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Querella Penal México

Private Criminal Complaint Mexico (Querella Penal)

QUERELLA PENAL

Private Criminal Complaint

Presentada conforme al Artículo 225 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP)

C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

(Fiscalía competente — Federal o del Estado donde ocurrieron los hechos)

I. DATOS DEL QUERELLANTE (VÍCTIMA U OFENDIDO)

Nombre completo: [Victim Name]

CURP: [Victim CURP]

RFC: [Victim RFC]

Domicilio: [Victim Address]

Teléfono: [Victim Phone]

Representante legal: [Legal Representative]

II. DATOS DEL PROBABLE RESPONSABLE

Nombre: [Accused Name]

Domicilio: [Accused Address]

Otros datos identificatorios: [Accused Identifiers]

III. RELACIÓN DE HECHOS Y CALIFICACIÓN LEGAL

Delito denunciado: [Offence Type]

Fecha(s) de los hechos: [Offence Date]

Lugar de los hechos: [Offence Location]

Relación cronológica de los hechos:

[Facts Description]

Monto del daño económico sufrido: [Economic Damage]

IV. MEDIOS PROBATORIOS

Se ofrecen como pruebas los siguientes elementos:

[Evidence List]

V. REPARACIÓN DEL DAÑO

Conforme al Artículo 26 de la Ley General de Víctimas (LGV) y al Artículo 109 del CNPP, se solicita la reparación integral del daño en los siguientes términos:

[Reparation Requested]

VI. FUNDAMENTO LEGAL Y PETICIÓN

Con fundamento en el Artículo 225 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), los Artículos 20 apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los Artículos 18 al 26 de la Ley General de Víctimas (LGV), se solicita respetuosamente al C. Agente del Ministerio Público:

1. Admitir la presente querella y asignarle número de folio.

2. Iniciar la investigación inicial (Art. 211 CNPP) respecto a los hechos narrados.

3. Practicar las diligencias necesarias para la identificación, localización y presentación del probable responsable.

4. Solicitar al Juez de Control las medidas cautelares que procedan.

5. Garantizar los derechos del querellante como víctima conforme a la Ley General de Víctimas.

FIRMA DEL QUERELLANTE

En [Filing City], a [Filing Date].

[Victim Name]

Firma: _________________________

Representante legal: [Legal Representative]

Firma del representante: _________________________

Complainant / Victim (Querellante / Víctima)

________________

Signature

Querellante / Víctima

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Querella Penal México

El Querella Penal en México es un documento legal conforme al Artículo 225 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), permite a la víctima u ofendido presentar formalmente una denuncia privada ante la Fiscalía General de la República o la Fiscalía del Estado competente para iniciar la investigación penal.

El Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2014 y vigente en todo el territorio nacional desde 2016) establece en su Artículo 225 los requisitos formales de la querella — la declaración verbal o escrita que pone en marcha la investigación penal (investigación inicial) respecto de los delitos que exigen esta queja privada como condición para su persecución. Sin la querella de la víctima para los delitos perseguibles a petición de parte, el Ministerio Público no puede iniciar el procedimiento penal.

La distinción entre delitos perseguibles de oficio y delitos de querella reviste importancia en el procedimiento penal mexicano. Los delitos perseguidos de oficio — como el homicidio, el robo con violencia, el secuestro y los delitos de delincuencia organizada — son investigados y perseguidos por el Ministerio Público sin necesidad de denuncia de la víctima. Los delitos que requieren querella incluyen: el fraude (Arts. 386 y 387 del Código Penal Federal) en determinadas circunstancias; el abuso de confianza (Art. 382 CPF); el daño en propiedad ajena (Art. 397 CPF) en ciertos supuestos; la difamación y la calumnia (Arts. 351 y 356 CPF); los delitos informáticos (Arts. 211 Bis 1 al 211 Bis 9 CPF) cometidos contra particulares; y los delitos contra la propiedad industrial bajo la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).

El CNPP instauró el Sistema Acusatorio Adversarial — el sistema de justicia penal acusatorio que sustituyó al sistema inquisitorial en todo el país. Bajo este sistema, la querella da inicio a la fase de investigación inicial ante el Ministerio Público, quien puede decidir: continuar con la investigación formalizada ante un Juez de Control imparcial; aplicar mecanismos alternativos de solución de controversias como la mediación o la conciliación conforme al Artículo 187 CNPP; aplicar el procedimiento abreviado cuando el imputado reconoce su responsabilidad; o determinar el no ejercicio de la acción penal si no existe base suficiente para continuar.

La Ley General de Víctimas (LGV, DOF 9 de enero de 2013) complementa el CNPP al establecer los derechos de las víctimas en el procedimiento penal — incluyendo el derecho a la asesoría jurídica gratuita de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), el derecho a la verdad, el derecho a la justicia y el derecho a la reparación completo del daño (restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición) conforme a los Artículos 26 al 64 LGV. La CEAV proporciona asesores jurídicos de víctimas sin costo para ayudar al quejoso a preparar y presentar su querella ante el Ministerio Público. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.

Cuándo necesitas Querella Penal México

La Querella Penal en México es necesaria cuando una víctima ha sufrido un daño derivado de un delito perseguible a petición de parte — un delito que la ley establece que sólo puede ser perseguido mediante la queja privada de la víctima — y desea iniciar el procedimiento penal contra el probable responsable ante el Ministerio Público, conforme al Artículo 225 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

La querella es necesaria cuando una persona física o moral es víctima de fraude (Arts. 386 o 387 del Código Penal Federal) — incluyendo fraude por anticipo, fraude en inversiones, fraude inmobiliario mediante declaraciones falsas, fraude al consumidor y fraude cometido mediante documentos falsos o falsa representación de credenciales profesionales.

La queja es necesaria cuando un empleado o agente ha cometido abuso de confianza (Art. 382 CPF) — apropiándose indebidamente de dinero, bienes o documentos que le fueron confiados en el ejercicio de sus funciones: un contador que distrae fondos de clientes, un administrador de inmuebles que desvía rentas, o un trabajador que sustrae activos de la empresa.

La querella es necesaria cuando los sistemas informáticos, cuentas de correo electrónico, perfiles en redes sociales o cuentas financieras de una persona han sido accedidos sin autorización — los delitos informáticos (Arts. 211 Bis 1 al 211 Bis 9 CPF) cometidos contra particulares o empresas fuera del contexto de infraestructura crítica requieren querella de la víctima.

La queja es necesaria para los delitos contra la propiedad industrial bajo la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) — la falsificación de marcas registradas, la violación de patentes y la apropiación indebida de secretos industriales que constituyan conducta penal bajo los Artículos 386 al 402 de la LFPPI requieren querella del titular de los derechos ante la Fiscalía General de la República (FGR).

Conforme al Artículo 225 CNPP y al Código Penal aplicable, la querella debe presentarse dentro del plazo de prescripción (plazo de prescripción) correspondiente al delito específico — que varía de uno a quince años según la gravedad del delito y la pena prevista. Presentar la querella oportunamente tras descubrir el delito es esencial para preservar pruebas y evitar la prescripción de la acción penal.

Qué incluir en tu Querella Penal México

Una Querella Penal válida conforme al Artículo 225 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) debe contener los siguientes elementos esenciales para ser admitida por el Ministerio Público e iniciar la investigación penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) o la Fiscalía General del Estado competente.

Identificación de la Víctima: Nombre completo, CURP, RFC (si aplica), fecha de nacimiento, número de documento de identidad oficial (credencial INE/IFE o pasaporte), domicilio, teléfono y correo electrónico del quejoso (querellante/víctima). Para víctimas morales, la denominación o razón social completa, RFC, inscripción en el Registro Público de Comercio y el nombre y facultades del representante legal que presenta la querella con base en un poder notarial.

Identificación del Probable Responsable: Nombre completo, domicilio y todos los datos identificatorios conocidos del probable responsable — incluyendo empleador, descripción del vehículo, teléfono, correo electrónico o cualquier otro dato que permita al Ministerio Público localizar e identificar al indiciado. Si se desconoce la identidad del responsable, se deben proporcionar todos los datos identificatorios disponibles.

Relación de Hechos: Narración cronológica y detallada de los eventos constitutivos del delito — incluyendo fechas exactas, horas, lugares, montos y los actos u omisiones concretos del probable responsable. El CNPP exige que la querella describa los hechos con suficiente detalle para permitir al Ministerio Público identificar el tipo penal aplicable bajo el Código Penal Federal o el Código Penal del Estado correspondiente.

Calificación Legal del Delito: Señalamiento del delito (tipo penal) cometido, citando el precepto del Código Penal aplicable — aunque el querellante no está obligado a realizar correctamente la clasificación jurídica; el Ministerio Público determina de manera autónoma el tipo penal aplicable conforme al sistema acusatorio adversarial del CNPP.

Pruebas: Toda la evidencia documental y material disponible — incluyendo contratos, facturas, estados de cuenta, comunicaciones electrónicas (correos, mensajes de WhatsApp, mensajes de texto), registros de transferencias bancarias, fotografías, videos e información de testigos. Las pruebas físicas deben preservarse y no alterarse antes de entregarlas al Ministerio Público.

Monto del Daño Económico: Para delitos que impliquen daño patrimonial, el monto específico del daño económico sufrido — este dato establece la cuantía del delito y puede incidir en el rango de pena aplicable bajo el Código Penal.

Solicitud de Reparación del Daño: Conforme al Artículo 26 de la Ley General de Víctimas (LGV) y al Artículo 109 del CNPP, las víctimas tienen derecho a solicitar la reparación completo del daño — la querella debe incluir la reclamación específica de restitución, indemnización y cualquier otra medida de reparación aplicable al daño sufrido conforme a los Artículos 26 al 64 de la LGV.

Desistimiento de la Querella: Conforme al Artículo 225 CNPP, la víctima puede desistir de la querella en cualquier momento antes de que se pronuncie sentencia — para los delitos de querella, el desistimiento extingue la acción penal. La decisión de desistir debe tomarse únicamente tras recibir la reparación completo del daño, documentada en un convenio escrito revisado por un Licenciado en Derecho.

Forms-legal.com proporciona este formato de Querella Penal México como punto de partida práctico. Los asuntos penales implican requisitos procedimentales específicos bajo el Sistema Acusatorio Adversarial establecido por el CNPP — se recomienda ampliamente que las víctimas obtengan representación legal de un Licenciado en Derecho (abogado penalista) o contacten a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) en www.gob.mx/ceav para recibir asistencia jurídica gratuita antes de presentar la querella.

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

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