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Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

Encabezado

CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS Y REMUNERACIONES

Artículo 80, Ley N.º 20.744 (LCT) — Ley N.º 25.345 — Formulario ANSES PS.6.1 — Ley N.º 24.241 (SIPA)

Empleador

I. DATOS DEL EMPLEADOR CERTIFICANTE

Razón Social / Nombre: [Empleador Razon Social]

CUIT: [Empleador C U I T]

Domicilio Fiscal: [Empleador Domicilio]

Actividad Principal: [Empleador Actividad]

Firmante: [Firmante Certificado] — Cargo: [Cargo Firmante]

Trabajador/a

II. DATOS DEL/LA TRABAJADOR/A

Nombre y Apellido: [Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I]

CUIL: [Trabajador C U I L]

Fecha de Nacimiento: [Trabajador Fecha Nacimiento]

Domicilio: [Trabajador Domicilio]

Relación Laboral

III. DATOS DE LA RELACIÓN LABORAL

Fecha de Ingreso (Alta SICOSS/Mi SIPA): [Fecha Ingreso]

Fecha de Egreso (Baja SICOSS/Mi SIPA): [Fecha Egreso]

Modalidad de Contratación: [Modalidad Contrato]

Categoría Laboral / CCT: [Categoria Laboral]

Tipo de Jornada: [Tipo Jornada]

Causal de Egreso: [Causal Egreso]

Remuneraciones y Aportes

IV. REMUNERACIONES Y APORTES AL SIPA

Remuneración Bruta Promedio Mensual (último año): $ [Remuneracion Promedio] ARS

Detalle de remuneraciones por período:

[Detalle Periodos]

Estado de los aportes al SIPA (11% del salario bruto — Art. 11, Ley N.º 24.241): [Aportes Depositados]

Firma del Empleador

V. FIRMA DEL EMPLEADOR Y CONSTANCIA

En [Ciudad Emision], a [Fecha Emision], el/la abajo firmante en carácter de [Cargo Firmante] de [Empleador Razon Social] (CUIT [Empleador C U I T]) certifica que los datos de la presente Certificación de Servicios y Remuneraciones son verídicos y coinciden con las declaraciones juradas F.931 presentadas ante AFIP para el período indicado, conforme al Artículo 80 de la Ley N.º 20.744 (LCT) modificado por la Ley N.º 25.345 y al Formulario ANSES PS.6.1.

Certificación notarial: [Certificado Notarial]

Firma del Empleador / Representante: _________________________

Aclaración: [Firmante Certificado]

Cargo: [Cargo Firmante]

Sello: _________________________

RECIBÍ CONFORME:

Trabajador/a: [Trabajador Nombre] — CUIL: [Trabajador C U I L]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________ Fecha: _________________________

Nota: Esta certificación debe completarse con los datos del Formulario PS.6.1 de ANSES (disponible en anses.gob.ar) para el trámite jubilatorio. ANSES puede requerir certificación notarial de la firma del empleador.

Empleador Certificante

________________

Signature

Trabajador/a que Recibe

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

La Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES en Argentina es el documento con el que se deja constancia formal y se acredita una situación de hecho o de derecho ante terceros u organismos públicos, conforme a LCT N.º 20.744, Art. 80; Ley N.º 24.241 (SIPA); Formulario ANSES PS.6.1.

El Formulario ANSES PS.6.1 (Certificación de Servicios y Remuneraciones) es emitido por el empleador con sus datos y los del trabajador, indicando para cada año de servicio: los meses trabajados, las remuneraciones brutas mensuales declaradas en el F.931 de la seguridad social, y los aportes al SIPA efectivamente realizados. ANSES utiliza este formulario como instrumento probatorio para el reconocimiento de servicios y el cómputo de la Prestación Básica Universal (PBU), la Prestación Compensatoria (PC), y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP) conforme a los Artículos 17 a 32 de la Ley N.º 24.241 de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

La certific de servicios adquirió mayor importancia práctica con la sanción de la Ley N.º 26.425 en 2008, que unificó el sistema previsional en el SIPA eliminando las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) y transfiriendo todos los fondos al Estado bajo administración de ANSES. Desde entonces, el único sistema de cómputo de los aportes jubilatorios es el SIPA, y la Certificación de Servicios es el instrumento central para acreditar los períodos de aportes ante ANSES cuando existe alguna divergencia entre los registros del trabajador y los del empleador, o cuando hay períodos de aportes no declarados que el trabajador quiere que ANSES reconozca mediante el procedimiento del Artículo 34 de la Ley N.º 24.241.

La Certificación de Servicios también resulta esencial para los trabajadores que durante su vida laboral tuvieron empleadores que no realizaron el alta en AFIP o no depositaron los aportes del F.931. En esos casos, la Certificación de Servicios firmada por el empleador es la prueba documental primaria que el trabajador puede presentar ante ANSES para solicitar el reconocimiento administrativo de esos períodos de servicios, junto con recibos de sueldo, constancias de la obra social del período, comprobantes de aportes sindicales, y cualquier otro medio de prueba admisible.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) han consolidado jurisprudencia que establece la responsabilidad del empleador por los daños que causa la falta de entrega de la Certificación de Servicios al trabajador: más allá de la indemnización del Art. 80 in fine LCT por mora en la entrega de los certificados (tres salarios mensuales), el trabajador perjudicado en sus derechos jubilatorios por la falta de registración puede reclamar daños y perjuicios conforme a los Artículos 1716 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley N.º 26.994) ante la justicia laboral, invocando el lucro cesante representado por los beneficios jubilatorios que no podrá percibir por la falta de aportes del empleador.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) a través de la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo (DNIT) verifica en sus inspecciones laborales que el empleador cuente con los recibos de entrega de los certificados del Art. 80 LCT firmados por el trabajador para cada relación laboral extinguida en los últimos 10 años de actividad del empleador, conforme a la obligación de conservación documental del Artículo 18 de la LCT.

Cuándo necesitas Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

La Certificación de Servicios y Remuneraciones en Argentina debe emitirse y entregarse al trabajador al extinguirse la relación laboral por cualquier causal, sin excepción. El Artículo 80 de la LCT N.º 20.744 establece que el empleador debe hacer entrega de los certificados al trabajador al extinguirse la relación, y la Ley N.º 25.345 incorporó la sanción de tres salarios mensuales adicionales por mora en la entrega.

Se necesita al producirse el despido sin causa conforme al Artículo 245 LCT: el empleador debe preparar la Certificación de Servicios junto con la liquidación final y entregarla al trabajador en el momento del pago de la liquidación o dentro de los 30 días de la extinción.

Es necesaria cuando el trabajador presenta su renuncia (Art. 240 LCT) mediante telegrama o carta documento: aunque la renuncia no genera derecho a indemnización por antigüedad, el trabajador tiene los mismos derechos que en el despido respecto de los certificados del Art. 80 LCT, incluyendo la Certificación de Servicios.

Resulta imprescindible al producirse el mutuo acuerdo de extinción del Art. 241 LCT ante el MTEySS, escribano público, o juez del trabajo. En estos acuerdos suele acordarse también la fecha de entrega de los certificados y la modalidad de pago de los conceptos laborales, todo lo cual debe quedar documentado.

El formulario es especialmente relevante para trabajadores con larga antigüedad (más de 10 años) en la misma empresa, ya que la Certificación de Servicios es el documento central para acreditar los años de aportes al SIPA ante ANSES al momento de solicitar la jubilación. Los errores en las remuneraciones declaradas en la Certificación pueden impactar negativamente en el monto de la jubilación calculada por ANSES.

También se necesita para trabajadores que han tenido múltiples empleadores a lo largo de su vida laboral: ANSES consolida las Certificaciones de Servicios de todos los empleadores para calcular el total de años de aportes y el promedio de remuneraciones imponibles. En estos casos, la Certificación de cada empleador es una pieza esencial del rompecabezas previsional del trabajador.

El formulario resulta urgente para trabajadores próximos a jubilarse que detectan en su historial laboral de Mi ANSES períodos de aportes no registrados o con remuneraciones incorrectas: la Certificación de Servicios firmada por el empleador (presente o pasado) es el documento que ANSES exige para corregir el historial previsional del trabajador conforme al Art. 34 de la Ley N.º 24.241.

Qué incluir en tu Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

Una Certificación de Servicios y Remuneraciones en Argentina válida para los fines del Artículo 80 LCT y el Formulario ANSES PS.6.1 debe contener los siguientes elementos.

Identificación del empleador: razón social o nombre completo, CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X, domicilio fiscal, y actividad económica principal. Para personas jurídicas, nombre y DNI del representante legal o apoderado que firma la certificación con indicación de la escritura de poder (Arts. 375 a 381 CCyC, Ley N.º 26.994).

Identificación del trabajador: nombre y apellido completo, DNI (emitido por RENAPER), CUIL (Clave Única de Identificación Laboral asignada por ANSES en formato XX-XXXXXXXX-X), fecha de nacimiento, y domicilio real al momento de la extinción de la relación laboral.

Datos de la relación laboral: fecha de inicio (alta en SICOSS/Mi SIPA de AFIP) y fecha de extinción (baja en SICOSS), modalidad de contratación (tiempo indeterminado, plazo fijo, eventual, estacional), puesto o categoría laboral conforme al Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) aplicable homologado por el MTEySS, y jornada laboral (completa, parcial, nocturna, insalubre bajo Art. 200 LCT).

Remuneraciones anuales: desglose de las remuneraciones brutas mensuales declaradas en el F.931 para cada año de la relación laboral, con indicación del salario bruto de cada mes. ANSES utiliza el promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos 10 años para el cálculo de la Prestación Adicional por Permanencia (PAP) del Art. 30 de la Ley N.º 24.241. Las remuneraciones deben coincidir exactamente con las declaradas en los F.931 de los períodos correspondientes, ya que ANSES cruza los datos con la base de datos de AFIP.

Aportes al SIPA: total de aportes jubilatorios (11% del salario bruto conforme al Art. 11 de la Ley N.º 24.241) depositados por el empleador al SIPA para cada período. Si hay períodos con aportes no depositados (aunque el empleador haya declarado el trabajador en el F.931), el empleador debe indicarlo y el trabajador puede presentar la certificación ante ANSES para iniciar el proceso de reclamación de esos aportes.

Causal de extinción: indicación de la causal de extinción de la relación laboral (despido sin causa — Art. 245 LCT; renuncia — Art. 240 LCT; mutuo acuerdo — Art. 241 LCT; jubilación — Art. 252 LCT; fallecimiento — Art. 248 LCT; incapacidad — Art. 254 LCT; u otra) para que ANSES determine si el trabajador tiene derecho al seguro de desempleo de la Ley N.º 24.013 Arts. 111 a 131.

Firma del empleador y sello: la Certificación debe estar firmada por el empleador o su representante legal con sello de la empresa y certificación notarial de la firma si ANSES lo requiere para el trámite jubilatorio. La firma debe ser del titular del CUIT o del apoderado con poder notarial vigente.

En forms-legal.com este formulario de Certificación de Servicios es parte del conjunto de documentos laborales de egreso junto con ar-formulario-baja-empleado-sicoss. Para el cómputo completo de los derechos laborales del trabajador al egreso, se recomienda complementarlo con el ar-formulario-retencion-ganancias-f572 si el trabajador estuvo sujeto a retención del Impuesto a las Ganancias.

Cómo completar tu Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

Para completar correctamente la Certificación de Servicios y Remuneraciones en Argentina conforme al Formulario ANSES PS.6.1 y el Artículo 80 LCT, siga estos pasos.

Paso 1 — Recopilación de datos del legajo del trabajador: obtenga del legajo los datos completos del trabajador (nombre, DNI, CUIL, fecha de nacimiento, domicilio actual), la fecha de alta en AFIP (comprobante de Mi Simplificación), la categoría laboral según el CCT, y todos los recibos de sueldo o los F.931 presentados durante la relación laboral para verificar las remuneraciones declaradas para cada período.

Paso 2 — Verificación de datos en AFIP y ANSES: consulte en el portal de AFIP con Clave Fiscal nivel 3 el historial de F.931 presentados para verificar que las remuneraciones a declarar en la Certificación coinciden exactamente con las declaradas mensualmente. Cualquier diferencia entre la Certificación y los F.931 puede generar observaciones de ANSES durante el trámite jubilatorio del trabajador.

Paso 3 — Completar los datos del empleador: ingrese la razón social o nombre, CUIT, domicilio fiscal, y actividad exactamente como figuran en AFIP. Indique el nombre y cargo del firmante (titular, gerente, representante legal con poder notarial).

Paso 4 — Completar los datos de la relación laboral: consigne la fecha de ingreso (debe coincidir con la registrada en SICOSS/Mi SIPA), la fecha de egreso, la modalidad de contrato, la categoría y CCT, y la jornada laboral. Indique la causal de extinción seleccionando la opción correspondiente al acto jurídico documentado.

Paso 5 — Completar las remuneraciones anuales: para cada año de la relación laboral, ingrese los salarios brutos mensuales declarados en el F.931. Si la relación laboral duró más de 10 años, incluya todos los años completos con especial atención a los últimos 10 años, que son los más relevantes para el cálculo de la PAP por ANSES.

Paso 6 — Firma, sello y entrega: el empleador o representante legal firma el formulario y coloca sello de la empresa. Entregue al trabajador contra firma de recepción, conservando una copia en el legajo del trabajador. Si el trabajador está próximo a jubilarse, puede ser recomendable que el empleador certifique la firma ante Escribano Público para facilitar el trámite ante ANSES sin demoras adicionales.

Errores comunes a evitar en tu Certificación de Servicios y Remuneraciones ANSES — Argentina

Declarar remuneraciones menores a las reales en la Certificación de Servicios perjudica directamente el monto del beneficio jubilatorio del trabajador, ya que ANSES calcula la Prestación Adicional por Permanencia (PAP) sobre el promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos 10 años. Si las remuneraciones reales fueron superiores a las declaradas en el F.931, el trabajador puede impugnar la Certificación ante ANSES y el empleador puede enfrentar una determinación de deuda de aportes por las diferencias.

No indicar correctamente la fecha de alta en el sistema SICOSS/Mi SIPA puede generar que ANSES compute un período menor de aportes que el real, perjudicando al trabajador en su acceso al beneficio jubilatorio. La fecha de alta debe coincidir exactamente con la registrada en el sistema de AFIP y verificable en Mi ANSES.

Omitir la Certificación de Servicios en las liquidaciones finales por despido es frecuente en pequeñas empresas que priorizan el pago de los rubros indemnizatorios y olvidan los certificados del Art. 80 LCT. Este error puede derivar en una intimación del trabajador, y si el empleador no entrega los certificados dentro de los 30 días, en el reclamo de tres salarios mensuales adicionales ante el SECLO (Ley N.º 24.635).

Firmar la Certificación con una persona que no tiene poder suficiente para representar al empleador (por ejemplo, un empleado de RRHH sin poder notarial) puede generar que ANSES rechace el formulario y solicite uno nuevo firmado por el representante legal. Esto demora el trámite jubilatorio del trabajador.

No conservar el acuse de recibo firmado por el trabajador de los certificados del Art. 80 LCT deja al empleador sin prueba de haber cumplido su obligación en caso de reclamo del trabajador ante el SECLO o el Juzgado del Trabajo.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Art. 80 LCTAR official
  2. Art. 240 LCTAR official
  3. Art. 241 LCTAR official
  4. Art. 200 LCTAR official
  5. Art. 245 LCTAR official
  6. Art. 252 LCTAR official
  7. Art. 248 LCTAR official
  8. Art. 254 LCTAR official

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