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Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile

Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile

Ley N° 18.933 Art. 113

RECLAMO ANTE LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD

Ley N° 18.933, Art. 113 — Ley N° 19.937

[Ciudad Reclamo], [Fecha Reclamo]

Señor(a) Superintendente de Salud

Superintendencia de Salud de Chile

Ministerio de Salud

I. IDENTIFICACIÓN DEL RECLAMANTE

1.1

Nombre completo: [Nombre Reclamante], RUT: [RUT Reclamante].

1.2

Domicilio: [Domicilio Reclamante].

1.3

Contacto: [Email Reclamante][Teléfono Reclamante].

II. ENTIDAD RECLAMADA

2.1

Entidad reclamada: [Nombre Entidad] ([Tipo Entidad]).

2.2

Número de contrato o póliza: [Número Contrato].

2.3

Tipo de reclamo: [Tipo Reclamo]. Monto en disputa: [Monto Controvertido].

III. RELATO DE LOS HECHOS

3.1

Descripción detallada de los hechos:

[Descripción Hechos]

3.2

Gestiones previas realizadas con la entidad reclamada:

[Gestiones Anteriores]

IV. FUNDAMENTO LEGAL

4.1

Normativa o derecho presuntamente infringido: [Normativa Infringida].

4.2

La conducta descrita vulnera las obligaciones de la entidad reclamada bajo la Ley N° 18.933 (Ley de ISAPRE), la Ley N° 19.937 (Ley de Autoridad Sanitaria) y, en lo que corresponda, las Garantías Explícitas en Salud (GES/AUGE) establecidas por la Ley N° 19.966 y sus decretos de garantías.

V. PETITORIO

Por lo expuesto, solicito respetuosamente a la Superintendencia de Salud:

Tener por interpuesto el presente reclamo conforme al Art. 113 de la Ley N° 18.933 y tramitarlo conforme a la Ley N° 19.880 (Bases de Procedimientos Administrativos).

Requerir a la entidad reclamada los antecedentes pertinentes y disponer las medidas correctivas que correspondan.

En caso de verificarse infracción normativa, aplicar las sanciones del Art. 111 de la Ley N° 18.933 y ordenar el cese de la conducta infractora.

Notificar al reclamante en [Email Reclamante] o [Domicilio Reclamante] la resolución que recaiga en el presente reclamo.

Firma del Reclamante

[Nombre Reclamante]

Signature

Date: ________________

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile

El Reclamo ante la Superintendencia de Salud de Chile es el mecanismo administrativo formal establecido por la Ley N° 18.933 (Ley de Instituciones de Salud Previsional — ISAPRE), en su Artículo 113 y concordantes, mediante el cual un afiliado, beneficiario o cotizante puede denunciar ante la Superintendencia de Salud las actuaciones u omisiones de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) o de los prestadores de salud privados que vulneren sus derechos legales y contractuales.

La Superintendencia de Salud es el organismo público fiscalizador del sistema de salud privado chileno, dependiente del Ministerio de Salud (MINSAL), creado por la Ley N° 19.937 de 2004 (Ley de Autoridad Sanitaria y de Gestión de Redes) mediante la fusión de la antigua Superintendencia de ISAPRE y la Superintendencia de Salud. Ejerce fiscalización sobre las ISAPRE abiertas — Banmédica, Colmena, Consalud, Esencial, MasVida y Vida Tres — que pueden contratar con cualquier cotizante del sistema de salud privado, y sobre las ISAPRE cerradas de determinadas empresas o instituciones. También fiscaliza a los prestadores de salud privados acreditados (clínicas, hospitales privados, laboratorios y centros médicos) mediante la Intendencia de Prestadores.

El sistema de salud privado chileno se rige principalmente por la Ley N° 18.933 de 1990 (texto refundido por DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud), que regula los contratos de salud previsional entre los cotizantes y las ISAPRE, los beneficios mínimos garantizados por ley, el sistema de Garantías Explícitas en Salud (GES o AUGE, establecidas por la Ley N° 19.966 de 2004) para las 87 patologías garantizadas vigentes, y los mecanismos de resolución de controversias. La cotización obligatoria para salud es del 7% de la remuneración imponible mensual, que el trabajador puede destinar a FONASA (fondo estatal) o a una ISAPRE de su elección conforme al Artículo 84 del DFL N° 1/2005.

El reclamo ante la Superintendencia de Salud puede interponerse por una amplia gama de vulneraciones: negativa injustificada de cobertura de prestaciones garantizadas por el contrato o por el GES/AUGE; cobros de copago superiores a los pactados; alza unilateral del precio del plan que infrinja la Ley N° 18.933 o las instrucciones de la Superintendencia; rechazo de licencias médicas (Formulario Único de Licencia Médica) sin fundamento técnico suficiente; exclusión de beneficios o declaración incorrecta de preexistencias; y mala calidad de atención por prestadores acreditados. La crisis del sistema ISAPRE entre 2022 y 2024 — generada por fallos históricos de la Corte Suprema que limitaron las alzas retroactivas — aumentó exponencialmente el número de reclamos ante la Superintendencia de Salud y derivó en la liquidación de algunas ISAPRE por insolvencia. forms-legal.com ofrece este modelo de Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile para que los afiliados puedan ejercer sus derechos en forma efectiva y gratuita. El Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile es el mecanismo formal contemplado en la Ley 18.933 y el DFL 1/2005 para que afiliados de isapres o beneficiarios de FONASA impugnen cobros indebidos, rechazos de prestaciones, alzas de planes y vulneraciones al GES (Garantías Explícitas en Salud) o al CAEC (Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas). La Superintendencia de Salud, regulada por el Ministerio de Salud, tiene facultades para instruir devoluciones, multar a la isapre y ordenar la cobertura de prestaciones denegadas, sin costo alguno para el afiliado reclamante. El formulario de reclamo debe identificar al afiliado con RUT, individualizar la isapre o prestador, describir el hecho reclamado con fecha y monto, y adjuntar la documentación de respaldo (liquidaciones, resoluciones de cobertura, boletas). Forms-legal.com ofrece este modelo de reclamo en PDF o DOCX.

Cuándo necesitas Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile

El Reclamo ante la Superintendencia de Salud es el mecanismo apropiado cuando un afiliado, beneficiario o cotizante del sistema de salud privado chileno enfrenta una vulneración de sus derechos legales o contractuales por parte de una ISAPRE o un prestador de salud privado acreditado, y la gestión directa con la entidad no ha resuelto el problema.

Debe presentarse reclamo ante la Superintendencia de Salud cuando la ISAPRE niega total o parcialmente el reembolso de prestaciones médicas amparadas por el contrato de salud o por las Garantías Explícitas en Salud (GES/AUGE) de la Ley N° 19.966. Las 87 patologías GES vigentes incluyen cáncer, diabetes, hipertensión arterial, infarto agudo al miocardio, VIH/SIDA, esquizofrenia, asma bronquial, artrosis de cadera y rodilla, entre otras enfermedades de alta prevalencia o costo elevado en el sistema de salud chileno.

El reclamo es procedente cuando la ISAPRE aplica un alza de precios al plan de salud que el afiliado estima injustificada o contraria a la normativa vigente — especialmente relevante tras los fallos de la Corte Suprema de 2022 y 2023 que ordenaron la devolución de cobros en exceso y derivaron en la crisis financiera del sector ISAPRE. La Superintendencia de Salud intervino y liquidó algunas instituciones (como Cruz Blanca ISAPRE) durante ese período, protegiendo a los afiliados afectados.

También procede el reclamo cuando la ISAPRE rechaza una licencia médica emitida por el médico tratante sin justificación técnica suficiente o en contravención al Decreto Supremo N° 3/1984 del Ministerio de Salud que regula las licencias médicas. El rechazo injustificado de licencias médicas priva al trabajador enfermo del subsidio por incapacidad laboral financiado con su cotización de salud del 7%, constituyendo una de las principales fuentes de controversia en el sistema de salud privado chileno.

El reclamo ante la Intendencia de Prestadores es el mecanismo apropiado cuando la clínica, hospital privado o centro médico acreditado cobra honorarios distintos a los informados previamente, cobra por prestaciones no realizadas, incumple los tiempos de espera del GES, o no entrega la atención de calidad comprometida. La Superintendencia también tiene competencia para recibir reclamos sobre la negativa de la ISAPRE a autorizar prestaciones de urgencia, la terminación unilateral del contrato de salud sin seguir el procedimiento del Artículo 38 de la Ley N° 18.933, y la discriminación en el acceso a beneficios por condiciones preexistentes declaradas al ingresar al plan.

Qué incluir en tu Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile

Un Reclamo ante la Superintendencia de Salud válido y bien fundado conforme a la Ley N° 18.933 Art. 113 debe incluir los siguientes elementos esenciales para maximizar las posibilidades de una resolución favorable:

Identificación del Reclamante: Nombre completo, RUT, domicilio, teléfono y correo electrónico del afiliado o beneficiario reclamante. Si el reclamo lo presenta un representante legal o mandatario, adjuntar el poder notarial correspondiente.

Identificación de la Entidad Reclamada: Nombre completo de la ISAPRE o prestador de salud privado reclamado, indicando si es ISAPRE abierta o cerrada, clínica, hospital, laboratorio u otro prestador acreditado por la Superintendencia de Salud.

Número de Contrato o Póliza: Número del contrato de salud previsional con la ISAPRE, número de la credencial del beneficiario o código de afiliación, y período de vigencia del contrato al momento de la controversia.

Descripción Precisa del Reclamo: Relato claro, cronológico y específico de los hechos que motivan el reclamo, indicando: (a) la prestación, cobertura o derecho que se estima vulnerado; (b) las fechas en que ocurrieron los hechos (atención médica, cobro, alza, rechazo); (c) los montos involucrados en pesos chilenos; (d) las gestiones previas realizadas directamente con la ISAPRE o el prestador para resolver el problema y sus resultados; y (e) el fundamento legal o contractual del derecho reclamado.

Fundamento Normativo: Cita de los artículos de la Ley N° 18.933, del contrato de salud, de las Garantías Explícitas en Salud (GES/AUGE bajo la Ley N° 19.966 y sus decretos de garantías), o de las Circulares e Instrucciones de la Superintendencia de Salud que respaldan el reclamo.

Documentos de Respaldo: Copia del contrato de salud o plan de salud vigente; facturas, boletas o comprobantes de cobro; carta de rechazo de la ISAPRE o del prestador; licencia médica rechazada y resolución de rechazo; carnet de beneficiario; formularios de solicitud de autorización de prestaciones; y cualquier comunicación escrita con la ISAPRE o el prestador sobre el problema reclamado.

Petición Concreta: Solicitud específica al Superintendente de Salud, que puede incluir: reintegro del cobro indebido o de los copagos pagados en exceso; autorización de la prestación o cobertura denegada; revocación del alza de precio del plan; nulidad del rechazo de licencia médica; o aplicación de sanciones administrativas a la ISAPRE o prestador infractor conforme al Art. 111 de la Ley N° 18.933.

Presentación del Reclamo: El reclamo puede presentarse en línea a través del Portal del Ciudadano de la Superintendencia de Salud (www.supersalud.gob.cl), en las oficinas regionales de la Superintendencia, o por carta certificada. La Superintendencia de Salud está obligada a tramitar y resolver el reclamo dentro de los plazos establecidos por la Ley N° 19.880 (Ley de Bases de Procedimientos Administrativos). Ante prestadores acreditados, también existe la Intendencia de Prestadores con competencia específica.

formsformas-legal.com ofrece este modelo de Reclamo ante la Superintendencia de Salud para que los afiliados chilenos al sistema de salud privado puedan ejercer sus derechos en forma efectiva. Para controversias de alta complejidad técnica o que involucren montos significativos, se recomienda asesoramiento legal adicional o acudir a FONASA y evaluar el cambio de sistema de salud. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Además de los elementos básicos, un reclamo efectivo ante la Superintendencia de Salud debe incluir:

**Cronología detallada de hechos:** Relato preciso y cronológico de los eventos: fecha de la prestación médica o del evento que motiva el reclamo; fecha en que la ISAPRE o el prestador informó su decisión; fecha de las gestiones directas del afiliado para resolver el problema antes de recurrir a la Superintendencia; y fechas de todos los documentos adjuntos. La cronología clara facilita el análisis del instructor de la Superintendencia y reduce los plazos de tramitación.

**Referencia a la normativa vulnerada:** Citar expresamente los artículos de la Ley N° 18.933, de las Circulares e Instrucciones de la Superintendencia de Salud (disponibles en www.supersalud.gob.cl), de las Garantías Explícitas en Salud bajo la Ley N° 19.966, o del contrato de salud previsional que se estiman vulnerados. Un reclamo bien fundamentado normativamente tiene mayor probabilidad de acogida que uno basado exclusivamente en hechos descriptivos sin fundamento legal.

**Petición concreta y cuantificada:** Solicitud específica al Superintendente de Salud: reintegro del cobro indebido (monto exacto en CLP); autorización de la prestación denegada; revocación del alza de precio con indicación del porcentaje; o aplicación de sanciones a la entidad infractora bajo el Artículo 111 de la Ley N° 18.933 (multas de hasta 60 UF por infracción). Las sanciones impuestas se publican en el sitio web de la Superintendencia, generando impacto reputacional para las ISAPRE y prestadores infractores.

**Opciones post-reclamo:** Si la Superintendencia no acoge favorablemente el reclamo, el afiliado puede: solicitar reconsideración administrativa bajo la Ley N° 19.880 (Ley de Bases de Procedimientos Administrativos); interponer recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago conforme al Artículo 120 de la Ley N° 18.933; interponer recurso de protección ante la Corte de Apelaciones cuando la negativa amenace el derecho a la vida del Artículo 19 N° 1 de la Constitución Política; o demandar directamente a la ISAPRE ante los Juzgados de Letras en lo Civil. forms-legal.com ofrece este modelo de Reclamo ante la Superintendencia de Salud Chile de forma gratuita en PDF o DOCX, para que los afiliados al sistema de salud privado chileno puedan ejercer sus derechos de manera efectiva ante el organismo regulador competente.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 18.933AR official

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Preguntas Frecuentes

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Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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