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Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

ACUERDO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA

CCyC Art. 1479 (Ley 26.994) — Ley 11.723 — Ley 17.648 (SADAIC) — Ley 23.187 (AADI-CAPIF)

PRIMERA — PARTES

ARTISTA / MÚSICO:

Nombre Legal: [Artista Nombre]

Nombre Artístico: [Artista Nombre Artistico]

DNI / CUIT / CUIL: [Artista D N I C U I T]

Domicilio Real: [Artista Domicilio]

Condición ante AFIP: [Artista Condicion Afip]

Registrado en SADAIC: [Artista S A D A I C] | Registrado en AADI-CAPIF: [Artista A A D I]

REPRESENTANTE ARTÍSTICO:

Nombre / Razón Social: [Representante Nombre]

CUIT: [Representante C U I T]

Titular / Rep. Legal: [Representante Representante Legal]

Domicilio Legal: [Representante Domicilio]

Las Partes celebran el presente Acuerdo de Representación Artística conforme al artículo 1479 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, la Ley 17.648 (SADAIC) y la Ley 23.187 (AADI-CAPIF), sin que entre ellas medie relación de dependencia laboral alguna bajo la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744.

SEGUNDA — ALCANCE DE LA REPRESENTACIÓN

Servicios incluidos:

[Servicios Representacion]

Territorio: [Territorio Representacion]

Exclusividad en el territorio: [Exclusividad]

Facultad de firma de contratos en nombre del artista: [Facultad Firmar]

Para los servicios de gestión ante SADAIC (Lavalle 1547, CABA) y AADI-CAPIF (Cangallo 1516, CABA), el Artista otorgará al Representante el poder notarial específico requerido por cada entidad si así lo acuerdan las Partes.

TERCERA — COMISIONES DEL REPRESENTANTE

• Shows en vivo: [Comision Shows]% del cachet bruto efectivamente cobrado

• Royalties discográficos: [Comision Contratos Disco]% de los royalties efectivamente cobrados del sello

• Endorsements y contratos de imagen: [Comision Endorsements]% del fee bruto efectivamente cobrado

• Royalties de streaming y SADAIC (si aplica): [Comision Streaming Porcentaje]% de los importes efectivamente cobrados

Todas las comisiones se calculan sobre ingresos efectivamente cobrados por el Artista o por el Representante en su nombre. El Representante rendirá cuentas al Artista con frecuencia: [Rendicion Cuentas Frecuencia], con detalle de contratos gestionados, fondos recibidos y comisiones retenidas.

El Representante emitirá factura electrónica ante AFIP (ARCA) por cada comisión devengada, conforme a la RG AFIP 4291/2018 y su condición tributaria ante AFIP.

CUARTA — PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE AUTOR

El presente Acuerdo no implica cesión alguna de los derechos de autor del Artista sobre sus obras musicales, interpretaciones o fonogramas. Los derechos morales y patrimoniales del Artista bajo la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual se mantienen íntegramente en cabeza del Artista. El Representante solo actúa como intermediario comercial en la gestión de contratos; cualquier cesión o licencia de derechos de autor o de imagen requiere instrumento separado y firma directa del Artista.

QUINTA — VIGENCIA, COLA POST-EXTINCIÓN Y RESCISIÓN

Plazo inicial: [Plazo Vigencia Anios] año(s) desde la fecha de celebración.

Preaviso para rescisión unilateral: [Preaviso Rescision Dias] días corridos.

Cola post-extinción: Durante los [Cola Post Extincion Meses] meses siguientes a la extinción del presente Acuerdo, el Representante tendrá derecho a percibir sus comisiones sobre los contratos celebrados durante la vigencia del Acuerdo que se ejecuten o generen ingresos dentro de ese período (shows ya pactados, royalties en curso, contratos plurianuales con sellos). Transcurrido ese plazo, el Representante no tendrá derecho a nuevas comisiones.

SEXTA — MEDIACIÓN Y JURISDICCIÓN

Toda controversia derivada del presente Acuerdo será sometida previamente a mediación prejudicial obligatoria conforme a la Ley 26.589. Agotada esa instancia sin acuerdo, las Partes se someten a la competencia de los Juzgados Nacionales en lo Civil y Comercial de [Ciudad Celebracion], renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

FIRMAS

En [Ciudad Celebracion], a los [Fecha Celebracion], las Partes firman dos (2) ejemplares originales del presente Acuerdo, de igual tenor y a un solo efecto.

ARTISTA / MÚSICO:

[Artista Nombre] ([Artista Nombre Artistico])

Firma: _________________________

REPRESENTANTE ARTÍSTICO:

[Representante Nombre]

Representado/a por: [Representante Representante Legal]

Firma: _________________________

Artista / Músico

________________

Signature

Representante Artístico

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

El Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Art. 1479 (Ley 26.994); Ley 11.723 de Propiedad Intelectual; Ley 17.648 (SADAIC); Ley 23.187 (derechos conexos); Ley 12.908 (Estatuto del Periodista — ref. AADI).

La industria musical y artística argentina está vertebrada por un conjunto de organismos de gestión colectiva que administran los derechos de autor y derechos conexos de sus miembros. La Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), creada por la Ley 17.648 y autorizada para la recaudación y distribución de los derechos de autor musicales, gestiona las regalías de ejecución pública, radiodifusión y streaming de obras musicales en Argentina. La Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF), que operan en forma conjunta como AADI-CAPIF conforme a la Ley 23.187, gestionan los derechos conexos de los artistas intérpretes y ejecutantes (AIE) sobre sus fonogramas —la remuneración por la ejecución pública y radiodifusión de grabaciones ya publicadas, diferente del derecho de autor de SADAIC.

La Ley 11.723 de Propiedad Intelectual, en su artículo 56 y concordantes, reconoce los derechos morales y patrimoniales del artista sobre sus interpretaciones, mientras que los artículos 17 a 36 regulan los contratos de edición y los acuerdos de cesión de derechos. Los contratos entre artistas y sellos discográficos, plataformas de streaming como Spotify Argentina y Apple Music, y promotores de espectáculos deben contemplar la Ley 11.723 para definir quién es el titular de los masters (grabaciones fonográficas), los derechos de sincronización para publicidades y películas, y los derechos de distribución digital.

En el mercado argentino del entretenimiento también operan organismos gremiales específicos: la Asociación Argentina de Actores (AAA), la Asociación Argentina de Músicos (AMRA), el Sindicato Argentino de Músicos (SADEM) y la Sociedad Argentina de Artistas Plásticos (SAAP). Los artistas y músicos registrados en estos gremios tienen derechos específicos sobre las condiciones mínimas de contratación, cachet mínimo, viáticos y condiciones de trabajo en espectáculos en vivo, regulados por los convenios colectivos de trabajo firmados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

El Acuerdo de Representación es el documento central que regula la relación entre el artista o músico y su mánager o representante artístico: el territorio de representación (Argentina, Latinoamérica, mundial), el alcance de los servicios del representante (booking de shows, negociación de contratos discográficos, gestión de endorsements, presencia en redes sociales), la comisión del representante sobre cada tipo de ingreso, y las condiciones de exclusividad y plazo del acuerdo. Sin un contrato escrito, los conflictos entre artistas y sus ex representantes generan frecuentes litigios ante los Juzgados Nacionales en lo Civil y Comercial de Buenos Aires.

Cuándo necesitas Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

El Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos en Argentina resulta necesario en todas las etapas de la carrera artística, desde los primeros pasos en el circuito independiente hasta la proyección internacional.

Artistas emergentes que contratan su primer representante o mánager: Músicos, bandas y artistas plásticos que comienzan a trabajar con un representante o booking agent para gestionar sus primeras contrataciones en festivales, teatros o pubs necesitan el contrato para delimitar las facultades del representante, el porcentaje de comisión sobre cada tipo de contrato, y el plazo del acuerdo. Sin contrato, el representante puede reclamar comisiones sobre contratos que el artista negoció de forma independiente, y el artista puede quedar atrapado en un vínculo sin mecanismo de salida.

Negociación de contratos con sellos discográficos: Cuando un sello discográfico argentino —como Mandioca, Sony Music Argentina, Universal Music Argentina, Warner Music Argentina o un sello independiente— ofrece un contrato de grabación o distribución a un artista, el representante artístico actúa como interlocutor y negociador. El Acuerdo de Representación debe delimitar las facultades del representante para firmar contratos en nombre del artista o solo para negociarlos con aprobación posterior del artista.

Expansión a mercados internacionales: Artistas y músicos argentinos que quieren desarrollar carreras en México, España, Brasil o el mercado anglosajón necesitan un representante con presencia en esos mercados. El contrato debe definir el territorio de representación, si el representante argentino puede sub-representar o ceder la representación en el exterior, y cómo se distribuyen las comisiones cuando intervienen múltiples representantes.

Gestión de derechos en plataformas de streaming: Con el crecimiento de Spotify, Apple Music, YouTube Music y otras plataformas de distribución digital, los artistas argentinos generan royalties de streaming que se acumulan ante SADAIC y los distribuidores digitales (DistroKid, TuneCore, CD Baby). El representante puede actuar como gestor de los cobros ante estas plataformas, lo que requiere poderes específicos y un régimen claro de rendición de cuentas.

Endorsements y contratos de publicidad: Cuando marcas o empresas contratan a un artista para campañas publicitarias, uso de imagen o endorsements de productos, el representante negocia estos contratos. El Acuerdo de Representación debe regular específicamente el tratamiento de los contratos de imagen, que involucran también el derecho a la propia imagen del artista (Art. 53 CCyC) y pueden generar ingresos significativos independientes de los ingresos musicales.

Qué incluir en tu Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

Un Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos válido y ejecutable en Argentina bajo el CCyC Art. 1479 y la Ley 11.723 debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las partes y naturaleza autónoma del vínculo: Datos completos del artista o músico (nombre completo o nombre artístico registrado, DNI emitido por RENAPER, CUIT o CUIL, domicilio real) y del representante artístico (nombre o razón social, CUIT, domicilio legal). Declaración expresa de que el vínculo entre las partes es el de un contrato de agencia comercial autónomo conforme al CCyC Art. 1479, sin relación de dependencia laboral bajo la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, y que el artista no es empleado del representante ni viceversa.

Alcance de la representación y servicios incluidos: Descripción detallada de los servicios que prestará el representante: gestión de booking y contratación de shows (teatros, festivales, bares, eventos corporativos); negociación de contratos discográficos con sellos; gestión de licencias de sincronización de obras musicales para publicidades, películas o series de televisión; negociación de endorsements y contratos de imagen; administración de presencia en redes sociales (Instagram, TikTok, YouTube, Spotify Argentina); relaciones con medios de comunicación (Infobae, La Nación, Rolling Stone Argentina, Canal Encuentro).

Territorio de representación: Ámbito geográfico en que el representante está autorizado a actuar en nombre del artista: solo Argentina, toda Latinoamérica, o sin límite territorial. Para el mercado de streaming, el territorio digital es por naturaleza global, lo que debe aclararse en el contrato.

Comisión del representante: Porcentaje sobre los ingresos brutos o netos que corresponde al representante por cada categoría de contrato: shows en vivo (generalmente 10-20% del cachet bruto); contratos discográficos (10-20% de los royalties recibidos); licencias de sincronización (10-20% del fee); endorsements (15-25% del fee); royalties de streaming y SADAIC (puede o no estar incluido en la comisión, según el alcance del acuerdo). La comisión debe calcularse sobre ingresos efectivamente cobrados, no sobre ingresos devengados.

Facultades del representante y límites de apoderamiento: Claridad sobre si el representante puede firmar contratos en nombre del artista mediante poder notarial ante el Colegio de Escribanos de la CABA o provincia, o si únicamente negocia y el artista firma directamente. Para contratos de cesión de derechos de autor (Ley 11.723 Art. 53), la firma del artista siempre es necesaria; no puede delegarse en el representante salvo poder especial ante escribano.

Derechos ante SADAIC y AADI-CAPIF: Aclarar si el representante tiene o no mandato para gestionar los cobros del artista ante SADAIC (regalías de autor) y ante AADI-CAPIF (derechos conexos de intérprete). Estas entidades —SADAIC con sede en Lavalle 1547, CABA, y AADI-CAPIF con sede en Cangallo 1516, CABA— tienen sus propios requisitos de representación y poderes para la gestión en nombre de los socios. Forms-legal.com ofrece este modelo como herramienta de referencia; para contratos con sellos multinacionales o con implicancias sobre derechos internacionales ante CISAC o IFPI, recomendamos asesoramiento de un abogado especializado en derecho del entretenimiento del CPACF.

Exclusividad: Si el representante tiene exclusividad para representar al artista en los servicios y territorio acordados, o si el artista puede contratar otros representantes para territorios o tipos de contrato no cubiertos por el presente acuerdo.

Vigencia, renovación y rescisión: Plazo inicial (habitualmente 1 a 3 años), condiciones de renovación automática o por acuerdo, y preaviso mínimo para rescisión unilateral (normalmente 60 a 90 días). Cola post-extinción: el derecho del representante a percibir comisiones sobre contratos celebrados durante la vigencia pero ejecutados después de la extinción del acuerdo (análogo al Art. 1486 CCyC para los contratos de agencia).

Cómo completar tu Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

Para completar el Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos en Argentina, tené a mano tu documentación de identidad, tus registros ante SADAIC y AADI-CAPIF, y la propuesta del representante.

Paso 1 — Datos del artista o músico: Ingresá tu nombre completo (o nombre artístico registrado ante SADAIC o AADI-CAPIF), DNI emitido por RENAPER, CUIT o CUIL, y domicilio real. Si sos integrante de una banda o grupo, el acuerdo puede celebrarse a nombre de todos los integrantes o de la entidad legal que representa al grupo (asociación civil, SAS, etc.).

Paso 2 — Datos del representante: Ingresá el nombre o razón social, CUIT y domicilio del representante. Si es una empresa de management o booking agency, verificá su inscripción ante AFIP y su habilitación para facturar servicios de representación artística.

Paso 3 — Alcance de los servicios: Seleccioná y describí con precisión qué servicios incluye el acuerdo. La vaguedad en el alcance de la representación es la principal causa de conflictos: si el representante solo gestiona shows en vivo, aclararlo expresamente para que no reclame comisión sobre contratos discográficos o de streaming.

Paso 4 — Territorio: Definí el territorio con claridad. Si el representante solo gestiona Argentina, especificarlo. Si cubre toda Latinoamérica, indicarlo. Para representación internacional, evaluá si es conveniente tener representantes locales en cada mercado o un representante global.

Paso 5 — Comisiones: Acordá el porcentaje de comisión para cada categoría de ingreso. Pactá que la comisión se calcula sobre ingresos efectivamente cobrados y que el representante debe rendir cuentas mensualmente con detalle de contratos gestionados y montos recibidos.

Paso 6 — Facultades de firma: Definí con claridad si el representante puede firmar contratos en tu nombre o solo negociarlos. Para contratos de cesión de derechos de autor o de imagen, firmá siempre vos.

Paso 7 — SADAIC y AADI-CAPIF: Indicá si el representante tiene mandato para gestionar cobros ante SADAIC y AADI-CAPIF, o si esos cobros quedan en tu administración directa.

Paso 8 — Vigencia y salida: Pactá un plazo razonable (1 a 2 años para artistas emergentes) con opción de renovación. Establecé las condiciones de salida: preaviso de 60 a 90 días y el alcance de la cola post-extinción para contratos en ejecución.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Representación de Artistas y Músicos Argentina

Los errores más frecuentes en los Acuerdos de Representación de Artistas y Músicos en Argentina generan conflictos sobre el alcance de la comisión, la propiedad de los masters y las condiciones de salida del contrato.

No delimitar el alcance de la comisión del representante: Un contrato que dice «el representante cobrará el 20% sobre todos los ingresos del artista» sin especificar qué tipos de ingresos y en qué territorio genera conflictos cuando el artista cobra royalties de SADAIC, vende merchandising por su cuenta, o hace un show organizado sin intervención del representante. Siempre listá cada fuente de ingreso y el porcentaje aplicable a cada una.

Ceder los derechos sobre los masters al representante o al sello sin límite temporal: Muchos artistas argentinos pierden el control sobre sus grabaciones fonográficas (masters) al firmar contratos con sellos o representantes que incluyen cesiones de derechos amplias bajo la Ley 11.723 sin límite temporal. Una cesión de derechos sobre los masters sin plazo ni condición de reversión deja al artista sin posibilidad de recuperar el control de su obra. El contrato debe establecer la reversión de los masters al artista al finalizar el plazo del contrato o si el sello/representante incumple las obligaciones de comercialización.

Omitir la cola post-extinción: Cuando el contrato de representación termina, el representante puede seguir teniendo derecho a comisiones sobre contratos celebrados durante la vigencia pero que se ejecutan después (shows programados con meses de anticipación, royalties en curso de pago, contratos plurianuales con sellos). El contrato debe regular esta «cola» con precisión: durante cuánto tiempo, sobre qué contratos, y en qué porcentaje.

No regular quién factura a los contratantes: En el mercado artístico argentino, puede facturar el artista directamente al organizador del espectáculo, o puede facturar el representante y luego liquidar al artista neto de comisión. La falta de claridad sobre quién emite la factura electrónica ante AFIP genera problemas tributarios: el contratante puede deducir el gasto de Ganancias sólo con factura válida del prestador del servicio (el artista), no del representante.

No inscribir el nombre artístico ante INPI: Los artistas que operan bajo un nombre artístico diferente a su nombre legal (ej. «La Beriso», «Abel Pintos», «Nicki Nicole») deben considerar registrar ese nombre como marca ante el INPI bajo la Ley 22.362 para protegerlo frente a terceros que puedan usarlo comercialmente. Sin registro marcario, el nombre artístico carece de protección específica ante el INPI, aunque puede tener protección por el derecho de identidad personal del CCyC Art. 52.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 11.723AR official
  3. Ley 17.648AR official
  4. Ley 23.187AR official
  5. Ley 12.908AR official
  6. Ley 20.628AR official
  7. Ley 23.349AR official
  8. Ley 22.362AR official

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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