Habitual Residence Declaration Chile
Código Civil Art. 59; Decreto Ley N° 1.094
DECLARACIÓN DE RESIDENCIA HABITUAL
DECLARACIÓN DE RESIDENCIA HABITUAL
Código Civil de Chile Art. 59 — Decreto Ley N.° 1.094 (Ley de Extranjería) — Ley N.° 21.325
I. COMPARECIENTE
En [Lugar de Otorgamiento], República de Chile, con fecha [Fecha de Otorgamiento], ante el Notario Público que autoriza, comparece:
[Nombre del Declarante], RUT/NIE [RUT / NIE], nacionalidad [Nacionalidad], nacido/a el [Fecha de Nacimiento], profesión u ocupación [Profesión], situación migratoria: [Situación Migratoria] — [Datos del Visado];
quien, siendo mayor de edad, con plena capacidad legal y actuando libre y voluntariamente, procede a declarar su residencia habitual en Chile conforme al Artículo 59 del Código Civil de Chile y a la normativa migratoria del Decreto Ley N.° 1.094 y la Ley N.° 21.325 (Ley de Migración y Extranjería).
II. DECLARACIÓN DE RESIDENCIA HABITUAL
Que el/la declarante tiene su residencia habitual en Chile en la siguiente dirección:
[Calle y Número], [Unidad], [Comuna], [Ciudad], [Región], República de Chile.
Que el/la declarante ocupa dicho inmueble en calidad de [Fundamento de Ocupación] y reside en la dirección señalada de manera habitual y continua desde el [Residente Desde], constituyendo dicha dirección el centro principal de su vida, actividades y vínculos sociales en Chile.
Que la residencia declarada tiene carácter de residencia habitual principal en los términos del Artículo 59 del Código Civil de Chile, distinguiéndose de una residencia transitoria o morada temporal.
III. CONTINUIDAD DE LA RESIDENCIA
Que el/la declarante confirma que ha mantenido residencia habitual continua en Chile: [Residencia Continua].
Detalle de ausencias del territorio nacional: [Detalle de Ausencias].
Que los registros de entrada y salida del territorio nacional del/la declarante constan en los sellos de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) en su pasaporte o cédula de identidad, los cuales son concordantes con la presente declaración.
IV. FINALIDAD Y DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO
Que la presente declaración se otorga para los siguientes efectos: [Finalidad].
Que los documentos de respaldo que acreditan la residencia habitual declarada incluyen: [Documentos de Respaldo].
Que el/la declarante declara bajo juramento que los antecedentes contenidos en el presente instrumento son verídicos, asumiendo plena responsabilidad civil y penal por cualquier inexactitud en los antecedentes declarados, conforme al Código Penal de Chile y a la normativa migratoria aplicable.
Declarante
[Nombre del Declarante]
Signature
Date: ________________
Notario Público
________________
Signature
Date: ________________
What Is a Habitual Residence Declaration Chile?
A Habitual Residence Declaration Chile is a formal sworn statement governed principally by Código Civil Article 59 and Decreto Ley N° 1.094 (Ley de Extranjería, published 19 July 1975 and substantially amended by subsequent legislation), by which a person officially certifies that they maintain their habitual residence (residencia habitual) in Chile — meaning they physically live and have their primary life centre in Chile, with the intention of remaining, regardless of whether they hold Chilean nationality or a particular immigration status.
Article 59 of the Código Civil establishes that the civil domicile of a person consists of their residence in a specific place, together with the real or presumed intention (ánimo) of remaining there permanently. The concept of residencia habitual is closely related to but legally distinct from domicilio civil — while domicilio requires both the physical element and the intention of permanence, residencia habitual is a factual concept focused on where the person actually lives as a matter of fact and habit, without necessarily requiring the formal animus element. Chilean courts, the Servicio Electoral (Servel), the Departamento de Extranjería, and the PDI (Policía de Investigaciones de Chile) each apply the concept of habitual residence within their respective regulatory frameworks.
Decree Law 1.094 — Chile's principal immigration statute — governs the entry, stay, and residence of foreign nationals in Chile. Articles 19 through 34 of DL 1.094 establish the categories of residency available to foreigners: sujeto a control de residencia (subject to residence control), residente temporario (temporary resident), residente con visa de residencia temporal (temporary residence visa holder), residente permanente (permanent resident), and ciudadano chileno (Chilean national). A Habitual Residence Declaration is required at multiple points in the immigration process — when applying for permanent residency (residencia definitiva) to demonstrate that the applicant has effectively been residing habitually in Chile; when renewing temporary residence visas; and when claiming rights and benefits available to persons with established habitual residence in Chile.
The immigration framework was substantially updated by Ley N° 21.325 (Ley de Migración y Extranjería, published 20 April 2021), which replaced DL 1.094 as the primary immigration law on an eventual basis. Ley N° 21.325 introduces new visa categories — visa de residencia temporal, visa de residencia de larga duración, and visa de reunificación familiar — and establishes that habitual residence is a key criterion for determining the applicable visa category and benefit entitlements under the new framework. The Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), created by Ley N° 21.325, is the administrative body replacing the Departamento de Extranjería under the new law.
The Habitual Residence Declaration is also used by Chilean nationals returning from extended periods abroad to re-establish their habitual residence in Chile — particularly for electoral roll (padrón electoral) registration with the Servel under Ley N° 18.556, tax domicile updates with the SII, and re-registration with the Servicio de Registro Civil e Identificación for a new cédula de identidad.
When Do You Need a Habitual Residence Declaration Chile?
A Habitual Residence Declaration Chile is required in numerous legal and administrative contexts where establishing or proving habitual residence in Chilean territory is a precondition for obtaining rights, benefits, permits, or legal recognition.
Immigration proceedings are the primary use case. Foreign nationals applying for permanent residency (residencia definitiva) under DL 1.094 — after completing the required period of temporary residence (typically two years of continuous temporary residency) — must demonstrate that they have been habitually resident in Chile throughout that period. The Departamento de Extranjería e Inmigración and the SERMIG require a formal Habitual Residence Declaration supported by utility bills, lease agreements, employer certificates, and other documentation confirming continuous physical presence in Chile. For family reunification visa applications, the sponsor (reunificante) must demonstrate their own habitual residence in Chile.
Electoral registration with the Servicio Electoral (Servel) under Ley N° 18.556 requires that Chileans resident abroad who wish to vote in Chile register their habitual residence in Chile. Returning Chileans must update their electoral domicile — and a Habitual Residence Declaration supports the Servel registration process.
Pension and social security benefits — particularly from the AFP system under DL 3.500 and the IPS (Instituto de Previsión Social) — may require proof of habitual residence in Chile for the beneficiary to receive payments domestically. AFP retirement pensions (pensiones de vejez) and survivor pensions (pensiones de sobrevivencia) are administered from Chile, and beneficiaries residing abroad may face additional requirements.
Court proceedings under the CPC frequently require parties to establish their habitual residence in Chile to determine procedural jurisdiction (competencia territorial) under CPC Article 134 and to comply with notification requirements. A Habitual Residence Declaration provides supplementary evidence in cases where the official address registered with the SII or Registro Civil differs from the actual place of residence.
What to Include in Your Habitual Residence Declaration Chile
A valid Habitual Residence Declaration Chile under Código Civil Article 59 and DL 1.094 must contain the following essential elements:
Declarant Full Identification: Full legal name as it appears in the cédula de identidad or passport, RUT (or foreign identification number — NIE — issued by the PDI for foreign nationals), nationality, date and place of birth, and current immigration status (for foreign nationals — visa type, visa number, and expiration date as recorded by the PDI and the Departamento de Extranjería).
Declaration of Habitual Residence: A precise statement of the address where the declarant habitually resides — street address, unit number, commune, city, region, and postal code. The declaration should state the duration of habitual residence at the declared address, the basis of occupation (owner, tenant, hosted by family member), and the declarant's confirmation that the declared address constitutes their principal and habitual residence in Chile.
Continuity of Residence: For immigration purposes under DL 1.094, the declaration should address the continuity of the residency period — confirming that the declarant has been present in Chile without exceeding the maximum absence periods permitted for the relevant visa category. Excessive absences (ausencias prolongadas) may break the continuity of residence required for permanent residency.
Purpose of the Declaration: The specific legal purpose for which the declaration is being made — immigration application, electoral registration, judicial proceedings, social security application, or other administrative purpose. This helps the receiving authority assess the relevance of the declaration to the procedure.
Supporting Evidence Referenced: The declaration should reference corroborating documents — utility bills, lease agreement or property title, certificate of employment, bank statements, school enrollment certificates, or medical records — that confirm the factual basis of the declared habitual residence.
Notarial Authentication or Official Witnessing: Execution before a Notario Público for instrumento público status under CC Article 1700, or before the relevant administrative authority (Departamento de Extranjería, PDI, Registro Civil) depending on the specific use. For immigration purposes, the SERMIG and Departamento de Extranjería may accept declarations made on official forms.
Forms-legal.com provides this Habitual Residence Declaration Chile template as a reference document for individuals establishing or certifying their habitual residence under CC Article 59 and DL 1.094. Foreign nationals with complex immigration situations should consult with an abogado specialising in derecho migratorio or contact the SERMIG or Departamento de Extranjería directly for current requirements. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Cite this page
Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). Habitual Residence Declaration Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/personal/legal-declarations/habitual-residence-declaration-chile
"Habitual Residence Declaration Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/chile/personal/legal-declarations/habitual-residence-declaration-chile.
@misc{formslegal-habitual-residence-declaration-chile,
author = {{Forms Legal}},
title = {Habitual Residence Declaration Chile (Chile)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/chile/personal/legal-declarations/habitual-residence-declaration-chile}},
note = {Free legal document template}
}Frequently Asked Questions
Para efectos migratorios bajo el DL N.° 1.094 y la Ley N.° 21.325, el Departamento de Extranjería e Inmigración y el SERMIG aceptan los siguientes documentos como evidencia de residencia habitual en Chile: boletas de servicios básicos (electricidad, agua, gas, internet) a nombre del solicitante que muestren la dirección chilena; contrato de arrendamiento o certificado de dominio vigente del CBR; certificado de trabajo de un empleador chileno que indique el cargo y fecha de inicio; certificados de matrícula escolar o universitaria para hijos o estudiantes adultos; extractos de cuentas bancarias de instituciones financieras chilenas (Banco de Chile, BancoEstado, Banco Santander Chile, BCI) que muestren transacciones regulares desde una dirección chilena; Declaración de Residencia Habitual notariada ante Notario Público; estado de cuenta AFP que muestre cotizaciones previsionales regulares de un empleador chileno; y certificado de domicilio tributario del SII que confirme la dirección registrada para efectos tributarios. La PDI sella los registros de entrada y salida en el pasaporte del solicitante, que también sirven como evidencia de presencia en Chile. Para solicitudes de residencia definitiva, el solicitante generalmente debe demostrar dos años de residencia temporal continua con documentos de respaldo de múltiples categorías.
Sí — las ausencias de Chile pueden afectar la continuidad de la residencia habitual requerida para la residencia definitiva bajo el DL N.° 1.094 y la Ley N.° 21.325. Bajo las normas aplicables a los residentes temporales que solicitan residencia definitiva, las ausencias prolongadas pueden interrumpir la continuidad del período de residencia requerido. Bajo el DL N.° 1.094, los residentes temporales generalmente no pueden ausentarse de Chile por más de 180 días en un solo año sin afectar su estatus de residencia. Bajo la Ley N.° 21.325, las normas específicas de ausencia dependen de la categoría de visa — el Reglamento de la Ley N.° 21.325 establece que para los solicitantes de visa de residencia de larga duración, la persona no debe haber estado ausente de Chile por más de 180 días consecutivos ni más de 270 días totales durante el período relevante. Las ausencias cortas — por turismo, tratamiento médico en el extranjero o viajes de negocios — que no superen los umbrales generalmente no se consideran que interrumpen la continuidad. Una Declaración de Residencia Habitual que aborde las ausencias y explique su naturaleza y duración ayuda a demostrar que, a pesar de las ausencias, Chile siguió siendo la residencia habitual de la persona. Los sellos de la PDI en el pasaporte son la evidencia principal para que el Departamento de Extranjería o el SERMIG calculen los períodos de ausencia.
Para los menores de edad (personas menores de 18 años bajo la Ley N.° 19.585 que introdujo la mayoría de edad a los 18 años en el Código Civil), la residencia habitual es un concepto crítico tanto en el derecho interno chileno como en el derecho internacional de familia. Conforme al Artículo 72 del Código Civil, el domicilio del menor sigue al de la persona que ejerce la patria potestad — típicamente los padres o tutores legales. Sin embargo, en juicios de tuición (custodia) ante los Juzgados de Familia bajo la Ley N.° 19.968 (Ley de Tribunales de Familia), la residencia habitual del menor se usa para determinar la competencia territorial del Juzgado de Familia específico. En casos de sustracción internacional de menores bajo el Convenio de La Haya del 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores — al cual Chile adhirió mediante el Decreto Supremo N.° 386 de 1994 — la residencia habitual del menor inmediatamente antes del traslado o retención ilícita determina la jurisdicción para las órdenes de restitución. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos actúa como Autoridad Central para Chile bajo el Convenio de La Haya, y la PDI y Carabineros de Chile asisten en la ejecución de las órdenes de restitución. Una Declaración de Residencia Habitual de un menor, otorgada por los padres o tutor, ayuda a establecer la residencia habitual del menor para estos efectos.
La Ley N.° 21.325 (Ley de Migración y Extranjería, publicada el 20 de abril de 2021) establece un nuevo marco de visas para Chile administrado por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG). Las siguientes categorías de visa implican requisitos de residencia habitual. Visa de Residencia Temporal: otorgada por hasta dos años, renovable; los solicitantes deben demostrar la intención de residir habitualmente en Chile y los medios para hacerlo. Visa de Residencia de Larga Duración: otorgada a personas que han residido habitualmente en Chile por un período mínimo bajo la visa de residencia temporal; requiere demostrar residencia habitual continua durante el período de calificación, con las limitaciones de ausencia señaladas anteriormente. Visa de Reunificación Familiar: el familiar patrocinante (cónyuge, conviviente civil, padre/madre o hijo/a) debe demostrar que reside habitualmente en Chile. Visa Rentista y Visa Inversionista: ambas requieren que el titular establezca residencia habitual en Chile durante la vigencia de la visa. Residencia Definitiva: el criterio principal de calificación bajo la Ley N.° 21.325 es haber mantenido residencia habitual en Chile por el período requerido bajo una visa temporal habilitante. Las disposiciones transitorias de la Ley N.° 21.325 también afectan a los titulares de visas emitidas bajo el antiguo marco del DL N.° 1.094 — pueden necesitar demostrar residencia habitual bajo los nuevos requisitos al pasar a las categorías de visa de la Ley N.° 21.325.
Conforme a los Artículos 59–63 del Código Civil, una persona puede técnicamente tener múltiples residencias pero un solo domicilio civil. El concepto de residencia habitual, aunque fáctico, también implica un grado de primacía — el lugar que constituye el centro principal de vida, actividades y conexiones sociales de la persona. Para efectos del derecho chileno — especialmente la ley migratoria bajo el DL N.° 1.094 y la Ley N.° 21.325, el derecho de seguridad social bajo el DL N.° 3.500 y la ley electoral bajo la Ley N.° 18.556 — la residencia habitual en Chile requiere que Chile sea el lugar principal de vida habitual de la persona, no meramente una residencia secundaria u ocasional. Una persona que mantiene un hogar en el extranjero y pasa, por ejemplo, seis meses en Chile y seis meses en el extranjero puede tener dificultades para establecer Chile como su residencia habitual para efectos migratorios, especialmente si sigue empleada, pagando impuestos o manteniendo registros oficiales principalmente en el país extranjero. El Departamento de Extranjería evalúa la totalidad de las circunstancias — situación laboral, presencia familiar, vivienda, registros tributarios y tiempo efectivo en cada país — para determinar si Chile constituye la residencia habitual principal. Una Declaración de Residencia Habitual respaldada por documentación exhaustiva de los vínculos con Chile fortalece la solicitud incluso cuando se mantienen algunos vínculos con un país extranjero.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
Found an error? Let us knowRelated Documents
You may also find these documents useful:
Declaración de Domicilio Chile
Declaración formal de domicilio en Chile regulada por el Código Civil Artículos 59–73, que establece el domicilio civil del declarante para efectos legales, administrativos y tributarios, con otorgamiento ante Notario Público o ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Declaración de Estado Civil Chile
Declaración formal de estado civil en Chile regulada por el Código Civil Artículos 304–312 y Ley N.° 4.808 (Registro Civil), que confirma oficialmente el estado civil de una persona — soltero, casado, divorciado, viudo o con acuerdo de unión civil — ante Notario Público o el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Declaración de Dependencia Económica Chile
Declaración formal de dependencia económica en Chile regulada por el Código Civil Artículo 321 y el DL 3.500 (sistema AFP), que certifica oficialmente que una persona depende económicamente de otra para su subsistencia, utilizada para acceder a pensiones de sobrevivencia, cobertura en planes de salud y otros beneficios de seguridad social.