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Acuerdo de Aval Bancario

Acuerdo de Aval Bancario

Conforme al Art. 1810 CCyC (Ley 26.994) y Decreto-Ley 5965/1963

Encabezado

CARTA DE AVAL BANCARIO

Conforme al Art. 1810 del CCyC (Ley 26.994) y Arts. 33–37 del Decreto-Ley 5965/1963

N.º Referencia: [Avalista Numero Aval]

Identificación de las Partes

PRIMERA — PARTES

BANCO AVALISTA: [Avalista Nombre], CUIT [Avalista C U I T], entidad financiera autorizada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), con domicilio legal en [Avalista Domicilio], representada en este acto por [Avalista Representante] (en adelante, el "AVALISTA").

AVALADO: [Avalado Nombre], CUIT [Avalado C U I T], con domicilio en [Avalado Domicilio] (en adelante, el "AVALADO").

BENEFICIARIO: [Beneficiario Nombre], CUIT [Beneficiario C U I T], con domicilio en [Beneficiario Domicilio] (en adelante, el "BENEFICIARIO").

Objeto del Aval

SEGUNDA — OBJETO Y GARANTÍA

El AVALISTA, conforme al Art. 1810 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), garantiza en forma autónoma, solidaria e irrevocable ante el BENEFICIARIO el cumplimiento de la siguiente obligación del AVALADO:

Obligación garantizada: [Obligacion Garantizada]

Tipo de garantía: [Tipo Garantia]

Monto máximo garantizado: [Monto Aval]

Vigencia

TERCERA — VIGENCIA DEL AVAL

El presente aval tendrá vigencia desde el [Fecha Inicio] hasta el [Fecha Vencimiento], inclusive. Cualquier requerimiento de pago deberá ser presentado por el BENEFICIARIO al AVALISTA antes del vencimiento del plazo aquí establecido.

Modalidad de Ejecución

CUARTA — MODALIDAD DE EJECUCIÓN

El presente aval es [Modalidad Ejecucion]. Ante el requerimiento presentado por el BENEFICIARIO en los términos establecidos, el AVALISTA abonará el monto reclamado hasta el límite de [Monto Aval], dentro de los cinco (5) días hábiles bancarios siguientes a la recepción del requerimiento, sin que el AVALADO pueda oponer defensa alguna que dilate el pago.

Producido el pago, el AVALISTA quedará subrogado en los derechos del BENEFICIARIO frente al AVALADO, pudiendo repetir las sumas pagadas más intereses y gastos, conforme al Art. 1810 CCyC.

Ley y Jurisdicción

QUINTA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente instrumento se rige por las leyes de la República Argentina. Para toda controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los [Jurisdiccion], renunciando a cualquier otro fuero.

Firma del Banco

FIRMA Y SELLO BANCARIO

Emitido en [Ciudad Emision], el [Fecha Emision].

BANCO AVALISTA: [Avalista Nombre]

Representante: [Avalista Representante]

Firma: _________________________ Sello bancario: _________________________

Conforme — AVALADO: [Avalado Nombre]

Firma: _________________________ CUIT: [Avalado C U I T]

Banco Avalista

________________

Signature

Avalado

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Aval Bancario

El Acuerdo de Aval Bancario en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación, Art. 1810; Decreto-Ley 5965/1963.

La nota característica del aval bancario es su autonomía: el banco asume una obligación propia, independiente de los vicios o defensas del avalado, comprometiéndose a pagar al beneficiario ante el primer requerimiento o ante la verificación de las condiciones pactadas. Este rasgo lo distingue de la fianza (Arts. 1574–1589 CCyC), que es accesoria y subsidiaria. Por esa razón, el aval bancario es percibido por los beneficiarios como la garantía más segura y ejecutable del mercado financiero argentino.

Desde el punto de vista del banco emisor, el aval constituye una operación de crédito por la cual la entidad pone su respaldo patrimonial detrás del cliente. Por ello, el banco evalúa la solvencia del avalado con los mismos criterios que un crédito directo, exige contragarantías (hipotecas, prendas, depósitos en garantía, fianzas de socios) y cobra una comisión periódica. El BCRA regula la emisión de avales mediante la Comunicación A 6349 y normas concordantes sobre fraccionamiento del riesgo crediticio.

En la práctica argentina, el aval bancario se usa en tres grandes ámbitos: (1) contratos con el Estado nacional y provincial, donde la Ley de Obras Públicas N.º 13.064 y los Decretos Delegados exigen garantías de anticipo, cumplimiento y mantenimiento de oferta; (2) comercio internacional, como garantía de pago ante bancos corresponsales o bajo las Reglas de Garantías a Primer Requerimiento (URDG 758) de la Cámara de Comercio Internacional; y (3) contratos privados de alquiler, arrendamiento rural o locación de servicios, donde el propietario o comitente exige aval bancario en reemplazo o complemento de la fianza personal.

El aval bancario se emite mediante carta de aval o garantía bancaria, cuya copia certificada se entrega al beneficiario. El banco también puede inscribir el aval en el Sistema de Avales y Garantías del BCRA para dar trazabilidad y permitir al beneficiario verificar su autenticidad en línea, reduciendo así el riesgo de falsificaciones.

Cuándo necesitas Acuerdo de Aval Bancario

El acuerdo de aval bancario resulta necesario en las siguientes situaciones del ámbito empresarial y financiero argentino.

Licitaciones y contratos con el Estado. La Ley de Obras Públicas N.º 13.064 y el Reglamento del Régimen de Contrataciones del Estado (Decreto 1023/2001) exigen a los oferentes constituir garantía de mantenimiento de oferta (1%–3% del monto) y, al adjudicatario, garantía de cumplimiento del contrato (5%–10%) y de anticipo. El aval bancario es el instrumento preferido porque el Estado puede ejecutarlo de inmediato ante incumplimiento, sin proceso judicial.

Alquiler de inmuebles comerciales e industriales. Los propietarios de locales comerciales, galpones y plantas industriales frecuentemente exigen aval bancario en lugar de o adicionalmente a la garantía personal del locatario, especialmente en contratos de montos elevados o con inquilinos que no tienen inmuebles propios para hipotecar. El aval garantiza hasta 6–12 meses de alquiler ante la mora del locatario.

Operaciones de comercio exterior. Los importadores argentinos que compran a proveedores extranjeros bajo modalidad de crédito documentario (letter of credit) necesitan que su banco emita la carta de crédito documentario, que opera como aval de pago ante el banco del exportador. Asimismo, los exportadores argentinos pueden requerir avales de sus compradores extranjeros para asegurar el cobro.

Financiamiento de proyectos de inversión. Los fideicomisos de construcción y los desarrolladores inmobiliarios utilizan avales bancarios para garantizar los aportes de inversores y la terminación de la obra ante el fiduciario y los adquirentes de unidades. Los proyectos de energías renovables (Ley 27.191, Plan RenovAr) también exigen avales bancarios ante CAMMESA para participar en las licitaciones.

Garantías en litigios y procesos judiciales. En sede judicial, el Art. 199 del CPCCN permite sustituir embargos preventivos mediante depósito o garantía bancaria, lo que permite al demandado mantener la operatoria de sus bienes mientras tramita el juicio. Los avales bancarios también se utilizan para garantizar apelaciones y para constituir caución en medidas cautelares.

Qué incluir en tu Acuerdo de Aval Bancario

Para que el acuerdo de aval bancario sea válido, ejecutable y cumpla su función de garantía, debe incluir los siguientes elementos.

Identificación completa del banco avalista. Razón social, CUIT, número de autorización BCRA, domicilio legal y nombre y cargo del funcionario autorizado a firmar el aval. El BCRA publica en su web el padrón de entidades habilitadas; el beneficiario debe verificar que el banco emisor figure en ese registro antes de aceptar el instrumento.

Identificación del avalado. Nombre o razón social, CUIT, domicilio y carácter en la relación principal (contratista, locatario, deudor, comprador). El banco debe identificar al avalado con los mismos datos que en la legajo crediticio aprobado internamente.

Identificación del beneficiario. Nombre o razón social, CUIT o documento de identidad, domicilio. En avales para el Estado, el beneficiario es el organismo contratante (ministerio, empresa pública, municipio), identificado por su CUIT.

Descripción de la obligación garantizada. Referencia precisa al contrato, licitación, póliza o instrumento que origina la obligación garantizada: número de expediente, objeto del contrato, partes, fecha. La descripción vaga puede ser utilizada por el avalado para impugnar el requerimiento de pago por falta de nexo causal.

Monto máximo y moneda. Importe máximo que el banco pagará en caso de ejecución, expresado en pesos (ARS) o en moneda extranjera con referencia al tipo de cambio aplicable. El monto debe ser fijo o determinable por fórmula objetiva.

Plazo de vigencia y condiciones de vencimiento. Fecha de inicio y de vencimiento del aval. El beneficiario debe realizar el requerimiento de pago antes del vencimiento. Los avales para contratos de obra suelen tener vigencia extendida por 30 días adicionales al plazo contractual para cubrir eventuales reclamos de vicios.

Cláusula de ejecución. Define si el aval es a primer requerimiento (pago incondicional ante nota del beneficiario) o condicionado a la acreditación del incumplimiento. En contratos públicos, la modalidad a primer requerimiento es estándar. La cláusula debe transcribirse en el instrumento del aval de manera clara.

En forms-legal.com encontrarás el modelo completo de acuerdo de aval bancario, con todos los elementos requeridos por el BCRA y el CCyC. Documentos relacionados que habitualmente se utilizan junto con el aval bancario: el Contrato de Apertura de Crédito (ar-contrato-apertura-credito), que suele ser el respaldo de la línea sobre la que se emite el aval, y el Pagaré (ar-pagare), que el avalado suscribe como contragarantía a favor del banco.

Cómo completar tu Acuerdo de Aval Bancario

Seguí estos pasos para completar correctamente el acuerdo de aval bancario en Argentina.

Paso 1 — Datos del banco avalista. Ingresá la razón social completa del banco tal como figura en el Padrón de Entidades Financieras del BCRA. Incluí el CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X y el nombre del funcionario firmante con su cargo (ej.: Gerente de Garantías y Avales). El beneficiario podrá verificar la entidad en www.bcra.gob.ar.

Paso 2 — Datos del avalado (cliente del banco). Indicá el nombre o razón social, CUIT y domicilio del cliente a cuyo favor se emite el aval. Si el avalado es una persona jurídica, mencioná el representante legal y el acta o poder que lo habilita.

Paso 3 — Datos del beneficiario. Completá el nombre o razón social del beneficiario del aval, su CUIT y domicilio para notificaciones. Para organismos del Estado, usá el CUIT del organismo y el número de unidad ejecutora.

Paso 4 — Descripción de la obligación garantizada. Referenciar el contrato principal con todos sus datos: número de licitación o expediente, objeto, fecha de firma y monto total del contrato. Indicá el concepto específico que cubre el aval: mantenimiento de oferta, anticipo, cumplimiento, garantía técnica o de pagos.

Paso 5 — Monto máximo del aval. Expresá el monto en números y letras. Para contratos en pesos, usá ARS. Si el contrato está indexado por algún índice del INDEC o del BCRA, indicá la fórmula de actualización.

Paso 6 — Plazo de vigencia. Consignà fecha de inicio (normalmente la fecha de firma del aval) y fecha de vencimiento. Para contratos de obra, agregá los 30 días adicionales de gracia. Indicá si el plazo se prorroga automáticamente ante prórroga del contrato principal.

Paso 7 — Tipo de ejecución. Seleccioná "a primer requerimiento" para contratos públicos o cuando el beneficiario así lo exija. Seleccioná "condicionado" cuando sea necesario acreditar el incumplimiento con documentación.

Paso 8 — Firmas y sello del banco. El instrumento debe ser firmado por el funcionario bancario autorizado con firma certificada y sello del banco. Para mayor seguridad, el beneficiario puede solicitar que el aval tenga firma certificada notarialmente o que el banco confirme su autenticidad mediante código de verificación electrónico.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Aval Bancario

Evitá los errores más frecuentes que invalidan o dificultan la ejecución del aval bancario en Argentina.

No verificar la habilitación vigente del banco. El beneficiario que acepta un aval de una entidad no autorizada por el BCRA —o cuya autorización fue revocada— queda sin garantía. Siempre confirmar en www.bcra.gob.ar antes de aceptar el instrumento.

Descripción vaga de la obligación garantizada. Si el aval dice simplemente "garantiza las obligaciones del avalado" sin referenciar un contrato específico, el banco podrá argumentar que el requerimiento no corresponde a la obligación cubierta. La descripción debe incluir número de contrato, objeto, monto y plazo.

Omitir la cláusula de ejecución (primer requerimiento vs. condicionado). Si el aval no aclara el tipo de ejecución, el banco puede resistir el pago exigiendo documentación adicional no prevista. Para contratos públicos, verificar que el pliego exige "a primer requerimiento" y que el texto del aval lo refleja expresamente.

Fecha de vencimiento insuficiente. El aval debe tener vigencia hasta al menos 30 días después de la recepción definitiva de la obra o el cumplimiento del contrato. Un aval que vence antes genera que el beneficiario quede sin cobertura en la etapa final del contrato, que es cuando suelen surgir los conflictos.

No exigir copia certificada del aval. El beneficiario debe conservar el original o una copia certificada del instrumento de aval. Sin ese documento, no puede presentar el requerimiento de pago al banco. El banco emisor puede también extraviar sus registros en caso de procesos concursales.

No contemplar la prórroga automática. Si el contrato principal se prorroga y el aval no contiene cláusula de prórroga automática, el beneficiario queda desprotegido durante la extensión. Siempre incluir: "el plazo de vigencia se extiende automáticamente en caso de prórroga del contrato principal".

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 27.191AR official
  2. Ley 21.526AR official
  3. Ley 25.246AR official

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Preguntas Frecuentes

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