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Contrato de Depósito Irregular Argentina

Contrato de Depósito Irregular

Conforme a CCyC Arts. 1390–1397 (Ley 26.994)

CONTRATO DE DEPÓSITO IRREGULAR

Conforme a los Artículos 1390 a 1397 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994)

PRIMERA — PARTES

Entre, por una parte, [Depositante Nombre], CUIT [Depositante C U I T], con domicilio legal en [Depositante Domicilio], representada/o por [Depositante Representante] (en adelante, el "DEPOSITANTE");

Y, por la otra parte, [Depositario Nombre], CUIT [Depositario C U I T], con domicilio legal en [Depositario Domicilio], representada/o por [Depositario Representante] (en adelante, el "DEPOSITARIO");

Las partes, con plena capacidad jurídica, celebran el presente Contrato de Depósito Irregular conforme a los Artículos 1390 a 1397 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), Ley 26.994, vigente desde el 1.° de agosto de 2015, y demás normas aplicables de la República Argentina.

SEGUNDA — OBJETO DEL DEPÓSITO IRREGULAR

El DEPOSITANTE entrega al DEPOSITARIO, en carácter de depósito irregular conforme al Artículo 1390 del CCyC, las siguientes cosas fungibles:

Tipo de objeto: [Tipo Objeto]

Monto o cantidad: [Monto Capital]

Descripción y especificaciones: [Descripcion Objeto]

Unidad de cuenta o indexación: [Unidad Cuenta]

El DEPOSITARIO adquiere la propiedad de las cosas fungibles depositadas y queda expresamente autorizado a usar, invertir y disponer de ellas durante la vigencia del presente contrato, con la única obligación de restituir igual cantidad de la misma especie y calidad al vencimiento pactado, conforme al Artículo 1390 del CCyC.

TERCERA — PLAZO E INTERESES

Fecha de constitución del depósito: [Fecha Constitucion]

Fecha de vencimiento y restitución: [Plazo Vencimiento]

Preaviso para plazo indeterminado: [Plazo Indeterminado]

El DEPOSITARIO abonará al DEPOSITANTE intereses compensatorios a la tasa de [Tasa Interes], con la siguiente periodicidad de pago: [Periodicidad Intereses]. Los intereses moratorios desde el vencimiento hasta la restitución efectiva se calcularán a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina (BNA), conforme a la jurisprudencia uniforme de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires, aplicando por analogía el Artículo 1527 del CCyC.

CUARTA — OBLIGACIÓN DE RESTITUCIÓN Y GARANTÍAS

Al vencimiento del plazo convenido, o a requerimiento del DEPOSITANTE en los casos previstos en la Cláusula Quinta, el DEPOSITARIO deberá restituir igual cantidad de la misma especie y calidad de las cosas depositadas, según la siguiente modalidad: [Forma Restitucion]

Garantías ofrecidas por el DEPOSITARIO: [Garantias Ofrecidas]

QUINTA — CAUSALES DE RESTITUCIÓN ANTICIPADA

El DEPOSITANTE podrá exigir la restitución anticipada del depósito, con efectos inmediatos, en los siguientes casos: [Causal Resolucion Anticipada]

Adicionalmente, la presentación del DEPOSITARIO en concurso preventivo o la declaración de su quiebra bajo la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras producirá la caducidad inmediata del plazo y el vencimiento anticipado de todas las obligaciones del DEPOSITARIO conforme al Artículo 128 de la Ley 24.522, sin necesidad de interpelación previa.

SEXTA — MORA Y CLÁUSULA PENAL

La mora del DEPOSITARIO en la restitución de las cosas depositadas se producirá de pleno derecho al vencimiento del plazo convenido, sin necesidad de interpelación previa, conforme al Artículo 886 del CCyC. Desde la mora, el DEPOSITARIO deberá abonar al DEPOSITANTE una penalidad de [Clausula Penal], conforme a los Artículos 790 a 804 del CCyC, sin perjuicio del derecho del DEPOSITANTE a reclamar los daños y perjuicios adicionales que superen dicho importe, conforme a los Artículos 1716 a 1740 del CCyC. El DEPOSITANTE podrá solicitar medidas cautelares de embargo preventivo conforme a los Artículos 195 a 233 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) ante el Juzgado Nacional en lo Comercial competente.

SÉPTIMA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por las leyes de la República Argentina, en particular el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994, Arts. 1390 a 1397) y supletoriamente las disposiciones del mutuo (Arts. 1525 a 1532 CCyC) en lo que resulte compatible. Para toda controversia derivada del presente contrato, las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los [Jurisdiccion], con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles.

FIRMAS

En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], se suscriben dos (2) ejemplares de idéntico tenor y a un solo efecto legal, recibiendo cada parte un ejemplar.

DEPOSITANTE:

[Depositante Nombre]

Representado/a por: [Depositante Representante]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

DEPOSITARIO:

[Depositario Nombre]

Representado/a por: [Depositario Representante]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

Depositante

________________

Signature

Depositario

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Depósito Irregular Argentina

El Contrato de Depósito Irregular en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación Arts. 1390–1397 (Ley 26.994).

El Artículo 1390 CCyC define el depósito irregular como aquel en que se entregan cosas fungibles al depositario con autorización para servirse de ellas, y el Artículo 1390 in fine establece que en tal caso el depositario adquiere la propiedad de las cosas y debe restituir la misma cantidad y calidad a la que recibió. Esta transferencia de propiedad distingue estructuralmente al depósito irregular del contrato de mutuo (préstamo de dinero, CCyC Arts. 1525 a 1532): aunque ambos implican la transmisión de la propiedad de cosas fungibles con obligación de devolver otras del mismo tipo, el depósito irregular nace de una relación de confianza donde la iniciativa es del depositante —quien busca guardar y no perder las cosas depositadas— mientras que el mutuo nace de la necesidad del prestatario de obtener recursos. Esta distinción, elaborada doctrinalmente desde el antiguo Código de Comercio, fue consolidada por el CCyC y es reconocida por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires.

El depósito irregular de dinero es el subtipo más frecuente en la práctica argentina, y está expresamente regulado en el Artículo 1390 CCyC. Cuando el objeto del depósito es dinero, el Artículo 1390 remite a las normas del mutuo en lo que resulta compatible —incluyendo las reglas sobre intereses del Artículo 1527 CCyC y los intereses moratorios del Artículo 768 CCyC. En el ámbito bancario, la captación de depósitos a plazo fijo por parte de entidades financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA, Ley 21.526) constituye la modalidad institucional más extendida del depósito irregular de dinero, sujeta adicionalmente a las Comunicaciones del BCRA (en particular la Comunicación A 3046 sobre plazos fijos en pesos y la Comunicación A 6885 sobre plazos fijos en UVA — Unidad de Valor Adquisitivo indexada por el índice CER).

Entre particulares —personas humanas o personas jurídicas no bancarias— el depósito irregular de dinero sirve para formalizar situaciones en que una parte entrega fondos a otra para que los administre, invierta o utilice en su giro comercial, con obligación de restituir el importe equivalente más los intereses convenidos. En este contexto, el instrumento se superpone con el mutuo oneroso, aunque conserva su especificidad cuando la causa-fin del depositante es la guarda y no el préstamo.

La Inspección General de Justicia (IGJ) y la Comisión Nacional de Valores (CNV, Ley 26.831) supervisan que las personas jurídicas que captan depósitos irregulares de terceros no ejerzan de hecho la intermediación financiera habitual reservada a las entidades autorizadas por el BCRA bajo la Ley 21.526, cuya infracción constituye el delito tipificado en el Artículo 310 del Código Penal. Forms-legal.com proporciona este modelo como herramienta de documentación para operaciones entre partes privadas que no implican intermediación financiera habitual.

Cuándo necesitas Contrato de Depósito Irregular Argentina

El Contrato de Depósito Irregular en Argentina es necesario en toda situación donde una persona transfiere dinero u otras cosas fungibles a otra con autorización de uso y obligación de restitución, y las partes desean documentar formalmente la entrega, las condiciones de restitución y los intereses acordados, para contar con prueba fehaciente ante los Juzgados Nacionales en lo Comercial o los tribunales provinciales.

Se necesita el contrato cuando un particular —persona humana o una pequeña empresa— entrega una suma de dinero a un conocido, familiar, socio, o empresa de confianza para que la administre o utilice en su actividad comercial durante un período determinado, recibiendo a cambio una tasa de interés pactada y la devolución del capital al vencimiento. En este escenario, el instrumento escrito protege al depositante ante la insolvencia sobreviniente del depositario, ya que acredita la existencia y el monto de la deuda ante el Juzgado Comercial interviniente y en un eventual proceso concursal bajo la Ley 24.522.

El instrumento resulta indispensable cuando empresas del mismo grupo económico —vinculadas a través de participaciones societarias bajo la Ley General de Sociedades N.° 19.550 (LGS)— canalizan excedentes de liquidez de una sociedad superavitaria a una sociedad deficitaria del grupo mediante depósitos irregulares intercompany. La AFIP-ARCA fiscaliza estas operaciones bajo las normas de precios de transferencia (Artículo 15 de la Ley de Impuesto a las Ganancias N.° 20.628 y Resolución General AFIP N.° 4717/2020), exigiendo que las tasas de interés sean de mercado y que la operación esté documentada en contrato escrito.

También se requiere el depósito irregular cuando cooperativas de trabajo o mutuales reguladas por la Ley 20.337 (Cooperativas) o la Ley 20.321 (Mutuales) reciben aportes dinerarios de sus asociados para constituir fondos de reserva operacional, siempre que dichos aportes no califiquen como cuotas sociales sino como depósitos con derecho a restitución. La Federación Argentina de Cooperativas de Crédito (FACC) y el INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social) regulan este tipo de operaciones.

El contrato de depósito irregular de cosas fungibles no dinerarias —como granos (soja, maíz, trigo), combustibles, o materias primas— es frecuente en el agro argentino bajo el régimen de la Ley 9.643 de Warrants, la Ley 21.453 de granos, y los contratos de canje agropecuario. El productor agropecuario deposita granos en un acopiador autorizado por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP), recibiendo un certificado de depósito (warrant) y el depositario queda autorizado a comercializar los granos con obligación de restituir igual cantidad y calidad o su equivalente dinerario.

Finalmente, el instrumento es requerido cuando la liquidación de una sociedad bajo los Artículos 94 a 112 LGS genera remanentes dinerarios que los socios acuerdan mantener bajo la custodia del liquidador designado hasta que se resuelvan los pasivos contingentes —impuestos discutidos ante el Tribunal Fiscal de la Nación o deudas litigiosas ante Juzgados Comerciales— antes de la distribución final del patrimonio disuelto.

Qué incluir en tu Contrato de Depósito Irregular Argentina

Un Contrato de Depósito Irregular válido y ejecutable bajo el régimen del CCyC (Ley 26.994) debe contener los elementos esenciales que lo diferencian de otras figuras contractuales y garantizan su oponibilidad ante los Juzgados Nacionales en lo Comercial y los tribunales provinciales.

Identificación de las partes: Nombre completo o razón social, CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria asignada por AFIP-ARCA), domicilio legal y DNI (Documento Nacional de Identidad emitido por RENAPER) del depositante y del depositario. Para personas jurídicas —Sociedades Anónimas (SA), SRL, SAS reguladas por Ley 27.349, cooperativas bajo Ley 20.337— debe consignarse el número de inscripción ante la IGJ o la DPPJ provincial y el nombre del representante legal autorizado. La precisión en la identificación es determinante para la ejecución judicial del contrato.

Objeto del depósito: Descripción precisa de las cosas fungibles depositadas. Para dinero: monto exacto en pesos argentinos (ARS $) con separador de miles por punto y decimal por coma (ej. ARS $2.500.000,00), moneda de denominación y —si corresponde— el tipo de cambio o la unidad de cuenta aplicable (UVA publicada diariamente por el BCRA, Unidad de Medida de Valor — UMV, o CER — Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el BCRA). Para cosas no dinerarias: especie, calidad, cantidad, y unidad de medida según los estándares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) para productos agropecuarios.

Autorización de uso por el depositario: Cláusula expresa que autoriza al depositario a usar, invertir o disponer de las cosas depositadas durante la vigencia del contrato, diferenciando así el depósito irregular del depósito regular del Artículo 1356 CCyC. Sin esta autorización expresa de uso, el contrato se interpreta como depósito regular con obligación de custodia y restitución de la cosa idéntica, no de otra de igual especie y calidad.

Plazo de restitución: Fecha determinada en que el depositario debe devolver igual cantidad de la misma especie y calidad que la depositada, o —si así se pacta— el monto equivalente en pesos calculado al tipo de cambio o índice acordado. El CCyC no impone plazo máximo para el depósito irregular entre particulares. Si se pacta un plazo indeterminado, cualquiera de las partes puede resolver el contrato con el preaviso razonable establecido en el contrato, conforme al Artículo 1011 CCyC.

Intereses: Tasa de interés que el depositario abona al depositante por el uso del dinero o de las cosas fungibles durante el período del depósito. Para depósitos en pesos, los intereses deben ser expresados como tasa nominal anual (TNA), pudiendo pactarse: tasa fija (porcentaje anual determinado), tasa variable referenciada a la tasa de plazos fijos del Banco de la Nación Argentina (BNA), tasa activa del BNA, o indexación por UVA (conforme a la Comunicación BCRA A 6885). El Artículo 1527 CCyC —aplicable por remisión del Artículo 1390— establece que si no se pactaron intereses, el depositario no debe interés compensatorio, aunque sí intereses moratorios desde la mora conforme al Artículo 768 CCyC a la tasa activa del BNA.

Obligación de restitución: Modalidad y procedimiento para la devolución —transferencia bancaria al CBU indicado por el depositante, entrega en efectivo, o entrega de equivalente en especie. Si el objeto son granos u otras commodities, especificar si la restitución es en especie (misma cantidad y calidad) o en su equivalente dinerario al precio de mercado publicado por la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR) o el Mercado a Término de Buenos Aires (MATba-ROFEX) a la fecha de vencimiento.

Cláusula de resolución anticipada: Condiciones bajo las cuales el depositante puede exigir la restitución anticipada —insolvencia, concurso preventivo o quiebra del depositario bajo Ley 24.522, incumplimiento de pago de intereses, disminución patrimonial significativa del depositario. Esta cláusula es esencial para proteger al depositante ante el deterioro financiero del depositario antes del vencimiento pactado.

Cláusula penal e intereses moratorios: Penalidad aplicable al depositario en caso de demora en la restitución (CCyC Arts. 790 a 804) y tasa de interés punitorio desde el vencimiento hasta el pago efectivo. Forms-legal.com incluye en este modelo una cláusula penal con intereses moratorios a la tasa activa del BNA, conforme a la jurisprudencia uniforme de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

Ley aplicable y jurisdicción: Sometimiento expreso al CCyC (Ley 26.994) y designación del tribunal competente —Juzgados Nacionales en lo Comercial de la CABA o tribunales civiles y comerciales provinciales. Para operaciones que involucren entidades supervisadas por el BCRA o la CNV, consignar también el marco regulatorio aplicable (Ley 21.526, Ley 26.831).

Cómo completar tu Contrato de Depósito Irregular Argentina

Completar el modelo de Contrato de Depósito Irregular de forms-legal.com requiere atención a los detalles que determinan la validez del instrumento y la correcta identificación de las obligaciones de cada parte.

Paso 1 — Datos del depositante: Ingrese el nombre completo o razón social exacta tal como figura en la constancia de inscripción ante AFIP-ARCA. El CUIT debe respetar el formato XX-XXXXXXXX-X. Para personas humanas, incluya también el DNI emitido por RENAPER. Si el depositante actúa como representante de una sociedad, cite el cargo y el número de la escritura de poder o del acto societario de designación.

Paso 2 — Datos del depositario: Repita el mismo procedimiento para el depositario. Si el depositario es una persona jurídica con objeto social que incluye actividades financieras, verifique que no esté actuando como entidad de intermediación financiera habitual sin autorización del BCRA (Ley 21.526, Art. 1), ya que ello configura el tipo penal del Artículo 310 del Código Penal. Si existen dudas, consulte a un abogado especialista en derecho bancario.

Paso 3 — Objeto del depósito: Para depósitos dinerarios, ingrese el monto exacto en ARS $. Use punto como separador de miles y coma como separador decimal: ARS $1.500.000,00. Si el depósito está denominado en unidades indexadas (UVA), exprese el capital en UVAs a la fecha de constitución y el valor de la UVA según la última Comunicación del BCRA disponible. Para depósitos de cosas fungibles no dinerarias, especifique especie (ej. soja grado 2), cantidad (ej. 500 toneladas métricas) y calidad según normas SAGyP.

Paso 4 — Plazo: Indique la fecha de vencimiento del depósito en formato DD/MM/AAAA. Si el plazo es indeterminado, escriba "plazo indeterminado con preaviso de [X] días" y complete el campo de preaviso. Los plazos fijos bancarios tienen plazos mínimos regulados por el BCRA (30 días para plazos fijos en pesos); para depósitos entre particulares no hay mínimo legal.

Paso 5 — Intereses: Exprese la tasa de interés como porcentaje nominal anual (TNA). Ejemplos: "TNA 48% fija", "TNA equivalente a la tasa de plazo fijo del BNA + 3 puntos anuales", "Indexación por UVA según Comunicación BCRA A 6885". Especifique si los intereses se pagan mensualmente, trimestralmente, o al vencimiento junto con el capital. Para calcular el interés devengado use la fórmula: Capital × TNA × días/365.

Paso 6 — Forma de restitución: Indique el CBU de la cuenta bancaria del depositante a la que debe realizarse la transferencia de restitución, o describa la modalidad de entrega si el objeto son cosas no dinerarias. Incluya el plazo (en días hábiles bancarios) que tiene el depositario para efectuar la transferencia desde el vencimiento o desde el requerimiento del depositante.

Paso 7 — Cláusula penal: Complete el monto de la penalidad por demora en la restitución. Se recomienda expresar la penalidad como porcentaje mensual sobre el capital no restituido (ej. 5% mensual) más la tasa activa del BNA, para preservar el valor ante la inflación argentina.

Paso 8 — Fecha y lugar: Indique la ciudad y la fecha de firma en formato DD/MM/AAAA. Para otorgar fecha cierta al instrumento privado conforme al Artículo 317 CCyC y hacerlo oponible a terceros acreedores del depositario, lleve el documento ante un Escribano Público para certificación de firmas.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Depósito Irregular Argentina

Los errores más frecuentes en la redacción y ejecución de Contratos de Depósito Irregular en Argentina generan pérdida de protección jurídica para el depositante y conflictos de interpretación ante los Juzgados Nacionales en lo Comercial.

Error 1 — No distinguir el depósito irregular del mutuo ni del depósito regular: Utilizar indistintamente los términos "depósito", "préstamo" y "mutuo" en el mismo instrumento genera ambigüedad sobre el régimen jurídico aplicable y dificulta la ejecución judicial. El depósito irregular (CCyC Arts. 1390 a 1397) transmite la propiedad de las cosas fungibles al depositario y autoriza su uso; el mutuo (CCyC Arts. 1525 a 1532) también transmite la propiedad pero nace de la necesidad del prestatario; el depósito regular (CCyC Arts. 1356 a 1389) sólo implica custodia sin uso. Solución: identificar expresamente en el contrato que se trata de un depósito irregular conforme al Artículo 1390 CCyC y que el depositario queda autorizado a usar las cosas depositadas.

Error 2 — Omitir la cláusula de autorización de uso: Si el contrato no contiene una cláusula expresa que autorice al depositario a usar las cosas fungibles, los Juzgados Comerciales lo interpretan como depósito regular (Art. 1356 CCyC), con obligación de custodia y restitución de la cosa idéntica —lo que puede ser imposible si se trató de dinero que el depositario ya utilizó. Solución: incluir siempre la cláusula "El DEPOSITARIO queda expresamente autorizado a usar, invertir y disponer de las sumas depositadas durante la vigencia del presente contrato, conforme al Artículo 1390 del CCyC".

Error 3 — No pactar intereses o pactar intereses sin especificar la modalidad de cálculo: La omisión de intereses no genera automáticamente intereses a favor del depositante (CCyC Art. 1527 aplicado por remisión). Si no se especifica la base de cálculo (TNA, días/365 o días/360, capitalización simple o compuesta), surgen disputas sobre el monto adeudado. Solución: estipular tasa nominal anual, frecuencia de pago, base de cálculo y mecanismo de actualización si corresponde.

Error 4 — No obtener fecha cierta del instrumento privado: Sin fecha cierta (CCyC Art. 317), el contrato de depósito irregular no es oponible a los acreedores del depositario que trabaron medidas cautelares sobre sus bienes con anterioridad a la fecha de notificación fehaciente. En un proceso concursal bajo Ley 24.522, el síndico puede impugnar la existencia del depósito si el instrumento carece de fecha cierta. Solución: certificar firmas ante Escribano Público o presentar el instrumento ante AFIP-ARCA como comprobante de transacción con fecha registrada.

Error 5 — Superar los límites de la intermediación financiera lícita: Recibir depósitos irregulares de múltiples personas como actividad organizada y habitual —aunque sea a pequeña escala— puede configurar el delito del Artículo 310 del Código Penal (intermediación financiera sin autorización del BCRA). La BCRA y el Ministerio Público Fiscal han iniciado investigaciones por esquemas de captación informal de depósitos. Solución: limitar los depósitos irregulares a operaciones ocasionales entre partes vinculadas y consultar a un abogado especialista en derecho bancario ante cualquier duda.

Error 6 — Ignorar las consecuencias del concurso preventivo del depositario: Si el depositario se presenta en concurso preventivo bajo la Ley 24.522, la restitución del depósito queda sometida al proceso concursal y el depositante recibe el tratamiento de acreedor quirografario ordinario, pudiendo recuperar sólo una fracción del capital depositado. Solución: exigir garantías reales (hipoteca, prenda con registro) o personales (fianza de un tercero solvente) como condición de la constitución del depósito cuando el monto lo justifique.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 21.526AR official
  3. Ley 26.831AR official
  4. Ley 24.522AR official
  5. Ley 20.337AR official
  6. Ley 20.321AR official
  7. Ley 21.453AR official
  8. Ley 27.349AR official
  9. Ley 20.628AR official
  10. Ley 23.349AR official
  11. Ley 10.397AR official
  12. Ley 25.561AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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