Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
ADDENDUM DE EXTENSIÓN DE PLAZO CONTRACTUAL
CCyC Art. 957 (Ley 26.994) — Prórroga de Contrato Original
PRIMERA — PARTES
PARTE A:
Nombre / Razón Social: [Parte A Nombre]
CUIT: [Parte A C U I T]
Representado/a por: [Parte A Representante]
Domicilio Legal: [Parte A Domicilio]
PARTE B:
Nombre / Razón Social: [Parte B Nombre]
CUIT: [Parte B C U I T]
Representado/a por: [Parte B Representante]
Domicilio Legal: [Parte B Domicilio]
SEGUNDA — ANTECEDENTES
Las Partes celebraron con fecha [Fecha Contrato Original] un [Tipo Contrato] (en adelante «el Contrato Original»), cuyo objeto es: [Objeto Contrato]
El plazo original pactado fue: [Plazo Original]
Las Partes acuerdan extender el plazo de vigencia del Contrato Original en los términos del presente Addendum, de conformidad con el artículo 957 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994).
TERCERA — EXTENSIÓN DEL PLAZO
Las Partes acuerdan extender el plazo de vigencia del Contrato Original hasta el día [Nueva Fecha Vencimiento], inclusive.
Motivo de la extensión: [Motivo Extension]
CUARTA — CONDICIONES VIGENTES
Todas las cláusulas y condiciones del Contrato Original —objeto, precio o remuneración, obligaciones de cada parte, confidencialidad, propiedad intelectual, resolución de disputas— se mantienen vigentes e inalteradas durante el período de extensión, con la siguiente excepción:
Modificaciones adicionales: [Detalle Modificaciones]
QUINTA — IMPUESTO DE SELLOS
Respecto al Impuesto de Sellos: [Impuesto Sellos]. El impuesto, si correspondiera, será abonado conforme a la normativa fiscal de la jurisdicción aplicable dentro del plazo legal desde la celebración de este Addendum.
SEXTA — MEDIACIÓN Y JURISDICCIÓN
Toda controversia derivada del presente Addendum o del Contrato Original será sometida previamente a mediación prejudicial obligatoria conforme a la Ley 26.589. Agotada esa instancia sin acuerdo, las Partes se someten a la competencia de los Juzgados Nacionales en lo Comercial de [Ciudad Celebracion], renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
FIRMAS
En [Ciudad Celebracion], a los [Fecha Celebracion], las Partes firman dos (2) ejemplares originales del presente Addendum, de igual tenor y a un solo efecto, que se integra al Contrato Original como documento complementario.
PARTE A: [Parte A Nombre]
Representado/a por: [Parte A Representante]
Firma: _________________________
PARTE B: [Parte B Nombre]
Representado/a por: [Parte B Representante]
Firma: _________________________
Parte A
________________
Signature
Parte B
________________
Signature
Qué es Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
El Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a CCyC Art. 957 y Art. 1091 (Ley 26.994); CCyC Art. 1198 (locación); CCyC Art. 1255 (locación de servicios).
La extensión del plazo contractual es una modificación convencional del contrato original que, conforme al CCyC Art. 1014, requiere el acuerdo libre y expreso de ambas partes. No basta con el silencio de una parte ni con actos de ejecución que puedan interpretarse como prórroga tácita —aunque en algunos contratos, como la locación de cosas inmuebles, el CCyC Art. 1218 establece la continuación del contrato a plazo indeterminado cuando el locatario continúa en la tenencia con el consentimiento del locador. En los contratos de empresa, la extensión documentada evita conflictos sobre si el vínculo contractual sigue vigente o no.
El Acuerdo de Extensión de Plazo es aplicable a una amplia variedad de contratos regulados por el CCyC: la locación de cosas inmuebles (Arts. 1187-1226 CCyC), la locación de servicios y locación de obra (Arts. 1251-1279 CCyC), el contrato de suministro (Arts. 1176-1186 CCyC), el contrato de agencia (Arts. 1479-1501 CCyC), el contrato de franquicia (Arts. 1512-1524 CCyC), el contrato de obra pública (Ley 13.064 y normativa provincial complementaria), y los contratos de consultoría y asesoría profesional celebrados entre empresas.
Desde la perspectiva registral, si el contrato original estaba inscripto en un registro público —como las locaciones de inmuebles ante el Registro Nacional de Contratos de Locación o ante los organismos impositivos para la deducción de alquileres, o los contratos de obra ante la Dirección Provincial de Obras y Servicios Públicos— el addendum de extensión debe también inscribirse o comunicarse al organismo correspondiente para mantener la vigencia de los efectos registrales. Para contratos laborales regidos por la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, la extensión del plazo de un contrato a término (Art. 90 LCT) tiene consecuencias específicas sobre la presunción de indeterminación del plazo y debe manejarse con asesoramiento del área de RRHH.
En el plano tributario, si el contrato original generaba obligaciones fiscales periódicas —IVA, Ingresos Brutos, Sellos— la extensión del plazo puede renovar o generar nuevas obligaciones ante AFIP (ARCA) y las administraciones tributarias provinciales (AGIP, ARBA, DGR de Córdoba, etc.). En particular, el Impuesto de Sellos —aplicable en CABA bajo el Código Fiscal de CABA y en las provincias con normativa propia— puede gravar el addendum de extensión como un nuevo acto contractual imponible si la extensión es onerosa.
Cuándo necesitas Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
El Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual en Argentina resulta necesario en todos los casos en que las partes de un contrato vigente necesitan continuar la relación contractual más allá del plazo originalmente pactado, sin renegociar las condiciones esenciales del acuerdo.
Contratos de servicios profesionales con vencimiento inminente: Estudios contables, consultoras tecnológicas, agencias de publicidad y firmas de abogados que tienen contratos anuales a punto de vencer necesitan el addendum de extensión para continuar prestando servicios sin interrupciones en la facturación ni en la relación comercial. Sin la prórroga documentada, el proveedor puede verse obligado a emitir nuevas facturas electrónicas sin respaldo contractual vigente, lo que genera incertidumbre ante AFIP y ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
Contratos de locación de inmuebles comerciales: Cuando el plazo original de una locación de local comercial (mínimo 3 años según CCyC Art. 1198) está próximo a vencer y las partes quieren continuar sin renegociar el alquiler o sin necesidad de tramitar un nuevo contrato ante el Registro Nacional de Contratos de Locación, el addendum de extensión formaliza la prórroga por plazo determinado adicional.
Contratos de obra o construcción con demoras justificadas: En proyectos de ingeniería, construcción y reforma de inmuebles, es habitual que razones técnicas, climáticas, de abastecimiento de materiales o de fuerza mayor —como las restricciones de importación de insumos que afectan periódicamente a la industria de la construcción argentina— impidan concluir la obra en el plazo original. El addendum de extensión documentado por ambas partes evita que el comitente invoque el incumplimiento del contratista ante los Juzgados Nacionales en lo Comercial.
Contratos de suministro con renovación negociada: Empresas que tienen contratos de suministro de materias primas, insumos o energía con vencimiento próximo y están negociando las condiciones del nuevo período necesitan el addendum de extensión para cubrir el período puente entre el vencimiento del contrato anterior y la firma del nuevo acuerdo, manteniendo las condiciones de precio y entrega vigentes.
Contratos de agencia, distribución y franquicia con revisión pendiente: El CCyC Arts. 1479-1524 regula los contratos de agencia, concesión, distribución y franquicia, que habitualmente tienen plazos de vigencia de 1 a 5 años. Cuando el plazo vence mientras las partes están renegociando las condiciones para el próximo período, el addendum de extensión por 3 a 6 meses permite continuar la relación sin vacíos contractuales ni riesgo de indemnizaciones por ruptura intempestiva (CCyC Art. 1492 para la agencia).
Qué incluir en tu Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
Un Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual válido y ejecutable en Argentina bajo el CCyC (Ley 26.994) Art. 957 debe contener los siguientes elementos esenciales.
Identificación de las partes y del contrato original: Datos completos de ambas partes (nombre o razón social, CUIT formato XX-XXXXXXXX-X, domicilio legal, representante legal con DNI) y referencia precisa al contrato que se prorroga: tipo de contrato, fecha de celebración original, número de expediente o identificador interno si lo tiene, objeto del contrato y plazo original pactado. Si el contrato original fue instrumentado por escritura pública ante escribano del Colegio de Escribanos de la CABA o de la provincia, indicar el número de protocolo notarial.
Nuevo plazo de extensión: Expresar con claridad el nuevo plazo de vigencia del contrato: fecha de inicio de la extensión (que coincide con el vencimiento del plazo original) y fecha de vencimiento del nuevo plazo extendido, en formato DD/MM/AAAA. Especificar si el nuevo plazo es el único adicional o si el addendum puede prorrogarse nuevamente mediante notificación antes de su vencimiento.
Condiciones que se mantienen inalteradas: Declaración expresa de que todas las demás cláusulas y condiciones del contrato original —precio o remuneración, objeto, obligaciones de cada parte, confidencialidad, propiedad intelectual, resolución de disputas— se mantienen vigentes sin modificación durante el período de extensión. Si alguna condición se actualiza junto con la extensión (por ejemplo, el precio con ajuste por IPC-INDEC), esa modificación debe detallarse en el mismo addendum.
Actualización de precio o remuneración (si aplica): Si las partes acuerdan actualizar el precio del contrato junto con la extensión del plazo, indicar el nuevo monto en ARS y el mecanismo de ajuste futuro (IPC-INDEC publicado por el INDEC, índices sectoriales de la Cámara Argentina de la Construcción, ICL del BCRA para locaciones, etc.).
Razón de la extensión (opcional pero recomendable): Documentar el motivo de la extensión —demora en el cumplimiento de hitos contractuales, necesidad operativa de las partes, negociación de nuevo contrato en curso— es útil para demostrar buena fe ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial si surgiera una disputa sobre la vigencia del contrato o sobre responsabilidades derivadas del período extendido.
Obligaciones tributarias de la extensión: Mencionar si la extensión del contrato genera obligaciones de pago de Impuesto de Sellos conforme al Código Fiscal de CABA (para contratos celebrados en CABA) o a las normativas provinciales aplicables. Forms-legal.com ofrece este modelo como herramienta práctica; la obligación de Sellos varía según el tipo de contrato, la jurisdicción y el monto involucrado.
Firma con igual formalidad que el contrato original: El addendum debe ser firmado con la misma formalidad que el contrato original: si el contrato fue firmado ante escribano público, el addendum también debe serlo; si fue firmado en instrumento privado con certificación notarial de firmas, el addendum debe tener la misma certificación para que sea oponible a terceros y para eventuales inscripciones registrales.
Jurisdicción y mediación: Las mismas cláusulas de resolución de disputas del contrato original aplican al addendum, salvo pacto en contrario. En caso de conflicto sobre la extensión propiamente dicha, las partes deben someterse a mediación prejudicial obligatoria conforme a la Ley 26.589 antes de recurrir a los Juzgados Nacionales en lo Comercial.
Cómo completar tu Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
Para completar el Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual en Argentina, tené a mano una copia del contrato original y los datos fiscales de ambas partes.
Paso 1 — Identificar el contrato original: Ingresá el tipo de contrato (locación de servicios, contrato de obra, contrato de suministro, etc.), la fecha de celebración original y el objeto del contrato tal como figura en el encabezado o cláusula primera del documento original.
Paso 2 — Datos de las partes: Completá nombre o razón social, CUIT y representante legal de cada parte. Verificá que los datos coincidan con los del contrato original para evitar discrepancias que puedan ser invocadas como vicio del addendum.
Paso 3 — Plazo de extensión: Indicá la fecha exacta de inicio de la extensión (día siguiente al vencimiento del plazo original) y la fecha de vencimiento del nuevo período en formato DD/MM/AAAA.
Paso 4 — Condiciones que cambian o se mantienen: Si solo prorrogás el plazo sin cambiar nada más, confirmá que todas las demás condiciones se mantienen. Si también actualizás el precio, indicá el nuevo monto en ARS y el índice de ajuste futuro.
Paso 5 — Motivo de la extensión (opcional): Describí brevemente la razón de la prórroga. Esto es especialmente importante en contratos de obra para documentar que la demora tiene justificación objetiva y no implica incumplimiento del contratista.
Paso 6 — Impuesto de Sellos: Consultá con tu contador si la extensión del plazo genera obligación de pago de Sellos en la jurisdicción del contrato (CABA, Provincia de Buenos Aires, Córdoba, etc.). El Impuesto de Sellos puede gravar el addendum como acto contractual oneroso.
Paso 7 — Firma: Ambas partes deben firmar el addendum con la misma formalidad que el contrato original. Si el original fue instrumentado con certificación notarial de firmas ante escribano del Colegio de Escribanos, el addendum debe serlo también para mantener la misma jerarquía documental.
Requisitos legales para Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
El Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual en Argentina debe cumplir con los requisitos formales establecidos en el CCyC y con las obligaciones fiscales aplicables.
Autonomía de la voluntad y consentimiento libre (CCyC Art. 957): La extensión del plazo es una modificación del contrato que requiere el consentimiento libre, informado y expreso de ambas partes. No puede ser impuesta unilateralmente por ninguna de ellas. Si una parte intimó a la otra al cumplimiento del contrato y la intimada no respondió, ese silencio no equivale a aceptación de la prórroga.
Forma del addendum: El CCyC Art. 1015 establece la libertad de formas para los contratos, salvo que la ley exija una forma especial. Si el contrato original requirió una forma especial —escritura pública para inmuebles (CCyC Art. 1017), inscripción ante organismo público— el addendum debe respetar la misma formalidad para ser plenamente oponible.
Impuesto de Sellos: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código Fiscal de CABA (Ley 541 y sus modificaciones) grava con el Impuesto de Sellos los contratos onerosos celebrados en CABA o con efectos en esa jurisdicción. Las modificaciones contractuales onerosas pueden estar sujetas a Sellos. Las provincias tienen sus propios regímenes de Sellos (Ley Impositiva de Buenos Aires, Código Tributario de Córdoba, etc.). El plazo para abonar Sellos es habitualmente de 15 días hábiles desde la celebración del instrumento.
Registro de contratos de locación ante AFIP: El registro obligatorio de los contratos de locación ante la AFIP que había establecido el Art. 16 de la Ley 27.551 quedó eliminado tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742. Hoy el registro no es obligatorio, aunque puede resultar conveniente para acreditar la locación y deducir el alquiler en el Impuesto a las Ganancias conforme a la normativa de AFIP vigente.
Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Extensión de Plazo Contractual Argentina
Los errores más frecuentes en los Acuerdos de Extensión de Plazo Contractual en Argentina generan conflictos sobre la vigencia del contrato original y las obligaciones durante el período prorrogado.
No identificar con precisión el contrato que se prorroga: Si el addendum hace referencia al contrato original de forma vaga —«el contrato celebrado entre las partes» sin fecha, número o identificador preciso— puede ser impugnado ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial si existe más de un contrato entre las mismas partes. Siempre identificá el contrato original con fecha de celebración, tipo de contrato y objeto.
Dar por prorrogado un contrato vencido: Si el plazo original del contrato ya venció antes de firmar el addendum, la extensión no es jurídicamente una prórroga sino un nuevo contrato. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ha resuelto que no puede prorrogarse un contrato que ya expiró; en ese caso, el addendum vale como nuevo contrato con las condiciones del anterior, pero puede tener consecuencias tributarias distintas (nuevo Impuesto de Sellos, nuevos plazos de vigencia mínima para locaciones, etc.).
Omitir la actualización del precio cuando es necesaria: Extender el plazo de un contrato de servicios profesionales por 12 meses sin actualizar los honorarios, en un contexto de inflación elevada, puede dejar al prestador en una situación económicamente desfavorable. El addendum de extensión es la oportunidad natural para acordar la actualización del precio, con referencia al IPC-INDEC o al arancel del colegio profesional correspondiente.
No conservar documentación de la locación para fines fiscales: El registro obligatorio de las locaciones ante AFIP que establecía la Ley 27.551 quedó eliminado tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742. Aunque el registro ya no es obligatorio, conviene conservar el contrato y su extensión documentados con fecha cierta, porque el locatario puede necesitarlos para deducir el alquiler en su declaración jurada de Ganancias conforme a la normativa de AFIP vigente.
Firmar el addendum sin las mismas formalidades del contrato original: Un contrato de locación de inmuebles comerciales firmado ante escribano público no puede prorrogarse mediante un simple correo electrónico o mensaje de WhatsApp. La extensión debe instrumentarse con la misma formalidad del contrato original para tener plena eficacia jurídica y para ser utilizada como prueba ante los Juzgados Nacionales en lo Comercial o Civiles competentes.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Art. 90 LCTAR official
- Ley 26.994AR official
- Ley 13.064AR official
- Ley 26.589AR official
- Ley 27.551AR official
- Ley 27.742AR official
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}Preguntas Frecuentes
Depende de si las partes quieren solo extender la vigencia del contrato o si también quieren modificar otras condiciones. Si el único cambio es el plazo, un addendum de extensión es suficiente y más eficiente: evita renegociar todas las cláusulas, reduce los costos notariales y tributarios (Impuesto de Sellos), y mantiene la continuidad de la relación contractual documentada. El addendum es un instrumento complementario al contrato original que lo integra sin reemplazarlo. Si las partes quieren también actualizar el precio, cambiar el objeto, modificar las garantías o alterar otras condiciones sustanciales, es más conveniente celebrar un nuevo contrato completo que refiera al anterior como antecedente. El CCyC Art. 957 admite ambas modalidades: modificación parcial mediante addendum o novación contractual mediante nuevo acuerdo.
El CCyC no establece un número máximo de prórrogas para los contratos en general. Las partes pueden prorrogar un contrato tantas veces como lo acuerden libremente, siempre que cada prórroga esté documentada por escrito y sea acordada antes del vencimiento del plazo vigente. Sin embargo, ciertos tipos contractuales tienen restricciones específicas. En la locación de inmuebles destinados a vivienda, el CCyC Art. 1198 establece un plazo mínimo de 3 años; las prórrogas pueden acordarse libremente pero no por plazos inferiores al mínimo legal. En los contratos de agencia (CCyC Art. 1479), el CCyC Art. 1492 establece que cuando el contrato de duración determinada se renueva reiteradamente, puede ser considerado de duración indeterminada, con las consecuentes obligaciones de preaviso para su terminación. Para evitar esta consecuencia no deseada en contratos de agencia y distribución, el abogado de la empresa debe evaluar si múltiples prórrogas sucesivas configuran una conversión del contrato al régimen de duración indeterminada.
Depende del tipo de contrato original. Para locaciones de inmuebles, el registro obligatorio ante AFIP que establecía el Art. 16 de la Ley 27.551 quedó eliminado tras la derogación de la Ley de Alquileres por el DNU 70/2023 y la Ley 27.742, por lo que ni el contrato ni su extensión deben inscribirse obligatoriamente, aunque conviene documentarlos con fecha cierta para fines probatorios y fiscales. Para contratos de obra pública, la prórroga puede requerir aprobación por acto administrativo (resolución o decreto) del organismo comitente conforme a la Ley de Obras Públicas 13.064 y las normativas provinciales equivalentes. Para contratos de suministro del Estado, el Decreto 1023/2001 de Contrataciones del Estado y su reglamentación establecen los requisitos para las ampliaciones de plazo. Para contratos privados entre empresas sin inscripción registral previa, el addendum no requiere inscripción, aunque puede ser conveniente protocolizarlo ante escribano público para darle fecha cierta conforme al CCyC Art. 317.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código Fiscal de CABA grava con el Impuesto de Sellos los instrumentos de contratos onerosos celebrados en esa jurisdicción o con efectos en ella. Una extensión de plazo onerosa —donde las partes siguen pagando y cobrando durante el período extendido— puede estar sujeta al Impuesto de Sellos como acto modificatorio del contrato original. La alícuota varía según el tipo de contrato (locaciones, contratos de obras, cesiones, etc.) y se aplica sobre el monto del período extendido. En la Provincia de Buenos Aires, el Código Fiscal bonaerense tiene normas similares administradas por ARBA. Las extensiones de plazo por causas de fuerza mayor documentadas pueden tener tratamiento diferente. Recomendamos siempre consultar con el contador o escribano antes de firmar el addendum para verificar la obligación de Sellos en la jurisdicción aplicable al contrato.
En el derecho argentino, estos tres términos tienen significados técnicos distintos con consecuencias jurídicas diferentes. La prórroga o extensión de plazo es la continuación del mismo contrato original por un período adicional, sin que se extingan las obligaciones ya nacidas ni se creen nuevas obligaciones distintas; el contrato sigue siendo el mismo, con las mismas cláusulas y las mismas partes, solo se extiende su vigencia temporal. La renovación es la celebración de un nuevo contrato con términos iguales o similares al anterior, que sustituye al contrato vencido; el nuevo contrato tiene su propia fecha, sus propias obligaciones y sus propias consecuencias tributarias (puede generar un nuevo Impuesto de Sellos). La novación contractual (CCyC Arts. 933-941) implica la extinción de la obligación original y la creación de una nueva obligación distinta, ya sea por cambio del objeto, de la causa o de las partes; la novación extingue las garantías y accesorios del contrato original salvo pacto en contrario. Para una simple extensión de plazo sin cambios sustanciales, la prórroga documentada mediante addendum es la figura más eficiente y de menores consecuencias jurídicas y tributarias.
En principio, no: la extensión del plazo contractual requiere el acuerdo de ambas partes conforme al CCyC Art. 957, ya que implica una modificación del contrato original. Sin embargo, existen excepciones donde una parte puede extender unilateralmente ciertos plazos. En los contratos de consumo regidos por la Ley 24.240, el proveedor puede ofrecer una extensión de plazo o de garantía como beneficio al consumidor de forma unilateral. En los contratos de obra pública, el comitente estatal puede otorgar ampliaciones de plazo al contratista cuando la demora se debe a causas ajenas a éste, conforme a la Ley 13.064. En los contratos con cláusula de renovación automática (habitual en suscripciones de software, servicios de cloud computing y contratos de distribución), el contrato se prorroga automáticamente por el silencio de ambas partes salvo notificación de rescisión dentro del plazo de preaviso pactado. Esta renovación automática es válida entre empresas pero está restringida en contratos de consumo por la Ley 24.240 Art. 10 bis, que exige consentimiento expreso del consumidor para cláusulas de renovación automática.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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