas comerciales no disponen de tal protección legal de duración. El plazo del arrendamiento del local de oficina es libremente acordado entre las partes conforme al artículo 29 LAU. Del mismo modo, la frecuencia de revisión de la renta, los importes de la fianza más allá del mínimo legal de dos mensualidades conforme al artículo 36.1 LAU, y las obligaciones en materia de obras son materias de libre negociación. Esta mayor libertad contractual implica que los arrendatarios comerciales — especialmente las pequeñas empresas y las startups — deben negociar con cuidado y obtener asesoramiento jurídico antes de firmar un arrendamiento de oficina a largo plazo, ya que la LAU ofrece una protección sustancialmente menor que para los arrendatarios de vivienda.
Sí. La renta en un arrendamiento comercial de oficinas en España está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tipo general del 21% conforme al artículo 11 y al artículo 20.1.23 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA. El arrendador debe emitir una factura mensual conforme al Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre) que muestre la renta neta y el 21% de IVA por separado. Si el arrendatario es un empresario o profesional sujeto pasivo del IVA que ejerce actividades empresariales sujetas, el IVA soportado en el arrendamiento de oficina es deducible en su declaración periódica del IVA (Modelo 303) presentada ante la AEAT. Esto contrasta con los arrendamientos de vivienda, que en general están exentos de IVA conforme al artículo 20.1.23 de la Ley del IVA. Si el arrendador es una persona física y el arrendatario practica retención de IRPF (retención del 19%) conforme al Reglamento del IRPF, el cálculo del pago neto debe reflejar tanto la adición del IVA como la deducción del IRPF.
El artículo 36.1 de la Ley 29/1994 LAU exige una fianza de dos mensualidades de renta para los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, frente a una mensualidad para los arrendamientos de vivienda. En muchas comunidades autónomas, el arrendador está legalmente obligado a depositar la fianza ante el organismo autonómico de vivienda o de defensa del consumidor correspondiente en el plazo establecido — por ejemplo, en Madrid, ante el Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA), y en Cataluña, ante la Agència de l'Habitatge de Catalunya. El incumplimiento del depósito de la fianza puede exponer al arrendador a sanciones administrativas conforme a la normativa autonómica de vivienda aplicable. Además de la fianza legal, es práctica habitual en el mercado comercial español que los arrendadores exijan garantías complementarias en forma de aval bancario — especialmente en arrendamientos a largo plazo o cuando el arrendatario es una empresa nueva con historial crediticio limitado.
Conforme al artículo 32 de la Ley 29/1994 LAU, el arrendatario de una oficina comercial puede subarrendar el local en todo o en parte, o ceder el arrendamiento a un tercero, sin necesitar el consentimiento previo del arrendador — salvo que el contrato lo prohíba o restrinja expresamente. Sin embargo, el subarriendo o la cesión genera automáticamente un incremento de la renta: el arrendador tiene derecho a elevar la renta en un 10% de la renta actual por el subarriendo parcial, o en un 20% por el subarriendo total o la cesión del arrendamiento, por el período restante del contrato (artículo 32.3 LAU). El arrendatario debe notificar al arrendador cualquier subarriendo o cesión en el plazo de un mes. En la práctica, la mayoría de los arrendamientos comerciales de oficinas en España incluyen restricciones contractuales sobre el subarriendo y la cesión, haciendo del consentimiento escrito del arrendador la práctica habitual del mercado.
Cuando un arrendamiento de oficinas en España llega a su fecha de vencimiento acordada, las partes deben notificar la no renovación en la forma y dentro del plazo estipulado en el contrato — habitualmente con 3 a 6 meses de antelación. Si ninguna parte notifica en plazo la resolución, los artículos 1566 y 1581 del Código Civil prevén la tácita reconducción — renovación automática de año en año (o período en período) en los mismos términos, rescindible por cualquiera de las partes con el preaviso adecuado. Si el arrendador desea recuperar la posesión, debe enviar una comunicación fehaciente — habitualmente un burofax (carta certificada con acuse de recibo de Correos) — dentro del período de preaviso contractualmente acordado. El arrendador no puede resolver unilateralmente un arrendamiento comercial de plazo fijo antes de la fecha de vencimiento acordada salvo que el arrendatario haya incumplido una obligación esencial — como el impago de la renta, el uso del local para fines no autorizados o la realización de obras no autorizadas.
La inscripción de un arrendamiento comercial de oficinas en el Registro de la Propiedad no es obligatoria conforme al Derecho español, pero es muy recomendable para arrendamientos de duración o valor comercial significativos. Conforme a los artículos 25 y 29 de la LAU 29/1994, un arrendamiento inscrito vincula a los futuros adquirentes del inmueble — si el edificio se vende a un tercero, el derecho del arrendatario inscrito a continuar el arrendamiento queda protegido frente al nuevo propietario, mientras que un arrendatario no inscrito puede ser desplazado por un adquirente que adquiera el inmueble de buena fe conforme al artículo 34 de la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946). Para inscribir un arrendamiento en el Registro de la Propiedad, el contrato debe formalizarse previamente en escritura pública ante notario — lo que supone un coste adicional pero proporciona mayor seguridad jurídica.
Antes de iniciar la actividad empresarial en un local de oficina en España, el arrendatario debe obtener la licencia de actividad o licencia de apertura municipal correspondiente del Ayuntamiento. El tipo de licencia requerido depende de la naturaleza de la actividad y de si implica acceso público o posible impacto ambiental. Conforme a la Ley 7/2013 de medidas de flexibilización del urbanismo (y la legislación autonómica equivalente), muchas actividades de oficina de bajo impacto — consultoría profesional, servicios administrativos, desarrollo de software — pueden acogerse a una declaración responsable de actividad simplificada en lugar de una licencia previa completa, reduciendo la carga administrativa. Las actividades que implican acceso público, manipulación de alimentos, ruido o emisiones medioambientales suelen requerir una licencia de apertura completa con inspección técnica. Operar sin la licencia de actividad requerida constituye una infracción administrativa conforme a la normativa urbanística de la comunidad autónoma correspondiente.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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