Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino México
Tenant Notice to Vacate
AVISO DE TERMINACIÓN DE ARRENDAMIENTO
Tenant Notice to Vacate
Conforme al Artículo 2478 del Código Civil Federal
I. DATOS DE LAS PARTES
INQUILINO (ARRENDATARIO):
Nombre: [Tenant Name]
CURP / RFC: [Tenant CURP/RFC]
Domicilio actual: [Tenant Address]
ARRENDADOR / ADMINISTRADOR:
Nombre: [Landlord Name]
Domicilio para notificaciones: [Landlord Address]
II. INMUEBLE Y CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Domicilio del inmueble arrendado: [Property Address]
Fecha del contrato de arrendamiento: [Lease Date]
Renta mensual vigente: [Monthly Rent]
Tipo de arrendamiento: [Lease Type]
III. AVISO DE TERMINACIÓN Y DESOCUPACIÓN
Por medio del presente escrito, yo, [Tenant Name], en mi carácter de arrendatario del inmueble ubicado en [Property Address], notifico formalmente a usted, [Landlord Name], mi decisión de dar por terminado el contrato de arrendamiento celebrado con fecha [Lease Date], conforme al Artículo 2478 del Código Civil Federal.
Fecha de entrega del presente aviso: [Notice Date].
Fecha en que procederé a desocupar y entregar el inmueble: [Vacation Date].
Método de entrega de este aviso: [Delivery Method].
Me comprometo a entregar el inmueble en las condiciones en que me fue entregado al inicio del arrendamiento, sujeto al deterioro por uso normal conforme al Artículo 2444 del Código Civil Federal, en la fecha señalada.
IV. DEPÓSITO DE GARANTÍA Y ENTREGA DEL INMUEBLE
Monto del depósito de garantía entregado al inicio del arrendamiento: [Deposit Amount].
Por medio del presente aviso, solicito formalmente la devolución del depósito de garantía dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la fecha de desocupación y verificación del estado del inmueble, una vez constatado que el mismo es devuelto en las condiciones pactadas.
VI. DECLARACIÓN FINAL
El presente aviso se emite de buena fe y conforme a las obligaciones legales establecidas en el Código Civil Federal. Quedo a disposición de usted para coordinar los detalles de la entrega del inmueble y la devolución del depósito de garantía.
En [Signing City], a [Notice Date].
Atentamente,
[Tenant Name]
Arrendatario
Firma: _________________________
Tenant (Arrendatario)
________________
Signature
Qué es Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino México
El Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino en México es una comunicación escrita formal por la cual un arrendatario notifica al arrendador su decisión unilateral de dar por terminado el contrato de arrendamiento y desocupar el inmueble arrendado en una fecha específica. En México, este documento se rige principalmente por el Código Civil Federal (CCF), en concreto los artículos 2478 a 2490, que regulan la terminación, la rescisión y las obligaciones de entrega derivadas de las relaciones de arrendamiento sobre bienes inmuebles. El Código Civil para el Distrito Federal (CCDF) y los códigos civiles de entidades como Jalisco, Nuevo León y Veracruz contienen disposiciones paralelas aplicables dentro de sus respectivas jurisdicciones.
El artículo 2478 del Código Civil Federal establece que, cuando un arrendamiento se pacta por tiempo determinado, el arrendatario está obligado a desocupar el inmueble al vencer ese plazo sin requerir un aviso por separado. Cuando el arrendamiento es por tiempo indeterminado o se ha convertido en tal tras el vencimiento del plazo original, el artículo 2478 del CCF exige que la parte que desea darlo por terminado dé un aviso previo a la otra parte; el periodo de aviso suele ser de treinta días naturales para los arrendamientos residenciales y de sesenta días naturales para los arrendamientos comerciales, aunque las disposiciones contractuales pueden modificar estos mínimos legales.
El Aviso de Terminación cumple varios fines legales críticos conforme al derecho de arrendamiento mexicano. Primero, crea un registro escrito de la notificación formal del arrendatario, que establece la fecha precisa en que se dio el aviso y la fecha de desocupación prevista, ambos datos críticos para calcular la responsabilidad del arrendatario por la renta y la obligación del arrendador de devolver el depósito de garantía. Segundo, detona la obligación del arrendador, conforme al artículo 2444 del CCF, de recibir el inmueble en la condición en que se entregó, sujeto al deterioro por uso normal. Tercero, establece el punto de partida del derecho del arrendatario a recibir de vuelta el depósito de garantía; conforme a los principios generales del CCF y a la práctica judicial ante el Juzgado de Arrendamiento Inmobiliario (donde existe en la Ciudad de México conforme a la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal), el arrendador debe devolver el depósito dentro de un plazo razonable tras verificar la condición del inmueble.
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) tiene competencia administrativa sobre las controversias de arrendamiento residencial que involucran a consumidores, y sus servicios de conciliación se usan con frecuencia para resolver las controversias por la devolución del depósito antes de los procedimientos judiciales formales. Para la Ciudad de México en específico, la Ley de Arrendamiento Inmobiliario para el Distrito Federal prevé protecciones procesales adicionales para los arrendatarios residenciales, incluida la conciliación obligatoria ante el Centro de Justicia Alternativa antes de presentar los procedimientos de desahucio controvertidos.
Conforme a los artículos 2483 y 2484 del CCF, el arrendatario que da el aviso previo adecuado y desocupa el inmueble en la fecha señalada queda liberado de todas las obligaciones futuras de renta a partir de la fecha de desocupación. Sin embargo, no dar el aviso requerido deja al arrendatario responsable de la renta hasta el final del periodo legal de aviso aun cuando la desocupación física haya ocurrido antes; los tribunales de la Ciudad de México y de entidades como Nuevo León y Jalisco han aplicado de manera consistente esta regla cuando los arrendatarios abandonan el inmueble sin aviso por escrito. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha afirmado en las tesis jurisprudenciales que un Aviso de Terminación por escrito notificado con prueba de entrega es el estándar de prueba requerido para establecer la fecha de terminación en cualquier controversia posterior por el depósito o reclamación de rentas vencidas ante los Juzgados Civiles competentes.
Cuándo necesitas Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino México
El Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino en México se requiere siempre que un arrendatario decide dar por terminado un contrato de arrendamiento y desocupar el inmueble, ya sea al vencer un plazo fijo o durante un arrendamiento por tiempo indeterminado conforme al Código Civil Federal.
El aviso se necesita cuando el arrendamiento de tiempo determinado del arrendatario se acerca a su fecha de vencimiento y el arrendatario no pretende renovarlo. Si bien el artículo 2478 del CCF técnicamente no exige un aviso por separado para desocupar al vencer un plazo fijo, dar un aviso formal por escrito es una práctica muy recomendable: previene controversias sobre si el arrendamiento se renovó por acuerdo tácito (tácita reconducción) conforme al artículo 2487 del CCF, lo cual puede ocurrir cuando el arrendatario permanece en posesión después del vencimiento del plazo con el conocimiento del arrendador y sin objeción.
El aviso es obligatorio cuando un arrendamiento por tiempo indeterminado está en vigor: en este escenario, el arrendatario debe dar el aviso previo por escrito dentro del periodo legal (por lo general, 30 días para el residencial y 60 días para el comercial) para evitar la responsabilidad por la renta más allá de la fecha de desocupación. No dar el aviso oportuno significa que el arrendatario sigue siendo responsable de la renta hasta el final del periodo de aviso aun cuando desocupe antes.
El documento se requiere antes de desocupar locales comerciales regidos por contratos que especifican un periodo de aviso contractual. Los contratos de arrendamiento de local comercial en México suelen requerir 60, 90 o incluso 180 días de aviso previo; el arrendatario debe cumplir el periodo contractual para evitar la responsabilidad por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato conforme a los artículos 2104 y 2107 del CCF.
El aviso se necesita para solicitar formalmente la devolución del depósito de garantía: al establecer por escrito la fecha de desocupación y el cumplimiento de las obligaciones de aviso del arrendatario, este crea la base legal para exigir la devolución del depósito y para iniciar los procedimientos de conciliación ante la PROFECO si el arrendador retiene el depósito de manera injustificada después de devolver el inmueble en condiciones adecuadas.
El Aviso de Terminación también es el documento requerido cuando un arrendatario ejerce un derecho de terminación anticipada (cláusula de terminación anticipada) conforme al contrato de arrendamiento: señala la fecha de terminación, reconoce cualquier pena convencional debida y solicita una inspección conjunta del inmueble antes de desocuparlo. Los arrendatarios de inmuebles industriales o comerciales también deben notificar el aviso al administrador del inmueble o a la empresa administradora de la FIBRA si el arrendador es un fideicomiso de inversión inmobiliaria y no un propietario individual, ya que los inmuebles administrados por FIBRA tienen procedimientos específicos de entrega e inspección regidos por sus contratos de fideicomiso y de administración de inmuebles. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito han emitido tesis jurisprudenciales sobre la interpretación de este tipo de documento. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos que afectan derechos reales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisan aspectos complementarios.
Qué incluir en tu Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino México
Un Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino en México válido conforme al Código Civil Federal debe contener los siguientes elementos esenciales para surtir efectos legales y proteger los intereses del arrendatario en cualquier controversia posterior ante la PROFECO, el Juzgado de Arrendamiento o el Juzgado Civil competente:
Identificación completa del arrendatario: el nombre legal completo, la CURP o el RFC y el domicilio actual del arrendatario que da el aviso. Si el arrendatario es una persona moral, deben especificarse la denominación social completa, el RFC y el nombre y las facultades (poderes notariales) del representante legal para confirmar la autoridad de dar por terminado el arrendamiento.
Identificación completa del arrendador y del inmueble: el nombre completo y el domicilio del arrendador o del administrador del inmueble, y el domicilio completo del inmueble arrendado, incluidos la calle, el número, la unidad interior, la colonia, el municipio o la alcaldía, el estado y el código postal.
Referencia al contrato de arrendamiento: la fecha del contrato de arrendamiento original, las partes y los términos clave, en particular el plazo pactado y la renta mensual vigente. Esta referencia vincula el aviso con la relación jurídica específica que se da por terminada y previene controversias sobre qué acuerdo se da por terminado.
Fecha de desocupación: la fecha de calendario específica en que el arrendatario desocupará y devolverá el inmueble. Esta fecha debe cumplir el periodo de aviso contractual o legal conforme al artículo 2478 del CCF, calculado a partir de la fecha en que el aviso se entrega al arrendador. El arrendatario debe confirmar que la fecha de desocupación propuesta da al arrendador el periodo de aviso completo requerido.
Fecha y forma de entrega del aviso: la fecha en que se entrega el aviso y la forma de entrega: entrega en mano con acuse de recibo firmado, correo certificado con acuse de recibo a través del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX), mensajería o notificación notarial. La notificación notarial a través de un Notario Público aporta el estándar probatorio más alto de la entrega.
Solicitud de devolución del depósito de garantía: la solicitud expresa de la devolución del depósito de garantía dentro de un plazo determinado tras la desocupación y la verificación de la condición del inmueble, citando el monto depositado y las obligaciones de devolución del depósito conforme al contrato de arrendamiento y a los principios generales del CCF.
Manifestación de la condición del inmueble: una breve manifestación que confirme la intención del arrendatario de devolver el inmueble en la condición en que se recibió, sujeto al deterioro por uso normal, y que solicite una inspección conjunta para verificar la condición antes o en la fecha de desocupación.
Comprobante de pago: el aviso debe acompañarse de, o ir seguido de inmediato por, un conjunto completo de comprobantes de pago de toda la renta y de las cuotas de servicios adeudadas hasta la fecha de desocupación. Cualquier saldo pendiente de los servicios (agua, luz, gas) registrados a nombre del arrendatario debe pagarse y las cuentas deben transferirse de vuelta al arrendador o cancelarse. Algunos arrendamientos exigen que el arrendatario presente una constancia de no adeudo de los proveedores de servicios antes de que el arrendador esté obligado a devolver el depósito de garantía; el arrendatario debe reunir estos certificados con anticipación a la fecha de entrega para evitar demoras en la recuperación del depósito.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino en México como un punto de partida práctico. Los arrendatarios involucrados en controversias sobre la devolución del depósito, la condición del inmueble o la responsabilidad por terminación anticipada deben consultar a un Licenciado en Derecho especializado en arrendamiento inmobiliario o buscar los servicios de conciliación de la PROFECO antes de los procedimientos judiciales formales. Entre los documentos relacionados que se usan junto con este aviso están el Acta de Entrega-Recepción de Inmueble (registro de la condición del inmueble en la entrega), el Aviso de Desahucio (aviso de desocupación del arrendador en situaciones controvertidas) y el Contrato de Arrendamiento que rige el periodo de aviso y las obligaciones de devolución del depósito específicos del arrendamiento que se da por terminado.
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Forms Legal. (2026). Aviso de Terminación de Arrendamiento por el Inquilino México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/real-estate/notices/aviso-terminacion-arrendamiento-inquilino-mexico
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Preguntas Frecuentes
Conforme al artículo 2478 del Código Civil Federal, el plazo de aviso requerido para dar por terminado un arrendamiento por tiempo indeterminado depende de los términos del contrato y del tipo de inmueble. Para los arrendamientos residenciales, el plazo mínimo legal de aviso es de treinta días naturales, contados desde la fecha en que el aviso por escrito se entrega al arrendador. Para los arrendamientos comerciales (locales comerciales), sesenta días naturales es el plazo legal estándar de aviso, aunque muchos contratos de arrendamiento comercial fijan plazos contractuales más largos, de 90, 120 o 180 días, en cuyo caso rige el plazo contractual. Para los arrendamientos por tiempo determinado, el artículo 2478 del CCF técnicamente no exige un aviso separado para desocupar al término del plazo, pero se recomienda firmemente dar aviso por escrito al menos 30 días antes del vencimiento para evitar la renovación automática por tácita reconducción conforme al artículo 2487 del CCF, que ocurre cuando el arrendatario permanece en posesión tras el vencimiento del plazo con el conocimiento y la aquiescencia del arrendador. No dar el aviso con la anticipación requerida significa que el arrendatario sigue obligado al pago de la renta hasta el final del plazo de aviso completo, aun si desocupa antes el inmueble. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) puede mediar las controversias sobre el aviso adecuado en el contexto de los arrendamientos residenciales.
Conforme al Código Civil Federal y a la práctica estándar de arrendamiento en México, el arrendador debe devolver el depósito de garantía al arrendatario después de que este desocupe y devuelva el inmueble en las condiciones establecidas en el contrato, salvo el desgaste normal (deterioro por uso normal). El plazo de devolución no está señalado en una sola ley federal, pero suele ser de entre 15 y 30 días desde la fecha de desocupación y la conclusión de cualquier inspección conjunta del inmueble. El arrendador puede deducir del depósito: la renta pendiente hasta la fecha de desocupación, los servicios de los que el arrendatario era responsable y los costos de reparación documentados por daños que excedan el desgaste normal. El arrendador no puede deducir por el desgaste normal conforme al artículo 2444 del CCF. Si el arrendador retiene el depósito sin causa justificada, el arrendatario puede: presentar una queja de conciliación ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) para los arrendamientos residenciales que impliquen una relación de consumo; iniciar un procedimiento de conciliación ante el Centro de Justicia Alternativa (en la Ciudad de México); o presentar una acción civil ante el Juzgado Civil competente para la devolución del depósito más daños e intereses. El Aviso de Terminación del arrendatario, enviado con oportunidad y con constancia de entrega, es prueba fundamental en cualquier controversia sobre el depósito.
La tácita reconducción es un mecanismo legal previsto en el artículo 2487 del Código Civil Federal por el cual un arrendamiento por tiempo determinado se convierte automáticamente en un arrendamiento por tiempo indeterminado cuando el arrendatario permanece en posesión del inmueble después de la fecha de vencimiento del arrendamiento con el conocimiento del arrendador y sin objeción de este. El arrendamiento por tiempo indeterminado resultante conserva todos los términos originales salvo la duración fija, y cualquiera de las partes debe entonces dar el plazo legal de aviso para darlo por terminado. La tácita reconducción genera complicaciones legales importantes para ambas partes: para el arrendatario, significa que no puede simplemente desocupar al término del plazo original sin dar un aviso separado para terminar el arrendamiento renovado por tiempo indeterminado; para el arrendador, significa que cualquier intento de desalojar de inmediato a un arrendatario que se queda sin seguir el proceso legal de terminación y desahucio será impugnado ante el tribunal. Un Aviso de Terminación de Arrendamiento formal y por escrito, entregado antes de que venza el plazo fijo, previene la tácita reconducción al acreditar la clara intención del arrendatario de desocupar, sin dejar ambigüedad sobre si la permanencia del arrendatario tras el vencimiento del plazo (si la hubiera, durante un periodo de transición) representa la aceptación de un arrendamiento renovado. Los tribunales y el Centro de Justicia Alternativa aplican este principio de manera consistente en la Ciudad de México y en los casos de jurisdicción federal.
El método de entrega de un Aviso de Terminación de Arrendamiento es de importancia crítica para su exigibilidad legal en México, ya que el plazo de aviso corre desde la fecha en que el arrendador recibe y acusa el aviso, no meramente desde la fecha en que el arrendatario lo envía. Los métodos de entrega más confiables, en orden de fuerza probatoria, son: la entrega notarial —un Notario Público entrega el aviso y certifica la entrega en un acta notarial, lo que aporta el estándar probatorio más alto, admisible en cualquier tribunal mexicano o procedimiento de la PROFECO—; el correo certificado con acuse de recibo a través del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX) —el acuse de recibo es prueba de la entrega y de su fecha—; el servicio de mensajería con confirmación de entrega firmada —por ejemplo, DHL, Estafeta o Redpack, con una constancia de entrega firmada—; y la entrega personal con acuse de recibo firmado —el arrendador o su representante autorizado firma y fecha una copia del aviso como acuse de recibo—. La entrega por WhatsApp, correo electrónico u otros medios electrónicos es cada vez más común en la práctica, pero puede controvertirse; si se usa la entrega electrónica, asegúrese de contar con acuses de lectura y de usar la dirección de correo o el número telefónico señalados en el contrato como contacto oficial. Un intercambio de mensajes de texto o correos que confirme la recepción es prueba de apoyo adicional.
La terminación anticipada de un arrendamiento por tiempo determinado en México, antes de la fecha de vencimiento pactada, por lo general expone al arrendatario a responsabilidad conforme a los artículos 2104 y 2107 del Código Civil Federal por incumplimiento del contrato: el arrendatario puede quedar obligado al pago de la renta restante hasta el final del plazo y a cualquier otro daño causado al arrendador, salvo que el contrato incluya una cláusula específica de terminación anticipada o que el arrendatario pueda acreditar una causa legal de terminación anticipada. Entre las causas legales de terminación anticipada sin penalización conforme al derecho civil mexicano están: el incumplimiento material del arrendador en mantener el inmueble en condiciones de habitabilidad (incumplimiento de la obligación de conservación del artículo 2412 del CCF); los vicios ocultos del inmueble descubiertos después de la ocupación; los eventos de fuerza mayor (caso fortuito o fuerza mayor) que vuelvan inhabitable el inmueble; o el acuerdo mutuo (convenio de rescisión mutua) con el arrendador, documentado por escrito. Algunos arrendamientos incluyen una cláusula de terminación anticipada que permite la salida anticipada mediante el pago de una pena convencional, por lo general de una a tres mensualidades de renta. El arrendatario siempre debe revisar con cuidado el contrato antes de desocupar anticipadamente y, de ser posible, negociar un convenio de terminación mutua por escrito con el arrendador para documentar los términos acordados y evitar reclamaciones futuras.
Al desocupar un inmueble arrendado en México, el arrendatario tiene varias obligaciones legales conforme al Código Civil Federal y al contrato de arrendamiento que debe cumplir para evitar responsabilidad y asegurar la devolución del depósito de garantía. Conforme al artículo 2444 del CCF, el arrendatario debe devolver el inmueble en las mismas condiciones en que se le entregó al inicio del arrendamiento, salvo el desgaste normal (deterioro por uso normal); esto significa reparar o pagar cualquier daño causado por el arrendatario o sus visitantes más allá del uso ordinario. El arrendatario debe pagar toda la renta y los servicios adeudados hasta la fecha de desocupación; cualquier monto no pagado puede deducirse del depósito de garantía. El arrendatario debe devolver todas las llaves, tarjetas de acceso y controles remotos del inmueble. Si el arrendatario realizó modificaciones o mejoras al inmueble sin autorización por escrito del arrendador conforme al artículo 2441 del CCF, el arrendador puede exigir su retiro y la restitución a costa del arrendatario. El arrendatario debe coordinar una inspección conjunta (entrega-recepción) con el arrendador en la fecha de desocupación o antes, para documentar el estado del inmueble en un Acta de Entrega-Recepción; este documento es la herramienta principal para resolver controversias posteriores sobre el estado del inmueble y las deducciones del depósito. Cualquier desacuerdo sobre el estado del inmueble al momento de la devolución debe documentarse por escrito y asentarse en el Acta de Entrega-Recepción.
Si un arrendador en México se niega de manera injustificada a devolver el depósito de garantía después de que el arrendatario desocupó el inmueble en condiciones adecuadas y cumplió todas las obligaciones del arrendamiento, el arrendatario cuenta con varios remedios legales. Para los arrendamientos residenciales que impliquen una relación de consumo, el arrendatario puede presentar una queja de conciliación ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO); el servicio de conciliación de la PROFECO es gratuito y por lo general resuelve las controversias en 30 a 90 días sin necesidad de representación legal. En la Ciudad de México, el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia ofrece un servicio de mediación y arbitraje para las controversias inmobiliarias. Para todos los arrendamientos, el arrendatario puede presentar una demanda civil ante el Juzgado Civil competente (en materia federal, el Juzgado de Distrito en Materia Civil) reclamando: la devolución del monto del depósito más los intereses aplicables calculados conforme a los artículos 2395 a 2397 del CCF; los daños y perjuicios causados por la retención injustificada; y, en algunos casos, una reclamación de daño moral conforme al artículo 1916 del CCF por la afectación causada. El Aviso de Terminación del arrendatario (con constancia de entrega), el Acta de Entrega-Recepción que documente las buenas condiciones al momento de la entrega y los recibos de pago de toda la renta y los servicios hasta la fecha de desocupación son la prueba documental fundamental para cualquiera de estos procedimientos. Los montos de cuantía menor también pueden resolverse a través del procedimiento de arbitraje de la PROFECO o de los Juzgados de Paz en algunos estados.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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