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Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) Chile

Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA)

Ley 21.719/2024 Arts. 14–20; Ley 19.628/1999

ACUERDO DE PROCESAMIENTO DE DATOS PERSONALES (DPA)

Celebrado conforme a la Ley 21.719/2024 Arts. 14–20 y la Ley 19.628/1999 sobre Protección de la Vida Privada

PRIMERO: PARTES

RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: [Nombre Responsable], RUT [RUT Responsable], domiciliada en [Domicilio Responsable], representada por [Representante Responsable].

ENCARGADO DEL TRATAMIENTO: [Nombre Encargado], RUT [RUT Encargado], domiciliada en [Domicilio Encargado], representada por [Representante Encargado].

SEGUNDO: DESCRIPCIÓN DEL TRATAMIENTO (Art. 14 Ley 21.719)

Objeto del tratamiento:

[Objeto del Tratamiento]

Duración del encargo: [Duración del Tratamiento]

Categorías de datos personales tratados:

[Categorías de Datos]

Categorías de titulares:

[Categorías de Titulares]

TERCERO: OBLIGACIONES DEL ENCARGADO (Art. 15 Ley 21.719)

El encargado se obliga a:

a) Tratar los datos personales únicamente conforme a las instrucciones documentadas del responsable y para las finalidades establecidas en el presente DPA.

b) Garantizar la confidencialidad del tratamiento mediante acuerdos de confidencialidad con su personal que acceda a los datos.

c) Adoptar las siguientes medidas de seguridad técnicas y organizativas: [Medidas de Seguridad]

d) Subcontratación: [Política de Subencargados]

e) Asistir al responsable en el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad de los titulares establecidos en la Ley 21.719.

f) Devolver o destruir todos los datos personales al término del encargo, a elección del responsable, dentro del plazo señalado en la cláusula Segunda.

g) Mantener un registro de las actividades de tratamiento realizadas en nombre del responsable conforme al Art. 14bis de la Ley 19.628.

CUARTO: NOTIFICACIÓN DE BRECHAS DE SEGURIDAD (Art. 20 Ley 21.719)

El encargado notificará al responsable toda violación de seguridad de los datos personales dentro de las 72 horas de tener conocimiento de ella, mediante comunicación dirigida a: [Contacto para Brechas]

La notificación incluirá: naturaleza de la brecha, categorías y número aproximado de titulares y registros afectados, posibles consecuencias y medidas adoptadas o propuestas para remediar la situación.

QUINTO: TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES (Art. 24 Ley 21.719)

[Transferencias Internacionales]

SEXTO: RESPONSABILIDAD Y SANCIONES

El encargado responde frente al responsable por el incumplimiento de las obligaciones del presente DPA. El incumplimiento de la normativa de protección de datos puede dar lugar a sanciones de la Agencia de Protección de Datos Personales de hasta el 4% de los ingresos anuales del infractor (Art. 49 Ley 21.719) y a responsabilidad civil por daños causados a los titulares.

SÉPTIMO: LEY APLICABLE

El presente DPA se rige por la Ley 21.719/2024, la Ley 19.628/1999 y las demás normas de protección de datos de la República de Chile. Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Letras en lo Civil de [Ciudad].

FIRMAS

En [Ciudad], a [Fecha].

POR EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: [Nombre Responsable]

Representante: [Representante Responsable]

RUT: [RUT Responsable]

Firma: _________________________

POR EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO: [Nombre Encargado]

Representante: [Representante Encargado]

RUT: [RUT Encargado]

Firma: _________________________

Responsable del Tratamiento

________________

Signature

Encargado del Tratamiento

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) Chile

El Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) en Chile es el acuerdo escrito por el cual las partes fijan de común acuerdo sus derechos y obligaciones recíprocos. Se rige por Ley 21.719/2024 Arts. 14–20 (Nuevo Marco de Datos Personales).

Chile ha aprobado la Ley 21.719 de 2024 — conocida como la nueva Ley de Protección de Datos Personales — que moderniza profundamente el marco regulatorio de la Ley 19.628/1999 y lo alinea con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea (Reglamento UE 2016/679). La Ley 21.719 introduce los conceptos de responsable del tratamiento (quien define los fines y medios), encargado del tratamiento (quien procesa en nombre del responsable), y subencargado del tratamiento (encargados contratados por el encargado), establece bases de licitud para el tratamiento, consagra los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad de los titulares de datos, y crea la Agencia de Protección de Datos Personales como organismo autónomo de fiscalización.

El Artículo 14 de la Ley 21.719 establece los requisitos del contrato entre el responsable y el encargado del tratamiento: debe constar por escrito o en formato electrónico, y debe regular al menos el objeto y la duración del tratamiento, la naturaleza y finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y las categorías de titulares afectados, y las obligaciones y derechos del responsable del tratamiento. El Artículo 15 de la misma ley enumera las cláusulas mínimas que debe contener el contrato de encargo de tratamiento, incluyendo la obligación del encargado de tratar los datos solo conforme a las instrucciones documentadas del responsable, la obligación de confidencialidad, las medidas de seguridad aplicables, las condiciones para subcontratar el tratamiento, la asistencia al responsable en el ejercicio de los derechos de los titulares, y la eliminación o devolución de los datos al término del contrato.

La Ley 19.628 de 1999, que sigue vigente hasta la plena entrada en vigor de la Ley 21.719, establece en su Artículo 8 que el tratamiento de datos personales solo puede efectuarse cuando la ley lo autorice o cuando el titular haya dado su consentimiento. El Artículo 11 de la Ley 19.628 establece la responsabilidad de quien administra un banco de datos por los daños causados por su utilización indebida, incluyendo los daños causados por los encargados que contrate. La nueva Ley 21.719 mantiene y amplía esta responsabilidad.

Las empresas chilenas que transfieren datos a servicios de computación en la nube (cloud computing), plataformas de marketing digital, empresas de análisis de datos (data analytics), proveedores de software como servicio (SaaS), y otros procesadores externos están obligadas por la Ley 21.719 a suscribir un DPA con cada encargado del tratamiento. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones administrativas impuestas por la Agencia de Protección de Datos Personales, cuyas multas máximas bajo la Ley 21.719 pueden alcanzar el 4% de los ingresos anuales del responsable o encargado infractor.

Forms-legal.com ofrece este modelo de DPA Chile como punto de partida para empresas que necesitan documentar sus relaciones de procesamiento de datos conforme a la Ley 21.719/2024 y la Ley 19.628/1999. Todo DPA debe ser revisado por un Abogado especialista en protección de datos antes de ser suscrito, especialmente cuando involucra transferencias internacionales de datos o datos sensibles.

Cuándo necesitas Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) Chile

El Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) Chile es obligatorio en todas las situaciones en que una empresa o persona natural (responsable del tratamiento) encarga a un tercero (encargado del tratamiento) el procesamiento de datos personales de sus clientes, empleados u otros titulares, conforme al Artículo 14 de la Ley 21.719/2024.

El DPA es obligatorio cuando una empresa chilena contrata servicios de computación en la nube (Amazon Web Services, Google Cloud, Microsoft Azure) para almacenar o procesar datos personales de sus clientes o empleados. Los proveedores de cloud computing son encargados del tratamiento en los términos de la Ley 21.719, y sus contratos de servicios generalmente incluyen un DPA estándar que debe ser revisado para verificar su conformidad con la legislación chilena.

Es obligatorio cuando se contratan servicios de gestión de nómina y recursos humanos externalizados (outsourcing de RR.HH.), servicios de call center, servicios de análisis de datos de clientes (Customer Data Platform, CRM), servicios de email marketing (Mailchimp, HubSpot, Salesforce Marketing Cloud), servicios de procesamiento de pagos (Transbank, Webpay, Khipu), y cualquier otro servicio que implique que un tercero acceda, almacene o procese datos personales en nombre del responsable.

El DPA es necesario cuando una empresa chilena transfiere datos personales de ciudadanos chilenos a empresas ubicadas en el extranjero. El Artículo 24 de la Ley 21.719 regula las transferencias internacionales de datos y exige que el país destinatario ofrezca un nivel adecuado de protección equivalente al chileno, o que se establezcan garantías apropiadas mediante cláusulas contractuales tipo, normas corporativas vinculantes (Binding Corporate Rules), o certificaciones de adecuación reconocidas por la Agencia de Protección de Datos Personales.

También es necesario en el contexto de fusiones y adquisiciones de empresas (M&A) en Chile, donde la empresa adquirente accede a las bases de datos de clientes y empleados de la empresa objetivo durante el proceso de due diligence. El DPA establece las condiciones y limitaciones de ese acceso y protege al responsable del tratamiento (la empresa objetivo) de un uso indebido de sus datos por parte del potencial adquirente.

El DPA es especialmente crítico cuando se procesan datos personales sensibles definidos por el Artículo 16 de la Ley 21.719: datos que revelan el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos genéticos, datos biométricos tratados con el propósito de identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud, y datos relativos a la vida sexual u orientación sexual. El procesamiento de estos datos requiere bases de licitud reforzadas y medidas de seguridad adicionales bajo la Ley 21.719.

Qué incluir en tu Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) Chile

Un Acuerdo de Procesamiento de Datos (DPA) conforme a los Artículos 14 a 20 de la Ley 21.719/2024 y la Ley 19.628/1999 debe contener los elementos obligatorios establecidos por la Ley 19.628 y por el principio de responsabilidad proactiva de la Ley 21.719.

Identificación de las Partes: Nombre o razón social, RUT, domicilio social y datos del representante legal del responsable del tratamiento (quien determina los fines y medios) y del encargado del tratamiento (quien procesa en nombre del responsable). El Artículo 14 de la Ley 21.719 exige que el contrato se celebre entre el responsable y el encargado como partes identificadas.

Objeto y Duración del Tratamiento: Descripción del encargo de tratamiento (qué datos se procesan, con qué propósito, mediante qué operaciones), y la duración del contrato de encargo (que puede coincidir con la duración del contrato de servicios principal). El Artículo 14 de la Ley 21.719 exige la especificación del objeto y la duración.

Naturaleza y Finalidad del Tratamiento: Descripción detallada de las operaciones de tratamiento autorizadas (almacenamiento, análisis, transmisión, enriquecimiento, perfilamiento, destrucción) y las finalidades para las que se autoriza cada operación. El encargado solo puede tratar los datos para las finalidades expresamente autorizadas por el responsable, conforme al Artículo 15 de la Ley 21.719.

Categorías de Datos y Titulares: Enumeración de los tipos de datos personales que serán procesados (datos identificativos, datos de contacto, datos de salud, datos financieros, datos de comportamiento en línea) y las categorías de titulares afectados (clientes, empleados, proveedores, usuarios). Para datos sensibles del Artículo 16 de la Ley 21.719, debe especificarse la base de licitud reforzada.

Obligaciones del Encargado: El Artículo 15 de la Ley 21.719 exige que el contrato incluya las siguientes obligaciones del encargado: tratar los datos únicamente conforme a las instrucciones documentadas del responsable; garantizar la confidencialidad del tratamiento mediante acuerdos de confidencialidad con su personal; adoptar todas las medidas de seguridad técnicas y organizativas requeridas por el Artículo 14quáter de la Ley 19.628 (normas de seguridad); no subcontratar el tratamiento sin autorización previa del responsable; asistir al responsable en el ejercicio de los derechos de los titulares; notificar al responsable dentro de las 72 horas de las brechas de seguridad conforme al Artículo 20 de la Ley 21.719; y devolver o destruir los datos al término del contrato.

Subencargados: El contrato debe indicar si el encargado está autorizado para subcontratar partes del procesamiento a otros encargados (subencargados), y en qué condiciones. El Artículo 17 de la Ley 21.719 exige que el subencargado quede sujeto a las mismas obligaciones de protección de datos que el encargado principal, y que el responsable pueda oponerse a la incorporación de nuevos subencargados.

Transferencias Internacionales: Si el encargado está ubicado fuera de Chile o subcontrata a empresas extranjeras, el DPA debe establecer las garantías aplicables a las transferencias internacionales conforme al Artículo 24 de la Ley 21.719 (cláusulas contractuales tipo, normas corporativas vinculantes, o adecuación reconocida por la Agencia de Protección de Datos Personales).

Auditorías y Registros: El responsable debe tener derecho contractual a auditar el cumplimiento del encargado mediante inspecciones, cuestionarios y revisión de documentación. El encargado debe mantener un registro de las operaciones de tratamiento realizadas en nombre del responsable conforme al Artículo 14bis de la Ley 19.628 (modificado por la Ley 21.719).

Forms-legal.com ofrece este modelo de DPA Chile como referencia para empresas que necesitan cumplir con la Ley 21.719/2024. Todo DPA debe ser personalizado para el tipo específico de tratamiento y revisado por un Abogado o Delegado de Protección de Datos (DPO) con experiencia en la normativa chilena de protección de datos antes de su suscripción. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 21.719AR official
  2. Ley 19.628AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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