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Acuerdo de Resolución de Conflictos España — Ley 60/2003 de Arbitraje art. 9

Dispute Resolution Agreement Spain (Acuerdo de Resolución de Conflictos)

ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Dispute Resolution Agreement

Conforme a la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación

1. PARTES

PRIMERA PARTE:

Nombre: [Party 1 Name]

NIF / DNI / NIE: [Party 1 NIF]

Domicilio: [Party 1 Address]

Firmante: [Party 1 Representative]

SEGUNDA PARTE:

Nombre: [Party 2 Name]

NIF / DNI / NIE: [Party 2 NIF]

Domicilio: [Party 2 Address]

Firmante: [Party 2 Representative]

2. ÁMBITO DE LAS CONTROVERSIAS

Contrato / relación subyacente: [Underlying Contract]

El presente acuerdo se aplica a: [Scope of Disputes]

Las materias no arbitrables conforme al artículo 2 de la Ley 60/2003 de Arbitraje — incluyendo las materias penales, el estado civil, los procedimientos de Derecho público y los derechos obligatorios de consumidores — quedan expresamente excluidas del presente acuerdo y sometidas a la jurisdicción de los tribunales españoles competentes.

3. PROCEDIMIENTO ESCALONADO DE RESOLUCIÓN (CLÁUSULA ESCALONADA)

Paso 1 — Negociación Directa:

Ante el surgimiento de una controversia, cualquiera de las partes podrá notificarlo por escrito a la otra. Los representantes de alto nivel de ambas partes se reunirán (presencialmente o por videoconferencia) en el plazo de 10 días hábiles y negociarán de buena fe durante [Negotiation Period]. Si no se alcanza un acuerdo, cualquiera de las partes podrá activar el Paso 2.

Paso 2 — Mediación:

Mediación previa al arbitraje: [Mediation Required]

Institución de mediación / método de designación: [Mediation Institution]

Período de mediación: [Mediation Period]

La mediación se desarrollará conforme a la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (LM). Todas las comunicaciones de la mediación son confidenciales conforme al artículo 9 LM e inadmisibles como prueba en procedimientos posteriores. Cualquier acuerdo mediado podrá elevarse a título ejecutivo mediante escritura pública ante Notario conforme al artículo 25 LM.

Paso 3 — Arbitraje Vinculante:

Si la controversia no se resuelve mediante negociación y mediación (en su caso), se resolverá definitivamente mediante arbitraje vinculante conforme a la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (LA). La presente cláusula arbitral constituye un convenio arbitral válido conforme al artículo 9 LA.

4. CLÁUSULA ARBITRAL (CONVENIO ARBITRAL)

Institución arbitral: [Arbitration Institution]

Sede del arbitraje: [Seat of Arbitration]

Número de árbitros: [Number of Arbitrators]

Idioma del procedimiento: [Arbitration Language]

Ley sustantiva aplicable: [Governing Law]

El laudo arbitral será definitivo y vinculante para ambas partes. Será ejecutable ante el Juzgado de Primera Instancia conforme al artículo 44 de la LA 60/2003. Los motivos de anulación se limitan estrictamente a los establecidos en el artículo 41 LA. Los laudos extranjeros se ejecutarán a través del Convenio de Nueva York de 1958, aplicado por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma correspondiente.

5. MEDIDAS CAUTELARES URGENTES Y COSTAS

Medidas cautelares judiciales urgentes: [Emergency Relief]

Sin perjuicio del presente convenio arbitral, cualquiera de las partes podrá solicitar al Juzgado de Primera Instancia medidas cautelares urgentes conforme al artículo 8.3 de la LA 60/2003 y a los artículos 722–747 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC — Ley 1/2000) antes de la constitución del tribunal arbitral. Dicha solicitud no supone renuncia al convenio arbitral.

Distribución de costas: [Cost Allocation]

6. LEY APLICABLE Y CONSERVACIÓN DE LA VALIDEZ

El presente acuerdo de resolución de conflictos se rige por la ley española — Ley 60/2003 de Arbitraje, Ley 5/2012 de Mediación y el Código Civil. El artículo 24 de la Constitución Española de 1978 garantiza la tutela judicial efectiva — el presente acuerdo no supone renuncia a ese derecho sino que compromete a las partes a acudir a foros alternativos con carácter contractual, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Si cualquier disposición del presente acuerdo fuera declarada inválida o inaplicable, las disposiciones restantes continuarán en pleno vigor. En particular, la invalidez de la cláusula de mediación no afectará a la validez de la cláusula arbitral, ni viceversa.

FIRMAS

Firmado en [City], el [Date].

PRIMERA PARTE:

[Party 1 Name]

Representada por: [Party 1 Representative]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

SEGUNDA PARTE:

[Party 2 Name]

Representada por: [Party 2 Representative]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Primera Parte / Representante

________________

Signature

Segunda Parte / Representante

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Resolución de Conflictos España — Ley 60/2003 de Arbitraje art. 9

El Acuerdo de Resolución de Conflictos es, en España, el contrato escrito regulado por Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, art. 9, que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

Desde la perspectiva del ordenamiento jurídico español, este documento debe cumplir con los requisitos formales establecidos en el Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885) y la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio). La validez del documento requiere la identificación completa de las partes mediante NIF o CIF, según corresponda a personas físicas o jurídicas. El Registro Mercantil Central y los Registros Mercantiles provinciales constituyen las instituciones encargadas de la inscripción y publicidad de los actos mercantiles en España. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) establece obligaciones fiscales derivadas de las operaciones documentadas, incluyendo la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993. El Tribunal Supremo ha consolidado doctrina jurisprudencial sobre la interpretación de cláusulas contractuales mercantiles, especialmente en relación con la buena fe contractual recogida en los Artículos 1258 y 1278 del Código Civil. La Dirección General de los Registros y del Notariado emite resoluciones vinculantes sobre la calificación registral de documentos mercantiles. Las Cámaras de Comercio de España ofrecen servicios de mediación y arbitraje para la resolución extrajudicial de controversias empresariales conforme a la Ley 60/2003 de Arbitraje.

Cuándo necesitas Acuerdo de Resolución de Conflictos España — Ley 60/2003 de Arbitraje art. 9

Un Acuerdo de Resolución de Conflictos resulta imprescindible o altamente recomendable en diversas situaciones jurídicas y contractuales en España. En contratos mercantiles internacionales o de alto valor económico, las partes incorporan cláusulas de arbitraje para evitar la incertidumbre, el coste elevado y la excesiva duración de los procedimientos judiciales ordinarios ante los Juzgados de lo Mercantil españoles, cuya duración media supera los dieciocho meses en primera instancia. Las sociedades de capital incorporan frecuentemente en sus estatutos sociales o en pactos de socios cláusulas de arbitraje para resolver las controversias entre socios o entre socios y la sociedad, sustrayendo estas disputas a la jurisdicción ordinaria de los Juzgados de lo Mercantil conforme a los artículos 86ter y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En el ámbito de las relaciones de consumo, el sistema arbitral de consumo regulado por el Real Decreto 231/2008 permite a los consumidores resolver sus reclamaciones contra empresas adheridas de forma rápida y gratuita, con eficacia de laudo ejecutable judicialmente. Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal regulado por la Ley 49/1960 recurren a la mediación para resolver conflictos vecinales (ruidos, obras, impago de cuotas) antes de acudir al Juzgado de Primera Instancia, reduciendo el coste y el deterioro de las relaciones vecinales que el litigio implica. En procedimientos de divorcio o separación de mutuo acuerdo, la Ley 5/2012 permite que las partes alcancen el convenio regulador —incluyendo la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas y la pensión de alimentos— mediante mediación familiar, reduciendo el impacto emocional y económico del proceso sobre los menores y los cónyuges. Los contratos de construcción, ingeniería y obra civil de gran envergadura incorporan habitualmente cláusulas de dispute board (comité de resolución de disputas) formado por técnicos independientes que resuelven controversias técnicas durante la ejecución de la obra, evitando la paralización del proyecto por litigios.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede requerir la acreditación de relaciones contractuales conforme al Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015). La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) exige documentación acreditativa para el alta, baja y variaciones de datos en el Sistema de la Seguridad Social. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) interviene en procedimientos de regulación de empleo que requieren soporte documental específico. Los Juzgados de lo Mercantil, creados por la Ley Orgánica 8/2003, tienen competencia exclusiva sobre materias concursales y de propiedad industrial. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) supervisa prácticas comerciales que pueden afectar a la libre competencia conforme a la Ley 15/2007.

Qué incluir en tu Acuerdo de Resolución de Conflictos España — Ley 60/2003 de Arbitraje art. 9

Un Acuerdo de Resolución de Conflictos completo en España debe incluir los siguientes elementos esenciales según el mecanismo alternativo elegido por las partes. Para el arbitraje conforme a la Ley 60/2003: la cláusula compromisoria o el convenio arbitral con indicación expresa de que las partes se someten a arbitraje con exclusión de los tribunales ordinarios; el número de árbitros (uno o tribunal de tres); el procedimiento de designación de los árbitros con los plazos correspondientes; la sede del arbitraje en España con la ciudad concreta; el idioma del procedimiento arbitral; el derecho aplicable al fondo del asunto; si el arbitraje es de derecho (árbitros resuelven conforme a derecho aplicable) o de equidad (árbitros resuelven según su leal saber y entender); y la referencia a la institución arbitral administradora si se opta por arbitraje institucional: Corte Española de Arbitraje (adscrita al Consejo Superior de Cámaras), Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB), CIMA (Centro Internacional de Mediación y Arbitraje de Madrid), Cámara de Comercio Internacional (CCI) para contratos internacionales, o Corte de Arbitraje de Londres (LCIA). Para la mediación conforme a la Ley 5/2012: la designación del mediador individual o institución de mediación; el plazo máximo del procedimiento de mediación antes de acudir a la vía judicial si no hay acuerdo; el carácter confidencial de todo lo actuado en la mediación conforme al Artículo 9 LM; y las consecuencias jurídicas del acuerdo de mediación elevado a escritura pública notarial para adquirir eficacia ejecutiva conforme al Artículo 25 LM y 517.2.2 LEC. La definición precisa del ámbito objetivo de aplicación de la cláusula: qué controversias o categorías de disputas quedan sometidas al mecanismo alternativo (todas las derivadas del contrato, o solo determinadas materias). Las condiciones de admisibilidad previas al arbitraje o mediación: negociación directa de buena fe durante un plazo determinado (por ejemplo treinta días), mediación preceptiva antes del arbitraje. El procedimiento para solicitar medidas cautelares urgentes ante los Juzgados ordinarios durante la tramitación del arbitraje o mediación, conforme al Artículo 11.3 de la Ley 60/2003. La exclusión de determinadas categorías de controversias del mecanismo alternativo: reclamaciones de cuantía inferior a un umbral mínimo, ejecución de resoluciones ya firmes. La jurisdicción residual de los Juzgados ordinarios españoles para la ejecución del laudo o del acuerdo de mediación, y para el control judicial del laudo arbitral mediante la acción de anulación del Artículo 41 de la Ley 60/2003 ante la Sala de lo Civil del TSJ correspondiente.

El marco regulatorio español exige que este tipo de documento incluya cláusulas específicas sobre protección de datos personales conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD — Reglamento UE 2016/679) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede imponer sanciones de hasta 20 millones de euros por infracciones graves en materia de tratamiento de datos. Las obligaciones tributarias derivadas incluyen la presentación del Modelo 036 o 037 ante la AEAT para la declaración censal, así como los modelos periódicos de IVA (Modelo 303), retenciones (Modelo 111) e Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200). El Consejo General del Notariado supervisa la fe pública en documentos que requieren intervención notarial. La plataforma forms-legal.com facilita la generación de este documento conforme a la legislación española vigente, incorporando todas las cláusulas obligatorias y recomendadas por la práctica jurídica profesional. Los Colegios de Abogados de España ofrecen servicios de turno de oficio y orientación jurídica gratuita para ciudadanos que necesiten asesoramiento sobre la formalización de documentos legales.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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