Contrato de Almacenaje España
CONTRATO DE ALMACENAJE
Conforme al Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), artículo 303
1. PARTES
DEPOSITARIO (OPERADOR LOGÍSTICO):
Nombre: [Warehouseman Name]
NIF/CIF: [Warehouseman NIF]
Domicilio social: [Warehouseman Address]
Representante legal: [Warehouseman Representative]
DEPOSITANTE:
Nombre: [Depositor Name]
NIF/CIF: [Depositor NIF]
Domicilio social: [Depositor Address]
Representante: [Depositor Representative]
2. MERCANCÍA OBJETO DE DEPÓSITO
Descripción de la mercancía: [Goods Description]
Cantidad / Volumen: [Goods Quantity]
Valor declarado: [Declared Value]
Condiciones de almacenamiento requeridas: [Storage Conditions]
A la recepción de la mercancía, el depositario emitirá un resguardo de depósito que describa la mercancía por tipo, cantidad, peso, volumen y estado, conforme al artículo 306 del Código de Comercio.
3. INSTALACIONES DEL ALMACÉN
Dirección del almacén: [Warehouse Address]
Superficie asignada: [Warehouse Surface]
El depositario mantendrá el almacén en condiciones adecuadas para el almacenamiento de la mercancía, con las medidas de seguridad, control de plagas y sistemas de extinción de incendios correspondientes.
4. DURACIÓN Y RESOLUCIÓN
El presente contrato comenzará el [Start Date] y tendrá una duración de [Contract Duration]. Cualquiera de las partes podrá resolverlo mediante preaviso escrito de [Notice Period]. A la resolución, el depositante retirará toda la mercancía dentro del plazo de preaviso. Se reserva expresamente el derecho de retención del depositario sobre la mercancía almacenada en garantía del pago de las tarifas pendientes, conforme al artículo 1600 del Código Civil y al artículo 276 del Código de Comercio.
5. TARIFAS Y CONDICIONES DE PAGO
Tarifa de almacenaje: [Storage Fee], más el IVA aplicable al tipo vigente (21%) conforme a la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Condiciones de pago: [Payment Terms]. Las facturas se abonarán conforme a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La demora en el pago devengará intereses al tipo del Banco Central Europeo (BCE) más ocho puntos porcentuales conforme al artículo 7 de la Ley 3/2004.
6. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL DEPOSITARIO
El depositario se obliga a: (a) recibir y custodiar la mercancía con la diligencia del buen comerciante conforme al artículo 304 del Código de Comercio; (b) mantener las condiciones de almacenamiento acordadas ([Storage Conditions]); (c) facilitar informes de existencias mensuales y permitir al depositante realizar inventarios con preaviso razonable; (d) notificar al depositante de forma inmediata cualquier pérdida, daño o deterioro de la mercancía.
Responsabilidad máxima del depositario: [Liability Cap] por siniestro. El depositario no responderá de las pérdidas o daños causados por fuerza mayor conforme al artículo 1105 del Código Civil, ni por el deterioro inherente de la mercancía cuando se hayan mantenido las condiciones de almacenamiento pactadas.
7. SEGURO
El depositario dispondrá de un seguro de mercancías en almacén todo riesgo emitido por una aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) conforme a la Ley 20/2015, que cubra la mercancía almacenada por su valor de reposición declarado. El depositante es responsable de contratar su propio seguro para mercancías cuyo valor supere el límite de responsabilidad contractual.
8. PROTECCIÓN DE DATOS
Cuando el depositario trate datos personales de los clientes del depositante en el marco de la prestación de los servicios de almacenaje y fulfillment, actuará como encargado del tratamiento conforme al artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Las partes suscribirán un contrato de encargo de tratamiento cuando sea necesario. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la autoridad de control competente.
9. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por la legislación mercantil española, principalmente el Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885) artículos 303–310 y, supletoriamente, el Código Civil. Las controversias se someterán al Juzgado de lo Mercantil del lugar donde esté ubicado el almacén, conforme al artículo 86 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial, salvo que las partes hayan acordado someterse a arbitraje conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje.
FIRMAS
Firmado en [Contract City], a [Contract Date].
DEPOSITARIO (OPERADOR LOGÍSTICO):
[Warehouseman Name]
Representado por: [Warehouseman Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
DEPOSITANTE:
[Depositor Name]
Representado por: [Depositor Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Depositario / Representante Legal
________________
Signature
Depositante / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Contrato de Almacenaje España
El Contrato de Almacenaje es, en España, el contrato escrito regulado por Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), art. 303, que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.
El Artículo 303 del Código de Comercio define el depósito mercantil como aquel realizado por comerciantes o con finalidad mercantil, sometiendo el contrato a la jurisdicción del derecho mercantil y a la competencia de los Juzgados de lo Mercantil establecidos en el Artículo 86 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ, Ley Orgánica 6/1985). Los depósitos comerciales son onerosos, a diferencia de los depósitos civiles que pueden ser gratuitos, y el depositario queda sujeto al estándar de diligencia del buen comerciante conforme al Artículo 304 del Código de Comercio.
El Contrato de Almacenaje en España comporta varias obligaciones operativas y jurídicas. El depositario debe emitir un resguardo de depósito que acredite la recepción de la mercancía, identificándola por cantidad, peso, volumen, estado y marcas identificativas, conforme al Artículo 306 del Código de Comercio. Este resguardo constituye prueba de la relación contractual y puede, en determinadas circunstancias, ser un instrumento negociable en el contexto de los almacenes generales de depósito regulados por la Ley de 9 de julio de 1862.
Los operadores de almacenes que actúen como operadores logísticos están frecuentemente sujetos a marcos regulatorios adicionales, incluidos requisitos de inscripción en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte, gestionado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana conforme a la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Cuando el servicio de almacenaje es accesorio a una operación de transporte internacional, también pueden resultar aplicables el Convenio CMR (Ginebra, 1956) y el Reglamento (CE) n.º 44/2001 en materia de competencia judicial.
Las obligaciones de protección de datos conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) se aplican cuando el depositario trata datos personales de los clientes del depositante contenidos en la documentación de envío o en los sistemas de gestión de inventario — especialmente relevante en operaciones de fulfillment de comercio electrónico, donde el depositario actúa como encargado del tratamiento conforme al Artículo 28 RGPD.
Cuándo necesitas Contrato de Almacenaje España
El Contrato de Almacenaje en España es necesario siempre que una empresa o particular español confíe mercancía a un depositario profesional u operador logístico para su almacenamiento comercial en un almacén especializado. El Artículo 303 del Código de Comercio hace esencial la formalización escrita del depósito mercantil para acreditar las condiciones del acuerdo y proteger los derechos de ambas partes.
Se necesita un Contrato de Almacenaje cuando un fabricante, importador o distribuidor requiere almacenamiento a corto o largo plazo de materias primas, mercancía terminada o componentes en instalaciones de un operador logístico de terceros (3PL) — habitual en sectores como alimentación, electrónica, farmacéutico, automoción y bienes de consumo.
Se necesita un contrato de almacenaje cuando un vendedor de comercio electrónico contrata un centro de fulfillment para recibir, almacenar, preparar y expedir pedidos en su nombre — un modelo que combina almacenaje con servicios logísticos y exige un contrato que delimite claramente la responsabilidad por mermas de stock, mercancía dañada y fallos en la entrega conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 (LGDCU).
Se necesita un Contrato de Almacenaje cuando una empresa importa mercancía a través de un puerto español (Autoridad Portuaria) y requiere almacenamiento en depósito aduanero a la espera del despacho de aduanas conforme al Reglamento (UE) n.º 952/2013 (Código Aduanero de la Unión — CAU). El contrato debe identificar el número de autorización aduanera y los procedimientos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para el levantamiento de la mercancía.
Se necesita un contrato de almacenaje cuando una empresa requiere servicios de cross-docking, consolidación o centro de distribución de un operador logístico inscrito conforme a la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres. También es necesario cuando la empresa requiere almacenamiento en cadena de frío para productos perecederos, medicamentos o materiales biológicos, sujetos a los requisitos adicionales del Real Decreto 1021/2015 y la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos.
Qué incluir en tu Contrato de Almacenaje España
Un Contrato de Almacenaje España válido conforme al Artículo 303 del Código de Comercio debe contener los siguientes elementos esenciales para ser ejecutable y proteger los derechos de ambas partes ante el Juzgado de lo Mercantil.
Identificación de las Partes: Nombre legal completo, NIF/CIF y domicilio social del depositario — el operador de almacenaje profesional — y del depositante — el propietario o destinatario de la mercancía. Para las personas jurídicas, deben incluirse el número de inscripción en el Registro Mercantil y el nombre del representante apoderado o administrador.
Descripción de la Mercancía: Descripción precisa de la mercancía a almacenar incluyendo tipo, cantidad, peso, volumen, dimensiones unitarias, tipo de embalaje, clasificación de peligrosidad conforme a las normativas ADR/IMDG si procede, y condiciones de almacenamiento especiales requeridas. Las mercancías perecederas, peligrosas y productos regulados (medicamentos, armas, productos químicos) requieren identificación específica y autorizaciones de los organismos reguladores competentes, incluidos el Ministerio de Sanidad y la Guardia Civil.
Instalaciones del Almacén: Dirección completa del almacén, superficie, tipo de almacenamiento (estanterías, suelo, cámara, zona de aduanas), medidas de seguridad y certificaciones del almacén (ISO 9001, ISO 14001, certificaciones AENOR).
Duración y Renovación: El período de almacenaje acordado — plazo determinado o plazo indefinido con disposiciones de preaviso — y los procedimientos de prórroga, rescisión anticipada y retirada de la mercancía.
Tarifas y Condiciones de Pago: Las tarifas de almacenaje acordadas, el ciclo de facturación, las condiciones de pago conforme a la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad (máximo 60 días) y los cargos accesorios por servicios de valor añadido. El retraso en el pago devenga intereses al tipo del Banco Central Europeo (BCE) más ocho puntos porcentuales conforme al Artículo 7 de la Ley 3/2004.
Obligaciones y Responsabilidad del Depositario: El deber de custodia del Artículo 304 del Código de Comercio — conservar la mercancía con la diligencia del buen comerciante — y el régimen de responsabilidad por pérdida, daño o deterioro. El depositario no responde de los daños causados por fuerza mayor conforme al Artículo 1105 del Código Civil ni por el deterioro inherente cuando se hayan mantenido las condiciones de almacenamiento pactadas.
Límite de Responsabilidad y Seguro: La responsabilidad máxima del depositario por siniestro y en conjunto anual, y los requisitos de seguro para ambas partes. El depositario debe mantener un seguro de mercancías todo riesgo emitido por una aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) conforme a la Ley 20/2015.
Derecho de Retención: El derecho de retención del depositario sobre la mercancía almacenada como garantía de tarifas impagadas, conforme al Artículo 1600 del Código Civil y al Artículo 276 del Código de Comercio. El contrato debe especificar las condiciones y los plazos de preaviso antes de ejercerlo.
Fuerza Mayor: Disposiciones sobre eventos de fuerza mayor conforme al Artículo 1105 del Código Civil y la distribución del riesgo cuando la mercancía se pierde o daña por causa ajena al control razonable del depositario.
Protección de Datos: Cláusula de tratamiento de datos conforme al RGPD y a la LOPDGDD cuando el depositario trate datos personales de los clientes del depositante, incluyendo el contrato de encargo del tratamiento del Artículo 28 RGPD con la AEPD como autoridad de control.
Ley Aplicable y Jurisdicción: Elección expresa del derecho español (Código de Comercio y Código Civil) y sumisión a los Juzgados de lo Mercantil del lugar donde esté ubicado el almacén, o arbitraje conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje. Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Contrato de Almacenaje España como punto de partida. Bajo la Ley de Sociedades de Capital (LSC) RDL 1/2010, el Registro Mercantil mantiene el registro de las empresas españolas. El Código de Comercio de 1885 rige las obligaciones mercantiles. La AEAT administra el Impuesto sobre Sociedades. La CNMC vela por el cumplimiento de la normativa de competencia. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Almacenaje España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/business/shipping/contrato-almacenaje-deposito-espana
"Contrato de Almacenaje España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/business/shipping/contrato-almacenaje-deposito-espana.
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}También disponible para estas jurisdicciones:
Preguntas Frecuentes
El Contrato de Almacenaje en España se rige principalmente por el Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), concretamente por los artículos 303 a 310 que regulan los depósitos mercantiles. El artículo 303 define el depósito mercantil como aquel que realizan comerciantes o que tiene una finalidad mercantil, sometiéndolo a la jurisdicción del derecho mercantil. El estándar de diligencia exigible al depositario es el del buen comerciante conforme al artículo 304 del Código de Comercio, que es un estándar superior al del buen padre de familia aplicable a los depósitos civiles conforme al artículo 1766 del Código Civil. La Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y su reglamento de desarrollo (Real Decreto 1211/1990) pueden también aplicarse cuando el depositario sea un operador logístico registrado. Las controversias se resuelven ante el Juzgado de lo Mercantil conforme al artículo 86 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985), o mediante arbitraje conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje cuando el contrato incluya una cláusula arbitral.
Conforme a los artículos 303 y 304 del Código de Comercio, el depositario en España está obligado a custodiar la mercancía con la diligencia del buen comerciante. Si la mercancía se devuelve en peor estado del que fue recibida, el depositario carga con la prueba de que el daño se produjo sin culpa de su parte — por ejemplo, por fuerza mayor conforme al artículo 1105 del Código Civil. El depositario no responde del deterioro inherente de la mercancía perecedera, siempre que se hayan mantenido las condiciones de almacenamiento pactadas. El contrato de almacenaje habitualmente incluye un límite de responsabilidad — expresado como múltiplo de las tarifas de almacenaje o en función del valor declarado — y exige al depositario mantener un seguro de mercancías en almacén todo riesgo emitido por una aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). El depositante debe contratar un seguro independiente para la mercancía de alto valor que exceda el límite de responsabilidad contractual.
El derecho de retención del depositario es un mecanismo jurídico previsto en el artículo 1600 del Código Civil y en el artículo 276 del Código de Comercio que permite al depositario retener la mercancía almacenada como garantía del pago de las tarifas de almacenaje impagadas y de los gastos incurridos en la conservación de los bienes. El derecho puede ejercerse cuando el depositante no abona las tarifas acordadas en plazo y persiste en el incumplimiento tras recibir un requerimiento fehaciente (burofax con acuse de recibo) del depositario. La retención es un derecho de posesión — el depositario no puede vender ni disponer unilateralmente de la mercancía sin autorización judicial. Para hacer efectivo el derecho y obtener el pago, el depositario debe iniciar un procedimiento judicial ante el Juzgado de lo Mercantil. Un Contrato de Almacenaje bien redactado debe especificar los plazos de preaviso, el procedimiento para ejercer el derecho y cualquier mecanismo de resolución alternativa pactado, a fin de evitar costosos litigios ante el Juzgado de lo Mercantil.
El resguardo de depósito es un documento emitido por el depositario al recibir la mercancía conforme al artículo 306 del Código de Comercio. El resguardo describe la mercancía por tipo, cantidad, peso, volumen, estado y marcas identificativas, y constituye prueba prima facie del estado de la mercancía en el momento del depósito. Es el documento probatorio principal en cualquier controversia ante el Juzgado de lo Mercantil sobre el estado de los bienes a la recepción. En el contexto de los almacenes generales de depósito regulados por la Ley de 9 de julio de 1862, el resguardo puede adoptar la forma de un warrant negociable que puede endosarse a entidades financieras para obtener crédito garantizado con la mercancía depositada. Para las operaciones de almacenaje privado sujetas únicamente al Código de Comercio, el resguardo es un documento probatorio no negociable. El Contrato de Almacenaje debe especificar el formato, el contenido y el plazo de entrega del resguardo de depósito, así como si las discrepancias apreciadas en la recepción deben comunicarse en un plazo determinado para ser admisibles en reclamaciones posteriores.
La ley española no impone un requisito de seguro obligatorio para el almacenaje mercantil privado, pero la práctica del mercado y una gestión prudente del riesgo exigen coberturas específicas. El depositario habitualmente mantiene un seguro de mercancías en almacén todo riesgo que cubre el valor de reposición de los bienes almacenados frente a incendio, inundación, robo y daño accidental, emitido por una aseguradora autorizada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) conforme a la Ley 20/2015. El depositario también necesita un seguro de responsabilidad civil de explotación que cubra los daños corporales y materiales a terceros en las instalaciones del almacén. El depositante debe mantener su propio seguro de responsabilidad civil de producto conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 (LGDCU) para bienes de consumo, y un seguro de transporte marítimo o terrestre para la mercancía en tránsito. Para los bienes a temperatura controlada o los medicamentos regulados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), puede ser necesario también un seguro especializado de retirada de producto y desviación de temperatura.
El Contrato de Almacenaje en España debe especificar la estructura de tarifas de almacenaje — habitualmente expresada como coste por posición de palé al día o al mes, por metro cuadrado ocupado o por unidad almacenada — y el ciclo de facturación (mensual, trimestral o basado en eventos). Las condiciones de pago entre empresas en España se rigen por la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que limita los plazos de pago entre empresas a un máximo de 60 días desde la fecha de factura en la mayoría de las transacciones comerciales. El retraso en el pago genera automáticamente intereses de demora al tipo de referencia del Banco Central Europeo (BCE) más ocho puntos porcentuales conforme al artículo 7 de la Ley 3/2004. El contrato debe especificar el mecanismo de entrega de facturas, la divisa (euros), la cuenta bancaria (IBAN) para el pago y el tratamiento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicable conforme a la Ley 37/1992, teniendo en cuenta que los servicios de almacenaje están generalmente sujetos al tipo general del IVA del 21 %.
Sí. Las partes comerciales en España pueden pactar libremente resolver las controversias derivadas de un Contrato de Almacenaje mediante arbitraje conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje, que transpone la Ley Modelo UNCITRAL sobre Arbitraje Comercial Internacional. Una cláusula arbitral en el contrato de almacenaje debe pactarse por escrito (artículo 9 de la Ley 60/2003) y habitualmente designa una institución arbitral — como la Corte de Arbitraje de Madrid (adscrita a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Madrid), la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA) o el Tribunal Arbitral de Barcelona — junto con el número de árbitros, el idioma del procedimiento y la ley aplicable. Los laudos arbitrales dictados en España son ejecutables como sentencias judiciales conforme al artículo 44 de la Ley 60/2003 y pueden ejecutarse en el extranjero al amparo del Convenio de Nueva York de 1958. Cuando no exista cláusula arbitral, las controversias de almacenaje se resuelven ante el Juzgado de lo Mercantil del lugar donde se ubique el almacén conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC, Ley 1/2000).
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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