Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia
CONTRATO DE ACOGIDA PARA EXTRANJERO
Decreto 1067 de 2015 — Ley 820 de 2003 — Código Civil de Colombia
En [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma], entre las partes que se identifican a continuación se celebra el presente Contrato de Acogida para Extranjero, que se regirá por el Decreto 1067 de 2015, la Ley 820 de 2003 (régimen de arrendamiento urbano), los artículos 2200 y 2218 del Código Civil (comodato de habitación cuando aplique), y las demás normas concordantes del ordenamiento jurídico colombiano.
PRIMERA. — PARTES DEL CONTRATO
ANFITRIÓN: [Anfitrion Name], identificado(a) con [Anfitrion Doc], teléfono [Anfitrion Phone], correo [Anfitrion Email], quien actúa en calidad de [Relacion Inmueble] del inmueble objeto del presente contrato.
EXTRANJERO ACOGIDO: [Extranjero Name], de nacionalidad [Extranjero Nacionalidad], titular del pasaporte No. [Extranjero Pasaporte], visa colombiana: [Extranjero Visa], cédula de extranjería: [Extranjero CE].
SEGUNDA. — INMUEBLE OBJETO DEL CONTRATO
El ANFITRIÓN entrega al EXTRANJERO ACOGIDO el uso del siguiente inmueble: [Inmueble Address].
Descripción: [Inmueble Descripcion].
Habitación o espacio asignado: [Habitacion Asignada].
La dirección indicada en la presente cláusula es la dirección de residencia que el EXTRANJERO ACOGIDO declarará ante Migración Colombia para efectos de la solicitud o actualización de su cédula de extranjería, conforme al artículo 43 del Decreto 1067 de 2015.
TERCERA. — CONDICIONES ECONÓMICAS Y VIGENCIA
Tipo de acogida: [Tipo Acogida]
Canon mensual: [Canon Mensual]
Fecha de inicio: [Fecha Inicio]
Duración: [Duracion]
Servicios incluidos: [Servicios Incluidos]
CUARTA. — OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1. Obligaciones del ANFITRIÓN: Mantener el inmueble en condiciones habitables y sanitarias conforme al artículo 15 de la Ley 820 de 2003; garantizar el acceso a los servicios públicos incluidos; respetar la intimidad y privacidad del EXTRANJERO ACOGIDO conforme al artículo 28 de la Constitución Política; y proporcionar al EXTRANJERO ACOGIDO copia original del presente contrato para uso ante Migración Colombia y la Cancillería.
4.2. Obligaciones del EXTRANJERO ACOGIDO: Conservar el inmueble y bienes en buen estado; respetar el reglamento de propiedad horizontal si aplica (Ley 675 de 2001); no ceder o subarrendar el espacio sin autorización escrita del ANFITRIÓN; cumplir las condiciones de su visa colombiana vigente; y notificar al ANFITRIÓN con anticipación razonable ante cualquier cambio de domicilio.
QUINTA. — PROPÓSITO MIGRATORIO
El presente contrato se suscribe con el propósito adicional de servir como documento de acreditación de domicilio del EXTRANJERO ACOGIDO ante Migración Colombia (Unidad Administrativa Especial — Decreto Ley 4062 de 2011) para los efectos del artículo 43 del Decreto 1067 de 2015 (solicitud de cédula de extranjería) y ante la Cancillería de Colombia (Ministerio de Relaciones Exteriores) conforme a la Resolución 5477 de 2022. La dirección certificada en el presente contrato es: [Inmueble Address].
SEXTA. — FIRMAS
Para constancia, las partes suscriben el presente contrato en dos (2) ejemplares del mismo tenor y valor, en [Ciudad Firma], a los [Fecha Firma].
ANFITRIÓN:
___________________________________
[Anfitrion Name]
[Anfitrion Doc]
EXTRANJERO ACOGIDO:
___________________________________
[Extranjero Name]
Pasaporte: [Extranjero Pasaporte]
——————————————————————
NOTA: Se recomienda autenticación de firmas ante Notaría Pública colombiana (Decreto Ley 960 de 1970) para uso ante Migración Colombia y la Cancillería de Colombia.
Anfitrión
________________
Signature
Extranjero Acogido
________________
Signature
What Is a Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia?
Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia is the agreement through which a Colombian host — the owner or legitimate holder of a residential property — receives a foreign national into their home or property, establishing the conditions of the stay, mutual obligations of the parties, and the duration of accommodation, with the purpose of serving as a supporting document before Migración Colombia in visa, cédula de extranjería, or migration registration processes, under Decreto 1067 de 2015 and Ley 820 de 2003 which regulates urban housing rental in Colombia.
The Colombia Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia agreement is distinct from the classic rental contract regulated by Articles 1973 to 2044 of the Código Civil and Ley 820 de 2003: while rental implies payment of rent and exclusive transfer of use and enjoyment of the property to the tenant, the accommodation agreement may be structured as a free housing arrangement (comodato de habitación under Código Civil Article 2200) or as a rental with payment, depending on whether the foreigner pays for accommodation.
Migración Colombia requires foreigners applying for their cédula de extranjería (CE) or migration registration to certify their place of residence in Colombia. The accommodation agreement or a current rental contract constitutes the appropriate document to certify this requirement under Articles 38 and 43 of Decreto 1067 de 2015.
The legal framework governing the Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia in Colombia draws on several key statutes and regulatory bodies. Under Colombian law, the Codigo Civil governs marriage, divorce, custody, and maintenance. The Ley 1098 de 2006 (Codigo de la Infancia y la Adolescencia) protects minors through the ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar). The Ley 640 de 2001 governs conciliation. The Registraduria Nacional del Estado Civil records births, marriages, and deaths. The Defensoria del Pueblo protects fundamental rights. Parties executing a Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia in Colombia should confirm the document reflects current law, including any amendments enacted since the original drafting date. The Decreto 1067 de 2015; Ley 820 de 2003 (arrendamiento urbano); Código Civil arts. 1973–2044 sets the foundational requirements.
When Do You Need a Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia?
An Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia is needed at multiple stages of the migration and integration process of a foreign national in Colombian territory.
Foreigners applying for their Cédula de Extranjería (CE) before Migración Colombia, after obtaining a visa with validity exceeding three months under Decreto 1067 de 2015 Article 43, must certify their place of residence in Colombia through a current rental contract, accommodation agreement issued by the host, or a residence certificate from the junta de acción comunal. The accommodation agreement is especially useful when the foreigner stays with a Colombian family member or at the Colombian spouse's home without having formalised a rental agreement.
Foreigners requesting visa renewal or change from within Colombia must indicate their residence address in Colombia and may be required to present a document certifying domicile. A signed accommodation agreement with the Colombian host satisfies this requirement.
Refugees and international protection beneficiaries receiving support from ACNUR or the Ministerio de Relaciones Exteriores who are received by Colombian host families require an accommodation agreement documenting the temporary housing provided during refugee integration.
Venezuelan nationals with Permiso por Protección Temporal (PPT) under Decreto 216 de 2021 and the Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) who reside with Colombian families need to document their residence address, for which the accommodation agreement is an agile and accessible mechanism.
Parties in Colombia should prepare a Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia proactively rather than waiting for a dispute to arise. Courts interpret agreements based on the written terms rather than oral representations. Under Colombian law, the Codigo Civil governs marriage, divorce, custody, and maintenance. The Ley 1098 de 2006 (Codigo de la Infancia y la Adolescencia) protects minors through the ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar). The Ley 640 de 2001 governs conciliation. The Registraduria Nacional del Estado Civil records births, marriages, and deaths. The Defensoria del Pueblo protects fundamental rights. Where the transaction involves regulated activities, prior approval from the relevant authority may be required before execution.
What to Include in Your Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia
A valid Accommodation Agreement for a Foreign Resident in Colombia, under Decreto 1067 de 2015, Ley 820 de 2003, and the Código Civil, must contain the following essential elements to be accepted by Migración Colombia and the Cancillería as a domicile certification document.
Identification of the host (landlord or lender): Full name, cédula de ciudadanía (CC) number, full address of the property offered for accommodation (street, number, apartment, neighbourhood, city, department), and relationship to the property — owner (with reference to the matrícula inmobiliaria at the Oficina de Registro de Instrumentos Públicos — ORIP), tenant with landlord's sub-letting authorisation, or legitimate holder with owner's authorisation. A tenant host who sub-lets must certify the main contract permits this, as sub-letting without authorisation violates Ley 820 de 2003 Article 17.
Identification of the hosted foreigner: Full name exactly as in the passport, passport number, current Colombian visa number, cédula de extranjería (CE) number if already issued by Migración Colombia, nationality, and date of birth.
Type of accommodation and economic conditions: Clear specification of whether the contract is free (comodato de habitación under Código Civil Article 2200 — no rent) or paid (arrendamiento under Ley 820 de 2003 — with agreed monthly rent). For rental: monthly rent in Colombian pesos, payment method, and payment frequency. Ley 820 de 2003 prohibits setting rents above 1% of the property's commercial value (Article 18).
Forms-legal.com provides this Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia template as a tool for accessing the Colombian immigration system. For situations involving horizontal property disputes, complex sub-letting, or long-duration accommodations with tax implications, specialised legal advice is recommended.
Additional compliance elements for a Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia used in Colombia include: Under Colombian law, the Codigo Civil governs marriage, divorce, custody, and maintenance. The Ley 1098 de 2006 (Codigo de la Infancia y la Adolescencia) protects minors through the ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar). The Ley 640 de 2001 governs conciliation. The Registraduria Nacional del Estado Civil records births, marriages, and deaths. The Defensoria del Pueblo protects fundamental rights. Forms-legal.com provides this template as a starting point for Colombia-compliant documentation.
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Forms Legal. (2026). Accommodation Agreement for Foreign Resident Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/personal/immigration/accommodation-agreement-foreign-resident-colombia
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}Frequently Asked Questions
Bajo el artículo 43 del Decreto 1067 de 2015, los extranjeros que tienen una visa colombiana con vigencia superior a tres meses deben solicitar la cédula de extranjería (CE) dentro de los quince días calendario siguientes al ingreso a Colombia. Como parte de la solicitud, Migración Colombia requiere prueba de dirección de residencia en Colombia — documentos aceptables: contrato de arrendamiento vigente bajo la Ley 820 de 2003, contrato de acogida con anfitrión colombiano, factura de servicio público a nombre del extranjero en una dirección colombiana, certificado de residencia expedido por la junta de acción comunal del barrio correspondiente, o carta notariada del propietario del inmueble confirmando que el extranjero reside en la dirección indicada. Un contrato de acogida formal no es el único documento aceptable, pero es frecuentemente la opción más práctica cuando el extranjero vive con un familiar colombiano, pareja o anfitrión sin contrato de arrendamiento formal. El contrato de acogida debe incluir la dirección completa de la residencia colombiana, los nombres e identificación de anfitrión y extranjero, y la firma del anfitrión — Migración Colombia puede requerir que la firma del anfitrión esté autenticada por una Notaría Pública colombiana. La solicitud de cédula de extranjería se presenta en cualquier Centro Facilitador de Servicios Migratorios (CFSM) de Migración Colombia en el país, y desde 2021 también puede iniciarse digitalmente en el portal migracioncolombia.gov.co.
Los anfitriones colombianos bajo contratos de acogida con extranjeros residentes tienen derechos y obligaciones definidos tanto por el derecho civil como por las regulaciones migratorias. Bajo la Ley 820 de 2003 (si el alojamiento es oneroso): el anfitrión como arrendador debe mantener el inmueble en condiciones habitables y sanitarias (artículo 15), garantizar la prestación de servicios públicos básicos y permitir al extranjero residente el uso pacífico del inmueble. El anfitrión puede terminar el contrato con tres meses de preaviso después del término inicial de un año (artículo 22). Bajo el artículo 2200 del Código Civil (si el alojamiento es gratuito — comodato): el anfitrión puede reclamar el inmueble cuando venza el período acordado, o antes si demuestra necesidad urgente bajo el artículo 2218. El anfitrión tiene el derecho de inspeccionar periódicamente el inmueble con aviso previo para verificar el uso adecuado. Bajo los artículos 97-98 del Decreto 1067 de 2015: si el anfitrión asumió compromisos de respaldo financiero en una carta de patrocinio asociada al alojamiento, debe garantizar que el extranjero tenga medios de subsistencia adecuados. El anfitrión debe notificar a Migración Colombia si el extranjero abandona definitivamente el alojamiento o sale de Colombia. Privacidad: bajo el artículo 28 de la Constitución Política, el anfitrión no puede ingresar a los aposentos privados del extranjero sin consentimiento, incluso en un arreglo de hogar compartido.
Un contrato de acogida bien redactado y debidamente autenticado es generalmente suficiente como prueba de domicilio para trámites migratorios estándar ante Migración Colombia, incluyendo la solicitud de cédula de extranjería bajo el artículo 43 del Decreto 1067 de 2015, actualizaciones de registro migratorio (novedades migratorias) y declaraciones de dirección de visa bajo la Resolución 5477 de 2022. Sin embargo, los CFSM de Migración Colombia ejercen cierta discreción administrativa, y en algunos casos el contrato de acogida por sí solo puede ser insuficiente: si la dirección del contrato no coincide con la de documentos de soporte (facturas de servicios, correspondencia); si el contrato no tiene fecha o las firmas no están autenticadas; si la descripción del inmueble es incompleta; o si el funcionario migratorio tiene razones para dudar de la autenticidad del acuerdo. Para maximizar la tasa de aceptación, el contrato de acogida debe: estar firmado por ambas partes con firmas autenticadas por una Notaría Pública colombiana; acompañarse de copia de la cédula de ciudadanía del anfitrión; ser consistente con otros documentos de la solicitud migratoria; y para extranjeros que se registran en una dirección diferente a la de su solicitud de visa, una carta explicativa puede ayudar.
En el marco jurídico colombiano, el contrato de acogida y el contrato de arrendamiento son instrumentos relacionados pero legalmente distintos con diferentes implicaciones para el anfitrión y el extranjero residente. El contrato de arrendamiento está regido por la Ley 820 de 2003 para inmuebles residenciales urbanos y los artículos 1973 a 2044 del Código Civil. Implica: pago de canon mensual; derecho exclusivo del arrendatario al uso y goce del inmueble arrendado; término mínimo de un año con preaviso obligatorio para terminación; depósito equivalente a un mes de canon; y obligaciones formales para ambas partes sobre mantenimiento, pago de servicios y restitución del inmueble. El contrato de acogida es un instrumento más flexible que puede estructurarse como alojamiento oneroso (con contraprestación económica, tratado como arrendamiento) o gratuito (comodato de habitación bajo el artículo 2200 del Código Civil — sin pago de canon). La distinción clave es que en un comodato de habitación, el anfitrión retiene la propiedad y el control general del inmueble, el extranjero es un huésped más que un arrendatario con derechos exclusivos, y el anfitrión puede recuperar el espacio con menos procedimiento formal que terminar un contrato de arrendamiento. Para efectos migratorios, ambos documentos sirven igualmente como prueba de domicilio. La elección depende de si se paga arriendo: el alojamiento oneroso debe estructurarse como arrendamiento bajo la Ley 820 de 2003 para efectos tributarios (los pagos del canon son ingresos reportables a la DIAN).
Sí. Los nacionales venezolanos que tienen Permiso por Protección Temporal (PPT) bajo el Decreto 216 de 2021 y el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) pueden usar un contrato de acogida como parte de su proceso de registro migratorio ante Migración Colombia. El PPT fue creado como mecanismo de protección temporal para migrantes venezolanos en Colombia, proporcionando un estatus migratorio legal por diez años. El proceso de registro ETPV, gestionado por Migración Colombia, requiere que los migrantes venezolanos declaren su lugar de residencia en Colombia — un contrato de acogida firmado con un anfitrión colombiano o residente legal es una forma aceptada de prueba de domicilio, especialmente para migrantes que viven con familias anfitrionas o en vivienda compartida sin contratos de arrendamiento formales. Para migrantes venezolanos en programas de familias de acogida coordinados por el ACNUR (UNHCR), cuya oficina en Colombia opera desde Bogotá con presencia en Medellín, Cali, Barranquilla y Cúcuta, un contrato de acogida o carta de acogida estandarizado de la familia anfitriona forma parte de la documentación del programa. El contrato de acogida no sustituye al PPT ni al registro migratorio en sí mismo — es un documento de soporte en el proceso de registro, no el documento de estatus migratorio.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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