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Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

Contrato de Trabajo Doméstico

Ley N.º 26.844 — Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

Ley N.º 26.844 — Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares

Decreto Reglamentario N.º 467/2014

PRIMERA — PARTES

EMPLEADOR/A:

Nombre completo: [Empleador Nombre]

DNI: [Empleador D N I]

Domicilio donde se prestarán los servicios: [Empleador Domicilio]

TRABAJADOR/A:

Nombre y Apellido: [Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I]

CUIL: [Trabajador C U I L]

Domicilio: [Trabajador Domicilio]

Las partes celebran el presente Contrato de Trabajo Doméstico conforme a la Ley N.º 26.844 (Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares) y su Decreto Reglamentario N.º 467/2014, bajo las condiciones que se estipulan a continuación.

SEGUNDA — CATEGORÍA, MODALIDAD Y TAREAS

Modalidad de Trabajo: [Modalidad Retiro]

Categoría Laboral (CNTCP): [Categoria Laboral]

Tareas Principales: [Tareas Principales]

Las tareas descritas precedentemente se realizarán exclusivamente en la residencia del empleador indicada en este contrato, sin que ello implique dependencia funcional de otro integrante del hogar que no sea el empleador firmante.

TERCERA — JORNADA DE TRABAJO Y DESCANSOS

Días de trabajo: [Dias Trabajo]

Horario diario: [Horario Trabajo]

La jornada de trabajo se regirá por los artículos 23 a 28 de la Ley N.º 26.844. Para el personal con retiro, la jornada no excederá de ocho (8) horas diarias ni de cuarenta y ocho (48) horas semanales. El trabajador/a tendrá derecho al descanso semanal conforme al artículo 25 de la Ley 26.844.

Para el personal sin retiro (cama adentro): el empleador garantizará un descanso nocturno de al menos nueve (9) horas continuas y tres (3) horas de tiempo propio durante el horario diurno para actividades personales del trabajador/a, conforme al artículo 26 de la Ley 26.844.

CUARTA — REMUNERACIÓN Y PRESTACIONES EN ESPECIE

Remuneración Mensual: [Salario Mensual]

Fecha de Pago: [Fecha Pago]

Prestaciones en Especie (personal sin retiro): [Prestaciones Especie]

El salario no podrá ser inferior al mínimo fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) para la categoría del trabajador/a. El empleador/a emitirá recibo de sueldo por cada pago mensual conforme al artículo 139 de la LCT 20.744, aplicado supletoriamente por el artículo 3 de la Ley 26.844.

QUINTA — BENEFICIOS LEGALES

El trabajador/a tendrá derecho a los siguientes beneficios conforme a la Ley N.º 26.844:

a) Sueldo Anual Complementario (SAC/aguinaldo): equivalente al 50% de la mejor remuneración mensual normal y habitual de cada semestre, pagadero el 30 de junio y el 31 de diciembre (Ley 23.041, aplicable por art. 31 Ley 26.844).

b) Vacaciones proporcionales: mínimo 14 días corridos por año hasta 5 años de antigüedad; 21 días de 5 a 10 años; 28 días de 10 a 20 años; 35 días para más de 20 años (art. 30 Ley 26.844).

c) Licencias especiales: 3 días por fallecimiento de familiar directo; 10 días por matrimonio; 2 días por nacimiento de hijo (art. 35 Ley 26.844).

d) Licencia por enfermedad inculpable: con goce de sueldo por 30 días si la antigüedad es inferior a 5 años y 60 días si es superior (arts. 36–39 Ley 26.844).

e) Licencia por maternidad: 90 días corridos conforme a los artículos 40 a 44 de la Ley 26.844.

SEXTA — OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

a) Registrar al trabajador/a en el SICAM (Sistema Integrado de Casas Particulares, AFIP-ARCA) antes del inicio de la relación laboral y abonar mensualmente las contribuciones patronales para obra social (OSPEDYC o equivalente), ART (Ley 24.557), SIPA (ANSES) y seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).

b) Garantizar condiciones de trabajo dignas y seguras en el domicilio de prestación.

c) Para el personal sin retiro: proveer habitación amoblada en condiciones de higiene y privacidad, y alimentación adecuada conforme al artículo 26 de la Ley 26.844.

d) Abonar el salario en término y emitir recibo de sueldo mensual por cada pago efectuado.

SÉPTIMA — EXTINCIÓN DEL CONTRATO

El despido sin causa del trabajador/a genera el derecho a la indemnización del artículo 48 de la Ley N.º 26.844: un mes de salario por cada año o fracción mayor de tres meses de antigüedad, calculado sobre la mejor remuneración mensual normal y habitual del último año. El preaviso será de 10 días para trabajadores con menos de un año de antigüedad y de 30 días para más de un año (art. 51 Ley 26.844). La renuncia del trabajador/a se formaliza mediante carta documento de Correo Argentino dirigida al empleador.

FIRMAS

En la ciudad de [Ciudad Firma], a los [Fecha Inicio].

EL/LA EMPLEADOR/A:

[Empleador Nombre]

DNI: [Empleador D N I]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

EL/LA TRABAJADOR/A:

[Trabajador Nombre]

DNI: [Trabajador D N I] | CUIL: [Trabajador C U I L]

Firma: _________________________ Aclaración: _________________________

Cada parte declara haber recibido un ejemplar original del presente contrato, leído y comprendido en todos sus términos.

Empleador/a

________________

Signature

Trabajador/a Doméstico/a

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

El Contrato de Trabajo Doméstico en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Ley N.º 26.844 — Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares; Decreto N.º 467/2014.

La Ley 26.844 se aplica a toda relación laboral que tenga por objeto la prestación de servicios o la ejecución de tareas de limpieza, mantenimiento u otras actividades típicas del hogar en la residencia particular del empleador, siempre que la prestación no tenga fines lucrativos o comerciales para este último. La norma alcanza a cuidadores de personas, enfermeros domiciliarios, cocineros, jardineros, choferes particulares, niñeras, mucamas, lavanderas y toda persona que realice tareas de la vida cotidiana del hogar. El personal empleado por empresas de limpieza o de cuidado a domicilio —que prestan servicios en casas particulares pero en relación de dependencia con esa empresa— se rige por la LCT 20.744 y el CCT de la actividad, no por la Ley 26.844.

El Régimen Especial de Casas Particulares, administrado por el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores del Hogar (RENTEH) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS), establece dos categorías de trabajadores según la jornada: (a) trabajadores con retiro, que prestan servicios durante ciertos días y horas sin residir en el hogar del empleador; y (b) trabajadores sin retiro (cama adentro), que residen en el domicilio del empleador. La jornada máxima, los descansos, las condiciones de habitación, y los derechos ante el despido difieren según la categoría.

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994, vigente desde el 1 de agosto de 2015) es de aplicación supletoria en las relaciones de trabajo doméstico, particularmente en lo referente a la validez del consentimiento (arts. 978–985 CCyC), la buena fe en la ejecución del contrato (art. 961 CCyC), y la responsabilidad por daños durante el desarrollo de las tareas (arts. 1757–1758 CCyC). La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), creada por el art. 73 de la Ley 26.844, fija periódicamente las escalas salariales del personal de casas particulares, actualizadas mediante resoluciones publicadas en el Boletín Oficial.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) aplica los principios del derecho laboral —in dubio pro operario (art. 9 LCT), condición más beneficiosa (art. 8 LCT), irrenunciabilidad de derechos (art. 12 LCT)— a los conflictos derivados de las relaciones de trabajo doméstico, aunque la Ley 26.844 tiene su propio régimen indemnizatorio y sus propias causales de extinción del contrato, reguladas en los artículos 44 a 57 de la norma.

Cuándo necesitas Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

El Contrato de Trabajo Doméstico en Argentina es necesario o fuertemente recomendable en todos los supuestos de prestación regular de servicios del hogar, independientemente de la cantidad de horas semanales trabajadas.

El contrato es indispensable cuando una familia incorpora a una trabajadora de limpieza, ordenanza o mucama que concurrirá de manera regular al domicilio —ya sea diariamente, tres veces por semana, o un día por semana— ya que la Ley 26.844 se aplica desde la primera hora de prestación con carácter de regularidad. Sin el contrato escrito, el empleador queda expuesto a reclamar retroactivamente el pago de los aportes y contribuciones al SICAM (Sistema Integrado de Casas Particulares, administrado por AFIP-ARCA) y las indemnizaciones de la Ley 26.844.

También resulta necesario cuando una familia contrata a una niñera o cuidadora de menores que asistirá al domicilio de manera permanente o alternada. La Ley 26.844 incluye expresamente a los cuidadores de niños, ancianos, y personas con discapacidad dentro de su ámbito de aplicación, y establece el derecho al SAC (aguinaldo semestral) y a las vacaciones proporcionales desde el primer año de antigüedad.

El documento es requerido cuando se incorpora a un trabajador cama adentro (sin retiro) que residirá en el domicilio del empleador. La Ley 26.844 establece para esta categoría condiciones especiales: el empleador debe proveer al trabajador habitación amoblada en condiciones de higiene y dignidad, alimentación adecuada, y descanso de al menos nueve horas diarias continuas más tres horas adicionales durante el día para actividades personales. El incumplimiento de estas obligaciones puede fundar un despido indirecto del trabajador.

Cuando una familia contrata a un cocinero, jardinero, chofer particular, o mantenimiento general del hogar que presta servicios de manera regular —aunque sea sólo los fines de semana—, la Ley 26.844 rige la relación y el contrato escrito es el instrumento que documenta la categoría laboral, la remuneración, y la jornada pactada, evitando disputas posteriores ante el SECLO (Ley 24.635) o los Juzgados del Trabajo.

En situaciones de cambio de domicilio del empleador a otra localidad o provincia, el contrato escrito es especialmente útil para documentar si el trabajador acepta el traslado —con las compensaciones correspondientes— o si la relación se extingue por causas ajenas a la voluntad de las partes, lo que incide directamente en el monto de la indemnización bajo los arts. 44 y 48 de la Ley 26.844.

Qué incluir en tu Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

Un Contrato de Trabajo Doméstico válido bajo la Ley N.º 26.844 y el Decreto N.º 467/2014 debe contener los elementos que siguen para asegurar su eficacia jurídica y la protección de ambas partes ante el MTEySS, el SICAM, el SECLO y los Juzgados del Trabajo.

Identificación completa de las partes: Nombre completo y DNI (RENAPER) del empleador; nombre completo, DNI y CUIL (ANSES) del trabajador o trabajadora. El CUIL del personal doméstico es emitido por ANSES y tiene formato XX-XXXXXXXX-X. El empleador persona humana no requiere CUIT si es contribuyente bajo el SICAM con su CUIL personal; si es empleador responsable inscripto en IVA, deberá usar su CUIT.

Categoría laboral conforme a la CNTCP: La Ley 26.844 y las resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) establecen las siguientes categorías: (1) Personal sin retiro — cama adentro; (2) Personal con retiro — cuidado de personas; (3) Personal con retiro — limpieza y mantenimiento; (4) Caseros/cuidadores de propiedades. Indicar la categoría correcta es fundamental para aplicar la escala salarial vigente y determinar los beneficios propios de la modalidad.

Domicilio del empleador donde se prestarán servicios: Dirección completa de la residencia o residencias del empleador donde el trabajador prestará tareas. Si el empleador tiene más de una residencia (casa en ciudad y casa de fin de semana), debe especificarse si el trabajador prestará servicios en ambas y en qué días.

Jornada de trabajo y días de descanso: Para personal con retiro, la jornada no puede exceder de 8 horas diarias ni 48 horas semanales. Para personal sin retiro, la jornada máxima es de 8 horas diarias o 48 semanales más 3 horas de tiempo propio no computables. El trabajador tiene derecho al descanso dominical bajo el art. 25 de la Ley 26.844. Los descansos y francos deben especificarse con detalle.

Remuneración mensual: El salario no puede ser inferior al mínimo fijado por la CNTCP para la categoría del trabajador. El pago debe efectuarse mensualmente para el personal mensualizado, o según la jornada para el personal que cobra por hora. El empleador debe emitir recibos de sueldo bajo el art. 139 de la LCT, aplicable supletoriamente por el art. 3 de la Ley 26.844.

Beneficios obligatorios: SAC (aguinaldo semestral bajo la Ley 23.041), vacaciones proporcionales (mínimo 14 días corridos por año hasta 5 años de antigüedad, conforme art. 30 Ley 26.844), licencias por enfermedad (arts. 36–39 Ley 26.844), licencia por maternidad de 90 días (arts. 40–44 Ley 26.844), y licencias especiales por fallecimiento, casamiento o nacimiento (art. 35 Ley 26.844). Toda renuncia a estos beneficios es nula.

Obligaciones previsionales del empleador: El empleador debe inscribirse en el SICAM (Sistema Integrado de Casas Particulares, Ley 25.239 art. 21 y concordantes) y pagar mensualmente las contribuciones patronales para obra social, ART, SIPA y cuota sindical, conforme a los montos fijos que publica la AFIP-ARCA periódicamente para cada categoría horaria.

forms-legal.com pone a disposición este modelo de Contrato de Trabajo Doméstico para facilitar la formalización de la relación laboral conforme a la Ley 26.844. Se recomienda consultar con la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) o con un abogado laboralista para verificar las escalas salariales vigentes al momento de la firma. Documentos relacionados: ar-carta-documento-despido-causa y ar-acuerdo-pago-deuda-laboral.

Cómo completar tu Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

Para completar correctamente el Contrato de Trabajo Doméstico conforme a la Ley N.º 26.844 y el Decreto N.º 467/2014, seguí los siguientes pasos.

Paso 1 — Datos del empleador: Ingresá tu nombre completo exactamente como figura en tu DNI y tu CUIL (emitido por ANSES). Si sos más de un empleador conviviente en el hogar (matrimonio o pareja), el contrato puede firmarlo cualquiera de los dos como responsable ante el SICAM, o ambos en forma solidaria. El domicilio del empleador es el de la residencia donde el trabajador prestará servicios.

Paso 2 — Datos del trabajador: Completá nombre y apellido del trabajador según su DNI, el número de DNI, y el CUIL. Si el trabajador aún no tiene CUIL, puede tramitarlo en ANSES de manera gratuita antes de comenzar a trabajar. Verificá que los datos coincidan con el alta en el SICAM (Sistema Integrado de Casas Particulares, accesible desde afip.gob.ar).

Paso 3 — Categoría laboral: Seleccioná la categoría que corresponde según el tipo de tareas y la modalidad de prestación (con o sin retiro). La categoría determina el salario mínimo que debe abonarse según la tabla vigente de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), actualizada periódicamente por resolución publicada en el Boletín Oficial. Consultá la tabla vigente en el sitio del MTEySS antes de completar el contrato.

Paso 4 — Jornada y días de trabajo: Especificá los días de la semana en que el trabajador prestará servicios (ej. Lunes, Miércoles y Viernes) y el horario de cada día (ej. de 08:00 a 16:00 hs). Para personal sin retiro, consigná el horario de inicio y fin de la jornada de trabajo, y las horas de descanso nocturno (mínimo 9 horas continuas según art. 26 Ley 26.844).

Paso 5 — Remuneración: Indicá el salario mensual bruto en ARS, verificando que no sea inferior al mínimo de la CNTCP para la categoría. Consigná la fecha de pago (ej. último día hábil de cada mes). Si el empleador provee alimentación o alojamiento al personal sin retiro, el valor de esas prestaciones en especie puede computarse como parte de la remuneración hasta el porcentaje que fija la CNTCP.

Paso 6 — Prestaciones en especie para personal sin retiro: Si el trabajador es cama adentro, describí la habitación que se le asigna (ubicación en el domicilio, amoblado, condiciones de higiene y privacidad) y si el empleador proveerá alimentación (desayuno, almuerzo, merienda, cena) o sólo alojamiento. Estas condiciones no pueden ser inferiores a los estándares de dignidad establecidos por el art. 26 de la Ley 26.844.

Paso 7 — Alta en el SICAM: Antes del primer día de trabajo, el empleador debe dar el alta del trabajador en el Sistema Integrado de Casas Particulares (SICAM) a través del portal de AFIP-ARCA (afip.gob.ar). El alta determina la categoría, el salario declarado, y genera el cupón de pago mensual de las contribuciones para obra social, ART, SIPA y seguro de vida obligatorio.

Paso 8 — Firma del contrato: El empleador y el trabajador deben firmar el contrato en dos ejemplares originales. El trabajador tiene derecho a conservar su copia. Para mayor seguridad, podés certificar las firmas ante Escribano Público o mediante firma digital bajo la Ley N.º 25.506.

Errores comunes a evitar en tu Contrato de Trabajo Doméstico — Argentina

Al contratar personal de casas particulares en Argentina, los empleadores domésticos incurren frecuentemente en los siguientes errores con consecuencias legales y económicas relevantes.

No dar el alta en el SICAM antes del inicio del trabajo: Comenzar la relación laboral sin registrar al trabajador en el Sistema Integrado de Casas Particulares activa la presunción de trabajo no registrado y las multas de los artículos 8 a 11 de la Ley 24.013. Retroactivamente, el empleador deberá abonar los aportes y contribuciones de todos los meses no registrados, con intereses y recargos de la AFIP-ARCA.

Abonar un salario inferior al mínimo de la CNTCP: Muchos empleadores desconocen que los salarios mínimos del personal doméstico se actualizan cada pocos meses por resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Pagar un salario desactualizado genera diferencias salariales retroactivas que el trabajador puede reclamar ante el SECLO con intereses a tasa activa del Banco Nación Argentina.

No pagar el SAC (aguinaldo) ni las vacaciones proporcionales: El personal doméstico tiene derecho al Sueldo Anual Complementario (SAC) en dos cuotas anuales (30 de junio y 31 de diciembre) y a vacaciones proporcionales desde el primer año completo de antigüedad. El incumplimiento de estas prestaciones es una infracción laboral grave y genera reclamaciones que incluyen el período completo no abonado más intereses.

Confundir al personal doméstico eventual con personal regular: Llamar 'eventual' o 'por hora' a una trabajadora que concurre regularmente todas las semanas no la excluye de la Ley 26.844. La regularidad —aunque sea un solo día por semana— activa el régimen completo, incluyendo el derecho a indemnización por despido, SAC, vacaciones y obra social.

No entregar recibo de sueldo mensual: El artículo 3 de la Ley 26.844 aplica supletoriamente el art. 139 de la LCT: el empleador debe entregar un recibo de sueldo por cada pago. Sin recibo, el trabajador puede reclamar el pago íntegro del período aunque el empleador pueda probar el depósito bancario, ya que el recibo es el instrumento de extinción de la deuda salarial.

No respetar los descansos del personal sin retiro: Para el personal cama adentro, la falta de descanso nocturno de 9 horas continuas y de 3 horas de tiempo personal durante el día puede fundar un despido indirecto del trabajador bajo el art. 26 de la Ley 26.844 y el art. 246 de la LCT aplicado supletoriamente. El empleador que no respeta los descansos queda expuesto a la indemnización plena del art. 48 de la Ley 26.844.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. art. 9 LCTAR official
  2. art. 8 LCTAR official
  3. art. 12 LCTAR official
  4. art. 139 de la LCTAR official
  5. art. 23 de la LCTAR official
  6. art. 246 de la LCTAR official
  7. Ley 26.844AR official
  8. Ley 26.994AR official
  9. Ley 24.635AR official
  10. Ley 23.041AR official
  11. Ley 25.239AR official
  12. Ley 23.660AR official
  13. Ley 24.557AR official
  14. Ley 24.013AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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