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Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile

Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES

Código Orgánico de Tribunales, Artículos 446–518

Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces

Señor/a Conservador de Bienes Raíces de [Comuna Inmueble]

Presente

I. IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE

Nombre o razón social: [Nombre Solicitante]

RUT: [RUT Solicitante]

Domicilio: [Domicilio Solicitante]

Correo electrónico: [Correo Solicitante]

II. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE

Descripción del inmueble: [Descripción Inmueble]

Comuna: [Comuna Inmueble]

Superficie del terreno: [Superficie Terreno]

Rol de avalúo SII: [Rol Avalúo]

Inscripción anterior en el CBR: [Inscripción Anterior]

III. TÍTULO QUE SE SOLICITA INSCRIBIR

Registro solicitado: [Tipo Inscripción]

Tipo de título: [Tipo Título]

Datos del título: [Datos Escritura]

Vendedor / cedente / causante: [Vendedor Cedente]

Comprador / adquirente / beneficiario: [Comprador Adquirente]

IV. ANTECEDENTES TRIBUTARIOS Y ARANCELARIOS

Precio del contrato o monto del crédito: [Precio Contrato]

Impuesto de Timbres y Estampillas pagado: [Impuesto Timbres]

V. FUNDAMENTO LEGAL

— Artículo 686 del Código Civil: la tradición del dominio de bienes raíces se efectúa por la inscripción del título en el Registro del CBR.

— Artículos 446 a 518 del Código Orgánico de Tribunales (COT): organización y funciones del Conservador de Bienes Raíces.

— Artículos 687 y 688 del Código Civil: obligación de inscripción de títulos hereditarios y adjudicaciones.

— Artículo 2410 del Código Civil: la hipoteca se perfecciona por su inscripción en el CBR.

— Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, Artículos 32 y siguientes.

VI. PETICIÓN

Por lo expuesto, solicito al señor/a Conservador de Bienes Raíces de [Comuna Inmueble]:

1. Tener por presentado el presente requerimiento de inscripción junto con los documentos adjuntos.

2. Proceder a inscribir el título individualizado en la Sección III en el [Tipo Inscripción].

3. Asignar número de inscripción, folio y año al acto inscrito y entregar la copia autorizada con la anotación marginal correspondiente.

4. En caso de observaciones al título, comunicarlas dentro del plazo legal para proceder a la subsanación correspondiente.

En [Ciudad Firma], a [Fecha Solicitud].

Firma del Solicitante: _________________________

[Nombre Solicitante]

RUT: [RUT Solicitante]

Solicitante / Mandatario

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile

La Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces en Chile es la petición, regida por los artículos 446 a 518 del Código Orgánico de Tribunales y el Reglamento del Conservador, mediante la cual el interesado requiere inscribir un título de dominio, hipoteca o gravamen en los registros respectivos.

El Conservador de Bienes Raíces es un auxiliar de la administración de justicia, designado por el Presidente de la República a propuesta de la Corte de Apelaciones competente, conforme al Artículo 446 del Código Orgánico de Tribunales. Su función principal es mantener los registros públicos donde se inscriben todos los actos y contratos relativos a bienes raíces ubicados en su territorio jurisdiccional. Chile cuenta con Conservadores de Bienes Raíces en cada una de las comunas del país, siendo el Conservador de Bienes Raíces de Santiago el de mayor volumen de inscripciones dado el tamaño del mercado inmobiliario de la Región Metropolitana.

El Registro Conservatorio de Bienes Raíces comprende tres registros principales conforme al Artículo 32 del Reglamento del Conservador: el Registro de Propiedad, donde se inscriben las transferencias del dominio de bienes raíces (compraventas, donaciones, adjudicaciones en juicio divisorio, inscripciones de posesión efectiva); el Registro de Hipotecas y Gravámenes, donde se inscriben las hipotecas, servidumbres, usufructos, censos y otros gravámenes; y el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar, donde se inscriben las prohibiciones legales y convencionales que afectan la libre disposición de los inmuebles.

La inscripción en el CBR cumple tres funciones fundamentales en el sistema jurídico chileno. Primero, es el modo de adquirir el dominio de bienes raíces: conforme al Artículo 686 del Código Civil, la tradición del dominio de inmuebles y de los derechos reales constituidos en ellos se efectúa por la inscripción del título en el Registro del Conservador. Sin inscripción no hay tradición y, por tanto, no hay transferencia de propiedad. Segundo, es el requisito de publicidad frente a terceros: la inscripción hace oponible el derecho real a terceros que no fueron parte del contrato (efecto erga omnes). Tercero, es la forma de mantener la historia de la propiedad: la cadena ininterrumpida de inscripciones desde el título original hasta el propietario actual (estudio de títulos) es esencial para acreditar el dominio ante bancos, notarías y tribunales.

La Corte Suprema de Justicia, mediante jurisprudencia reiterada bajo el Artículo 96 del Código Orgánico de Tribunales, ha establecido que las negativas del CBR a inscribir un título son reclamables ante el Juez de Letras competente dentro del plazo de diez días contados desde que se notificó la negativa, conforme al Artículo 18 del Reglamento del Conservador. El interesado puede también deducir el recurso de queja ante la Corte de Apelaciones cuando la negativa del CBR constituye falta o abuso grave conforme al Artículo 545 del COT. La Asociación de Conservadores de Bienes Raíces de Chile agrupa a los CBR del país y ha liderado la digitalización de los registros a través de la plataforma en línea www.conservadoresbc.cl, que permite verificar inscripciones y solicitar certificados en línea.

Cuándo necesitas Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile

La Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile se requiere en todos los actos jurídicos sobre inmuebles que la ley exige inscribir para su validez, oponibilidad o para producir sus efectos respecto de terceros.

Se necesita esta solicitud cuando se compra o vende un bien raíz. La compraventa de inmuebles se perfecciona mediante escritura pública otorgada ante Notario Público, conforme al Artículo 1801 inciso 2° del Código Civil, y la transferencia del dominio al comprador opera mediante la inscripción de dicha escritura en el Registro de Propiedad del CBR competente, conforme al Artículo 686 del Código Civil. Sin inscripción, el comprador no adquiere el dominio aunque haya pagado el precio íntegro y tomado posesión material del inmueble.

La solicitud se requiere cuando se constituye una hipoteca sobre un bien raíz. La hipoteca es un derecho real que grava el inmueble para garantizar el cumplimiento de una obligación, conforme al Artículo 2407 del Código Civil, y se perfecciona mediante su inscripción en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del CBR, conforme al Artículo 2410 del Código Civil. Los bancos e instituciones financieras fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) exigen la inscripción de la hipoteca como requisito previo al desembolso de los créditos hipotecarios regulados por la Ley 18.010 sobre Operaciones de Crédito de Dinero.

Se necesita cuando se perfecciona la adquisición de un bien raíz por herencia. La posesión efectiva — resolución judicial o administrativa del Registro Civil que reconoce a los herederos del causante — debe inscribirse en el CBR del lugar de ubicación de cada inmueble hereditario, conforme al Artículo 688 del Código Civil. Sin la inscripción de la posesión efectiva y del correspondiente título (testamento o declaración de herederos) los herederos no pueden enajenar ni gravar los bienes raíces heredados.

La solicitud también se necesita para inscribir usufructos, servidumbres de tránsito o acueducto, derechos de uso y habitación, contratos de promesa de compraventa cuando se acuerda su inscripción, prohibiciones convencionales de enajenar (cláusulas de no enajenar), decretos judiciales de prohibición de gravar o enajenar en juicios ejecutivos o medidas precautorias conforme a los Artículos 290 y 297 del Código de Procedimiento Civil, y adjudicaciones en juicios divisorios (liquidación de comunidades hereditarias o conyugales) conforme al Artículo 687 del Código Civil.

Finalmente, se requiere cuando el propietario desea actualizar el Registro de Propiedad para reflejar cambios de dominio resultantes de expropiaciones por el Fisco chileno o las municipalidades, conforme al DL 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones, o cambios resultantes de prescripción adquisitiva declarada judicialmente conforme a los Artículos 2492 a 2520 del Código Civil y el Artículo 689 del Código Civil.

Qué incluir en tu Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile

Una Solicitud de Inscripción válida ante el Conservador de Bienes Raíces de Chile debe contener los elementos que establecen el Código Orgánico de Tribunales (Artículos 446–518), el Reglamento del Conservador de Bienes Raíces y los aranceles vigentes.

Identificación del Solicitante: Nombre completo, RUT, cédula de identidad, domicilio y correo electrónico del solicitante — que puede ser el propio titular del derecho o un mandatario con poder notarial suficiente. El poder debe indicar expresamente la facultad de requerir inscripciones en el CBR, conforme al Artículo 2132 del Código Civil sobre mandato especial.

Identificación del Inmueble: Descripción completa del bien raíz objeto de la inscripción — ubicación (calle, número, comuna, región), superficie del terreno en metros cuadrados o hectáreas, superficie construida, número de rol de avalúo del SII, deslindes (Norte, Sur, Oriente, Poniente) conforme a la escritura pública, folio real o número de inscripción anterior en el CBR del mismo inmueble.

Título que se Solicita Inscribir: Identificación del título que origina la solicitud de inscripción — escritura pública de compraventa (con indicación del Notario otorgante, fecha y número de repertorio), resolución de posesión efectiva del Registro Civil o del tribunal, decreto judicial de adjudicación, escritura de hipoteca, sentencia de prescripción adquisitiva, u otro título. El título debe estar previamente otorgado ante Notario Público o autoridad competente.

Registro al que se Destina: Indicación precisa del registro en que se solicita la inscripción — Registro de Propiedad (para transferencias de dominio), Registro de Hipotecas y Gravámenes (para hipotecas, servidumbres, usufructos, fideicomisos, censos) o Registro de Interdicciones y Prohibiciones (para medidas cautelares, prohibiciones convencionales, interdicciones). Algunos actos deben inscribirse simultáneamente en más de un registro.

Documentación Adjunta: Copia autorizada de la escritura pública o título que se inscribe, liquidación del Impuesto de Timbres y Estampillas (cuando corresponde conforme al DL 3.475 de 1980 para hipotecas y créditos), certificado de avalúo fiscal del SII (rol), plano de subdivisión o loteo aprobado por la Dirección de Obras Municipales (DOM) cuando el predio ha sido dividido o fusionado conforme al Artículo 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL 458 de 1975), y comprobante de pago de los derechos arancelarios del CBR.

Derechos Arancelarios: El CBR cobra derechos arancelarios fijados en el Arancel de los Conservadores de Bienes Raíces, aprobado por Decreto Supremo del Ministerio de Justicia. Los derechos se calculan como porcentaje del precio del contrato o del avalúo fiscal del inmueble según corresponda. El arancel vigente se publica en el Diario Oficial y en el portal de la Asociación de Conservadores de Bienes Raíces www.conservadoresbc.cl.

Forms-legal.com pone a disposición este formulario de Solicitud de Inscripción en el CBR Chile como herramienta de orientación. Dado que las inscripciones en el CBR tienen efectos jurídicos definitivos sobre la propiedad inmobiliaria, se recomienda asesorarse con un Abogado o Notario antes de presentar la solicitud, especialmente en casos de inscripciones por primera vez, subdivisiones prediales y regularización de títulos. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 18.010AR official

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Forms Legal. (2026). Solicitud de Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/real-estate/property/solicitud-inscripcion-conservador-chile

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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