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Póliza de Seguro de Vida Individual México (Contrato de Seguro de Vida Individual)

Individual Life Insurance Policy Mexico (Contrato de Seguro de Vida Individual)

CONTRATO DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL

Individual Life Insurance Policy

Celebrado conforme a la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS) Artículos 152–183 y la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF)

I. PARTES

INSTITUCIÓN ASEGURADORA:

Nombre: [Insurance Company Name]

RFC: [Aseguradora RFC]

Autorización CNSF: [CNSF Authorization No.]

Domicilio: [Aseguradora Address]

CONTRATANTE:

Nombre: [Policyholder Name]

RFC: [Contratante RFC]

CURP: [Contratante CURP]

Fecha de Nacimiento: [Date of Birth]

Domicilio: [Policyholder Address]

PERSONA ASEGURADA:

¿Misma persona que el Contratante?: [Same Person]

Nombre (si es diferente): [Insured Person Name]

CURP (si es diferente): [Insured CURP]

II. TIPO DE SEGURO Y COBERTURA

Tipo de Seguro de Vida: [Type of Insurance]

Suma Asegurada: [Sum Insured]

Plazo de Cobertura: [Coverage Term]

Riesgos Cubiertos: [Insured Risks]

La Suma Asegurada será pagada por la Institución Aseguradora a los Beneficiarios designados, libre de derechos hereditarios y al margen de las deudas del patrimonio del Asegurado, conforme al Artículo 167 de la Ley sobre el Contrato de Seguro.

III. PRIMA Y FORMA DE PAGO

Monto de Prima: [Premium Amount]

Frecuencia de Pago: [Premium Frequency]

Fecha de Inicio de Vigencia: [Policy Start Date]

Período de Gracia: Conforme al Artículo 175 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, el Contratante dispondrá de un período de gracia de 30 (treinta) días naturales para pólizas de prima anual, y de 15 (quince) días para modalidades de pago más frecuentes, durante el cual la cobertura continuará vigente.

Rehabilitación: El Contratante tendrá derecho a rehabilitar la póliza en caso de caducidad por falta de pago, conforme al Artículo 176 LCS, mediante el pago de todas las primas vencidas más intereses aplicables y la presentación de declaración de estado de salud actualizada.

IV. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS

Tipo de Designación: [Beneficiary Type]

Beneficiario 1:

Nombre: [Beneficiary 1 Name]

Parentesco: [Beneficiary 1 Relationship]

Porcentaje de participación: [Beneficiary 1 %]

Beneficiario 2 (si aplica):

Nombre: [Beneficiary 2 Name]

Parentesco: [Beneficiary 2 Relationship]

Porcentaje de participación: [Beneficiary 2 %]

La designación de beneficiarios produce sus efectos conforme al Artículo 167 de la LCS. En caso de fallecimiento del Asegurado sin beneficiarios sobrevivientes, la Suma Asegurada formará parte del caudal hereditario.

V. EXCLUSIONES Y DISPOSICIONES ESTATUTARIAS

Exclusión por Suicidio (Artículo 158 LCS):

Período de exclusión: [Suicide Exclusion Period].

Transcurrido el período de exclusión, el fallecimiento por suicidio quedará cubierto y la Institución Aseguradora deberá pagar la Suma Asegurada a los Beneficiarios designados.

Cláusula de Incontestabilidad (Artículo 162 LCS):

Transcurridos 2 (dos) años desde la emisión o rehabilitación de la póliza, la Institución Aseguradora no podrá rescindir ni impugnar la validez de esta póliza por inexacta declaración del estado de riesgo en la solicitud, salvo que exista dolo comprobado por la aseguradora.

Exclusiones Adicionales:

[Additional Exclusions]

VI. DERECHOS Y VALORES DE LA PÓLIZA

Para pólizas con componente de ahorro (Seguro de Vida Entera, Dotal o Universal), la póliza generará un Valor de Rescate (Artículo 179 LCS) a partir del tercer año de vigencia, conforme a la tabla de valores de rescate que forma parte integrante de las Condiciones Generales de la póliza.

Seguro Prorrogado Automático: En caso de falta de pago de la prima vencido el período de gracia, la póliza se convertirá automáticamente en un seguro prorrogado por el período que el valor de rescate disponible permita costear, conforme al Artículo 178 LCS.

Préstamo sobre la Póliza: El Contratante podrá solicitar préstamos sobre el valor de rescate acumulado conforme al Artículo 180 LCS, hasta el porcentaje máximo establecido en las Condiciones Generales.

VII. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN

Los Beneficiarios o el Contratante deberán notificar a la Institución Aseguradora la ocurrencia del siniestro dentro del plazo establecido en las Condiciones Generales de la póliza, acompañando la documentación requerida: acta de defunción, póliza original o declaración jurada de extravío, identificación oficial y CURP del beneficiario reclamante, y documentación médica en caso de siniestro por invalidez.

La Institución Aseguradora procesará la reclamación dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a la recepción de documentación completa, conforme a la Circular S-7.1 de la CNSF. Cualquier negativa de pago injustificada podrá reclamarse ante la CONDUSEF.

VIII. LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

El presente Contrato se rige por la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS), la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF), y demás disposiciones aplicables de los Estados Unidos Mexicanos. El Contratante o los Beneficiarios podrán presentar quejas ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) en caso de controversia con la Institución Aseguradora.

FIRMAS

En [City], a [Issue Date].

INSTITUCIÓN ASEGURADORA:

[Insurance Company Name]

Firma: _________________________

Nombre y cargo del representante: _________________________

CONTRATANTE:

[Policyholder Name]

Firma: _________________________

PERSONA ASEGURADA (si es diferente del Contratante, conforme a LCS Art. 153):

[Insured Person Name]

Firma: _________________________

Insurance Company (Institución Aseguradora)

________________

Signature

Policyholder (Contratante)

________________

Signature

Insured Person (Asegurado — if different)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Póliza de Seguro de Vida Individual México (Contrato de Seguro de Vida Individual)

El Póliza de Seguro de Vida Individual en México es un documento legal regulado por la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS) artículos 152 a 183, que establece los derechos y obligaciones de la aseguradora y el contratante para cobertura de vida bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).

El artículo 1 de la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS) define el contrato de seguro como el acuerdo mediante el cual la aseguradora asume un riesgo de naturaleza económica frente al asegurado, a cambio de una prima. Para los seguros de vida específicamente, los artículos 152 a 183 LCS regulan: la designación y sustitución de beneficiarios (artículos 167 a 172); el período de exclusión por suicidio (artículo 158); la cláusula de incontestabilidad (artículo 162); los períodos de gracia para el pago de primas (artículo 175); los derechos de rehabilitación (artículo 176); el mecanismo de seguro prorrogado automático bajo el artículo 178; y los préstamos sobre el valor de rescate (artículo 180).

Todas las compañías de seguros que operan en México deben estar autorizadas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), organismo federal creado por Decreto publicado en el DOF el 3 de enero de 1990, que opera bajo la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas (LISF, DOF 4 de abril de 2013). La CNSF supervisa la solvencia y el cumplimiento de las aseguradoras, aprueba las formas de pólizas (pólizas tipo) y las tablas de tarifas de primas, y resuelve quejas a través de su Unidad Especializada (UNE).

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), establecida bajo la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF, DOF 18 de enero de 1999), brinda protección al consumidor para los asegurados en México. CONDUSEF opera el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) en el que deben inscribirse todas las formas de pólizas estandarizadas, proporciona servicios de mediación entre asegurados y aseguradoras, y mantiene el Registro de Contratos de Seguros de Vida con Componente de Inversión (REUNE) para pólizas de vida vinculadas a inversión.

El tratamiento fiscal de las primas y beneficios del seguro de vida en México está regulado por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Bajo el artículo 93 fracción XXI de la LISR, los beneficios por muerte pagados a los beneficiarios de pólizas de seguro de vida están exentos del ISR cuando el asegurado es el contratante o un familiar cercano. La deducibilidad de las primas para personas físicas está limitada bajo el artículo 151 de la LISR a seguros que cubran riesgos de invalidez, desempleo o muerte. Las primas del seguro de vida colectivo pagadas por los patrones para sus trabajadores son deducibles como gastos empresariales bajo el artículo 25 de la LISR. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.

Cuándo necesitas Póliza de Seguro de Vida Individual México (Contrato de Seguro de Vida Individual)

Una Póliza de Seguro de Vida Individual México es necesaria cuando una persona física desea proporcionar protección financiera a sus dependientes, familiares o beneficiarios designados ante el fallecimiento o invalidez del asegurado —garantizando que los beneficiarios reciban un pago en suma fija (suma asegurada) o renta (renta) sin demora y sin someter los recursos al proceso de herencia en México.

El seguro de vida es indispensable para el principal sostén económico de un hogar cuyo ingreso es el principal apoyo financiero para un cónyuge, hijos u otros dependientes. Bajo los artículos 167 a 172 LCS, los beneficios del seguro de vida se transfieren directamente a los beneficiarios designados fuera del patrimonio hereditario, exentos de procedimientos sucesorios ante el Registro Nacional de Avisos de Juicios Universales (RENAJU) y de posibles reclamaciones de acreedores contra la sucesión —siempre que la póliza haya estado en vigor durante el período mínimo de contestabilidad bajo el artículo 162 LCS.

La póliza es necesaria al obtener un crédito hipotecario de INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores), FOVISSSTE o bancos privados —la regulación hipotecaria mexicana exige que el deudor mantenga una póliza de seguro de vida con el acreedor designado como beneficiario hasta el monto del saldo insoluto del crédito. Los artículos 47 y 51 de la Ley del INFONAVIT establecen el seguro de vida e incapacidad como condiciones del crédito hipotecario.

Una póliza de seguro de vida es necesaria para los trabajadores independientes y dueños de negocios que no se benefician del seguro de vida colectivo que proporciona el IMSS a través de la inscripción en la seguridad social. El IMSS otorga un beneficio por muerte (pensión de viudez y orfandad) bajo los artículos 127 a 140 de la Ley del Seguro Social solo a los trabajadores registrados —los trabajadores independientes e informales carecen de protección legal equivalente.

El contrato es adecuado para fines de planificación patrimonial en México —nombrar beneficiarios bajo una póliza de seguro de vida individual garantiza la disponibilidad de recursos líquidos para pagar gastos sucesorios, deudas personales y gastos funerarios sin agotar los activos de la sucesión ni obligar a los herederos a esperar la conclusión de los procedimientos testamentarios ante el Juzgado Familiar o el notario público que tramite la sucesión.

Qué incluir en tu Póliza de Seguro de Vida Individual México (Contrato de Seguro de Vida Individual)

Una Póliza de Seguro de Vida Individual México válida bajo la Ley sobre el Contrato de Seguro (LCS) artículos 152 a 183 y el marco regulatorio de la CNSF debe contener los siguientes elementos esenciales para ser exigible y conforme a la ley:

Identificación de las Partes: Nombre completo, RFC, CURP, fecha de nacimiento, domicilio y ocupación del contratante y de la persona asegurada —que pueden ser la misma persona o personas distintas. Para contratantes personas morales bajo una póliza colectiva, el RFC del patrón y la referencia del Registro Público de Comercio. La razón social, RFC, número de autorización emitido por la CNSF y domicilio registrado de la aseguradora.

Riesgo Asegurado y Tipo de Cobertura: Declaración clara del riesgo asegurado —muerte, invalidez total y permanente, o ambos— y el tipo de póliza (temporal, vida entera, dotal o universal). Referencia a los artículos específicos de la LCS que rigen la cobertura y a cualquier cobertura adicional (coberturas adicionales) adherida a la póliza, como muerte accidental, exención de prima por invalidez, o enfermedades graves.

Suma Asegurada: El monto exacto pagadero al ocurrir el evento asegurado, expresado en pesos mexicanos (MXN) o, cuando lo permitan las regulaciones de la CNSF, en unidades de inversión (UDIS) o indexado a un benchmark aprobado. Para las pólizas dotales, deben especificarse tanto el beneficio por muerte como el beneficio de sobrevivencia.

Designación de Beneficiarios: Nombres, fechas de nacimiento, CURP, parentesco con el asegurado y porcentaje de participación de cada beneficiario designado bajo el artículo 167 LCS. La naturaleza revocable o irrevocable de la designación debe indicarse —un beneficiario irrevocable (beneficiario irrevocable) bajo el artículo 170 LCS no puede cambiarse sin el consentimiento de ese beneficiario, y el contratante no puede rescatar la póliza, obtener un préstamo ni cederla sin la autorización escrita del beneficiario irrevocable.

Prima: El monto, frecuencia (mensual, trimestral, semestral, anual) y modalidad de pago de la prima. El período de gracia (período de gracia) para pago tardío bajo el artículo 175 LCS —mínimo de 30 días para primas anuales y 15 días para modalidades de pago más frecuentes— durante el cual la cobertura continúa y la aseguradora no puede cancelar la póliza. Las consecuencias del no pago (falta de pago) una vez vencido el período de gracia.

Períodos de Espera y Exclusiones: El período de exclusión por suicidio bajo el artículo 158 LCS —típicamente dos años desde la emisión de la póliza— durante el cual el fallecimiento por suicidio queda excluido de la cobertura. Exclusiones por padecimientos preexistentes declarados en el proceso de solicitud. Exclusiones por guerra, disturbios civiles, aviación y cualquier exclusión ocupacional específica aplicable a la ocupación declarada del asegurado.

Cláusula de Incontestabilidad: Referencia al artículo 162 LCS —después de que la póliza haya estado en vigor de forma continua por dos años, la aseguradora no puede rescindir ni impugnar la póliza por inexacta declaración en la solicitud, salvo en casos de dolo (fraude) comprobado por la aseguradora. Esta cláusula brinda protección crítica a los beneficiarios contra la negativa retroactiva de cobertura.

Valor en Efectivo y Opciones de Póliza: Para pólizas de vida permanente, la tabla de valores de rescate bajo el artículo 179 LCS, los valores del seguro prorrogado automático, y las disposiciones de préstamo sobre la póliza bajo el artículo 180 LCS —incluyendo el monto máximo del préstamo (típicamente el 90 % del valor de rescate) y la tasa de interés aplicable.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Póliza de Seguro de Vida Individual México como documento de referencia práctico. Los contratos de seguro de vida en México son productos regulados —la emisión efectiva de pólizas requiere autorización de la CNSF, y los términos de las pólizas deben cumplir con los productos aprobados por la CNSF. Los contratantes deben solicitar copia de las condiciones generales completas y del resumen de cobertura a la aseguradora autorizada, y consultar a un agente de seguros autorizado por la CNSF antes de contratar un plan de seguro de vida. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.

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Forms Legal. (2026). Póliza de Seguro de Vida Individual México (Contrato de Seguro de Vida Individual) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/personal/insurance/poliza-seguro-vida-individual-mexico

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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