Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
Conforme a los Arts. 1533–1541 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994)
CONTRATO DE COMODATO DE VIVIENDA
Arts. 1533–1541 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994)
En la Ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Celebracion], entre las partes que se identifican a continuación, se celebra el presente Contrato de Comodato de Vivienda conforme a los Arts. 1533 a 1541 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994):
PRIMERA — PARTES INTERVINIENTES:
COMODANTE (propietario cedente):
Nombre: [Comodante Nombre]
DNI / CUIT: [Comodante D N I]
Domicilio real: [Comodante Domicilio]
COMODATARIO (quien recibe el inmueble en préstamo gratuito):
Nombre: [Comodatario Nombre]
DNI: [Comodatario D N I]
Domicilio real actual: [Comodatario Domicilio]
Comodatarios adicionales: [Comodatarios Adicionales]
SEGUNDA — OBJETO DEL COMODATO:
El comodante entrega gratuitamente al comodatario el uso y goce del siguiente inmueble de su titularidad dominial:
Tipo de inmueble: [Inmueble Tipo]
Dirección: [Inmueble Direccion]
Matrícula RPI: [Inmueble Matricula]
El presente comodato es otorgado a título estrictamente gratuito, sin que el comodatario deba abonar canon, precio, alquiler ni contraprestación económica alguna de ningún tipo, de conformidad con los Arts. 1533 y 1534 del CCyC.
TERCERA — DESTINO Y PLAZO:
El inmueble cedido en comodato tendrá como destino exclusivo: [Destino Inmueble]. Cualquier uso distinto al establecido habilitará al comodante a exigir la restitución anticipada del inmueble conforme al Art. 1539 del CCyC.
El presente contrato tendrá una duración de [Plazo Codmodato], a contar desde el [Fecha Inicio]. Al vencimiento del plazo, el comodatario se obliga a restituir el inmueble al comodante sin necesidad de interpelación alguna, con la mora operando automáticamente (Art. 886 CCyC).
CUARTA — OBLIGACIONES DEL COMODATARIO (Art. 1536 CCyC):
El comodatario se obliga a: (a) conservar el inmueble con la prudencia y diligencia de un buen padre de familia; (b) usar el inmueble exclusivamente con el destino pactado en la cláusula tercera; (c) no ceder, subarrendar ni transferir el uso del bien sin consentimiento escrito del comodante; (d) pagar los gastos ordinarios de conservación del inmueble y los servicios a su cargo: [Gastos Comodatario]; (e) restituir el inmueble al vencimiento del plazo en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro por uso normal.
QUINTA — RESTITUCIÓN ANTICIPADA (Art. 1539 CCyC):
El comodante podrá exigir la restitución anticipada del inmueble si: (a) la cosa le es imprescindible por causa imprevista y urgente debidamente acreditada; (b) el comodatario incumple sus obligaciones contractuales o legales. En el primer caso, el comodante dará preaviso al comodatario con no menos de treinta (30) días de anticipación, salvo emergencia que lo haga imposible.
SEXTA — DISPOSICIONES GENERALES:
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Civiles ordinarios de [Ciudad Firma], con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados en el presente instrumento.
El presente contrato se celebra en dos (2) ejemplares de igual tenor y valor, recibiendo cada parte un original firmado.
Firma del COMODANTE: _________________________
[Comodante Nombre] — DNI / CUIT: [Comodante D N I]
Firma del COMODATARIO: _________________________
[Comodatario Nombre] — DNI: [Comodatario D N I]
Testigo (opcional): _________________________ — DNI: _________________________
Comodante (Propietario)
________________
Signature
Comodatario
________________
Signature
Qué es Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
El Contrato de Comodato de Vivienda en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación Arts. 1533–1541 (Ley 26.994).
El comodato de vivienda en Argentina se diferencia fundamentalmente del contrato de locación (alquiler) regulado por los Arts. 1187–1226 del CCyC en un elemento esencial: la gratuidad. En el comodato no existe canon, precio ni contraprestación económica alguna por el uso del inmueble. El comodatario recibe el bien en préstamo y está obligado a conservarlo, a usarlo exclusivamente con el destino pactado (vivienda familiar), y a restituirlo al vencimiento del plazo. Por su gratuidad, el comodato nunca estuvo alcanzado por la regulación especial de los alquileres; cabe recordar además que la Ley de Alquileres (Ley 27.551 y su reforma 27.737) fue derogada por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, de modo que las locaciones onerosas se rigen hoy por la libertad contractual del CCyC.
El Art. 1533 del CCyC define el comodato como el contrato por el cual una parte (comodante) se obliga a entregar a otra (comodatario) una cosa no fungible para que use gratuitamente de ella y restituya la misma cosa recibida. Para el comodato de vivienda, la cosa no fungible es el inmueble (casa, departamento, PH), identificado con precisión por su dirección, nomenclatura catastral o matrícula del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) de la provincia correspondiente.
En Argentina, el comodato de vivienda es frecuente en relaciones familiares: padres que ceden el uso de una propiedad a hijos, suegros que permiten que los cónyuges de sus hijos habiten un inmueble, o propietarios que permiten a familiares o amigos residir en una propiedad sin cobrar alquiler. También se utiliza entre empresas y sus empleados (comodato habitacional laboral) como beneficio social, aunque en ese caso puede tener implicancias impositivas ante la AFIP (CUIT, declaración jurada de Impuesto a las Ganancias).
El Art. 1536 del CCyC establece las obligaciones del comodatario: conservar la cosa con prudencia y diligencia, usarla sólo para el destino pactado o su naturaleza, pagar los gastos ordinarios de conservación, restituirla al vencimiento del plazo o a requerimiento del comodante. El Art. 1539 del CCyC regula la restitución anticipada: el comodante puede reclamarla antes del vencimiento si la cosa es imprescindible para él por causa imprevista y urgente, o si el comodatario le da un uso distinto al pactado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) y los tribunales civiles provinciales han interpretado estas normas en numerosas sentencias que delimitan los derechos y obligaciones de cada parte.
El comodato de vivienda no inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) es un instrumento privado entre las partes, con eficacia probatoria limitada frente a terceros. Sin embargo, para lograr la oponibilidad del contrato ante el Registro Civil, la ANSES, la AFIP o ante los Juzgados Civiles, puede ser necesario certificar las firmas ante escribano público (escribano/notario argentino) o inscribir el contrato en el RPI de la provincia correspondiente.
Cuándo necesitas Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
El contrato de comodato de vivienda en Argentina es necesario en toda situación en que un propietario permite que otra persona habite gratuitamente un inmueble de su titularidad, sin recibir canon ni contraprestación económica alguna.
Cuando padres o suegros ceden a sus hijos o parientes políticos el uso de una propiedad para que establezcan su hogar familiar, el comodato de vivienda documenta el carácter gratuito de la cesión, el plazo acordado y las condiciones de restitución. Sin este documento, el propietario puede tener dificultades para recuperar el inmueble ante los Juzgados Civiles cuando el comodatario se niega a restituirlo, ya que la mera tenencia gratuita puede generar discusiones sobre la naturaleza jurídica de la relación.
Cuando una empresa otorga a un empleado el uso de una vivienda como beneficio laboral (vivienda funcional o comodato habitacional), el contrato de comodato de vivienda es el instrumento que regula los derechos y obligaciones de ambas partes, el plazo del beneficio (generalmente vinculado a la vigencia del contrato de trabajo), y las condiciones de restitución al momento de la desvinculación laboral. La AFIP considera el comodato habitacional un beneficio en especie sujeto a valuación para el Impuesto a las Ganancias y aportes previsionales.
Cuando el propietario de un inmueble permite que un tercero lo habite por tiempo determinado mientras no lo necesita (por ejemplo, durante una estadía en el exterior), el comodato de vivienda formaliza la relación y fija el plazo de restitución. Esto es esencial para evitar que el comodatario alegue una posesión o tenencia indefinida que dificulte la recuperación del bien.
Cuando existe una separación o divorcio y uno de los cónyuges o convivientes cede al otro el uso de la vivienda familiar por tiempo determinado, a veces se instrumenta mediante un comodato de vivienda, especialmente cuando los hijos menores deben permanecer en el hogar familiar. En estos casos, el comodato de vivienda puede articularse con el régimen de responsabilidad parental y atribución del hogar conyugal regulado por los Arts. 443–444 y 526 del CCyC.
También es necesario cuando el propietario quiere documentar formalmente que la cesión del uso de un inmueble es gratuita y no constituye locación, para evitar que la AFIP o la ARBA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero de la Provincia de Buenos Aires) presuman la existencia de alquileres no declarados. El contrato de comodato inscripto o con firma certificada notarialmente es prueba frente al Fisco.
Qué incluir en tu Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
Un contrato de comodato de vivienda válido y eficaz en Argentina, conforme a los Arts. 1533–1541 del CCyC (Ley 26.994), debe contener los siguientes elementos para tener plena eficacia jurídica ante los Juzgados Civiles, el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) y la AFIP.
Identificación completa de las partes: nombre completo, DNI y domicilio real del comodante (propietario que cede el uso) y del comodatario (quien recibe el inmueble en préstamo gratuito). Si el comodante es una persona jurídica (sociedad anónima, SRL, asociación civil), debe identificarse la razón social, el CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X (AFIP), y el nombre del representante legal con su poder o estatuto. Si son varios comodatarios (familia, pareja, convivientes), deben identificarse todos.
Identificación precisa del inmueble: dirección completa del inmueble cedido en comodato (calle, número, piso, departamento, localidad, provincia, código postal), nomenclatura catastral o matrícula del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) de la provincia correspondiente, descripción básica del bien (tipo de inmueble, superficie, linderos), y constancia de que el comodante es titular dominial del bien. Para inmuebles en edificios de propiedad horizontal (Arts. 2037–2072 CCyC), incluir el número de unidad funcional (UF).
Gratuidad expresa del comodato: cláusula que establezca expresamente que el uso y goce del inmueble es otorgado gratuitamente por el comodante, sin que el comodatario deba abonar canon, precio, alquiler ni contraprestación económica alguna de ningún tipo. Esta cláusula es esencial para distinguir el comodato de la locación y para la correcta categorización ante la AFIP y la ARBA.
Destino del inmueble: el contrato debe establecer el destino exclusivo del inmueble cedido en comodato: habitación o vivienda familiar del comodatario y su grupo familiar. Cualquier uso distinto al pactado (actividad comercial, subarrendamiento, etc.) configura incumplimiento del Art. 1536 inc. c) del CCyC y habilita al comodante a exigir la restitución anticipada.
Plazo del comodato: el contrato de comodato de vivienda debe establecer un plazo determinado para el uso del inmueble. El Art. 1535 del CCyC contempla el comodato sin plazo determinado, pero para el comodato de vivienda, el plazo determinado es esencial para evitar que el comodatario sostenga que tiene derecho a permanecer indefinidamente en el inmueble. Para comodatos de vivienda familiar, la jurisprudencia de la CNCiv ha resuelto que cuando el plazo es indeterminado, el comodante debe intimar fehacientemente la restitución con un plazo razonable antes de iniciar el proceso judicial de desalojo.
Obligaciones del comodatario conforme al CCyC: el contrato debe detallar las principales obligaciones del comodatario según el Art. 1536 del CCyC: conservar el inmueble con la prudencia y diligencia de un buen padre de familia; no subarrendar ni ceder el uso del bien sin consentimiento expreso del comodante; usar el inmueble exclusivamente con destino habitacional; pagar los gastos ordinarios de conservación, los servicios (gas, electricidad, agua, internet) y las expensas ordinarias en inmuebles de propiedad horizontal; restituir el inmueble en el estado en que lo recibió, salvo el deterioro por uso normal.
Condiciones de restitución: el contrato debe establecer el procedimiento para la restitución del inmueble al vencimiento del plazo: lugar y hora de entrega, forma de documentar el estado del bien (acta de entrega de llaves), y consecuencias del incumplimiento (mora automática del comodatario, habilitación del proceso judicial de desalojo ante el Juzgado Civil).
En forms-legal.com encontrás el modelo de contrato de comodato de vivienda listo para descargar en PDF o Word, conforme a los Arts. 1533–1541 del CCyC y adaptado a la práctica notarial y judicial argentina. Para comodatos de larga duración, con inmuebles de alto valor, o cuando el comodatario se niega a restituir, es recomendable consultar con un abogado especialista en derecho inmobiliario inscripto en el CPACF o colegio provincial correspondiente.
Cómo completar tu Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
Para completar el contrato de comodato de vivienda en Argentina utilizando forms-legal.com, seguí estos pasos con la documentación del inmueble y de las partes a mano.
**Paso 1 — Datos del comodante.** Ingresá el nombre completo tal como figura en el DNI argentino (RENAPER) o la razón social y CUIT (AFIP) si es persona jurídica. Ingresá el domicilio real o legal. El comodante debe ser el titular dominial del inmueble conforme al Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) de la provincia correspondiente. Si el inmueble tiene más de un titular (condóminos, cónyuge en régimen de comunidad, coherederos), todos deben firmar el contrato como comodantes para que el instrumento sea oponible a todos los titulares del dominio conforme al artículo 1990 del CCyC sobre administración de la cosa común.
**Paso 2 — Datos del comodatario.** Ingresá el nombre completo y DNI del comodatario principal. Si el inmueble será ocupado por el grupo familiar del comodatario (cónyuge, conviviente, hijos), es recomendable identificarlos en el contrato como ocupantes autorizados para evitar conflictos posteriores sobre quiénes tienen derecho de permanencia en el inmueble durante la vigencia del comodato y en caso de extinción anticipada.
**Paso 3 — Descripción del inmueble.** Ingresá la descripción catastral completa del inmueble: dirección con calle, número, piso y unidad funcional (si es un PH o departamento), localidad, partido o departamento, provincia, número de partida inmobiliaria de ARBA (en Provincia de Buenos Aires) o del organismo recaudador provincial equivalente, número de matrícula del RPI, y superficie cubierta según planos aprobados por el municipio. La descripción catastral correcta es indispensable para que el contrato identifique inequívocamente el bien y pueda ser presentado ante organismos públicos.
**Paso 4 — Plazo del comodato.** Especificá la fecha de inicio y la fecha de vencimiento del plazo convenido. El plazo puede expresarse en días, meses o años. La LCT no se aplica; el CCyC Arts. 1533–1541 rige el comodato. Si el plazo no se establece con precisión, el comodato queda sujeto a las reglas del artículo 1536 del CCyC para comodatos sin plazo determinado, que permiten al comodante reclamar la restitución cuando lo necesite, pero sin la claridad que brinda un plazo cierto. Un plazo de 2 a 3 años es habitual en comodatos familiares en Argentina.
**Paso 5 — Obligaciones del comodatario.** Completá la sección de obligaciones del comodatario enumerando las responsabilidades específicas: pago de expensas ordinarias (si es propiedad horizontal bajo Ley 13.512), pago de servicios (gas, electricidad, agua, ABL de GCBA o tasa municipal), mantenimiento del inmueble en buen estado de conservación, prohibición de realizar obras sin consentimiento escrito del comodante, y prohibición de ceder el uso a terceros sin autorización del comodante conforme al artículo 1540 del CCyC.
**Paso 6 — Inventario del estado del inmueble.** Adjuntá como Anexo al contrato un inventario detallado del estado del inmueble al momento de la entrega: estado de paredes, pisos, cielorrasos, instalación eléctrica, instalación de gas (habilitación de Metrogas), artefactos sanitarios, y cualquier equipamiento que quede en el inmueble. El inventario, firmado por ambas partes, es el instrumento que permite determinar si el deterioro del inmueble al momento de la restitución es imputable al uso normal (que no genera responsabilidad del comodatario) o al uso anormal o negligente (que genera la obligación de reparar conforme al artículo 1541 del CCyC).
**Paso 7 — Firma y certificación.** El contrato debe ser firmado por todas las partes en dos ejemplares originales. Para obtener fecha cierta conforme al artículo 317 del CCyC, certificá las firmas ante escribano público o juez de paz. La fecha cierta es crucial para oponibilidad frente a terceros acreedores del comodante y para el cómputo del plazo de restitución.
Requisitos legales para Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
El contrato de comodato de vivienda en Argentina debe cumplir los siguientes requisitos jurídicos para ser válido y eficaz ante los Juzgados Civiles y organismos públicos conforme al CCyC (Ley 26.994).
**Forma del instrumento.** El comodato de vivienda puede celebrarse como instrumento privado (Art. 287 CCyC) sin necesidad de escritura pública, siempre que el inmueble no sea el hogar conyugal o convivencial y no esté destinado a familia numerosa. Sin embargo, para que el instrumento sea oponible a terceros y tenga fecha cierta conforme al artículo 317 del CCyC, se recomienda la certificación de firmas ante escribano público, juzgado de paz, o banco público. Sin fecha cierta, el instrumento privado no es oponible a los acreedores del comodante que embarguen el inmueble después de la fecha de celebración del contrato.
**Gratuidad como elemento esencial.** El artículo 1533 del CCyC define el comodato como préstamo de uso gratuito. Si el comodatario paga cualquier suma periódica —aunque se llame «contribución a los gastos» o «colaboración»— el contrato puede ser recalificado por los tribunales como locación y quedar sujeto a las disposiciones de la locación del CCyC (Arts. 1187–1226), con todos los derechos del locatario que el Código establece. Cabe recordar que la Ley de Alquileres (Ley 27.551/27.737) fue derogada por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, por lo que la locación se rige hoy por la libertad contractual del CCyC. Los Juzgados Civiles de CABA han recalificado comodatos como locaciones cuando existía una contraprestación económica, aunque fuera mínima.
**Capacidad de las partes.** El comodante debe ser capaz en los términos del artículo 23 del CCyC (mayor de 18 años, sin incapacidad judicialmente declarada) y titular del dominio del inmueble o tener facultades para ceder su uso. El comodatario debe ser igualmente capaz. Si el comodatario es menor de edad, el contrato debe ser celebrado por sus representantes legales (padres o tutor designado judicialmente) conforme al artículo 100 del CCyC.
**Bienes propios y gananciales en matrimonio.** Si el inmueble es propiedad de ambos cónyuges bajo el régimen de comunidad (artículos 463 a 508 CCyC), ambos deben firmar el comodato. Si es propiedad de uno solo de los cónyuges pero constituye el hogar conyugal o convivencial conforme al artículo 244 del CCyC, se requiere el asentimiento del otro cónyuge o conviviente bajo pena de nulidad relativa que puede ser invocada por el cónyuge no firmante conforme a la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv).
**AFIP y obligaciones tributarias.** El comodato de vivienda no genera impuesto a las ganancias para el comodante si es gratuito, pero la AFIP puede presumir la existencia de un alquiler encubierto si el comodante posee múltiples propiedades cedidas en comodato. Para documentar la gratuidad y evitar ajustes impositivos del organismo recaudador, el contrato debe estar firmado con fecha cierta y ser conservado por el comodante durante el plazo de prescripción fiscal de 5 años (artículo 56 de la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal). En algunos casos, la ARBA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero de Buenos Aires) también requiere el instrumento para determinar la exención o reducción del impuesto de sellos provincial.
**Expensas y servicios.** El comodatario debe abonar los gastos ordinarios de conservación del inmueble (artículo 1537 CCyC), que en la práctica incluyen las expensas ordinarias de propiedad horizontal, los servicios de gas (Metrogas), electricidad (EDESUR/EDENOR), agua (AySA), y la tasa municipal de alumbrado, barrido y limpieza (ABL en CABA) o su equivalente provincial. El contrato debe discriminar cuáles gastos son a cargo del comodatario para evitar disputas posteriores.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Comodato de Vivienda — Argentina
Los errores más frecuentes al celebrar un contrato de comodato de vivienda en Argentina que generan conflictos posteriores ante los Juzgados Civiles son los siguientes.
**No fijar un plazo determinado.** El error más frecuente es celebrar el comodato sin establecer un plazo de vencimiento. Cuando no hay plazo, la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha interpretado que el comodatario tiene derecho a permanecer en el inmueble hasta que el comodante pruebe una necesidad urgente e imprevista del bien, lo que puede derivar en procesos judiciales prolongados de restitución. Un plazo determinado —aunque sea prorrogable por acuerdo de partes— le da al comodante el derecho de solicitar la restitución al vencimiento sin necesidad de invocar causa alguna, conforme al artículo 1536 del CCyC.
**Omitir el inventario del estado del inmueble.** Entregar el inmueble sin documentar su estado inicial genera disputas irresolubles al momento de la restitución: el comodante afirma que los deterioros son posteriores a la entrega; el comodatario sostiene que existían antes. Sin inventario firmado por ambas partes con fotografías fechadas, el juez debe resolver la disputa con prueba testimonial de resultado incierto. El inventario es la única prueba directa del estado del inmueble al inicio del comodato.
**Cobrar cualquier suma periódica al comodatario.** Pactar que el comodatario pague las expensas o servicios «en beneficio del comodante» en lugar de en cumplimiento de su propia obligación legal de conservación puede ser interpretado como contraprestación económica que convierte el comodato en locación. En ese caso, el comodatario adquiere los derechos del locatario bajo las disposiciones de la locación del CCyC (Arts. 1187–1226), que rigen tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, lo que dificulta su desalojo y obliga a respetar el contrato como una locación onerosa.
**No obtener el asentimiento conyugal cuando corresponde.** Si el inmueble constituye el hogar conyugal o convivencial conforme al artículo 244 del CCyC, la firma del cónyuge o conviviente no titular es obligatoria. Omitirla no nulifica el contrato automáticamente, pero le otorga al cónyuge no firmante la facultad de reclamar la nulidad dentro del plazo de 6 meses desde que tomó conocimiento del contrato o desde la disolución de la unión, lo que genera incertidumbre sobre la validez del título posesorio del comodatario.
**Permitir la subocupación sin autorización expresa.** Si el comodatario permite que terceros habiten el inmueble sin que el contrato lo autorice expresamente, se genera un supuesto de incumplimiento del artículo 1540 del CCyC que habilita al comodante a reclamar la restitución anticipada. Sin embargo, si el comodante tolera la subocupación durante años sin reclamar, los tribunales pueden interpretar que hubo una modificación tácita del contrato que validó la situación, complicando la recuperación del inmueble.
**No certificar las firmas para obtener fecha cierta.** Un contrato de comodato sin fecha cierta (artículo 317 CCyC) no es oponible a terceros acreedores del comodante. Si el comodante enfrenta embargos o una quiebra, el síndico o el acreedor embargante puede desconocer la vigencia del comodato y ejecutar el inmueble, dejando al comodatario en una situación jurídica precaria. La certificación notarial de firmas, que cuesta menos de $10.000 pesos argentinos en la mayoría de escribanías de CABA, es la inversión más eficiente para proteger ambas partes.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 26.994AR official
- Ley 27.551AR official
- Ley 27.742AR official
- Ley 13.512AR official
- Ley 11.683AR official
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La diferencia fundamental entre el comodato de vivienda y el alquiler (locación) en Argentina radica en la gratuidad: el comodato es un préstamo gratuito del inmueble, mientras que el alquiler implica el pago de un canon periódico. El comodato de vivienda se rige por los Arts. 1533–1541 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), mientras que la locación se rige por los Arts. 1187–1226 del CCyC. Tras la derogación de la Ley de Alquileres (Ley 27.551/27.737) por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, la locación se rige por la libertad contractual: plazo, precio, actualización, depósito y garantías son libremente pactados entre las partes. Ninguna de esas reglas se aplica al comodato, que es gratuito por naturaleza. El comodatario no paga canon, pero tiene la obligación de conservar el inmueble y pagar los gastos ordinarios de conservación y los servicios. La AFIP distingue ambas figuras a efectos impositivos: la locación está sujeta a IVA y Ganancias si supera ciertos montos, mientras que el comodato entre personas físicas no está sujeto a IVA por ser gratuito. Si el propietario cobra cualquier suma al comodatario bajo cualquier denominación, la relación puede ser recaracterizada como locación con las consecuencias tributarias y legales correspondientes.
Sí, el Art. 1539 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) permite al comodante recuperar el inmueble antes del vencimiento del plazo en dos supuestos: (1) si la cosa le es imprescindible al comodante por una causa imprevista y urgente, y (2) si el comodatario incumple sus obligaciones (usa el inmueble con un destino distinto al pactado, subarrenda sin autorización, o deteriora el bien más allá del uso normal). En el primer caso, el comodante debe notificar al comodatario con anticipación razonable y acreditar la urgencia e imprevisibilidad de la necesidad. Si el comodatario no restituye voluntariamente, el comodante debe iniciar un proceso judicial de desalojo ante el Juzgado Civil. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (CNCiv) ha resuelto que la carga de la prueba de la urgencia recae sobre el comodante. En comodatos sin plazo determinado, el comodante puede solicitar la restitución en cualquier momento, pero debe dar un preaviso razonable (la jurisprudencia oscila entre 30 y 90 días según las circunstancias del caso).
El régimen de las mejoras en el comodato de vivienda en Argentina está regulado por los Arts. 1536 y 1540 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC). El comodatario no puede hacer mejoras en el inmueble sin consentimiento expreso del comodante. Si las realiza sin autorización, no tiene derecho a reclamar su valor al comodante al momento de la restitución, salvo que sean mejoras necesarias (imprescindibles para la conservación del bien) que el comodante no podría negar. Las mejoras voluptuarias (que aumentan el valor pero no son necesarias) realizadas sin autorización deben ser revertidas por el comodatario al momento de la restitución, si el comodante así lo exige. Sin embargo, si el comodante se benefició de las mejoras y no exigió su reversión, puede presumirse una aceptación tácita. Para evitar conflictos, el contrato de comodato de vivienda debe establecer expresamente qué mejoras puede realizar el comodatario, si tiene derecho a reclamar su valor al restituir el inmueble, y quién asume el costo de las reparaciones ordinarias durante el comodato.
Si el comodatario se niega a restituir el inmueble al vencimiento del plazo del comodato, el comodante puede iniciar el proceso judicial de desalojo ante el Juzgado Civil con competencia en lo civil o civil y comercial de la jurisdicción donde se encuentra el inmueble. El plazo de mora del comodatario opera automáticamente al vencimiento del plazo pactado, sin necesidad de interpelación previa (Art. 886 CCyC). El proceso de desalojo por vencimiento de comodato es generalmente más ágil que el desalojo por falta de pago en la locación, ya que el comodato es gratuito y se rige por los Arts. 1533–1541 del CCyC. Sin embargo, cuando hay menores de edad o personas vulnerables habitando el inmueble, los juzgados pueden conceder plazos adicionales de restitución o requerir la intervención del Defensor de Menores o del organismo de protección social competente. Para agilizar el proceso, es recomendable enviar al comodatario una carta documento o telegrama colacionado por Correo Argentino intimándolo a restituir el inmueble en un plazo determinado antes de iniciar las acciones judiciales.
No es obligatorio celebrar el contrato de comodato de vivienda ante escribano público en Argentina. Los Arts. 1533–1541 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) no exigen escritura pública para la validez del comodato de inmuebles. El comodato puede instrumentarse como instrumento privado (Art. 287 CCyC), firmado por el comodante y el comodatario, con eficacia plena entre las partes. Sin embargo, para que el instrumento tenga fecha cierta (Art. 317 CCyC) y sea oponible a terceros (incluyendo futuros compradores del inmueble, acreedores del comodante, o la AFIP), es altamente recomendable certificar las firmas ante escribano público argentino o ante el Registro Civil. El certificado notarial de firmas no convierte el instrumento privado en escritura pública, pero le otorga la fecha cierta que lo hace oponible erga omnes. Para comodatos de larga duración o sobre inmuebles de alto valor, la escritura pública ante el Escribano Público matriculado en el Colegio Notarial de la provincia correspondiente es la opción de mayor seguridad jurídica.
El comodato de vivienda entre personas físicas (particulares) en Argentina no está sujeto a Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni a retenciones de Ingresos Brutos por ser un contrato gratuito. Sin embargo, tiene implicancias ante la AFIP en los siguientes casos: (1) Si el comodante es una empresa (SA, SRL, etc.) y otorga el comodato a un empleado como beneficio laboral, el valor locativo del inmueble es considerado por la AFIP como retribución en especie sujeta a Impuesto a las Ganancias y aportes previsionales ante la ANSES. (2) Si el comodante es persona física y cede el inmueble a un tercero que no es familiar directo, la AFIP puede presumir la existencia de una locación no declarada, especialmente si el comodatario deduce gastos vinculados al inmueble en su declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. (3) Si el comodatario subarrienda el inmueble recibido en comodato (en violación del Art. 1536 CCyC), los alquileres percibidos son rentas gravadas ante la AFIP. Un contrato de comodato de vivienda formalizado y certificado es la mejor prueba ante el Fisco de la gratuidad de la cesión.
El Art. 1536 inc. e) del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) establece que el comodatario debe pagar los gastos ordinarios de conservación de la cosa cedida en comodato. Para el comodato de vivienda en Argentina, esto incluye generalmente: los servicios a cargo del usuario (gas natural de METROGAS o NATURGY, electricidad de EDENOR o EDESUR o distribuidora regional, agua de AySA o empresa provincial, internet); las expensas ordinarias del consorcio de propietarios para inmuebles en propiedad horizontal (Arts. 2037–2072 CCyC); el Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) en CABA o las tasas municipales equivalentes en las provincias; y las reparaciones menores de conservación (arreglos de grifería, bombillas, cerraduras, etc.). Los gastos extraordinarios de conservación y las reparaciones mayores o estructurales del inmueble (refacciones de techos, cañerías maestras, estructura) son generalmente responsabilidad del comodante como titular dominial, salvo que los daños hayan sido causados por el comodatario o su grupo familiar. El contrato debe delimitar expresamente qué gastos corresponden a cada parte para evitar conflictos durante la vigencia del comodato.
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Contrato de Locación de Vivienda Argentina
A Residential Lease Agreement (Contrato de Locación de Vivienda) for Argentina — governed by the Civil and Commercial Code (CCyC) Arts. 1187–1226 following the repeal of the Ley de Alquileres (Law 27.551/27.737) by DNU 70/2023 and Law 27.742 (Ley Bases), establishing freely negotiated rental terms, rent adjustment, security deposit and guarantees under contractual freedom.
Acta de Entrega de Llaves — Argentina
Documento que certifica la restitución del inmueble arrendado por parte del locatario al locador al vencimiento o rescisión del contrato de locación, conforme al Art. 1210 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994). Documenta el estado del bien, las llaves entregadas y los medidores de servicios.
Solicitud de Restitución de Inmueble — Argentina
Carta documento fehaciente mediante la cual el locador solicita al locatario la restitución del inmueble arrendado al vencimiento del contrato de locación, conforme al Art. 1210 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994).