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Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

Acuerdo de Sindicación de Acciones

ACUERDO DE SINDICACIÓN DE ACCIONES

CCyC Art. 957 (Ley 26.994) — Ley General de Sociedades Art. 207 (Ley 19.550)

En [Lugar Celebracion], a los [Fecha Acuerdo], se celebra el presente Acuerdo de Sindicación de Acciones entre los accionistas de [Nombre Sociedad] (en adelante, 'la Sociedad'), que se identifican a continuación:

Partes y Sociedad Emisora

ACCIONISTA A:

Denominación: [Nombre Accionista A]

CUIT: [Cuit Accionista A]

Representante: [Representante Accionista A]

Acciones sindicadas: [Acciones Accionista A]

ACCIONISTA B:

Denominación: [Nombre Accionista B]

CUIT: [Cuit Accionista B]

Representante: [Representante Accionista B]

Acciones sindicadas: [Acciones Accionista B]

SOCIEDAD CUYAS ACCIONES SE SINDICARÁN:

Denominación: [Nombre Sociedad]

CUIT: [Cuit Sociedad]

Domicilio: [Domicilio Sociedad]

Inscripción: [Inscripcion I G J]

Capital social total: [Capital Social Total]

Cláusulas del Sindicato Accionario

CLÁUSULA PRIMERA — CONSTITUCIÓN DEL SINDICATO ACCIONARIO

Conforme al Art. 207 de la Ley General de Sociedades (LGS, Ley 19.550) y al Art. 957 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), los Accionistas A y B constituyen un sindicato accionario sobre las acciones de [Nombre Sociedad] identificadas en el encabezado del presente acuerdo, comprometiéndose a ejercer coordinadamente los derechos políticos y económicos inherentes a dichas acciones conforme a las cláusulas que siguen.

CLÁUSULA SEGUNDA — SÍNDICO ACCIONARIO Y VOTO UNIFICADO

Las partes designan como Síndico Accionario a [Sindico Accionario], quien emitirá el voto unificado del sindicato en las asambleas de [Nombre Sociedad]. Las decisiones internas del sindicato se adoptarán por [Mayoria Interna Sindicato]. El Síndico Accionario deberá convocar a los accionistas sindicados con al menos 5 días hábiles de anticipación a cada asamblea para que adopten la posición de voto coordinado.

CLÁUSULA TERCERA — MATERIAS SUJETAS AL VOTO COORDINADO

Quedan sujetas al voto coordinado del sindicato las siguientes materias de asamblea: [Materias Voto Sindicado]. Las demás materias no expresamente listadas podrán ser votadas libremente por cada accionista sindicado conforme a su criterio individual.

CLÁUSULA CUARTA — EFECTO ENTRE PARTES (LGS ART. 207)

Conforme al Art. 207 de la LGS, el presente acuerdo es válido y exigible entre los Accionistas A y B, pero no es oponible a la Sociedad ni puede ser invocado para impugnar resoluciones asamblearias conforme al Art. 251 LGS. El Accionista que vote en asamblea en forma contraria a lo acordado en el sindicato responderá por daños y perjuicios ante los demás sindicados.

CLÁUSULA QUINTA — PERÍODO DE LOCK-UP

Durante el período de [Plazo Lock Up], ninguno de los Accionistas sindicados podrá vender, ceder, prendar ni de ninguna forma transferir sus acciones sindicadas a terceros sin la autorización escrita del sindicato, conforme a la mayoría establecida en la Cláusula Segunda.

CLÁUSULA NOVENA — PLAZO DE VIGENCIA Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

El presente acuerdo tendrá una vigencia de [Plazo Vigencia]. Las disputas entre los Accionistas sindicados que no puedan resolverse de común acuerdo se someterán a: [Mecanismo Disputas]. La ley aplicable es el CCyC (Ley 26.994) y la LGS (Ley 19.550). Para toda controversia ante tribunales ordinarios, las partes se someten a la jurisdicción de [Lugar Celebracion].

Firmas

En prueba de conformidad, los Accionistas sindicados suscriben el presente Acuerdo de Sindicación de Acciones en [Lugar Celebracion], el [Fecha Acuerdo].

___________________________

[Nombre Accionista A]

CUIT: [Cuit Accionista A]

Repr.: [Representante Accionista A]

Accionista A

___________________________

[Nombre Accionista B]

CUIT: [Cuit Accionista B]

Repr.: [Representante Accionista B]

Accionista B

Accionista A

________________

Signature

Accionista B

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

El Acuerdo de Sindicación de Acciones en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a LGS Art. 207 (Ley 19.550); CCyC Art. 957 (Ley 26.994); LGS Art. 251.

El Art. 207 de la LGS establece que los accionistas pueden celebrar convenios de sindicación para ejercer el voto de sus acciones en forma unificada, respetando las limitaciones impuestas por la propia LGS y el estatuto social. Estos convenios son válidos y exigibles entre los accionistas sindicados, aunque no son oponibles a la sociedad ni a terceros en cuanto a la validez de los actos societarios celebrados en su incumplimiento: si un accionista sindicado vota en asamblea de forma contraria al acuerdo de sindicación, su voto es válido desde el punto de vista societario, pero el accionista incumplidor responde por daños y perjuicios frente a los demás sindicados conforme al régimen de responsabilidad contractual del CCyC.

Los acuerdos de sindicación de acciones son instrumentos fundamentales en el derecho societario argentino moderno, especialmente en el contexto de: (a) operaciones de fusión y adquisición (M&A) donde el comprador de una participación accionaria mayoritaria o minoritaria requiere mecanismos de gobernanza que aseguren el control o la representación en el órgano de administración; (b) ingreso de fondos de inversión, capital de riesgo (venture capital) o private equity a compañías argentinas, donde el inversor exige derechos de voto especiales, derechos de veto, cláusulas de arrastre (drag along), cláusulas de acompañamiento (tag along) y derechos de liquidación preferente; (c) sociedades de familia donde los herederos de un accionista fundador acuerdan mantener el control unificado de la sociedad a través de un sindicato accionario, evitando la dispersión del poder de voto.

La Inspección General de Justicia (IGJ) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —organismo que fiscaliza las sociedades comerciales domiciliadas en CABA conforme a la Ley 22.315— y los registros públicos de comercio provinciales no exigen la inscripción del acuerdo de sindicación en el Registro Público para su validez entre las partes, dado que es un contrato privado entre accionistas. Sin embargo, para que el sindicato pueda ejercer el voto unificado en las asambleas de la sociedad, el estatuto social debe contemplar o al menos no prohibir expresamente la sindicación, y en algunos casos prácticos se recurre a la constitución de un fideicomiso de acciones o de una sociedad holding que actúe como vehículo de la sindicación.

Cuándo necesitas Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

El Acuerdo de Sindicación de Acciones resulta necesario en Argentina en diversas situaciones de gobernanza corporativa y transacciones societarias donde los accionistas necesitan coordinar el ejercicio de sus derechos para proteger sus intereses y los objetivos de la sociedad.

Es indispensable en el ingreso de inversores institucionales o fondos de venture capital a una startup o empresa en crecimiento. Cuando un fondo de inversión o un inversor ángel adquiere una participación accionaria en una sociedad anónima argentina, el acuerdo de sindicación o pacto de accionistas es el instrumento que regula los derechos del inversor: representación en el directorio, derecho de veto sobre decisiones estratégicas, cláusula de preferencia en la distribución de dividendos, cláusula de liquidación preferente en caso de venta de la sociedad, y cláusula anti-dilución ante futuras emisiones de acciones.

Se necesita en operaciones de M&A (fusiones y adquisiciones) donde el comprador adquiere una participación accionaria mayoritaria pero no total. El comprador que adquiere el 70% de las acciones de una SA argentina y deja al socio fundador con el 30% restante necesita un acuerdo de sindicación que regule el ejercicio del voto del 30% durante el período de transición, los derechos de tag along (el fundador puede vender al mismo precio si el comprador vende su participación), y la cláusula de drag along (el comprador puede obligar al fundador a vender si encuentra un comprador para el 100% de la sociedad).

El acuerdo es necesario en sociedades de familia para asegurar la continuidad del control familiar. Cuando el fundador de una empresa familiar fallece y sus acciones se distribuyen entre varios herederos, el acuerdo de sindicación permite que la familia actúe como bloque unificado en las asambleas, evitando que las disputas intrafamiliares se trasladen al gobierno societario y afecten la gestión de la empresa. El síndico o albacea testamentario puede actuar como coordinador del sindicato durante la sucesión.

También se necesita en joint ventures y sociedades de proyectos (SPV) donde dos o más empresas participan con capitales iguales o similares. La sindicación de acciones en una joint venture 50/50 permite establecer mecanismos de desempate ante situaciones de bloqueo (deadlock) en la toma de decisiones, cláusulas de compraventa forzada (buy-sell o shotgun clause) y reglas de gobernanza para la operación del proyecto.

Finalmente, el Acuerdo de Sindicación de Acciones resulta necesario en el contexto de los programas de acciones para empleados (ESOP, Employee Stock Ownership Plans) implementados por empresas argentinas conforme al Art. 261 de la LGS, donde los empleados que reciben acciones como incentivo de largo plazo se sindicarán para ejercer colectivamente sus derechos de voto sin interferir con el control de los accionistas fundadores.

Qué incluir en tu Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

Un Acuerdo de Sindicación de Acciones completo y eficaz conforme al CCyC Art. 957 y la LGS Art. 207 debe incluir los siguientes elementos esenciales que aseguren la claridad de los derechos y obligaciones de los accionistas sindicados:

Identificación de los accionistas sindicados y de las acciones sindicadas: El acuerdo debe identificar a cada accionista parte con nombre o denominación social completa, CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, domicilio legal o real, y la cantidad de acciones que cada uno aportará al sindicato (número de acciones, clase —ordinarias, preferidas—, valor nominal, y porcentaje del capital social total que representan). La suma de las acciones sindicadas debe estar claramente expresada como porcentaje del capital total de la sociedad.

Identificación de la sociedad emisora: El acuerdo debe identificar la sociedad anónima cuyas acciones son objeto del sindicato: denominación social, CUIT, domicilio legal, datos de inscripción ante la IGJ o el Registro Público de Comercio provincial (número de expediente, tomo, folio), y capital social total con la distribución accionaria completa entre todos los accionistas (sindicados y no sindicados).

Mecanismo de voto unificado (sindicatura): El acuerdo debe establecer el mecanismo para la adopción de decisiones dentro del sindicato previas a cada asamblea de la sociedad: quórum del sindicato (mayoría simple, mayoría especial, unanimidad), sistema de votación (un voto por acción o un voto por accionista), y quién actúa como representante del sindicato (síndico accionario) ante las asambleas de la sociedad para emitir el voto unificado. El síndico accionario puede ser uno de los accionistas sindicados o un tercero de confianza de todas las partes.

Materias sujetas al voto sindicado y materias excluidas: El acuerdo debe especificar qué decisiones de la asamblea de accionistas quedan sujetas al voto coordinado del sindicato (designación de directores, aprobación de estados contables, distribución de dividendos, aumentos de capital, modificaciones estatutarias) y cuáles pueden ser votadas libremente por cada accionista (materias de interés personal que no afectan al grupo). Esta distinción es clave para evitar conflictos de interpretación.

Restricciones a la transferencia de acciones (lock-up, ROFR, tag along, drag along): El acuerdo debe incluir cláusulas que regulen la transferencia de las acciones sindicadas: (a) lock-up o período de bloqueo durante el cual ningún accionista puede vender sus acciones sin autorización del sindicato; (b) derecho de preferencia (right of first refusal, ROFR) por el cual los demás accionistas sindicados tienen el derecho de adquirir las acciones que un sindicado desee vender antes de ofrecerlas a terceros; (c) tag along o derecho de acompañamiento, que permite a los accionistas minoritarios vender sus acciones en las mismas condiciones que el mayoritario cuando éste vende a un tercero; (d) drag along o derecho de arrastre, que permite al accionista mayoritario obligar a los minoritarios a vender al mismo precio cuando encuentra un comprador para el 100% de la sociedad. Forms-legal.com ofrece este modelo como herramienta de documentación; para pactos de accionistas con cláusulas complejas de M&A, se recomienda asesoramiento de un abogado corporativo especializado en derecho societario argentino.

Documentos societarios relacionados: Para una cobertura completa de la gobernanza societaria, complementar este acuerdo con el Acuerdo de Aumento de Capital SA (ar-acuerdo-aumento-capital-sa) ante nuevas emisiones de acciones que puedan afectar las proporciones del sindicato, y con el estatuto social actualizado de la sociedad que contemple o sea compatible con el presente pacto de sindicación.

Duración y causales de extinción del sindicato: El acuerdo debe establecer el plazo de vigencia del sindicato (generalmente de 3 a 10 años, renovable), las causales de extinción anticipada (venta de la totalidad de las acciones de todos los sindicados a un tercero, disolución de la sociedad, acuerdo unánime de los sindicados para terminar el pacto), y el procedimiento para la salida de un accionista del sindicato.

Cómo completar tu Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

Para completar este Acuerdo de Sindicación de Acciones en Argentina, seguí los pasos que se detallan:

Paso 1 — Datos de la sociedad cuyas acciones se sindicarán: Ingresá la denominación social completa de la sociedad anónima (SA), su CUIT, domicilio legal, y los datos de inscripción ante la IGJ o el Registro Público de Comercio provincial (número de expediente, tomo, folio, fecha de inscripción). El capital social total de la sociedad y la distribución de acciones entre todos los accionistas también deben consignarse para contextualizar el porcentaje que representan las acciones sindicadas.

Paso 2 — Datos de los accionistas sindicados: Para cada accionista que suscribe el acuerdo, ingresá la denominación social o nombre completo, CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, domicilio legal o real, y el nombre del representante legal con poder suficiente si es una persona jurídica. Para cada accionista, ingresá también la cantidad de acciones que aporta al sindicato, la clase de acciones (ordinarias clase A, clase B, etc.), y el porcentaje del capital total que representan.

Paso 3 — Estructura de gobierno del sindicato: Definí el mecanismo de toma de decisiones dentro del sindicato: mayoría requerida para las decisiones ordinarias del sindicato (mayoría simple, dos tercios, unanimidad según la importancia de la decisión), y designación del síndico accionario que representará al bloque sindicado en las asambleas de la sociedad. Si el síndico accionario es uno de los propios accionistas, ingresá su nombre; si es un tercero, ingresá sus datos completos.

Paso 4 — Materias sujetas al voto coordinado: Listá las decisiones de asamblea que quedarán sujetas al voto unificado del sindicato: designación y remoción de directores y síndicos, aprobación de estados contables y distribución de dividendos, aumentos de capital y emisión de nuevas acciones, modificaciones del estatuto social, fusión y escisión de la sociedad, y cualquier otra materia que los accionistas sindicados consideren estratégica para la gobernanza de la empresa.

Paso 5 — Restricciones a la transferencia de acciones: Seleccioná las cláusulas de restricción a la transferencia que aplicarán durante la vigencia del sindicato: período de lock-up (indicar el plazo en meses o años durante el cual no se pueden vender acciones sin autorización del sindicato), derecho de preferencia (ROFR) para los demás sindicados, cláusula de tag along para los accionistas minoritarios, y cláusula de drag along para el accionista mayoritario.

Paso 6 — Plazo de vigencia del sindicato: Indicá el plazo de vigencia del acuerdo de sindicación en años (ej. 5 años desde la fecha de celebración, con posibilidad de renovación por períodos iguales si ninguna de las partes notifica su intención de no renovar con 90 días de anticipación).

Paso 7 — Fecha y lugar: Completá la fecha en formato DD/MM/AAAA y la ciudad de celebración del acuerdo. Se recomienda que las firmas de los accionistas sean certificadas ante escribano público para otorgar fecha cierta y facilitar la acreditación del acuerdo ante la IGJ o ante las autoridades judiciales en caso de disputa.

Paso 8 — Firma de todos los accionistas sindicados: El acuerdo debe ser firmado por todos los accionistas que integran el sindicato, con aclaración del firmante, DNI o poder, y sello para personas jurídicas. Se recomienda firmar tantos originales como partes haya, más uno adicional para la sociedad.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Sindicación de Acciones — Argentina

Al celebrar un Acuerdo de Sindicación de Acciones en Argentina, los accionistas cometen con frecuencia los siguientes errores que pueden comprometer la eficacia del sindicato o generar conflictos societarios de difícil resolución:

Creer que el acuerdo de sindicación es oponible a la sociedad y a terceros: El error conceptual más frecuente. El Art. 207 de la LGS establece claramente que los convenios de sindicación son válidos entre los accionistas pero no son oponibles a la sociedad. Si un accionista sindicado vota en asamblea en forma contraria al pacto de sindicación, su voto es válido y la resolución asamblearia no puede ser impugnada por los demás sindicados argumentando la violación del pacto. El remedio de los co-sindicados es la acción de daños y perjuicios contra el accionista incumplidor, no la nulidad del acto societario. Este límite del Art. 207 LGS debe ser comprendido por todos los accionistas antes de suscribir el acuerdo.

No establecer un mecanismo claro de resolución de disputas internas del sindicato (deadlock): Si el acuerdo no prevé qué sucede cuando los accionistas sindicados no alcanzan el consenso requerido (empate en la votación interna del sindicato), el bloque puede quedar paralizado justo antes de una asamblea decisiva. El acuerdo debe establecer mecanismos de desempate: voto de calidad del síndico accionario, designación de un árbitro dirimente, o un procedimiento de mediación o arbitraje ante el Tribunal Arbitral de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires o el Centro de Mediación y Arbitraje Comercial de la Cámara Argentina de Comercio.

Omitir la regulación del ingreso de nuevos accionistas y las emisiones de acciones: Si la sociedad emite nuevas acciones en el futuro (aumento de capital conforme al Art. 188 LGS), la proporción de las acciones sindicadas sobre el capital total puede reducirse (dilución), alterando el poder de control que el sindicato pretendía asegurar. El acuerdo debe prever: (a) el ejercicio coordinado del derecho de suscripción preferente de los sindicados ante nuevas emisiones; y (b) la obligación de incorporar al sindicato a cualquier nuevo accionista que adquiera acciones de un sindicado, o alternativamente el ejercicio del derecho de preferencia del sindicato sobre esas acciones antes de que pasen a manos de un tercero.

No contemplar los supuestos de muerte, incapacidad o quiebra de un accionista sindicado: El acuerdo debe establecer qué sucede con la participación de un sindicado en caso de fallecimiento (¿pasan las acciones a sus herederos con la misma obligación de sindicación?), incapacidad sobreviniente, o declaración de quiebra (en cuyo caso el síndico concursal de la quiebra pasa a controlar las acciones). La falta de previsión genera conflictos entre los co-sindicados y los sucesores o síndico concursal del accionista afectado.

Firmar el acuerdo de sindicación sin verificar la compatibilidad con el estatuto social: El estatuto social de la SA puede contener limitaciones a la libre transmisibilidad de las acciones (Art. 214 LGS) o requisitos especiales para la validez del voto (quórum, mayorías agravadas) que pueden entrar en conflicto con el mecanismo de sindicación previsto en el acuerdo. Antes de celebrar el pacto, los accionistas deben revisar el estatuto social actualizado (disponible en el registro societario de la IGJ o del registro público provincial) para asegurar la coherencia entre el acuerdo de sindicación y las normas estatutarias.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 19.550AR official
  2. Ley 26.994AR official
  3. Ley 22.315AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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