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Aviso de Incumplimiento del Inquilino México

Tenant Breach Notice Mexico (Aviso de Incumplimiento del Inquilino)

AVISO DE INCUMPLIMIENTO DEL INQUILINO

Conforme al Código Civil Federal Artículo 2489 y artículo 1949 CCF

I. PARTES Y CONTRATO

ARRENDADOR: [Arrendador Name] | RFC: [Arrendador RFC]

Domicilio: [Arrendador Address]

ARRENDATARIO: [Arrendatario Name] | RFC: [Arrendatario RFC]

Contrato de Arrendamiento de fecha: [Lease Date]

Inmueble Arrendado: [Property Address]

Renta Mensual: [Monthly Rent]

II. INCUMPLIMIENTO ESPECÍFICO

Tipo de Incumplimiento: [Breach Type]

Fundamento Legal / Cláusula Contractual: [CCF Article]

Descripción Detallada del Incumplimiento:

[Breach Description]

Evidencia Anexa:

[Evidence List]

IV. FORMA DE ENTREGA

El presente Aviso se entrega mediante: [Service Method]. La fecha de entrega establece el inicio del plazo para subsanar y la fecha de mora para efectos de cualquier pena convencional bajo el artículo 2117 CCF.

FIRMA DEL ARRENDADOR

En [Notice City], a [Notice Date].

[Arrendador Name]

Firma: _________________________

ACUSE DE RECIBO DEL ARRENDATARIO:

[Arrendatario Name]

Firma: _________________________ Fecha de Recepción: _________________________

Landlord (Arrendador)

________________

Signature

Tenant — Acknowledgment of Receipt (Arrendatario — Acuse de Recibo)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Aviso de Incumplimiento del Inquilino México

El Aviso de Incumplimiento del Inquilino en México es un documento legal conforme al Código Civil Federal artículo 2489, mediante el cual el arrendador notifica al arrendatario una violación específica al contrato de arrendamiento y le otorga un plazo para subsanar el incumplimiento o desocupar el inmueble. Cubre uso distinto al convenido, subarrendamiento no autorizado, daños al inmueble y otras infracciones contractuales.

El artículo 2489 del Código Civil Federal enumera las causas específicas (causas de rescisión) por las que cualquiera de las partes puede exigir la rescisión judicial del contrato de arrendamiento. Fracción I: uso del inmueble arrendado para un fin distinto al convenido. Fracción II: falta de pago de la renta en las fechas convenidas durante dos o más períodos consecutivos. Fracción III: subarrendamiento o cesión del arrendamiento sin el consentimiento escrito del arrendador. Fracción IV: daños al inmueble más allá del deterioro natural por uso ordinario. Cada uno de estos constituye un incumplimiento distinto que el Aviso de Incumplimiento debe documentar con especificidad, citando la fracción aplicable y los hechos concretos que sustentan la causa de rescisión invocada.

Más allá de las causas enumeradas en el artículo 2489 CCF, el contrato de arrendamiento puede especificar obligaciones adicionales cuyo incumplimiento constituye incumplimiento contractual accionable bajo el artículo 1949 CCF: mantener una ocupación mínima, prohibir mascotas, restringir modificaciones al inmueble, exigir seguro de responsabilidad del arrendatario, limitar el ruido durante horarios especificados o cumplir el reglamento del condominio bajo la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. El Aviso de Incumplimiento documenta violaciones tanto de obligaciones estatutarias como contractuales, creando el expediente probatorio que el arrendador requiere para cualquier acción judicial posterior de rescisión ante el Juzgado competente.

El aviso cumple una doble función en el derecho inmobiliario mexicano. Por un lado, constituye el requerimiento de cumplimiento formal del arrendador, que algunos códigos procesales estatales exigen como requisito previo para presentar una demanda judicial de rescisión ante el Juzgado Civil. Por otro lado, establece la fecha a partir de la cual se calcula la mora para efectos de cualquier pena convencional bajo el artículo 2117 CCF que el contrato de arrendamiento hace exigible en caso de incumplimiento. Esta doble función hace del aviso un instrumento de gestión de conflictos y de protección legal simultáneamente.

En la Ciudad de México, la Procuraduría Social de la Ciudad de México (PROSOC) ofrece servicios de conciliación a costo cero que pueden apoyar la resolución sin litigio judicial prolongado. El Aviso de Incumplimiento del Inquilino es frecuentemente presentado en conciliaciones ante la PROSOC como evidencia documental de la queja prejudicial del arrendador. Para arrendamientos comerciales, la Cámara Nacional de Comercio (CANACO) y centros privados de mediación afiliados a la CONCANACO-SERVYTUR ofrecen servicios de mediación en disputas de arrendamiento comercial, y la documentación formal del incumplimiento mediante aviso escrito fortalece la posición de negociación del arrendador en dichos procedimientos alternativos de resolución de conflictos.

El Artículo 2489 del Código Civil Federal (CCF) establece que el arrendador puede rescindir el contrato de arrendamiento cuando el arrendatario no paga la renta en los términos convenidos, subarrienda sin autorización, destina el inmueble a uso distinto del pactado, o causa daños al inmueble. El Aviso de Incumplimiento al Inquilino es el instrumento que materializa formalmente la noticia al arrendatario del incumplimiento específico antes de iniciar el procedimiento jurisdiccional de rescisión y lanzamiento ante el Juzgado Civil o el Tribunal de Justicia Cotidiana (TJC) de la entidad federativa competente. Los Tribunales Colegiados de Circuito han interpretado que el aviso previo es un requisito de procedibilidad en los juicios de rescisión de arrendamiento, y que su omisión puede resultar en la desestimación de la demanda por falta de agotamiento de la vía conciliatoria previa exigida por algunos códigos procesales estatales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) recomienda que el arrendador conserve copia certificada del aviso y del acuse de recibo del arrendatario como evidencia en el expediente judicial, junto con los comprobantes de pago de renta que demuestren el historial de incumplimiento.

Cuándo necesitas Aviso de Incumplimiento del Inquilino México

El Aviso de Incumplimiento del Inquilino México se requiere cada vez que un arrendador descubre que el arrendatario ha violado una o más obligaciones del contrato de arrendamiento o las disposiciones aplicables del Código Civil Federal, y el arrendador desea documentar formalmente el incumplimiento y dar al arrendatario la oportunidad de subsanarlo antes de iniciar procedimientos judiciales.

El aviso se requiere cuando el arrendatario usa el inmueble para un fin distinto al convenido: realizando actividades comerciales en una unidad habitacional, operando una plataforma de arrendamiento de corto plazo como Airbnb sin autorización, o usando el inmueble para actividades prohibidas por el contrato o por la normativa de uso de suelo aplicable del municipio o alcaldía. Este incumplimiento cae bajo el artículo 2489(I) CCF y constituye causa de rescisión, con o sin período de subsanación dependiendo de la gravedad de la violación.

El aviso es necesario cuando el arrendatario subarrienda el inmueble o cede el arrendamiento a otra persona sin obtener el consentimiento escrito previo del arrendador, conforme al artículo 2489(III) CCF. El subarrendamiento no autorizado se descubre frecuentemente cuando el arrendador encuentra ocupantes distintos en el inmueble o recibe quejas de vecinos. El Aviso de Incumplimiento documenta el descubrimiento y exige la terminación inmediata del subarrendamiento no autorizado dentro del plazo establecido en el aviso.

Se requiere un aviso de incumplimiento cuando el arrendatario causa daños al inmueble más allá del deterioro ordinario por uso normal: instalar accesorios no autorizados, alterar la estructura sin permiso, dañar instalaciones hidráulicas o eléctricas, o dejar de mantener el inmueble en la condición exigida por el artículo 2441 CCF. El aviso debe ir acompañado de evidencia fotográfica y un presupuesto de reparación profesional de un contratista con licencia para cuantificar los daños reclamados.

El aviso es necesario cuando el arrendatario viola el reglamento de condominio: generando ruido excesivo, violando reglas de estacionamiento, manteniendo animales prohibidos o interfiriendo con el uso pacífico de otros ocupantes, y el arrendador recibe avisos formales de la administración del condominio bajo la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal o la ley estatal de condominios aplicable en cada entidad federativa.

Los arrendadores también usan el Aviso de Incumplimiento cuando los arrendatarios no pagan facturas de servicios que bajo los términos del contrato son responsabilidad del arrendatario: gas, internet, cuotas de mantenimiento del condominio, causando adeudos que podrían cargarse a la cuenta del arrendador o generar afectaciones a terceros. El aviso establece el plazo para el pago o corrección del incumplimiento antes de proceder a la rescisión judicial del contrato de arrendamiento ante el juzgado civil competente.

El aviso también es necesario en contratos de arrendamiento de uso mixto (habitacional-comercial) donde el inquilino ha modificado la distribución del inmueble sin autorización del arrendador, instalado equipos industriales que superen la capacidad eléctrica contratada ante la CFE, o introducido actividades comerciales no autorizadas por la licencia de uso de suelo municipal — situaciones que constituyen incumplimiento de las obligaciones del arrendatario bajo el Artículo 2425 CCF y justifican la rescisión del contrato.

Qué incluir en tu Aviso de Incumplimiento del Inquilino México

El Aviso de Incumplimiento del Inquilino México legalmente suficiente conforme al artículo 2489 CCF y los códigos civiles estatales aplicables debe incluir los siguientes elementos para servir como notificación prejudicial efectiva y como evidencia admisible en cualquier procedimiento posterior de rescisión ante el Juzgado Civil competente.

Identificación de las Partes: Nombres completos del arrendador y arrendatario, RFC y domicilios de ambas partes. Referencia al contrato de arrendamiento original: fecha de celebración, plazo, domicilio del inmueble y monto de la renta mensual, para establecer la relación contractual y las obligaciones específicas cuyo incumplimiento se documenta en el aviso.

Descripción del Inmueble: Domicilio completo del inmueble arrendado (calle, número, colonia, municipio o alcaldía, estado y código postal) que identifica de manera única el inmueble sujeto al arrendamiento y sobre el cual se documenta la violación contractual.

Descripción Específica del Incumplimiento: Una descripción precisa y factual del incumplimiento específico: qué ocurrió, cuándo se observó o reportó por primera vez, y cómo viola la disposición nombrada del contrato de arrendamiento o del CCF. Las imputaciones vagas o generales son insuficientes. El aviso debe identificar: (a) la obligación específica incumplida; (b) el artículo del contrato o la disposición CCF que crea esa obligación; (c) las fechas y especificidades de la violación; y (d) la evidencia que sustenta la afirmación del arrendador, incluyendo referencias a fotografías, avisos del condominio, reportes de inspección o estados de cuenta de servicios.

Fundamento Legal CCF: Cita del artículo específico del Código Civil Federal aplicable al incumplimiento: artículo 2489 fracción I para uso prohibido, fracción II para falta de pago, fracción III para subarrendamiento no autorizado, o fracción IV para daños al inmueble, junto con la cláusula contractual específica incumplida, para fundamentar el aviso en el marco legal que aplicará el juzgado al evaluar la procedencia de la rescisión.

Plazo de Subsanación y Acción Requerida: Un plazo específico y razonable dentro del cual el arrendatario debe subsanar el incumplimiento. Plazos típicos en la práctica mexicana: 5 a 15 días para pago de adeudos; 30 días para terminación de subarrendamiento no autorizado; 15 días para infracciones de uso. Para incumplimientos insubsanables por su naturaleza, como destrucción intencional del inmueble o actividades delictivas en el local, el aviso puede exigir la desocupación inmediata del inmueble.

Consecuencias del Incumplimiento: Declaración clara de que la falta de subsanación dentro del plazo señalado resultará en la presentación de una demanda de rescisión del contrato de arrendamiento y acción de desahucio ante el Juzgado Civil competente conforme al artículo 2489 CCF y el Código de Procedimientos Civiles aplicable, con cargo al arrendatario de todas las costas procesales, honorarios de abogados y cualquier pena convencional aplicable bajo el artículo 2117 CCF.

Evidencia Anexa: Lista de documentos y evidencia anexos al aviso: fotografías con fecha, avisos de la administración del condominio, reportes de inspección, estados de cuenta de servicios y registros de comunicaciones previas con el arrendatario. La evidencia anexa fortalece el aviso y sustenta el expediente de litigio del arrendador en caso de que el arrendatario no subsane el incumplimiento y sea necesario iniciar el juicio de arrendamiento.

Confirmación de Entrega: Declaración del método de entrega del aviso: requerimiento notarial ante Notario Público, correo certificado con acuse de recibo, o entrega personal ante dos testigos que firmen un acta de entrega. La fecha de entrega establece el inicio del plazo de subsanación y es esencial para el cómputo de términos en cualquier procedimiento judicial posterior.

Forms-legal.com proporciona esta plantilla de Aviso de Incumplimiento del Inquilino México como herramienta práctica para arrendadores que enfrentan incumplimientos del arrendatario. Los arrendadores deben consultar a un Licenciado en Derecho especializado en arrendamiento antes de presentar avisos de incumplimiento por violaciones graves como subarrendamiento no autorizado o daños al inmueble, para confirmar que el aviso satisface los requisitos del Juzgado Civil competente y preservar la posición legal del arrendador para cualquier juicio de arrendamiento posterior.

Plazo para Subsanar el Incumplimiento: El aviso debe fijar un plazo razonable — habitualmente 5 a 15 días hábiles dependiendo del tipo de incumplimiento — para que el arrendatario subsane el incumplimiento o presente prueba de descargo. La fijación de un plazo razonable es importante tanto por razones de equidad como para satisfacer el requisito de buena fe contractual establecido en el Artículo 1796 CCF, que obliga a las partes a cumplir los contratos de manera diligente. Consecuencias del No Subsanamiento: Declaración expresa de que si el arrendatario no subsana el incumplimiento dentro del plazo otorgado, el arrendador procederá a iniciar el juicio especial de rescisión de contrato de arrendamiento y lanzamiento del arrendatario ante el Juzgado Civil competente conforme al Código de Procedimientos Civiles de la entidad federativa, con reserva de reclamar daños y perjuicios. Firma y Medio de Notificación: Firma autógrafa del arrendador o apoderado con poder notarial suficiente, fecha y lugar del aviso. La notificación fehaciente — mediante Notario Público, actuario judicial, correo certificado con acuse o burofax — es la más recomendable para acreditar la recepción del aviso ante el órgano jurisdiccional en caso de que el arrendatario niegue haberlo recibido.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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