Formulario Inicio de Actividades SII Chile
Código Tributario Art. 68; SII Form 4415
FORMULARIO DE INICIO DE ACTIVIDADES — SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Formulario 4415 — Código Tributario Artículo 68
1. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE
Nombre o Razón Social: [Taxpayer Name]
RUT: [RUT]
Tipo de Contribuyente: [Taxpayer Type]
2. ACTIVIDAD ECONÓMICA (GIRO)
Giro Principal: [Primary Giro]
Código de Actividad Económica (CAE): [Activity Code]
Giro Secundario: [Secondary Giro]
Fecha de Inicio de Actividades: [Activity Start Date]
3. DOMICILIO TRIBUTARIO
Dirección: [Street Address]
Ciudad y Comuna: [City]
Región: [Region]
Teléfono: [Phone]
Correo Electrónico: [Email]
4. RÉGIMEN TRIBUTARIO E IVA
Régimen Tributario Elegido: [Tax Regime]
Condición IVA: [IVA Status]
Método Contable: [Accounting Method]
6. CAPITAL Y EMPLEADOS
Capital Pagado Inicial: [Initial Capital]
Número Esperado de Empleados: [Expected Employees]
7. DECLARACIÓN JURADA
El contribuyente individualizado declara, bajo juramento, que los antecedentes consignados en este formulario son fidedignos y que el inicio de las actividades aquí descritas se efectúa a contar de la fecha indicada, cumpliendo con la obligación establecida en el Artículo 68 del Código Tributario (Decreto Ley N° 830/1974). El contribuyente reconoce que la omisión o retardo en la presentación de este aviso constituye infracción tributaria sancionada en el Artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
Lugar y Fecha de Declaración: [City], [Registration Date]
Taxpayer / Authorized Representative (Contribuyente / Representante)
[Taxpayer Name]
Signature
Date: ________________
Qué es Formulario Inicio de Actividades SII Chile
El Formulario Inicio de Actividades SII en Chile es el formulario oficial mediante el cual se presenta ante el organismo competente la información o solicitud que contiene. Se rige por Código Tributario Art. 68.
El Formulario 4415 — conocido oficialmente como Formulario de Inicio de Actividades — recoge los datos de identificación del contribuyente (RUT: Rol Único Tributario, asignado por el Registro Civil e Identificación o el propio SII), el giro o actividad económica principal (código de la Clasificación de Actividades Económicas del SII), el domicilio tributario, el régimen contable elegido (contabilidad completa bajo el Régimen General de Primera Categoría o el simplificado Régimen Pro PYME de la Ley N° 21.210 de 2020) y las obligaciones tributarias que asumirá el contribuyente: IVA (Impuesto al Valor Agregado del 19% según el DL 825/1974), Impuesto de Primera Categoría, Impuesto Global Complementario y/o retenciones por pagos de remuneraciones.
El Artículo 68 del Código Tributario establece un plazo estricto de dos meses desde la fecha de inicio de las actividades comerciales. El incumplimiento dentro de este plazo constituye una infracción tributaria sancionada conforme al Artículo 97 N° 1 del Código Tributario, con multa de una UTM (Unidad Tributaria Mensual) a una UTA (Unidad Tributaria Anual). Los valores de la UTM y la UTA son ajustados mensualmente por el SII según el IPC (Índice de Precios al Consumidor) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
El SII procesa los registros del Formulario 4415 a través de su portal en línea (www.sii.cl) mediante la plataforma Mi SII usando Clave Única (la credencial de identidad digital emitida por el Registro Civil) o la Clave Tributaria del propio SII. Las personas extranjeras sin RUT chileno deben obtener primero un RUT en la unidad de contribuyentes extranjeros del SII antes de completar el Formulario 4415. Las personas jurídicas — incluidas SpA, SRL y SA — deben inscribirse primero en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, publicar los estatutos en el Diario Oficial y obtener el RUT antes de presentar el Formulario 4415.
La Reforma Tributaria de la Ley N° 21.210 (febrero 2020) introdujo el Régimen Pro PYME (Artículo 14 D de la Ley de Impuesto a la Renta) como régimen simplificado para empresas con ingresos anuales promedio inferiores a 75.000 UF, reemplazando al antiguo régimen del artículo 14 ter. Los contribuyentes que presentan el Formulario 4415 deben elegir entre el Régimen General (contabilidad devengada plena bajo el Artículo 14 A LIR) y el Régimen Pro PYME (simplificación en base percibida bajo el Artículo 14 D LIR) — decisión con consecuencias tributarias duraderas que afecta el cálculo de ingresos, gastos, depreciaciones y créditos.
Cuándo necesitas Formulario Inicio de Actividades SII Chile
El Formulario Inicio de Actividades SII es exigido por todo contribuyente — persona natural o jurídica — que inicia cualquier actividad económica que genere renta de fuente chilena afecta a impuesto, antes de emitir el primer documento tributario o dentro de los dos meses siguientes al inicio de las operaciones, conforme al Artículo 68 del Código Tributario.
Los profesionales (médicos, abogados, arquitectos, ingenieros, contadores y otros trabajadores independientes de segunda categoría conforme al Artículo 42 N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta) deben presentar el Formulario 4415 antes de emitir la primera boleta de honorarios electrónica a través del portal SII.
Los emprendedores que constituyen una nueva SpA bajo el Artículo 424 del Código de Comercio (Ley N° 20.190), una nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) bajo la Ley N° 3.918, o una EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) bajo la Ley N° 19.857, deben presentar el Formulario 4415 dentro de los dos meses siguientes a la inscripción de la empresa en el Registro de Comercio y su publicación en el Diario Oficial.
Los dueños de negocios comerciales — supermercados, ferreterías, tiendas de ropa, restaurantes y cualquier tienda física o en línea que venda bienes o servicios — deben registrar su giro comercial ante el SII antes de abrir o recibir el primer pago. La Municipalidad exige la Patente Municipal (Ley N° 18.695) y su tramitación requiere el comprobante de registro previo ante el SII.
Los inversionistas en bienes raíces que arriendan propiedades residenciales o comerciales con ingresos sujetos al Impuesto de Primera Categoría conforme al Artículo 20 N° 1 de la LIR deben registrarse como contribuyentes mediante el Formulario 4415 cuando los ingresos por arriendo superan los umbrales de exención establecidos por el SII.
Las empresas extranjeras que establecen un establecimiento permanente en Chile bajo la red de convenios de doble tributación administrada por el SII — incluidos los convenios con Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, España, Estados Unidos y más de treinta países — deben presentar el Formulario 4415 para la sucursal o agencia chilena a través de un representante legal con poder notarial.
Qué incluir en tu Formulario Inicio de Actividades SII Chile
Un Inicio de Actividades SII conforme al Artículo 68 del Código Tributario mediante el Formulario 4415 debe incluir los siguientes componentes esenciales para ser aceptado y procesado por el Servicio de Impuestos Internos:
Identificación del Contribuyente: El RUT (Rol Único Tributario) — el número de identificación tributaria unificado de Chile asignado a toda persona natural y jurídica — identifica al contribuyente en el sistema de registro del SII. Las personas naturales reciben su RUT automáticamente del Registro Civil e Identificación al nacer o al obtener la residencia. Las personas jurídicas reciben su RUT del SII tras constituir la empresa e inscribirla en el Registro de Comercio. El formato del RUT es XXXXXXXX-Y, donde X son dígitos numéricos e Y es el dígito verificador calculado mediante el algoritmo Módulo 11.
Código de Actividad Económica (Giro): El contribuyente debe declarar uno o más giros del Clasificador de Actividades Económicas (CAE) oficial del SII, que clasifica todas las actividades económicas con un código de cuatro dígitos alineado con la CIIU Rev. 3. La selección del giro determina qué formularios — F22 (Declaración Anual de Renta), F29 (Declaración Mensual de IVA) y F50 (Declaración de Impuestos Varios) — debe presentar el contribuyente.
Domicilio Tributario: La dirección donde el contribuyente desarrolla sus actividades económicas y donde el SII dirigirá notificaciones oficiales y visitas de auditoría. Debe incluir nombre de calle, número, piso o departamento, ciudad y región.
Régimen Tributario: Conforme a la Reforma Tributaria de la Ley N° 21.210, los contribuyentes deben elegir entre: (a) Régimen General de Primera Categoría (Artículo 14 A LIR) — contabilidad devengada completa, Impuesto de Primera Categoría al 27%; (b) Régimen Pro PYME (Artículo 14 D LIR) — disponible para empresas con ingresos anuales promedio menores a 75.000 UF, contabilidad simplificada en base percibida, tasa reducida del 25%; y (c) Régimen de Transparencia Tributaria (Artículo 14 D N° 8 LIR) — variante Pro PYME sin impuesto corporativo donde la renta se atribuye directamente a los socios.
Afectación a IVA: Los contribuyentes que venden bienes o prestan servicios sujetos al IVA del 19% (DL 825/1974) deben declarar su condición de afectos a IVA en el Formulario 4415. Una vez inscritos, deben presentar mensualmente el Formulario 29 (F29) con el débito fiscal y el crédito fiscal correspondiente.
Capital Declarado: Las personas jurídicas deben declarar el capital pagado inicial conforme a los estatutos y Registro de Comercio.
Representante Legal: Las personas jurídicas deben identificar a su representante legal ante el SII, con nombre completo, RUT y cargo.
Método Contable: Los contribuyentes deben declarar si mantendrán contabilidad completa (Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances, Libro de Remuneraciones) o contabilidad simplificada bajo el Régimen Pro PYME.
Forms-legal.com proporciona este modelo de Inicio de Actividades SII como referencia práctica para emprendedores y profesionales que inician su registro tributario en Chile. Los requisitos de registro cambian regularmente con las circulares y resoluciones del SII — se recomienda consultar el sitio web del SII (www.sii.cl) y a un contador tributario calificado para asegurarse de usar la última versión del Formulario 4415 y los códigos de giro vigentes. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Formulario Inicio de Actividades SII Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/financial/forms/formulario-inicio-actividades-sii-chile
"Formulario Inicio de Actividades SII Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/chile/financial/forms/formulario-inicio-actividades-sii-chile.
@misc{formslegal-formulario-inicio-actividades-sii-chile,
author = {{Forms Legal}},
title = {Formulario Inicio de Actividades SII Chile (Chile)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/chile/financial/forms/formulario-inicio-actividades-sii-chile}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
El plazo para presentar el Formulario 4415 de Inicio de Actividades SII es de dos meses desde la fecha en que el contribuyente inicia sus actividades económicas, establecido en el Artículo 68 del Código Tributario. Sin embargo, el SII recomienda — y muchos asesores tributarios aconsejan fuertemente — presentarlo antes de emitir el primer documento tributario (factura, boleta o liquidación), en lugar de esperar los dos meses completos. La presentación anticipada evita el rechazo de documentos emitidos a través del portal SII, que exige registro previo. La presentación tardía constituye una infracción tributaria conforme al Artículo 97 N° 1 del Código Tributario, con multa de una UTM a una UTA. La UTM para 2025 es aproximadamente CLP 67.294 (sujeta a ajustes mensuales por IPC), lo que hace que la multa máxima sea aproximadamente CLP 807.528 (una UTA = 12 UTM). Los contribuyentes que excedan el plazo deben presentar el formulario de inmediato aunque sea extemporáneo — la presentación tardía voluntaria generalmente resulta en una multa menor que el incumplimiento detectado por el SII durante una fiscalización.
El Régimen General (Artículo 14 A de la LIR) y el Régimen Pro PYME (Artículo 14 D LIR, introducido por la Ley N° 21.210 en 2020) son los dos regímenes tributarios principales disponibles en Chile, con reglas distintas para el reconocimiento de ingresos, deducción de gastos, tratamiento de inversiones en activo fijo y tasas de impuesto corporativo. Bajo el Régimen General, la empresa paga el Impuesto de Primera Categoría al 27% sobre renta devengada, mantiene contabilidad completa y los socios acreditan el impuesto corporativo contra su Global Complementario mediante un sistema de integración parcial (65% acreditable). Bajo el Régimen Pro PYME, disponible solo para empresas con ingresos anuales promedio menores a 75.000 UF, la tasa corporativa es del 25% sobre ingresos percibidos, la contabilidad es simplificada y las inversiones en activo fijo se deducen de inmediato en lugar de depreciarse en el tiempo. El Régimen Pro PYME tiene dos submodalidades: el Pro PYME estándar (socios pagan Global Complementario sobre utilidades retiradas) y la Transparencia Tributaria (socios pagan Global Complementario sobre renta atribuida y la empresa no paga impuesto corporativo). Seleccionar el régimen incorrecto al presentar el Formulario 4415 puede crear ineficiencias tributarias significativas — se recomienda consultar a un contador o abogado tributario antes de tomar esta decisión.
Sí. Todo profesional independiente — médico, abogado, arquitecto, ingeniero, contador, diseñador, consultor o cualquier otro prestador de servicios independiente — debe presentar el Formulario 4415 ante el SII antes de emitir su primera boleta de honorarios electrónica. Los profesionales independientes se clasifican como contribuyentes de segunda categoría conforme al Artículo 42 N° 2 de la LIR, y sus ingresos están sujetos al Impuesto Global Complementario (para residentes chilenos) con tasas progresivas del 0% al 40% según tramos de ingreso anual ajustados anualmente por el SII. La boleta de honorarios electrónica — emitida exclusivamente a través del portal SII — está sujeta a retención del 13,75% cuando el pagador es una empresa o persona jurídica (retenida por el pagador y enterada al SII mediante Formulario 29), o a autorretención del 13,75% cuando el pagador es una persona natural. El sistema de boletas de honorarios alimenta directamente la Propuesta de Declaración de Renta del Formulario 22, que el SII pre-completa con todos los ingresos y retenciones registrados. Los profesionales que no se registran antes de emitir boletas pueden enfrentar sanciones conforme al Artículo 97 N° 10 del Código Tributario.
El giro declarado en el Formulario 4415 debe reflejar con precisión la actividad económica principal del contribuyente usando el Clasificador de Actividades Económicas (CAE) del SII, que asigna un código de cuatro dígitos a cada actividad. Los contribuyentes pueden declarar múltiples giros si realizan actividades diversas. La selección del giro tiene consecuencias prácticas: determina qué formularios tributarios SII deben presentarse, si la actividad está afecta a IVA o exenta, y orienta el perfil de riesgo de auditoría del SII. Los giros comunes incluyen: 7411 (Actividades jurídicas), 8610 (Actividades de hospitales — médicos), 7420 (Arquitectura e ingeniería), 4711 (Comercio al por menor no especializado), 5610 (Restaurantes), 6810 (Actividades inmobiliarias) y 6200 (Informática). El sitio web del SII ofrece una base de datos CAE buscable en www.sii.cl. Los contribuyentes que declaren un giro incorrecto pueden modificarlo mediante un Aviso de Modificación de Actividades a través del portal SII.
Sí. El SII ofrece dos procedimientos para modificar o terminar un registro tributario después de presentar el Formulario 4415, ambos tramitados a través del portal Mi SII en línea. Para modificaciones — cambio de domicilio tributario, incorporación o eliminación de giros, modificación del régimen tributario o actualización del representante legal — el contribuyente presenta el Aviso de Modificación de Actividades (Formulario 3239) a través de www.sii.cl. Para el cese definitivo de actividades — cuando un negocio cierra permanentemente, un profesional se retira o una empresa se disuelve — el contribuyente debe presentar el Aviso y Declaración por Término de Giro (Formulario 2121) dentro de los dos meses siguientes al cese de actividades, conforme al Artículo 69 del Código Tributario. El procedimiento de Término de Giro exige que el contribuyente ponga al día todas sus obligaciones tributarias pendientes y solicite el Certificado de Término de Giro del SII, que certifica el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias. Sin este certificado, las personas jurídicas no pueden completar su disolución formal.
Una vez que el SII aprueba la presentación del Formulario 4415 y vincula el RUT del contribuyente a sus nuevas obligaciones tributarias, se producen varias consecuencias automáticas. El RUT del contribuyente se activa en el Registro de Contribuyentes del SII y queda vinculado al giro, domicilio y régimen tributario declarados — esta información es buscable públicamente a través del portal SII. El contribuyente queda obligado de inmediato a presentar declaraciones tributarias periódicas: Formulario 29 (F29) mensualmente para las declaraciones de IVA (si está registrado como contribuyente de IVA) y Formulario 22 (F22) anualmente para el impuesto a la renta. Se activa el sistema de documentos electrónicos del SII — el contribuyente debe inscribirse en el Sistema de Facturación Electrónica (SFE) y puede comenzar a emitir facturas electrónicas, boletas electrónicas y notas de crédito/débito electrónicas. Para los contribuyentes afectos a IVA, el SII configura automáticamente el Libro de Compras y Ventas digital, mantenido automáticamente por el portal SII en base a la emisión y recepción de documentos electrónicos. Las empresas que contratan trabajadores deben registrarse adicionalmente en la AFC Chile (Administradora de Fondos de Cesantía), las AFP y los sistemas de ISAPRE o FONASA.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Formulario Declaración Mensual IVA Chile (F29)
Formulario de declaración mensual de IVA para Chile mediante el Formulario 29, regido por el Decreto Ley N° 825/1974 Artículo 64, para calcular y pagar la obligación neta de IVA (débito fiscal menos crédito fiscal) al SII antes del día 12 de cada mes.
Factura Electrónica Chile
Modelo de Factura Electrónica para Chile regido por el DL 825/1974 y la Resolución Exenta SII N° 45/2003, para facturar bienes y servicios afectos a clientes empresariales con IVA al 19%, generando crédito fiscal IVA para el receptor.
Constitución de SpA Chile (Sociedad por Acciones)
Documento de constitución de Sociedad por Acciones (SpA) para Chile conforme al Código de Comercio Artículos 424 a 446 — incorporados por la Ley N° 20.190 de 5 de junio de 2007 — que crea una entidad corporativa flexible con responsabilidad limitada, acciones libremente transferibles y estructura de gobierno simplificada, adecuada para startups, empresas familiares y vehículos de inversión bajo el derecho mercantil chileno.