Declaración Anual de Renta Formulario 22 Chile
Declaración Anual de Impuesto a la Renta conforme al DL 824/1974 (Ley sobre Impuesto a la Renta) — SII Chile
DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA
FORMULARIO 22 — SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (SII)
Conforme al DL 824/1974 (Ley sobre Impuesto a la Renta) y Código Tributario (DL 830/1974)
SECCIÓN I: DATOS DEL CONTRIBUYENTE
Nombre / Razón Social: [Nombre Contribuyente]
RUT: [RUT]
Domicilio: [Domicilio]
Tipo de Contribuyente: [Tipo Contribuyente]
Año Tributario: [Año Tributario]
SECCIÓN II: RENTAS DEL TRABAJO
Rentas del Trabajo Dependiente (Art. 42 N°1 LIR): [Rentas Trabajo Dependiente]
Honorarios / Trabajo Independiente (Art. 42 N°2 LIR): [Honorarios]
Impuesto Único de Segunda Categoría retenido: [Impuesto Único Retenido]
Nota: Los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios electrónicas al SII están sujetos a retención de un 13,75% (AT 2025) por parte de cada empresa pagadora conforme al Art. 74 N°2 de la LIR, con incremento progresivo hasta el 17% en el AT 2028.
SECCIÓN III: RENTAS DE CAPITAL E INVERSIONES
Rentas de Primera Categoría (Art. 20 LIR): [Rentas Primera Categoría]
Dividendos e Intereses (Art. 54 N°1 y Art. 20 N°2 LIR): [Dividendos / Intereses]
Ganancias de Capital (Art. 17 N°8 y Art. 107 LIR): [Ganancias de Capital]
SECCIÓN IV: DEDUCCIONES, CRÉDITOS Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Cotizaciones Previsionales Deducibles (Art. 55 LIR): [Cotizaciones Previsionales]
Ahorro Previsional Voluntario — APV (Art. 42 bis LIR): [APV]
Intereses Hipotecarios (Art. 55 bis LIR): [Intereses Hipotecarios]
Crédito por Impuesto de Primera Categoría (Art. 56 N°3 LIR): [Crédito Primera Categoría]
SECCIÓN V: RESULTADO DE LA DECLARACIÓN
Resultado: [Resultado]
Monto: [Monto Diferencia]
Forma de Pago (si corresponde): [Forma de Pago]
Nota Legal: La no presentación del Formulario 22 dentro del plazo legal constituye infracción tributaria sancionada conforme al Art. 97 N°1 del Código Tributario (DL 830/1974) con multa de 1 a 10 UTM. La declaración maliciosamente falsa es sancionada conforme al Art. 97 N°4 con penas privativas de libertad y multas.
SECCIÓN VI: DECLARACIÓN JURADA
El/La contribuyente [Nombre Contribuyente], RUT [RUT], declara bajo juramento que los antecedentes, rentas, deducciones y créditos consignados en la presente Declaración Anual de Impuesto a la Renta (Formulario 22) son verídicos y completos, y que se han determinado conforme a las normas del Decreto Ley N° 824 de 1974 (Ley sobre Impuesto a la Renta) y su reglamento.
El/La contribuyente entiende que la falsedad maliciosa en la declaración es sancionada conforme al Artículo 97 N°4 del Código Tributario (DL 830/1974), y que el SII podrá ejercer las facultades de fiscalización establecidas en el Art. 59 y siguientes del mismo cuerpo legal.
En [Ciudad], a [Fecha].
Contribuyente:
[Nombre Contribuyente]
RUT: [RUT]
Firma: _________________________
Contribuyente / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Declaración Anual de Renta Formulario 22 Chile
La Declaración Anual de Renta Formulario 22 en Chile es el documento por el cual el declarante deja constancia formal de los hechos o circunstancias que en él se afirman. Se rige por Código Tributario Art. 65.
La obligación legal de presentar el Formulario 22 deriva del Artículo 65 del Código Tributario, que establece que todas las personas sujetas al impuesto a la renta chileno conforme a la LIR deben presentar una declaración anual de renta del año calendario anterior. El plazo de presentación es el 30 de abril de cada año (Artículo 65 inciso 2 del Código Tributario) — aunque el SII ha establecido que las declaraciones electrónicas pueden presentarse desde el 1 al 30 de abril a través del portal sii.cl, y ciertos contribuyentes con perfiles de ingresos simples (sueldo único — sin otros ingresos) pueden estar exentos de presentar declaración si aceptan la propuesta de declaración del SII sin modificaciones.
La Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR — Ley N° 824/1974, íntegramente reformada por la Ley N° 21.210 de 2020, la Modernización Tributaria, y reformas posteriores bajo la Ley N° 21.420/2022) grava las rentas de fuente chilena y, para personas domiciliadas, los ingresos mundiales bajo la estructura del impuesto global complementario. La LIR distingue cuatro estructuras tributarias principales relevantes para personas naturales: (1) Impuesto de Primera Categoría (IDPC) — Artículo 20, que grava los ingresos de capital y actividades empresariales (empresas, rentas de inversión, rentas de capitales mobiliarios); (2) Impuesto de Segunda Categoría (ISEC) — Artículo 42, que grava sueldos y salarios sujetos a retención mensual progresiva por empleadores; (3) Impuesto Global Complementario (IGC) — Artículo 52, el impuesto anual progresivo sobre la renta total mundial de personas naturales domiciliadas en Chile, integrando créditos de IDPC bajo el sistema semi-integrado o atribuido; e (4) Impuesto Adicional — Artículo 58 y ss., que grava rentas remitidas o atribuidas a beneficiarios no residentes.
Para la Operación Renta realizada anualmente por el SII entre el 1 y el 30 de abril, las personas naturales (contribuyentes personas naturales) que deben presentar el Formulario 22 incluyen: trabajadores independientes que emitieron boletas de honorarios durante el año tributario; dueños de negocios y socios de SpA, SRL, SA u otras entidades comerciales sujetas a renta de primera categoría; personas que reciben rentas de bienes raíces que superen los umbrales de exención del SII; inversionistas que reciben dividendos, intereses o ganancias de capital no totalmente retenidas en la fuente; empleados con múltiples empleadores durante el año o con ingresos adicionales no capturados por la retención del empleador; y personas que reciben ingresos del extranjero sujetos al IGC. Las personas naturales cuyo único ingreso es un sueldo de un único empleador del que se ha retenido el ISEC completo pueden utilizar la propuesta de declaración del SII sin presentar independientemente el F22.
La Tesorería General de la República (TGR) procesa las devoluciones del Formulario 22 — si la obligación tributaria anual del contribuyente es inferior a la suma de PPM, retenciones y créditos, la TGR emite la devolución directamente a la cuenta bancaria del contribuyente (cuenta corriente o cuenta RUT en BancoEstado) dentro de los 30 días siguientes a que el SII acepte la declaración, conforme a los derechos de devolución del Artículo 97 N° 11 del Código Tributario y los procedimientos operativos de la TGR.
Cuándo necesitas Declaración Anual de Renta Formulario 22 Chile
Un documento de preparación para la Declaración Anual de Renta Formulario 22 es necesario cuando un contribuyente chileno debe preparar y verificar su declaración anual de impuesto a la renta para presentarla ante el SII — lo que ocurre para todas las personas naturales y entidades con ingresos imponibles no cubiertos totalmente por la retención del empleador.
Los trabajadores independientes que emitieron boletas de honorarios a través del portal del SII durante el año tributario deben presentar el Formulario 22 para conciliar la retención provisional (retención de honorarios — actualmente 10,75% para el año tributario 2024, que aumenta anualmente hacia el 17% conforme a la Ley N° 21.133) con la obligación final del IGC calculada sobre sus ganancias anuales. Desde la reforma de la Ley N° 21.133 (2019), los trabajadores independientes con boletas de honorarios están sujetos a retención provisional obligatoria, cotizaciones previsionales de AFP bajo el sistema de integración SII-AFP y cotizaciones de salud a FONASA — lo que hace que la preparación precisa del F22 sea esencial para calcular créditos y devoluciones.
Los propietarios de negocios y accionistas de SpA (Sociedad por Acciones), SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada), SA (Sociedad Anónima) u otras entidades comerciales sujetas a renta de primera categoría bajo el Artículo 20 de la LIR deben presentar el F22 para declarar ingresos atribuidos o distribuidos, aplicar créditos tributarios del IDPC contra su IGC y liquidar cualquier saldo adeudado o reclamar devolución a la TGR. Bajo el régimen semi-integrado (Artículo 14 letra A de la LIR) aplicable a la mayoría de las empresas tras la Modernización Tributaria, los accionistas reciben solo un crédito parcial del IDPC (65%) contra su IGC sobre dividendos distribuidos o retiros de utilidades.
Las personas que reciben rentas de arrendamiento (de propiedades residenciales o comerciales en Chile) deben presentar el F22 para declarar estos ingresos bajo los Artículos 20 N° 1 y 39 de la LIR, aplicando las deducciones disponibles (contribuciones de bienes raíces, primas de seguro, depreciación) y calculando el impuesto de primera categoría o el impuesto global complementario según corresponda. Las rentas de arrendamiento de viviendas con avalúo fiscal inferior a 40 UTA (Unidad Tributaria Anual) están exentas del impuesto de primera categoría conforme al Artículo 39 N° 4 de la LIR.
Los contribuyentes que percibieron ganancias de capital por venta de acciones, cuotas de fondos mutuos, bienes raíces u otros activos sujetos al tratamiento del Artículo 17 N° 8 de la LIR deben presentar el F22 para declarar estas ganancias y aplicar el régimen tributario correspondiente — ya sea un 10% de impuesto único final, la tasa normal de primera categoría o la exención para propiedades residenciales que cumplan las condiciones del Artículo 17 N° 8 bis de la LIR. Los beneficiarios de AFP que reciben montepíos o distribuciones de retiro programado que superen el umbral de exención mensual del Artículo 43 N° 2 de la LIR también deben presentar el F22.
Qué incluir en tu Declaración Anual de Renta Formulario 22 Chile
La preparación completa de la Declaración Anual de Renta Formulario 22 en Chile requiere los siguientes componentes e información esenciales bajo el Artículo 65 del Código Tributario y la Ley N° 824/1974:
Identificación del contribuyente: RUT (Rol Único Tributario emitido por el SII), nombre legal completo o razón social, domicilio, clasificación de régimen tributario e información de contacto. Para personas naturales: RUT, nombre completo, municipio y región de domicilio, estado civil (relevante para declaraciones conjuntas de cónyuge bajo el Artículo 53 de la LIR) e información bancaria para devolución (TGR) — generalmente cuenta RUT en BancoEstado o cuenta corriente en Banco de Chile, Banco Santander Chile, Banco BCI u otras instituciones reguladas por la CMF.
Clasificación de rentas: Todos los ingresos deben clasificarse por fuente bajo la LIR: (1) Rentas de Primera Categoría (Artículo 20 de la LIR): ingresos empresariales de SpA, SRL, SA; rentas de arrendamiento de propiedades comerciales y residenciales; rendimientos de inversiones (dividendos, intereses de renta fija, ganancias de capital en acciones inscritas en registro de accionistas); rentas agrícolas de propiedades en el Registro de Bienes Raíces; y otros ingresos de capital. (2) Rentas de Segunda Categoría (Artículo 42 de la LIR): sueldos y salarios reportados en el Certificado de Renta Modelo 14 emitido por el empleador conforme al Artículo 45 de la LIR; honorarios de trabajadores independientes reportados en el Certificado Modelo N° 6 emitido por clientes entidades o en el Libro de Honorarios del SII; honorarios de directores; y pensiones de jubilación de AFP o INP/IPS. (3) Base del Impuesto Global Complementario: total de todas las rentas de primera y segunda categoría percibidas por la persona natural, reducidas por deducciones disponibles e incrementadas por montos atribuidos de entidades de propiedad.
Deducciones y créditos: Las deducciones disponibles incluyen: intereses por créditos hipotecarios para la compra de primera o segunda propiedad residencial (Artículo 55 bis de la LIR, deducción máxima de 8 UTA para hipotecas contratadas antes de agosto de 2011); gastos de educación de hijos dependientes (hasta 4,4 UF por hijo por mes conforme a la Ley N° 20.897); cotizaciones de ahorro previsional voluntario (APV — Régimen A o B bajo el DL 3.500/1980); primas de seguro de salud de ISAPRE (contribución obligatoria del 7% más primas adicionales voluntarias); y donaciones a instituciones aprobadas bajo la Ley de Donaciones Culturales (Ley N° 18.985) o la Ley de Donaciones con Fines Públicos (Ley N° 19.885). Los principales créditos tributarios incluyen: crédito IDPC por ingresos empresariales atribuidos o distribuidos (65% bajo el régimen semi-integrado o 100% bajo el régimen atribuido); crédito por impuestos extranjeros (Artículo 41 A de la LIR) para rentas de países con los que Chile tiene tratados tributarios (incluyendo Australia, Brasil, Canadá, Francia, Alemania, España, Estados Unidos, entre 32 socios con tratados); y créditos por Pagos Provisionales Mensuales (PPM — Artículo 84 de la LIR).
Pagos Provisionales Mensuales (PPM — Artículo 84 de la LIR): Las empresas y los trabajadores independientes pagan mensualmente impuestos provisionales al SII (PPM) durante el año como anticipos de la obligación anual del F22. La tasa de PPM para trabajadores independientes es calculada por el SII en base a los ingresos del año anterior y se aplica a los honorarios brutos del año en curso. Los PPM pagados durante el año aparecen como crédito en el Formulario 22, reduciendo directamente el impuesto a pagar o aumentando la devolución de la TGR.
Certificados tributarios requeridos: La preparación del Formulario 22 requiere reunir múltiples certificados exigidos por el SII: Certificado N° 14 (sueldo/salario de cada empleador, emitido antes del 31 de enero); Certificado N° 6 (honorarios recibidos, emitido por clientes que son entidades); Certificado N° 7 (dividendos recibidos de sociedades anónimas); Certificado N° 17 (utilidades retiradas de SRL/SpA); Certificado N° 4 (intereses hipotecarios pagados); Certificado de AFP (estado anual de cotizaciones y ahorro voluntario del administrador de AFP); Certificado de ISAPRE o FONASA (estado anual de cotizaciones de salud); y Certificados de Retención de instituciones financieras por ingresos de intereses en cuentas bancarias e inversiones de renta fija en instituciones reguladas por la CMF.
Presentación en línea y propuesta SII (Portal sii.cl): El SII prellenan una propuesta del Formulario 22 utilizando información de terceros reportada por empleadores, instituciones financieras, administradoras de AFP y empresas. Los contribuyentes deben revisar esta propuesta para verificar su exactitud — fuentes de ingresos faltantes, deducciones incorrectas o créditos omitidos — y modificar o complementar antes de la presentación. El portal del SII (sii.cl) acepta declaraciones electrónicas del 1 al 30 de abril y procesa las devoluciones dentro de los 30 días siguientes a la aceptación. Las multas por presentación tardía bajo el Artículo 97 N° 2 del Código Tributario oscilan entre el 10% y el 150% del impuesto adeudado, más el 1,5% de interés mensual bajo el Artículo 53 del Código Tributario.
Forms-legal.com ofrece esta guía de preparación de la Declaración Anual de Renta Formulario 22 Chile como documento de referencia bajo el Artículo 65 del Código Tributario y los marcos de la Ley N° 824/1974. Dada la complejidad del derecho tributario chileno — especialmente para personas con ingresos empresariales, rentas de arrendamiento o carteras de inversión — se recomienda encarecidamente la consulta con un contador auditor registrado en el Colegio de Contadores de Chile o un abogado tributario para una preparación precisa del F22 y la optimización de los créditos disponibles. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 65 del Código Tributario y la Ley N° 824/1974 (LIR), las siguientes personas y entidades deben presentar el Formulario 22 anualmente: (1) trabajadores independientes que emitieron boletas de honorarios durante el año tributario; (2) propietarios de negocios y socios de SpA, SRL, SA u otras entidades comerciales sujetas a renta de primera categoría bajo el Artículo 20 de la LIR; (3) personas que reciben rentas de arrendamiento de bienes raíces que superen los umbrales de exención del SII; (4) inversionistas que reciben dividendos, intereses o ganancias de capital no totalmente retenidas en la fuente; (5) empleados que tuvieron más de un empleador durante el año o recibieron ingresos adicionales no capturados por la retención del empleador; (6) beneficiarios de AFP que reciben distribuciones superiores al umbral de exención mensual del Artículo 43 N° 2 de la LIR; y (7) personas que recibieron ingresos del extranjero sujetos al Impuesto Global Complementario (IGC). Las personas naturales cuyo único ingreso es un sueldo de un único empleador del que el empleador retuvo el impuesto de segunda categoría (ISEC) completo bajo el Artículo 74 de la LIR pueden usar la propuesta de declaración del SII — pero técnicamente aún deben presentar el F22 y deben modificar la propuesta si contiene errores. La Operación Renta del SII se realiza anualmente del 1 al 30 de abril.
El plazo para presentar el Formulario 22 (Declaración Anual de Renta) es el 30 de abril de cada año, conforme al Artículo 65 inciso 2 del Código Tributario. El SII abre la presentación electrónica desde el 1 de abril. Los contribuyentes que no puedan cumplir el plazo del 30 de abril pueden solicitar una prórroga — el SII generalmente concede extensiones automáticas hasta el 15 de mayo para contribuyentes que presentan electrónicamente a través del portal sii.cl y demuestran buen historial de cumplimiento. La presentación tardía después del plazo extendido genera multas bajo el Artículo 97 N° 2 del Código Tributario: multa del 10% del impuesto adeudado para presentaciones tardías dentro de los 5 meses; que aumenta al 20% para presentaciones entre 5 y 10 meses de retraso; y al 30% para presentaciones con más de 10 meses de retraso. Por omisión fraudulenta o declaraciones falsas bajo el Artículo 97 N° 4 del Código Tributario, las multas aumentan dramáticamente al 50%–300% del impuesto evadido, con posible procesamiento penal. Además de las multas, el Artículo 53 del Código Tributario impone intereses mensuales del 1,5% del impuesto adeudado por cada mes de retraso (los intereses se componen mensualmente). La TGR y el SII coordinan el cobro de impuestos y multas impagos mediante cobro ejecutivo administrativo — los montos impagos pueden resultar en que el SII incluya al contribuyente en la nómina de deudores morosos publicada conforme al Artículo 97 N° 11 del Código Tributario.
Cuando el Formulario 22 de un contribuyente muestra que la suma de créditos (PPM pagados, impuesto retenido por empleadores y clientes, créditos de IDPC y otras deducciones) supera la obligación tributaria anual final (IGC o impuesto de primera categoría calculado en la declaración), el contribuyente tiene derecho a una devolución de la Tesorería General de la República (TGR). La TGR procesa las devoluciones del F22 dentro de los 30 días calendarios siguientes a que el SII acepte la declaración electrónica — generalmente para fines de mayo para las presentaciones de abril. Las devoluciones se depositan directamente en la cuenta bancaria del contribuyente registrada en el portal del SII: cuenta RUT en BancoEstado (la más común para personas naturales, ya que la Cuenta RUT de BancoEstado es gratuita y de amplio acceso), o cualquier cuenta corriente en Banco de Chile, Banco Santander Chile, Banco BCI, Scotiabank Chile u otros bancos regulados por la CMF. Los contribuyentes deben asegurarse de que sus datos bancarios (CCI — Código de Cuenta Interbancario) estén correctamente registrados en su perfil del SII antes del 30 de abril para evitar demoras en la devolución. La TGR puede emitir un cheque si no hay cuenta bancaria registrada, pero esto es poco frecuente. Si el SII audita la declaración antes de procesarla, la devolución queda suspendida hasta la resolución — los contribuyentes tienen derecho a comparecer ante el SII a través del procedimiento general de reclamación bajo los Artículos 123–148 del Código Tributario.
Los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios a través del SII disponen de varias deducciones al presentar el Formulario 22. Bajo el Artículo 42 bis de la LIR, pueden deducir el 30% de los honorarios brutos como deducción de gasto presunto — hasta un máximo de 15 UTA (Unidades Tributarias Anuales) por año — sin necesidad de documentar gastos reales. Alternativamente, pueden deducir gastos efectivos documentados bajo el Artículo 50 de la LIR: arriendo de oficina, servicios profesionales, seguro de responsabilidad profesional, útiles de oficina, cursos de perfeccionamiento profesional, cuotas de asociaciones profesionales (Colegio de Abogados, Colegio de Médicos, Colegio de Ingenieros) y depreciación de equipos utilizados para actividades profesionales. Desde la reforma de la Ley N° 21.133 (2019), los trabajadores independientes con boletas de honorarios también reciben créditos por las cotizaciones previsionales obligatorias de AFP y las cotizaciones de salud (FONASA) retenidas de sus honorarios — estas se ingresan como créditos en el F22, reduciendo la obligación final del IGC. El ahorro previsional voluntario (APV — bajo el DL 3.500/1980) — ya sea Régimen A (crédito directo contra el IGC) o Régimen B (deducción de la base imponible) — proporciona optimización tributaria adicional para trabajadores independientes con ingresos significativos de honorarios.
El Impuesto Global Complementario (IGC) es el impuesto a la renta anual progresivo aplicable a personas naturales domiciliadas en Chile conforme al Artículo 52 de la LIR. Agrega todos los ingresos imponibles percibidos por la persona durante el año calendario — sueldos, honorarios, utilidades empresariales atribuidas o distribuidas de entidades, rentas de arrendamiento, ganancias de capital, distribuciones de pensiones e ingresos de inversiones — en una base imponible global única, de la que se restan las deducciones disponibles para llegar a la renta neta imponible. El IGC aplica una escala de tasas progresivas bajo el Artículo 52 de la LIR, estructurada en tramos denominados en UTM (Unidad Tributaria Mensual) — para el año tributario 2024, las tasas van del 0% (ingresos hasta aproximadamente 13,5 UTM equivalente mensual) al 40% (ingresos superiores a aproximadamente 310 UTM equivalente mensual). Los propietarios de negocios y accionistas que poseen entidades sujetas al impuesto de primera categoría (IDPC) reciben un crédito contra el IGC: bajo el régimen semi-integrado (Artículo 14 letra A de la LIR, aplicable a la mayoría de las SA y SpA), los accionistas reciben un crédito del 65% por el IDPC pagado por la empresa sobre dividendos distribuidos o retiros de utilidades. Bajo el régimen de transparencia tributaria pro-PYME (Artículo 14 letra D N° 8 de la LIR), el IDPC se atribuye directamente a los dueños del negocio y se acredita al 100% contra el IGC. El IGC se calcula y liquida en la declaración F22 — si el IGC supera la suma de retenciones y créditos, la diferencia se paga a la TGR; si es inferior, la TGR emite una devolución.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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