Skip to main content

Contrato de Apertura de Crédito

Contrato de Apertura de Crédito

Conforme a los Arts. 1410–1420 del CCyC (Ley 26.994)

Encabezado

Conforme a los Arts. 1410–1420 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994)

Partes

PRIMERA — PARTES

En la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], entre:

ACREDITANTE: [Acreditante Nombre], CUIT [Acreditante C U I T], con domicilio legal en [Acreditante Domicilio], representada en este acto por [Acreditante Representante] (en adelante, el "ACREDITANTE");

y

ACREDITADO: [Acreditado Nombre], CUIT [Acreditado C U I T], con domicilio legal en [Acreditado Domicilio], representada en este acto por [Acreditado Representante] (en adelante, el "ACREDITADO").

Las partes, con plena capacidad para obligarse, celebran el presente Contrato de Apertura de Crédito (en adelante, el "Contrato") conforme al Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), en especial sus Arts. 1410 a 1420, y las normas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aplicables.

Objeto

SEGUNDA — OBJETO Y LÍMITE DEL CRÉDITO

El ACREDITANTE pone a disposición del ACREDITADO, en los términos del Art. 1410 CCyC, una línea de crédito de hasta [Monto Maximo], de tipo [Tipo Linea].

El ACREDITADO podrá utilizar el crédito mediante [Modalidad Giro], dentro de los límites y plazos establecidos en el presente Contrato.

Plazo

TERCERA — PLAZO DE VIGENCIA Y UTILIZACIÓN

La presente línea de crédito tendrá vigencia por [Plazo Vigencia]. El plazo máximo de cada utilización individual será de [Plazo Utilizacion]. La falta de utilización total del crédito disponible no generará derecho a reclamo alguno por parte del ACREDITADO.

Intereses y Costos

CUARTA — INTERESES, COMISIONES Y COSTOS

4.1. Intereses compensatorios: Las sumas efectivamente giradas devengarán intereses a la tasa de [Tasa Interes], calculados sobre los montos utilizados y por los días efectivos de cada utilización, conforme al Art. 1414 CCyC.

4.2. Intereses moratorios: Las sumas vencidas e impagas devengarán intereses moratorios a [Tasa Moratoria], desde la fecha de vencimiento hasta el efectivo pago.

4.3. Comisión de disponibilidad: [Comision Disponibilidad].

4.4. Las tasas de interés incluidas en el presente contrato se expresan asimismo en términos de Tasa Efectiva Anual (TEA) en el Anexo de Transparencia adjunto, conforme a la Comunicación A 6938 del BCRA.

Garantías

QUINTA — GARANTÍAS

En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente Contrato, el ACREDITADO constituye: [Tipo Garantia].

Descripción de la garantía: [Descripcion Garantia].

Extinción y Resolución

SEXTA — EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN ANTICIPADA

El presente Contrato se extinguirá por: (a) vencimiento del plazo pactado; (b) acuerdo de partes; (c) denuncia unilateral con preaviso de 30 días en caso de tiempo indeterminado (Art. 1416 CCyC); (d) resolución anticipada por mora del ACREDITADO superior a 15 días corridos en el pago de intereses o comisiones; (e) presentación del ACREDITADO en concurso preventivo o quiebra (Ley 24.522); (f) deterioro grave y sobreviniente de la situación patrimonial del ACREDITADO; (g) falsedad de declaraciones o documentación presentada al ACREDITANTE.

La extinción del Contrato no afecta las obligaciones ya devengadas, que serán exigibles de pleno derecho.

Ley y Jurisdicción

SÉPTIMA — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente Contrato se rige por las leyes de la República Argentina, en particular el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) y las normas del BCRA. Para toda controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los [Jurisdiccion], con renuncia a cualquier otro fuero.

Firmas

FIRMAS

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Contrato en dos (2) ejemplares de idéntico tenor y a un solo efecto, en [Ciudad Firma], el [Fecha Firma].

ACREDITANTE: [Acreditante Nombre]

Representante: [Acreditante Representante]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

ACREDITADO: [Acreditado Nombre]

Representante: [Acreditado Representante]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

Acreditante

________________

Signature

Acreditado

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Apertura de Crédito

El Contrato de Apertura de Crédito en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 1410–1420 (Ley 26.994).

El contrato de apertura de crédito se distingue con nitidez del mutuo bancario (Arts. 1525–1532 CCyC), en el que el banco desembolsa la totalidad del préstamo al inicio y el deudor queda obligado a restituirlo. En la apertura de crédito, la relación es dinámica: la cuenta crediticia registra débitos cada vez que el acreditado utiliza fondos y créditos cuando restituye, manteniéndose vigente la disponibilidad dentro del límite acordado. Por esa razón, la figura es conocida en el ámbito bancario argentino como "línea de crédito" o "cuenta de crédito", términos que reflejan su naturaleza rotativa.

La legislación argentina clasifica la apertura de crédito como contrato bancario (Sección 1.ª, Capítulo 12, Título IV del CCyC). La Ley de Entidades Financieras N.º 21.526 reserva la operatoria profesional de este producto a bancos comerciales, bancos de inversión, compañías financieras y cajas de crédito cooperativas debidamente autorizadas por el BCRA. Cualquier persona física o jurídica privada puede actuar como acreditante en forma ocasional dentro del marco del CCyC, pero no de manera habitual sin autorización del BCRA.

El acreditado puede ser una persona física o jurídica. En el ámbito empresarial, la apertura de crédito cumple funciones de capital de trabajo, financiamiento de importaciones, cobertura de desfasajes temporales de caja y descuento de documentos. En el ámbito personal, adopta la forma de límite de tarjeta de crédito (Ley 25.065) o línea de crédito personal. El Art. 1413 CCyC establece que la utilización del crédito puede materializarse en pagos al acreditado, a terceros indicados por él, apertura de créditos documentarios, aceptación de letras u otras modalidades pactadas.

Los intereses compensatorios se devengan sobre los montos girados conforme al Art. 1414 CCyC, siendo nula cualquier cláusula que establezca intereses sobre el saldo no utilizado sin denominarlo expresamente como "comisión de disponibilidad". La tasa debe expresarse en Tasa Nominal Anual (TNA) y Tasa Efectiva Anual (TEA), bajo las normas de transparencia del BCRA (Comunicación A 6938). Si el contrato guarda silencio sobre intereses, el Art. 767 CCyC presume su gratuidad, sin perjuicio de que tribunales de comercio apliquen la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.

Cuándo necesitas Contrato de Apertura de Crédito

El contrato de apertura de crédito resulta necesario en numerosas situaciones de la actividad económica argentina, tanto para empresas como para personas físicas que requieren acceso flexible a financiamiento.

Capital de trabajo estacional. Las empresas agrícolas, comerciales o industriales con ingresos estacionales —cosechas, temporadas turísticas, campañas navideñas— necesitan financiar sus operaciones durante los meses de baja facturación. Una línea de crédito les permite cubrir sueldos, proveedores e insumos sin comprometer activos ni endeudarse de manera rígida, restituyendo los fondos cuando ingresan las ventas.

Financiamiento de importaciones. Las empresas importadoras que operan bajo cartas de crédito documentarias (letter of credit) utilizan la apertura de crédito como respaldo bancario. El banco abre el crédito documentario ante el banco del exportador extranjero, comprometiendo el pago contra entrega de documentos. Esta operatoria está regulada por las Reglas y Usos Uniformes para Créditos Documentarios (UCP 600) de la Cámara de Comercio Internacional, reconocidas en Argentina.

Garantía de ejecución contractual. Las empresas constructoras y contratistas del Estado argentino deben constituir garantías de cumplimiento ante organismos públicos (ACUMAR, INVAP, ministerios). La entidad bancaria puede emitir garantías a primer requerimiento respaldadas en una apertura de crédito, sin que el acreditado deba inmovilizar efectivo propio.

Descuento de cheques y facturas. Las PyMEs que trabajan con grandes compradores y reciben cheques diferidos o facturas a 60–90 días pueden descontarlos anticipadamente mediante una línea de crédito con su banco, obteniendo liquidez inmediata. Esta práctica es habitual en la cadena de pagos argentina y está respaldada por el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y el Sistema de Circulación Abierta del BCRA.

Emergencias y contingencias financieras. Cualquier empresa o profesional independiente puede necesitar acceder rápidamente a fondos ante eventualidades: daños en equipos, obligaciones fiscales urgentes ante AFIP, pagos imprevistos a proveedores críticos. Una línea de crédito preaprobada permite actuar de inmediato sin pasar por un proceso de evaluación crediticia en el momento de la urgencia.

Qué incluir en tu Contrato de Apertura de Crédito

Un contrato de apertura de crédito conforme al CCyC argentino debe incluir los siguientes elementos esenciales para ser válido y ejecutable ante el Poder Judicial y el BCRA.

Identificación de las partes. Nombre completo o razón social, CUIT, domicilio legal y datos del representante autorizado de cada parte. Para entidades financieras, debe incluirse el número de autorización del BCRA. Para personas jurídicas acreditadas, se aconseja adjuntar copia del acta de directorio que designa al firmante.

Monto máximo del crédito (límite de la línea). Expresado en pesos argentinos (ARS) o en moneda extranjera según autorización del BCRA. Debe quedar claro si el límite es renovable (línea revolvente) o de una sola utilización. El Art. 1410 CCyC requiere que el límite esté determinado o sea determinable.

Tasa de interés compensatoria. Debe especificarse la Tasa Nominal Anual (TNA) y la Tasa Efectiva Anual (TEA), indicando si es fija o variable. Si es variable, debe referenciarse a un índice publicado por el BCRA (tasa BADLAR, tasa de política monetaria) o el INDEC (CER, UVA). La omisión de la tasa convierte el crédito en gratuito por el Art. 767 CCyC.

Comisión de disponibilidad. Si el banco cobra una comisión por mantener disponibles los fondos no utilizados, debe especificarse su tasa y base de cálculo. En contratos por adhesión, esta cláusula es controlable judicialmente como potencialmente abusiva si resulta desproporcionada (Arts. 984–989 CCyC).

Plazo de vigencia y modalidades de utilización. Fecha de inicio y de vencimiento de la línea, plazos máximos de cada utilización individual, mecanismos de giro (transferencia bancaria, cheque, débito automático) y forma de restitución.

Garantías. Descripción de toda garantía real o personal constituida: hipoteca (Art. 2205 CCyC), prenda con registro (Ley 12.962), fianza solidaria (Art. 1574 CCyC), aval bancario, cesión de créditos (Art. 1614 CCyC). Las garantías reales deben inscribirse en los registros correspondientes (Registro de la Propiedad Inmueble, Registro Nacional de la Propiedad del Automotor) para ser oponibles a terceros.

Obligaciones del acreditado. Mantener actualizada la documentación contable e impositiva, informar al banco sobre cambios societarios o patrimoniales relevantes, cumplir ratios financieros pactados (covenants), no comprometer los activos dados en garantía sin consentimiento del banco.

Causales de extinción anticipada. El contrato debe enumerar taxativamente los supuestos que habilitan al banco a rescindir la línea antes de su vencimiento: mora en el pago de intereses superior a cierto número de días, presentación en concurso preventivo o quiebra (Ley 24.522), falsedad de estados contables o declaraciones juradas presentadas ante AFIP.

Domicilio especial y jurisdicción. Las partes deben constituir domicilios especiales en Argentina para notificaciones. La jurisdicción pactada determina el fuero ante el cual se ventilará cualquier controversia: Juzgados Nacionales en lo Comercial (CABA) o Juzgados Civiles y Comerciales provinciales.

En forms-legal.com encontrarás el modelo completo de este contrato, con todos los campos requeridos y la estructura conforme al CCyC, que podés descargar en PDF o Word de manera gratuita. Documentos relacionados que suelen acompañar este contrato: el Pagaré (ar-pagare) para instrumentar cada utilización del crédito, y el Acuerdo de Aval Bancario (ar-acuerdo-aval-bancario) cuando un tercero garantiza la obligación.

Cómo completar tu Contrato de Apertura de Crédito

Seguí estos pasos para completar correctamente el contrato de apertura de crédito en Argentina.

Paso 1 — Datos del acreditante (banco o entidad financiera). Consignà la razón social completa tal como figura en la autorización del BCRA, el CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, el domicilio legal y el nombre del representante con su cargo. Si es un banco privado, verificá el número de autorización en el sitio del BCRA (www.bcra.gob.ar).

Paso 2 — Datos del acreditado. Para personas físicas: nombre completo según DNI, CUIT o CUIL, domicilio real y especial. Para personas jurídicas: razón social completa, CUIT, domicilio fiscal inscripto ante AFIP, nombre del representante legal y referencia al poder notarial o acta societaria que lo habilita a firmar.

Paso 3 — Monto máximo del crédito. Expresá el límite en números y en letras para evitar discrepancias. Indicá la moneda: ARS para pesos, USD para dólares (con referencia al tipo de cambio aplicable si corresponde). Si la línea es revolvente, aclaralo expresamente.

Paso 4 — Tasa de interés. Completá la TNA y la TEA. Para tasas variables, identificá el índice de referencia (ej.: "tasa BADLAR de bancos privados publicada por el BCRA") y el spread adicional en puntos básicos. Incluí también la tasa moratoria aplicable en caso de mora, que no puede exceder el límite del Art. 771 CCyC.

Paso 5 — Plazo y modalidades de utilización. Indicá la fecha de inicio y de vencimiento de la línea. Especificá el plazo máximo de cada utilización individual (ej.: "hasta 180 días por cada giro") y la fecha máxima para realizar nuevas utilizaciones.

Paso 6 — Garantías. Describí cada garantía con precisión: tipo, objeto garantizado, datos del garante (si es tercero) con su CUIT, e indicá si requiere inscripción registral. Adjuntá o hacé referencia a los instrumentos constitutivos (escritura hipotecaria, contrato de prenda, pagaré).

Paso 7 — Lugar y fecha de firma. Consignà la ciudad de firma (ej.: Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y la fecha en formato DD/MM/AAAA. El contrato debe ser firmado por representantes con poder suficiente de ambas partes.

Paso 8 — Firmas y certificación. Cada parte firma en todas las hojas o con rúbrica en cada folio, más firma completa al pie. Para mayor seguridad probatoria, las firmas pueden certificarse ante escribano público o con firma digital conforme a la Ley 25.506.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Apertura de Crédito

Conocer los errores más frecuentes en la celebración de este contrato puede evitar conflictos costosos con el banco o en sede judicial.

No especificar si la línea es revolvente o de única utilización. La omisión genera conflictos sobre si el acreditado puede reutilizar los fondos restituidos. El Art. 1410 CCyC admite ambas modalidades, pero el contrato debe ser explícito.

Omitir la Tasa Efectiva Anual (TEA) y el Costo Financiero Total (CFT). Además de incumplir las normas del BCRA (Comunicación A 6938), la omisión puede tornar el crédito en gratuito o generar la nulidad de la cláusula de intereses por indeterminación, con el riesgo de que el tribunal aplique la tasa pasiva del BCRA.

No distinguir intereses compensatorios de comisión de disponibilidad. Los intereses compensatorios se calculan sobre montos girados; la comisión de disponibilidad sobre el saldo no utilizado. Confundirlos puede resultar en el cobro de intereses sobre fondos no efectivamente utilizados, conducta sancionada por el BCRA.

Garantías mal constituidas o no inscriptas. Una hipoteca sin inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble no es oponible a terceros (Art. 2253 CCyC). Una prenda sin inscripción en el registro correspondiente tampoco. El banco queda así en la misma posición que un acreedor quirografario en caso de concurso o quiebra.

No contemplar la extinción anticipada con criterios objetivos. Si el contrato no enumera taxativamente las causales de rescisión anticipada, el banco puede no poder resolver la línea ante el deterioro financiero del acreditado, o, al contrario, resolverla de modo abusivo generando responsabilidad por daños (Arts. 1716–1740 CCyC).

Ignorar el Impuesto de Sellos. El impuesto de sellos es un costo oculto frecuente: en CABA representa el 1% del límite de crédito. No preverlo en el presupuesto puede sorprender al acreditado con una deuda fiscal inmediata con la AGIP.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 25.065AR official
  3. Ley 12.962AR official
  4. Ley 24.522AR official
  5. Ley 25.506AR official
  6. Ley 21.526AR official
  7. Ley 25.246AR official

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Contrato de Apertura de Crédito (Argentina) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/argentina/financial/agreements/contrato-apertura-credito-argentina

MLA

"Contrato de Apertura de Crédito (Argentina)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/argentina/financial/agreements/contrato-apertura-credito-argentina.

BibTeX
@misc{formslegal-contrato-apertura-credito-argentina,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Contrato de Apertura de Crédito (Argentina)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/argentina/financial/agreements/contrato-apertura-credito-argentina}},
  note         = {Free legal document template}
}

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos