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Solicitud de Licencia por Paternidad

Solicitud de Licencia por Paternidad

Encabezado

SOLICITUD DE LICENCIA POR PATERNIDAD

Artículo 158 inciso a) — Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744

[Lugar Emision], [Fecha Solicitud]

Destinatario

Señores/as:

[Empleador Razon Social]

CUIT: [Empleador C U I T]

[Empleador Domicilio]

A la atención de: [Responsable R R H H]

Cuerpo de la Solicitud

El que suscribe, [Trabajador Nombre], DNI N.º [Trabajador D N I], CUIL [Trabajador C U I L], con domicilio en [Trabajador Domicilio], teléfono [Trabajador Telefono], en mi carácter de trabajador en relación de dependencia en dicho establecimiento, me dirijo a ustedes a fin de notificar el ejercicio de mi derecho a la licencia especial por paternidad establecida en el artículo 158 inciso a) de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 (LCT).

En tal sentido, informo que con fecha [Fecha Nacimiento] nació mi hijo/a [Hijo Nombre] en la institución [Institucion Medica], hecho que acredito con la documentación respaldatoria que se adjunta a la presente.

En virtud del nacimiento indicado, hago uso de la licencia especial por paternidad que me corresponde por el período comprendido entre el [Fecha Inicio Licencia] y el [Fecha Fin Licencia] inclusive, conforme al artículo 158 inciso a) LCT y/o el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable: [Convenio Colectivo].

Solicito que los días indicados sean registrados como licencia especial remunerada en el Libro de Sueldos Digital de AFIP, sin afectación del presentismo ni de ningún otro beneficio vinculado a la asistencia, de conformidad con el artículo 162 LCT y la doctrina de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT).

Cierre y Firma

Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.

Firma del trabajador: ___________________________

Aclaración: [Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I] — CUIL: [Trabajador C U I L]

Fecha: [Fecha Solicitud]

---

ACUSE DE RECIBO DEL EMPLEADOR

Recibido por: ___________________________ Fecha: ___________

Sello y firma: ___________________________

Trabajador

________________

Signature

Representante del Empleador

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Licencia por Paternidad

La Solicitud de Licencia por Paternidad en Argentina es la petición formal con la que una persona inicia el trámite ante el organismo público competente, conforme a Ley de Contrato de Trabajo 20.744, Art. 158 inc. a).

Desde la perspectiva del marco normativo, la licencia por paternidad del Artículo 158 LCT es una licencia especial remunerada —denominada licencia por razones particulares (licencias especiales)— que se encuadra dentro del Capítulo V del Título IV de la LCT, junto con otras licencias como la licencia por matrimonio (diez días hábiles, Art. 158 inc. b), la licencia por fallecimiento de cónyuge, hijos o padres (tres días hábiles, Art. 158 inc. c), y la licencia para rendir examen en la enseñanza media o universitaria (dos días hábiles por examen, hasta diez días por año, Art. 158 inc. d). Todas estas licencias son de goce íntegro con percepción del salario habitual.

El Convenio N.º 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Trabajadores con Responsabilidades Familiares, ratificado por Argentina mediante la Ley 23.564, establece el principio de igualdad de trato entre trabajadores con responsabilidades familiares. Este convenio fundamenta las reformas legislativas que amplían la licencia por paternidad más allá de los dos días de la LCT, como ocurre en numerosos convenios colectivos de trabajo (CCT) homologados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) que extienden la licencia a cinco, diez o incluso quince días hábiles, especialmente en los sectores bancario, docente y de la administración pública.

La Ley 27.636 de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero y la doctrina del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas han influido en el debate legislativo sobre la ampliación de las licencias por paternidad y la creación de una licencia parental compartida en Argentina. El proyecto de reforma integral de la LCT que se debatió en el Congreso de la Nación Argentina en los períodos 2022-2024 contemplaba extender la licencia por paternidad a treinta días hábiles, equiparándola con la tendencia de países como Portugal (veinte días obligatorios), Finlandia (cuarenta días) y los estados que han adoptado sistemas de licencia parental compartida.

La solicitud formal de licencia por paternidad documenta la notificación fehaciente al empleador, establece la fecha de inicio y fin de la licencia, y sirve como elemento probatorio ante el MTEySS, la Inspección del Trabajo y los Juzgados Nacionales del Trabajo en caso de controversia. Aunque el Artículo 158 LCT no exige una forma específica para la comunicación, la práctica recomendada por los abogados laboralistas es siempre dejar constancia escrita para evitar conflictos sobre las fechas de ausencia justificada.

Cuándo necesitas Solicitud de Licencia por Paternidad

El trabajador necesita presentar la solicitud de licencia por paternidad inmediatamente después del nacimiento de su hijo o, en la práctica, en cuanto puede retirarse de la institución médica donde ocurrió el parto para notificar al empleador. El Artículo 158 LCT no exige notificación previa al nacimiento, ya que la fecha del parto es en la mayoría de los casos imprevisible con exactitud, pero sí requiere que la comunicación se realice dentro de los dos días corridos siguientes al nacimiento para ejercer el derecho en tiempo y forma.

La solicitud es especialmente necesaria cuando el nacimiento ocurre durante días hábiles y el trabajador debe ausentarse de su puesto de trabajo de inmediato, dado que sin la notificación fehaciente la ausencia podría ser considerada injustificada por el empleador, con las consecuencias disciplinarias que ello acarrea bajo el Artículo 67 LCT (facultad del empleador de aplicar sanciones disciplinarias). La notificación previa o simultánea al inicio de la licencia es la mejor práctica para proteger los derechos del trabajador.

Cuando el parto ocurre fuera de la fecha prevista —ya sea de manera prematura o con retraso significativo respecto de la fecha probable de parto indicada por el médico— el trabajador igualmente necesita notificar al empleador tan pronto como sea posible, ya que el plazo de dos días de licencia comienza a correr desde el día del nacimiento efectivo.

En los casos de parto múltiple —nacimiento de gemelos, mellizos o más hijos en el mismo acto— el Artículo 158 LCT otorga la misma cantidad de días de licencia (dos días corridos), dado que la norma hace referencia al evento del nacimiento y no al número de hijos nacidos. Sin embargo, muchos convenios colectivos sectoriales amplían esta licencia para los casos de parto múltiple, por lo que el trabajador debe consultar el CCT aplicable a su actividad.

Los trabajadores del sector público nacional empleados bajo la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N.º 25.164 y sus decretos reglamentarios pueden acceder a licencias por paternidad más extensas que las del Artículo 158 LCT. El Decreto 1246/2000 y los CCT del sector público suelen otorgar entre cinco y diez días hábiles de licencia por nacimiento de hijo, por lo que el instrumento de notificación debe adecuarse al régimen aplicable.

Qué incluir en tu Solicitud de Licencia por Paternidad

Una solicitud de licencia por paternidad válida conforme al Artículo 158 inciso a) de la LCT 20.744 debe contener los siguientes elementos para constituir una notificación fehaciente al empleador y servir como prueba en caso de conflicto laboral.

Identificación completa del trabajador: nombre y apellido completos según el DNI (Documento Nacional de Identidad emitido por RENAPER — Registro Nacional de las Personas), número de DNI, CUIL (Clave Única de Identificación Laboral asignada por AFIP), domicilio real, teléfono y correo electrónico. El CUIL es el identificador del trabajador en el sistema de AFIP y ANSES, y su correcta consignación es indispensable para el registro de la licencia en el Libro de Sueldos Digital.

Identificación del empleador: razón social o nombre del empleador, CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), domicilio del establecimiento, y nombre del responsable de Recursos Humanos o representante legal que recibirá la notificación. Si el empleador es persona jurídica, debe identificarse la forma societaria (SA, SRL, SAS bajo Ley 27.349) y el número de inscripción ante IGJ o DPPJ provincial.

Fecha y lugar del nacimiento: indicación del día, mes y año del nacimiento del hijo, el nombre de la institución médica o maternidad donde ocurrió el parto, y la ciudad y provincia. Esta información es la que activa el derecho a la licencia del Artículo 158 LCT y establece el inicio del cómputo de los dos días.

Nombre del recién nacido: aunque no es un requisito formal de la LCT, consignar el nombre del hijo nacido (si ya fue registrado ante el Registro Civil bajo el Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26.994) fortalece la documentación y facilita el archivo en el legajo del trabajador.

Fechas de inicio y fin de la licencia: indicación expresa del primer día de licencia (día del nacimiento o hábil inmediato siguiente) y del último día de licencia (dos días corridos a partir del inicio). Cuando el nacimiento ocurre durante el fin de semana o feriado, aclarar si el primer día de licencia es el día del nacimiento o el primer día hábil siguiente, conforme a la práctica y a lo que establezca el CCT aplicable.

Referencia al convenio colectivo aplicable: si el CCT de la actividad otorga más días de licencia que los dos del Artículo 158 LCT —como ocurre en el sector bancario (CCT 130/75: cinco días hábiles), el sector docente universitario, o la administración pública— el trabajador debe invocar expresamente el CCT para reclamar los días adicionales.

Firma y fecha: la solicitud debe estar firmada por el trabajador con fecha cierta. Forms-legal.com ofrece este modelo de solicitud de licencia por paternidad como punto de partida. La notificación por telegrama laboral gratuito (Ley 23.789) o carta documento proporciona la mejor prueba de fecha y recepción. Ver también el ar-solicitud-licencia-sin-goce-sueldo y el ar-recibo-sueldo para otros documentos relacionados con la gestión laboral del nacimiento. La plataforma forms-legal.com permite completar este modelo con campos editables y descargarlo en formato PDF o Word sin costo alguno.

Cómo completar tu Solicitud de Licencia por Paternidad

Para completar la solicitud de licencia por paternidad conforme al Artículo 158 LCT 20.744, siga estos pasos detallados.

Paso 1 — Datos del trabajador: complete nombre y apellido según el DNI, el número de DNI sin puntos (ejemplo: 28345678), el CUIL en formato XX-XXXXXXXX-X (ejemplo: 20-28345678-5), el domicilio real completo con calle, número, piso, departamento, localidad y provincia, y el teléfono con código de área.

Paso 2 — Datos del empleador: complete la razón social exactamente como figura en el último recibo de haberes. El CUIT del empleador (formato XX-XXXXXXXX-X) figure en el encabezado del recibo de haberes. Si no lo tiene disponible, puede verificarlo en el portal de AFIP (afip.gob.ar) buscando por razón social.

Paso 3 — Datos del nacimiento: complete el nombre y apellido del hijo nacido (si ya fue inscripto en el Registro Civil), la fecha exacta del nacimiento en formato DD/MM/AAAA, y el nombre de la institución donde se produjo el parto (hospital público, clínica privada, sanatorio). Adjunte fotocopia del certificado de nacimiento o del certificado médico del parto como soporte documental.

Paso 4 — Fechas de la licencia: calcule el primer día de licencia. Si el nacimiento ocurrió en un día hábil (lunes a viernes), la licencia comienza ese mismo día. Si ocurrió en sábado, domingo o feriado nacional, la licencia comienza el primer día hábil siguiente. El último día de licencia es el segundo día corrido desde el inicio. Consigne ambas fechas en formato DD/MM/AAAA.

Paso 5 — Referencia al CCT (si corresponde): verifique en su último recibo de haberes cuál es el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) aplicable a su relación laboral. Si el CCT otorga más días de licencia que los dos del Artículo 158 LCT, indíquelo expresamente en el formulario citando el número del CCT y el Artículo pertinente.

Paso 6 — Firma y presentación: firme la solicitud y preséntela personalmente al empleador solicitando acuse de recibo. Si no puede concurrir personalmente, envíela por telegrama laboral gratuito desde el Correo Oficial (Ley 23.789) o por carta documento. Guarde copia de la solicitud con el sello de recepción del empleador o el comprobante del telegrama.

Errores comunes a evitar en tu Solicitud de Licencia por Paternidad

No notificar al empleador dentro de los dos días siguientes al nacimiento es el error más frecuente. El Artículo 158 LCT otorga dos días corridos de licencia a partir del nacimiento, pero si el trabajador no notifica al empleador en tiempo y forma, la ausencia puede ser considerada injustificada, lo que habilita al empleador a aplicar sanciones disciplinarias bajo el Artículo 67 LCT o incluso el descuento proporcional del salario de los días no notificados.

Reclamar solo los dos días de la LCT sin verificar el CCT aplicable es un error que puede privar al trabajador de días adicionales de licencia a los que tiene derecho. Muchos convenios colectivos sectoriales otorgan más días que el mínimo legal del Artículo 158 LCT. El trabajador debe verificar el CCT aplicable en su recibo de haberes y, si corresponde, invocar expresamente el convenio en la solicitud.

No guardar copia de la solicitud con acuse de recibo del empleador deja al trabajador sin prueba documental en caso de conflicto posterior. La mejor práctica es enviar la notificación por telegrama laboral gratuito (Ley 23.789) o carta documento, que generan prueba fehaciente de la fecha de envío y recepción.

Consignar fechas incorrectas en el cálculo del inicio de la licencia —especialmente cuando el nacimiento ocurre en sábado, domingo o feriado— puede generar discrepancias con el empleador sobre los días de ausencia justificada. El trabajador debe verificar si el CCT aplicable establece que la licencia comienza el día del nacimiento o el primer día hábil siguiente, ya que la práctica varía según el convenio.

No adjuntar documentación respaldatoria del nacimiento puede retrasar el reconocimiento de la licencia por parte del empleador. Si bien el Artículo 158 LCT no exige un documento específico, la práctica laboral consolidada requiere presentar el certificado médico del parto o el certificado de nacimiento del Registro Civil junto con la solicitud de licencia.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 23.564AR official
  2. Ley 27.636AR official
  3. Ley 27.349AR official
  4. Ley 26.994AR official
  5. Ley 23.789AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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