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Acuerdo de Cesión de Contrato

Acuerdo de Cesión de Contrato

Encabezado

ACUERDO DE CESIÓN DE CONTRATO

En [Lugar Cesion], el [Fecha Cesion], entre: — [Cedente Nombre], DNI/CUIT [Cedente Dni], con domicilio en [Cedente Domicilio] (en adelante «el Cedente»); — [Cesionario Nombre], DNI/CUIT [Cesionario Dni], con domicilio en [Cesionario Domicilio] (en adelante «el Cesionario»); con la participación de: — [Cedido Nombre], con domicilio en [Cedido Domicilio] (en adelante «el Cedido»); se celebra el presente Acuerdo de Cesión de Contrato conforme a los Arts. 1636 a 1640 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC, Ley 26.994), bajo las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera — Contrato Cedido

PRIMERA — CONTRATO CEDIDO

El Cedente es parte en el siguiente contrato: Tipo: [Tipo Contrato] Descripción: [Descripcion Contrato] Fecha de celebración: [Fecha Contrato Cedido] Contrapartes originales: [Cedente Nombre] y [Cedido Nombre] Al momento de la celebración del presente acuerdo, se encuentran pendientes de cumplimiento las siguientes prestaciones a cargo del Cedente: [Prestaciones Pendientes].

Cláusula Segunda — Cesión de la Posición Contractual

SEGUNDA — CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL

El Cedente transfiere al Cesionario, y el Cesionario acepta, la totalidad de la posición contractual del Cedente en el contrato identificado en la Cláusula Primera, incluyendo todos los derechos a exigir el cumplimiento del Cedido y todas las obligaciones pendientes de cumplimiento a cargo del Cedente descriptas precedentemente. A partir de la fecha de efectividad de la cesión, el Cesionario ocupará el lugar del Cedente en el contrato cedido y podrá ejercer todos los derechos que le correspondían al Cedente.

Cláusula Tercera — Precio de la Cesión

TERCERA — PRECIO DE LA CESIÓN

La presente cesión de contrato es [Tipo Cesion]. El precio acordado es de $[Precio Cesion] (pesos argentinos), que el Cesionario abonará al Cedente de la siguiente manera: [Forma Pago].

Cláusula Cuarta — Consentimiento del Cedido

CUARTA — CONSENTIMIENTO DEL CEDIDO

El consentimiento del Cedido para la presente cesión se obtiene de forma [Consentimiento Cedido], conforme al Art. 1636 del CCyC. [Cedido Nombre] declara conocer y aceptar los términos de la presente cesión, quedando la cesión oponible frente al Cedido desde la fecha de su consentimiento.

Cláusula Quinta — Responsabilidad del Cedente

QUINTA — RESPONSABILIDAD DEL CEDENTE

En relación con la responsabilidad residual del Cedente, las partes acuerdan lo siguiente: liberación del cedente = [Liberacion Cedente]. El Cedente garantiza al Cesionario que el contrato cedido se encuentra vigente, válido, en pleno cumplimiento por parte del Cedente, y que no existen incumplimientos previos del Cedente que puedan ser opuestos por el Cedido al Cesionario conforme al Art. 1639 del CCyC.

Cláusula Sexta — Defensas Oponibles

SEXTA — DEFENSAS OPONIBLES

Conforme al Art. 1639 del CCyC, el Cedido podrá oponer al Cesionario todas las defensas y excepciones derivadas del contrato cedido que hubiera podido oponer al Cedente. El Cedido no podrá oponer al Cesionario las excepciones fundadas en otras relaciones que tenga con el Cedente, salvo las reservadas expresamente al prestar su consentimiento a la presente cesión.

Cláusula Séptima — Jurisdicción

SÉPTIMA — JURISDICCIÓN

Para todos los efectos del presente acuerdo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de [Lugar Cesion], con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. Las controversias se someterán previamente a mediación prejudicial obligatoria conforme a la Ley 26.589.

Firmas

FIRMAS DE CONFORMIDAD

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo de Cesión de Contrato en [Lugar Cesion], el [Fecha Cesion].

Cedente

________________

Signature

Cesionario

________________

Signature

Cedido (consentimiento)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Cesión de Contrato

El Acuerdo de Cesión de Contrato en Argentina es un contrato escrito y vinculante que fija los derechos, obligaciones y garantías recíprocas de las partes, conforme a Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 1636–1640 (Ley 26.994).

Antes de la sanción del CCyC en 2015, la cesión de contrato no tenía regulación expresa en el Código Civil de Vélez Sarsfield (1869) ni en el Código de Comercio (1889): la doctrina y la jurisprudencia —en particular la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la CABA— la construyeron a partir de las normas de la cesión de créditos, la novación subjetiva y el mandato. El CCyC colmó este vacío regulatorio con una sección específica (Sección 5.ª, Capítulo 27 del Libro Tercero), diferenciando con claridad la cesión de contrato de la cesión de créditos (Arts. 1614–1631 CCyC) y de la subcontratación (Art. 1069 CCyC).

La diferencia fundamental entre la cesión de contrato y la cesión de créditos reside en el objeto transmitido: la cesión de créditos transfiere solo los derechos del cedente frente al deudor cedido, sin liberar al cedente de sus obligaciones frente a ese deudor. La cesión de contrato transfiere la posición contractual íntegra —tanto los derechos como las obligaciones del cedente—, de modo que el cesionario reemplaza al cedente como parte del contrato original. Esta sustitución subjetiva requiere el consentimiento del contratante cedido, salvo que el contrato original lo hubiera autorizado anticipadamente.

La cesión de contrato en Argentina tiene numerosas aplicaciones prácticas en la actividad empresarial: en las reorganizaciones societarias donde una empresa del grupo cede sus contratos con clientes o proveedores a otra empresa del grupo; en las transferencias de fondos de comercio (Ley 11.867), donde los contratos del negocio se ceden al adquirente como parte del activo intangible; en las construcciones inmobiliarias en pozo, donde el inversor que compró una unidad en construcción cede su boleto de compraventa antes de la escrituración; en las concesiones y franquicias, donde el concesionario o franquiciado puede ceder su contrato al sucesor en el negocio con autorización del concedente o franquiciante.

La Inspección General de Justicia (IGJ), la AFIP y el Registro de la Propiedad Inmueble reconocen la cesión de contrato como acto jurídico válido y, según el tipo de contrato cedido, pueden requerir la presentación del instrumento de cesión para actualizar los registros correspondientes.

Cuándo necesitas Acuerdo de Cesión de Contrato

El Acuerdo de Cesión de Contrato en Argentina es necesario en numerosas situaciones donde una parte quiere transferir a un tercero su posición en un contrato vigente.

Es imprescindible en las transferencias de fondos de comercio bajo la Ley 11.867: cuando el vendedor transfiere el fondo de comercio al comprador, los contratos con proveedores, clientes, alquileres y licencias que forman parte del activo del fondo deben cederse formalmente. Sin el acuerdo de cesión firmado por el cedido (proveedor, locador, licenciante), esos contratos no pueden transferirse al adquirente del fondo y el vendedor sigue siendo responsable de cumplirlos.

Se requiere en las reorganizaciones y reestructuraciones de grupos societarios: cuando una sociedad del grupo cede sus contratos comerciales a otra sociedad del mismo grupo (por ejemplo, en una escisión o fusión por absorción bajo la LGS 19.550), los contratos deben cederse formalmente a la sociedad absorbente o la nueva sociedad creada por la escisión.

El acuerdo es necesario en el mercado inmobiliario para la cesión de boletos de compraventa en construcción en pozo: el inversor que compró una unidad funcional antes de la escrituración puede ceder su boleto al nuevo comprador mediante un acuerdo de cesión de contrato, con la notificación a la desarrolladora (cedida) conforme al Art. 1636 CCyC.

Cuando un contratista de obra pública o privada quiere transferir a un subcontratista o sucesor la totalidad de su posición contractual —no solo la ejecución de algunas tareas sino todos los derechos y obligaciones del contrato—, el acuerdo de cesión de contrato es el instrumento adecuado, diferenciándose del subcontrato (Art. 1069 CCyC) porque en la cesión el cedente puede quedar liberado de sus obligaciones si el cedido lo consiente expresamente.

También es necesario cuando un concesionario comercial o un franquiciado quiere salir del negocio y transferir su contrato de concesión o franquicia a un comprador, previa autorización del concedente o franquiciante. El acuerdo de cesión documenta la transferencia, el precio pagado por la posición contractual y las condiciones de la liberación del cedente.

Qué incluir en tu Acuerdo de Cesión de Contrato

Un Acuerdo de Cesión de Contrato válido y eficaz en Argentina conforme a los Arts. 1636–1640 del CCyC debe contener los siguientes elementos esenciales.

Identificación de las Partes: Datos completos del cedente (quien transfiere su posición contractual), del cesionario (quien recibe la posición contractual) y, si participa en el instrumento, del contratante cedido (la otra parte del contrato original). Para personas físicas: nombre, DNI, CUIT AFIP, domicilio. Para personas jurídicas: denominación social, CUIT, domicilio de la sede social, nombre y cargo del representante legal y sus facultades para celebrar el acto.

Descripción del Contrato Cedido: Identificación precisa del contrato cuya posición contractual se cede: tipo de contrato (locación, servicio, obra, suministro, distribución, franquicia, etc.), partes originales del contrato, fecha de celebración, objeto del contrato, plazo de vigencia y número de instrumento si lo tiene. Es fundamental individualizar correctamente el contrato para evitar confusión con otros contratos entre las mismas partes.

Prestaciones Pendientes al Momento de la Cesión: Descripción de las obligaciones del cedente que aún no se han cumplido al momento de la cesión y que el cesionario asumirá. También los derechos del cedente frente al cedido que aún no se han ejercido y que el cesionario adquirirá. Esta descripción delimita el alcance de la cesión y la responsabilidad residual del cedente.

Consentimiento del Cedido: Mecanismo de obtención del consentimiento del contratante cedido: si ya fue prestado anticipadamente en el contrato original (indicar cláusula), si se presta simultáneamente (el cedido firma el instrumento), o si se notificará fehacientemente con posterioridad (carta documento, acta notarial). Si el cedido no presta consentimiento, el instrumento debe prever los efectos entre cedente y cesionario.

Precio y Condiciones de la Cesión: Si la cesión es onerosa, indicar el precio en pesos argentinos ($) o la contraprestación acordada y la forma de pago (contado, cuotas, condición). Si la cesión es gratuita, declararlo expresamente. La AFIP puede considerar la cesión gratuita como una liberalidad sujeta al Impuesto a las Ganancias según las circunstancias.

Responsabilidad Residual del Cedente: Cláusula que establezca si el cedente queda liberado de sus obligaciones frente al cedido a partir del consentimiento de este, o si mantiene responsabilidad subsidiaria conforme al Art. 1638 CCyC hasta que el cesionario cumpla las prestaciones asumidas. Esta cláusula debe negociarse con el cedido, que generalmente prefiere mantener la responsabilidad del cedente como garantía.

Forms-legal.com ofrece este modelo de acuerdo de cesión de contrato como herramienta práctica para documentar la transferencia de posiciones contractuales. Documentos relacionados como el Contrato de Cesión de Créditos y el Acuerdo de Novación de Obligación pueden complementar la reorganización de las relaciones jurídicas entre las partes. Se recomienda consultar a un abogado especializado en derecho contractual para la correcta redacción del instrumento.

Garantías del Cedente: El cedente debe garantizar al cesionario que el contrato cedido existe, es válido, está vigente, no ha sido resuelto ni suspendido, y que no existen incumplimientos del cedente previos a la cesión que el cedido pudiera oponer al cesionario conforme al Art. 1639 CCyC.

Cómo completar tu Acuerdo de Cesión de Contrato

Para completar correctamente el Acuerdo de Cesión de Contrato en Argentina, seguí estos pasos detallados.

Paso 1 — Identificación del Cedente: Ingresá nombre completo o denominación social, DNI o CUIT en formato XX-XXXXXXXX-X y domicilio real o sede social. Si el cedente es una persona jurídica, ingresá también los datos del representante legal y el instrumento que le confiere la representación (poder notarial, estatuto, acta de directorio).

Paso 2 — Identificación del Cesionario: Mismo procedimiento que para el cedente. El cesionario debe estar en condiciones de asumir las obligaciones del contrato cedido: si el cedido puso condiciones para consentir la cesión (experiencia en el ramo, solvencia financiera, referencias comerciales), el cesionario debe acreditarlas.

Paso 3 — Descripción del Contrato Cedido: Indicá el tipo de contrato (locación de inmueble, servicio de mantenimiento, suministro de materiales, franquicia, distribución, etc.), las partes originales con sus datos de identificación, la fecha de celebración en formato DD/MM/AAAA, el objeto y el plazo de vigencia. Si el contrato está en un instrumento numerado o protocolizado ante escribano, indicá el número de protocolo.

Paso 4 — Prestaciones Pendientes: Describí con precisión qué obligaciones del cedente quedan pendientes al día de la cesión y pasarán al cesionario. Ejemplo: 'El cedente tiene pendiente la entrega de 3 informes mensuales de consultoría correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre y el cobro de las facturas N.° XXX e YYY'. Esta descripción es clave para delimitar la responsabilidad residual del cedente.

Paso 5 — Consentimiento del Cedido: Indicá si el cedido participa en el instrumento (firma al pie como aceptación de la cesión), si ya prestó consentimiento anticipado en el contrato original (indicar la cláusula), o si se le notificará por carta documento. Si optás por notificación posterior, el instrumento de cesión debe incluir una cláusula que establezca qué ocurre entre cedente y cesionario hasta que el cedido preste o rechace el consentimiento.

Paso 6 — Precio de la Cesión: Indicá si la cesión es gratuita u onerosa. Si es onerosa, el precio en pesos argentinos ($) con el importe en letras y cifras, y la forma de pago: transferencia bancaria (indicar CBU/CVU), cheque diferido, cuotas mensuales. Si el precio se pacta en dólares (USD), aclará el mecanismo de conversión a pesos al momento del pago.

Paso 7 — Responsabilidad Residual del Cedente: Definí si el cedente queda liberado desde que el cedido consiente la cesión, o si mantiene responsabilidad subsidiaria por las obligaciones pendientes. La liberación total del cedente requiere declaración expresa del cedido al prestar su consentimiento; sin esta declaración, el cedente sigue respondiendo subsidiariamente conforme al Art. 1638 CCyC.

Paso 8 — Firma y Notificación: El acuerdo debe ser firmado por el cedente y el cesionario. Si el cedido participa, firma también. Si no, el cedente o el cesionario deben notificarlo fehacientemente (carta documento) inmediatamente después de la firma. Se recomienda la certificación de firmas ante escribano público para dar fecha cierta al instrumento.

Errores comunes a evitar en tu Acuerdo de Cesión de Contrato

Los errores más frecuentes en los Acuerdos de Cesión de Contrato en Argentina, descritos a continuación, pueden evitarse con una redacción precisa del documento.

Error 1 — Confundir cesión de contrato con subcontratación: La subcontratación (Art. 1069 CCyC) no sustituye al cedente como parte del contrato original: el cedente sigue siendo responsable frente al cedido por el cumplimiento total del contrato, y el subcontratista es un auxiliar del cedente que no tiene vínculo directo con el cedido. En la cesión de contrato, el cesionario reemplaza al cedente como parte. Si el cedido no consintió la cesión, no hay cesión sino subcontrato. Elegir el instrumento equivocado genera consecuencias jurídicas no deseadas.

Error 2 — No obtener o documentar el consentimiento del cedido: Ceder el contrato sin el consentimiento del cedido lo hace inoponible a él. El cedido puede ignorar al cesionario y exigir el cumplimiento al cedente, o resolver el contrato por incumplimiento si el cedente dejó de cumplir. Solución: obtener el consentimiento del cedido por escrito, sea en el mismo instrumento o mediante carta documento posterior.

Error 3 — No describir las prestaciones pendientes con precisión: Si el instrumento no detalla qué obligaciones pasan al cesionario y cuáles ya fueron cumplidas por el cedente, al producirse cualquier incumplimiento posterior surgen disputas sobre si la obligación correspondía al cedente o al cesionario. Solución: al momento de la cesión, elaborar un estado de situación del contrato: qué se cumplió, qué está pendiente, qué se debe.

Error 4 — No prever la cláusula de garantía del cedente: Si el cedente no garantiza al cesionario que el contrato cedido es válido y vigente, el cesionario puede enfrentarse a que el cedido invoque la resolución del contrato por incumplimientos previos del cedente que el cesionario desconocía. Solución: incluir una declaración del cedente de que el contrato está en plena vigencia, sin incumplimientos, y sin deudas pendientes hacia el cedido.

Error 5 — No regular el tratamiento de la cesión ante la AFIP: Si la cesión es onerosa y los socios no consultan con su contador tributario sobre el tratamiento fiscal, pueden enfrentarse a observaciones de la AFIP por el Impuesto a las Ganancias sobre el precio de la cesión o por el IVA sobre las prestaciones cedidas. Solución: consultar antes de firmar el instrumento.

Error 6 — Omitir la cláusula de liberación del cedente: Si el instrumento no establece expresamente que el cedido libera al cedente al prestar su consentimiento a la cesión, el cedente sigue respondiendo subsidiariamente por todas las obligaciones del cesionario frente al cedido conforme al Art. 1638 CCyC. Esta responsabilidad residual puede mantenerse durante toda la vigencia del contrato cedido. Solución: negociar la liberación expresa del cedente con el cedido e incluirla en el instrumento.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 26.994AR official
  2. Ley 11.867AR official
  3. Ley 20.628AR official

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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