Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
Encabezado
FORMULARIO DE ALTA EMPLEADOR ANTE AFIP — ARGENTINA
Ley N.º 20.744 (LCT) Art. 7 — Ley N.º 24.013 Art. 7 — Resolución General AFIP N.º 2.988/2010
Datos del Empleador
I. DATOS DEL EMPLEADOR
Tipo de Persona: [Tipo Persona]
Razón Social / Nombre: [Razon Social]
CUIT: [Cuit Empleador]
Domicilio Fiscal (AFIP): [Domicilio Fiscal]
Actividad Principal (CLAE): [Actividad C L A E]
Representante Legal / Titular: [Representante Legal]
DNI del Representante / Titular: [Representante D N I]
CUIT del Representante: [Representante C U I T]
Tipo Societario
II. TIPO SOCIETARIO Y REGISTRACIÓN
Tipo Societario: [Tipo Societario]
Organismo de Inscripción y N.°: [Organismo Inscripcion]
Categoría Impositiva AFIP: [Categoria Impositiva]
Establecimientos y ART
III. ESTABLECIMIENTOS Y ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (ART)
Domicilio del Establecimiento / Lugar de Trabajo: [Domicilio Establecimiento]
ART Contratada: [Art Contratada]
N.° de Póliza ART: [Art Poliza]
Vigencia de la Póliza: [Art Vigencia]
CBU del Empleador (débito F.931): [Cbu Empleador]
Verificación
IV. VERIFICACIÓN DE PASOS COMPLETADOS
[Pasos Completados]
Firma
V. FIRMA Y FECHA
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma], el/la abajo firmante declara que los datos consignados son correctos y que el proceso de alta como empleador ante AFIP ha sido completado conforme al Artículo 7 de la LCT N.º 20.744, el Artículo 7 de la Ley de Empleo N.º 24.013, y la Resolución General AFIP N.º 2.988/2010.
EMPLEADOR / REPRESENTANTE LEGAL:
Razón Social: [Razon Social]
Representado/a por: [Representante Legal] — DNI: [Representante D N I]
Firma: _________________________ Sello: _________________________
Nota: Este formulario es un instrumento interno de gestión administrativa. La habilitación como empleador ante AFIP se realiza a través del portal afip.gob.ar con Clave Fiscal nivel 3 en el servicio «Sistema Registral — Empleadores».
Empleador / Representante Legal
________________
Signature
Qué es Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
El Formulario Alta Empleador AFIP en Argentina es el formulario oficial que se presenta ante el organismo competente para iniciar o registrar el trámite, conforme a LCT N.º 20.744, Art. 7; Resolución General AFIP N.º 2.988/2010.
Antes de dar de alta al primer trabajador en el sistema Mi Simplificación de AFIP, el empleador debe estar inscripto como tal ante AFIP con un CUIT activo (Clave Única de Identificación Tributaria, asignada por AFIP) y habilitado para el servicio «Mi Simplificación — Empleadores». La inscripción como empleador activa una serie de obligaciones formales: la presentación mensual de la declaración jurada F.931 (Aportes y Contribuciones de los Recursos de la Seguridad Social), el depósito de las retenciones del Impuesto a las Ganancias de los trabajadores (Formulario F.649), la afiliación a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) habilitada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) conforme a la Ley de Riesgos del Trabajo N.º 24.557, y el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad establecidas por la Ley N.º 19.587 y sus decretos reglamentarios.
El proceso de alta como empleador en AFIP difiere según si la persona ya tiene CUIT propio o si se trata de su primera inscripción. Las personas humanas que ya tienen CUIT (por actividades autónomas, por ejemplo) deben agregar la condición de empleador a su perfil en AFIP mediante el servicio «Sistema Registral — Registro Tributario». Las personas jurídicas (Sociedad de Responsabilidad Limitada — SRL, Sociedad Anónima — SA, Sociedad por Acciones Simplificada — SAS creada por la Ley N.º 27.349) deben inscribirse ante AFIP con su acta constitutiva y designación de representante legal inscripto ante la Inspección General de Justicia (IGJ) o el Registro Público de Comercio provincial.
El formulario interno de Alta Empleador cumple una función dual: por un lado, organiza y centraliza toda la información necesaria para completar el proceso de inscripción ante AFIP sin errores que generen rechazos del sistema o demoras en la habilitación del CUIT para contratar personal. Por otro lado, constituye un registro documental interno que permite al área de Recursos Humanos o al estudio contable externo del empleador verificar que todos los pasos del proceso de alta fueron completados correctamente y que la empresa cumple con los requisitos mínimos para comenzar a operar como empleadora conforme al marco normativo argentino.
El sistema tributario-laboral argentino exige que el empleador, antes de contratar su primer trabajador, cuente también con una ART contratada entre las aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Sin póliza de ART vigente, el sistema Mi Simplificación de AFIP no permite dar de alta a los trabajadores. El formulario de Alta Empleador incluye esta verificación como paso obligatorio, junto con la inscripción en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP/PAMI), la afiliación al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) administrado por ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social), y la habilitación de la cuenta bancaria del empleador para el débito automático de los pagos al Fisco conforme al Artículo 18 de la LCT.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) ha consolidado jurisprudencia abundante que responsabiliza al empleador no inscripto ante AFIP por las mismas consecuencias que al empleador que no registra a sus trabajadores: duplicación de indemnizaciones (Ley N.º 25.323 Art. 1.°), multas administrativas (Ley N.º 25.212 — Pacto Federal del Trabajo), y responsabilidad directa por los siniestros laborales sin cobertura de ART activa. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el fallo «Aquino c/ Cargo Servicios Industriales» (2004) estableció la plena vigencia del derecho constitucional a la protección del trabajo y su prioridad sobre las normas de menor jerarquía, principio que nutre todo el sistema registral laboral argentino.
Cuándo necesitas Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
El Formulario de Alta Empleador ante AFIP en Argentina debe completarse y tramitarse antes de contratar al primer trabajador en relación de dependencia, sin excepción. El Artículo 7 de la Ley de Empleo N.º 24.013 establece que el empleador debe estar correctamente inscripto antes de iniciar cualquier relación laboral, ya que la registración del trabajador en Mi Simplificación requiere que el CUIT del empleador esté habilitado para ese servicio.
Se necesita el formulario al constituir una sociedad nueva (SRL, SA, SAS bajo Ley N.º 27.349) que planea contratar personal desde su inicio de operaciones. El proceso de inscripción ante la IGJ o el Registro Público de Comercio provincial genera el CUIT de la persona jurídica, pero el alta como empleador requiere un paso adicional en el Sistema Registral de AFIP para asociar ese CUIT al régimen de empleadores y habilitar la declaración jurada F.931.
También se necesita cuando una persona humana que trabaja como autónomo o monotributista decide contratar su primer empleado para expandir su actividad. En ese caso, la persona ya tiene CUIT pero debe inscribirse además en el régimen de empleadores e incorporar a sus obligaciones tributarias la presentación mensual del F.931 con los aportes y contribuciones de sus empleados.
El formulario resulta imprescindible al abrir un nuevo establecimiento en una provincia diferente al domicilio fiscal principal del empleador, ya que puede requerirse la inscripción ante el organismo de recaudación provincial (AGIP en CABA, ARBA en Buenos Aires, DGR en Córdoba, etc.) para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la habilitación municipal del local comercial o establecimiento industrial.
También se utiliza cuando el empleador cambia de categoría impositiva — por ejemplo, al superar los límites del Monotributo y pasar al Régimen General con IVA y Ganancias —, situación que requiere actualizar el perfil en AFIP y puede afectar las obligaciones como empleador. La Resolución General AFIP N.º 2.988/2010 regula los procedimientos de actualización de datos de empleadores en Mi Simplificación.
El instrumento es necesario para empleadores que contratan trabajadores bajo el régimen de trabajo doméstico (Ley N.º 26.844), ya que las personas humanas que emplean personal de casas particulares deben inscribirse ante AFIP con un CUIL (en lugar de CUIT si no tienen actividad comercial) y acceder al servicio «Simplificación Registral — Casas Particulares» para registrar al trabajador y abonar las cargas sociales mensuales mediante el formulario F.102/RT.
Qué incluir en tu Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
Un Formulario de Alta Empleador ante AFIP en Argentina debe incluir todos los datos requeridos por el Sistema Registral de AFIP, el servicio Mi Simplificación, y la normativa aplicable para que el empleador quede habilitado correctamente para contratar personal.
Identificación del empleador: tipo de persona (humana o jurídica), nombre y apellido o razón social completa tal como figura en el documento constitutivo, CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, y tipo de contribuyente según el padrón de AFIP (Responsable Inscripto en IVA, Monotributista, Exento, Sujeto Exento, entre otros). Para personas jurídicas, debe indicarse el tipo societario: SRL (Ley N.º 19.550 Art. 146), SA (Ley N.º 19.550 Art. 163), SAS (Ley N.º 27.349), asociación civil, fundación, cooperativa (Ley N.º 20.337), u otro.
Domicilio fiscal y domicilio de los establecimientos: domicilio fiscal declarado ante AFIP (que es el domicilio legal para notificaciones del organismo fiscal conforme al Art. 3 de la Ley N.º 11.683 de Procedimiento Fiscal), y domicilio de cada uno de los establecimientos donde se desempeñarán los trabajadores. AFIP cruza este dato con el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) para las inspecciones laborales.
Actividad económica (CLAE): código del Clasificador de Actividades Económicas de AFIP que corresponde a la actividad principal del empleador. El CLAE determina el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) homologado por el MTEySS aplicable a los trabajadores, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) del sector, y las alícuotas de contribuciones patronales vigentes según el Decreto N.º 814/2001 y sus modificatorios.
Representante legal y apoderado: nombre, apellido, DNI, CUIL y cargo del representante legal de la persona jurídica (autorizado según estatuto o acta de designación) o del apoderado habilitado con poder notarial (Arts. 375 a 381 del Código Civil y Comercial de la Nación — CCyC, Ley N.º 26.994). El representante legal es quien firma los documentos laborales, suscribe los contratos de trabajo, y es responsable personal por las infracciones a la Ley de Empleo N.º 24.013.
ART contratada: nombre de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo elegida entre las habilitadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), número de póliza, CUIT de la ART, y vigencia de la póliza. La contratación de la ART es requisito previo al alta en Mi Simplificación: sin póliza activa, el sistema AFIP no permite registrar trabajadores.
Obra social del CCT: en el formulario debe indicarse la obra social predominante del CCT aplicable a los trabajadores que se contratarán, identificada por el código RNOS del Registro Nacional de Obras Sociales de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Este dato facilita la afiliación de los trabajadores al momento de su alta en Mi Simplificación.
Cuenta bancaria del empleador (CBU): número de CBU de la cuenta bancaria del empleador habilitada para el débito automático del pago de aportes y contribuciones al SIPA (ANSES) mediante la declaración jurada F.931 mensual. El Banco de la Nación Argentina (BNA) opera como agente de cobro de AFIP para las cargas sociales.
En forms-legal.com este formulario de Alta Empleador es el primer paso de la cadena de registración laboral. Documentos complementarios en la secuencia: ar-formulario-alta-empleado-sicoss (alta del trabajador en SICOSS/Mi SIPA) y ar-contrato-trabajo-tiempo-indeterminado para formalizar la relación laboral.
Cómo completar tu Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
Para completar correctamente el Formulario de Alta Empleador ante AFIP en Argentina y habilitar el CUIT para contratar personal, siga estos pasos.
Paso 1 — Inscripción en AFIP / Obtención del CUIT: si la persona jurídica o humana no tiene CUIT, debe inscribirse ante AFIP presentando en la dependencia correspondiente el DNI del titular (para personas humanas) o los documentos constitutivos (para personas jurídicas: estatuto, acta de designación de autoridades, constancia de inscripción ante IGJ o Registro Público de Comercio). Las personas jurídicas también pueden gestionar el CUIT online mediante el servicio «Registración online de personas jurídicas» de AFIP con Token y Clave Fiscal.
Paso 2 — Alta en el Sistema Registral de AFIP como empleador: con CUIT y Clave Fiscal nivel 3, acceda al portal de AFIP (afip.gob.ar), ingrese al servicio «Sistema Registral» y seleccione la opción para agregar la condición de empleador. Confirme la actividad CLAE principal y el domicilio fiscal.
Paso 3 — Contratación de la ART: antes de poder dar de alta trabajadores, el empleador debe contratar una ART entre las habilitadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Contacte a la ART elegida, firme la póliza, y obtenga el número de póliza y el código de la ART para ingresarlo en Mi Simplificación. Verifique la vigencia de la póliza en el portal de la SRT (srt.gob.ar).
Paso 4 — Habilitación de Mi Simplificación: en el portal de AFIP, acceda al servicio «Mi Simplificación — Empleadores» e ingrese los datos del empleador: CUIT, actividad, ART, y CBU de la cuenta bancaria para el débito del F.931.
Paso 5 — Verificación del estado en AFIP: consulte en el portal de AFIP que el CUIT del empleador aparece habilitado en el estado «Activo» para el servicio «Mi Simplificación — Empleadores». Si hay observaciones o bloqueos (por ejemplo, falta de presentaciones anteriores de F.931), deben resolverse antes de poder dar de alta a los trabajadores.
Paso 6 — Complete el formulario interno: con todos los datos obtenidos en los pasos anteriores, complete el formulario interno de Alta Empleador con: razón social, CUIT, domicilio fiscal, actividad CLAE, datos del representante legal, nombre y póliza de la ART contratada, y CBU. Firme el formulario como constancia de que el proceso se completó correctamente.
Requisitos legales para Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
El Alta Empleador ante AFIP en Argentina está regulada por un conjunto de normas que establecen obligaciones formales previas al inicio de la actividad laboral.
Inscripción obligatoria: el Artículo 7 de la LCT N.º 20.744 y el Artículo 7 de la Ley de Empleo N.º 24.013 establecen que el empleador debe estar correctamente inscripto ante AFIP antes de registrar trabajadores. La Resolución General AFIP N.º 2.988/2010 regula el procedimiento técnico de alta en Mi Simplificación y las obligaciones del empleador inscripto.
Contratación de ART: la Ley de Riesgos del Trabajo N.º 24.557, en su Artículo 27, obliga a los empleadores a afiliarse a una ART habilitada por la SRT antes de tener trabajadores. El incumplimiento genera responsabilidad civil directa del empleador por todos los siniestros laborales ocurridos sin cobertura activa.
Obligaciones tributarias del empleador: el empleador inscripto debe presentar mensualmente la declaración jurada F.931 con los aportes y contribuciones de todos sus trabajadores, dentro de los plazos establecidos por la Resolución General AFIP N.º 4.190/2018 y sus modificatorias. El incumplimiento genera intereses resarcitorios (Artículo 37 de la Ley N.º 11.683) y multas formales.
Conservación de documentación: el Artículo 18 de la LCT obliga al empleador a conservar la documentación laboral (legajos, recibos, formularios de alta y baja, declaraciones juradas) por 10 años desde la extinción de cada relación laboral.
Errores comunes a evitar en tu Formulario Alta Empleador AFIP — Argentina
Inscribirse en AFIP pero no habilitar el servicio Mi Simplificación es el error más frecuente de los nuevos empleadores argentinos: tener CUIT activo no es suficiente para contratar personal, se requiere la habilitación específica del perfil de empleador en el sistema registral de AFIP y el alta de la ART previa.
No contratar la ART antes del primer trabajador es una omisión grave. La Ley N.º 24.557 obliga a tener póliza de ART vigente antes del alta del primer empleado. Un accidente laboral el primer día de trabajo sin ART genera responsabilidad civil directa del empleador por todos los costos de atención médica, rehabilitación, incapacidad y muerte, que pueden superar ampliamente el costo de la póliza anual.
Declarar un CLAE incorrecto puede asignar el CCT equivocado a los trabajadores, lo que genera diferencias salariales y beneficios mal calculados que el trabajador puede reclamar ante el SECLO (Ley N.º 24.635) o el Juzgado del Trabajo con intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina según la jurisprudencia de la CNAT.
Olvidar actualizar el domicilio fiscal en AFIP cuando la empresa se muda genera que las notificaciones del MTEySS, la AFIP y la SRT lleguen al domicilio anterior, y el empleador puede perder plazos de contestación de intimaciones o de recursos administrativos, quedando firmes sanciones que podría haber impugnado.
No informar al empleador sobre las obligaciones periódicas post-alta (F.931 mensual, retenciones Ganancias trabajadores, declaración anual del empleador) lleva a acumulación de deuda con AFIP con intereses y multas que se potencian con el tiempo.
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}Preguntas Frecuentes
El CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) es el número de identificación fiscal asignado por AFIP a personas humanas y jurídicas para todas sus obligaciones tributarias — IVA, Ganancias, Monotributo, etc. El alta como empleador es un paso adicional que habilita ese CUIT específicamente para usar el servicio Mi Simplificación y registrar trabajadores en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA/ANSES). Una empresa puede tener CUIT activo y estar al día con sus impuestos pero no estar habilitada para contratar personal si no completó el alta como empleador en el Sistema Registral de AFIP. El proceso de habilitación como empleador requiere: CUIT activo con Clave Fiscal nivel 3, domicilio fiscal actualizado, actividad CLAE declarada, y ART contratada. Sin estos elementos, el sistema Mi Simplificación rechaza el intento de alta del trabajador mostrando un error de validación del CUIT del empleador. La Resolución General AFIP N.º 2.988/2010 Art. 3 establece que el empleador debe estar inscripto en el Sistema Registral antes de poder utilizar Mi Simplificación para el registro de trabajadores.
El tiempo del proceso de alta como empleador ante AFIP varía según la situación del empleador. Para personas humanas que ya tienen CUIT y Clave Fiscal nivel 3, el proceso de habilitación del perfil de empleador en el Sistema Registral de AFIP puede completarse en el mismo día de forma online. Para personas jurídicas nuevas que deben inscribirse ante AFIP por primera vez, el proceso tiene dos etapas: la inscripción ante IGJ o el Registro Público de Comercio provincial (que puede tomar entre 3 y 15 días hábiles según la carga de trabajo del organismo y si se hace en forma presencial o digital mediante el sistema Trámites a Distancia — TAD), y luego la inscripción ante AFIP que puede completarse online en 24 a 48 horas desde la obtención del CUIT. El trámite más demorado suele ser la obtención del Clave Fiscal nivel 3 para nuevos titulares sin historial en AFIP, que puede requerir turno presencial en una dependencia de AFIP. La contratación de la ART puede resolverse en 1 a 3 días hábiles mediante gestión directa con la aseguradora.
Sí, un Monotributista puede contratar trabajadores en relación de dependencia y actuar como empleador en Argentina. La inscripción en el Monotributo (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, Ley N.º 24.977 y sus modificatorias) regula únicamente las obligaciones tributarias propias del contribuyente por su actividad autónoma, pero no impide que esa persona tenga empleados en relación de dependencia. Sin embargo, el Monotributista que contrata empleados tiene dos obligaciones tributarias paralelas: sus obligaciones como Monotributista (cuota mensual integrada que incluye aportes jubilatorios propios, obra social propia, e IVA/Ganancias unificados) y sus obligaciones como empleador (declaración jurada F.931 mensual con los aportes y contribuciones de sus empleados, que se pagan por separado de la cuota del Monotributo). El Monotributista empleador debe inscribirse adicionalmente en el SIPA como empleador y contratar una ART para sus trabajadores. La categoría del Monotributo no se ve afectada por la existencia de empleados (no se incluyen los salarios en el tope de ingresos del Monotributo), aunque sí se considera el número de empleados como criterio de exclusión en algunas categorías de servicios.
El Formulario 931 (F.931) es la declaración jurada mensual de aportes y contribuciones de la seguridad social que todo empleador registrado ante AFIP debe presentar y pagar en relación con sus trabajadores en relación de dependencia. El F.931 consolida y liquida: los aportes del trabajador al SIPA/ANSES (11% del salario bruto), el aporte a la obra social del trabajador (3% del salario bruto), el aporte al INSSJP/PAMI del trabajador (3% del salario bruto); y las contribuciones patronales al SIPA/ANSES (10,17% o 12,71% según la actividad y el decreto de alícuotas vigente), la contribución patronal a la obra social (6% del salario bruto), la contribución patronal al INSSJP/PAMI (1,5% del salario bruto), y la contribución a la Asignaciones Familiares/ANSES (4,44%). El F.931 debe presentarse y pagarse mensualmente hasta el día 10 del mes siguiente al devengado para empresas grandes, o hasta el día 12, 14 ó 16 según el último dígito del CUIT, conforme al cronograma de la Resolución General AFIP N.º 4.190/2018. La presentación se hace online a través del sistema AFIP con Clave Fiscal nivel 3, generando el volante de pago para abonar en el banco o mediante transferencia electrónica al Banco de la Nación Argentina.
Operar como empleador sin estar inscripto ante AFIP en Argentina expone al empleador a un conjunto de consecuencias legales graves. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) a través de la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo (DNIT) puede labrar un Acta de Infracción conforme a la Ley N.º 25.212 con multas de entre 1 y 750 Módulos Económicos por trabajador no registrado según la categoría de la infracción. La AFIP puede iniciar una determinación de oficio de las cargas sociales no aportadas con los intereses resarcitorios del Artículo 37 de la Ley N.º 11.683 (actualmente fijados por la AFIP en tasas superiores al 150% anual acumulativo). Si la evasión previsional supera el umbral del Artículo 9 de la Ley Penal Tributaria N.º 24.769 (modificada por Ley N.º 27.430), puede configurarse el delito de evasión previsional con pena de prisión de 2 a 6 años. Los trabajadores no registrados tienen derecho a la duplicación de indemnizaciones bajo la Ley N.º 25.323 Art. 1.° más las multas de la Ley N.º 24.013 Arts. 8 a 11. Si un trabajador no registrado sufre un accidente de trabajo, el empleador responde directamente por todos los costos de atención, rehabilitación e indemnización sin poder transferirlos a ninguna ART.
Sí, una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) creada conforme a la Ley N.º 27.349 puede ser empleadora en Argentina desde el momento de su inscripción ante el Registro Público de Comercio (RPC) y la obtención de su CUIT ante AFIP. La SAS tiene plena capacidad jurídica para contratar trabajadores en relación de dependencia, obligarse como empleadora conforme a la LCT N.º 20.744, y cumplir todas las obligaciones de seguridad social del empleador. El proceso de inscripción de la SAS en el RPC puede realizarse íntegramente en forma digital mediante la plataforma TAD (Trámites a Distancia) del Ministerio de Justicia, que emite el estatuto de la SAS en 24 horas hábiles en muchas provincias. Una vez inscripta en el RPC y obtenido el CUIT ante AFIP, la SAS debe realizar el alta como empleadora siguiendo el mismo procedimiento que cualquier otra persona jurídica: habilitación en el Sistema Registral de AFIP, contratación de ART, habilitación de Mi Simplificación. El Artículo 39 de la Ley N.º 27.349 establece que la SAS tiene los mismos derechos y obligaciones que las demás sociedades comerciales en lo que respecta a las relaciones laborales, incluyendo la aplicación integral de la LCT y los convenios colectivos de trabajo del sector.
El alta como empleador ante AFIP es un trámite nacional único: se realiza en el portal de AFIP (afip.gob.ar) con el CUIT del empleador y habilita al empleador para registrar trabajadores en todo el territorio argentino a través de Mi Simplificación, independientemente de la provincia donde estén ubicados los establecimientos. Sin embargo, si la empresa tiene establecimientos en varias provincias, puede tener obligaciones tributarias provinciales adicionales: inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en cada provincia donde opera (ante AGIP en CABA, ARBA en la Provincia de Buenos Aires, DGR en Córdoba, DGR en Mendoza, etc.) y habilitaciones municipales de cada establecimiento. En materia laboral, las inspecciones del MTEySS se realizan a nivel federal a través de la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo (DNIT), pero las provincias tienen sus propios organismos de inspección del trabajo bajo los respectivos Ministerios de Trabajo provinciales que verifican el cumplimiento de la normativa laboral local, incluyendo los convenios colectivos provinciales y las normas de higiene y seguridad. El empleador con múltiples establecimientos debe asegurarse de que todos figuren declarados ante AFIP en el servicio «Sistema Registral» para facilitar la asignación correcta de los CCT y ART de cada sector y jurisdicción.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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