Declaración Jurada de Soltería Chile
Conforme al Artículo 124 del Código Civil y la Ley 4.808/1930 (Registro Civil)
DECLARACIÓN JURADA DE SOLTERÍA
Conforme al Artículo 124 del Código Civil y la Ley N° 4.808/1930 sobre el Registro Civil
I. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Nombre completo: [Nombre Declarante]
RUT: [RUT Declarante]
Fecha de nacimiento: [Fecha Nacimiento]
Nacionalidad: [Nacionalidad]
Domicilio: [Domicilio Declarante]
Profesión u oficio: [Profesión Declarante]
II. DECLARACIÓN DE ESTADO CIVIL
Estado civil actual: [Estado Civil Actual]
Acuerdo de Unión Civil: [AUC]
El declarante declara que no tiene matrimonio civil vigente en Chile ni en el extranjero, conforme a la Ley N° 19.947 de Matrimonio Civil. Asimismo declara que no tiene Acuerdo de Unión Civil (AUC) vigente inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación conforme a la Ley N° 20.830 de 2015.
III. HISTORIAL MATRIMONIAL (SI APLICA)
Nombre del excónyuge o exconviviente civil: [Excónyuge]
Fecha de la sentencia de divorcio o término del AUC: [Fecha Divorcio/Término]
Tribunal competente: [Tribunal Divorcio]
IV. PROPÓSITO DE LA DECLARACIÓN
Esta declaración se otorga para los siguientes fines: [Propósito]
V. DECLARACIÓN BAJO JURAMENTO
Yo, [Nombre Declarante], cédula de identidad N° [RUT Declarante], domiciliado/a en [Domicilio Declarante], declaro bajo juramento que toda la información contenida en este instrumento es completa y veraz, y que a la fecha de su suscripción no tengo matrimonio civil ni Acuerdo de Unión Civil vigente en Chile ni en el extranjero.
Declaro conocer que la contracción de matrimonio teniendo vínculo matrimonial vigente constituye el delito de bigamia tipificado en el Artículo 382 del Código Penal, sancionado con presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años). Asimismo, declaro conocer que la presentación de una declaración jurada falsa ante notario puede constituir falsificación de instrumento público conforme al Artículo 193 del Código Penal.
VI. FIRMA Y AUTORIZACIÓN NOTARIAL
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma].
[Nombre Declarante]
RUT: [RUT Declarante]
Firma: _________________________
AUTORIZACIÓN DEL NOTARIO PÚBLICO:
En [Ciudad Firma], a [Fecha Firma], ante mí, Notario Público de esta ciudad, compareció [Nombre Declarante], RUT [RUT Declarante], quien suscribió el presente instrumento previa lectura y ratificación de su contenido.
Nombre del Notario: _________________________
Notaría: _________________________ N° Repertorio: _________________________
Firma y Sello del Notario: _________________________
Declarante
________________
Signature
Notario Público (Autorizante)
________________
Signature
Qué es Declaración Jurada de Soltería Chile
La Declaración Jurada de Soltería en Chile es el documento por el cual el declarante deja constancia formal de los hechos o circunstancias que en él se afirman. Se rige por Código Civil Art. 124.
El Artículo 124 del Código Civil chileno establece que el matrimonio debe celebrarse ante el Oficial del Registro Civil competente, y que los contrayentes deben acreditar su estado civil de solteros, viudos o divorciados como requisito previo para la celebración del matrimonio. La Ley N° 4.808 de 1930 (Ley sobre el Registro Civil) y su Reglamento regulan los procedimientos para inscribir, modificar y certificar los estados civiles de las personas en Chile — nacimiento, matrimonio, divorcio, defunción —, y el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCEI) es el organismo público responsable de administrar el Registro Civil Nacional conforme a esta ley.
La Ley N° 19.947 de 2004 (Ley de Matrimonio Civil), vigente desde el 18 de noviembre de 2004, introdujo el divorcio vincular en Chile por primera vez en la historia del país, permitiendo que los cónyuges disuelvan el vínculo matrimonial por mutuo acuerdo (divorcio de común acuerdo bajo el Artículo 55 inciso 1) o por solicitud unilateral de uno de ellos (divorcio unilateral bajo el Artículo 55 inciso 2) ante los Juzgados de Familia. Antes de la Ley 19.947, solo existía la separación legal y la nulidad matrimonial — que declaraba que el matrimonio nunca había existido —, por lo que la persona cuyo matrimonio era anulado recuperaba jurídicamente el estado civil de soltero. Tras la Ley 19.947, el divorciado tiene un estado civil propio — «divorciado» — distinto del de soltero, aunque en la práctica la Declaración Jurada de Soltería se utiliza también para acreditar el estado de divorciado libre de vínculo matrimonial vigente.
El Acuerdo de Unión Civil (AUC), creado por la Ley 20.830 de 2015 y regulado en los Artículos 1 a 26 de dicha ley, establece un vínculo jurídico entre dos personas de distinto o igual sexo que acuerdan convivir de forma estable y permanente. El AUC no constituye matrimonio civil — los convivientes civiles no son cónyuges —, pero genera efectos civiles y patrimoniales similares: presunción de domicilio común, alimentos entre convivientes civiles, derechos hereditarios del conviviente sobreviviente, y régimen patrimonial de comunidad de bienes salvo pacto en contrario. La Declaración Jurada de Soltería en el contexto del AUC acredita que el declarante no tiene un AUC vigente inscrito en el Registro Civil, lo que es requisito para celebrar un nuevo AUC o un matrimonio civil conforme al Artículo 9 de la Ley 20.830 y al Artículo 5 N° 1 de la Ley 19.947.
El Servicio de Registro Civil e Identificación mantiene el Registro de Matrimonios, el Registro de Acuerdos de Unión Civil y el Registro de Divorcios, todos accesibles en línea a través del portal del SRCEI (registrocivil.cl). Los certificados de estado civil emitidos por el SRCEI son documentos públicos con valor oficial en todo el territorio nacional y en el extranjero mediante la apostilla de La Haya o la legalización consular, según el país destinatario.
Cuándo necesitas Declaración Jurada de Soltería Chile
La Declaración Jurada de Soltería Chile se requiere en una variedad de situaciones legales, administrativas y personales en que el estado civil del declarante es relevante para el acto o trámite que se realiza.
Se necesita como requisito previo para contraer matrimonio civil ante el Oficial del Registro Civil conforme al Artículo 124 del Código Civil y al procedimiento establecido en los Artículos 9 a 14 de la Ley 4.808 de 1930. Los contrayentes deben declarar ante el Oficial del Registro Civil que son solteros, viudos o divorciados libres de vínculo matrimonial vigente, y la Declaración Jurada de Soltería es el documento que formaliza esta declaración cuando alguno de los contrayentes no puede acreditar su estado civil directamente mediante los certificados del SRCEI — por ejemplo, cuando se trata de un extranjero cuyo estado civil no está inscrito en el Registro Civil chileno.
El documento se requiere cuando un chileno o extranjero residente en Chile desea contraer matrimonio en el extranjero y el país de destino — España ante el Registro Civil español, Argentina ante el Registro Nacional de las Personas, México ante el Registro Civil del estado correspondiente, o cualquier otro país — exige acreditar el estado civil del contrayente chileno. En estos casos, la Declaración Jurada de Soltería debe ser otorgada ante Notario Público, apostillada conforme al Convenio de La Haya de 1961 (del que Chile es parte desde 1981) y eventualmente traducida al idioma del país receptor.
Se necesita en los trámites de visas y residencia permanente ante el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior bajo la Ley 21.325 de 2021 (Ley de Migración y Extranjería), cuando el extranjero postula como soltero sin cargas familiares y debe acreditar este estado civil mediante declaración jurada validada en su país de origen o ante el Consulado chileno.
La declaración es también necesaria cuando se tramita una herencia y debe acreditarse que el causante fallecido era soltero y no tenía cónyuge con derecho a cuota hereditaria — lo que es relevante para la aplicación de las reglas de sucesión intestada del Artículo 983 del Código Civil, que privilegia a los descendientes y luego al cónyuge sobreviviente —, ante el Registro Civil en la posesión efectiva intestada o ante el Juzgado Civil en la sucesión testada.
También se requiere cuando el declarante postula a ciertos beneficios del Estado condicionados al estado civil — como el subsidio habitacional para personas solas del DS 49 del MINVU, ciertos beneficios del FONASA, o las prestaciones del IPS —, y la institución no puede verificar el estado civil directamente en el Registro Civil por tratarse de un declarante que vivió parte de su vida en el extranjero.
Qué incluir en tu Declaración Jurada de Soltería Chile
Una Declaración Jurada de Soltería válida en Chile debe contener los elementos esenciales que le otorguen valor probatorio ante el Registro Civil, Notarías, tribunales e instituciones públicas y privadas.
Identificación del Declarante: Nombre completo según cédula de identidad, RUT (Rol Único Tributario), número de cédula de identidad emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, domicilio actual y profesión u oficio del declarante.
Declaración de Estado Civil: Manifestación expresa y específica del estado civil actual del declarante — soltero, viudo o divorciado —, indicando expresamente que no tiene matrimonio civil vigente en Chile ni en el extranjero, y que no tiene un Acuerdo de Unión Civil (AUC) vigente inscrito en el Registro Civil bajo la Ley 20.830 de 2015.
Historial Matrimonial: Si el declarante fue alguna vez casado o tuvo un AUC, debe indicar la fecha y lugar del matrimonio o AUC, el nombre del excónyuge o exconviviente civil, y la fecha y tribunal que declaró el divorcio, la nulidad o el término del AUC, con indicación del número de causa y el Juzgado de Familia competente.
Propósito de la Declaración: Indicación del propósito específico para el cual se otorga la declaración — matrimonio civil próximo, visa migratoria, trámite sucesorio, postulación a beneficio social u otro — para contextualizar su uso ante el destinatario.
Declaración Bajo Juramento: Manifestación expresa de que la información declarada es completa y veraz, que el declarante conoce las consecuencias civiles y penales de la bigamia tipificada en el Artículo 382 del Código Penal (presidio menor en sus grados medio a máximo), y firma del declarante con autorización notarial ante Notario Público para otorgar al documento valor de instrumento público.
Autorización Notarial: Datos del Notario Público autorizante — nombre, notaría, ciudad, número de Repertorio —, fecha y lugar de suscripción del documento.
Forms-legal.com ofrece este modelo de Declaración Jurada de Soltería Chile como referencia. Para trámites ante el Registro Civil y matrimonios en el extranjero, el documento debe ser autorizado ante Notario Público y apostillado si se usará fuera de Chile. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 19.947AR official
- Ley 20.830AR official
- Ley 21.325AR official
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Forms Legal. (2026). Declaración Jurada de Soltería Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/personal/legal-declarations/declaracion-jurada-solteria-chile
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}Preguntas Frecuentes
La Declaración Jurada de Soltería Chile es el documento mediante el cual una persona declara bajo juramento que su estado civil es el de soltero, viudo o divorciado libre de vínculo matrimonial vigente, conforme al Código Civil y la Ley 4.808 de 1930. Su principal función es acreditar la aptitud legal para contraer matrimonio civil ante el Oficial del Registro Civil, ya que el Artículo 5 N° 1 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil establece como impedimento dirimente para el matrimonio el vínculo matrimonial no disuelto — es decir, quien ya está casado no puede casarse de nuevo sin que el primer matrimonio haya terminado por muerte del cónyuge, por sentencia de divorcio firme o por nulidad declarada judicialmente. Más allá del matrimonio, la Declaración Jurada de Soltería se usa para acreditar el estado civil ante organismos de migración extranjeros, en procesos sucesorios, en postulaciones a subsidios del MINVU condicionados al estado civil, y en contratos privados o bancarios que requieren conocer el estado civil del declarante para determinar el régimen patrimonial aplicable. El Servicio de Registro Civil e Identificación emite certificados de estado civil oficiales gratuitos en línea (registrocivil.cl), que son los documentos más directos para acreditar el estado civil ante organismos nacionales — la Declaración Jurada de Soltería complementa estos certificados especialmente cuando el declarante es extranjero o cuando la información del Registro Civil no está actualizada.
El Código Civil chileno y la Ley 19.947 de Matrimonio Civil reconocen tres estados civiles principales para las personas que no tienen matrimonio vigente: soltero, divorciado y viudo. El soltero es la persona que nunca ha contraído matrimonio civil válido en Chile ni en el extranjero. Antes de la Ley 19.947 de 2004, las personas cuyo matrimonio era anulado judicialmente recuperaban el estado civil de soltero — ya que la nulidad declara que el matrimonio nunca existió —, pero esta vía fue muy usada fraudulentamente a través de la figura del «matrimonio del hogar» basado en alegaciones de incompetencia del Oficial del Registro Civil. El divorciado es la persona cuyo matrimonio fue disuelto por sentencia firme de divorcio dictada por el Juzgado de Familia competente conforme a la Ley 19.947 — divorcio de común acuerdo (Artículo 55 inciso 1, con cese de convivencia de al menos un año) o divorcio unilateral (Artículo 55 inciso 2, con cese de convivencia de al menos tres años). El viudo o viuda es la persona cuyo matrimonio terminó por muerte del cónyuge. Estos tres estados civiles son jurídicamente equivalentes en cuanto a la aptitud legal para contraer un nuevo matrimonio — todos pueden casarse nuevamente —, aunque tienen diferencias en materia de derechos hereditarios, beneficios previsionales del cónyuge sobreviviente (Artículo 80 del DL 3.500), y algunos trámites administrativos que distinguen entre ellos. La Declaración Jurada de Soltería puede adaptarse para declarar cualquiera de estos tres estados civiles según la situación del declarante.
Para usar una Declaración Jurada de Soltería chilena en un país extranjero, el documento debe pasar por el proceso de apostilla conforme al Convenio de La Haya de 1961 sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, del cual Chile es parte desde el 30 de agosto de 1981. El proceso de apostilla en Chile se realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Ministerio de RREE) o ante las Gobernaciones Provinciales autorizadas para este trámite. Los pasos son: primero, otorgar la Declaración Jurada de Soltería ante Notario Público con la firma autorizada ante dicho ministro de fe; segundo, solicitar la legalización de la firma del Notario ante la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Justicia correspondiente o ante el Ministerio de Justicia; tercero, solicitar la apostilla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Santiago (División de Legalizaciones, Catedral 1143, Santiago Centro) o en las Gobernaciones Provinciales que cuenten con la delegación correspondiente. El plazo de trámite es de 1 a 3 días hábiles y tiene un costo de aproximadamente CLP 6.500 por documento. Si el país de destino no es parte del Convenio de La Haya, se requiere la legalización consular — es decir, la autenticación del documento por el Cónsul del país receptor acreditado en Chile. Para matrimonios en España, Francia, Alemania, Italia, Argentina, México, Colombia u otros países signatarios del Convenio de La Haya, la apostilla chilena es suficiente para otorgar valor legal al documento.
El Acuerdo de Unión Civil (AUC), regulado por la Ley 20.830 de 2015, crea un vínculo jurídico entre dos convivientes civiles que, aunque distinto del matrimonio, genera un impedimento legal para contraer matrimonio o celebrar un nuevo AUC mientras esté vigente. El Artículo 9 de la Ley 20.830 establece expresamente que no pueden celebrar un AUC quienes ya tengan un AUC vigente o estén casados. Análogamente, el Artículo 5 N° 2 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil (modificado por la Ley 20.830) impide contraer matrimonio a quienes tengan un AUC vigente. Por lo tanto, si el declarante tenía un AUC y desea declarar su soltería para contraer matrimonio o un nuevo AUC, debe acreditar que el AUC anterior ha terminado — por muerte del conviviente civil, por acuerdo de término ante el Oficial del Registro Civil o por sentencia judicial de término conforme al Artículo 26 de la Ley 20.830 —. La Declaración Jurada de Soltería en este contexto debe indicar expresamente que el AUC anterior ha terminado, con la fecha de término y el número de inscripción en el Registro Civil. El Servicio de Registro Civil e Identificación mantiene el Registro de Acuerdos de Unión Civil en línea, donde puede verificarse si una persona tiene un AUC vigente ingresando su RUT en el portal registrocivil.cl. Una declaración de soltería que omite un AUC vigente puede constituir el delito de celebración fraudulenta de acto civil análogo a la bigamia, con consecuencias penales y civiles.
Sí. Los extranjeros que deseen contraer matrimonio civil en Chile ante el Servicio de Registro Civil e Identificación deben cumplir los mismos requisitos que los chilenos, incluyendo la acreditación de su estado civil. La diferencia práctica es que los extranjeros generalmente no tienen inscripciones en el Registro Civil chileno que permitan verificar directamente su estado civil — salvo que hayan vivido en Chile y hayan inscrito eventos civiles en el SRCEI. Para acreditar su soltería, los extranjeros pueden presentar: un certificado de estado civil emitido por el Registro Civil o autoridad competente de su país de origen, apostillado o legalizado consularmente según corresponda, con traducción oficial al español si está en otro idioma; o una Declaración Jurada de Soltería otorgada ante el Cónsul chileno del país de origen del extranjero, que tiene valor de instrumento público en Chile por la función notarial de los Cónsules bajo el Artículo 3 del Código Orgánico de Tribunales; o una Declaración Jurada de Soltería otorgada ante Notario Público en Chile si el extranjero ya tiene domicilio en el país, con los respaldos documentales disponibles. El Departamento de Extranjería y Migración, bajo la Ley 21.325 de 2021, verifica el estado civil de los extranjeros en los procesos de solicitud de visa de residencia permanente y residencia temporaria, y puede requerir la Declaración Jurada de Soltería cuando los certificados del país de origen no están disponibles o son insuficientes. Las embajadas y consulados de Chile en el exterior — en Buenos Aires, Lima, Bogotá, Ciudad de México, Madrid, Caracas, entre otros — pueden orientar sobre los requisitos específicos para cada nacionalidad.
La bigamia — contraer matrimonio civil estando ligado por un vínculo matrimonial anterior no disuelto — es un delito tipificado en el Artículo 382 del Código Penal chileno, sancionado con presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años). El cónyuge que se casa por segunda vez presentando una Declaración Jurada de Soltería falsa incurre en este delito, que puede ser perseguido de oficio por el Ministerio Público o por querella del cónyuge afectado. Desde el punto de vista civil, el segundo matrimonio contraído por una persona que ya tenía vínculo matrimonial vigente es nulo de pleno derecho conforme al Artículo 5 N° 1 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil y al Artículo 44 del Código Civil — la nulidad puede ser declarada por el Juzgado de Familia a petición de cualquier interesado o del Ministerio Público conforme al Artículo 46 de la Ley 19.947. Los efectos del matrimonio nulo respecto de la parte de buena fe (el cónyuge que desconocía el vínculo anterior) se rigen por el Artículo 51 de la Ley 19.947, que le otorga los mismos derechos que habría tenido en un matrimonio válido — incluyendo derechos patrimoniales, hereditarios y de compensación económica. El Oficial del Registro Civil que autoriza el matrimonio de una persona que declaró falsamente ser soltera puede ser sujeto de responsabilidad administrativa ante la Contraloría General de la República si no verificó adecuadamente el estado civil del contrayente mediante los registros del SRCEI disponibles en el sistema.
Una persona divorciada en Chile que desea contraer un nuevo matrimonio civil debe acreditar ante el Oficial del Registro Civil que su divorcio anterior está inscrito en el Registro de Matrimonios del SRCEI con la correspondiente subinscripción de la sentencia de divorcio firme. El Artículo 59 de la Ley 19.947 de Matrimonio Civil establece que la sentencia de divorcio debe subinscribirse al margen de la respectiva inscripción de matrimonio en el Registro Civil para ser oponible a terceros — mientras la sentencia no esté subinscrita, el matrimonio no se considera disuelto para efectos civiles y el divorciado no puede casarse nuevamente. Para verificar si la subinscripción está vigente, el divorciado puede obtener su Certificado de Matrimonio con subinscripciones en el portal del SRCEI (registrocivil.cl) de forma gratuita e inmediata — el certificado indicará la fecha de la sentencia de divorcio y la fecha de su subinscripción. Si el divorcio fue declarado en el extranjero, la sentencia extranjera debe ser reconocida en Chile mediante el trámite de exequatur ante la Corte Suprema de Justicia conforme a los Artículos 242 a 251 del Código de Procedimiento Civil, antes de poder ser subinscrita en el Registro Civil chileno. Una vez subinscrito el divorcio en el SRCEI, el certificado de matrimonio refleja automáticamente el estado civil de divorciado, y este certificado es el documento más directo y oficial para acreditar la soltería jurídica ante el Oficial del Registro Civil, sin necesidad de Declaración Jurada adicional salvo que existan circunstancias especiales que el Oficial requiera acreditar.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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